Modulo Pcic 2014

POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR Dirección Nacional de Educación Modalidad: Presencial Grado: CPTN., TNTE., SBTE., SBOM.,

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POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR Dirección Nacional de Educación

Modalidad:

Presencial

Grado: CPTN., TNTE., SBTE., SBOM., SBOP., SBOS., SGOP., SGOS., CBOP., CBOS., POLI. Módulo: Programa de Capacitación Integral Continua Año:

2014

PROGRAMA DE CAPACITACIÓN INTEGRAL CONTINUA

Página |1

Índice Presentación ........................................................................................................... 9 Introducción ........................................................................................................... 11 Objetivos del aprendizaje ...................................................................................... 12 Objetivo general ................................................................................................. 12 Objetivos específicos ......................................................................................... 12 Contenidos ............................................................................................................ 13 Bibliografía ............................................................................................................ 19 Referencias Constitucionales, legales nacionales e internacionales ................. 19 Orientaciones generales ........................................................................................ 20 Desarrollo del aprendizaje ..................................................................................... 21 1.

Procedimientos de criminalística .................................................................... 21 Objetivo general ................................................................................................. 21 Objetivos específicos ......................................................................................... 21 Inspección ocular técnica ................................................................................... 21 Responsabilidades en la inspección ocular técnica ........................................... 22 Escena del delito ............................................................................................ 22 Lugar de los hechos ....................................................................................... 22 Principios de intercambio ................................................................................... 22 Clasificación del lugar de los hechos ................................................................. 23 Abierta ............................................................................................................ 23 Cubierta .......................................................................................................... 23 Descubierta .................................................................................................... 23 Móvil ............................................................................................................... 24 Cerrada .......................................................................................................... 24 Requisitos de la O.I.T. ....................................................................................... 24 Metodología de la investigación POFRE ........................................................... 25 Protección del lugar de los hechos .................................................................... 25 Observación del lugar de los hechos ................................................................. 25 Fijación de lugar de los hechos.......................................................................... 26 Métodos de búsqueda ....................................................................................... 27 Cadena de custodia ........................................................................................... 29 Integrantes de la cadena de custodia ............................................................. 30 Recolección de indicios ..................................................................................... 30

2

Envío de evidencias al laboratorio ..................................................................... 31 Normas generales para la protección de la escena ........................................... 31 2.

Medios de disuasión y conciliación ................................................................ 33 La comunicación ................................................................................................ 33 Elementos de la comunicación .......................................................................... 34 El emisor ........................................................................................................ 35 Canal .............................................................................................................. 35 Mensaje .......................................................................................................... 35 El Receptor..................................................................................................... 35 Situación......................................................................................................... 35 Clasificación de la comunicación ....................................................................... 35 La Comunicación: El lenguaje corporal en la función policial ............................ 36 Consideraciones generales ............................................................................ 36 Breve definición .............................................................................................. 37 Apariencia objetiva ......................................................................................... 37 Apariencia subjetiva ....................................................................................... 38 Presencia policial ............................................................................................... 40 Empleo del uniforme reglamentario. ............................................................... 40 El Lenguaje Corporal a tener en cuenta durante la intervención policial a una persona .............................................................................................................. 44 Distancias durante la intervención.................................................................. 44 Posturas durante la intervención. ................................................................... 46 La Comunicación: el lenguaje oral en la función policial .................................... 49 Consideraciones generales ............................................................................... 49 Diálogo, conversación o verbalización. .............................................................. 51 Medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza a través de la verbalización ............................................................................... 51 Entrevista ....................................................................................................... 52 Negociación.................................................................................................... 53 Mediación ....................................................................................................... 53 Aviso o Anuncio ................................................................................................. 54 Aviso Informativo ............................................................................................ 54 Advertencia .................................................................................................... 54 Técnicas de expresión verbal ............................................................................ 56

Página |3

3.

Policía comunitaria nuevo modelo de gestión ................................................ 58 Historia de la Policía Comunitaria en Ecuador ................................................... 58 Modelo de gestión de la Policía Comunitaria ..................................................... 59 Misión ............................................................................................................. 59 Visión ............................................................................................................. 60 Objetivo General ................................................................................................ 60 Objetivos Específicos Comunitarios................................................................... 60 Fundamentos, filosofía y funciones de la Policía Comunitaria ........................... 60 Fundamentos de la Policía Comunitaria ......................................................... 60 1. Fundamentos Ideológicos .......................................................................... 61 2. Fundamentos Teóricos ............................................................................... 61 3. Fundamentos Prácticos .............................................................................. 62 Filosofía de la Policía Comunitaria..................................................................... 62 Modelo de Gestión Policial ................................................................................ 64 Basamento Legal ............................................................................................... 65 Niveles de la desconcentración operativa .......................................................... 66 Jurisdicción, territorio y responsabilidad ............................................................ 67 Procesos de la Policía Comunitaria ................................................................... 71 Proceso de implementación del servicio en una UPC ....................................... 72 Objetivo general ............................................................................................. 72 Objetivos específicos ..................................................................................... 72 Alcance .......................................................................................................... 73 Proceso de diagnóstico ...................................................................................... 74 Objetivo .......................................................................................................... 74 Alcance .......................................................................................................... 75 Proceso planeación del servicio comunitario ..................................................... 75 Objetivo .......................................................................................................... 75 Alcance .......................................................................................................... 76 Proceso de gestión comunitaria ......................................................................... 77 Objetivo .......................................................................................................... 77 Alcance .......................................................................................................... 77 Proceso de tratamiento de conflictos ................................................................. 78 Objetivo .......................................................................................................... 78 Alcance .......................................................................................................... 78

4

Proceso de gestión interinstitucional.................................................................. 80 Objetivo .......................................................................................................... 80 Alcance .......................................................................................................... 80 Proceso de capacitación ciudadana .................................................................. 82 Objetivo .......................................................................................................... 82 Alcance .......................................................................................................... 82 Proceso de disuasión de la infracción................................................................ 83 Objetivo .......................................................................................................... 83 Alcance .......................................................................................................... 83 Proceso: atención ciudadana ............................................................................. 85 Objetivo .......................................................................................................... 85 Alcance .......................................................................................................... 85 Proceso de gestión operativa............................................................................. 86 Objetivo .......................................................................................................... 86 Alcance .......................................................................................................... 86 Proceso de auditoria seguimiento y control ....................................................... 88 Objetivo .......................................................................................................... 88 Alcance .......................................................................................................... 88 Planes de prevención del delito y la violencia implementados .......................... 90 4.

Operaciones técnicas de inteligencia ............................................................. 93 Conceptos Básicos y Actividades de Inteligencia .............................................. 94 Contrainteligencia .............................................................................................. 99 Niveles de Inteligencia ..................................................................................... 100 Vigilancia ......................................................................................................... 102 Clases de vigilancia ...................................................................................... 102 Vigilancia a pie ............................................................................................ 102 Vigilancia en vehículos ................................................................................. 103 Factores limitantes dentro de la vigilancia ....................................................... 105 Ciclo de producción de inteligencia.................................................................. 108 Planificación y dirección del esfuerzo de búsqueda......................................... 109 Fase de búsqueda u obtención de información ............................................... 109 Procesamiento de la información ..................................................................... 110 Análisis y producción de inteligencia ............................................................... 110

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Difusión de los productos de inteligencia ......................................................... 111 Niveles de inteligencia ..................................................................................... 111 Principios y características de la inteligencia ................................................... 112 Características de la inteligencia .................................................................... 112 5.

Derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades del Ecuador ............. 113 Condiciones sociales desde las estadísticas ................................................... 113 Pueblos y nacionalidades indígenas ................................................................ 113 Nacionalidades indígenas e idiomas por región............................................... 114 Pueblo afroecuatoriano .................................................................................... 115 Breve reseña histórica de los pueblos indígenas ............................................. 116 Reseña histórica de los pueblos afrodescendientes ........................................ 118 Derechos Humanos Universales...................................................................... 119 Protección y garantía de los derechos humanos en la Constitución ................ 119 Pueblos indígenas como sujetos del derecho internacional ............................ 121 Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) .................. 121 Ejemplos de violación de derechos colectivos a pueblos y nacionalidades indígenas ......................................................................................................... 122 Evolución del derecho internacional en relación con los pueblos afrodescendientes ........................................................................................... 123 Hacia la plurinacionalidad ................................................................................ 124 Casos de vulneración de derechos de las personas afrodescendientes ......... 125 Derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades ..................................... 126 Derechos colectivos desde la visión indígena.................................................. 127 Diversidad biológica y entorno natural ............................................................. 128 Protección de los conocimientos colectivos ..................................................... 129 Participación con representantes en organismos oficiales .............................. 131 Garantías jurisdiccionales ................................................................................ 131 Rol y competencia institucional para la garantía de los derechos colectivos ... 134 Mandato Constitucional ................................................................................... 134 Formación de la nueva Policía Nacional .......................................................... 135 Policía Nacional y la seguridad de los pueblos y nacionalidades indígenas y el pueblo afroecuatoriano .................................................................................... 136 Pautas para la acción policial en el Estado Plurinacional e Intercultural.......... 137 Composición étnica de la Policía Nacional ...................................................... 137 Intervención policial en comunidades: administración de la justicia indígena .. 139

6

Debido Proceso en la Justicia Indígena ........................................................... 143 Caso de los 23 Afrodescendientes .................................................................. 144 DECRETO 60 ............................................................................................... 144 6.

Procedimientos con grupo de atención prioritaria ........................................ 146

Misión del manual de procedimientos ................................................................. 146 Objetivo General.................................................................................................. 146 Principios que rigen la intervención policial frente a la violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes .................................................................. 147 Procedimientos específicos para atender casos que involucra a Niños, niñas y adolescentes.................................................................................................... 148 Casos de delitos sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes Procedimiento policial (EN CASO DE DELITO FLAGRANTE) ........................ 150 Abuso sexual (CUANDO NO ES DELITO FLAGRANTE) ................................ 151 Casos de trata y tráfico de niños, niñas y adolescentes .................................. 151 Casos de pérdida y/o niños desaparecidos ..................................................... 152 Caso de plagio y/o rapto .................................................................................. 153 Casos de retención ilegal de un niño, niña o adolescente por parte de uno de sus progenitores .............................................................................................. 153 Casos de inducción, consumo y comercialización de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la que son víctimas niños, niñas y adolescentes ................ 153 Casos de explotación laboral de N.N.A. .......................................................... 154 Casos de niños, niñas y adolescentes abandonados ...................................... 155 Casos de adolescentes infractores .................................................................. 155 Casos de adolescentes involucrados en pandillas........................................... 156 ¿Qué es el bullying? ........................................................................................ 156 Tipos de bullying .......................................................................................... 156 Causas más comunes de bullying ................................................................ 156 Definiciones Básicas (Código de la Niñez y la Adolescencia, Código Penal) .. 157 7.

Procedimientos policiales en violencia de género e intrafamiliar ................. 159 Formación de género ....................................................................................... 160 Violencia Intrafamiliar ....................................................................................... 160 Tipos de violencia intrafamiliar ..................................................................... 160 Tipos de violencia de género........................................................................ 160 Consecuencias de la violencia intrafamiliar ..................................................... 161 De las victimas ............................................................................................. 161

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Del agresor ................................................................................................... 161 Ciclo de Violencia Intrafamiliar ......................................................................... 161 Ley contra la violencia a la mujer y la familia ................................................... 164 Medidas de Amparo ......................................................................................... 165 Procedimientos para la ejecución de medidas de amparo ............................... 169 Femicidio ......................................................................................................... 170 El femicidio como forma extrema de violencia contra las mujeres ................... 170 Los escenarios del femicidio ............................................................................ 171 8.

Modelo de Restructuración .......................................................................... 172

9.

Uso de la Fuerza .......................................................................................... 178 Introducción ..................................................................................................... 178 Conceptos ........................................................................................................ 179 Principios del uso de la fuerza ......................................................................... 180

10.

Operaciones de mantenimiento del orden ................................................. 186

Conceptos Generales ...................................................................................... 186 Preparación...................................................................................................... 188 Apariencia ........................................................................................................ 189 Comunicación .................................................................................................. 189 Intervención oportuna ...................................................................................... 190 Empleo de la fuerza ......................................................................................... 191 Advertencia de Uso de Fuerza......................................................................... 191 Modelo del uso adecuado de la fuerza para operaciones de mantenimiento del orden público ................................................................................................... 192 Niveles De Resistencia ................................................................................ 194 Niveles de fuerza policial .............................................................................. 196 Asistencia a las personas afectadas ................................................................ 199 11.

Migración ................................................................................................... 203

Misión de la Policía Nacional ........................................................................... 203 Patrullaje preventivo y control migratorio ......................................................... 203 Facultades del agente de control migratorio .................................................... 204 Funciones y procedimientos del patrullaje preventivo y control migratorio ...... 204 Requisitos para el ingreso al país de personas extranjeras ............................. 205 Deportación de extranjeros .............................................................................. 208 Convenio de refugiados ................................................................................... 209 12. Casos de violación de Derechos Humanos ................................................... 211

8

CASO TIBI VS. ECUADOR.............................................................................. 211 CASO CHAPARRO ÁLVAREZ Y LAPO ÍÑIGUEZ VS. ECUADOR ................. 217 12.

Extorsión y plagio ...................................................................................... 221

La extorsión ..................................................................................................... 221 Reseña Histórica.............................................................................................. 221 Concepto ......................................................................................................... 222 Ley Penal ......................................................................................................... 223 Tipos de extorsión............................................................................................ 223 Modus operandi ............................................................................................... 223 Grupos subversivos ......................................................................................... 224 Delincuencia carcelaria .................................................................................... 225 Secuestro o plagio ........................................................................................... 226 Marco Legal ..................................................................................................... 227 Modalidades del secuestro .............................................................................. 227 Manejo de la investigación ............................................................................... 230 13.

Materia de tránsito ..................................................................................... 231

Infracciones de tránsito .................................................................................... 231 De las infracciones de tránsito ......................................................................... 231 De los delitos de tránsito .................................................................................. 232 De los límites de velocidad .............................................................................. 235 14.

Manejo a la defensiva ................................................................................ 236

Introducción ..................................................................................................... 236 El Cinturón de seguridad ................................................................................. 238 Consejos para eliminar los puntos ciegos al conducir ..................................... 240 Efecto Aquaplaning .......................................................................................... 240 Señales Camineras.......................................................................................... 243

Página |9

Presentación

L

a Dirección Nacional de Educación de la Policía Nacional, cumpliendo las disposiciones constitucionales y aplicando el proyecto de modernización

educativa en todos los ámbitos de la Institución Policial, consciente que la educación es la base fundamental para el desarrollo y crecimiento profesional de cada uno de sus funcionarios, impulsa el presente Programa de Capacitación Integral Continua que direcciona a difundir contenidos en diversas áreas, para que en el desarrollo de destrezas y la adquisición de nuevos conocimientos, sean rectores para un excelente desempeño en la labor policial que el funcionario encargado de hacer cumplir la ley realiza de manera cotidiana.

La socialización de los diferentes procedimientos que manejan Unidades específicas de la Policía Nacional, es primordial para que todos y cada uno de los miembros policiales conozcan, y puedan ser aplicados en cualquier procedimiento, respetando en todo momento los Derechos Humanos de los ciudadanos y nuestro Policía

sepa desenvolverse de manera efectiva y así alcanzar la misión

encomendada por disposición constitucional, la misma que describe; atender la seguridad ciudadana, mantener el orden público y proteger el libre ejercicio de los derechos de las personas dentro del territorio nacional.

El Programa de Capacitación Integral Continúa ratifica el compromiso de superación y compromiso, que la Institución Policial tiene para y con la sociedad, además seguros que la educación es vital para el desarrollo y punto neurálgico en las actividades del servidor público en todas y cada una de sus actividades realizadas, esto en pro de mejorar el servicio y la atención a los requerimientos hechos por la comunidad, presentamos apreciados compañeros el presente Programa que esperamos cubra todas sus expectativas de superación y el

10

conocimiento adquirido por Ustedes sea en beneficio propio y colectivo, y así beneficiara al crecimiento de nuestra querida Institución.

Estamos seguros que este Programa de Capacitación Integral Continua contribuirá a impulsar el cambio de cultura policial que los tiempos actuales requieren, en cuanto a proteger los derechos de nuestra sociedad, y fortaleciendo el modelo constitucional, que exige policías

prestos a brindar la seguridad necesaria,

comprometidos con nuestra comunidad y convertirnos en líderes del cambio.

P á g i n a | 11

Introducción

La constante evolución de la sociedad exige a la Institución Policial, elevar el nivel de conocimientos para poder aplicarlo utilizando estrategias que maximicen el servicio policial óptimo y efectivo, es por eso que la Policía Nacional del Ecuador, ejecuta varias acciones, entre estas encontramos la de descentralizar la información sobre procedimientos y servicios que brinda la misma, socializando con cada uno de sus funcionarios a través de esta capacitación, que es integral y continua. En este Programa de Capacitación Integral Continua, la Dirección Nacional de Educación de la Policía Nacional asiste de manera directa a los cursantes mediante la compilación de experiencias y contenidos expuestos a través del presente Módulo PCIC ―Programa de Capacitación Integral Continua‖, modalidad presencial que se ejecuta a nivel nacional, para todos los servidores policiales en servicio activo. El Módulo está constituido de cinco unidades, que invita a la reflexión, razonamiento, sentido común y es el presente compilado que servirá de guía, que con ayuda del facilitador llevara a través del conocimiento de la normativa legal de los diferentes procedimientos policiales, que involucran la violencia intrafamiliar, trato hacia los niños, niñas, adolescentes en conflicto con la ley, derechos de los pueblos y nacionalidades, medios de ―disuasión y conciliación‖ como alternativas al uso de la

fuerza y también conoceremos acerca de las actividades que

realizan las Unidades especiales como son la UNASE, DGI, entre otras unidades técnicas como Criminalística, sin dejar a un lado el fortalecimiento de los principios y valores que deben direccionar al Policía Nacional al respeto y a la convivencia guiada por una cultura de paz y respeto a los Derechos Humanos, protegiendo siempre y en todo lugar a cada uno de nuestros ciudadanos.

12

Objetivos del aprendizaje

Objetivo general

Capacitar a los servidores policiales que participen en el Programa de Capacitación Integral Continua, sobre la diferente temática que incluye conceptos, normativa legal, herramientas administrativas, y conocimientos específicos de los Procedimientos Policiales, y así lograr normar cada uno de los procedimientos y tácticas policiales, basados en el respeto y protección de los Derechos Humanos de los ciudadanos.

Objetivos específicos

-

Conocer los contenidos normativos y doctrinarios, de las normas jurídicas que regulan los diferentes procedimientos policiales materia de este manual.

-

Proporcionar al miembro policial el conocimiento y técnicas suficientes para que pueda dilucidar, de manera adecuada en la actuación de los diferentes procedimientos y así su actuación este en el marco de respeto a Ley.

-

Concienciar al personal policial, la importancia del respeto y que en su accionar este enmarcado dentro de los parámetros legales y el respeto de los derechos humanos Presentar y estudiar los derechos que garantizan las normas nacionales e internacionales.

-

Determinar la importancia de la aplicación correcta del uso de los tres principios de la legítima defensa, el uso de la fuerza policial en todos los procedimientos policiales como un referente.

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Contenidos UNIDAD I 1. Procedimientos de criminalística 1.1.

Inspección ocular técnica

1.1.1. Concepto 1.1.2. Objetivo 1.2.

Escena del delito

1.3.

Lugar de los hechos

1.4.

Principio de intercambio

1.5.

Clasificación de las escenas

1.5.1. Abierta, cubierta y descubierta 1.5.2. Móvil 1.5.3. Cerrada 1.6.

Requisitos de la O.I.T.

1.6.1. Precisa 1.6.2. Minuciosa 1.6.3. Inmediata 1.6.4. Sin perjuicio 1.6.5. Ordenada 1.7.

Metodología de la investigación. POFRE

1.7.1. Protección del lugar de los hechos 1.7.2. Observación del lugar de los hechos 1.7.3. Fijación del lugar de los hechos 1.7.4. Recolección de los hechos métodos de búsqueda 1.7.5. Envío de evidencias al laboratorio cadena de custodia 1.8.

Integrantes de la cadena de custodia

1.9.

métodos de búsqueda

1.10. Cadena de custodia 1.11.

Normas generales para la protección de la escena

14

2. Medios de ―disuasión y conciliación‖ como alternativas al uso de la fuerza 2.1.

Objetivo pedagógico

2.2.

Constitución de la República del Ecuador

2.3.

Conceptos básicos

2.3.1. Comunicación, disuasión y conciliación. 2.3.2. Verbalización 2.3.3. Dialogo 2.3.4. Dialogo amistoso 2.3.5. Entrevista 2.3.6. Negociación 2.3.7. Mediación 2.3.8. Persuasión 3. Policía comunitaria nuevo modelo de gestión 3.1.

Modelo de gestión de la policía comunitaria

3.2.

Línea del tiempo

3.3.

Escenarios de trabajo

3.4.

Prevención del delito

3.4.1. Actores 3.5.

Misión

3.5.1. Visión 3.6.

Ejes fundamentales de la visión

3.7.

Filosofía

3.8.

Incrementar los índices de seguridad (acciones)

3.9.

Mejoramiento sustancial de la imagen policial

3.10. Eficacia y calidad en la gestión 3.10.1.

Territorio responsabilidad

3.10.2.Fase I diagnostico 3.10.3.

Fase II diagnostico delictivo

3.11. Priorización de problemas 3.11.1.

Solución de problemas

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3.12.

Procesos de polco

3.12.1.

Planes de prevención del delito y la violencia

3.12.2.

Participación ciudadana

3.12.3.

Sistema de monitoreo y evaluación

3.12.4.

Sistema de monitoreo y evaluación externa

3.13. Desarrollo del talento humano

UNIDAD II 4. Dirección General de Inteligencia 4.1

Base legal

4.2.

Conceptos básicos

4.2.1. Inteligencia política externa 4.2.2. Inteligencia militar 4.2.3. Inteligencia científica y tecnológica 4.2.4. Inteligencia económica 4.2.5. Inteligencia ecológica y ambiental 4.2.6. Inteligencia criminal 4.2.7. Inteligencia policial 4.3.

Elementos constitutivos de la inteligencia

4.4.

Contrainteligencia

4.4.1. Actividades de contrainteligencia 4.5.

Ciclo de producción de inteligencia

4.6.

Planificación y dirección del esfuerzo de búsqueda

4.6.1. Fase de búsqueda u obtención de información 4.7.

Procesamiento de la información

4.8.

Análisis y producción de inteligencia

4.8.1. Difusión de los productos de inteligencia 4.9.

Principios y características de la inteligencia

4.10. Niveles de inteligencia 4.11. Principios de la inteligencia 4.12. Características de la inteligencia

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5. Política pública tema de derechos colectivos-análisis del decreto 60 y planprincipio de igualdad y no discriminación 6. Procedimientos con personas de atención prioritaria y vulnerabilidad (niñosadolescentes-embarazadas-adultos mayores-género sensible- con discapacidad y refugiados)

UNIDAD III

7. Violencia de género 7.1. Definición 7.2.

Tipos de Violencia

7.2.1. Violencia física 7.2.2. Violencia Psicológica 7.2.3. Violencia Sexual 7.2.4. Violencia Social 7.2.5. Violencia Económica 7.3.

Formas de Violencia En la calle

7.3.1. En el trabajo 7.3.2. Intrafamiliar 7.3.3. Patrimonial 7.4.

Razones de Violencia

7.5.

Patrones culturales sexistas y discriminatorios

7.6.

Irrespeto a las diversidades

7.7.

El cuerpo como mercancía

7.8.

Medios de comunicación

7.9.

Femicidio

7.9.1. Femicidio en el Ecuador 7.9.2. El Femicidio como forma extrema del continuum de violencia contra las Mujeres 7.9.3. Femicidio, algunas aclaraciones conceptuales

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7.9.4. Los escenarios del Femicidio 7.9.5. Los escenarios históricos del Femicidio 7.9.6. Nuevos escenarios 7.10. Derechos en la Constitución 7.11. Ley contra la violencia a la Mujer y la Familia 8.

Modelo de restructuración del estado-plan nacional del buen vivir-código de

ética del CEBV 9.

Mantenimiento del orden público

UNIDAD IV 10.

Procedimientos básicos de migración (conceptos)

10.1. Misión de la policía nacional 10.1.1.

Definición:

10.1.2.

Base legal

10.2. Facultades del agente de control migratorio 10.3. Funciones y procedimientos del patrullaje preventivo y control migratorio 10.4. Requisitos para el ingreso al país de personas extranjeras 10.5. Categoría de visas de inmigrantes 10.5.1.

No inmigrante sin ánimo de radicarse

10.5.2.

Deportación de extranjeros

10.6. Convenio de refugiados 10.6.1.

Certificado de refugiado

10.7. Notificación para abandonar el país o regularizarse 10.8. Certificado provisional de refugiado 10.8.1.

Documento de identificación de refugiado

10.8.2.

Procedimiento que debe seguir el ciudadano para ser reconocido

como refugiado

11. Casos de violaciones a los Derechos Humanos Zambrano Vélez vs Ecuador y otros

18

12. Teoría de los derechos UNIDAD V 13. Plagio y Extorsión 14. Manejo a la Defensiva

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Bibliografía   



Álvarez C. (2011) Guía de trabajo del Documental ―Violencia y Genero‖, Ecuador pág. 4, 6, 7. Carcedo A. (2011) Femicidio en Ecuador. Manthra editores. Ecuador. 23, 25, 33,43. Módulos de Formación sobre Derechos Colectivos de los Pueblos y Nacionalidades del Ecuador Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku Vs. Ecuador, sentencia del 27 de junio del 2012 (Fondo, Reparaciones y Costas). Policía Nacional del Ecuador., “Manual de derechos humanos aplicados a la función policial”. Primera edición Quito 2007. Referencias Constitucionales, legales nacionales e internacionales

      





Constitución de la República del Ecuador de 2008, Quito, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2008. Codificación del Código de Penal, Quito, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2012. Codificación del Código de la niñez y adolescencia, Quito, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2012. Codificación del Código de Procedimiento Penal Quito, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2012. Codificación de la Ley contra la violencia a la mujer y la familia, Quito, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2012. Codificación del Reglamento a la ley contra la violencia a la mujer y a la familia. Quito, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2012. Naciones Unidas, “Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley”; Aprobado por la Asamblea General de las en Resolución 34/169, 1979. Naciones Unidas, “Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley”; Adoptados por el Octavo Congreso de las sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana – Cuba, del 27 de agosto al 07 de septiembre de 1990. Acuerdo Ministerial Ecuatoriano número 1669, emitido por el Ministro De Gobierno Gustavo Jhalk, año 2010.

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Orientaciones generales

Consientes que se requiere un servidor de policía

integral, suficientemente

capacitado para el desempeño de las funciones que diariamente ejecuta, además aplique correctamente los procedimientos, sea respetuoso de los principios que rigen las actuaciones con la ciudadanía, y tenga claro los derechos y garantías de la persona humana.

RECUERDE SU DESARROLLO INTELECTUAL CONLLEVARA A LA SUPERACIÓN PERSONAL Y BRINDARA UN SERVICIO ÓPTIMO PARA LA COMUNIDAD ¡EXITOS ESTIMADO COMPAÑERO!

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Desarrollo del aprendizaje

1. Procedimientos de criminalística

Objetivo general 

Que el personal policial del Programa de Capacitación Integral Continua (PCIC 2014) conozcan de los procedimientos policiales

sobre

Criminalística.

Objetivos específicos 

Conocer conceptos básicos respecto a las operaciones técnicas de inteligencia.



Conocer las clases de vigilancia que podemos aplicar en caso de necesitarla para combatir el delito.

Inspección ocular técnica Conjunto de actuaciones que funcionarios especializados realizan en el lugar de los hechos, con aplicación de métodos técnicos-científicos a fin de apreciar y recoger las pruebas e indicios que permitan el esclarecimiento de lo sucedido, la identificación del autor y la demostración de su culpabilidad. Cuyo objetivo es demostrar científicamente las circunstancias del delito, señalando los instrumentos y evidencias resultantes del mismo a través de su estudio y análisis, todo ello con el fin de aportar a los órganos judiciales los elementos probatorios de identidad y participación de los presuntos autores.

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Responsabilidades en la inspección ocular técnica  Reconocer las señales, huellas, vestigios e indicios del delito evitando su alteración o destrucción  Fotografiar el lugar y agregar al informe policial.  Elaborar los planos, croquis, mapas y otros de la escena del delito.

Escena del delito Es el lugar donde aparecen los rastros más ostensibles, es decir, el lugar mismo donde se encuentra el cadáver.

Lugar de los hechos

Es un lugar más amplio que comprende todos los espacios donde se desarrolló alguna actividad relacionada con el crimen investigado. Lugar de los hechos y escena del crimen son la fuente principal para la captación de indicios.

Principios de intercambio Este principio se basa en el enunciado de: “LOCARD” Todo contacto deja rastro

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Clasificación del lugar de los hechos Se clasifica en: Abierta Que puede suceder en un lugar despejado.

Cubierta Puede ser el un lugar despejado pero con una cubierta.

Descubierta Puede ser dentro de un parque.

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Móvil Puede ser dentro de un medio de transporte en general.

Cerrada Puede ser dentro de un inmueble en general.

Requisitos de la O.I.T. Precisa.- Consiste en atender o poner mucha atención del mínimo detalle del lugar de los hechos. Minuciosa.- Debe tener una descripción detallada del lugar de los hechos. Inmediata.- Evitar errores Sin Perjuicio.- La hipótesis debe adaptarse a los indicios Ordenada.- Forma cronológica

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Metodología de la investigación POFRE 

P protección del lugar de los hechos



O observación del lugar de los hechos



F fijación del lugar de los hechos



R recolección de los indicios



E envió de los indicios al laboratorio

Protección del lugar de los hechos  Se debe llegar con rapidez al lugar de los hechos ya que ― el tiempo que pasa es la verdad que huye‖  Desalojar a los curiosos y establecer un cordón de protección recopilando toda la información posible  No mover ni tocar nada hasta que se haya fijado el lugar  Seleccionar las áreas por donde se caminará para no alterar o borrar indicios.

Observación del lugar de los hechos o En lugares cerrados, desde la entrada principal se dirige la vista abanicándola de derecha a izquierda o viceversa cuantas veces sea necesario. Después se debe acercar al indicio principal que puede ser el cadáver, un arma, etc. Luego con las áreas circundantes en forma espiral. o En lugares abiertos, previamente protegidos, se dirige la vista abanicando de derecha a izquierda y finalmente se dirige uno al centro del escenario y se procede a realizar el método espiral.

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o En zonas laterales de carreteras o más, es necesario extender una línea de hombres de por lo menos 250m y que no estén muy separados uno de otro por lo menos 10m, ser observará abanicando con la vista de derecha a izquierda caminando con sumo cuidado hasta cubrir las zonas necesarias.

Fijación de lugar de los hechos  Moldeado.

 Planimetría.

 Descripción Escrita

 Fotografía Forense

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Métodos de búsqueda En espiral.-De lo más externo a lo más interno recorriendo todo el lugar.

Franjas longitudinales.- Se realiza un recorrido anversalmente tomando franjas y regresando, hasta cubrir totalmente el lugar.

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Cuadriculado.-Se divide el lugar en cuadriculas y se hacen los recorridos dos veces por cada lugar.

Radial.- Se toman sectores de manera radial y se inicia la búsqueda en cada uno de ellos.

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Punto a punto.- Se localiza un elemento y desde allí, el que sigue (es el menos recomendado)

Cadena de custodia Es un procedimiento establecido por la normatividad jurídica, que permite garantizar la integridad, la autenticidad, la conservación, de los elementos materiales recolectados en el lugar de los hechos, responsabilizando a determinadas personas. Permite prevenir, alteraciones o adulteraciones, sustracciones y sustituciones, destrucción o descomposición de los elementos materiales que se catalogan como pruebas. Objetivo de la cadena de custodia es garantizar al juez o al tribunal que los elementos materiales de convicción recolectados en el lugar de los hechos, en la victima, en el autor durante las indagaciones policiales son los mismos que han sido enviados al laboratorio están siendo presentados como prueba.

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Integrantes de la cadena de custodia I.

El personal policial que llega primero a conocer el caso.

II.

Fiscal que comanda el grupo de investigación.

III.

Personal encargado de la fijación, recolección, embalaje y etiquetado de los indicios seleccionados en el lugar de los hechos.

IV.

Persona o personas encargadas del traslado de los indicios a la bodega o laboratorio.

V.

Persona responsable de la bodega de evidencias e indicios.

VI.

Personal técnico especializado en el análisis e interpretación de los indicios recolectados en el lugar de los hechos.

La cadena de custodia debe aplicarse a todo elemento probatorio, sea este un cadáver, un documento o cualquier otro material físico.

Recolección de indicios Se efectúa una vez que ha sido fijado y estudiado el lugar de los hechos o escena del crimen. Se debe manejar una correcta manipulación de los indicios ya que estos se pueden contaminar, es decir usar recipientes adecuados y sobre todo guantes; y se lleva a cabo tres operaciones fundamentales que son: 1. Levantamiento.- Como principio necesario para no contaminar los diversos indicios y conservar las huellas se debe utilizar guantes desechables, instrumentos como pinzas de metal, algodón, papel filtro, etc. 2. Embalaje.- Es la maniobra que se hace para guardar, inmovilizar y proteger algún indicio dentro de algún recipiente protector. 3. Etiquetado.- Debe llevarse a cabo en todos los casos, separando un indicio de otro y adjuntando una etiqueta que mencione lo siguiente: a) El número de acta o averiguación previa.

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b) El lugar de los hechos. c) La hora de intervención. d) La clase de indicio. e) El lugar preciso donde se recogió. f) Las huellas o características que presenta. g) Las técnicas y análisis al que debe ser sometido. h) Fecha, nombre y firma del técnico que levanto el indicio.

Envío de evidencias al laboratorio  Se hace de acuerdo a los indicios materiales que se tengan y que se hayan coleccionado en el lugar de los hechos.  El suministro de indicios al laboratorio siempre deberá acompañarse de un oficio petitorio en el cual constará muy claramente lo solicitado.

Normas generales para la protección de la escena EL POLICÍA DE S.U., cumple un papel importante en la protección de la escena, por tanto tiene la obligación de cumplir con lo siguiente: 1.- Llegue al lugar lo antes posible. 2.- Tome procedimiento rápidamente sin perder el control. 3.- Ingresar una sola persona al lugar para verificar lo sucedido, utilizando un solo camino. 4.- Provea los primeros auxilios a los heridos. 5.- Acordone el lugar. 6.- Cubra todos los accesos. 7.- Circunvale las áreas aledañas. 8.- Incluya en la protección alcantarillas, tachos de 9.- Tome nota de la identidad de las personas. 10.- No toque, pise ni mueva nada. 11.- No limpie nada. 12.- No tome nada.

basura, etc.

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13.- Deje que el personal especializado trabaje sin interrupciones. 14.- Maneje adecuadamente la información a la prensa. 15.- Tome precauciones para su seguridad personal. 16.- De ser posible, asegure el área luego de que el personal de IOT concluya su trabajo.

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2. Medios de disuasión y conciliación La comunicación

La Constitución de la República del Ecuador en el inciso segundo del artículo 163, dispone: “…Los miembros de la Policía Nacional tendrán una formación basada en derechos humanos… y utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza...”, es por ello que, al hablar de medios de disuasión y conciliación, se hace sumamente necesario hablar, conocer y practicar LA COMUNICACIÓN como una herramienta más para el desempeño profesional de los servidores policiales.

La comunicación es un término general que tiene mucha importancia en las labores del policía. La presencia policial, el diálogo amistoso, las órdenes o advertencia, los avisos escritos, señales manuales, visuales, acústicas, entre otras, forman parte y complementan la comunicación; la comunicación que lleva en sí ese mensaje que queremos transmitir al ciudadano para que el orden público y la seguridad ciudadana sea un hecho fáctico, real, posible. Al funcionario policial se lo prepara con especial cuidado para que emplee sus armas en dotación (tecnologías letales y no letales), pero ¿cuánto interés e importancia se le ha dado a la formación en lo que a comunicación se refiere, como un instrumento que debe manejar todo servidor y servidora policial?; la mayor parte de funcionarios policiales en el desarrollo de sus tareas profesionales durante toda la vida institucional, es posible que rara vez tengan que recurrir al empleo de las armas de tecnología no letal y quizá nunca a las armas de tecnología letal, pero en cambio, si es cien por ciento seguro que tenga que recurrir a la comunicación, y no rara vez, sino todos los días, en cada momento de su servicio policial.

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Debemos tener en cuenta que se logra una comunicación verdadera, sólo si estamos interesados en el lenguaje de la otra persona, de tal forma que ésta se pueda expresar de forma libre y sincera; en este sentido el rol como receptor implica escuchar atentamente, observar con conciencia y ser capaz de ponernos en el lugar del otro. El policía tiene que ser más que un buen disparador un sociólogo. La comunicación es: "el intercambio de sentimientos, opiniones, órdenes, o cualquier otro tipo de información mediante el habla, escritura u otro tipo de señales que emplea el funcionario policial para cumplir con el mandato constitucional de atender la seguridad ciudadana y el orden público.".

Elementos de la comunicación

Todas las formas de comunicación requieren de un emisor, un mensaje y un receptor o destinatario, aunque éste último, es decir el destinatario, no necesariamente puede estar presente ni consciente del intento comunicativo por parte del emisor. En esta última parte, para que se entienda, por ejemplo cuando un Policía encargado del tránsito vehicular, ubica una valla informativa en la que dice ―PROHIBIDO EL PASO A VEHÍCULOS‖, no necesariamente el policía tendrá que esperar que estén presentes los conductores de todos los vehículos que se supone circularán por el lugar, sino que ha dejado puesta la valla y se ha retirado, dejando únicamente el mensaje escrito en este caso, y la información de la comunicación irá llegando a sus destinatarios conforme vayan leyendo los conductores que lleguen e intenten cruzar por el sitio de la valla. Se ha mencionado entonces que para que exista comunicación se requiere de un emisor, un mensaje y un receptor o destinatario, pero además se requiere de un canal y tomar en cuenta la situación, estudiemos de que se trata estos componentes:

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El emisor.- Es la persona que se encarga de transmitir el mensaje. Esta persona elige y selecciona los signos que le convienen, es decir, realiza un proceso de codificación (ordena las ideas); codifica el mensaje. Canal.- El proceso de comunicación que emplea ese código precisa de un canal para la transmisión de las señales. El Canal sería el medio físico a través del cual se transmite la comunicación. Ej.: El aire en el caso de la voz y las ondas Hertzianas en el caso de la televisión. La radiocomunicación es un sistema de telecomunicación que se realiza a través de ondas de radio u ondas hertzianas. Mensaje.- Es lo que se quiere transmitir. Naturalmente tiene que haber algo que comunicar, un contenido y un proceso que con sus aspectos previos y sus consecuencias motive el Mensaje. El Receptor.- Será aquella persona a quien va dirigida la comunicación; realiza un proceso inverso al del emisor, ya que descifra e interpreta los signos elegidos por el emisor; es decir, descodifica (comprende) el mensaje. Situación contexto.- Las circunstancias que rodean un hecho de comunicación se denomina contexto situacional (situación), es el contexto en que se transmite el mensaje y que contribuye a su significado. Es el entorno extralingüístico en el que se desarrolla el acto comunicativo. Clasificación de la comunicación

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Como podemos observar la comunicación comprende un término genérico del cual al menos se desprenden tres formas de comunicación, siendo estas, el LENGUAJE CORPORAL, LENGUAJE ESCRITO y, el LENGUAJE ORAL. La Comunicación: El lenguaje corporal en la función policial Consideraciones generales Según una de las investigaciones sobre comunicación no verbal más famosas de la historia (1967, profesor Albert Mehrabian), se descubre que ―la palabra hablada contiene sólo un 7% del significado en la comunicación, que el lenguaje (la entonación y la pronunciación) se encarga de un 38% y las expresiones faciales, nada menos que un aplastante 55%...‖ y esto solo hablando de las expresiones faciales, es decir que el porcentaje se elevaría si tomamos en cuenta otros factores como el vestido y otras partes del cuerpo, como manos, brazos, piernas, entre otras, que emplearía el funcionario policial al momento de un servicio de patrullaje normal. Está demostrado que una primera impresión se forja en los primeros 30 segundos de un encuentro, ¡Y el éxito de la misma depende en un 98% de nuestro lenguaje corporal!

Es una de las formas básicas para la comunicación humana; ya que muchas personas lo utilizan para el aprendizaje. Como materia educativa, la expresión corporal se refiere al movimiento con el propósito de favorecer los procesos de aprendizaje, estructurar el esquema corporal, construir una apropiada imagen de sí mismo, mejorar la comunicación y desarrollar la creatividad. En el sentido estrictamente académico el lenguaje corporal tiene por objeto la corporalidad comunicativa en la relación: estar en movimiento en un tiempo, un espacio y con una energía determinada; sin

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embargo en la función policial el lenguaje corporal va más allá, inicia por la forma cómo el funcionario policial aparece ante la comunidad, de lo cual va a depender cómo ésta percibe al policía, y con esa premisa se genere el respeto que persigue el funcionario policial, por ende se genere ese principio de AUTORIDAD que debe imponer la PRESENCIA POLICIAL, entonces la presencia policial se considera como el primer nivel de uso de la fuerza, conforme lo indica el modelo de uso de la fuerza que analizamos en la Unidad I, pero que no es una fuerza física propiamente dicha, sino más bien es una fuerza moral, de respeto, de ímpetu por parte del funcionario policial y que influye en el comportamiento del ciudadano que nos observa en una primera impresión; esta fuerza empleada es sugestiva, psicológica, disuasiva, más no física. Breve definición

El lenguaje corporal es el mensaje transmitido a través de los movimientos del cuerpo de una persona, razón por la cual hablamos de presentación o presencia física. Forma parte de la comunicación y se la puede percibir principalmente a través del sentido de la vista siendo por ello concebido como la apariencia.

La apariencia policial es tanto la forma física, material, así como el aspecto anímico con el cual se muestra o se presenta el servidor o servidora policial.

Clasificación.- Es importante que el funcionario policial mantenga una perfecta presentación física y anímica, así hablaremos entonces de dos tipos de apariencia: la objetiva y la subjetiva. Apariencia objetiva Se refiere a cómo se presencia físicamente el servidor o servidora policial, en este caso, ante la ciudadanía, es decir, lo que se observa a simple vista, lo que se puede apreciar desde afuera, externamente, dígase: el buen porte del uniforme,

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su cinto policial con todos los elementos en dotación, con su chaleco, su aseo personal, etc. Apariencia subjetiva Si entendemos que la apariencia objetiva es lo que a simple vista es palpable, físicamente visible, entonces nos daremos cuenta que la apariencia subjetiva, es la que permanece oculta en el sujeto, en este caso en el funcionario policial, es decir que solo él conoce y por tanto es capaz de decir o sentir en qué CONDICIONES ANÍMICAS O EMOCIONALES se encuentra. La apariencia subjetiva de hecho influye en su apariencia física, así por ejemplo su aspecto sosegado, amigable como debe de ser o en contraste, cansado, despótico y agresivo. La apariencia subjetiva, atañe a la parte psicológica, emocional con que debe presentarse el funcionario ante una multitud. Un funcionario policial no debe reaccionar ante provocaciones, es decir no debe exteriorización un sentimiento apasionado ante una provocación de algún ciudadano, pero aquella reacción en la que no debe incurrir el funcionario policial, pues justamente va a depender de la preparación y situación emocional por la que en el momento de la provocación o de un determinado procedimiento esté atravesando la servidora o servidor policial, es por ello que va a depender mucho de las condiciones anímicas en que se encuentre el funcionario policial para obtener el éxito deseado en un determinado procedimiento. Pero para que la apariencia anímica en un funcionario policial sea óptima, también existen responsabilidades, por lo que les invito a revisar a quien corresponde que esas condiciones óptimas de estado de ánimo se den en el funcionario policial. a. Responsabilidad

externa: Los horarios de trabajo no dependen

estrictamente del propio funcionario que está cumpliendo su labor (dado que las fuerzas de policía se sujetan a un orden jerárquico y por otro a la imprevisibilidad del evento que se esté dando), tampoco dependen subjetivamente del propio FEHCL que existan lapsos de descanso durante

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horas extenuantes de servicio en el control del orden público o de la seguridad ciudadana, entonces es aconsejable tomar en cuenta estos detalles a fin de que el funcionario, en lo posible esté con una buena predisposición para el desarrollo de su labor, pues al estar descansado, anímicamente bien, motivado y concentrado en lo que tendrá que hacer en un momento crítico en el cual le toque intervenir, seguramente los niveles de riesgo respecto a una mala actuación van a minimizarse, mientras que las posibilidades de cumplir la misión con efectividad van a ser mayores.

b. Responsabilidad interna(depende del funcionario): En la atención de la seguridad ciudadana y más aún en el mantenimiento del orden público (misión constitucional), es una misión que, no se pueden prever los horarios que durará por ejemplo un determinado evento, como una manifestación o un espectáculo público (salvo contadas excepciones), o estando de servicio en una unidad de policía comunitaria es difícil determinar cuántos eventos de auxilio inmediato tendríamos que atender durante la noche, es por esto que el funcionario policial en servicio debe estar al cien por ciento lúcido y descansado para intervenir durante su turno de servicio, a fin de no reaccionar negativamente ante situaciones adversas por parte de algún infractor real o presunto, ante la primera provocación, ante el primer insulto en contra de los policías, etc.

OTRO DE LOS DIEZ ERRORES FATALES ES: (7) LA FALTA DE DESCANSO ADECUADO O TENER SUEÑO. No descansar suficiente. Para hacer nuestro trabajo debemos estar alerta. Estar adormilados nos deja a merced de cualquiera que quiera sorprendernos y facilita que cometamos errores. Allan Olvera: tomado del libro “Uso de la Fuerza Policial”

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Presencia policial Empleo del uniforme reglamentario.

El

policía,

pertenece

partiendo a

una

de

que

institución

UNIFORMADA, debe entonces en todo momento y lugar que se encuentre de servicio, UTILIZAR SU

UNIFORME

REGLAMENTARIO, salvo el caso, si su servicio implica no emplear uniforme. Deberá cuidar de la limpieza de su uniforme a fin de que luzca impecable, cuidando que la talla que utiliza sea la adecuada a su cuerpo, esto es que no aparezca con chaquetas, camisas, pantalones, etc., mucho más grandes o pequeñas a su cuerpo.

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De igual manera, al hablar de uniforme, debe desprenderse de anillos, cadenas u otros accesorios adicionales no autorizados que obviamente distorsionan el verdadero sentido de la palabra ―uniforme‖, pues por ejemplo, si en la institución policial el reglamento de uniformes o a través del mando institucional se ha dispuesto el empleo de una determinada prenda, dígase gorra, zapatos etc.,, se entiende que todos deben estar con dichas prendas, caso contrario, si uno de los policías no utiliza tal gorra o la emplea de otro color, simplemente ya no estaría vestido igual a los demás y por lo tanto ya no estaría UNIFORME; la misma situación sucede si emplearíamos entonces una esclava o una joya cualquiera que no sea reglamentaria o autorizada, aquello distorsionaría el verdadero sentido de la uniformidad y estaríamos frente a una distorsión del uniforme, o mejor dicho ante una disformidad. El buen porte policial en momentos de servicio La Comisión Anticorrupción de la Policía Nacional, en una de sus bien intencionadas publicaciones, hace referencia a que ―EL POLICÍA EN SERVICIO QUE SE ENCUENTRE

DE

PATRULLAJE

A

PIE,

DEBE

MANTENER SU PORTE ELEGANTE Y CONSERVAR SUS MANOS CRUZADAS ATRÁS CUANDO ESTÉ PARADO O CAMINANDO, MOSTRANDO ACTITUD DE VIGILANCIA, PONIENDO ATENCIÓN A LO QUE OCURRE ALREDEDOR‖. A este texto le agrega las dos fotografías que se replican en el margen izquierdo, en donde se observa lo dicho. Desde este contexto y muy expresamente la antedicha Comisión, al establecer estas posiciones del cuerpo y sobre todo de las manos, está tratando un tema de comunicación a través del lenguaje corporal, pues la correcta posición del cuerpo infunde respeto hacia la ciudadanía y según Teresa Varón,

al

hablar

de

lenguaje

corporal

―cuando

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colocamos las manos atrás es para evitar que la gente se nos acerque, es una forma de mantener la distancia y decir… bueno yo estoy aquí, me puedes mirar pero no tocar… y además no participo de lo que estamos realizando, por ejemplo, en un acto público o social, las personas que están con las manos detrás están indicando que no quieren participar o no participan de forma activa del evento, están presentes por otro motivo pero no el de formar parte del evento…”, esta lectura, entonces nos ayuda a aclarar el porqué de las manos atrás, pues queda claro que el policía, por ejemplo en un patrullaje normal en las calles o en el control de un espectáculo público, no está paseando, no está disfrutando del paisaje o del evento, sino que está desempeñando su labor de brindar seguridad, demuestra que está vigilante o atento a lo que ocurre o puede ocurrir a su alrededor; de actuar así el funcionario policial, entonces la ciudadanía por su parte percibirá a un funcionario que está cumpliendo a cabalidad con su misión de servir y proteger. Siguiendo la misma publicación de la Comisión Anticorrupción, pone ejemplos en fotografías de actitudes correctas e incorrectas y escribe determinadas recomendaciones que considero importantes en la comunicación mediante el lenguaje corporal, por lo que me permito transcribir algunas de ellas:

Las patrullas (durante el servicio) serán de dos y excepcionalmente de tres policías, por tanto se prohíbe que dos o más patrullas se reúnan o permanezcan juntas, a menos que se encuentren acudiendo a un llamado o auxilio.

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Los policías de servicio de vigilancia a pie, no deben ubicarse uno frente al otro, menos aún que varios policías se reúnan y conversen en círculo.

Los gestos que se articulen al momento de conversar con otra persona o compañeros, deben ser moderados y no exagerar en las expresiones o movimientos.

El personal policial en servicio no podrá utilizar el teléfono celular para realizar llamadas o enviar mensajes en la calle, salvo para asuntos servicio.

No consumir alimentos en calles, plazas o parques.

estrictamente

del

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En todo tipo de espectáculos como partidos de fútbol, desfiles, presentaciones artísticas, el funcionario policial dará frente y observará exclusivamente con dirección al público o espectadores, evitando constituirse en un espectador más o aficionado. No leer periódicos o revistas a vista del público. No fumar El

personal

que

se

encuentre

patrullando en motocicletas deberá utilizar casco, y no podrá trasladar a personas civiles en las motocicletas de la institución policial. Respeto al género femenino, no seguirlas con la mirada de manera indebida. Mantener la postura correcta en el interior del patrullero. El Lenguaje Corporal a tener en cuenta durante la intervención policial a una persona Distancias durante la intervención

Cuando un sospechoso siente que el/la Policía tiene una postura que denota agresividad, puede adoptar también un comportamiento equivalente. Usted debe tener en cuenta que al aproximarse demasiado a una persona está invadiendo su espacio personal, que es el espacio psicológicamente reservado a las personas íntimas o a las aceptadas por él. Al no estar usted necesariamente invitado a este espacio, es probable que provoque en el sospechoso el deseo de apartarse, de huir o defenderse de lo que considera una invasión. Cualquier palabra que usted diga a esta distancia puede ser percibida de manera agresiva.

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Solamente cuando sea necesario dominarlo para esposarlo o realizar un registro personal, usted necesitará estar más cerca del sospechoso; en los demás casos, es recomendable mantener una prudente distancia que evite que se produzcan enfrentamientos e incluso contactos físicos innecesarios. La distancia ideal que debe existir entre policía y sospechoso es de aproximadamente tres (03) metros. Esto permite contar con un espacio de protección en la cual la mayoría de las personas tiende a ser más cooperativa con desconocidos, a la vez que le otorga a usted, policía, un mayor tiempo de reacción a su favor. En efecto, usted se encuentra lo suficientemente lejos como para observar al sospechoso de cuerpo entero, de forma que pueda apreciar la intencionalidad no verbal que transmite (lenguaje corporal). Además, le permite estar fuera del alcance inmediato de las manos, pies y cabeza del posible agresor. No olvide que el tiempo que el sospechoso necesitaría para cruzar esa distancia y agredirlo, le daría a usted mayor probabilidad para percibir la amenaza, analizarla y responder convenientemente. Tome en cuenta que el tiempo que usted necesita para reaccionar, siempre debe ser mayor al tiempo que requeriría el sospechoso para agredirlo.

La distancia más adecuada

Si el intervenido porta un cuchillo o cualquier

para persuadir al sospecho a

otro objeto punzo cortante y usted no cuenta

cooperar voluntariamente es

con un tolete (vara o bastón policial), debe

de aproximadamente tres (03)

aumentar la distancia de reacción a seis (06)

metros.

metros o más.

En caso que el sospechoso posea un arma de fuego o tenga una de las manos ocultas, permanezca protegido. En este caso la distancia y la verbalización, si bien son importantes, son aspectos secundarios en razón de su seguridad. Manténgase protegido hasta que pueda ver claramente las manos del sospechoso.

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Posturas durante la intervención. Algunas OTRO DE LOS DIEZ ERRORES FATALES ES: (9) TOMAR UNA POSICIÓN INADECUADA. Tomar una mala posición. Nunca permitamos a nadie con quien vayamos a intervenir o a quien estemos a punto de marcar el alto que se sitúe en mejor posición que la nuestra o la de nuestro vehículo. Nada es rutina. Allan Olvera: tomado del libro “Uso de la Fuerza Policial”

expresiones

corporales podrían

de

los

policías

entenderse

irrespetuosas

y

como

provocar

reacciones

violentas

intervenido.

En

del

efecto,

posturas en las cuales el/la Policía se mantiene de pie con

las piernas abiertas, con manos en la cintura y el tronco hacia adelante o, de brazos cruzados con el tronco hacia atrás resultan ser

posturas no

recomendables. Estas actitudes suelen ser entendidas por el sospechoso como provocadoras, por lo que, si se interviene así, es muy probable que el individuo reaccione de forma indiferente o agresiva. Asimismo, aproximarse demasiado al sospechoso o ponerse frente a frente, hace al policía más vulnerable. Al intervenir, no señale con el dedo índice hacia el sospechoso, no señale a su rostro, ni le toque el pecho. Respetando su espacio personal usted podrá recibir mayor cooperación.

Tenga especial cuidado de mantener control sobre las manos del intervenido, piense que desde este punto de riesgo es más probable que parta una agresión. No permita que las mueva sin su autorización. Esté siempre atento; no se descuide ni ignore los movimientos del presunto infractor. OTRO DE LOS DIEZ ERRORES FATALES ES: (6) LA NEGLIGENCIA DE VIGILAR LAS MANOS DEL INDIVIDUO. No fijarse en las manos del sospechoso. ¿Está él o ella sosteniendo o escondiendo un arma?; ¿Está preparándose para golpearnos?; ¿De dónde nos va a venir una amenaza directa y mortal si no es de las manos? Allan Olvera: tomado del libro “Uso de la Fuerza Policial”

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Existen tres (03) posturas básicas que puede adoptar el/la Policía en función de las circunstancias de la intervención: Postura abierta o de persuasión En esta posición, las manos del/de la Policía

deben

permanecer

abiertas,

debajo de la línea de cintura, mostrando las palmas en vez del dorso de las manos. Inicie el diálogo y manténgase a una distancia segura, aproximadamente tres metros, en una actitud no agresiva y fuera del alcance de posibles agresiones del sospechoso (cabeza, manos y pies). Preséntese tranquilo, pero a la vez alerta para poder moverse rápidamente y defenderse. En caso que la persuasión no funcione, evalúe la necesidad de elevar el nivel de fuerza. Postura de alerta La postura de alerta debe ser adoptada cuando usted se encuentre dentro del área de alcance del sospechoso (menos de tres metros). Las manos del/de la Policía deben ser colocadas a la altura de sus hombros, mostrando las palmas para no sugerir agresividad. El lado de su cuerpo en el que se encuentra el arma debe ser mantenido alejado y fuera del alcance

del

sospechoso

(incluso

visualmente). Con sus manos elevadas, usted estará en condiciones de bloquear o defenderse de un golpe, o protegerse con

la

rodilla

de

patadas

en

la

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entrepierna. Manténgase preparado para alejarse rápidamente, si fuese necesario. Postura defensiva Al invadir el espacio personal del sospechoso (muy cercano), permanezca listo

para

controlarlo

físicamente,

elevando sus manos a la altura del rostro. Adopte una posición de guardia alta sin cerrar los puños. Esta postura defensiva facilita la protección de su cabeza. Al mantener las palmas de las manos dirigidas hacia el sospechoso, usted sigue demostrando una imagen no agresiva. Al moverse dentro del espacio de reacción permanezca atento. No permita que el sospechoso se le acerque. Si usted considera que no es posible dominarlo con técnicas de defensa personal, no se acerque, pues esto compromete su seguridad y reduce sus opciones de protección. Mientras interactúe con el sospechoso

recuerde

seguir

emitiendo

órdenes

de

acuerdo

con

las

recomendaciones relativas a la verbalización. La posición en la que el/la Policía sostiene su arma también ayuda en la verbalización. El/la Policía puede apuntar el arma o mantenerla baja en función de la reacción del intervenido; esto es, de acuerdo a cómo se desarrollen los hechos, buscando siempre usar el nivel mínimo de fuerza, y subirlo o reducirlo gradualmente, conforme convenga.

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OTRO DE LOS DIEZ ERRORES FATALES ES: (10) NO VER LAS SEÑALES DE PELIGRO. Como policías, llegaremos a desarrollar un ―olfato policial‖ para darnos cuenta de determinadas ―señales de peligro‖, como: movimientos, ocupantes de un coche sospechoso, abultamientos en la ropa, etc., que deberían alertarnos para poner cuidado en cada paso y aproximarnos con precaución. Fijémonos en qué no está en su sitio. Allan Olvera: tomado del libro “Uso de la Fuerza Policial”

La Comunicación: el lenguaje oral en la función policial Consideraciones generales Mientras se mantiene una conversación o se da órdenes a alguna persona que se interviene en un determinado procedimiento es importante tomar en cuenta algunos aspectos psicológicos, en este sentido podríamos decir que: “…Cuando las personas interactúan, cada una se preocupa de protegerse a sí misma y a su autoestima, algunas veces llegando a reacciones extremas para defenderla. Las personas, incluso los presuntos infractores, quieren ser tratados con dignidad, y pueden reaccionar hasta físicamente para alcanzar ese objetivo. Al intervenir a un sospechoso, usted no sólo le restringe su libertad, sino también lastima su ego, uno de los componentes psicológicos más importante de la persona. Cuando el/la Policía ejerce su autoridad sobre el sospechoso para obligarlo a cumplir con algo para lo que no está dispuesto, automáticamente afecta este factor psicológico (ego). Por eso usted deberá comprender y tener la habilidad de manejar las posibles reacciones. Si usted se comporta de manera dominante, agresiva o despectiva, haciendo que el sospechoso parezca cobarde frente a las personas que considera importantes, éste podría reaccionar con conductas violentas como una forma de defender su dignidad. Es comprensible que una persona, cuando es abordada por la policía, rechace, trate de excusarse, o cuestione la acción policial, por el hecho de no creerse un sospechoso. Este comportamiento,

en principio,

no

configura

resistencia,

desacato o

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desobediencia, entendidas como delitos, sino, más bien, una natural respuesta a una imputación que se considera indebida. Le corresponde al policía identificar el límite entre el natural rechazo y el delito de resistencia a la autoridad. Que no le afecte emocionalmente si el sospechoso no obedece, hace comentarios ofensivos, o ignora su presencia. Usted como policía no debe dejar que la situación lo altere o lo descontrole emocionalmente… ¡SEA FIRME! - ¡SEA JUSTO! - ¡SEA CORTÉS!” Cabe recordar que dentro del diagrama que habíamos empleado para explicar la clasificación de la comunicación, hemos considerado al lenguaje oral y dentro de éste a su vez encontramos el diálogo, conversación o verbalización, por un lado, y por otro encontramos el aviso o anuncio; ahora bien, dentro del lenguaje oral, a su vez tenemos una sub-clasificación que me permito detallar en un nuevo diagrama para su mejor comprensión:

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Diálogo,

conversación

o

verbalización. Es

la

interacción

mediante

la

palabra (verbal) que existe entre dos o más personas “en la que se intercambia comunican

información

y

se

pensamientos,

sentimientos y deseos‖, la postura y tono de voz son amigables y el nivel de riesgo es sumamente bajo. Ejemplo: Dos policías de la unidad de Policía Comunitaria ―Caminos del Sur‖ conversan en la casa barrial con los directivos de una brigada barrial de la Ciudadela La Santiago para acordar la fecha de una próxima reunión con los vecinos. Medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza a través de la verbalización

La Constitución de la República del Ecuador en su Artículo 163, luego de disponer la misión constitucional para la Policía, esto es la Seguridad Ciudadana y el Mantenimiento del Orden Público, establece el ―cómo” debemos estar preparados para cumplir dicha misión, indicando textualmente así: ―…Art. 163, inciso 2…Los miembros de la Policía Nacional tendrán una formación basada en derechos humanos… y utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza…‖ Tomando ésta disposición constitucional, tenemos que la verbalización empleada mediante técnicas en las que interviene la disuasión, la persuasión y conciliación nos encontramos con diferentes formas de verbalización o diálogo, como: la entrevista, la negociación y la mediación, pero antes de revisar en que consiste

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estas formas de verbalización y para entender mejor lo que nos dice el mandato constitucional definamos qué es la disuasión, persuasión y conciliación. a. Disuasión Es la acción verbal que emplea el funcionario policial para inducir, mover a alguien con razones a mudar de dictamen o a desistir de un propósito; convencerlo que no haga algo que quiere o tiene previsto hacer. b. Persuasión Es el elemento de la verbalización utilizado por el funcionario policial para inducir, mover, obligar a alguien con razones a creer o hacer. Convencer a que haga algo que no quiere o no tiene previsto hacer. c. Conciliación Aquella acción mediante la cual el servidor o servidora policial versus otra persona o personas logra ajustar los ánimos o posturas discordantes u opuestas entre sí, llegando a un acuerdo o arreglo beneficioso para todos. La conciliación es empleada en los casos de la negociación y de la mediación, formas de verbalización que junto a la entrevista pasaremos a revisar a continuación: Entrevista Es la conversación orientada por el Policía que tiene como finalidad la obtención de información. Ejemplo: Un policía perteneciente a una patrulla de servicio urbano que llega al lugar donde se ha cometido el homicidio de una mujer, habla con un testigo para obtener información de la identidad de la persona que

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cometió el delito, la hora en que ocurrió y las circunstancias en que sucedió el homicidio. Negociación Es el procedimiento mediante el cual el Policía y una o más personas buscan llegar a un acuerdo respecto a un asunto determinado. Ejemplo: Dado el caso que existe una manifestación de aproximadamente 200 personas pertenecientes al sindicato de mecánicos que se está dirigiendo hacia el municipio para tomarse las instalaciones en vista que la aplicación de una nueva ordenanza ha afectado a la productividad de sus talleres, el personal de una patrulla policial localiza a los organizadores, verbalizan y se enteran de los motivos e intenciones de los manifestantes, en la conversación el policía advierte las consecuencias que podrían existir en caso de que ellos persistan en tomarse las instalaciones y logra un acuerdo en el que la policía se compromete a escoltar la manifestación y gestionar para que el señor alcalde reciba en su despacho una comisión de cinco personas, mientras que, el compromiso de los manifestantes es expresarse sin atentar contra la integridad de las personas ni de las instalaciones. Mediación Es la forma de resolver conflictos entre dos o más personas con la ayuda de una tercera persona imparcial (Policía). Ejemplo: Dos ciudadanos se encuentran discutiendo intensamente y a punto de agredirse, llegan dos policías de la Unidad de Policía Comunitaria La Carolina, el policía de mayor rango habla con las Personas y al mismo tiempo que advierte de las consecuencias en caso de que lleguen a agredirse, conmina a los actores del litigio a que resuelvan el problema serenamente. Con la intervención orientadora del policía, luego de varios minutos las dos personas aclaran que el motivo del problema fue un mal entendido y concilian dando por terminado el conflicto. Luego de estudiadas estas tres formas de verbalización, como son la entrevista, la negociación y la mediación, podemos darnos cuenta de lo siguiente:

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 En la entrevista se emplea como instrumento la persuación  En la negociación, empleamos tanto de la disuación como de la persuación para llegar a una conciliación; y,  En la mediación necesitamos de igual manera de la disuación y de la persuación para llegar a una conciliación.

Aviso o Anuncio Ahora bien, estudiado esta primera clasificación del lenguaje oral, pasaremos a estudiar una nueva parte de este lenguaje, que ya no precisamente consiste en un diálogo amistoso propiamente sino que se trata de una acción verbal en la que el policía simplemente informa o advierte (da órdenes) de un determinado asunto o acción que se tomará, estamos hablando del AVISO O ANUNCIO que habíamos estipulado en el diagrama anterior y dentro del cual estudiaremos el aviso o anuncio informativo y la advertencia. Aviso Informativo Es la comunicación mediante el cual el servidor o servidora policial da un mensaje oral a fin de que uno o varios ciudadanos se informen de determinada acción o actividad que se realizará en un momento y lugar determinados. No necesariamente espera una respuesta directa o inmediata a dicho mensaje. Ej.: Los servidores policiales de la UPC de Toctiuco, anuncian en un recorrido por el barrio en su patrullero de servicio que el día sábado a las 15h00 mantendrán una reunión en la Casa Barrial a fin de coordinar acciones en favor de la seguridad del sector. Advertencia La advertencia, es el último nivel del lenguaje oral previo al uso de la fuerza física, prácticamente son órdenes que el funcionario policial imparte a uno o varios ciudadanos intervenidos y no necesariamente se espera respuestas positivas al respecto por parte de tales ciudadanos, debiendo más bien tener especial cuidado

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con su seguridad personal en torno a la respuesta que pueda recibir el funcionario policial. Lenguaje adecuado El lenguaje utilizado por el/la Policía en las intervenciones debe recibir especial atención. Se debe tratar al intervenido con dignidad y respeto, utilizando un lenguaje profesional. Algunos policías creen que utilizando un lenguaje vulgar, hamponesco y amenazador, logran que el individuo se someta más fácilmente. En realidad sucede todo lo contrario, pues utilizar diálogos vulgares demuestra falta de profesionalismo del/de la Policía y causa rechazo en la población. Una amenaza verbal puede provocar una reacción por parte del intervenido y empeorar la situación. Recuerde que lo que se busca al realizar el contacto verbal es la cooperación del intervenido, lo que permitirá la reducción del nivel de uso de la fuerza para controlarlo. No utilizar un lenguaje adecuado, podría también generar antipatías de la comunidad que presencia los hechos. En la mayoría de las intervenciones suele haber testigos (público) que escuchan el diálogo que usted tiene con el intervenido. Piense que en este caso podrían declarar luego en su contra, contando que hubo insultos innecesarios y abuso de autoridad, reforzando la idea de que el/la Policía no cuenta con una adecuada preparación técnica. Por tanto, procure utilizar la presencia de testigos a su favor, obteniendo opiniones favorables de su actuación. Los testigos podrán confirmar que usted le dio al sospechoso la oportunidad de cooperar, sin utilizar la fuerza, pero que él la rechazó. Sea profesional en su postura, actitud y lenguaje. Apodos, jergas y chistes no deben ser utilizados. No amenace al intervenido, ni le diga algo que usted no pueda cumplir, como por ejemplo: "¡Se lo diré por última vez!" o "¡Un paso más y disparo! Si el individuo decide probar su alardeo, usted perderá la credibilidad.

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Técnicas de expresión verbal Trate siempre de reducir los riesgos de una confrontación mediante una adecuada utilización de las palabras durante todo el proceso de la intervención policial. Utilícelas cualquiera sea el nivel de fuerza a emplear, desde la simple presencia policial (en un nivel preventivo) hasta el último recurso que sería el uso del arma de fuego. Diga frases con verbos imperativos y en un El tono de voz escogido debe ser

tono alto de voz. Demuestre convicción y

proporcional a sus propósitos. Sea claro para que no exista falta de

determinación en lo que está diciendo.

comprensión y confusión. Si usted no

Recuerde disminuir el tono de voz si el

es claro, el sospechoso puede adoptar

intervenido acata sus órdenes, conquiste su

una actitud diferente de la ordenada y

confianza, pero manténgase siempre atento

generar consecuencias indeseadas.

al recurso de elevar bruscamente la voz en caso de percibir cualquier hecho irregular.

En general, sólo uno de los policías debe hablar al intervenido. Dé órdenes claras, cortas y

Verbalice de forma clara, directa, no

audibles para cada acción que el sospechoso

emocional y sin abusos. Sea firme

deba tomar: 

¡ALTO!

en sus indicaciones. Una orden ¡POLICÍA!

(o

¡DETÉNGASE!

¡POLICÍA!) 

¡ALCE LAS MANOS! (o ¡PONGA LAS

enérgica puede evitar una tragedia y hacer innecesario el uso de un nivel más alto de fuerza.

MANOS SOBRE LA CABEZA!, ¡PONGA LAS MANOS ARRIBA!) 

¡ENTRELACE SUS DEDOS! (o ¡CRUCE LOS DEDOS!)



 

¡VOLTÉESE! (o ¡DÉSE LA VUELTA!, ¡DE

Entrénese

junto

sus

compañeros buscando desarrollar la técnica

más

ESPALDAS A MÍ!)

personalidad.

¡ARRODÍLLESE! (o ¡TIÉNDASE EN EL

palabras

SUELO!)

memorice

¡CRUCE LAS PIERNAS! (o ¡PONGA UNA

expresiones

PIERNA SOBRE LA OTRA!)

con

y

adaptada

a

Seleccione verbos algunas clave;

a

su las

utilizar;

frases

o

repítalas

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exhaustivamente variando la intensidad de la voz; hágalo con y sin armas; apuntando o sosteniendo el arma baja; Busque desinhibirse y convencerse a sí mismo de que las técnicas adecuadas de verbalización contribuirán para su perfeccionamiento profesional. En caso que el intervenido no acate sus órdenes, repítalas, insista con firmeza. Trate de no ponerse nervioso si sus órdenes no son acatadas de inmediato. Continúe insistiendo, mantenga su profesionalismo y no se exponga a riesgos. Busque el diálogo, evite discutir con el intervenido, resista la tentación de competir por quién habla más alto. Deje que el intervenido hable, manténgase tranquilo y, acto seguido, vuelva a insistir con las órdenes de manera firme e imperativa, demostrando su determinación. Pregunte: ¿QUÉ SUCEDE?, ¿POR QUÉ NO ME OBEDECE? La manera como usted dialogue puede variar en función de la situación: 

Una simple recopilación de información (una conversación para reunir datos).



Un diálogo persuasivo (cuando se pide cooperación).



Un control verbal suave (decir directamente a un sospechoso lo que debe hacer, en un tono más insistente).



Un control verbal imperativo (dirigir a un sospechoso para que cumpla sus órdenes, advirtiéndole sobre las consecuencias de la desobediencia).

No confíe totalmente en la persuasión verbal cuando se enfrente a sospechosos que porten armas potencialmente letales. Siempre esté preparado, pues es difícil prever lo que pueda suceder cuando se le da a un presunto infractor la orden: "¡ALTO! ¡POLICÍA!‖.…

Anunciar la presencia e intervención del servidor o servidora policial salvo en los casos en las que se ponga en riesgo la vida e integridad de las personas;*

*Acuerdo Ministerial 1699, del 18 de agosto del 2010,

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3. Policía comunitaria nuevo modelo de gestión

Historia de la Policía Comunitaria en Ecuador Según Fiedmann (1994), la ―policía comunitaria es una política y una estrategia orientada a alcanzar un control más efectivo y eficiente del crimen, reducción del miedo al crimen, mejorar la calidad de los servicios policiales y a la legitimidad de la policía, a través de una confianza pro-activa en los recursos de la comunidad que busca cambiar las condiciones que provocan los crímenes. Asume una necesidad de mayor responsabilidad, de la policía, mayor coparticipación de las decisiones con el público y mayor respeto a los derechos y libertades civiles.‖

En el Ecuador, la Policía Nacional ha tenido pocas reformas estructurales si lo comparamos con otros países, pero esto no ha incidido en el desarrollo de la Policía Comunitaria que surge a partir del 2003, año desde el cual este modelo es visto como una estrategia para mejorar su imagen frente a la población.

Cuando empezó la República, la policía tenía una gran dependencia con los cabildos locales, las funciones eran básicamente de control de los problemas de ornato e higiene. Se pasa a una dependencia a las intendencias locales a mediados del siglo XIX y eran reguladas así por el Ministerio del Interior. En 1884 con la institucionalización de la policía esta se configura como una fuerza civil, su organización era militarizada y sus acciones partidarias. El Presidente Luis Cordero Crespo desmilitariza la estructura de la policía en 1892, pero es recién en los años 20 que se empieza a trabajar en su profesionalización, creándose en 1925 las primeras escuelas.

Durante varios años la Policía Nacional cambió varias veces de nombre y fue cambiando su enfoque y es sólo en 1946 que es mencionada en la Constitución y en 1998 se da la Ley Orgánica de la Policía Nacional (última en vigencia), donde

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ya se define a la Policía como una institución profesional y técnica con un sistema jerárquico disciplinario.

Entre el año 1999 y 2000 se dieron dos sucesos que promovieron cambios importantes: las primeras movilizaciones y presiones ciudadanas en Quito y Guayaquil ante el crecimiento de cierto tipo de delitos contra la propiedad y las personas, esto generó participación de gobiernos locales; y, la entrada del ―Plan Colombia‖, el cual generó un nuevo tipo de amenaza resultante de las actividades ilegales relacionadas al conflicto colombiano.

Modelo de gestión de la Policía Comunitaria En Ecuador, la Policía Comunitaria es definida como: “modalidad de servicio que posibilita al talento humano policial, liderar procesos comunitarios y desarrollar acciones, preventivas y educativas, para la solución de problemas de seguridad y convivencia ciudadana”.

Bajo este concepto, dicha Policía está fundamentada en la integración de la siguiente trilogía:

Misión ―La Policía Comunitaria, es una modalidad de servicio de la Policía Nacional del Ecuador, creado para construir una cultura de convivencia pacífica y de seguridad ciudadana, en el barrio, mediante acciones de carácter preventivo, proactivo y educativo; con la finalidad de fomentar la participación solidaria cívica y patriótica de las autoridades, organizaciones sociales y la comunidad.‖

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Visión Ser el servicio policial que más confianza ciudadana genere hacia la institución.

Objetivo General Construir la cultura de seguridad ciudadana en el barrio o sector asignado, mediante la integración de la administración local, policía y comunidad, para lograr el mejoramiento de la calidad de vida y el fortalecimiento de los principios de civismo, vecindad y solidaridad.

Objetivos Específicos Comunitarios 

Identificar con la comunidad, los factores generadores de violencia e inseguridad, para prevenir el delito y fomentar la convivencia pacífica.



Conseguir de las autoridades gubernamentales, seccionales y población, el apoyo a las actividades policiales.



Promover y liderar programas de participación de la ciudadanía, para proteger y mejorar las condiciones de calidad de vida en su localidad.



Integrar y educar a la comunidad en materia de seguridad y convivencia, para crear ―La Cultura de Seguridad‖; a través de la organización comunitaria.

Fundamentos, filosofía y funciones de la Policía Comunitaria

Fundamentos de la Policía Comunitaria Actualmente la Policía Comunitaria se basa en tres fundamentos importantes: 1. Fundamentos Ideológicos

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2. Fundamentos Teóricos 3. Fundamentos Prácticos

1. Fundamentos Ideológicos Son el conjunto de valores y actitudes que conforman el clima organizacional; entre ellos tenemos:

-

Calidad de servicio para satisfacer las expectativas de la ciudadanía, mediante la ejecución de un trabajo honesto eficiente, y eficaz, para llegar a la excelencia.

-

Eliminar vacíos de gestión como: duplicación de acciones y demoras o nudos críticos en la atención al público, terminar con las trabas burocráticas y con ello dinamizar la gestión policial.

-

Liderazgo comunitario, visionario, proactivo y novedoso; para impulsar la formación de asociaciones, en cuyo organismo estará el policía como representante institucional.

-

Gestión participativa, para buscar espíritu de cuerpo y sinergia en el trabajo de equipo.

-

Motivación profesional, fundamentada en la formación de alta calidad, sistemas de promoción selección y reconocimiento transparentes, elevada autoestima y actitud mental positiva permanente.

2. Fundamentos Teóricos Acervo científico que debe poseer el policía comunitario, mediante la capacitación en: Liderazgo Comunitario, Administración por procesos, Planeación Estratégica, Técnicas Motivacionales, Análisis de Problemas, toma de Decisiones, Sistema de Atención al Público, Derechos Humanos, Comportamiento Humanístico, Sistemas de Prevención, someter a análisis y juzgamiento de su trabajo.

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3. Fundamentos Prácticos Son el conjunto de estrategias que aplica el Policía Comunitario en el desarrollo de su gestión, entre estos se cuentan: -

Capacidad para trabajar en condiciones de riesgo e incertidumbre, característica propia en el cumplimiento de la misión policial.

-

Capacidad para realizar diagnósticos de los problemas comunitarios, como herramienta de soporte para la ejecución de acciones posteriores.

-

Capacidad de planificación.

-

Habilidad para identificar e impulsar a líderes comunitarios, dispuestos a trabajar con la policía y por la comunidad.

-

Capacidad de organización.

-

Habilidad para capacitar y educar a la comunidad, en la filosofía y praxis de la Policía Comunitaria.

-

Habilidad para comprometer la participación de la ciudadanía en la búsqueda de su propia seguridad.

Filosofía de la Policía Comunitaria La Policía Comunitaria, rompe esquemas y paradigmas que en la policía tradicional limitaban el accionar ante la comunidad, a través del desarrollo de amplios espacios de trabajo y participación que permitan eliminar los factores generadores de inseguridad, además de convertirse en el nexo del conglomerado social en temas de seguridad ciudadana en continuos procesos de liderazgo, motivación y actualización de conocimientos y tendencias, activación de iniciativas y fundamentos que hacen del policía comunitario un funcionario diferente, su base filosófica está cimentada en los siguientes preceptos:

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Interrelación con autoridades, comunidad y policía, como actores de la seguridad.



Desconcentración del servicio en las unidades policiales.



Servicio de patrullaje a pie o en bicicleta, para lograr acercamiento con la comunidad.



Conocimiento amplio del sector y la comunidad.



Detección y neutralización de las causas que generen problemas de seguridad.



Servicio policial basado en la pro acción y prevención.



Cultura de calidad en el servicio que presta a la comunidad.



Impulso de reuniones periódicas con la comunidad y equipos de trabajos para planificar estrategias y valorar resultados.



Solución de problemas priorizando la mediación y la conciliación como herramientas de trabajo.



Participación con la comunidad en acciones de carácter preventivo.



Nuevo concepto en el tratamiento del delito: delincuente, víctima y oportunidad.

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Priorización de sectores, considerando variables técnicas.



Diagnósticos de problemas de inseguridad.



Liderazgo policial en la gestión de procesos de seguridad y desarrollo comunitario.



Altos niveles de motivación elevado profesionalismo.



Cambio en la percepción del ciudadano con relación a la seguridad.



Definición respaldo y las intervenciones policiales por parte de la comunidad.



Estabilidad policial en los sectores.



Implementación de procesos en el cumplimiento de la misión policial.



Formar parte integral de los equipos de trabajo en el desarrollo de procesos comunitarios.



Manejo honesto y eficiente de los recursos.



Policía Comunitario estandarte de la paz, los derechos humanos y libertades individuales.



Capacidad de liderazgo en la integración al tejido social.



Servicio flexible, dinámico, capaz de adaptarse a los cambios del entorno.



Trabajo interinstitucional cohesionado, en la solución de los problemas de la comunidad, generando ambientes de confianza mutua.

Modelo de Gestión Policial De acuerdo a los nuevos modelos de seguridad ciudadana que viene implementando el Estado Ecuatoriano, a través de la Policía Nacional, es conveniente socializar los estratos más sobresalientes que demanda la fomentación de nuevos esquemas de involucramiento social (Autoridades LocalesPolicía Nacional-Comunidad).

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Siendo oportuno impartir los principios elementales sobre: Zonas y Sub-zonas de Planificación, Distritos, Circuitos, Sub-Circuitos, Unidades de Vigilancia Comunitaria y Unidades de Policía Comunitaria. Cabe señalar que todas las actividades ejecutadas por la Policía Comunitaria, se encuentran en pleno proceso de gestión, que permiten la evaluación, retroalimentación, y sobre todo la rendición de cuentas de las acciones planteadas y cumplidas, y el cumplimiento y verificación de objetivos y metas comunitarias, fomentando o estableciendo nuevas estrategias comunitarias.

Basamento Legal 

Constitución de la República del Ecuador art. 163



Plan Nacional del Buen Vivir 2013-2017 Ecuador Objetivo 6



Ley Orgánica de la Policía Nacional No 368 24 de julio 1998



Código Orgánico de ordenamiento territorial autonomía y descentralización ―cootad‖



Ley de seguridad pública y del estado título iv art. 23



Acuerdo ministerial 2626 16 de mayo de 2012



Acuerdo ministerial No 1725 de 2 septiembre del 2010 No 238 y No 181

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Resolución No 557 Semplades 16 de febrero de 2012



Orden general no 032 14 de febrero de 2011



Plan estratégico de modernización de la policía nacional



Reglamento orgánico funcional de la DNPCSUYR



Sistema de control de calidad ―GPR‖.

Acuerdo Ministerial No. 2626, de fecha 16 de mayo de 2012.

Art. 1.- APROBARLA NUEVA ESTRUCTURA ORGANICA DE LAS UNIDADES OPERATIVAS DESCONCENTRADAS DE LA POLICIA NACIONAL, conformada de la siguiente forma:

Niveles de la desconcentración operativa Los niveles de desconcentración operativa de la Policía Nacional, que se establecen bajo el principio territorio-responsabilidad serán: 15

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Comando del servicio de la Policía Nacional para la Zona de Planificación y Comando del servicio de la Policía Nacional para el Distrito Metropolitano



Comando del servicio de la Policía Nacional para la Sub-zona de Planificación



Distrito de Policía



Circuito de Policía



Sub-circuito de Policía

Jurisdicción, territorio y responsabilidad Comando del servicio de la Policía Nacional para la Zona de Planificación: Cuya jurisdicción y territorio será el equivalente al establecido para las Zonas Administrativas de Planificación del Estado, estructurado de la siguiente forma:

Zona 1: Provincias de Esmeraldas, Carchi, Imbabura y Sucumbíos Zona 2: Provincias de Pichincha (excepto el cantón Quito), Napo y Orellana Zona 3: Provincias de Pastaza, Cotopaxi, Tungurahua y Chimborazo Zona 4: Provincias de Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas Zona 5: Provincias de Guayas (excepto los cantones de Guayaquil, Duran y Samborondón), Los Ríos, Península de Santa Elena, Bolívar y Galápagos Zona 6: Provincias de Azuay, Cañar y Morona Santiago Zona 7: Provincias de El Oro, Loja y Zamora Chinchipe Zona 8: Cantones de Guayaquil, Duran y Samborondón Zona 9: Distrito Metropolitano de Quito

Comando del servicio de la Policía Nacional para la Sub-zona de Planificación, Distritos y Circuitos de Policía: Se asume la estructura administrativa establecida por la SENPLADES, con el territorio y jurisdicción correspondiente.

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La Sub zonas y Distritos de Policía se encuentran categorizados en A, B y C, dependiendo de la población, extensión e índices delincuenciales, para lo cual se establecerá en forma técnica para determinar el número y codificación de los servidores policiales y recursos que se deban asignar. Sub-circuito de Policía: Es una estructura operativa, que resulta de la subdivisión de un Circuito de Policía; y, que acoge las necesidades ciudadanas, su creación se fundamenta en argumentos técnicos que permitan un mejor desempeño institucional a favor de los requerimientos del ciudadano en su territorio. En los Sub-circuitos se establecerán las Unidades de Policía Comunitaria que podrán ser de tipo A y B de acuerdo a su conformación institucional. -

Las Unidades de Policía Comunitaria tipo A contarán con 22 Policías

-

Las Unidades de Policía Comunitaria tipo B contarán con 16 Policías

Y, podrán ser simples o compuestas de acuerdo a servicios extra policiales.  Las Unidades de Policía Comunitaria simples son aquellas que únicamente contarán con el servicio policial.  En las Unidades de Policía Comunitaria compuestas se agregaran sistemas de Administración de justicia.‖

Metodología para la territorialización de sub-circuito

El sub-circuito corresponde a un sector geográfico fijo, que a partir de sus características sociales, demográficas y geográficas, ofrece distintos tipos de servicios policiales, entre los cuales se cuentan la vigilancia comunitaria, atención a las víctimas, educación ciudadana, control de delitos y contravenciones; y recepción de denuncias; bajo principios de integralidad, corresponsabilidad y trabajo con calidad. Teniendo en cuenta las características demográficas y físicas del área urbana de cada población, ciudad o distrito metropolitano se deben

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organizar y delimitar las UPC. Estos deberán obedecer a un criterio objetivo teniendo en cuenta las siguientes variables: o Densidad de población y/o población flotante. o Desarrollo urbano. o Tipo de uso del suelo o actividad socioeconómica predominante. o Topografía y/o accidentes geográficos. o Problemática de convivencia y seguridad ciudadana. o Recursos de la unidad policial (personal, comunicaciones, armamento, habitáculos, vehículos etc.).

Incrementar los índices de seguridad (ACCIONES)



Presencia policial activa en zonas y sectores de la ciudad.



Ejecutar planes operativos, acordes a la problemática y necesidades

del sector. 

Realizar campañas de información para mejorar la seguridad de los ciudadanos.



Eliminar

por

originadores de

medio

de

procesos

comunitarios, inseguridad.

los

factores

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Activación de iniciativas dirigidas a implicar al ciudadano en la solución de los conflictos que surjan en su comunidad.

Mejora sustancial de la imagen policial (ACCIONES) 

Uniformidad aseo y cuidado personal.



Trato correcto y respetuoso con el ciudadano.



Mantenimiento de los materiales y equipos en perfecto estado.



Compañerismo, cooperación e integración con los demás servicios policiales que operan en el sector.



Cumplimiento estricto de los procedimientos policiales.



Respeto a los derechos de las personas.



Atención individualizada y profesional al ciudadano.



Respuesta satisfactoria que implique valor agregado.

Eficacia y calidad en la gestión (ACCIONES) 

Continúa capacitación policial.



Actualización permanente de los procedimientos policiales.



Optimizar mecanismos de interrelación con otras organizaciones.



Desarrollo de un sistema de trabajo en equipo que permita la incorporación al mismo ideas, iniciativas y sugerencias derivadas de la propia experiencia de sus integrantes, así como de la auto-critica en común, para alcanzar la calidad en el servicio esperada

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Procesos de la Policía Comunitaria Las exigencias, normativa y tendencias de la administración actual., plantean que todas

las

acciones

obedezcan

a

procesos

debidamente

definidos,

esquematizados y ejecutados que permitan alcanzar resultados óptimos y tangibles, las actividades que realiza la Policía Comunitaria se desarrollan bajo esta óptica.

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Proceso de implementación del servicio en una UPC

Objetivo general Garantizar la efectiva organización de la modalidad de Policía Comunitaria en cada jurisdicción, respetando su filosofía y características del servicio.

Objetivos específicos 1. Entregar las herramientas conceptuales, y de procedimiento que permitan implementar el modelo de gestión de la UPC en la estructura barrial existente. 2. Lograr la comprensión e interiorización del modelo de Policía Comunitaria como modalidad del servicio de seguridad ciudadana, diferenciándola de las actividades tangenciales de acercamiento a la comunidad. 3. Desarrollar una propuesta básica operativa para la implementación del servicio de Policía Comunitaria. 4. Contar con estándares de servicio a la comunidad y diseñar un modelo propio adaptado a las necesidades y recursos con que cuenta la Policía en cada jurisdicción.

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Alcance Se inicia con el diagnóstico de necesidades de seguridad y convivencia en los sectores de responsabilidad, continúa con la implementación de estrategias operativas, procesos comunitarios y programas de prevención del delito y la violencia, finaliza alimentando la base de datos y la evaluación de todo lo realizado.

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Proceso de diagnóstico

Objetivo Determinar los factores y causas que generan problemas para la convivencia y seguridad ciudadana en el territorio bajo su responsabilidad, y plantear soluciones mediante la ejecución de planes de prevención y disuasión.

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Alcance Inicia determinando sector a diagnosticar y finaliza diseñando plan de trabajo.

Proceso planeación del servicio comunitario

Objetivo Contar con un instrumento que permita garantizar la prestación efectiva del servicio de Policía Comunitaria en los diferentes distritos, circuitos y sub circuitos, mediante el óptimo empleo del talento humano, y los recursos técnicos y logísticos disponibles.

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Alcance El procedimiento se inicia con la determinación de los problemas de inseguridad del sector, el diagnóstico del mismo y finaliza con la evaluación de los resultados del plan.

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Proceso de gestión comunitaria

Objetivo Involucrar y comprometer a la comunidad en la solución a los problemas de inseguridad e inadecuada convivencia. Alcance Inicia determinando el requerimiento a solucionar y finaliza estableciendo acuerdos de convivencia y seguridad.

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Proceso de tratamiento de conflictos

Objetivo Aplicar técnicas de mediación en conflictos que afectan la convivencia del sector, mediante la negociación, para lograr posibles soluciones lícitas, equitativas y de beneficio mutuo de las partes.

Alcance Se inicia con el conocimiento del incidente o requerimiento ciudadano, se sigue el proceso de negociación evolucionando de tal manera que se discriminan las diferencias (liman asperezas) hasta llegar a acuerdos y finaliza con la firma del registro del resultado.

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Proceso de gestión interinstitucional

Objetivo Involucrar a las instituciones, organizaciones y autoridades en la solución de los problemas de inseguridad ciudadana y convivencia, presentados en los sectores donde existe servicio de Policía Comunitaria.

Alcance Se Inicia cuando se establece el requerimiento de la comunidad o cuando el policía considera oportuna la intervención de autoridades u otras organizaciones, finaliza presentando los resultados obtenidos.

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Proceso de capacitación ciudadana

Objetivo Contribuir a la construcción de una cultura de seguridad ciudadana en la comunidad, mediante procesos educativos que conduzcan a la autorregulación y el respeto a los demás.

Alcance Inicia identificando necesidad a cumplir a través de la capacitación, la cual permite utilizar estrategias metodológicas orientadas a solucionar los problemas, finalizando con la evaluación de resultados y de la acción educativa.

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Proceso de disuasión de la infracción

Objetivo Evitar la materialización de delitos y contravenciones, a través de actividades disuasivas y aplicación correcta de las leyes, reglamentos y ordenanzas vigentes.

Alcance Se inicia seleccionando problemas a tratar, y finaliza actualizando base de datos, plasmados en forma escrita o medio magnético.

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Proceso: atención ciudadana

Objetivo Responder y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias que afecten la convivencia, interpuestas por la comunidad en general u otras instituciones, tendientes a resarcir los daños y entrega de servicios de calidad.

Alcance El procedimiento inicia con atender la solicitud del ciudadano, tramitar al organismo competente, realizar los procedimientos que permitan corregir errores y finaliza con el seguimiento y registro.

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Proceso de gestión operativa

Objetivo Ofertar continua y oportunamente el servicio policial conforme a las demandas del sector de responsabilidad y garantizar una respuesta adecuada inmediatamente de ocurrido un hecho.

Alcance Inicia planificando el servicio y actividades diarias que se deben cumplir, continúa con un seguimiento a los compromisos adquiridos con la ciudadanía y finaliza registrando los resultados en la UPC y en su RAP (reporte de actividades policiales).

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Proceso de auditoria seguimiento y control

Objetivo Propiciar e implementar parámetros en materia de control de rendimiento y resultados que permitan evidenciar y evaluar la productividad individual policial.

Alcance Inicia con el registro de las actividades policiales que cada funcionario realiza en su turno de trabajo, en la matriz RAP, continua con la generación de respaldos magnéticos y concluye con la ponderación, generación, revisión y cuantificación de resultados.

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Planes de prevención del delito y la violencia implementados Barrio seguro.- Es un programa implementado por la policía comunitaria dentro de una jurisdicción territorial legalmente establecida, donde los ciudadanos y ciudadanas interactúan ejecutando iniciativas y estrategias; propuestas y lideradas por el servidor o servidora policial; para coadyuvar a la seguridad y convivencia ciudadana, fortaleciendo los sentimientos de solidaridad entre los vecinos.

Botón seguro.- Es parte del componente alertas comunitarias, un dispositivo que su activación produce comunicación directa con la unidad policía comunitaria más cercana o teléfonos de los servidores policiales del sub-circuito.

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Local

seguro.-

Es

un

componente

estrategico

del

programa

barrio

seguro,destinado a la proteccion focalizada de todas las personas o instituciones ligadas a alas actividades comerciales dentro del barrio, que busca crear una cultura de seguridad entre locales comerciales y usuarios.

Escuela segura.- Es un programa desarrollado por la Policía Comunitaria cuya finalidad es coordinar acciones que permita el involucramiento de las autoridades, docentes, equipo de apoyo profesional, padres de familia, servidores policiales, y estudiantes como actores en la conformación de brigadas estudiantiles, para contribuir a la seguridad de la unidad educativa.

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4. Operaciones técnicas de inteligencia

Meta.- Que los participantes del Programa de Capacitación Integral Continua 2014, conozcan las operaciones técnicas de inteligencia y sean aplicadas en el diario vivir policial para prevenir, combatir y saber cómo actuar frente a las diferentes formas del delito.

Objetivos: Objetivo 1: Conocer conceptos básicos respecto a las operaciones técnicas de inteligencia. Objetivo 2: Conocer las clases de vigilancia que podemos aplicar en caso de necesitarla para combatir el delito.

LA C.R.E Art. 159.- Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional serán obedientes y no deliberantes, y cumplirán su misión con estricta sujeción al poder civil y a la Constitución. Las autoridades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional serán responsables por las órdenes que impartan. La obediencia a las órdenes superiores no eximirá de responsabilidad a quienes las ejecuten.

LA C.R.E. Art. 163.- La Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, Jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional. Los miembros de la Policía Nacional tendrán una formación basada en derechos humanos, investigación especializada, prevención, control y prevención del delito y utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza. Para el desarrollo de sus tareas la Policía Nacional coordinará sus funciones con los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados.

94

Ley de Seguridad Pública y del Estado Definición contenida en la Ley de Seguridad Pública y del Estado de Ecuador: ―Inteligencia, la actividad consistente en la obtención, sistematización y análisis de la información específica referida a las amenazas, riesgos y conflictos que afecten a la seguridad integral. La información de inteligencia es sustancial para la toma de decisiones en materia de seguridad.‖

Conceptos Básicos y Actividades de Inteligencia Definición de inteligencia Sobre un vocablo tan antiguo como Inteligencia se debería esperar una definición concreta y clara, pero esto no es así. No existe una definición consensuada de dicha expresión. La palabra inteligencia es usada en numerosas ocasiones como un comodín apto para referirse a una amplia gama de situaciones, actividades y productos. Al final del siglo XI, la palabra inteligencia, era concebida como sinónimo de conocimiento, de eventos o noticias, de este modo con la invención de la imprenta, la inteligencia quedó ligada a la palabra ―noticias‖. En un sentido moderno los distintos diccionarios especializados entregan una definición muy precaria, siendo hasta el siglo XIX definido como la ―facultad de entender‖.

Actualmente cuando se menciona el término inteligencia, el común de la gente lo asocia al término ―espionaje‖. Por norma general, se ha buscado no ligar la definición de inteligencia con dicha idea, por la impresión negativa que produce la palabra espionaje, actividad que en la mayoría de las ocasiones está asociada a algo oscuro e ilegal. Debe quedar en claro desde un principio que la

inteligencia no está limitada al hecho de ―espiar‖, por lo tanto la

inteligencia no puede ser únicamente considerada como el fruto del espionaje.

P á g i n a | 95

En el lenguaje popular el concepto de inteligencia se asocia a la capacidad de entendimiento y memoria de las personas. En algunas ciencias como la psicología, la educación y la biología, el concepto se refiere a facultades y/o funciones intelectuales propias de los seres vivos y específicamente del hombre y la mujer. La informática, las comunicaciones y la ingeniería usan el concepto de inteligencia artificial para designar una serie de operaciones a través de las cuales se ejecutan cálculos, se resuelven problemas y se realizan relaciones, analogías y diferencias., etc. De acuerdo a los ámbitos actuales, a continuación se enuncian algunos tipos o categorías de inteligencia: Inteligencia política externa: Es una de los tipos clásicos de inteligencia. Resulta indudable que las políticas tanto externas como internas han tenido en todo tiempo importancia fundamental para la inteligencia. De allí la importancia de la inteligencia de la política exterior. Inteligencia militar: Es otra categoría tradicional de inteligencia y se refiere, en el nivel estratégico militar, a las capacidades, vulnerabilidades y probables cursos de acción en materia militar de los países extranjeros de interés para la defensa, es un aspecto de importancia obvia y permanente. Inteligencia científica y tecnológica: La inteligencia científica y tecnológica ha ganado creciente importancia en los últimos años. Conocer el grado de progreso científico y tecnológico de los países y regiones de interés posee fundamental importancia para las políticas exteriores y de defensa de todo país. Dicho progreso constituye un elemento fundamental para apreciar el poder relativo de todo país que sea objeto de examen; pero también para conocer las posibilidades y alcances de una cooperación en dicho terreno. Por otra parte, resulta obvio señalar que, en

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general, las capacidades científicas y tecnológicas tienen una fundamental importancia relevante para el desarrollo de las capacidades militares, y la posesión de las primeras significan, cuando menos, la posesión de una capacidad militar potencial. Inteligencia económica: Se centra en el sector productivo y comercial y los actores económicos de un Estado o región y evalúa eventuales riesgos que puedan afectar a la integridad nacional y la soberanía del Estado a partir de este sector. Inteligencia ecológica y ambiental: Orientada a la recolección y procesamiento de información de temas como la degradación ambiental, en especial la deforestación y el denominado ―efecto invernadero‖, la reducción de la capa de ozono y los posibles cambios de clima; así como las medidas adoptadas por los gobiernos, para prevenir esta circunstancia. Inteligencia criminal: La inteligencia criminal es definida como la aplicación en la actividad policial, de la metodología propia de la actividad de inteligencia, fundamentalmente en materia de análisis, de elaboración de inteligencia, del ‗ciclo de la inteligencia‘, a la investigación de las organizaciones criminales –campo fundamental de interés de la inteligencia criminal- y de aquellas formas delictivas que por su complejidad, gravedad, reiteración y consecuencias, no logran ser prevenidas eficazmente por la investigación policial, fiscal o judicial del caso individual (Ugarte, 2000)

P á g i n a | 97

Inteligencia policial: La inteligencia policial comprende a la inteligencia producida por las instituciones policiales, dirigida no sólo al delito, sino también a otros aspectos que eventualmente integrarán su competencia, como por ejemplo situaciones que puedan atentar contra la seguridad de las instituciones democráticas (Ugarte, 2000: 10) y que puedan alterar el orden público. La inteligencia policial, engloba una concepción más amplia que abarcaría no sólo el aspecto criminal sino la inteligencia elaborada desde instancias policiales en relación con el terrorismo, la delincuencia organizada y cualquier otro fenómeno de interés policial, a diferencia de la inteligencia criminal, que está referida exclusivamente al delito y sus causas, su prevención y represión, en los niveles estratégico y táctico, lo cierto es que por una confusión terminológica, ambas expresiones funcionan como virtualmente sinónimas (Sanso-Rubert). Las diferencias entre los diferentes tipos o categoría de inteligencia, no radican ni en las fuentes ni en el modo de operar, ni el carácter civil, policial o militar de los miembros de las organizaciones de Inteligencia, sino en el objeto, el ámbito de actuación y el uso que se le da a la Inteligencia producida. En sus orígenes este vocablo deriva del latín intelligecia o intellegentia, el cual hace referencia a la ―a la facultad por el medio de la cual [...] se conoce las cosas que existen‖

(Blanquez, 1985). De lo anterior se desprende que

inteligencia

facultad

es

una

que

poseen

los

organismos

naturales

(especialmente el hombre y la mujer), artificiales y asociativos (cuyo máximo referente de estos últimos es el Estado) que le permite a éstos conocer, comprender, explicar, relacionar, diferenciar y prospectar hechos, eventos, acontecimientos y objetos que se observan en el medio ambiente interno y externo.

En el ámbito estatal, este concepto adquiere distintos alcances y aplicaciones. En un uso restringido, el concepto hace referencia a la relación entre el tipo de

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conocimiento adquirido y

en la forma y estructura con que se realizó su

obtención. Así se señala entonces, que inteligencia, permite acceder a información sin el consentimiento, cooperación y conocimiento de quien la posee pues no está dispuesta a compartirla, es aquella información que recibe la clasificación de reservada, confidencial o secreta. Desde una perspectiva más amplia y actualizada la inteligencia es definida en virtud de su fin último, el cual es proveer el soporte necesario (conocimiento) a los procesos de planificación y toma de decisiones. En este plano, el usuario del producto final de la inteligencia asume una importancia crucial, puesto que él en su condición de ―usuario‖ o ―consumidor‖, que generalmente corresponden a autoridades de un Estado, orienta las características del producto en cuanto a calidad y utilidad. En cuanto a la calidad, el producto final de la inteligencia es resultante de un tratamiento analítico de la información recopilada y procesada. Para ello se hace necesario incrementar las capacidades del usuario del conocimiento para un mejor aprovechamiento, obtener una flexibilidad institucional, incorporar aspectos metodológicos en el análisis y profesionalizar y especializar a los analistas. En cuanto a la utilidad, la inteligencia produce un conocimiento para la acción, orientado a las necesidades y el ámbito del quehacer del usuario. Así hablamos hoy de la inteligencia del Estado como aquella que se aboca a estudiar diversas áreas que tienen incidencia en la seguridad y la defensa, como la economía, el comercio, la ciencia y tecnología, la política interna y externa, las relaciones internacionales, la diplomacia, los delitos emergentes, seguridad nacional y el área militar, sólo por mencionar algunas. Inicialmente se puede señalar entonces que se denomina inteligencia a un producto,

que

es

conocimiento,

información

elaborada;

obtenida

exclusivamente por el Estado; pero no cualquier tipo de información, sino

P á g i n a | 99

información que permita una intervención ventajosa en el ámbito de la seguridad y la defensa. También a una actividad o función estatal. Asimismo, a una organización, que suele constituir un conjunto de organizaciones estatales. No obstante, se debe hacer la salvedad que la mayoría de las definiciones tradicionales de inteligencia acotan el término únicamente como una actividad del

Estado,

pero

en

correspondencia

con

las

transformaciones

experimentadas en el mundo, esta actividad se ha extendido a otras organizaciones no estatales de diversa índole que compiten entre sí.

Contrainteligencia Por otro lado están las actividades de contrainteligencia, definida por la OTAN como ―Aquellas actividades que se ocupan de identificar y contrarrestar la amenaza a la seguridad planteada por los servicios de inteligencia u organizaciones hostiles o por individuos dedicados a espionaje, sabotaje, subversión o terrorismo‖. Las

actividades contrainteligencia tienen como misión detectar, localizar,

neutralizar y/o eliminar en cualquier circunstancia, tiempo o lugar, las capacidades y eficiencia de las actividades de inteligencia positiva que otras asociaciones adversarias, sus agentes o personas individuales pretendan emprender sobre el Estado u organización. Es decir, la contrainteligencia brinda protección y seguridad a la información, a las actividades, el personal, las autoridades, los intereses y objetivos de la asociación, frente a la intrusión externa que busca vulnerar sus condiciones de seguridad, sustrayendo o destruyendo aquello que se desea salvaguardar. Ellas están constituidas tanto por medidas que todos los miembros de la organización deben cumplir, tales como principios, normas y procedimientos, por acciones u operaciones convencionales de seguridad y protección, como también por otro tipo de operaciones que buscan implementar actividades de contra espionaje, contra sabotaje, contra subversión y contra guerrillas.

100

La contrainteligencia comprende toda la adquisición de información y la actividad dirigida para evaluar los servicios extranjeros de inteligencia y neutralizar los servicios hostiles. Tales actividades involucran recolección tanto clandestina como de fuentes abiertas, así como el análisis de información concerniente a la estructura y la operación de los servicios extranjeros. Al respecto Henry Kissinger, señalaba respecto de las actividades de inteligencia y contrainteligencia: ―No hay tal cosa de agencias de inteligencia amigas. Lo que sólo hay son agencias de inteligencia de poderes amigos‖……. Actividades de contrainteligencia: Actividades Defensivas: orientadas a defender y proteger la información, el personal e instalaciones propias de las actividades hostiles adversarias, mediante sistemas de seguridad para las instalaciones, control y chequeo de personas, sistemas de seguridad en las comunicaciones, etc. Recolección de Información: búsqueda y recolección de información orientada a conocer las capacidades de servicios de Inteligencia adversarios o competidores a través de operaciones especiales de inteligencia. (Infiltración de agentes, escuchas telefónicas, reclutamiento de informantes etc.). Actividades Ofensivas: que consisten en manipular la información que reciben los organismos de inteligencia adversarios (engaño).

Niveles de Inteligencia La función de inteligencia es siempre la misma en esencia y sirve para los diferentes niveles de conducción o de gestión de un país u organización. Así hablamos de inteligencia estratégica, inteligencia operacional e inteligencia táctica, las cuales se diferencian entre sí principalmente por la extensión de tiempo utilizado en sus análisis y apreciaciones.

P á g i n a | 101

INTELIGENCIA Estratégica

NIVEL DE CONDUCCIÓN Nacional

o

político,

CARACTERÍSTICAS Largo plazo

institucional Operacional

Operacional

Mediano plazo

Táctica

Táctico

Corto plazo

Inteligencia Estratégica: En el nivel político la inteligencia estratégica tiene como fin lograr el conocimiento de las capacidades, vulnerabilidades

y cursos probables de

acción de una nación, que le permita al gobierno formular planes para el desarrollo de la política nacional

e internacional. Se apoya la toma de

decisiones del conductor político del Estado. Los directivos son el presidente de la república y los ministros relacionados con la seguridad y la defensa. En el nivel estratégico, en este nivel se produce la inteligencia que apoya las decisiones a nivel institucional. La autoridad directiva está radicada en los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas y los jefes máximos de las fuerzas de orden y seguridad de un país. Inteligencia operacional: En el ámbito militar el nivel operacional corresponde a las operaciones militares ya sea conjunta o no conjunta.

102

Inteligencia táctica: En este nivel se produce la inteligencia que apoya la toma de decisiones para la ejecución de las operaciones policiales y militares. La autoridad directiva o usuario corresponde a los jefes de unidades policiales y comandantes de unidades de las fuerzas armadas. Es la inteligencia que se adelanta en un área determinada cuando hay un objetivo identificado, sobre el cual se están llevando a cabo operativos militares o policiales.

Vigilancia Es la observación de comportamiento de las personas.

Objetivos de las vigilancias y seguimientos • Información de primera mano •

Identificar factores de alteración del orden público



Confirmar o desvirtuar información



Establecer la identidad de personas o vinculaciones



Ubicar lugares frecuentados



Conocer rutinas

Clases de vigilancia Vigilancia a pie Es el cubrimiento que los agentes de inteligencia le realizan al sujeto, cuando se desplaza como su nombre lo indica, a pie.

P á g i n a | 103

AGENTE

OBJETIVO

AGENTE

AGENTE

AGENTE

OBJETIVO

Vigilancia en vehículos Es la vigilancia que se realiza cuando el objetivo utiliza como medio de locomoción un vehículo que le permite desplazarse con mayor facilidad y rapidez

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VEHICULO A

VEHICULO B

VEHICULO A

OBJETIVO

OBJETIVO

VEHICULO C VEHICULO B VEHICULO A

OBJETIVO

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Aspectos importantes • Empleo de la motocicleta •

Seguimiento progresivo



Giros



Distancia entre vehículos



Autos de cobertura



Aspecto del vehículo



Ubicación para una vigilancia (cubrir opciones)

Cualidades • Apariencia común u ordinaria •

Habilidad para actuar con naturalidad



Estado de alerta permanente



Memoria



Observación y descripción



Paciencia



Imaginación



Puntualidad



Discreción

• Estado físico

Limitaciones y elementos de interés

Factores limitantes dentro de la vigilancia

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Oposición pública.- Es la que resulta de la observación que realizan las personas en su vecindario, pueden ser voluntarias e involuntarias.

Oposición profesional.- Es la que resulta de aquellas personas que por razón de su trabajo, detectan fácilmente nuestra actividad, por ejemplo: personal de la fuerza pública o miembros de seguridad personal.

Oposición auxiliar.- Se trata de esas personas que por su función pueden entorpecer las labores del funcionario

que realiza la misión debido a

la

vinculación indirecta en este tipo de actividades, por ejemplo: celadores, secretarias, porteros, recepcionistas.

Cobertura

natural.- Conjunto de actividades tendientes a cubrir, ocultar,

disfrazar y proteger el desarrollo de operaciones de inteligencia actuando de forma natural, legítima y habitual, con el propósito de facilitar y alcanzar un objetivo Institucional. Apariencia Historia ficticia Medios

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Fachadas. Ejercicios de expresión corporal y fachada.- Actuaciones que debe implementar el agente de inteligencia al momento de realizar una caracterización con el fin de legitimar el papel que pretende desarrollar -

Calentamiento

-

Relajamiento de tensión corporal

-

Relajamiento de tensión emocional

-

Acción y reacción

-

Ejercicios de actuación – improvisación

Observación y descripción de personas.- El ser humano está constituido por una serie de características

biológicas y Psicológicas que tipifican su

figura y las estructuras de su organismo físico a través de las cuales se clasifica, individualiza e identifica frente a otras personas. Observación y descripción de lugares públicos.- Relación objeto – sujeto. Como están dispuestos los objetos y el sujeto en el espacio -

Que el objeto y el sujeto estén inmóviles

-

Que el objeto esté inmóvil y el sujeto en movimiento

-

Que el objeto y sujeto están en movimiento

-

El orden de la descripción esta dado del general a particular

Normas generales -

Fijar tareas en caso de contratiempos (plan B)

-

Establecer señales de comunicación

-

Designar un Jefe en el equipo

-

Prever relevos si se prolonga la vigilancia

-

Preparar historia ficticia

-

Evite encontrarse con la mirada del sujeto

-

Agente descubierto, informa y evacua

-

Tener presente una contra vigilancia

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-

Nunca vigile escondido

-

Actuar con naturalidad

-

Caminar pegado a los edificios para evitar el reflejo del vidrio

Situaciones -

En calles muy concurridas

-

Ingresando a un edificio

-

Ingresa a un ascensor

-

Ingresa a un restaurante

-

Aborda un bus

-

En calles poco concurridas

-

Ingresa a un centro comercial

-

Ingresa a transmilenio

-

Abordar un taxi

-

Encuentro con un contacto

Ciclo de producción de inteligencia  Proceso de producción de

inteligencia conocido como el ciclo de

inteligencia teniendo presente que la inteligencia, como producto es información procesada  Procedimiento metodológico utilizado en la elaboración de inteligencia, es la denominación genérica que se da a una secuencia lógica de varias etapas de trabajo mediante la cual, se grafica un proceso conformado por fases  Permite identificar las necesidades de información, obtener los recursos y fuentes adecuadas para su obtención, procesar y analizar el material informativo para finalmente difundir su producto final (inteligencia).

P á g i n a | 109

I.

Planificación y dirección del esfuerzo de búsqueda.

II.

Fase de búsqueda u obtención de información

III.

Procesamiento de la información

IV.

Análisis y producción de inteligencia

V.

Difusión de los productos de inteligencia

Planificación y dirección del esfuerzo de búsqueda 

Determina las necesidades de información procesada o inteligencia que requiere el usuario, se desarrolla la preparación de un plan destinado a concretar su obtención; se organiza el empleo de los medios y se define quien ejercerá la conducción, la coordinación y el control de todos ellos



Define las necesidades de inteligencia, se legitiman la actuación de los servicios de inteligencia en un Estado democrático de derecho, a la vez que permiten su control tanto desde el punto de la legalidad como de eficiencia.



Es fundamental determinar cuál es la información relevante para satisfacer las necesidades de inteligencia, de lo contrario pueden desaprovecharse los recursos humanos y materiales durante la fase de búsqueda.

Fase de búsqueda u obtención de información Se realiza la explotación de las fuentes de información por parte de los órganos

de

búsqueda

y

la

entrega

de

esta

información

al

correspondiente equipo de análisis para la respectiva elaboración del producto-inteligencia. Es la actividad más característica del ciclo de inteligencia por ser la actividad que diferencia a los servicios de inteligencia de otros órganos de asesoramiento, para los que su actividad fundamental no es la obtención de información secreta.

110

Se debe asegurar el recibo continuo de información confiable relacionada con las necesidades de información.

Procesamiento de la información 

La conversión de la información obtenida y recopilada por medios diferentes en conjuntos estructurados de información caracteriza la tercera fase del ciclo, que se lleva a término bajo la responsabilidad de un procesador, quien generalmente tiene acceso a una mayor información que el responsable de la obtención de la información en bruto.



Aplica las actividades documentales fundamentales de la organización del conocimiento con el fin de preparar la información para su análisis definitivo.



Su objetivo final es la creación de ficheros especializados y asegurar la eficacia y rapidez en su recuperación documental.

Análisis y producción de inteligencia Entendido tradicionalmente como la separación del todo en sus partes Comprende el procesamiento de la información, considerando los productos de las diferentes fuentes, donde deben ser interpretadas, traducidas o decodificadas, para luego realizar la evaluación y análisis necesarios para comprender el significado y pertinencia de su contenido, y posteriormente evaluarla a la luz de otras informaciones disponibles relacionadas. Aquí la información procesada se convierte en informe de inteligencia que será enviado al usuario y la calidad del análisis definirá de manera obligatoria la calidad del producto final.

P á g i n a | 111

Etapa que marca la frontera entre información e inteligencia, delimitando

también

la

separación

existente

entre

órganos

responsables de la obtención de información y órganos encargados de su tratamiento y elaboración en función de sus áreas de actuación: nacional, internacional etc. Constituye la base del trabajo de inteligencia y es clave para alcanzar los objetivos deseados, por esta razón es determinante en la prevención y detección de amenazas.

Difusión de los productos de inteligencia 

Es la divulgación del producto-inteligencia, como resultado de todas las actividades previas ya descritas del ciclo al usuario o autoridad.



Para que sea de utilidad, la divulgación debe realizarse en forma apropiada y oportuna al usuario y/ o a quienes la requieren.



Es muy importante que la información correcta llegue al usuario correcto y en la oportunidad correcta. Esta etapa del proceso parece ser la más sencilla, pero en la práctica se presenta como una de las más críticas, puesto que para que el informe resulte útil, el producto inteligencia debe llegar al usuario en la forma y oportunidad adecuadas.

Niveles de inteligencia

INTELIGENCIA Estratégica

NIVEL DE CONDUCCIÓN Nacional

o

CARACTERÍSTICAS Largo plazo

político, institucional Operacional

Operacional

Mediano plazo

Táctica

Táctico

Corto plazo

112

Principios y características de la inteligencia 

Carácter secreto de la inteligencia



La recolección de información desde fuentes cerradas y por medios encubiertos, es la actividad fundamental de los servicios de Inteligencia



La verdad es la base de una buena inteligencia.



La Inteligencia debe servir para algo, lo cual depende de su relevancia.



Las

actividades

encubiertas

deben

incluir

el

conocimiento

proporcionado por grupos nativos 

Las actividades de inteligencia son el resultado del estado de conflicto o rivalidad entre Estados.



Compartimentación existe por razones de seguridad del conocimiento e implica

dividir

la

información

separadamente a cada persona.

Características de la inteligencia 

Instrumental



Objetiva



Oportuna



Exacta



Útil



Previsora



Atingente



Constante

entregando

parte

de

un

todo

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5. Derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades del Ecuador

Condiciones sociales desde las estadísticas Las estadísticas muestran una estrecha relación entre vulnerabilidad social y etnicidad. En los últimos cuatro años, las condiciones sociales de los pueblos y nacionalidades indígenas y del pueblo afroecuatoriano, han mejorado en menor proporción que las de la población blanca y mestiza pobre. Esta realidad es consecuencia de la exclusión y desigualdad que han vivido históricamente estos pueblos. En este sentido, es necesario profundizar las políticas sociales, para potenciar las capacidades de los pueblos que sufren el racismo estructural. Para ello, el Estado y el gobierno deben aplicar medidas legales, políticas públicas e inversiones sociales, a fin de concretar el Plan Plurinacional contra la Discriminación Racial (2009-2012). Dicho Plan recoge el espíritu de la Constitución de 2008 e impulsa la inclusión y la acción afirmativa para las víctimas históricas del racismo.

Pueblos y nacionalidades indígenas En Ecuador, la Constitución vigente reconoce a los pueblos y nacionalidades indígenas como titulares de derechos colectivos. El Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador (CODENPE), define a los pueblos y nacionalidades indígenas de la siguiente manera: […] ―se entiende por nacionalidad al pueblo o conjunto de pueblos milenarios anteriores y constitutivos del Estado ecuatoriano, que se autodefinen como tales, tienen una común identidad histórica, idioma, cultura, que viven en un territorio determinado, mediante sus instituciones y formas tradicionales de organización social, económica, jurídica, política y ejercicio de autoridad propia‖ (Chisaguano 2006, p.14).

114

En Ecuador existen al menos 14 nacionalidades indígenas. Cada una mantiene su propio idioma y cultura. Según sus lugares territoriales tradicionales, las nacionalidades indígenas se localizan en las siguientes regiones:

Nacionalidades indígenas e idiomas por región

La nacionalidad Kichwa de la Sierra se compone de varios pueblos que buscan la recuperación de su identidad. Estos son: Pasto, Karanki, Natabuela, Otavalo, Kayambi, Kitukara, Panzaleo, Chibuelo, Tomabela, Salasaka, Waranka, Puruhá, Kañari y Saraguro. En la Costa, además de las nacionalidades nombradas, ciertas comunidades de Guayas y Manabí persiguen recuperar su identidad indígena, aunque no conservan sus idiomas ancestrales. Esos son los casos de los pueblos Manta, Huancavilca y Puná. En la Amazonía, los pueblos tagaeri y taromenani se mantienen en aislamiento, sin contacto con la sociedad nacional. Están localizados en las provincias de Orellana y Pastaza.

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Mapa de auto identificación étnica: pueblos y nacionalidades indígenas / desagregación provincia

Según el censo realizado por el INEC en 2010, el país cuenta con:

Pueblo afroecuatoriano En el mundo contemporáneo, afrodescendientes se refiere a todos los pueblos y personas que provienen de la diáspora africana. En América Latina y el Caribe, este concepto identifica a las distintas culturas ―negras‖ o ―afroamericanas‖, descendientes de africanos que sobrevivieron a la trata o al comercio esclavista desarrollado desde el siglo XVI hasta el XIX (Antón 2010). Los afrodescendientes en América Latina y el Caribe se han autodeterminado como un ―pueblo‖. En Ecuador, la Constitución vigente reconoce al ―pueblo‖ afroecuatoriano como titular de derechos colectivos.

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El censo de 2010 registra 1‘041.559 afroecuatorianos, que equivale a 7,2% de la población ecuatoriana. Hace 10 años, apenas sumaban 604.009 ciudadanos, que correspondía a 4,9%. En la actualidad, los afroecuatorianos se concentran en las provincias de Esmeraldas, Manabí, Guayas, Santo Domingo, Imbabura y Carchi. Gran parte de la población afroecuatoriana urbana habita zonas marginales paupérrimas. Por ejemplo, en Guayaquil, vive a lo largo del gran Estero Salado, donde el riesgo por inundaciones es muy elevado, la cobertura de servicios básicos es escasa y de difícil acceso.

Breve reseña histórica de los pueblos indígenas La conquista y la colonización española En 1532, los españoles, al mando de Francisco Pizarro, llegaron a tierras del Tahuantinsuyo, que a esa época ya vivía una confrontación interna por su control. Las rivalidades de ciertos pueblos indígenas y la superioridad de las armas españolas facilitaron la imposición de la autoridad y el sistema de organización socioeconómica foráneo. Atahualpa, último regente inca, al ser apresado, des-

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cubrió que el principal interés de los españoles era el oro y la plata, y ofreció un rescate a cambio de su libertad. Pero, una vez recibido el rescate, Pizarro ordenó la ejecución de Atahualpa. A partir de 1550, el sistema colonial se sostuvo a través de instituciones, como la encomienda, la mita, el obraje y las reducciones. Con ellas, saquearon la riqueza, utilizaron mano de obra indígena y les sometieron a las formas más abyectas de trabajo. Los pueblos y nacionalidades sobrevivieron gracias a su resistencia cultural, por ejemplo la estructura de la comunidad permitió la reproducción de su cultura. A partir de 1830, una vez alcanzada la independencia de España, se mantuvo la explotación y miseria de la población indígena, así como la teoría sobre la necesidad de su tutela. Las constituciones de la república designaban a los curas párrocos como tutores y padres naturales de los indígenas. En ellas se plasmó el modelo de Estado Nación ―con una sola cultura, un idioma, una sola religión oficial‖ y la idea de igualdad de todos los ciudadanos ante la ley (Yrigoyen 1999, p.5). Bajo la ideología del progreso y la superación del atraso indígena, el objetivo fue la desaparición o la asimilación de la cultura indígena dentro de la nación mestiza, a fin de extinguir los idiomas originarios, su religión y su cultura. El aporte de los pueblos indígenas fue fundamental en la economía de la colonia y la república, pese a las condiciones en las que se desenvolvieron. Con distintas formas de resistencia, como los levantamientos, los indígenas alcanzaron logros sociales y políticos, y generaron nuevas formas y estructuras de relación, integración, representación y reconocimiento de sus derechos individuales y colectivos. Fueron desarrollando diferentes grupos y organizaciones tales como: En 1944, nace la Federación Ecuatoriana de Indios (FEI).

118

En 1972, nace el movimiento Ecuador Runacunapac Riccharimui (ECUARUNARI), actualmente Confederación de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador. En 1980, se instituye la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía (CONFENIAE). En 1980, se crea el Consejo de Coordinación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONACNIE) que, en 1986, se convierte en la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE). En el 2008, la Asamblea Constituyente de Montecristi aprueba una nueva Carta Magna, que reconoce el carácter plurinacional e intercultural del Estado, y amplía los derechos colectivos.

Reseña histórica de los pueblos afrodescendientes La lucha por la vida y la libertad inicia junto con el origen de la Diáspora Africana: un movimiento forzado de personas africanas hacia diferentes lugares del mundo, en especial hacia las Américas. Hoy también se denomina así a la migración de afrodescendientes en busca de educación, empleo y mejores condiciones de vida. Desde el siglo XVI hasta mediados del siglo XIX, los afrodescendientes resistieron a la esclavitud y buscaron su libertad de varias formas, entre ellas, la instauración del Reino de los Sambos, de Alonso de Illescas, en Esmeraldas; las sublevaciones y fugas de las haciendas del Valle del Coangue o Chota; la compra de la libertad y los alegatos judiciales en Quito y Guayaquil. También destaca la participación activa en las luchas de la independencia bolivariana. Los derechos culturales y la lucha contemporánea contra el racismo La segunda mitad del siglo XX está marcada por grandes movilizaciones de la diáspora africana en el mundo, como la lucha por los derechos civiles en Estados Unidos, el Movimiento de la Negritud, el Panafricanismo y el proceso de descolonización africana.

P á g i n a | 119

Desde finales de la década de los sesenta y durante la década de los setenta, la sociedad civil afrodescendiente de Colombia, Venezuela, Panamá, Brasil, Perú y Ecuador, fortalece su identidad cultural y adquiere conciencia ideológica para erradicar el racismo.

Derechos Humanos Universales No existe una definición única de derechos humanos, pero se puede afirmar que son ―aquellos derechos que tiene toda persona en virtud de su dignidad humana, son los derechos más fundamentales de la persona y definen las relaciones entre los individuos y las estructuras de poder, especialmente el Estado‖ (OACDH y Unión Parlamentaria de Derechos Humanos-UPDH 2005, p.1). Los derechos humanos expresan las necesidades o requerimientos esenciales de las personas para vivir una vida digna. Los derechos humanos son ejercidos por: • La persona considerada individualmente • La persona considerada como parte de una sociedad • La persona como componente de una comunidad • Las colectividades Los derechos humanos son universales y tienen una triple dimensión: ética, política y jurídica. Protegen la integridad física y psicológica de toda persona; favorecen su desarrollo social y mantienen al poder político dentro de límites justos. Los Estados tienen la obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

Protección y garantía de los derechos humanos en la Constitución Los Estados han adoptado constituciones y legislaciones que reconocen y protegen los derechos humanos, tomando como referencia la Declaración Universal de Derechos Humanos y los pactos internacionales. La Constitución del Ecuador

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contiene una serie de normas y establece una serie de garantías para la protección de derechos humanos. El Art. 3.1 de la Constitución de 2008 señala como primer deber del Estado “garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales…”. De igual forma, el Art. 11.6 enfatiza que los derechos humanos son indivisibles, interdependientes, interrelacionados y no tienen jerarquías. La Constitución también incluye principios de carácter general, que interpretan el alcance de estos derechos. El principio de ―titularidad de los derechos‖ señala que “las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y los instrumentos internacionales” (Art. 10). La Constitución también establece que: •

El más alto deber del Estado es respetar y hacer respetar los derechos (Art. 11.9).



Los derechos se garantizan a todos y todas, sin discriminación (Art. 11.2).



No requieren requisitos o condiciones para su cumplimiento (Art. 11.3).



Se interpretan de forma que más favorezca la vigencia de los derechos humanos (Art. 11.5).



Son los que constan en la Constitución, en los instrumentos internacionales y los demás que se derivan de la naturaleza de las personas (Art. 11.7).



El Estado es el responsable por su inobservancia o irrespeto (Art. 11.9).



Todos los principios y derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía (Art. 11.6).



El desarrollo de los derechos es progresivo y se prohíbe la regresividad de los derechos (Art. 11.8).



Ninguna norma podrá restringir los derechos (Art. 11.4).

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Pueblos indígenas como sujetos del derecho internacional

Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) La OIT fue creada en 1919, con el propósito de promover la justicia social y generar normas para el mejoramiento de las condiciones de la vida y de trabajo de las personas en el mundo. La OIT es la única organización del sistema de la ONU que se compone de una estructura tripartita: gobiernos, trabajadores y empleadores. Desde 1920, la OIT analizó la situación de los pueblos indígenas como trabajadores rurales, y evidenció que “estaban expuestos a una grave explotación laboral y necesitaban contar con una protección especial en los casos en que se veían expulsados de sus dominios ancestrales, convirtiéndose en trabajadores temporeros, migrantes, serviles o domésticos” (web OIT). A principios del siglo XX, la OIT adapta convenios sobre la protección de los trabajadores, algunos también aplicables para pueblos indígenas y tribales. Sin embargo, la OIT comprendió que se debía contar con una normativa jurídica exclusiva para pueblos indígenas y tribales, por lo que en 1989 adopta el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales No. 169 (OIT-Proyecto para promover la política del OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 2003).

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Ejemplos de violación de nacionalidades indígenas

derechos

colectivos

a

pueblos

y

Un ejemplo de este proceso con pueblos indígenas ecuatorianos es el Caso Sarayaku, que obtuvo medidas cautelares de la CIDH, frente a la decisión del gobierno nacional de explotar petróleo en sus territorios. La oposición de Sarayaku y las medidas cautelares dictadas por la CIDH obligó al Estado a cancelar estas actividades. Sin embargo, en 2010, el gobierno redefinió los bloques petroleros y nuevamente incluyó territorios de Sarayaku para la explotación petrolera. Esa decisión reactivó la amenaza contra este pueblo, que consideró que el gobierno había incumplido con lo dispuesto por la Comisión. Entonces, el pueblo Sarayaku decidió pasar su caso a la Corte, en busca de una sentencia que obligue al Estado, en forma definitiva, a no intervenir en sus territorios. Caso Aloeboetoe contra el Estado de Surinam (Véase link en CD-ROM). Este caso adquiere importancia por ser la primera vez en la que la Corte Interamericana hace mención de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, lo que abre el camino para que otros pueblos indígenas defiendan sus derechos en esta instancia. La sentencia del Caso Aloeboetoe (10 de septiembre de 1993), en contra del Estado de Surinam, estuvo motivada por la detención de veinte personas del pueblo Cimarrón; de ellas, seis fueron asesinadas y una más murió a causa de sus heridas. El gobierno reconoció su responsabilidad antes de ir a la Corte. La Comisión, en la propuesta de acuerdo amistoso, determinó que se debía indemnizar a toda la comunidad a la que pertenecían las víctimas, pues según la cosmovisión cimarrona, una persona no solo pertenece a un grupo familiar, sino que hace parte de toda la comunidad. El gobierno de Surinam no aceptó la propuesta de la Comisión y el caso fue a la Corte. Allí tampoco se aceptó la posición de la Comisión, pero se determinó que las indemnizaciones debían realizarse de acuerdo con la concepción de familia de los cimarrones, en donde

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la relación familiar es de matriarcado, es decir, la familia se define por la línea de descendencia de la mujer.

Evolución del derecho internacional en relación con los pueblos afrodescendientes La comunidad internacional no ha generado muchos instrumentos internacionales que amparen sus derechos como un pueblo con especificaciones étnicas importantes. Un primer hito relevante para poner fin a la trata esclavista de los siglos XVI al XIX, fue la aprobación de la Convención contra la Esclavitud (1926), celebrada por la Sociedad de Naciones. A partir de 1948, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la comunidad internacional comprendió las atrocidades que se habían cometido en nombre de la superioridad racial, y que afectaban a los africanos y sus descendientes. Desde entonces, se avanza en la lucha contra el racismo, la discriminación racial y la xenofobia. Esto se ha reflejado en la producción de varios instrumentos internacionales, en particular la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. El Artículo 1 define discriminación como: “la expresión discriminación racial denotará toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública”.

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Hacia la plurinacionalidad La Asamblea Nacional Constituyente de Montecristi (2008) fue convocada por el pueblo ecuatoriano, dotada de plenos poderes para transformar el marco institucional del Estado y elaborar una nueva Constitución (Decreto Ejecutivo No. 148 de 28-02-2007). El Art. 1 de esta Constitución expresa: ―El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada‖. Si bien este logro constitucional marca un hito en la lucha por los derechos colectivos, es necesario que se estructure un nuevo modelo de Estado desde las visiones del movimiento indígena y del pueblo afroecuatoriano, quienes sostienen que la plurinacionalidad no solo tiene connotaciones culturales, sino también sociales, políticas, institucionales, económicas y jurídicas (De Sousa Santos 2010,

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p. 121-125). En esta construcción del nuevo Estado, también es necesario incorporar las diferentes visiones que tienen sobre la interculturalidad. Visión afroecuatoriana: Es una práctica social de inclusión y antidiscriminatoria, que respeta la identidad de sí mismo y la alteridad del otro. Visión indígena: Permite la convivencia armónica y equilibrada entre todos los pueblos, colectivos, seres humanos y naturaleza. Permite descolonizar el poder, la sociedad y el saber.

Casos de vulneración de derechos de las personas afrodescendientes Existen varios ejemplos de afroecuatorianos víctimas del prejuicio racial en las calles y sitios públicos, incluso contra personas que representan al país en escenarios internacionales. Ese es el caso de Felipe Caicedo, jugador de la selección nacional de fútbol, quien fue tratado como delincuente en un restaurante guayaquileño: “En lugar de darle los alimentos, a los quince minutos llegaron tres patrulleros y quince policías. Irrumpieron en el local, le pidieron los documentos y le hicieron levantar sus manos. Lo trataron como a un delincuente” (Diario Hoy, 26 de junio de 2009). Estas situaciones afectan con mayor frecuencia a los jóvenes, como el caso registrado en el parque La Carolina, de Quito. Allí, el 13 de abril de 2008, un grupo de 23 jóvenes afroecuatorianos fueron detenidos sin justificación y acusados de ―vagancia pública‖ y de ―actitud sospechosa‖. Para poner freno a estos rezagos del Estado colonial, el Plan Plurinacional para Eliminar la Discriminación Racial y la Exclusión Étnica Cultural (2009- 2012) propone, entre otros aspectos, hacer cumplir el inciso 2 del Art. 11 de la Constitución que dice: “Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural”.

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Derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades La Constitución de 1998 (Arts. 83, 84 y 191.4) reconoce a los pueblos indígenas y afroecuatorianos como sujetos de derechos colectivos. La Constitución 2008 amplía este reconocimiento a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afroecuatoriano y pueblo montubio (Art. 56) y pueblos en aislamiento voluntario (Art. 57). • Nacionalidades y pueblos indígenas. Son colectividades que conservan una identidad histórica, idioma y cultura. Viven en un territorio determinado y mantienen sus instituciones y formas tradicionales de organización social, económica, jurídica y política, bajo el ejercicio de su propia autoridad. Los pueblos indígenas poseen estas mismas características, pero están integrados al interior de una nacionalidad. • Comunidad indígena, comuna, ayllus o centros. Según la CONAIE (2006), la comunidad ―es una forma nuclear de organización socio política tradicional de las nacionalidades y pueblos indígenas‖. Se ejerce el gobierno a través de asambleas generales. Aquí se incluyen las comunas, colonias, centros, asociaciones o cualquier otra denominación que se le haya dado a una unidad de gobierno comunitario. • Pueblos indígenas en aislamiento. Son pueblos indígenas que no mantienen contacto regular con la población mayoritaria; además, suelen rehuir todo tipo de comunicación con personas ajenas a su grupo. Sus territorios han sido declarados por la Constitución 2008 (Art. 57) como irreductibles, intangibles y en ellos está vedado todo tipo de actividad extractiva. Aunque no exista consenso sobre la denominación de estos pueblos, en el ámbito internacional el concepto más utilizado es el de ―pueblos en aislamiento‖. La Constitución 2008, utiliza el término de ―pueblos en aislamiento voluntario‖ sin embargo, debido a la evolución del debate conceptual y al argumento que para estos pueblos, el aislamiento no ha sido una opción voluntaria sino una estrategia de supervivencia, en la práctica

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se utiliza la denominación internacional. Con este antecedente, utilizaremos en el presente módulo el término de ―Pueblos en Aislamiento‖ (OACDH 2012). • Pueblo afroecuatoriano. Es el conjunto poblacional, grupo étnico, comunidad cultural o ancestral que conserva una conciencia de identidad, mantiene costumbres propias arraigadas, comparte una historia, un territorio y problemáticas específicas, asociadas con su condición étnica y racial. Tanto la Ley de Derechos Colectivos del Pueblo Afroecuatoriano, aprobada por el Congreso Nacional en el 2006, como la Constitución 2008, reconocen el carácter de pueblo a los afroecuatorianos; por tanto, les otorga la calidad de sujetos colectivos de derechos. • Pueblo montubio. Es un pueblo organizado, con cultura e identidad propia, reconocido por el Estado ecuatoriano mediante Decreto Ejecutivo No. 1394, con fundamentos culturales, históricos, antropológicos, políticos y legales que sustentan su existencia. Por esa razón, han sido visibilizados e incluidos en la Constitución 2008. El pueblo montubio está integrado por 1200 comunidades. Son más de 40 mil familias pertenecientes a 78 cantones de las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, El Oro y Santa Elena (web CODEPMOC).

Derechos colectivos desde la visión indígena Libre determinación: autodeterminación y autonomía Es el derecho que tienen todos los seres humanos a perseguir su desarrollo material, cultural y espiritual, como grupo social. Territorio y tierras ―Abarca el territorio que utilizan, bosques, ríos, montañas y mares; su superficie y el subsuelo” (OIT 2003, p.29).

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Recursos naturales El Estado ecuatoriano mantiene la propiedad estatal de los recursos naturales y los subdivide en recursos naturales renovables y recursos naturales no renovables. Consulta previa, libre e informada El Art. 57.7 de la Constitución 2008 reconoce y garantiza como uno de los derechos colectivos: “La consulta previa, libre e informada, dentro de un plazo razonable, sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de los recursos naturales no renovables que se hallen en sus tierras y que pueda afectarlos ambiental y culturalmente.(…) La consulta que deban realizar las autoridades competentes será obligatoria y oportuna.”

Diversidad biológica y entorno natural El Convenio sobre Diversidad Biológica (1992), del que Ecuador es parte, en su Art. 2, considera a la diversidad biológica como: […] ―la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas‖. Desde la visión indígena, la biodiversidad es: […] ―el conjunto de recursos genéticos del planeta, es decir, el material vivo disponible, fauna, flora y microorganismos. La biodiversidad engloba toda la variedad de vida, en todas sus formas, niveles y combinaciones, es igualmente conocida como diversidad biológica. Incluye la diversidad genética, de especies y de ecosistemas‖ (COICA-OMAERE-OPIP 1999, s/p).

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Protección de los conocimientos colectivos Para las colectividades indígenas, es fundamental la protección jurídica de los conocimientos colectivos que han sido transmitidos de manera oral, de generación en generación, y son parte de su cultura. La Constitución 2008 (Art. 57.12) prohíbe toda forma de apropiación de esos conocimientos, innovaciones y prácticas; pero también es necesario que la Ley de Propiedad Intelectual del Ecuador incorpore el derecho a la protección de los conocimientos colectivos de los indígenas. La ley actual prevé derechos individuales (derechos de autor), industrial y de quienes obtienen variedades vegetales, pero no prevé un derecho colectivo en el que es imposible identificar su autoría. Educación Entre los derechos que se derivan de la autonomía de los colectivos indígenas está el derecho a una educación que responda a las realidades de cada uno de estos colectivos. Esto permitirá generar conocimientos alternativos que viabilicen el diálogo de saberes, en el contexto de la plurinacionalidad. Administración de justicia Un elemento sustancial de la autonomía de las colectividades indígenas son las facultades normativas (generación de derecho propio) y de administración de justicia. Esta concepción entra en contradicción con la visión liberal que concentra las facultades legislativas en la Función Legislativa, y las facultades de administrar justicia en los jueces que integran la Función Judicial. Por ello, el movimiento indígena ha exigido el reconocimiento de la autonomía territorial y el reconocimiento del pluralismo jurídico. La Constitución 2008 reconoce el pluralismo jurídico (Arts. 1 y 171); es decir, permite la coexistencia de varios sistemas jurídicos dentro de un mismo espacio geopolítico. Esto implica lo siguiente (Llasag 2008 y 2009):

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Reconoce a que los colectivos indígenas tienen sus formas particulares de organización social, económica, política, religiosa, lingüística y jurídica.



La existencia de autoridades propias, elegidas a través de su propio derecho y de sus procedimientos internos, que tienen potestad para resolver conflictos o regular la vida social de la comunidad.



La facultad de resolver los conflictos, mediante la aplicación de sus propias normas y procedimientos, que son creadas y validadas en asambleas generales. El marco de su actuación será la Constitución y el derecho propio.



Reconoce la facultad legislativa porque deben contar con normas actuales, adecuadas a las circunstancias y a las nuevas necesidades que se generan al interior de las comunidades, ya que toda cultura es dinámica y cambiante.



Sus resoluciones adoptadas tienen el mismo valor legal que las sentencias dictadas por la justicia ordinaria.

Cabe mencionar que la Constitución 2008 señala que: “No se podrá invocar la cultura cuando se atente contra los derechos reconocidos en la Constitución” (Art. 21.2). Ello conduce a desarrollar la interpretación intercultural de los derechos humanos, porque en un Estado plurinacional no existen culturas buenas ni malas, superiores ni inferiores. Lo que existen son culturas y legalidades en construcción. Consecuentemente, el tema de administración de justicia plantea al pueblo indígena retos muy importantes, como: •

Desarrollar el método de la interpretación intercultural para los derechos humanos.



Establecer mecanismos de coordinación y cooperación entre las justicias indígenas y el ordinario (estatal).

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Determinar los mecanismos de control para prevenir arbitrariedades eventuales que se pueda dar por parte de las autoridades de los pueblos indígenas.



Teorizar los principios del derecho indígena.

Participación con representantes en organismos oficiales Una de las características del Estado plurinacional es la redefinición de la institucionalidad del Estado, en donde convivan instituciones autónomas e instituciones compartidas. En esa perspectiva, la Constitución 2008 establece como un derecho de los colectivos indígenas: “participar, mediante sus representantes en organismos oficiales que determine la ley, en la definición de las políticas públicas que les conciernen, así como en el diseño y decisión de sus prioridades en los planes y proyectos del Estado” (Art. 57.16).

Garantías jurisdiccionales Esta garantía se interpone ante los jueces, quienes deben dictar determinadas medidas para impedir que los actos públicos y de los particulares violen derechos, por sus relaciones de poder. Las garantías jurisdiccionales, a su vez, se dividen en: Acción de Protección, Acceso a información pública, Garantía jurisdiccional de Hábeas corpus, Garantía jurisdiccional de Hábeas data, Garantía jurisdiccional de cumplimiento, Garantías jurisdiccionales de acción extraordinaria de protección y Garantías jurisdiccionales cautelares. Acción de Protección Consta en el Art. 88 de la Constitución. Su función es proteger todos los derechos, incluidos los de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, así como del pueblo afroecuatoriano y del pueblo montubio.

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Ejemplo: Una empresa transnacional petrolera quiere realizar la prospección y exploración en un área protegida de la Amazonía ecuatoriana, donde existen poblaciones campesinas y dos nacionalidades indígenas. No se realizó la consulta previa a las comunidades; la empresa solo realizó una reunión donde se recogieron las firmas de los asistentes y se proyectó una exposición en PowerPoint a la que concurrió 5% de la totalidad de los afectados. La empresa entró a realizar sus trabajos cuando todavía estaba en trámite la licencia ambiental. Además, en sus actividades han contaminado un río del cual dependen las comunidades para su consumo personal, de sus animales y de aseo. Aquí procede una Acción de Protección (Trujillo 2010) Acceso a la información pública Garantiza el acceso a la información que poseen las instituciones del Estado y que se han negado a difundirla a la ciudadanía, lo han hecho de manera incompleta, o cuando la que se ha proporcionado carece de veracidad (Constitución, Art. 91). Ejemplo: En una comunidad de la provincia de Sucumbíos, el Ministerio de Ambiente otorgó una licencia ambiental para la construcción de una hidroeléctrica en uno de los ríos de esta provincia. Dicho río es utilizado por las comunidades para el riego de sus cultivos, consumo de uso humano y de sus animales. Las comunidades afectadas no tenían conocimiento de este proyecto, por lo tanto solicitaron al Ministerio de Ambiente la información respectiva. Sin embargo, dicha entidad negó tal solicitud bajo el argumento de que esa información es reservada. Aquí cabe el Recurso de Acceso a la Información Pública (Trujillo 2010). Garantía jurisdiccional de hábeas corpus Protege el derecho a la libertad cuando hay detención arbitraria; el derecho a la integridad física, cuando hay tortura; y, el derecho a la vida, cuando hay desaparición

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forzada (Arts. 89 y 90, Constitución 2008, Arts. 89 y 90). La acción de hábeas corpus (Art. 89) tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes. En dicha audiencia se deberá presentar la orden de detención, con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad. La jueza o juez resolverá dentro de las veinticuatro horas siguientes a la finalización de la audiencia. En caso de privación ilegítima o arbitraria, se dispondrá la libertad. La resolución que ordene la libertad se cumplirá de forma inmediata. Ejemplo: Una empresa palmicultora se instaló en tierras aledañas a una comunidad afroecuatoriana del norte de la provincia de Esmeraldas. La empresa cuenta con todos los permisos y licencia ambiental respectiva; sin embargo, los niños de la comunidad empiezan a enfermarse con afecciones a la piel. Se descubre que el río que atraviesa la comunidad está contaminado con pesticidas usados por la palmicultora. Los dirigentes de la comunidad hacen gestiones para que pare la contaminación, pero no tienen éxito. Cansados de la situación, realizan una protesta que es reprimida por los militares, quienes aducen que la zona es de seguridad nacional. Los militares toman bajo arresto a los dirigentes y los mantienen en su campamento militar, sometidos a intimidación, tortura física y psicológica. Luego inician un proceso de juzgamiento militar en contra de los detenidos, en una corte militar.

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Aquí es urgente un hábeas corpus.

Ejemplo: Luis Aguilar es titular de una cuenta corriente en un banco privado y quiere solicitar un préstamo hipotecario para ampliar su casa, pero el banco le niega el préstamo aduciendo que consta en la central de riesgos de instituciones financieras con categoría E; es decir, como una persona morosa. Luis jamás ha sacado ningún préstamo en ningún banco y solicita a la central de riesgos que le entregue la información completa de la institución bancaria, tipo de préstamo, monto del préstamo y demás detalles financieros. La central de riesgos se niega a dar la información y menos aún a sacarlo de la categoría E (moroso) en la que se encuentra. Aquí procede el hábeas data. (Trujillo 2010)

Rol y competencia institucional para la garantía de los derechos colectivos Mandato Constitucional La Constitución del 2008 define a la Policía Nacional como ―una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional‖ (Constitución 2008, Art. 163, en concordancia con el Art. 158). Está sujeta al poder civil, es obediente y no deliberante (Art. 159). El Presidente de la República es la máxima autoridad y designa a los integrantes del Alto Mando Policial. (Art. 147.16). Es importante tener claro que la misión que define la Constitución para la institución policial se resume en: •

Atender la seguridad ciudadana y el orden público



Proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas

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Si consideramos que la seguridad es un derecho fundamental, así como una de las condiciones necesarias para el disfrute del conjunto de los derechos humanos, podemos comprender por qué ahora la Policía Nacional es considerada como una institución de protección de derechos humanos. Así lo afirma el artículo 153 de la Constitución: ―Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos‖. En este marco, también se debe interpretar la protección interna y el mantenimiento del orden público como funciones exclusivas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional. (Art. 168).

Formación de la nueva Policía Nacional Para que la Policía Nacional pueda cumplir su nuevo rol, la actual Constitución (Art.163) determina que ―los miembros de la Policía Nacional tendrán una formación basada en derechos humanos, investigación especializada, prevención, control y prevención del delito y utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza‖, y que los ―servidoras y servidores de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional se formarán bajo los fundamentos de la democracia y de los derechos humanos, y respetarán la dignidad y los derechos de las personas sin discriminación alguna y con apego irrestricto al ordenamiento jurídico‖ Al igual que en las Fuerzas Armadas, las autoridades de la Policía Nacional serán responsables por las órdenes que impartan; tampoco la obediencia a las órdenes superiores eximirá de responsabilidad a quienes las ejecuten (Constitución 2008, Art. 159). La Constitución establece, además que los integrantes de la Policía Nacional ―no podrán hacer uso de prerrogativas derivadas de sus grados sobre los derechos de las personas‖ (Constitución 2008, Art. 160).

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La actual Constitución concibe a la Policía Nacional y a su personal como parte integrante de la sociedad democrática, por lo cual pueden participar en la vida política nacional a través del voto facultativo (Constitución 2008, Art. 62.2), pero no pueden ser candidatos o candidatas (Constitución 2008, Art. 113.8), tampoco pueden ser nombrados Ministro de Estado (Constitución 2008, Art. 152.3).

Policía Nacional y la seguridad de los pueblos y nacionalidades indígenas y el pueblo afroecuatoriano Dado que garantizar la seguridad es uno de los elementos clave de la misión constitucional de la Policía Nacional, conviene resaltar que la Ley de Seguridad Pública y del Estado establece que: ―La seguridad pública será integral para todos los habitantes del Ecuador, comunidades, nacionalidades, colectivos, para la sociedad en su conjunto, las instituciones públicas y privadas, y comprende acciones conjugadas de prevención, protección, defensa y sanción‖ (Art. 4. a). Así mismo, la ley establece que ―ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos y las garantías constitucionales de los habitantes, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos. Sólo en casos de estados de excepción podrá temporalmente limitarse el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito. Libertad de asociación y reunión, libertad de información de conformidad con la Constitución‖ (Art. 4.e). En ese mismo sentido, el Art. 23 de la LSPYE define a la seguridad ciudadana como "una política de Estado, destinada a fortalecer y modernizar los mecanismos necesarios para garantizar los derechos humanos, en especial el derecho a una vida libre de violencia y criminalidad, la disminución de los niveles de delincuencia, la protección de víctimas y el mejoramiento de la calidad de vida de todos los habitantes del Ecuador".

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El mismo artículo afirma que ―con el fin de lograr la solidaridad y la reconstitución del tejido social, se orientará a la creación de adecuadas condiciones de prevención y control de la delincuencia…; de la violencia social; y, de la violación a los derechos humanos. Se privilegiarán medidas preventivas y de servicio a la ciudadanía, registro y acceso a información, la ejecución de programas ciudadanos de prevención del delito y de erradicación de violencia de cualquier tipo, mejora de la relación entre la policía y la comunidad, la provisión y medición de la calidad en cada uno de los servicios, mecanismos de vigilancia, auxilio y respuesta, equipamiento tecnológico que permita a las instituciones vigilar, controlar, auxiliar e investigar los eventos que se producen y que amenazan a la ciudadanía‖.

Pautas para la acción policial en el Estado Plurinacional e Intercultural La Policía Nacional no sólo cumple sus funciones en situaciones de conflicto, confrontación o mediante el uso de la fuerza. En primer lugar cumple múltiples funciones de prevención y de servicio a la sociedad en general y, en particular, a la comunidad de su jurisdicción. Adicionalmente, no se debe olvidar que en las filas de la Policía Nacional también hay numerosas personas que pertenecen a comunidades, pueblos y nacionalidades.

Composición étnica de la Policía Nacional La superación de estas prácticas institucionales está sustentada en la disposición del artículo 160 de la Constitución que determina que ―Las personas aspirantes a la carrera militar y policial no serán discriminadas para su ingreso. La ley establecerá los requisitos específicos para los casos en que se requiera de habilidades, conocimientos o capacidades especiales‖.

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En tal sentido, el Plan Plurinacional Para Eliminar la Discriminación Racial y la Exclusión Étnica y Cultural (2009-2012) propone dentro su Programas de Fortalecimiento institucional para la Igualad que la Presidencia de la República, los Ministerios Coordinadores, la Senplades, la Senres, los Consejos Nacionales para la Igualdad junto con los Organismos de la Fuerza Pública promoverán un plan de acceso de los pueblos indígenas y afroecuatorianos a los cargos de alta decisión en la Fuerza Pública. Mencionaremos algunos casos que han llegado a conocimiento de la Defensoría del Pueblo (DPE): CASO UNO: El niño Milton Francisco Chaluiza Cunuay fue atropellado por un bus de la cooperativa Imbabura. El parte policial demoró más de cuatro días en llegar a la autoridad competente. La Defensoría del Pueblo demostró que el policía que conoció el caso retrasó su entrega porque negoció con el dueño del bus. La Defensoría del Pueblo logró que el dueño del bus indemnice a la víctima; sin embargo, se desconoce si el agente tuvo sanción en la Policía Nacional, a pesar que su actuación vulneraría el derecho a la defensa del menor, estaría afectando a la obligación de debida diligencia policial y configuraría indicios de corrupción (Expediente 20380, DPE). CASO DOS: Desalojos a comerciantes indígenas de la Unión de Organizaciones Indígenas Jatun Ayllu, que opera en el Distrito Metropolitano de Quito. Pese a existir acuerdo firmado con el Alcalde de la Ciudad, los desalojos persisten por parte de la policía y de las comisarías municipales (Caso DPE). CASO TRES: Detención de dirigentes indígenas. Se refiere a la represión policial y a las detenciones realizadas por la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, entre el 13 de marzo y 6 de abril del 2006, para controlar el levantamiento indígena convocado para impedir la firma del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos. En este caso, las organizaciones indígenas denunciaron una fuerte y desproporcionada represión en contra de los manifestantes; actitudes racistas y discriminatorias que se manifestaron cuando detenían a los

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dirigentes y cuando obligaban a los indígenas a bajarse de los buses donde se trasladaban hacia Quito, sean o no sean manifestantes (Expediente 25537, DPE). CASO CUATRO: Un niño de cinco años de edad, almorzando junto a sus padres en un salón de la ciudad de Otavalo, el 1 de enero del 2006, comentó a sus padres haber visto "años viejos de chapas" (muñecos de policías). En ese momento pasaba un oficial de policía que, al escucharlo, amenazó de manera violenta al padre del niño. Al salir del salón, dos policías detuvieron al padre, lo llevaron a la delegación policial dónde recibió maltrato físico, le realizaron prueba de alcoholemia, a partir de lo cual quedó detenido y recibió la sanción de 21 días de cárcel. Este caso no sólo violó la ley, sino que quedó en la impunidad a pesar de que el proceso defensorial demostró abuso de poder, violencia policial, vulneración de derechos humanos, racismo y discriminación. (Expediente 25058, DPE).

Intervención policial en comunidades: administración de la justicia indígena Otro importante ámbito de trabajo de la Policía Nacional está en la actuación de sus miembros en el campo de la justicia, cuando se trata de individuos, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas. En Ecuador, por mandato constitucional, la justicia no se expresa solamente en el sistema de justicia ordinaria, sino también en los sistemas de justicia indígena; por ello la Constitución de 2008 titula al capítulo cuarto ―Función Judicial y Justicia Indígena‖ y el artículo 171 reconoce a la justicia indígena. El reconocimiento de un sistema jurídico indígena o de la jurisdicción indígena no es puramente formal, tampoco este reconocimiento coloca al sistema de justicia indígena en situación de subordinación al sistema ordinario. El artículo 171 define las relaciones entre ambos sistemas sobre la base de su necesaria coordinación y cooperación, posibilitando así una interpretación intercultural de las leyes; esto significa que hay un reconocimiento de igualdad de los dos sistemas.

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Art. 171. Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales. El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de constitucionalidad. La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria. De otro lado, los artículos 57.9, 57.10 y 57.15 de la Constitución, reconocen los derechos al ejercicio y aplicación del derecho propio por parte de las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades, en el marco de la convivencia, organización social, generación y ejercicio de la autoridad, dentro de sus territorios, y a través de sus organizaciones propias de representación. Esto significa que en el marco de sus territorios ancestrales o territorios legalmente reconocidos, el Estado garantiza el ejercicio autonómico de tales derechos, lo cual supone la imposibilidad de una intervención no autorizada en ellos. Tal autorización, cuando no está expresamente prevista en la Constitución, corresponder realizarla al representante legítimo de la comunidad, pueblo o nacionalidad, pues de lo contrario se transformaría en arbitraria o violatoria de la Constitución. De manera tradicional, la intervención policial estaba justificada con la sola calificación de interés nacional o interés de preservar el orden público. Hoy, por el contrario, esa intervención debe incluir procedimientos que tomen en consideración los grados de autonomía que tienen las autoridades indígenas dentro de sus territorios. Estas intervenciones no pueden vulnerar los principios

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de autoridad, de convivencia comunitaria y de organización social, sino que deben contribuir a fortalecerlas.

La Policía Nacional está obligada a respetar y ejecutar las decisiones, tanto del sistema de justicia ordinaria como del sistema de la justicia indígena. Aquí es importante señalar que el artículo 171 establece que deben aplicarse normas y procedimientos para la solución de conflictos, tanto en el sistema de justicia ordinario como en el sistema de justicia indígena; además deben sujetarse a lo establecido en la propia Constitución y al respeto de los derechos humanos reconocidos en ella y en los instrumentos internacionales. El art. 429 de la Constitución destaca que la Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia. Esto significa que si se considera que en cualquiera de los sistemas de justicia existe algún tipo de violación de las disposiciones de la Constitución o de los derechos humanos, la Corte Constitucional deberá decidir sobre esto y la Policía Nacional deberá acatar lo resuelto por esta Corte.

La Policía Nacional puede intervenir a fin evitar acciones que pongan en riesgo la integridad física y hasta la vida de las personas que son acusadas de distintas infracciones a la ley. La confusión surge en algunos casos de justicia indígena en que se han aplicado normas y prácticas propias han tenido cobertura sensacionalista en los medios de comunicación y provocado debates polémicos. Las organizaciones de pueblos indígenas han subrayado que muchas de las opiniones que existen están basadas en falsas percepciones, prejuicios y el desconocimiento del tema. Por ejemplo, se ha dado gran cobertura a homicidios que, según los medios de comunicación, se han debido a la aplicación de la justicia indígena, cuando en realidad son linchamientos. El Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Philip Alston, tras su visita a Ecuador en el 2010, constató que los medios de comunicación y los

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funcionarios públicos confunden con demasiada frecuencia los linchamientos con la justicia indígena y que de hecho sus interlocutores —académicos, funcionarios y ONG— sólo pudieron mencionar un caso de condena a muerte dictada en un proceso formal de justicia indígena y que esa pena nunca se aplicó. Según el Relator Especial, esta confusión ―refuerza los estereotipos racistas y aviva el sentimiento anti indígena‖ (A/HRC/17/28/Add.2, p17). En el Ecuador, como en otros países de América Latina, está ampliamente demostrado que una gran parte del manejo y resolución de los conflictos en comunidades indígenas no se hace en aplicación de las leyes nacionales ni pasa por los órganos jurisdiccionales oficiales. Al contrario, se aplica lo que se llama el sistema de justicia indígena, que tiene su propia dinámica y que está anclado a su cosmovisión. Su normatividad está basada en sus percepciones sobre ―lo aceptable‖ y ―lo reprochable‖ que cada pueblo o nacionalidad posee. Además, las concepciones de la justicia están relacionadas con situaciones de desequilibrio y desorden a nivel personal, interpersonal y comunitario. Se aplican las prácticas del consejo, la reconciliación, la reinserción, las soluciones de fuerza intracomunales para llegar a una nueva armonía comunitaria. Hay que recordar que no existe un sistema único de justicia indígena, sino que existen tantos sistemas de derecho indígenas como nacionalidades, pueblos y comunidades indígenas existen, aun cuando algunas prácticas sean compartidas. Si partimos de constatar que hay varios sistemas de derecho indígenas y que no hay una sola práctica indígena, sino diversas prácticas particulares que corresponden a cada uno de los colectivos indígenas, quiere decir también que las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas tienen formas particulares de ver e interpretar la realidad y los asuntos que marcan la vida comunitaria (cosmovisión indígena).

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En las comunidades ocurren muchas transgresiones a normas sociales y comunitarias que causan desequilibrios como intranquilidad, enemistades entre las familias y mucha preocupación a la organización comunitaria. La consecuencia es la tristeza de las personas. La permanencia del llakien el colectivo implica una situación de desarmonía comunitaria. Para crear un nuevo estado de equilibrio las comunidades enfrentan los problemas, compartiéndolos y contándolos. Por eso, siempre empiezan diciendo: los problemas se resuelven hablando y dialogando; lo cual implica que ya en el análisis del problema está implícita la voluntad de resolverlo. Las formas de resolución y buscar un nuevo equilibrio tienen que ver con el tipo de problemas y de las partes involucradas. A manera de ilustración se presenta las prácticas comunes utilizadas por la nacionalidad y pueblos Kichwas de la Sierra, estos son: Por ejemplo, en el sistema de derecho indígena Kichwa de la Amazonía y de la Sierra, el concepto llaki, que denota tristeza, define la existencia de un problema y la necesidad de la activación de la justicia.

Debido Proceso en la Justicia Indígena Willachina, o willana, o aviso: lo que en el derecho ordinario equivaldría a la demanda y denuncia, pero en el derecho indígena es totalmente informal y se lo realiza generalmente en forma verbal. Tapuykuna, o tapuna, o averiguación: en los sistemas jurídicos indígenas no se conoce como investigación policial y judicial, porque la verdad de los hechos se obtiene a través de conversaciones con el sospechoso, careo y/o visitas. Killpichirinao resolución: que es tomada especialmente por consenso con los participantes, ya sean en las reuniones familiares, del cabildo o de la asamblea general. Los ritos de sanaciones, que se practica en las comunidades indígenas, van desde consejos de los familiares, padrinos, mayores y dirigentes; multas; trabajos comunitarios; ortigada; latigazos; baño con agua fría; hasta la expulsión

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de la comunidad. En todas las resoluciones se prioriza la naturaleza reparadora de la sanción y la reintegración en la comunidad. Paktachinao ejecución de la resolución: las resoluciones se ejecutan de manera inmediata. Las sanaciones a través del látigo, el baño de agua fría o la ortigada son realizadas por hombres o mujeres de buena reputación y honestidad. Generalmente, se trata de mayores de edad, padres, familiares, padrinos de matrimonio o bautizo, la autoridad indígena o líderes de la comunidad. Esta etapa concluye con la petición de perdón y agradecimiento de parte del infractor a los familiares, la comunidad y la PachaMama.

Caso de los 23 Afrodescendientes El domingo 13 de abril del 2008, un grupo de ciudadanos afroecuatorianos, en compañía de sus familias, se encontraba en el parque de La Carolina de la ciudad de Quito, realizando actividades recreativas y de convivencia social, cuando, aproximadamente a las 16:30, un operativo antidelincuencial, montado por la Policía Nacional, con alrededor de 100 agentes, acompañados por medios de comunicación (radio, prensa escrita y televisión), procedieron a detener a veinte y tres afroecuatorianos, bajo el argumento de que se encontraban en ―actitud sospechosa‖, pues no realizaban ninguna actividad deportiva, y no justificaban su presencia en el lugar. Los agentes de la policía argumentaron que la detención se debía a que existían varios casos de ciudadanos que habían denunciado haber sido asaltados en ese sector.

DECRETO 60 La Convención Internacional en Contra de todas formas de Discriminación Racial, aprobada por las Naciones Unidas, en 1965 y que fue ratificada por el Ecuador, nos indica en el marco del derecho Internacional denotara toda distinción,

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exclusión, restricción, o preferencia basado en motivo de raza, color, linaje, origen nacional o étnico, que tenga por objeto menoscabar el pleno goce de sus derechos deberes y oportunidades que tienen

establecidos en la Constitución y en los

instrumentos internacionales de derechos humanos. Como también nos habla de los derechos colectivos reconociendo de no ser objeto de racismo ni de ninguna forma de discriminación fundada en su origen, identidad étnica y cultural. Que en las diferentes encuetas que se ha realizado en nuestro país indica que el 65% de la población siente racismo y discriminación y el 76% hacia los afro ecuatorianos. El estado ha elaborado el Plan Plurinacional para eliminar la discriminación racial y la exclusión étnica y cultural que debe tener incidencia a nivel nacional con las mismas oportunidades dentro del ámbito laboral, desarrollo social, individual y colectivamente los ciudadanos/as afro ecuatorianos, nacionalidades y pueblos indígenas, montubios y mestizos.

DECRETA

Art

1.-La

ejecución

del

PLAN

PLURINACIONAL

PARA

ELIMINAR

LA

DISCRIMINACION RACIAL Y LA EXCLUSION ETNICA Y CULTURAL. Art 2.- Los 365 días del año, se combata al racismo y la discriminación racial y la construcción de una sociedad intercultural. Art 3.- Adoptar una política laboral para los sectores que históricamente han sido discriminados y así generar oportunidades de trabajo sin discriminación. Art 4.- En el concurso de merecimientos se adopte una política de igualdad étnica. Art 5.- Que en las fechas importantes se disponga al Ministerio de Educación y al Ministerios de Cultura, incluir a los pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubias en la efemérides patria, nombre de monumentos, plazas, parques avenidas, para fortalecer la interculturalidad y plurinacionalidad.

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6. Procedimientos con grupo de atención prioritaria

DINAPEN Ley Orgánica de la Policía Nacional - Art. 5.- El personal de la Policía Nacional, cualquiera que sea su especialidad o circunstancia en que se halle, tiene la obligación de intervenir en las funciones y casos de Policía, de acuerdo a lo contemplado en el artículo precedente, con la Constitución Política de la República y demás disposiciones legales Misión del manual de procedimientos Este manual proporcionará a los señores servidores policiales de la Policía Nacional en general los procedimientos apropiados que les ayudarán a desempeñar su trabajo con eficacia y eficiencia en los casos de prevención e intervención policial en los diferentes casos con niños, niñas y adolescentes. Objetivo General Velar por el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en todas las situaciones de riesgo que se presentaren, tal como lo establecen la Constitución de la República, Convenios Internacionales, Código de la Niñez y Adolescencia, y demás Leyes vigentes. Objetivos Específicos: a) Optimizar el trabajo operativo y el cumplimiento de la misión del Manual de Procedimientos, para dar un mejor servicio a la comunidad. b) Aplicar los procedimientos de acuerdo a lo determinado en el presente manual en beneficio de la comunidad, pero fundamentalmente de la niñez y adolescencia.

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c) Socializar el presente Manual a todas las Unidades policiales, así como también a las oficinas desconcentradas. EL

PROCEDIMIENTO

POLICIAL

EN MATERIA

DE

NIÑOS,

NIÑAS

Y

ADOLESCENTES

―Procedimiento Policial, son las formas y pasos que deben realizar los servidores policiales, basados en las normas legales, con el propósito de garantizar la vigencia de los derechos, intervenir en las diferentes situaciones de riesgo y precautelar la integridad física y psíquica de los niños, niñas y adolescentes‖.

Principios que rigen la intervención policial frente a la violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes Los niños, niñas y adolescentes son víctimas y nunca son responsables de las acciones u omisiones que cometen los adultos contra sus derechos, mediante los siguientes parámetros: 1. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra cualquier tipo de maltrato, violencia, abuso y explotación. 2. Todas las personas tienen la obligación y el deber de respetar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y garantizar el cumplimiento de los mismos. 3. Todas las personas que tengan conocimiento de la violación de un derecho contra los niños, niñas y adolescentes están obligadas a denunciarlos ante la autoridad competente y participar activamente para lograr la sanción correspondiente. La impunidad favorece a los responsables para que continúen con actividades delictivas. 4. Ningún servidor público en el ejercicio de su función debe sacar provecho personal de la situación de vulnerabilidad física, emocional y económica de los niños, niñas y adolescentes.

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5. Es función de los servidores policiales

del Ecuador brindar protección,

seguridad y apoyo a los niños, niñas y adolescentes en cualquier situación que se encuentren. 6. Todo servidor policial, deberá dar cumplimiento a los requerimientos administrativos y judiciales de las autoridades de la niñez y adolescencia a nivel nacional. 7. Los niños, niñas y adolescentes refugiados, tienen derecho a recibir protección humanitaria y la asistencia necesaria para el pleno disfrute de sus derechos. El mismo derecho asiste a sus progenitores y a las personas encargadas de su cuidado.

Procedimientos específicos para atender casos que involucra a Niños, niñas y adolescentes CASOS DE MALTRATO: FÍSICO, PSICOLÓGICO INSTITUCIONAL. (Cuando se trate de

una infracción sea en (delitos y contravenciones)

flagrante) El servidor policial debe proteger a la víctima, de ser necesario la trasladará a un centro de salud o a una institución de protección -

Debe comunicarse con los padres o parientes más cercanos (siempre que no sean los

-

agresores), para precautelar la integridad física y emocional del niño, niña o adolescente.

-

Debe notificar a la Fiscalía cuando se trate de un delito y a la Junta Cantonal de Protección de Derechos para que adopte la medida de protección correspondiente.

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-

El servidor policial debe detener al autor del hecho, recoger las evidencias, instrumentos, pruebas con los que se cometieron las infracciones y receptar los datos de la víctima, del (los) agresor (es) y de la (s) persona (s) que conocieron del hecho.

-

El servidor policial debe trasladar al autor del hecho a la fiscalía y Juez de Flagrancia (sí es un adulto) y/o al Fiscal de Adolescentes Infractores (sí el autor es adolescente de 12 a