Naturaleza Juridica Arbitraje

NATURALEZA JURÍDICA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PERUANO Por un lado, reconoce la autonomía de la voluntad de las partes co

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NATURALEZA JURÍDICA

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PERUANO

Por un lado, reconoce la autonomía de la voluntad de las partes como esencial. Mientras que, por el otro lado, se debe tomar en cuenta que sin reconocimiento del Estado, el arbitraje sería de poca utilidad.

T. MIXTA

El arbitraje nace y se desarrolla a

El arbitraje no depende de la voluntad de las

partir del contrato.

partes, sino de la voluntad del Estado. Concluye que el arbitraje es una jurisdicción

T. CONTRACTUAL

T. JURISDICCIONAL

también

porque la Constitución o la ley así lo establecen

Desconoce

ARBITRAJE

que

el

depende teoría

desecha

El arbitraje se desenvuelve en un régimen independiente, libre y emancipado de cualquier ordenamiento jurídico. 

AUTÓN OMA

del

reconocimiento estatal. En efecto, esta

T.

arbitraje

La naturaleza del arbitraje se puede determinar analizando las prácticas y los objetivos que persigue. Manifiesta que el arbitraje no se puede clasificar como exclusivamente contractual o jurisdiccional y que tampoco es una institución mixta.

algo