Monografia Derechos Humanos

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Índice FORMULACION DEL PROBLEMA...................................................................4 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION..................................................................5 OBJETIVOS GENERALES............................................................................... 5 OBJETIVOS ESPECIFICOS............................................................................. 5 JUSTIFICACION................................................................................................ 6

JUSTIFICACION PRÁCTICA............................................................................ 6 Delimitación................................................................................................ 6 RESEÑA HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS..........................................7 HISTORIA:.................................................................................................... 7 LOS DERECHOS HUMANOS COMO NORMAS ETICAS GENERALES................9 LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS:50 AÑOS DE PROTECCIOND E LOS DERECHOS HUMANOS.............................................10 EL SISTEMA DE LA NACIONES UNIDAD Y LA PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS:.............................................................................. 12 Los Derechos Humanos y la prevención de Conflictos, el Establecimiento de la Paz y la Construcción de la Sociedad Después de los Conflictos:.....14 Marco legal................................................................................................... 17 Marco jurídico (leyes)................................................................................ 17 REGULACION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN HONDURAS.........21 Marco conceptual......................................................................................... 29 Marco teórico............................................................................................... 32 Marco institucional....................................................................................... 35 Nivel interno.............................................................................................. 35 Internacionales.......................................................................................... 38 

TIPO DE ESTUDIO POR REALIZAR...........................................................40



HIPOTESIS DE LA INVESTIGACION..........................................................40



Población y muestra............................................................................... 41

Conclusiones................................................................................................ 43 BIBLIOGRAFIA............................................................................................... 44 Fuentes primarias..................................................................................... 44 Secundarias.............................................................................................. 44 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES..................................................................46

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DERECH OS HUMANO S

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PROBLEMAS DE INVESTIGACION

ENUNCIADO DEL PROBLEMA Cuando se aborda el tema de los derechos humanos surgen las dudas sobre lo que verdaderamente son, cuáles son sus contenidos o cuáles son sus alcances Los denominados derechos fundamentales han tenido un tratamiento variado dependiendo del extremo desde el cual son expresados. Se puede decir que desde uno de esos extremos han sido cotidianamente adaptadas las necesidades sociales urgentes y desde el otro, haciéndolos parecer como instrumentos de lucha ideológica o de cualquier otro interés Desde que se adopto la declaración universal de los derechos humanos en 1948, estos han sido objetos de atención y apoyo mundial sin precedentes mujeres, niños, personas incapacitadas, minorías, indígenas, trabajadores migrantes y otros grupos vulnerables tienen ahora derechos que los protegen de prácticas discriminatorias que desde hace mucho tiempo han sido comunes en muchas sociedades es por la importancia que revisten que el presente informe presenta que concerniente a la evolución histórica de los derechos humanos a nivel mundial la protección que organismos internacionales como las naciones unidas han hecho de los mismos y la creación y funcionamiento del comisionado nacional de los derechos humanos, presenta los principales instrumentos internacionales reguladores de los derechos humanos así como los análisis de la ley orgánica del comisionado de los derechos humanos además se ha de conocer los diferentes mecanismos internacionales a través de los cuales se pueden hacer efectivos dichos instrumentos en caso de violación de de derechos fundamentales para finalizar establece los principales aportes del papel que ha protagonizado los derechos humanos para el progreso de Honduras.

FORMULACION DEL PROBLEMA        4

¿En Honduras se cumplen las funciones establecidas por las instituciones encargadas en velar los derechos humanos? ¿Que son los derechos humanos que protegen y porque leyes se cuida que se respeten? ¿Desde qué tiempos se vio la necesidad de formar una institución que protegiera los derechos fundamentales del ser humano? ¿Con que fin fue creado la primera institución reguladora de los derechos humanos? ¿Algunas metas y desafíos que encierra el programa de los derechos humanos? ¿Qué es el Ccnadeh y cuál es su papel en nuestro país? ¿En Honduras se cumple la función principal de cada institución?

  

¿Cuáles son los principales problemas que encontramos en el mantenimiento de ciertas instituciones? Qué factores influyen para que su función a veces no sea la que tienen planteada? Conocer las diferentes tipos de divisiones y generaciones de los derechos humanos?

OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION

OBJETIVOS GENERALES El presente informe recopila una serie de tópicos concernientes a un tema de gran controversia en Honduras como lo han sido en la historia de la humanidad los derechos fundamentales la persona humana, desde que tuvo clara noción de su propia dignidad y la de sus semejantes, ha proclamado que la forma de convivencia es aquella que con el respeto de los derechos fundamentales del ciudadano, la lucha por obtener tal objetivo ha sido larga y cruel, y aun se persiste en esa lucha en donde no se hayan agotado todavía las resistencias arbitrarias e inhumanas, los hondureños, individualmente considerados debemos también observar el comportamiento que lejos de perturbar el orden social establecido más bien contribuya a su normalidad y a su progresivo desarrollo.

OBJETIVOS ESPECIFICOS 

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Definir y conocer las diferentes instituciones que regulan los derechos humanos tanta internacionalmente como en nuestro país conocer su finalidad y objetivos Elaborar un cronograma del inicio de los derechos humanos, conocer porque surgieron con qué fin Señalar los aspectos más importantes de la declaración universal de los derechos humanos proclamada por la asamblea general de las naciones unidas Definir los distintos términos acerca del tema Conocer la controversia en Honduras como lo han sido en la historia de la humanidad los derechos fundamentales

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JUSTIFICACION JUSTIFICACION PRÁCTICA Los derechos humanos en Honduras como en todo el mundo en cierra grandes promesas y tiene ante si enormes desafíos. Al prepararnos para el nuevo milenio debemos pensar en los habitantes de este planeta que desean obtener de las naciones unidas liderazgo y protección para sus derechos humanos en la vida cotidiana, nuestra respuesta debe ser universal. Universal en cuanto al sujeto, en el sentido en el que todos y cada uno de los seres humanos, prescindiendo de donde hayan nacido y sin distinción de ningún tipo, todos tenemos los mismos derechos, la construcción de un mundo de respeto por la dignidad humana los derechos y la justicia social es responsabilidad de todos, en la vida cotidiana y en las instituciones y asociaciones gubernamentales y privadas nos vemos enfrentando ala magna tarea de actuar en pro de los objetivos de la declaración universal de los derechos humanos en todos los rincones del mundo.

Delimitación Esta investigación esta específicamente planteada para el territorio Hondureño para que el pueblo conozca la importancia y el respeto que debemos tener a nuestros derechos humanos tanto en el ámbito interno como internacional, y el cumplimiento de estos hoy día el reto principal es promover la cultura de los derechos humanos y garantizar su protección, estos requisitos son indispensables para evolucionar hacia una sociedad más igualitaria

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RESEÑA HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS HISTORIA: Los derechos humanos tienen tanta historia como la humanidad misma, la historia de estos derechos se ve reflejada más en su ausencia que en su presencia en los diversos momentos históricos es decir en su violación, la cual está acompañada con la toma de conciencia sobre la precarias condiciones del momento, reflejada en pensamientos revolucionarios que a través de movimientos sociales provocaron avances sustanciales en la vida de las personas, de tal modo un breve repaso de las condiciones histórica de los derechos humanos y que nos conducen ineludiblemente a los pensamientos y movimientos sociales que prevalecieron sobre las decisiones políticas más transcendentales, no dejando que se olvide la historia de los acontecimientos materiales ante el auge de una historia del pensamiento que en su abstracción impide percibir la magnitud y la importancia de lo contenido en estos derechos. Tratando de hacer una aproximación histórica al origen de los derechos humanos tendríamos que referirnos a una serie de hechos importantes que han contribuido al desarrollo de estos derechos. En este sentido, como señala José Thompson1 una primera etapa estaría constituida por el humanismo Grecorromano, como en sus orígenes orientales al denominado código de Hammurabi, que es lo primero que regula la ley del Talión, estableciendo el principio de proporcionalidad de la venganza es decir la relación entre agresión y la respuesta. En la obra de Sófocles, existe un precedente al concepto de los derechos humanos, cuando Antígona le responde al Rey Creón, que contraviniendo su prohibición expresa de dar sepultura al cadáver de su hermano, la había enterrado actuando de acuerdo a las leyes no escritas con esta idea se estaba aludiendo la existencia de derechos no establecidos por el hombre pero que igualmente le corresponden por su propia naturaleza por que le son inherente a la condición de seres humanos. Los diez mandamientos de el antiguo testamento constituyen otro antecedente en la historia de los derechos humanos ya que mediante el establecimiento de prohibiciones se estaban reconociendo valores fundamentales de los seres humanos, así como el derecho a la vida por ejemplo al prescribir No Mataras. Por otra parte en el Estoicismo se hace otra mención importante como señala Thompson con la precisión del concepto de derecho natural y el desarrollo del iusnaturalismo fundamentado en la racionalidad y rematado en un cosmopolitismo, que acercaría a los hombres. 1 Thompson, José. Educación y derechos humanos.1986 8

El cristianismo dio origen a una nueva etapa en el desarrollo histórico de los derechos humanos, al proclamar la igualdad entre los seres humanos y al rechazar la violencia, todo ello contribuyo a la aceptación de principios, especialmente entre los pueblos oprimidos y los esclavosPosteriormente a pesar de la existencia del absolutismo monárquico y como una lucha en contra de estos regímenes, se consolidaron algunos derechos. Los movimientos de la reforma y contra reforma que perseguía una mayor libertad en lo que a creencias religiosas se refiere también dieron soporte. Pero fue en 1215 cuando se dio la primera consagración expresa que estableció límites al poder del estado frente a sus súbditos frente a la carta magna que conjuntamente con el Habeas Corpus de 1679, constituye los antecedentes de las declaraciones modernas de derechos. Durante el siglo XVIII, XIX, se suscitaron una serie de acontecimientos históricos en los que se hacían presentes las ideas de libertad e igualdad de los seres humanos todos ellos contribuyeron a la conceptualización de los derechos humanos En 1776 la declaración de independencia, redactada por Thomas Jefferson y aprobada por los estados unidos el 4 de julio referido año, proclamaba lo siguiente ”sostenemos como verdaderas evidencias que todos los hombres nacen iguales están dotados por su creador de ciertos derechos inalienables, entre los que se encuentran el derecho a la vida, a la libertad y a la búsqueda de la felicidad” derechos individuales Pero el desarrollo conceptual de los derechos humanos individuales alcanza su mayor riqueza en las ideas liberales de la revolución francesa de 1789, con la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, en donde se expresa el carácter universal de los derechos humanos y su pertenencia al hombre por ser humano. Esta revolución se dio en momentos en que millones de personas eran objeto de opresión. Más tarde, luego del reconocimiento de los derechos individuales comienza una nueva lucha; los movimientos obreros emprenden la defensa de los derechos humanos desde una perspectiva colectiva, de manera más amplia, es el momento en el que los trabajadores exigen sus reivindicaciones. Otro acontecimiento importante en la historia de los derechos humanos, lo configura la segunda guerra mundial, pues sus secuelas contribuyeron a que la comunidad internacional dirigiera sus intereses hacia establecimientos de esos derechos en declaraciones y pactos internacionales lo que permitió el reconocimiento y supervisión de los mismos, más allá del ámbito interno de cada estado Todos estos movimientos, dieron aporte para la consignación de los derechos humanos tanto en las constituciones internas de las diferentes naciones, como, en los instrumentos internacionales.

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LOS DERECHOS HUMANOS COMO NORMAS ETICAS GENERALES Como instancia jurídica los derechos humanos tienen una historia relativamente breve. Puede decirse que el punto de partida del estatuto jurídico de los derechos humanos lo constituye el momento en que son incorporados en los de declaración de los derechos del hombre y el ciudadano ya mencionadas Estos documentos son el origen de la corriente que durante el siglo XIX, propugno y consiguió la incorporación de los derechos humanos en las constituciones de numerosos países. Es aquí cuando se puede hablar de un estatuto jurídico de los derechos humanos, en particular con el establecimiento de los instrumentos como el habeas corpus, el recurso de amparo, las garantías constitucionales y otras formas de protección de los derechos humanos A la incorporación de algunos derechos y garantiesen los textos constitucionales, sigue la creación de mecanismos de protección de carácter mundial y regional En 1945, se creó la organización de naciones unidas con el propósito de mantener la paz mundial. La naciente organización proclamo, el 10 de diciembre de 1948 la declaración universal de los derechos humanos, considerado como el documento rector para la promoción de los derechos humanos, el valor moral de la declaración ha sido adquiriendo a través de los años la convierte hoy en un punto de referencia de gran importancia. Después de la declaración universal de los derechos humanos la ONU 2 con el fin de instituir mecanismos de observación y seguimiento de la situación de los derechos humanos en el mundo, promulgo el pacto el pacto internacional de derechos civiles y el pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, ambos en 1966 Más recientemente, se proclamaron declaraciones, se suscribieron pactos y convenciones sobre temas específicos tales como la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la convención internacional sobre los derechos de la niñez y la juventud. Paralelamente, el sistema interamericano de protección de los derechos humanos surgió de los senos de la organización de estados americanos, con la declaración americana de los deberes y derechos del hombre (1948) y la convención americana de derechos humanos también conocido como pacto de san José3. El sistema está compuesto por una comisión y una corte centro 2 Organización de naciones unidas 3 Régimen jurídico Hondureño de los derechos fundamentales 10

americana de derechos humanos cuya competencia tuvo que haber sido reconocida expresamente por los países que se hayan suscrito a la convención. La comisión es la encargada de recibir y documentar las denuncias formuladas por los particulares o por otros estados miembros de la OEA en caso de que sus recomendaciones no sean acogidas, la comisión puede elevar los casos ante la corte interamericana de los derechos humanos cuyas sentencias son definitivas y inapelables

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LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS:50 AÑOS DE PROTECCIOND E LOS DERECHOS HUMANOS Hace más de 50 años las naciones unidas aprobaron la declaración universal de los derechos humanos y con ellos hicieron realidad uno de los principales objetivos e iniciaron medio siglo de búsquedas acerca de la manera de lograr que todos los seres humanos disfruten bien de sus derechos. La declaración fue la primera consignación internacional de los derechos y libertades de todos los miembros de las familias humanas que se aplican a cada persona y en cualquier lugar. En la declaración se proclama los derechos humanos no solo universales si no también indivisibles, interdependientes y están interrelacionados en el sentido de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos se afirman con la misma energía y se colocan en el mismo plana de protección, como eco de la determinación expresada en la carta de promover el progreso social y elevar los niveles de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad. En la declaración también se reconoce la contribución de los derechos humanos al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales a proclamar que “ la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana” La declaración ha demostrado ser unos de los grandes documentos de la historia de la humanidad y constituye un momento de las convicciones y la determinación de sus autores. Como puede verse en los antecedentes jurídicos de su redacción, los autores procedían de diferentes regiones de la tierra y trataron de reflejar en el texto las distintas tradiciones y valores culturales inherentes a los principales sistemas jurídicos y tradiciones religiosas y filosóficas del mundo. El éxito de su empeño que da demostrado por queda demostrado por la amplia aceptación de la declaración universal, ha constituido el punto de partida de muchos tratados y declaraciones internacionales, ha quedado incorporada en las constituciones y leyes de numerosos países entre ellos el nuestro. La universalidad de los derechos humanos no significa que exista únicamente un modelo de organización social, política o jurídica ni que todas las sociedades deban ser iguales, como el secretario declaro en el día de los derechos humanos de 1998: la declaración de los derechos humanos lejos de insistir en la uniformidad constituye la condición básica para la diversidad social. En ellos reside su gran fuerza. Este es su valor perenne, la declaración de los derechos humanos enmarca e ilumina el pluralismo y la diversidad mundiales, es la norma de una era emergente en la cual la comunicación y la colaboración entre los estados de su éxito y colaboración.

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La declaración universal es un elemento esencial del sistema de naciones unidas, la protección de los derechos humanos en un mundo complejo: desde 1948 se ha registrado un progreso innegable en la creación de la estructura normativa e institucional necesaria para la protección de los derechos humanos en un mundo complejo: desde 1948 se ha registrado en un progreso innegable en la creación de la estructura normativa e institucional necesaria para la protección internacional de los derechos humanos asimismo se han logrado evidentes avances sobre el terreno. Se han establecido nuevas democracias en todos los continentes, han desaparecido dictaduras militares y regímenes totalitarios represivos el apartheid es cosa del pasado y en muchos países ha aumentado significativamente el respeto alos derechos humanos y las grandes sumas de ayuda para el desarrollo no han tenido los efectos que se esperaban las amenazas y los exterminios a grandes masas son todavía una experiencia vivida por años

En la actualidad el mundo es más complejo que el existente en 1948. El número de estados se ha multiplicado por cuatro y la mundialización ha aumentado los problemas de tráfico de estupefacientes y la trata de mujeres y niñas. Tenemos un conocimiento más grafico de las violaciones y el llamamiento de emprender una acción eficaz que hacen la sociedad civil, la moral y el liderazgo ético del planeta es mucho más fuerte. La creciente interdependencia de las sociedades, por la que las violaciones en una parte del mundo pueden tener graves repercusiones en otra, también subraya la necesidad de la eficacia. Un estudio del texto de la declaración Universal muestra que las premisas eh que se basa siguen siendo validas y han resistido la prueba del tiempo. La Declaración fue una reacción antes algunos de los actos más barbaros que la historia humana haya nunca presenciado y se considero un baluarte contra la opresión y la tiranía, así como una garantía de paz y seguridad internacionales. La Conservación de la integridad de la Declaración, y de los posteriores instrumentos internacionales en ella inspirados, como base para un progreso real debe ser nuestra prioridad más elevada. Ante las graves violaciones de los derechos humanos en el mundo actual, se ha pedido con insistencia la redacción de nuevas normas o se ha sugerido la elevación de las responsabilidades y deberes al nivel de derechos humanos. En la Declaración y el programa de Acción de Viena se ha subrayado la necesidad de conservar la elevada calidad de las normas vigentes y se ha advertido contra el peligro de la proliferación de instrumentos relativos a los derechos humanos. La mayoría de las situaciones en que se registran violaciones pueden resolverse mediantes la aplicación de las normas vigentes a través de los métodos flexibles y existentes. En algunos casos tal vez sea preciso establecer nuevos procedimientos o ampliar la protección ya 13

concedida a grupos vigentes dando crédito a al idea de que los procedimientos para ampliar la protección ya concedida a grupos particularmente vulnerables. No obstante, existe el riesgo de menoscabar las normas vigentes dando crédito a la idea de que los procedimientos ya existentes son facultativos, con lo que se introduce confusión en su aplicación. Los derechos y responsabilidades constituyen parte integrante de la Declaración Universal y mucho puede conseguirse mediante la exploración de su significado e importancia dentro del marco protector de la persona humana que representa la declaración.

EL SISTEMA DE LA NACIONES UNIDAD Y LA PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS: La comunidad internacional encomendó a las Naciones Unidas en la carta la importante responsabilidad de promover y proteger los derechos humanos dentro de su visión general de un mundo pacifico de progreso de progreso económico y social e igual respeto de los derechos humanos dentro de su visión general de un mundo pacifico de progresos económico y social e igual respeto de los derechos humanos de mujeres y hombres. En 1993, los 171 estados que participaron en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirmaron la responsabilidad de la organización por los derechos humanos y, con posterioridad en el mismo año, la Asamblea General reforzó la capacidad de las Naciones Unidas de actuar a favor de los derechos humanos mediante el establecimiento del cargo de Alto Comisionado para los Derechos Humanos. Tanto la Declaración y el Programa de Acción de Viena como el mandato del Alto Comisionado proporcionan un marco de principios básicos y orientaciones para las actividades de la Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos. Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entres si, por lo que se deben tratar en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso. Los derechos humanos deben considerarse de modo objetivo y no selectivo sin sometimiento a condiciones, y las medidas unilaterales contrarias al derecho internacional que impidan la plena realización de los derechos humanos son preocupación legítima de la comunidad internacional y la primera responsabilidad de los gobiernos. Si bien ha de tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, es deber de los Estados, sean cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, promover y proteger todos los derechos humanos y la libertad es fundamental. 14

1) Reestructuración de la Secretaria de Derechos Humanos: En su boletín del 12 de septiembre de 1997, el secretario General aprobó la nueva estructura de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Después e un largo y delicado proceso de cambios en el persona, la nueva estructura fue totalmente operativa el 1ro. De febrero de 1998. En la misma fecha, el Sr. Enrique Horst, a quien el secretario General había nombrado adjunto del Alto Comisionado, tomo posesión de su cargo en la oficina. Los traslados de personal permitieron cubrir casi la totalidad de los puestos sufragados con cargo al presupuesto ordinario, después de un cuidadoso examen de las calificaciones, la experiencia y el rendimiento de los solicitantes, que con frecuencia fueron numerosos. El corto número de puestos restantes se están cubriendo con la mayor rapidez posible. Como consecuencia de la reestructuración, que el Primer Alto Comisionado inicio a últimos de 1994, el programa relativo a los derechos humanos dispone de un plan de mediano plazo que responde a la Declaración y el Programa de Acción de Viena y otros mandatos, una estructura presupuestaria que está en conformidad con los objetivos del plan de mediano plazo, y una estructura de la Secretaria que coincide con la estructura del presupuesto. Además, cada puesto previsto en el presupuesto ordinario tiene una descripción de funciones clasificada que indicia cual es su contribución a los objetivos del plan de mediano plazo, y se prevé la introducción de un sistema de evaluación del rendimiento para permitir al personal planear su labor en relación con los objetivos del programa de derechos humanos, Esos diferentes elementos constituirán una solida base para aumentar la eficiencia, la transparencia y la responsabilidad. 2) Mejoramientos del mecanismo para los derechos humanos: La adaptación del mecanismo de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos a las necesidades actuales y futuras de promoción y protección de los derechos humanos, es un importante objetivo de la Declaración y el Programa de Acción de Viena y del plan de mediano plazo, y está incluido también en el mandato del Alto Comisionado. Los seis comités encargados de la aplicación de los tratados de derechos humanos básicos el comité de derechos humanos, el comité de Derechos económicos, sociales y culturales, el comité de los Derechos del Niño, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el Comité para la eliminación de la Discriminación Racial y el Comité contra la Tortura- mediante el examen de informes, recomendaciones, observaciones generales y decisiones sobre denuncias, son actualmente una importante pilar del sistema de las Naciones Unidas para los derechos humanos. Los comités tropiezan 15

en su labor con muchos y graves problemas, entre los que se cuentan la multiplicidad de informes, los informes pendientes , y los retrasos en el examen de los informes o en la acción que requieran las comunicaciones. Asimismo, al examinar los informes los comités con frecuencia comprueban que para resolver sus propios problemas es necesario a menudo hacer progresos en aspectos de los derechos humanos que se sitúan fuera de su particular esfera. Esos problemas constituyen un importante desafío para el sistema de tratados relativos a los derechos humanos. En la Asamblea General y en la comisión de Derechos Humanos se están examinando esas cuestiones. Además, los órganos creados en virtud de tratados hacen también muchos esfuerzos para vencer esas dificultades, tanto individualmente como mediante las reuniones de presidentes, relatores especiales y representantes. La aprobación por la Asamblea General del plan de mediano plazo para los derechos humanos puede facilitar que se centre la atención en esas actividades y cada órgano tenga posibilidad de determinar la mejor manera de contribuir a los objetivos globales del programa. Las decisiones sobre esas cuestiones son de la competencia del órgano pertinente para decidir la política. La Alta Comisionada reconoce la importancia de mejorar el mecanismo relativo a los derechos humanos y concederá prioridad a la contribución de su Oficina en tal sentido.

Los Derechos Humanos y la prevención de Conflictos, el Establecimiento de la Paz y la Construcción de la Sociedad Después de los Conflictos: La Carta de las Naciones Unidas forjo un sólido vínculo entre el respeto de los derechos humanos y la paz y la seguridad: posteriormente la experiencia ha confirmado esa relación. En su mayoría las situaciones de conflicto o tensión en el mundo surgen en el interior de los países, aunque suelen extenderse atravesando las fronteras, y tiene su origen en la negación de los derechos humanos fundamentalmente a raíz de la discriminación o de la exclusión de los órganos de decisión de la sociedad, o en la negación de derechos como los relativos al empleo, la vivienda, la alimentación o el respeto de la vida cultural. En sus propuestas de reforma el Secretario General declaraba que debía incorporarse el análisis de los adelantos y tendencias en la esfera de los derechos humanos a las actividades de alerta temprana de la organización y que los derechos humanos eran un elemento esencial de la actividades de alerta temprana de la organización y que los derechos humanos eran un elemento esencial de la actividades de establecimiento y consolidación de la paz y debían tenerse en cuenta en las operaciones de carácter humanitario. Uno 16

de los objetivos de la reorganización era que la Oficina del Alto Comisionado tuviese la capacidad para prestar apoyo a este respecto. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos hizo una recomendación sobre la contribución de los derechos humanos a las operaciones de mantenimiento de la paz. La protección de los derechos humanos después de los conflictos no puede aislarse de la forma en que se aborda la situación de conflicto propiamente dicha. Desde el término de la guerra fría se ha pedido a las Naciones Unidas que presten asistencia a los países en transición a una democracia y que desempeñen una importante función en la solución de conflictos y en el proceso de consolidación de la paz posterior a los conflictos. La experiencia en materia de consolidación de la paz demuestra lo importante que puede ser la incorporación de disposiciones relativas a los derechos humanos en los acuerdos de paz o de transición y la contribución extremadamente positiva que pueden hacer los vigilantes de los derechos humanos de las Naciones Unidas al fomento de la confianza mutua y a la creación de un clima de compresión. Junto con la dimensión humanitaria y la consideración de los derechos humanos en se deben tener presentes los objetivos de desarrollo a largo plazo de cada país. Es fundamental una transición fluida de la asistencia al desarrollo, pero esta debe prepararse desde el comienzo mismo. Por lo tanto, es preciso platearse un método de dos carriles el de la asistencia humanitaria, por una parte, y el de la asistencia para el desarrollo, por la otra , que, a la postre convergen, y cada uno de los cuales contiene un elemento relativo a los derechos humanos. Ello significa que las instituciones y las personas deben colaborar con plena conciencia de los objetivos y necesidades de los programas paralelos. Es más, hay que adoptar medidas para asegurar la máxima participación posible de los dirigentes y los pueblos de los países, directamente por vía de los órganos elegidos de gobierno y por vía de las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil. La capacidad del programa de derechos Humanos de reaccionar rápidamente enviando funcionarios de derechos humanos al terreno para que vigilen y presente asistencia en la situaciones de emergencia dependerá de un apoyo logístico y administrativo fiable, preferentemente de sectores especializados de la Secretaria al margen de la oficina, de la disponibilidad de recursos financieros y de la posibilidad de recurrir a una lista de expertos con poco aviso previo. En el marco de la reforma global propuesta por el Secretario General, se ha pedido a la Alta Comisionada que formule propuestas 17

para abordar estas necesidades en relación con las operaciones sobre el terreno. Aunque los derechos humanos son un elemento indispensable de la respuesta internacional a las situaciones de tensión o conflicto, es aun más indispensable que las autoridades naciones respeten las normas internacionales de derechos humanos en tales situaciones. El respeto de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos hará posible el dialogo necesario para la solución a largo plazo de las causas fundamentales de un conflicto y evitara los excesos que tanto dificultan la reconciliación. Las sociedades que recién salen de un conflicto tiene necesidades particulares en las esfera de los derechos humanos y el desarrollo económico y lo complejo de esas situaciones hace necesaria una atención especial de los agentes internacionales. Los daños y desequilibrios materiales, económicos, sanitarios y sociales ocasionados por el conflicto deben remediarse en parte con la asistencia de la cooperación internacional para el desarrollo, Es preciso superar el odio y las cicatrices psicológicas del conflicto. El reconocimiento y la protección de los derechos humanos pueden contribuir a crear un clima de confianza en el cual hacer frente a estos difíciles problemas. En la búsqueda de la reconciliación nacional les corresponde una función singular a las normas internacionales de derechos humanos. Como son por definición universal y no propiedad de un grupo o sector de la comunidad, puede ser fácilmente aceptada como base para la convivencia por todos sin quedar mal ni desprestigiarse políticamente. Una cuestión particularmente importante es la de la impunidad. Cada sociedad debe buscar su propia forma de dar respuesta a las demandas de información sobre los hechos y de justicia. No hay ningún modelo que sea apropiado para todas las situaciones. La reconstrucción económica debe ir acompañada del establecimiento de instituciones de derechos humanos. A primera vista parecerían de importancia secundaria la ratificación de los tratados de derechos humanos, los esfuerzos por garantizar que la Constitución proclame y proteja los derechos humanos, la revisión y enmienda de la legislación y la capacitación de los jueces, la policía, los abogados y el personal penitenciario, pero ello no esa sí. Estas actividades pueden ser un claro indicio de la determinación de abordar los problemas de derechos humanos y de construir una sociedad en que todas las personas puedan vivir en libertad y establecer un sólido marco jurídico para el desarrollo económico que fomente la inversión nacional e internacional. 18

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Marco legal

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Marco jurídico (leyes) La Constitución o carta magna es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades. Un código penal es un conjunto unitario y sistematizado de las normas jurídicas punitivas de un Estado, es decir, un compendio ordenado de la legislación aplicable en materia penal, que busca la eliminación de redundancias, la ausencia de lagunas y la universalidad: esto es, que no existan normas penales vigentes fuera del compendio. Los códigos penales, en cierto sentido, buscan plasmar el ius puniendi, la facultad sancionadora del Estado. De esta manera, el Estado mismo a través del legislador, busca evitar la aplicación de penas arbitrarias, ya que sólo puede ser sancionada penalmente una conducta cuando ésta se consigna expresamente en el mismo código penal y con la sanción que el mismo establece. Ley contra la violencia domestica Esta ley regulará la aplicación de las medidas de protección necesarias para Garantizar la vida, integridad y dignidad de las víctimas de la violencia doméstica. Los jueces deberán procurar que los agresores no utilicen contra las víctimas la Presente ley, cuyo principio rector es el artículo 51 de la Constitución Política. Le Corresponderá brindar protección especial a madres, niños, personas de sesenta Años o más y personas discapacitadas, tomando en cuenta las situaciones Específicas de cada uno. Asimismo, esta ley protegerá, en particular, a las víctimas de violencia en las Relaciones de pareja y donde exista abuso sexual incestuoso. Ley sobre justicia constitucional La presente ley tiene por objeto desarrollar las garantías constitucionales y las defensas del orden jurídico constitucional. Las disposiciones de esta ley se interpretarán y aplicarán siempre de manera que aseguren una eficaz protección de los derechos humanos y el adecuado funcionamiento de las defensas del orden jurídico constitucional. Se interpretarán y aplicarán de conformidad con los tratados, convenciones y otros instrumentos internacionales sobre derechos humanos vigentes en la

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República de Honduras, tomando en consideración las interpretaciones que de ellos hagan los tribunales Internacionales. Los órganos jurisdiccionales a que se refiere esta ley ejercen la justicia constitucional y a ellos corresponde conocer de las acciones de: 1) Habeas corpus o exhibición personal y de habeas data; 2) Amparo; 3) Inconstitucionalidad; 4) Revisión Tratados A. DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS: Tres años después de fundadas las Naciones Unidas, la Asamblea General, dirijo el primer pilar que sostiene el edificio jurídico del siglo XX en materia de Derechos Humanos: la Declaración universal de Derechos Humanos, el “ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse”. La Declaración se aprobó el 10 de diciembre de 1948, Desde entonces, ese día se observa en todo el mundo como Día de los Derechos Humanos. En sus 30 artículos, La Declaración detalla dos categorías fundamentales de derechos: 1.) Los Civiles y políticos 2.) Los económicos, sociales y culturales. Además establece la Teoría de las Tres Generaciones que explicamos a continuación: Primera Generación: Los Derechos Civiles son reconocidos al ser humano por el simple hecho de ser persona: liberal e integridad física y moral de las personas,. Los Derechos políticos le corresponden como ciudadano o miembro de una sociedad y protegen la participación de las personas en asuntos públicos. A estos derechos se les denomina primera generación”. Los derechos Civiles y políticos contemplados en la declaración son los siguientes:               22

El derecho a la vida. La prohibición a la tortura La prohibición de la esclavitud y de los trabaos forzados Libertad y seguridad de la persona. El derecho a la privacidad El derecho a casarse y a formar una familia El derechos a una nacionalidad El derecho a la propiedad El derecho a una personalidad jurídica La igualdad ante la ley Libertad de pensamiento, conciencia y religión Libertad de opinión y expresión Libertad de reunión asociación Libertad de movimiento



Libertad de participación en los asuntos políticos.

Segunda Generación. Los Derechos Económicos, sociales y culturales buscan aseguran a los seres humanos condiciones de fundamentales en la dignidad y por su medio, se reclama el derecho de todo ser humano a tener seguridad social y a la atención de las mínimas o primarias necesidades económicas, sociales y culturales. Estos son los llamados de “segunda generación”. El sujeto de estos derechos, más que el individuo es la colectividad, el pueblo, la humanidad. Instrumentos como el convenio Internaciones sobre pueblos indígenas y tribales en Países independientes y el convenio No. 169 de la organización internacional del trabajo, son una expresión formal de estos derechos. Podemos concluir diciendo que tanto los derechos civiles y políticos, como los derechos económicos, sociales y culturales y los derechos de los pueblos, forman un sistema de derechos que supone un relación de integridad e interacción, según la cual para que los derechos de un grupo o tipo se realicen efectivamente, requieren a su vez de la paralela relación de los valores tutelados por otros. Esta relación del conjunto de todos los derechos humanos se denomina como sistemática. Porque implica que hay una activación y una interdependencia de todos los valores individualmente considerados. En cuanto a esta Declaración se considera que muchas de sus disposiciones tiene la autoridad del derecho consuetudinario internacional debido a su amplia aceptación y a su utilización como criterio en base al cual juzgar la conducta de los Estados. Las leyes fundamentales o constitucionales de muchos de los países que se han independizado en años recientes citan la Declaración Universal o incorporan sus disposiciones. B) CONVENCION AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS: La convención Americana sobre los Derechos Humanos fue adoptada en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969, en la Conferencia Especializada sobre Derechos Humanos, Entre en vigor el 18 de julio de 1978. Entre los fundamentos que sirvieron de base para su creación aparecen: 

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La reiteración de que con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, solo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como sus derechos civiles y políticos.



Se considera que en la Tercera Conferencia Interamericana extraordinaria, celebrada en Buenos Aires, Argentina en 1967, se aprobó la incorporación a la propia carta de la organización de estados americanos, de normas más amplias sobres derechos económicos, sociales y educacionales y se resolvió que una convención interamericana sobre derechos humanos determinaría la estructura, competencia y procedimiento de los órganos encargados de esa materia.

El texto de esta Convención se encuentra estructurado de la siguiente manera: 





Un preámbulo en el cual las Naciones del continente americano reafirman el propósito de consolidar dentro del cuadro de las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto del os derechos esenciales del hombre. La primera parte establece lo concerniente a los deberes de los estados y los derechos protegidos, la suspensión de garantías, interpretación y aplicación y los deberes de las personas. La segunda parte establece como medios de protección la creación de dos órganos competentes para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de los compromisos contraídos por los Estados partes de esta convención y que son: o La Comisión Interamericana de Derechos Humanos o La Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La tercera parte establece las disposiciones generales y transitorias que contiene toda convención. Podemos concluir diciendo que el sistema interamericano de derechos humanos funciona en aplicación de la Declaración Universal de Derechos y Deberes del Hombre y de la Convención Americana de Derechos Humanos. Pero, con el transcurso del tiempo, se han ido agregando otros instrumentos internacionales que deben tomarse en cuenta en razón de su materia y que presentamos a continuación: 1. Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura 2. Protocolo adicional a la convención americana sobre derechos económicos, sociales y culturales. 3. Protocolo de la Convención Americana relativos a la Abolición de la Pena de Muerte. C) Otros Instrumentos Internacionales: La Declaración Universal ha inspirado mas de 80 convenios y declaración sobre una amplia gama de cuestione, concentrados en las Naciones Unidas. Entre ellos se encuentran los siguientes: 24

1. La Convención sobre la prevención y el castigo del crimen de Genocidio (1948) 2. La Convención sobre la condición de los refugiados (1951) 3. La Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación racial (1965) 4. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979) 5. La convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes(1984) 6. La Convención sobre los Derechos del niño (1989) 7. La Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familias (1990)

La Declaración Universal y otros instrumentos de las Naciones Unidas han inspirado también varios acuerdos regionales como ser: o o o

Convención Europea de Derechos Humanos Convención Americana de Derechos Humanos Carta Africana de Derechos Humanos y de Derechos de los Pueblos.

Aparte de estos tratados, las Naciones Unidas han adoptado muchas otras normas y reglamentos relativos a la protección de los derechos humanos, Aunque esas “declaraciones”, “códigos de conducta”, “principios” demás no son tratados con estas dos partes, ejercen una fuerza enorme, entre otras cosas, porque, generalmente han sido redactados con gran cuidados por los Estados y adoptados por consenso. Entre los más importantes se encuentran los siguientes: 1. La Declaración sobre la Eliminación de todas las formas de Intolerancia y de discriminación basada en la religión o las creencias (1981) 2. La Declaración sobre el Derecho al Desarrollo (1986) 3. La Declaración sobre los Derechos de la Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales, Étnicas, Religiones y Lingüísticas (1992) Otras normas importantes, que no son tratados, son los siguientes que representan instrumentos importantes en la protección de los derechos humanos: o o

25

Conjunto de reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos (1957) Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura (1983)

o

o

Conjunto de principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión (1988) Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (1992)

REGULACION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN HONDURAS

Constitución de la república A) DERECHO A LA VIDA: El derecho a la vida es el que tiene cualquier ser humano por el simple hecho de existir y estar vivo; se considera un derecho fundamental de la persona. la vida es el derecho más importante para los seres humanos¡ La vida tiene varios factores; la vida humana en sus formas corporales y psíquicas, la vida social de las personas por medio de la cual estos realizan obras en común y la vida de la naturaleza que relaciona a los seres humanos con las demás especies vivientes. Entonces cuando este derecho es regulado son tomados en cuenta estas tres facetas de la vida que están divididas pero se toman como un todo al momento de ser reguladas, es decir, el correcto cumplimiento de estos tres puntos dentro de lo que representa el respeto por este derecho hacen que el ser humano no solo sobreviva (que tenga funciones vitales, sino que viva plenamente, que sugiere una integridad). 4 Entre los derechos del hombre, sin duda el más importante es el derecho a la vida, pues es la razón de ser de los demás, ya que no tendría sentido garantizar la propiedad, la religión o la cultura, si el sujeto al que se los concede está muerto. Integra la categoría de derechos civiles, y de primera generación, y está reconocido en numerosos tratados internacionales: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño, el Pacto de San José de Costa Rica, la Convención para la Sanción del Delito de Genocidio, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de 4 http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_a_la_vida 26

Discriminación Racial, y la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas y Degradantes.5 La protección a la vida no solo trata de impedir la muerte de una persona, sino toda forma de mal trato, que haga su vida indigna, matándolo de a poco, o haciendo de su vida un martirio. Así atentan contra la vida, el genocidio (actos destructivos de un grupo por su nacionalidad, religión, raza o etnia) la desaparición forzada de personas (práctica usual entre los gobiernos que ejercen terrorismo de estado, para secuestrar a sus enemigos políticos, torturarlos y muchas veces, matarlos) la esclavitud, las torturas, la fabricación de armas nucleares, y los malos tratos. 6 El derecho a la vida está plasmado en el artículo 3.° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona". La Constitución Hondureña establece las siguientes disposiciones respecto al Derecho a la vida:7 1. La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. 2. El derecho a la vida es inviolable. 3. Al que está por nacer se le considerará nacido para todo lo que le favorezca dentro de los límites establecidos por la Ley 4. Se prohíbe la pena de muerte. B) DERECHO A LA DIGNIDAD: La dignidad, o «calidad de digno», deriva del adjetivo latino dignus, se traduce por «valioso»; es el sentimiento que nos hace sentir varios y valiosos sentimientos con nosotros mismos, sin importar nuestra vida material o social. Hace referencia al valor inherente al ser humano en cuanto ser racional, dotado de libertad y poder creador, pues las personas pueden modelar y mejorar sus vidas 5 Ídem 6 Ídem 7 Ver arts. 59, 65, 66 y 67. 27

mediante

la toma de

decisiones y el

ejercicio

de

su

libertad.

Calóricamente se tiende a afirmar que el ser humano posee dignidad por sí mismo, no viene dada por factores o individuos externos, se tiene desde el mismo instante de su nacimiento y es inalienable. 8 La referencia a la dignidad está siempre presente en los instrumentos fundacionales del derecho internacional de los derechos humanos nacido luego de concluida la Segunda Guerra Mundial. En tal sentido, se destaca ante todo la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, que invoca en su Preámbulo la “dignidad intrínseca (...) de todos los miembros de la familia humana”, para luego afirmar que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” (artículo 1°). 9 Con posterioridad, el concepto de dignidad humana fue retomado por los dos Pactos internacionales de derechos humanos de 1966 y por la mayoría de los instrumentos condenatorios de una serie de prácticas directamente contrarias al valor esencial de la persona, tales como la tortura, la esclavitud, las penas degradantes, las condiciones inhumanas de trabajo, las discriminaciones de todo tipo, etc. 10 La Constitución Hondureña establece las siguientes disposiciones respecto al Derecho a la dignidad:11 1. La dignidad del ser humano es inviolable. 2. Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos. En Honduras no hay clases privilegiadas. Todos los hondureños son iguales ante la Ley. Se declara punible toda discriminación por motivo de sexo, raza, clase y cualquier otra lesiva a la dignidad humana. 3. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. C) DERECHO A LA LIBERTAD: El derecho a la libertad tiene una serie de facetas, una de las más importantes a proteger es la libertad de 8 http://es.wikipedia.org/wiki/Dignidad 9 Ídem 10 Ídem 11 Ver arts. 59, 60 y 68. 28

expresión. Asimismo incluye la libertad de imagen, de culto, de asociación, de circulación entre otros. La libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano, señalado en el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y las constituciones de los sistemas democráticos, también lo señalan. De ella deriva la libertad de imprenta también llamada libertad de prensa.12 El derecho a la libertad de expresión es definido como un medio para la libre difusión de las ideas, y así fue concebido durante la Ilustración. Para filósofos como Pach, Motesqieu, Voltaire y Rousseau la posibilidad del disenso fomenta el avance de las artes y las ciencias y la auténtica participación política. Fue uno de los pilares de la Guerra de la Independencia de los Estados Unidos (Primera Enmienda)y la Revolución francesa, hechos que revolvieron las cortes de los demás estados occidentales.13 En el Artículo 19 de la "Declaración Universal de los Derechos Humanos", se lee: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión." 14 Algunas de las disposiciones constitucionales hondureñas al respecto, regulan este derecho de la siguiente forma: 15 1. Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos. 2. La libertad personal es inviolable y sólo con arreglo a las leyes podrá ser restringida o suspendida temporalmente. 12 http://es.wikipedia.org/wiki/Libertad_de_expresi%C3%B3n 13Ídem 14 Ídem 15 Ver arts. 60, 69, 70, 72, 73, 74 , 75, 77, 78 , 81 y 97 29

3. Todos los hondureños tienen derecho a hacer lo que no perjudique a otro y nadie estará obligado a hacer lo que no estuviere legalmente prescrito ni impedido de ejecutar lo que la Ley no prohíbe. 4. Es libre la emisión del pensamiento por cualquier medio de difusión, sin previa censura. Son responsables ante la ley los que abusen de este derecho y aquellos que por medios directos o indirectos restrinjan o impidan la comunicación y circulación de ideas y opiniones. 5. Los talleres de impresión, las estaciones radioeléctricas, de televisión y

de

cualesquiera

pensamiento,

así

otros

medios

como todos sus

de

emisión

elementos,

y

difusión

del

no podrán

ser

decomisados ni confiscados, ni clausuradas o interrumpidas sus labores por motivo de delito o falta en la emisión del pensamiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que se haya incurrido por estos motivos de conformidad con la Ley. 6. No se puede restringir el derecho de emisión del pensamiento por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares del material usado para la impresión de periódicos; de las frecuencias o de enseres o aparatos usados para difundir la información. 7. La Ley que regule la emisión del pensamiento, podrá establecer censura previa, para proteger los valores éticos y culturales de la sociedad, así como los derechos de las personas, especialmente de la infancia, de la adolescencia y de la juventud. 8. Se garantiza el libre ejercicio de todas las religiones y cultos sin preeminencia alguna, siempre que no contravengan las leyes y el orden público. 9. Se garantizan las libertades de asociación y de reunión siempre que no sean contrarias al orden público y a las buenas costumbres. 10.Toda persona tiene derecho a circular libremente, salir, entrar y permanecer en el territorio nacional. 30

11.Las penas restrictivas de la libertad no podrán exceder de veinte años y de treinta años las acumuladas por varios delitos. D) DERECHO A LA IGUALDAD: El derecho a la igualdad es aquel derecho inherente que tienen todos los seres humanos a ser reconocidos como iguales ante la ley y de disfrutar de todos los demás derechos otorgados de manera incondicional, es decir, sin discriminación por motivos de nacionalidad, raza, creencias o cualquier otro motivo. 16 Éste derecho hizo posible la Revolución Francesa, junto con la fraternidad y la libertad, inspirada en los constitucionalistas y humanistas ilustrados.

17

La Constitución hondureña lo regula de la siguiente manera:18 1. Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos. En Honduras no hay clases privilegiadas. Todos los hondureños son iguales ante la Ley. 2. Se declara punible toda discriminación por motivo de sexo, raza, clase y cualquier otra lesiva a la dignidad humana. 3. La Constitución garantiza a los hondureños y extranjeros residentes en el país, el derecho a la inviolabilidad de la vida, a la seguridad individual, a la libertad, a la igualdad ante la ley y a la propiedad. E) DERECHO A LA INTEGRIDAD: Como derecho fundamental19, la integridad personal se relaciona al derecho a no ser objeto de vulneraciones en la persona física, como lesiones, tortura o muerte. Junto con la libertad individual, conforman el concepto de Libertad Personal, protegido jurídicamente a través de la acción de Habeas Corpus. 20 La Constitución Hondureña establece las siguientes disposiciones respecto al Derecho a la integridad personal:21 16 http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_a_la_igualdad 17 Idem 18 Ver arts. 60, 61 19 http://es.wikipedia.org/wiki/Integridad_personal 31

1. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral. 2. Nadie debe ser sometido a torturas, ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. 3. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. 4. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal, familiar y a la propia imagen. 5. Nadie podrá ser arrestado o detenido sino en virtud de mandato escrito de autoridad competente, expedido con las formalidades legales y por motivo previamente establecido en la Ley. 6. Toda persona sometida a juicio, que se encuentre detenida, tiene derecho

a

permanecer

separada

de

quienes

hubieren

sido

condenados por sentencia judicial. 7. No se ejercerá violencia ni coacción de ninguna clase sobre las personas para forzarlas o declarar. 8. Nadie podrá ser condenado a

penas

perpetuas,

infamantes,

prescriptivas o confiscatorias. F) DERECHO A LA PROPIEDAD PRIVADA: La propiedad privada puede definirse como el poder jurídico pleno o completo de un individuo sobre una cosa22. La Propiedad privada permite Al ser humano su desarrollo económico y por tanto el mejoramiento de sus condiciones y calidad de vida. La Constitución de Honduras la regula a través de las siguientes disposiciones:23 1. El domicilio es inviolable. Ningún ingreso o registro podrá verificarse sin consentimiento de la persona que lo habita o resolución de autoridad competente. No obstante, puede ser allanado, en caso de urgencia, para impedir la comisión o

20 El hábeas corpus []es una institución jurídica que garantiza la libertad personal del individuo, con el fin de evitar los arrestos y detenciones arbitrarias. Se basa en la obligación de presentar a todo detenido en un plazo perentorio ante el juez, que podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontrara motivo suficiente de arresto.

21 Ver arts. 68, 70, 76, 84, 86, 88, 97 22 http://es.wikipedia.org/wiki/Propiedad_privada 23 Ver arts. 99, 100, 103, 105, 108 y 109 32

impunidad de delitos o evitar daños graves a la persona o a la propiedad. 2. Toda persona tiene derecho a la inviolabilidad y al secreto de las comunicaciones, en especial de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. 3. Los libros y comprobantes de los comerciantes y los documentos personales, únicamente están sujetos a inspección o fiscalización de la autoridad competente, de conformidad con la Ley. 4. Las comunicaciones, los libros, comprobantes y documentos a que se refiere el presente artículo, que fueren violados o substraídos, no harán fe en juicio. 5. El Estado reconoce, fomenta y garantiza la existencia de la propiedad privada en su más amplio concepto de función social y sin más limitaciones que aquellas que por motivos de necesidad o de interés público establezca la Ley. 6. Se prohíbe la confiscación de bienes. La propiedad no puede ser limitada en forma alguna por causa de delito político. El derecho de reivindicar los bienes confiscados es imprescriptible. 7. Todo autor, inventor, productor o comerciante gozará de la propiedad exclusiva de su obra, invención, marca o nombre comercial, con arreglo a la Ley.

33

Marco conceptu al 34



Derechos Humanos Son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros



La Constitución

Ha sido, a lo largo de la historia, un concepto de suma importancia a la hora de mantener el orden de las naciones. La Constitución permite a un Estado constituirse como tal, ya que se trata del conjunto de las leyes fundamentales que regulan la forma de gobernar. Una constitución, así como puede ser un conjunto de normas escritas o no, puede ser también aceptada por los miembros del Estado, o bien, puede ser establecida La creación de una constitución tiene como fin último fijar ciertos límites y patrones de acción entre los diferentes poderes del Estado, es decir, norma la relación entre lo legislativo, lo judicial y lo ejecutivo, además, establece los derechos que el pueblo que conforma el Estado posee, formándose a partir de ella, las bases generales para el gobierno de una determinada nación.



El Defensor del Pueblo

Es una autoridad del Estado encargada de garantizar los derechos de los ciudadanos ante abusos que puedan cometer los poderes ejecutivo y, en su caso, legislativo de ese mismo Estado. Algunos autores defienden que la Justicia de Aragón y Ailin Ayelen Córdoba Ravarotto, que procede de la Constitución Sueca que estableció dicha figura en 1809 para dar respuesta inmediata a los ciudadanos ante abusos de difícil solución por vía burocrática o judicial. De ahí que en diversos idiomas se haga referencia a su nombre en sueco Ombudsman. En los países hispanohablantes se denomina comúnmente Defensor del Pueblo, mientras que en los países francófonos suele llamarse Médiateur de la

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Reubique y en los de Grujes. Algunos países también lo han titulado Defensor de los Ciudadanos.

 Derechos individuales Es un concepto perteneciente al Derecho constitucional, nacido de la concepción liberal que surgió de la Ilustración, que hace referencia a aquellos derechos de los que gozan los individuos como particulares y que no pueden ser restringidos por los gobernantes, siendo por tanto inalienables, inmanentes e imprescriptibles.

 La Organización de las Naciones Unidas (ONU) o simplemente Naciones Unidas (NN. UU.) Es la mayor organización internacional existente. Se define como una asociación de gobierno global que facilita la cooperación en asuntos como el Derecho internacional, la paz y seguridad internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los humanos. La Entidad de la ONU para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer, también conocida como ONU Mujeres es una entidad de la Organización de las Naciones Unidas destinada a fomentar el empoderamiento de la mujer y la igualdad de género. ONU Mujeres fue establecida en 2010 y comenzará a operar en enero de 2011.

 Los Derechos Constitucionales Son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un estado generalmente denominada constitución que se consideran como esenciales en el sistema político y que están especialmente vinculados a la dignidad humana. Es decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento jurídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma). Es conocido el planteamiento filosóficoantropológico de que donde nace una necesidad surge un derecho; éste planteamiento tan lógico aparece por primera vez en "La República" de Platón. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generación, Derechos económicos, sociales y culturales o de segunda generación, y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación.

 Los Derechos Fundamentales 36

Son aquellos inherentes al ser humano, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana. Concepto objetivo. Esencia de la estructura jurídica política de la constitución, el estado social de derecho puede violar y usurpar todo lo que quieran sin la intervención del pueblo. Concepto subjetivo, ámbito limitado del individuo imprescindible para el desarrollo y la libertad de las personas, es núcleo básico e irrenunciable del estatuto jurídico del individuo. Límites Internos, el contenido del derecho no debe de ser transgredido por otras personas o poderes, ya que se estaría atentando a la dignidad de la persona. Límites Externos, impuesto por el orden jurídico de manera expresa, limita las manifestaciones ideológicas, protegiendo de esta manera los derechos de otras personas. Inherentes: Nadie nos lo puede quitar porque son inherentes a nosotros.

 Garantías: Son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un estado generalmente denominada constitución que se consideran como esenciales en el sistema político y que están especialmente vinculados a la dignidad humana. Es decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento jurídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma). Es conocido el planteamiento filosófico-antropológico de que donde nace una necesidad surge un derecho; éste planteamiento tan lógico aparece por primera vez en "La República" de Platón. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generación

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Marco teórico 38

Conocimientos básicos sobre derechos humanos  ¿Que son los derechos humanos? Son todas las facultades o atributos que permiten a la persona vivir de manera digna y cumplir con los fines de la vida en comunidad. La condición de dignidad nace con la existencia misma de toda persona sin discriminación alguna y la conserva hasta el final de la vida La dignidad nos hace merecedores de respeto y a la vez respetar a nuestros semejantes los derechos humanos pertenece a todas las personas sin excepción y por la única razón de pertenecer a la familia humana  ¿Quién es persona? Persona es todo miembro de la comunidad sin excepción alguna. La condición de persona humana no puede ser concedida ni por una ley, ni por otra persona, ni por un grupo de personas Esta condición no es un regalo, surge desde el primer momento de la vida y solo desaparece al final de la misma En el Articulo n0.59 de la constitución de la república de Honduras, se establece la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del estado, todos tienen la obligación de respetarlas y protegerla” 

¿Tienen algunos derechos humanos más importancia que otros? Para las personas todos sus derechos son necesarios. En consecuencia, cada uno de ellos revive la misma importancia y merece igual respeto Sin embargo, hay un derecho cuyo respeto en condición para el disfrute de otros. El derecho a la vida es el primero de todos los derechos: sin la vida es imposible gozar de los demás. Por eso cometer cualquier acto contra la vida (homicidio, lesiones personales tratos crueles o inhumanos) debe ser considerado como gravísimo atentado Todos los derechos humanos son indivisibles e interdependientes. El Art.N0 65 de la constitución de la república, afirma que el derecho a la vida es inviolable  ¿Cuáles son las características de los derechos humanos? Los derechos humanos presentan los siguientes rasgos distintivos: 1. Son necesarios porque sin ellos las personas no pueden vivir dignamente como seres humanos 2. Son generales o universales, porque todas las personas tienen los mismos derechos, independientemente de su 39

sexo, edad, raza, posición social, partido político, creencia religiosa o capacidad económica 3. Son preexistentes, porque han surgido con anterioridad al derecho positivo y a la ley, porque aparecen con la persona y no son creados por actos de autoridad 4. Son limitados porque en su ejercicio solamente se puede llegar hasta donde comienzan los derechos de los demás o los justos interese de la comunidad 5. Son infrangibles o inviolables, porque cuando alguien los vulnera o amenaza comete un acto jurídico 

¿Para qué sirven los derechos humanos?

De manera amplia se puede afirmar que los derechos humanos crean un campo de acción dentro del cual la persona se puede desenvolver libremente y en donde queda protegida contra actos ilícitos del estado y de particulares Quien tiene la obligación de respetar los derechos humanos? En principio todos los miembros de la sociedad humana tienen la obligación de respetar los derechos de las personas Sin embargo, en las sociedades democráticas existen personas que en este aspecto tienen mayor responsabilidad: esas personas son las que están investidas de autoridad En las autoridades la sociedad ha depositado su confianza para que defiendan su organización social y las instituciones creadas con el fin de mantenerla y desarrollarla, esta organización tiene su base en el respeto de la dignidad personal. Es claro entonces que, según el mandato constitucional los primeros llamados a respetar los derechos humanos son las autoridades civiles policiales y militares de la república 

¿Tienen las autoridades derechos humanos?

Si quienes ejercen la autoridad tienen los derechos iguales e inigualables que pertenecen a todo ser humano, como titulares de los derechos humanos las personas constituidas en autoridades tienen el derecho y el deber de defenderse cuando son injustamente agredidos, sin embargo esta defensa siempre debe realizarse dentro de los términos y condiciones fijadas por la constitución y por la ley, de modo que en todo caso deba ser racional y proporcional Clasificación de los derechos humanos Primera generación 40

Derecho a la vida Libertad de expresión Libertad de transito Libertad de religión Igualdad ante ley Prohibición de esclavitud Prohibición de tratos crueles Garantía de detención legal Derecho a la propiedad Derecho a la exhibición personal Derecho de asociación Derecho de elegir, de ser electo, protestar, sindicalización Derecho de huelga, de petición Derecho de acceso a los tribunales y dependencia estatales Segunda generación Derecho a la educación, a la salud, al trabajo, a la cultura, alimentación, vivienda, a igual paga por igual trabajo, a la tierra, a la indemnización, a la seguridad social, a conservar su idioma, a difundir su cultura y a preservar costumbres Tercera generación Derecho a un medio ambiente sano, a la paz, al desarrollo

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42

Marco instituci onal 43

Nivel interno 

Comisionado Nacional de los Derechos Humanos: A continuación presentamos lo concerniente al Comisionado encargado de la regulación de derechos humanos en nuestro país.

Breve Reseña Histórica: En la esfera gubernamental, en Honduras se ha promovido iniciativas específicas que tienen a evitar la comisión de prácticas abusivas de violación a los Derechos Humanos. Inicialmente se creó un oficina de Derechos Humanos dependiente de la Procuraduría General de la República, encargada de conocer de las denuncias de abuso de autoridad. En esas base y debido en gran parte a la situación de violencia que caracterizo a la región Centroamericana durante la década de los ochenta, que llevo a Honduras, a la implantación de iniciativas especificas para evitar las prácticas abusivas de violación a los derechos humanos, cometida en gran parte por las autoridades, se crea entonces el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, a la vez que la Fiscalía de los Derechos Humanos en el Ministerio Publico. EL CONADEH: surge dentro de la idea del “Ombudsman” o “Defensor del Pueblo”, cuyo primer ensayo surgió en Suecia en 1809, para controlar la observancia de las leyes por los tribunales, ante la insuficiencia de los mecanismos tradicionales de control del poder público. En 1915 se vio la necesidad de extender su labor a la esfera militar, por lo que se creó un “Ombudsman” para cada jurisdicción, hasta que fueron fusionado en 1967 en un mismo órgano. No es sino después de la segunda guerra mundial que la figura adquiere interés mundial, llegando en algunos países a obtener reconocimiento constitucional. Esta figura posee un alto nivel gubernamental, preferiblemente dentro del escaño legislativo, con independencia total y sin instrumento de coacción mayores que los morales, constituyéndose la publicidad de s investigaciones en el instrumento mas fuerte de exigencia pública. EL CONADEH es una institución creada para velar porque las acciones y medidas de cualquier autoridad sean respetuosas y estén encaminadas a las defensa de los Derechos Humanos de los hondureños y extranjeros que se encuentran en el país, estableciendo en la constitución y en los convenios y tratados internacionales ratificados por Honduras Esta pues al servicio de todas las personas sin distinción de ninguna clase. 44

El despacho de CONADEH está a cargo de un titular denominado Comisionado de los Derechos Humanos, quien es nombrado por el Congrego Nacional este órgano goza de total independencia funcional, administrativa, técnica, financiera y presupuestaria. 1) Que Es La ley orgánica del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos en su artículo ·1 establece que “El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos es una institución nacional, establecida para garantizar la vigencia de los delitos y libertades reconocida en la Constitución de la República y los Tratados y Convenios Internacionales ratificados por Honduras”. En otra palabras y como lo define la misma institución el comisionado es un Ombudsman, un Defensor del Pueblo, que actuar como una alternativa gratuita y directa de mediación entre el Estado y el Ciudadano. 2) Misión y Visión: El mismo Comisionado Nacional de los derechos humanos ha establecido la siguiente como Misión y Visión que persigue dicha Institución: Misión: Velar por el respeto de los derechos humanos y fortalecer el funcionamiento del Estado de Derecho. Visión: Ser la inspiradora permanente del respeto integral a la dignidad de la persona humanos, con total credibilidad por su lato espíritu de servicio y entrega de su misión. 3) Funcionamiento: En el ejercio de sus atribuciones el Comisionado Nacional no está sujeto a mandato imperativo alguno, no recibe instrucciones de ninguna otra autoridad, desempeña sus funciones con autonomía y según criterio en la defensa de los derechos humanos y del Estado de Derecho. El Comisionado Nacional, puede dirigirse directamente a cualquier titular de los poderes del estado, y de la administración pública, órganos o instituciones de cualquier naturaleza en los que estos o estas se organicen y los titulares tendrán el deber de contestar las peticiones y requerimientos que se les formulen. El Comisionado trabaja en contacto directo con las víctimas de violaciones a los derechos, sus familias y con organizaciones de defensa, de quienes reciben las quejas reclamos, denuncias, e informa a las personas agraviadas el seguimiento que se da a sus casos. El Comisionado en uso de sus facultades solicita a las autoridades civiles, militares y policiales su colaboración para esclarecer cualquier denuncia recibida.

 FISCALIAS ESPECIALES

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Son unidades Administrativas, dependientes de la Dirección de fiscalía entre ellas están: Fiscalía Especial para la Defensa de la Constitución, Fiscalía Especial de los Derechos Humanos; Fiscalía Especial de la Mujer; Fiscalía Especial del Consumidor y de la Tercera Edad; Fiscalía Especial del Medio Ambiente; Fiscalía Especial de Etnias y Patrimonio Organizado; Fiscalía Especial de la Niñez y Discapacitado, Fiscalía Especial de Impugnaciones; Fiscalía de lo Civil y Contencioso Administrativo

 INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER24 Crease el Instituto Nacional de la Mujer, como una institución de desarrollo social, autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio. FINALIDAD DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER Tendrá como finalidad la incorporación plena de la misma al proceso de desarrollo sostenible, con equidad de género, tanto en lo social como en lo económico, político y cultural. OBJETIVOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER A) GENERALES Contribuir a la realización plena e integral de la mujer hondureña en el contexto de la armonización de los intereses de todos los sectores sociales. Promover el desarrollo integral de la sociedad en general, mediante un esquema de desarrollo participativo y democrático, para construir una sociedad capaz de cuidar el equilibrio del medio ambiente, la biodiversidad, la integridad de la familia y la responsabilidad de esta con la juventud y la niñez. B) ESPECIFICOS Garantizar a las mujeres

y a las niñas, el goce de los derechos

humanos para posibilitar condiciones de igualdad, a fin de pronunciar su papel sin distinción de edad, sexo, idioma, origen étnico, cultura y religión.

24 Ley del Instituto Nacional de la Mujer, Decreto N. 232-98, Artículo 1. 46

Promover la independencia económica de la mujer, tratando por todos los medios posibles de erradicar la carga persistente de la pobreza que recae sobre las mismas. Despertar la conciencia de la población para estimular a la mujer a integrarse plenamente al crecimiento económico, político y social de Honduras, como vía para su propio desarrollo humano. Garantizar a las mujeres y a las niñas, la igualdad de oportunidades en relación con el género masculino procurando: En el campo de la salud, la protección integral de su condición física, mental, sexual y reproductiva. En los procesos de educativos, su formación y capacitación plena, tanto en el camp teórico como en el práctico, a fin de que las mujeres y niñas desarrollen las aptitudes necesarias que les permita alcanzar niveles superiores de bienestar. Para el desempeño eficiente del empleo permanente, e desarrollo de habilidades, destrezas, y actitudes positivas hacia la producción y productividad. La participación política de la mujer, garantizando el principio de igualdad de derechos y oportunidades que permitan acceder a puestos d dirección de los partidos políticos, a cargo de elección popular y funciones en el en drenaje administrativo del estado.

Internacionales  Comisión de Derechos Naciones Unidas:

Humanos

de

las

El órgano principal de las Naciones Unidas que se ocupa de promover y proteger esos derechos es la comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, establecida en 1946 por el consejo Económico y Social: La Comisión da orientación política y global, estudia los problemas relativos a los derechos humanos, desarrolla y codifica nuevas normas internacionales y vigila la observancia de los derechos humanos en todo el mundo. En su calidad de principal órgano intergubernamental de las naciones unidas para la determinación de políticas sobre los derechos humanos, la comisión está autorizada a examinar la situación de los derechos humanos en cualquier parte del mundo y 47

la información proveniente de los Estados fuentes.

las ONG y otras

Los gobiernos participantes a menudo presentan respuestas. Luego de examinar cada situación, la Comisión esa habilitada para designar grupos o expertos investigadores organizar visitas sobre el terreno, dialogar con los gobiernos ofrecer asistencia y condenar violaciones. La comisión ha emprendido numerosos estudios sobre cuestiones de derechos humanos especialmente sobre el desarrollo de normas jurídicas.  Alto Comisionado para los Derechos

Humanos: El puesto de Alto Comisionado para los Derechos Humanos se creó en 1993 para fortalecer la coordinación e influencia de las actividades de las Naciones Unidas en esa esfera. Nombrado con un mandato de cuatro años, el Alto Comisionado está encargado de numerosas tareas entre ellas, promover la cooperación internacional, estimular y coordinar las actividades del sistema de Naciones Unidas y ayudar al desarrollo de nuevas normas y a la ratificación de tratados. Alto Comisionado tiene también en el mandato de responder a las violaciones graves de los derechos humanos y de tomar medidas para prevenir violaciones, El Alto Comisionado realiza, asimismo, actividades en el terreno de derechos humanos y presta servicios de asesoramiento y asistencia técnica a los gobiernos. La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos es el centro de las actividades de la Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos y fungir de secretaria de la Comisión de Derechos Humanos, los órganos establecidos en virtud de los tratados y otros órganos de las Naciones Unidas que se ocupan de los derechos humanos. En los años recientes, la Alta Comisionada y su predecesor han tomado medidas concretas para institucionalizar la cooperación y coordinación con el UNICEF, la UNESCO, EL PNUD, EL ACNUR y el voluntario de las Naciones Unidas. 

Comisión Humanos:

Interamericana

de

Derechos

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos está integrada por 7 miembros que deben ser personas de alta moralidad y reconocida competencia en materia de Derechos Humanos, Son electros a título personal, representando a la totalidad de los miembros de la OEA, su sede se encuentra en Washington.

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La Comisión tiene funciones de promoción, incluyendo funciones consultivas que en la práctica han cumplido un importante papel. No obstante le ha dedicado mas tiempo a las observaciones en el lugar de los hechos, los estudios de países y el examen de peticiones individuales. Las observaciones “in loco” es una facultad de la Comisión para practicar observaciones territoriales en cualquier Estado miembro de la OEA con o sin invitación del gobierno respectivo. Conforme con la Carta de la OEA la Comisión Interamericana tiene función de promover y concienciar a los gobiernos y los pueblos sobre los derechos humanos contenidos en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.



Corte Interamericana Humanos:

de

Derechos

La corte Interamericana de Derechos Humanos fue creada por la Convención Americana y tiene su sede en Costa Rica, Está integrada por 7 jueces que deben ser nacionales de los Estados Miembros de la OEA aunque no sean parte de la convención. La Corte es una institución judicial del sistema interamericano, tiene una competencia contenciosa y una consultiva. La Competencia consultiva de la Corte es más amplia de la concedida a cualquier otro tribual internacional y puede referirse a la interpretación de los contenidos de la Convención y de otros tratados concernientes a la protección de los derechos humanos en los Estados Americanos. 

Federación Iberoamericana de Ombudsman: El nombre completo de nuestra organización es el de Federación Iberoamericana de Defensores del Pueblo, Procuradores, Comisionados y Presidentes de Comisiones Publicas de Derechos Humanos, mejor conocida como Federación Iberoamericana de Ombudsman.

La FIO es una instancia creada en agosto de 1995 que reúne a todos los Defensores del Pueblo de Iberoamérica, para fomentar las relación de cooperación entre los Ombudsman, mantener un organizado y fructífero intercambio de experiencias como también contribuir al desarrollo de proyectos conjuntos para fortalecer y expandir la cultura de derechos humanos en la región y a su vez alentar la creación de la figura del ombudsman en otros países de América Latina.

49

 TIPO DE ESTUDIO POR REALIZAR La presente investigación será de carácter especialmente descriptivo, restrictivo y practico ya que se efectúa cuando se desea caracterizar , en todos sus componentes principales, una realidad en este caso internacional como el vivido en nuestro país con el propósito de identificar la importancia de los derechos humanos en una sociedad el respeto y el orden en el que deberían de ser tomados, para determinar si se están cumpliendo la protección de tales como personas y que no están siendo violentados sus derechos fundamentales como persona

 HIPOTESIS DE LA INVESTIGACION H1: CONADEH es una institución creada para velar las acciones de defensa de los derechos humanos en nuestro país H0: CONADEH es una institución creada para velar el ambiente y sus recursos en nuestro país H2: Verdaderamente existe una justicia internacional para la protección de los derechos humanos H0: No existe una verdadera justicia internacional ni nacional cuando hablamos de los derechos humanos H3: a diferencia de lo que ocurre con los derechos subjetivos en general, los derechos humanos exhiben como una de sus cualidades la de ser irrenunciables H0: Los derechos humanos pueden ser renunciables y se pueden renunciar a ellos cuando la persona humana desee H4: Los titulares de los derechos humanos son los humanos todos los hombres y mujeres sin distinción basta con ser humanos para invocarlos, son independientes de circunstancias de sexo, raza, credo, religión etc. H0: Los titulares de derechos humanos son los hombres y mujeres de una clase social alta y de un partido político establecido el que este en el poder en ese momento. 

Población y muestra25 Autoridades más denunciadas a nivel nacional

1. Policía Nacional Preventiva 2. Dirección General de Investigación Criminal (DGIC) 25 Ver anexos 50

3. Policía de Tránsito 4. Juzgados de Letras 5. Juzgados de Paz 6. Defensa Pública de la Corte Suprema de Justicia 7. Juzgados de la Niñez 8. Ministerio Público 9. Direcciones Departamentales de Educación 10.Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) Formas más frecuentes de violaciones de los derechos humanos a nivel nacional 1. Derecho a la integridad personal 2. Detenciones ilegales 3. Abuso de autoridad 4. Derecho a la legalidad y seguridad jurídica 5. Retardo de justicia 6. Derecho al debido proceso 7. Delitos y faltas de la administración pública 8. Derechos de la mujer, niñez y adolescencia 9. Derechos económicos, sociales y culturales: Educación, trabajo, salud, vivienda y Propiedad.

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DISEÑO DE LA INVESTIGACION

La presente investigación según la naturaleza m es de Investigación Descriptiva ya que se efectúa cuando se desea describir , en todos sus componentes principales, una realidad de los objetivos en cuanto al nivel de conocimiento que se desea alcanzar Según el tiempo en que se efectúan serian Investigaciones sincrónicas ya que son aquellas que estudian fenómenos que se dan en un corto período e incluye La investigación histórica se realiza cuando se desea estudiar desde una perspectiva histórica una realidad, recurriendo a las fuentes primarias y secundarias para la reconstitución de la misma con una recolección de datos principales del estado

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Conclusiones

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Hoy en día el reto principal es promover la cultura de los derechos humanos y garantizar su protección, estos requisitos son indispensables para evolucionar hacia una sociedad más igualitaria



La vigencia real de los derechos humanos esta en estrecha y directa relación con la vigencia real del sistema jurídico, con la estabilidad de sus instituciones, con el correcto apartamiento de justicia y en general con el indiscutible respeto y seguimiento de las leyes y de la voluntad soberana del pueblo, principios por los que se ha de regir cualquier sociedad justa y civilizada



El principal instrumento jurídico nacional de protección de los derechos humanos en cada país es la constitución de la república, ella representa la norma que rige cada estado y de donde se derivan las demás leyes y la que establece los derechos y garantías habitantes de esta nación



Si bien la regulación de los derechos humanos en Honduras es mas o menos completa, muchos de esos carecen de plena vigencia en realidad social lo que significa que aun estos derechos no están perfectamente desarrollados en nuestro país



La construcción de un mundo de de respeto por la dignidad humana, los derechos y la justicia social es responsabilidad de todos. En la vida cotidiana y en las instituciones y asociaciones gubernamentales, comunitarias y privadas nos vemos enfrentados a la magna tarea de actuar en pro de los objetivos del declaración universal de los derechos humanos en nuestros propios vecindarios y en todos los rincones del mundo.



Debemos velar por el respeto de los derechos humanos sea un elemento central de la nuevas tareas que tiene ante si el planeta en el plano ético y moral. El imperio de la ley, la democracia la solidaridad nacional e internacional en pro de la justicia social deben constituir nuestros principios básicos a tratar de dar efecto al artículo 28 de la declaración universal



El programa de derechos humanos encierran grande promesas y tienen ante si enormes desafíos, al prepararnos para el nuevo milenio debemos pensar en los habitantes de este planeta que desean obtener de las naciones unidas liderazgo y protección

para sus derechos humanos en la vida cotidiana nuestra respuesta debe ser universal

BIBLIOGRAFIA Fuentes primarias 1. Rojas Carón, León. La Constitución Hondureña: Brevemente 2.

Analizada. 1era Edición. Litografía López. Tegucigalpa. 2001 Posas Mendoza, Roberto Alfonso. Informe de Práctica Profesional Supervisada. El Procedimiento de Queja el Comisionado Nacional de

3. 4. 5. 6. 7.

los Derecho Humanos. UNICAH. Honduras. 2008 Constitución de la República de Honduras Thompson, José. Educación y derechos humanos,1986 http://www.conadeh.hn/Joomla/ www.derechoshumanos.org Carcaño, Hernán. El régimen jurídico Hondureño de los derechos humanos,1era edición. san marcos de colon, Honduras.

Secundarias 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

http://es.wikipedia.org/wiki/Propiedad_privada http://es.wikipedia.org/wiki/Integridad_personal http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_a_la_igualdad http://es.wikipedia.org/wiki/Libertad_de_expresi%C3%B3n http://es.wikipedia.org/wiki/Dignidad http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_a_la_vida Herrera,Monica,Lopez,Cinthia-los derechos fundamentales, trabajo de investigación Unicah,Honduras 2001

Anexos 54

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