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NEGOCION INTERNACIONALES ADUANAS, NOMENCLATURA ARANCELARIA Y REGÍMENES ADUANEROS TRABAJO CASO “SIRENAS” ARANCEL las Ba

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NEGOCION INTERNACIONALES ADUANAS, NOMENCLATURA ARANCELARIA Y REGÍMENES ADUANEROS TRABAJO CASO “SIRENAS”

ARANCEL las Barbies ¨sirenas¨ (JUGUETE) 1. Bajo la metodología de clasificación identifique la partida arancelaria correcta del producto de importación.

SUBPARTIDA 9503.00.22.00

Muñecas o muñecos, incluso vestidos

2. Determine si el producto cuenta con restricciones para su ingreso al país, de tenerla, indique su tipo.  No existen restricciones de Inspección  No existen Prohibiciones de salida de la mercancía  No existen Prohibiciones del Ingreso de la mercancía

3. Determine si el país de origen tiene preferencias arancelarias amparadas bajo convenio y determine cuál es el tipo de convenio. PAIS

CONVENIO INTERNACIONAL

FECHA DE VIGENCIA

APLICACI ARANCEL PORCENTAJE ÓN BASE LIBERADO O

MARGEN PORCENTUAL

805 - TRATADO DE LIBRE COMERCIO PERU - CHINA

CHINA

01/01/2015 31/12/9999

Tratado Libre Comercio

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4. Determine el régimen aduanero por el que la carga ingresará a Perú, sus condiciones de aplicación, plazos y documentos necesarios para su gestión.



Importación: Importación para el consumo: para su consumo, luego del pago o garantía según corresponda, de los derechos arancelarios.

Condiciones: 





Las personas naturales que realicen en forma ocasional importaciones de mercancías, cuyo valor FOB por operación no exceda de mil dólares americanos (US $ 1 000,00) y siempre que registren hasta tres (3) importaciones anuales como máximo. Las personas naturales que por única vez, en un año calendario, importen mercancías, cuyo valor FOB exceda los mil dólares americanos (US$ 1 000.00) y siempre que no supere los tres mil dólares americanos (US$ 3 000.00). Los miembros acreditados del servicio diplomático nacional o extranjero, así como los funcionarios de organismos internacionales que en ejercicio de sus derechos establecidos, destinen sus vehículos y menaje de casa.

Plazo: 

Despacho urgente: Dentro del plazo de quince (15) días calendario antes de la llegada del medio de transporte o hasta siete (07) días calendario posteriores a la fecha del término de la descarga. Vencidos dichos plazos las mercancías son destinadas al despacho excepcional, para lo cual rectifica la declaración de acuerdo al procedimiento específico “Solicitud de Rectificación Electrónica de Declaración” INTA-PE.00.11.

Documentos:  

 



Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) debidamente cancelada o garantizada. Fotocopia autenticada del documento de transporte. En la vía marítima, se acepta la fotocopia simple del documento de transporte en el que consten los endoses contemplados en la Ley de Títulos Valores, Ley N.° 27287 y en la Ley General de Aduanas. Fotocopia autenticada de la factura, documento equivalente o contrato. Fotocopia autenticada o copia del comprobante de pago, y copia adicional de este documento cuando se efectúe la transferencia de bienes antes de su nacionalización, salvo excepciones. Fotocopia autenticada del seguro de transporte, de corresponder.

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