Nombre de La Asignatura

CASOS PRACTICOS Caso 1: Lucía y Pablo estaban casados desde el año 1970 y tenían tres hijos - Federico, fallecido en 201

Views 101 Downloads 0 File size 94KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

CASOS PRACTICOS Caso 1: Lucía y Pablo estaban casados desde el año 1970 y tenían tres hijos - Federico, fallecido en 2010 casado con Florencia, con quien tuvo dos hijos: Bautista y José este último fallecido en 2002, quien tenía a su vez dos hijos Ignacio y Marco - Inés, soltera con un hijo soltero llamado Martín y finalmente - María (fallecida en 2012 casada con Guillermo y tres hijos María, Tomás y Catalina). Los padres de Lucía, Eduardo y Dolores gozan de buena salud, lo mismo que sus dos hermanos Juan y Mariano. Lucía murió en mayo de 2016, y tenía dos bienes: una casa adquirida en noviembre de 2015 y un campo heredado en 1995 de su tío Osvaldo. Preguntas Mariano Hijos Eduardo

Juan Dolores Padres Muere 2016

Conyuges (casados 1970)

(Fallecio 2010)

Federico

Lucia

Pablo Hijos (Fallecio 2002)

Florencia

Casado

Maria

Guillermo

Ines

Casado

Nietos Murio 2002 Bautista Jose Biznietos

Soltera

Nietos Maria Tomas Catalina

Nieto Martin

Ignacio Marco Nota: Lucia tene casa adquirida en el 2015 y un campo heredado en 1995 de su tio Oswaldo

1.- En función a este cuadro familiar, 1) ¿Quiénes suceden a Lucía? Los familiares que suceden a Lucia son; su esposo (Pablo), Ines (hija), Maria, Tomas y Catalina (nietos de Lucia) hijos de María fallecida, Ignacio y Marco (Biznietos de Lucia) hijos de Federico fallecido. 2.- Suponiendo que Lucía y Pablo no hubiesen tenido hijos, ¿quiénes

hubiesen sucedido a Lucía? Los que hubiesen sucedido a lucia son; Pablo (esposo), y sus padres de Lucia (Eduardo y Dolores) 3.- Si Eduardo (padre de Lucía) hubiese fallecido pero su madre Dolores estuviese viva, ¿Quién/es suceden a Lucía? Siguiendo el caso que no tienen hijos, los que suceden a Lucia serán Pablo (esposo), la madre de Lucia (Dolores) y sus dos hermanos de Lucia (Mariano y Juan) 4.- Si Lucía y Pablo se hubiesen separado de hecho en enero de 2016?, ¿Quién/es suceden a Lucía? Sobre la separación de hecho debemos entender que es la situación en la que dos cónyuges dejan de convivir sin promover los trámites de la separación o el divorcio. Por ende en la separación de hecho no implica la separación de derechos no hay divorcio. Siguiendo el caso que no tienen hijos , las personas que suceden serian su esposo (Pablo) y sus padres de Lucia (Eduardo y Dolores), si ambos se encuentran vivos, y en caso su padre de Lucia fallece, las personas que suceden serian su esposo (Pablo), Madre de Lucia( Dolores) y su hermano de Lucia (Mariano y Juan). Siguiendo el caso que tuvieran hijos y existe el divorcio, las personas que suceden serían su esposo (Pablo) y Ines (Hija), Maria, Tomas y Catalina (nietos de Lucia) hijos de María fallecida y Ignacio y Marco (Biznietos de Lucia) hijos de Federico fallecido.

Caso 2: Don Segundo, de estado civil soltero. Vivió toda su vida en su quinta de 800 metros cuadrados, dedicándose a la producción de maíz y trigo. En noviembre del año 2015, ya cumplió sus 70 años, debiendo ser internado en un hospital geriátrico, falleciendo a los 6 años a causa de una enfermedad en los pulmones que lo aquejaba hace años y de la que Nélida tenía conocimiento. A su muerte Don Segundo dejó un importante patrimonio que incluye inmuebles en la provincia de Chicama, Retama y Huancasi. En vida, Don Segundo realizó un testamento, por el que le dejaba a su novia Nélida uno de los inmuebles Chicama. Asimismo, unos meses antes de fallecer, Don Segundo le donó a su carnicero uno de los inmuebles Retama. A su sucesión se presentaron las siguientes personas solicitando ser tenidos por herederos: - Su conviviente, Nélida

-

Sus tíos, Jacinto y Leopoldo Su hermana, Dalmacia Sus sobrinas, Elvira y Alba, hijas de Justo (hermano de Don Segundo, prefallecido) Su amigo de toda la vida, Jesús Sus primos, Jorgito y Periquito (hijos de Jacinto) Su carnicero, Rodolfito Primo- Jorgito

Tio- Leopoldo

Primo - Periquito

Tio - Jacinto

Abuelo Padres Her- Dalmacia Elvira Her- Jusco Alva

Estado Civil soltero

Don segundo Vivio en unTerreno de 800 metros

Unos meses antes de fallacer dono al carnicero el inmueble de retama

1/11/2015 cumple 70 años

El año 2021 fallecio Su patrimonio

Retama

Chicama

Donoción Carnicero

Huancasi

Testamento Nelida - Novia Tenia concimiento que estaba mal de pulmon

Nota: Amigo de toda la vida es Jesus, su carnicero es Rodolfo Nota: Tiene una quinta de 800 metros dedicado a la produccion de maiz y trigo

Preguntas

1. ¿Cuál será la ley aplicable en Perú? La Ley aplicable es el Código Civil de año 1984 2. ¿Quiénes serán declarados herederos por el Juez? El que será Heredero por el Juez será los padres por ser heredero ascendente directo 3. Su conviviente Nélida a. ¿Es heredera o legataria? Artículo 816 del código civil, habla de la unión de hecho, sin embargo no se verifica unión de hecho, por ello al ser su novia no tiene algún vínculo legal.

Por ello vemos que Nelida es legataria porque su patrimonio ha sido determinado un bien por el testador, en este caso el patrimonio chicama. 4.- ¿Qué sucedería si Nélida y Don Segundo hubieran contraído matrimonio? Antes del fallecimiento?. Si hubiera contraído matrimonio el patrimonio de huancasi, sería la mitad para el cónyuge (Nélida) y la otra mitad a los padres de Don segundo. Los demás bienes (retama y chicama) no entrarían en reparto por que fue entregado los bienes cuando Don segundo estuvo vivo.