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ACTA DE INTERVENCION POLICIAL ---En ________________________________, departamento de ___________, siendo las __________

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ACTA DE INTERVENCION POLICIAL ---En ________________________________, departamento de ___________, siendo las ___________ horas, del ____________, el suscrito SB PNP Martinez PEREZ Carlos, Jefe de la DIVITID-DA, recibió una llamada telefónica por parte de un agente de inteligencia informándole que cuatro personas de sexo masculino, quienes se encontraban, a bordo de un vehículo mayor con placa de rodaje B6Q-256, color negro, marca TOYOTA, modelo YARIS; se dirigían hacia las intersecciones de los Jirones Paseo de la Republica y Aramburu, en donde realizarían un pase de droga; asimismo uno de ellos llevaba consigo una mochila marca PORTA, color rojo y vestía de polera con capucha color negra, Short color marrón, de tés trigueña, de una estatura aproximada 1.60, de contextura gruesa y un tatuaje a la altura de la pantorrilla, pierna derecha de una cruz; motivo por el cual el suscrito, al mando de seis (06) Sub oficiales PNP, previa coordinación y participación con el Representante del Ministerio Público Fiscal Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID - Lima, nos constituimos a la intersección antes indicada, a bordo de la Unidad Móvil Policial de placa PH-11423, conducido por el SB PNP Hipsen CRUZ PEREA, con la finalidad de constatar la información recibida. Presentes en dicha intersección se observó que al frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 se encontraban cuatro personas de sexo masculino, quienes se encontraban apoyadas al costado derecho de un vehículo mayor de placa de rodaje B6Q-256, color negro, modelo YARIS, marca TOYOTA; vehículo estacionado con las puertas delanteras abiertas, asimismo se observó que una de las personas contaba con las características en jinformación recibida; por lo que se procedió a intervenir solicitándoles sus documentos personales personas que se identificaron como Cristiano Ronaldo Juanjo (28), natural del distrito y provincia de Santa María de Nieva, departamento de Amazonas, nacido el 01ENE1989, viudo, comerciante, con grado de instrucción secundaria completa, de padre don Agustín y madre doña Eufelia, identificado con DNI 47849778, con domicilio actual en la Av. Palmeras N°1225-Los Olivos-Lima; Miguel Ortiz Arroyo (20), natural del distrito la victoria, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, nacido el 10MAR1997, soltero, conductor, con grado de instrucción secundaria completa, de padre don Lazaro y madre doña Cecilia, identificado con DNI 01245480, de paso por esta ciudad, con domicilio actual en la ciudad de Chiclayo-Lambayeque, no precisando dirección exacta; Maycol Wong Chunga (19), natural del distrito comas, provincia de Lima, departamento de Lima, nacido el 25FEB1998, soltero, estudiante, de padre don Miguel y madre doña Carmen, identificado con DNI 01659872, con domicilio actual en la Av. Universitaria N°1258-Comas –Lima y Cleiner Gutiérrez Carrera (19), natural del distrito de Aguas verdes, provincia de Nueva Cajamarca, departamento de San Martín, nacido el 29FEB1998, soltero, estudiante, de padre don Carlos y madre doña Carmen, identificado con DNI 45859878, con domicilio actual en la Av. Manco Capac N°158-La victoria –Lima, el mismo que señalo ser el propietario del vehículo de placa B6Q-265; a quienes se les explico el motivo de nuestra presencia e intervención, procediendo a realizarles el registro correspondiente en donde se encontraron MUESTRAS, INDICIOS Y EVIDENCIAS, los mismas que se encuentran consignados respectivamente en las acta realizadas conforme a ley, que en el presente documento se adjunta; bienes y circunstancias las cuales indican que dichas personas intervenidas se encuentran en flagrancia de los presuntos Delitos Contra la Salud Publica en su modalidad como Tráfico Ilícito de Droga, Contra la Seguridad Publica, tipificado como Peligro Común en su modalidad de Tenencia Ilegal de Armas, delitos contra la fe Publica en su modalidad de Falsedad de Documentos; procediendo a su detención inmediata y a formular las actas respectivas que se desprenden de la presente intervención y a su vez establecido en la ley que las regula, las cuales se adjuntan a continuación: - Tres (03) actas de registro personal. - Tres (03) actas de lectura de derechos. - Tres (03) Notificaciones de detención. - Un (01) Acta de orientación, prueba de campo y descarte de presunta droga. - Un (01) Acta de llamada telefónica. - Un (01) Acta de pesaje y comiso de presunta droga.

-

Un (01) Un (01) Un (01) Cuatro (04) Cuatro (04) Cuatro (04) Cuatro (04) Un (01) Un (01) Un (01) Un (01) Una (01)

Acta de embalaje sellado y lacrado de presunta droga. Rotulo de evidencia Acta de cadena de custodia. Actas de Incautación de Evidencias. Actas de embalaje, sellado y lacrado. Rótulos de Evidencia. Actas de Cadena de Custodia. acta de Registro vehicular. acta de Situación vehicular. Acta de cadena de Custodia. acta de traslado de vehículo. Constancia de buen trato.

--- Siendo las 18:30 horas del mismo día se da por concluida la presente diligencia firmando a continuación los detenidos e imprimen su huella del dedo índice derecho, en señal de conformidad, el R.M.P., personal PNP, todos en presencia del instructor que certifica.

EL INSTRUCTOR

LOS INTERVENIDOS _____________________ CRISTIANO RONALDO JUANJO DNI 47849778 __________________________ MIGUEL ORTIZ ARROYO DNI N°01245480

PERSONAL PNP __________________________ MAYCOLWONG CHUNGA DNI N°01659872 _________________________ CLEINER GUTIERRES CARRERA DNI N° 45859878

EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO

ACTA DE REGISTRO PERSONAL --- En el distrito de San Isidro-Lima, siendo las 10:20 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Daniel TORRES GRANDEZ, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, el intervenido Cristiano Ronaldo Juanjo (28), natural del distrito y provincia de Santa María de Nieva, departamento de Amazonas, nacido el 01ENE1989, viudo, comerciante, con grado de instrucción secundaria completa, de padre don Agustín y madre doña Eufelia, identificado con DNI 47849778, con domicilio actual en la Av. Palmeras N°1225-Los OlivosLima; a quien previamente a efectuársele el Registro Personal, de acuerdo al artículo 210 del Nuevo Código Procesal Penal, se le invitó a que exhiba y entregue los bienes que lleve consigo, explicándole las razones de su ejecución; indicándole que tiene derecho a ser asistido en este acto por una persona de su confianza, siempre que este se pueda ubicar rápidamente y sea mayor de edad; al no contactarse con persona de su confianza ubicable rápidamente (por no contar con ningún número telefónico u otro medio), se procedió a realizar la diligencia de Registro Personal, con el siguiente resultado: 1. Para Drogas e IQPF----------------------------------------------------------------------- (Posible). - Porta una mochila color rojo, marca PORTA, de material poliéster, con dos bolsillos laterales, y dos compartimientos en la parte delantera (un grande y un pequeño), denominada EVIDENCIA N° 01; en el interior del compartimiento grande se encontraron CINCO (05), paquetes tipo ladrillo, de aproximadamente 20 cm de largo x12 cm de ancho x 8 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, por sus características al parecer Clorhidrato de Cocaína, las cuales se enumeran correlativamente del 01 al 05, y se denominan MUESTRA N°01-02-03-04-05 respectivamente, asimismo indica que dichas muestras no serían de su propiedad no señalando ningún otro detalle . 2. Medios de comunicación. -------------------------------------------------------------- (Positivo). - En el bolsillo delantero del short color marrón, que vestía, se encontró un (01) teléfono celular marca BLU, color turquesa/negro, con cámara en la parte posterior, en aparente buen estado de funcionamiento y en regular estado de conservación, que al ser marcado el código *#06# nos dio el IMEI 1 N° 356621060880203, IMEI 2 N° 356621060880211, y al marcar el código *#62# dio el número de abonado 942493475, de la empresa movistar, la cual es considerada como EVIDENCIA N°02.3. Moneda Nacional O Extranjera. ----------------------------------------- (Negativo) 4. Para Armamento y/o Munición.------------------------------------------ (Negativo) 5. Otros---------------------------------------------------------------------------- (Negativo) -- Siendo las 10:32 horas del mismo día se da por concluida la presente diligencia firmando el R.M.P., el intervenido, e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad en presencia del Instructor que certifica.

EL INSTRUCTOR

EL INTERVENIDO _____________________ CRISTIANO RONALDO JUANJO DNI 47849778

R.M.P

ACTA DE REGISTRO PERSONAL --- En el distrito de San Isidro-Lima, siendo las 10:34 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Carlos PALOMINO SANCHEZ, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Miguel Ortiz Arroyo (20), natural del distrito la victoria, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, nacido el 10MAR1997, soltero, conductor, con grado de instrucción secundaria completa, de padre don Lazaro y madre doña Cecilia, identificado con DNI 01245480, de paso por esta ciudad, con domicilio actual en la ciudad de Chiclayo-Lambayeque, no precisando dirección exacta; a quien previamente a efectuársele el Registro Personal, de acuerdo al artículo 210 del Nuevo Código Procesal Penal, se le invitó a que exhiba y entregue los bienes que lleve consigo, explicándole las razones de su ejecución; indicándole que tiene derecho a ser asistido en este acto por una persona de su confianza, siempre que este se pueda ubicar rápidamente y sea mayor de edad; al no contactarse con persona de su confianza ubicable rápidamente (por no contar con ningún número telefónico u otro medio), se procedió a realizar la diligencia de Registro Personal, con el siguiente resultado: 1. Para Drogas e IQPF-------------------------------------------------------------------- (Negativo). 2. Medios de comunicación. ------------------------------------------------------(Positivo). - Un (01) teléfono celular marca SAMSUNG, modelo ZK 2000, de pantalla táctil, color blanco y a los costados color plomo, en aparente buen estado de funcionamiento y regular estado de conservación, que al marcar el código *#06# dio el IMEI N°3596607446838402, y al marcar el código *#62#, nos dio el número de abonado 947552341, de la empresa MOVISTAR, el cual es considerado como EVIDENCIA N°01. 3. Moneda Nacional O Extranjera. ------------------------------------------------------ (Negativo). 4. Para Armamento y/o Munición.--------------------------------------------------------- (Positivo). - A la altura de la cintura parte posterior derecha, se encontró un (01) arma de fuego, tipo revolver, con empuñadura de madera, cañón corto, marca Smith Wesson, calibre 38, con serie ilegible, al parecer limada, abastecida con tres (03) cartuchos; el cual es considerada como EVIDENCIA N°02; cabe indicar que el intervenido Miguel Ortiz Arroyo (20), señala no contar con la licencia de autorización respectiva para portar dicha arma de fuego. 4. Otros------------------------------------------------------------------------------------------- (Positivo). En el bolsillo posterior, lado derecho del pantalón jean color azul del que viste, se encontró una bolsa tipo chequera, plástica, color negra, la cual contenía en su interior siete (07) Documentos de Identidad de diferentes personas, por sus características al parecer falsificados, a nombre de Carlos VELA HUTOR con N° 01521565, Jesenia CHAVEZ NUÑEZ con N° 47065432, Weimer GOMEZ HUAMAN con N° 01234352, Ivan CIEZA HERRERA con N° 47657898, Carlos VENTURA QUINTANILLA con N° 01783452, Arnold MALDONADO PIZARRO con N° 54231234 y Nataly DOMINGUEZ CHAVEZ con N° 47908765, nombres y DNI respectivamente, todos considerados como EVIDENCIA N°03. -- Siendo las 10:45 horas del mismo día se da por concluida la presente diligencia firmando el R.M.P., el intervenido, e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad y en presencia del Instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

EL INTERVENIDOS

__________________________ MIGUEL ORTIZ ARROYO DNI N°01245480 R.M.P.

ACTA DE REGISTRO PERSONAL --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las 10:47 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Carlos PALOMINO SANCHEZ, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Maycol Wong Chunga (19), natural del distrito comas, provincia de Lima, departamento de Lima, nacido el 25FEB1998, soltero, estudiante, de padre don Miguel y madre doña Carmen, identificado con DNI 01659872, con domicilio actual en la Av. Universitaria N°1258-Comas -Lima; a quien previamente a efectuársele el Registro Personal, de acuerdo al artículo 210 del Nuevo Código Procesal Penal, se le invitó a que exhiba y entregue los bienes que lleve consigo, explicándole las razones de su ejecución; indicándole que tiene derecho a ser asistido en este acto por una persona de su confianza, siempre que este se pueda ubicar rápidamente y sea mayor de edad; al no contactarse con persona de su confianza ubicable rápidamente (por no contar con ningún número telefónico u otro medio), se procedió a realizar la diligencia de Registro Personal, con el siguiente resultado: 1. Para Drogas e IQPF------------------------------------------------------- (Negativo). 2. Medios de comunicación. ---------------------------------------------- --- (Positivo). - En el interior del bolsillo delantero lado derecho, del pantalón que vestía, se encontró Un (01) teléfono celular marca ALCATEL ONETOUCH, color blanco/negro, en aparente buen estado de funcionamiento y en regular estado de conservación, el cual al ser marcado el código *#06#, dio el IMEI N°01383000250669, SVN:010 32, y al marcar el código *#62#, dio como número de abonado 957541743, de la empresa CLARO, el cual es considerado como EVIDENCIA N°01. 3. Moneda Nacional O Extranjera. ----------------------------------------- (Positivo). - en el bolsillo delantero, lado izquierdo, del pantalón que vestía se encontró un (01) billete de cien (100.00) soles con serie N° A2345687U, el cual es considerado como EVIDENCIA N° 02. 4. Para Armamento y/o Munición.------------------------------------------- (Positivo). - A la altura de la cintura parte posterior derecha, se encontró un (01) arma de fuego, tipo pistola, con empuñadura de baquelita, cañón corto, marca TAURUS, 9mm, con serie N° KAN24110, con cacerina abastecida con siete (07) cartuchos; el cual es considerada como EVIDENCIA N°03; cabe señalar que el intervenido Maycol Wong Chunga (19), indica haberse olvidado en su domicilio la licencia de autorización respectiva para portar dicha arma de fuego. 5. Otros---------------------------------------------------------------------------- (Positivo). -

En la mano derecha portaba consigo una bolsa tipo chequera, plástica, color blanco, la cual contenía en su interior siete (07) Pasaportes N° de diferentes personas, por sus características al parecer falsificados, estos con N° 0000806699 a nombre de Jose Benitez, de nacionalidad Mexicana; pasaporte N° A0123456, a nombre de Ana Maria PEREZ, de nacionalidad Colombiana; pasaporte N°D58094, a nombre de Giovany DURAN, d nacionalidad Mexicana; pasaporte N° AO123456, a nombre de Berrati Gomez, de nacionalidad colombiana; pasaporte N°

ZAB000221, a nombre de Carmen ESPAÑOLA, de nacionalidad española; pasaporte N° A000456, a nombre de Paolo GUSH, de nacionalidad EE. UU y pasaporte N° 00006578, a nombre de Berrati OCHOA, de nacionalidad colombiana, todos considerados como EVIDENCIA N°04. -- Siendo las 10:55 horas del mismo día se da por concluida la presente diligencia firmando el R.M.P., el intervenido, e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad y en presencia del Instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

EL INTERVENIDO

__________________________ MAYCOLWONG CHUNGA DNI N°01659872

EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO

ACTA DE REGISTRO PERSONAL --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las 10:57 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Daniel TORRES GRANDEZ, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Cleiner Gutiérrez Carrera (19), natural del distrito de Aguas verdes, provincia de Nueva Cajamarca, departamento de San Martín, nacido el 29FEB1998, soltero, estudiante, de padre don Carlos y madre doña Carmen, identificado con DNI 45859878, con domicilio actual en la Av. Manco Capac N°158-La victoria -Lima; a quien previamente a efectuársele el Registro Personal, de acuerdo al artículo 210 del Nuevo Código Procesal Penal, se le invitó a que exhiba y entregue los bienes que lleve consigo, explicándole las razones de su ejecución; indicándole que tiene derecho a ser asistido en este acto por una persona de su confianza, siempre que este se pueda ubicar rápidamente y sea mayor de edad; al no contactarse con persona de su confianza ubicable rápidamente (por no contar con ningún número telefónico u otro medio), se procedió a realizar la diligencia de Registro Personal, con el siguiente resultado: 1. Para Drogas e IQPF------------------------------------------------------ (Negativo). 2. Medios de comunicación. ------------------------------------------------ (Positivo). - Un (01) Celular marca NOKIA, de color negro con Plomo, de la empresa Movistar, en aparente buen estado de funcionamiento y regular estado de conservación, el cual al marcar el código *#62# dio como número de abonado 949407091, de la empresa de claro, y al marcar el código *#06#, dio el IMEI N° 011349/00/614678/9, con su respectiva batería y chip, el cual es considerado como EVIDENCIA N°01. 3. Moneda Nacional O Extranjera. ----------------------------------------- (Positivo). - Se encontró en el bolsillo posterior izquierdo del pantalón que vestía, diez (10) billetes de quinientos ($500.00) dólares, con inscripciones THE UNITED STATES OF AMERICA, con serie N° H00000069A, A87426024A, B49566515C, A32548795B, H98653415A, A56478934A, B45678967B, B23915698A, A98564352C y D98195634H, billetes que son considerados como EVIDENCIA N°02. 4. Para Armamento y/o Munición.----------------------------------------- (Negativo). 5. Otros ---------------------------------------------------------------------------- (Positivo). En el bolsillo delantero, lado derecho, se encontró una libreta pequeña, tipo agenda, con inscripciones en la parte de la pasta PAGODA, color negro, con hojas cuadriculadas, enumeradas del 1 al 100; en la hoja de numeración 03 a la 20, diversos números telefónico e inscripciones de nombres, de color azul; asimismo se encontró un recorte de papel pequeño, cuadriculado, con inscripciones de nombres CRISTIANO, MIGUEL Y MAYCOL, y los números telefónicos 947552341, 947552341 y 957541743 de color negro; ambos considerados como EVIDENCIA N°03. -- Siendo las 11:05 horas del mismo día se da por concluida la presente diligencia firmando el R.M.P., el intervenido, e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad y en presencia del Instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

EL INTERVENIDOS _________________________ CLEINER GUTIERRES CARRERA DNI N° 45859878

R.M.P.

POLICIA NACIONAL DEL PERU ACTA DE LECTURA DE DERECHOS AL INTERVENIDO DEPENDENCIA POLICIAL : DIRANDRO PNP/DIVITID-DA SE INFORMA A : _______________________________________ IDENTIFICADO CON : _______________________________________ QUE ES INTERVENIDO CON LOS CARGOS DE LOS PRESUNTOS DELITOS: Delitos Contra la Salud Publica en su modalidad de _____________________________________________________________, en agravio del estado peruano y otros. Y QUE EN DICHA CONDICION TIENE LOS SIGUIENTES DERECHOS (ART. 71 CPP) 1. Que, puede hacer valer por sí mismo o través de su Abogado Defensor, los derechos que la Constitución y las Leyes le conceden, desde su inicio de las primeras diligencias de investigación hasta la culminación del proceso. 2. Conocer los cargos formulados en su contra y, en caso de detención, a que se le exprese la causa o motivo de dicha medida, entregándosele la orden de detención girada en su contra, cuando corresponda. 3. Designar a la persona o institución a la que debe comunicársele su detención y que dicha comunicación se haga en forma inmediata. 4. Ser asistido desde los actos iniciales de investigación por un Abogado Defensor. 5. Abstenerse de declarar y si acepta hacerlo a que su Abogado Defensor esté presente en la declaración y en todas las diligencias en que se requiere su presencia. 6. Que no se emplee en su contra medios coactivos, intimidatorios o contrarios a su dignidad, ni a ser sometido a técnicas o métodos que conduzcan a alterar su libre voluntad o a sufrir una restricción no autorizada ni permitida por ley; y 7. Ser examinado por un médico legista o en su defecto por otro profesional de salud, cuando su estado de salud así lo requiera. MOTIVO DE LA DETENCION: ………………….., ……….. de mayo del 2017.

Firma Nombre Fecha Hora

: ____________________ :_____________________ :_____________________ :_____________________

HUELLA:

POLICIA NACIONAL DEL PERU ACTA DE LECTURA DE DERECHOS AL INTERVENIDO DEPENDENCIA POLICIAL: DIRANDRO PNP/DIVITID-DA. SE INFORMA A: Miguel Ortiz Arroyo (20) IDENTIFICADO CON: DNI 01245480. QUE ES INTERVENIDO CON LOS CARGOS DE LOS PRESUNTOS DELITOS: Delitos Contra la Salud Publica en su modalidad como Tráfico Ilícito de Droga, Contra la Seguridad Publica, tipificado como Peligro Común en su modalidad de Tenencia Ilegal de Armas, delitos contra la fe Publica en su modalidad de Falsedad de Documentos y otros, en agravio del estado peruano y otros. Y QUE EN DICHA CONDICION TIENE LOS SIGUIENTES DERECHOS (ART. 71 CPP) 1. Que, puede hacer valer por si mismo o través de su Abogado Defensor, los derechos que la Constitución y las Leyes le conceden, desde su inicio de las primeras diligencias de investigación hasta la culminación del proceso. 2. Conocer los cargos formulados en su contra y, en caso de detención, a que se le exprese la causa o motivo de dicha medida, entregándosele la orden de detención girada en su contra, cuando corresponda. 3. Designar a la persona o institución a la que debe comunicársele su detención y que dicha comunicación se haga en forma inmediata. 4. Ser asistido desde los actos iniciales de investigación por un Abogado Defensor. 5. Abstenerse de declarar y si acepta hacerlo a que su Abogado Defensor esté presente en la declaración y en todas las diligencias en que se requiere su presencia. 6. Que no se emplee en su contra medios coactivos, intimidatorios o contrarios a su dignidad, ni a ser sometido a técnicas o métodos que conduzcan a alterar su libre voluntad o a sufrir una restricción no autorizada ni permitida por ley; y 7. Ser examinado por un médico legista o en su defecto por otro profesional de salud, cuando su estado de salud así lo requiera. MOTIVO DE LA DETENCION: San Isidro, 08 de mayo del 2017.

Firma Nombre Fecha Hora

: ____________________ :_____________________ :_____________________ :_____________________

HUELLA:

POLICIA NACIONAL DEL PERU ACTA DE LECTURA DE DERECHOS AL INTERVENIDO DEPENDENCIA POLICIAL: SE INFORMA A: Maycol Wong Chunga (19) IDENTIFICADO CON: DNI 01659872 QUE ES INTERVENIDO CON LOS CARGOS DE LOS PRESUNTOS DELITOS: Delitos Contra la Salud Publica en su modalidad como Tráfico Ilícito de Droga, Contra la Seguridad Publica, tipificado como Peligro Común en su modalidad de Tenencia Ilegal de Armas, delitos contra la fe Publica en su modalidad de Falsedad de Documentos y otros, en agravio del estado peruano y otros. Y QUE EN DICHA CONDICION TIENE LOS SIGUIENTES DERECHOS (ART. 71 CPP) 1. Que, puede hacer valer por si mismo o través de su Abogado Defensor, los derechos que la Constitución y las Leyes le conceden, desde su inicio de las primeras diligencias de investigación hasta la culminación del proceso. 2. Conocer los cargos formulados en su contra y, en caso de detención, a que se le exprese la causa o motivo de dicha medida, entregándosele la orden de detención girada en su contra, cuando corresponda. 3. Designar a la persona o institución a la que debe comunicársele su detención y que dicha comunicación se haga en forma inmediata. 4. Ser asistido desde los actos iniciales de investigación por un Abogado Defensor. 5. Abstenerse de declarar y si acepta hacerlo a que su Abogado Defensor esté presente en la declaración y en todas las diligencias en que se requiere su presencia. 6. Que no se emplee en su contra medios coactivos, intimidatorios o contrarios a su dignidad, ni a ser sometido a técnicas o métodos que conduzcan a alterar su libre voluntad o a sufrir una restricción no autorizada ni permitida por ley; y 7. Ser examinado por un médico legista o en su defecto por otro profesional de salud, cuando su estado de salud así lo requiera. MOTIVO DE LA DETENCION: San Isidro, 08 de mayo del 2017.

Firma Nombre Fecha Hora

: ____________________ :_____________________ :_____________________ :_____________________

HUELLA:

POLICIA NACIONAL DEL PERU ACTA DE LECTURA DE DERECHOS AL NTERVENIDO DEPENDENCIA POLICIAL: SE INFORMA A: Cleiner Gutiérrez Carrera (19) IDENTIFICADO CON: DNI 45859878 QUE ES INTERVENDO CON LOS CARGOS DE LOS PRESUNTOS DELITOS: Delitos Contra la Salud Publica en su modalidad como Tráfico Ilícito de Droga, Contra la Seguridad Publica, tipificado como Peligro Común en su modalidad de Tenencia Ilegal de Armas, delitos contra la fe Publica en su modalidad de Falsedad de Documentos y otros, en agravio del estado peruano y otros. Y QUE EN DICHA CONDICION TIENE LOS SIGUIENTES DERECHOS (ART. 71 CPP) 1. Que, puede hacer valer por si mismo o través de su Abogado Defensor, los derechos que la Constitución y las Leyes le conceden, desde su inicio de las primeras diligencias de investigación hasta la culminación del proceso. 2. Conocer los cargos formulados en su contra y, en caso de detención, a que se le exprese la causa o motivo de dicha medida, entregándosele la orden de detención girada en su contra, cuando corresponda. 3. Designar a la persona o institución a la que debe comunicársele su detención y que dicha comunicación se haga en forma inmediata. 4. Ser asistido desde los actos iniciales de investigación por un Abogado Defensor. 5. Abstenerse de declarar y si acepta hacerlo a que su Abogado Defensor esté presente en la declaración y en todas las diligencias en que se requiere su presencia. 6. Que no se emplee en su contra medios coactivos, intimidatorios o contrarios a su dignidad, ni a ser sometido a técnicas o métodos que conduzcan a alterar su libre voluntad o a sufrir una restricción no autorizada ni permitida por ley; y 7. Ser examinado por un médico legista o en su defecto por otro profesional de salud, cuando su estado de salud así lo requiera. MOTIVO DE LA DETENCION: San Isidro, 08 de mayo del 2017.

Firma Nombre Fecha Hora

: ____________________ :_____________________ :_____________________ :_____________________

HUELLA:

POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

ACTA DE NOTIFICACIÓN DE DETENCIÓN Señor (a) : _________________________________________, identificado con DNI N° _______________, de nacionalidad Peruana, mediante la presente, se procede a poner de su conocimiento que ha sido DETENIDO, por la DIVADRO-PNP/DIVITID-DA, por la presunta comisión de los Delitos Contra la Salud Publica en su modalidad de ______________________________________________________________, en agravio del estado peruano y otros en consecuencia y por tal condición se le informa en este mismo acto que le asisten los siguientes derechos fundamentales: 1. 2. 3.

4. 5. 6. 7. 8.

A que se presuma inocente hasta que judicialmente sea declarada su responsabilidad por los hechos investigados. A ser informado de las razones de su detención. A ser asistido por un abogado de su elección, previa voluntad expresa o de sus familiares en el documento de apersonamiento, caso contrario se le asignara un abogado defensor de oficio. A que se le respete su integridad física y psíquica. A ser examinado por un Médico Legista o quien haga sus veces. A comunicarse telefónicamente con su familia, su representante legal u otra persona de su elección. A ser asistido por un intérprete en caso de no hablar el idioma español. A ser comunicado a su embajada o representante consular acreditado en el país, los motivos de su detención. ……………….., ……… de Mayo del 2017 ENTERADO

______________________

FECHA: __________ HORA: ___________

EL INSTRUCTOR

POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

ACTA DE NOTIFICACIÓN DE DETENCIÓN Señor (a) : Miguel Ortiz Arroyo (20), identificado con DNI N° 01245480, de nacionalidad Peruana, mediante la presente, se procede a poner de su conocimiento que ha sido DETENIDO, por la DIVADRO-PNP/DIVITID-DA, por la presunta comisión de los Delitos Contra la Salud Publica en su modalidad como Tráfico Ilícito de Droga, Contra la Seguridad Publica, tipificado como Peligro Común en su modalidad de Tenencia Ilegal de Armas, delitos contra la fe Publica en su modalidad de Falsedad de Documentos y otros, en agravio del estado peruano y otros en consecuencia y por tal condición se le informa en este mismo acto que le asisten los siguientes derechos fundamentales: 9. 10. 11.

12. 13. 14. 15. 16.

A que se presuma inocente hasta que judicialmente sea declarada su responsabilidad por los hechos investigados. A ser informado de las razones de su detención. A ser asistido por un abogado de su elección, previa voluntad expresa o de sus familiares en el documento de apersonamiento, caso contrario se le asignara un abogado defensor de oficio. A que se le respete su integridad física y psíquica. A ser examinado por un Médico Legista o quien haga sus veces. A comunicarse telefónicamente con su familia, su representante legal u otra persona de su elección. A ser asistido por un intérprete en caso de no hablar el idioma español. A ser comunicado a su embajada o representante consular acreditado en el país, los motivos de su detención.

ENTERADO

______________________

FECHA: __________ HORA: ___________

San Isidro 08 de Mayo del 2017 EL INSTRUCTOR

POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

ACTA DE NOTIFICACIÓN DE DETENCIÓN Señor (a) : Maycol Wong Chunga (19), identificado con DNI N° 01659872, de nacionalidad Peruana, mediante la presente, se procede a poner de su conocimiento que ha sido DETENIDO, por la DIVADRO-PNP/DIVITID-DA, por la presunta comisión de los Delitos Contra la Salud Publica en su modalidad como Tráfico Ilícito de Droga, Contra la Seguridad Publica, tipificado como Peligro Común en su modalidad de Tenencia Ilegal de Armas, delitos contra la fe Publica en su modalidad de Falsedad de Documentos y otros, en agravio del estado peruano y otros en consecuencia y por tal condición se le informa en este mismo acto que le asisten los siguientes derechos fundamentales: 17. A que se presuma inocente hasta que judicialmente sea declarada su responsabilidad por los hechos investigados. 18. A ser informado de las razones de su detención. 19. A ser asistido por un abogado de su elección, previa voluntad expresa o de sus familiares en el documento de apersonamiento, caso contrario se le asignara un abogado defensor de oficio. 20. A que se le respete su integridad física y psíquica. 21. A ser examinado por un Médico Legista o quien haga sus veces. 22. A comunicarse telefónicamente con su familia, su representante legal u otra persona de su elección. 23. A ser asistido por un intérprete en caso de no hablar el idioma español. 24. A ser comunicado a su embajada o representante consular acreditado en el país, los motivos de su detención.

ENTERADO

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FECHA: __________ HORA: ___________

San Isidro 08 de Mayo del 2017 EL INSTRUCTOR

POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

ACTA DE NOTIFICACIÓN DE DETENCIÓN Señor (a) : Cleiner GUTIERREZ CARRERA (19), identificado con DNI N° 45859878, de nacionalidad Peruana, mediante la presente, se procede a poner de su conocimiento que ha sido DETENIDO, por la DIVADRO-PNP/DIVITID-DA, por la presunta comisión de los Delitos Contra la Salud Publica en su modalidad como Tráfico Ilícito de Droga, Contra la Seguridad Publica, tipificado como Peligro Común en su modalidad de Tenencia Ilegal de Armas, delitos contra la fe Publica en su modalidad de Falsedad de Documentos y otros, en agravio del estado peruano y otros en consecuencia y por tal condición se le informa en este mismo acto que le asisten los siguientes derechos fundamentales: 25. A que se presuma inocente hasta que judicialmente sea declarada su responsabilidad por los hechos investigados. 26. A ser informado de las razones de su detención. 27. A ser asistido por un abogado de su elección, previa voluntad expresa o de sus familiares en el documento de apersonamiento, caso contrario se le asignara un abogado defensor de oficio. 28. A que se le respete su integridad física y psíquica. 29. A ser examinado por un Médico Legista o quien haga sus veces. 30. A comunicarse telefónicamente con su familia, su representante legal u otra persona de su elección. 31. A ser asistido por un intérprete en caso de no hablar el idioma español. 32. A ser comunicado a su embajada o representante consular acreditado en el país, los motivos de su detención.

ENTERADO

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FECHA: __________ HORA: ___________

San Isidro 08 de Mayo del 2017 EL INSTRUCTOR

ACTA DE LLAMADA TELEFONICA. --- En ______________________, siendo las ___________ horas del día ____________, presente en _________________________________________, el instructor _______________________________________, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, en presencia del SS PNP Carlos CAMUS SANCHEZ, procede a realizar la llamada telefónica, del número 947552480, de su propiedad, hacia el número celular 9897656789, el mismo que es contestado por la Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con CAL N°43992, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°12312° Piso, a quien se le solicito su presencia en el lugar antes indicado, señalándole lo sucedido, y el motivo dela llamada; la misma que indico que se dirigía hacia el lugar de los hechos. --- Siendo las __________ horas, del mismo día, se da por concluida la presente diligencia, firmando a continuación todos los participantes en señal de conformidad, en presencia del el Instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

TESTIGO

ACTA DE ORIENTACIÓN, PRUEBA DE CAMPO Y DESCARTE DE PRESUNTA DROGA. --- En el ________________________________, siendo las _________ horas, del _________, presente en____________________________________________________ _________________, el instructor ____________________________________, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado _______________________________________, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, el (los) intervenido(s)______________________________________________ _______________________________________________________________________, con quien(es) se procede a efectuar la presente diligencia de Orientación, Prueba de Campo y Descarte de Presunta Droga, con el resultado siguiente: ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ --- Siendo las _______ horas, del mismo día, se da por concluida la presente diligencia, firmando a continuación el (los) detenido(s) e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad, en presencia del representante del Ministerio Público y el Instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

EL (LOS) DETENIDOS

R.M.P

ACTA DE PESAJE DE PRESUNTA DROGA. --- En ___________________________________, siendo las _________ horas del ___________, presente en el________________________________________________, el instructor _________________________________________, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado ________________________________, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, la Abogada Defensora Publica ________________________________, con CAL N°_________; el (los) intervenido(s) _______________________, identificado con DNI_____________,___________________________________________________, con quienes se procede a efectuar la presente diligencia de pesaje de presunta droga, utilizando una balanza digital de precisión de marca CAMRY, modelo Q.C.PASSED N°01, color azul y plateado, serie N°57553, de propiedad de la DIRANDRO PNP/DIVITD, con capacidad de 2000 gramos, diligencia que se lleva a cabo conforme al detalle siguiente: ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________

--- Que, las MUESTRAS N°_____________________, al parecer Clorhidrato de Cocaína, arrojan un peso bruto total de __________ kg Aprox. --- Siendo las _________horas, del mismo día, se da por concluida la presente diligencia, firmando a continuación los detenidos e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad, en presencia del representante del Ministerio Público y el Instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

EL (LOS) DETENIDO(S)

R.P.M.

ACTA DE COMISO DE PRESUNTA DROGA.

--- En ___________________________________, siendo las _________ horas del ___________, presente en el________________________________________________, el instructor _________________________________________, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado ________________________________, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, la Abogada Defensora Publica ________________________________, con CAL N°_________; el (los) intervenido(s) _______________________, identificado con DNI_____________,___________________________________________________, con quienes se procede a efectuar el comiso de presunta droga conforme a lo siguiente: ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ --- Siendo las ______ horas, del mismo día, se da por concluida la presente diligencia, firmando a continuación los detenidos e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad, en presencia del representante del Ministerio Público y el Instructor que certifica.

EL INSTRUCTOR

R.P.M.

EL (LOS) DETENIDO(S)

ABOGADO DEFENSOR

RÓTULO DE INDICIOS, EVIDENCIAS Y/O ELEMENTOS RECOGIDOS. (EN CADENA DE CUSTODIA) INDICIO, EVIDENCIA O MUESTRA: MUESTRAS N°01, 02, 03, 04 y 05. CANTIDAD: CINCO (05). UNIDAD DE MEDIDA: GRAMOS. DEPENDENCIA, UNIDAD, DIVISIÓN QUE INTERVIENE: DIRANDRO PNP/DIVITID-DA LUGAR Y FECHA DE RECOLECCIÓN / DIRECCIÓN: EN EL FRONTIS DEL DOMICILIO SITO EN EL JR. ARAMBURU N° 1025 (REFERENCIA CRUCE DE LOS JIRONES ARAMBURU Y PASEO DE LA REPUBLICA)-SAN ISIDROLIMA DÍA: 08. MES: MAY. AÑO: 2017. HORA:12:10 DESCRIPCIÓN Y CONDICIÓN: --- Dentro de una (01) caja de cartón con inscripciones de letra color verde, marca GLORIA, de medida aproximada de 80 Cm. de largo, por 50 Cm. de ancho, por 40 Cm. de alto; el cual contiene en su interior: MUESTRA N°01 : Un (01) paquete tipo ladrillo, de medidas aproximadas 20 cm de largo x12 cm de ancho x 8 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, por sus características al parecer Clorhidrato de Cocaína, con un peso bruto total de 900.8 gramos Aprox. MUESTRA N°02 : Un (01) paquete tipo ladrillo, de medidas aproximadas 20 cm de largo x11 cm de ancho x 6 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, por sus características al parecer Clorhidrato de Cocaína, con un peso bruto total de 1000.5 gramos Aprox. MUESTRA N°03 : Un (01) paquete tipo ladrillo, de medidas aproximadas 18 cm de largo x11 cm de ancho x 8 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, por sus características al parecer Clorhidrato de Cocaína, con un peso bruto total de 978.2 gramos Aprox. MUESTRA N°04 : Un (01) paquete tipo ladrillo, de medidas aproximadas 20 cm de largo x12 cm de ancho x 8 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, por sus características al parecer Clorhidrato de Cocaína, con un peso bruto total de 987.5 gramos Aprox.

MUESTRA N°05 : Un (01) paquete tipo ladrillo, de medidas aproximadas 19 cm de largo x14 cm de ancho x 8 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, con un peso bruto total de 1080 gramos Aprox. TIPO DE EMBALAJE: EMBALADO CON CINTA ADHESIVA TRANSPARENTE. SERVIDOR QUE RECOLECTA EL BIEN: NOMBRE COMPLETO: Daniel TORRES GRANDEZ. DNI Nº: 45962481. CIP Nº: 31474513. CARGO O GRADO: S2. PNP. FIRMA: _________________________ FECHA DE EMBALAJE: DÍA: 08. MES: MAYO. AÑO: 2017. HORA:12:13 FIRMA DE AUTORIDADES Y DETENIDO

EL INSTRUCTOR

LOS INTERVENIDOS _____________________ CRISTIANO RONALDO JUANJO DNI 47849778 __________________________ MIGUEL ORTIZ ARROYO DNI N°01245480 __________________________ MAYCOLWONG CHUNGA DNI N°01659872 _________________________ CLEINER GUTIERRES CARRERA DNI N° 45859878

R.M.P.

ABOGADO DFENSOR

ACTA DE CADENA DE CUSTODIA INDICIOS, EVIDENCIAS O MUESTRAS: MUESTRAS N°01, 02, 03, 04 Y 05. DESCRIPCIÓN Y CONDICIÓN: --- Dentro de una (01) caja de cartón con inscripciones de letra color verde, marca GLORIA, de medida aproximada de 80 Cm. de largo, por 50 Cm. de ancho, por 40 Cm. de alto; el cual contiene en su interior: MUESTRA N°01 : Un (01) paquete tipo ladrillo, de medidas aproximadas 20 cm de largo x12 cm de ancho x 8 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, por sus características al parecer Clorhidrato de Cocaína, con un peso bruto total de 900.8 gramos Aprox. MUESTRA N°02 : Un (01) paquete tipo ladrillo, de medidas aproximadas 20 cm de largo x11 cm de ancho x 6 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, por sus características al parecer Clorhidrato de Cocaína, con un peso bruto total de 1000.5 gramos Aprox. MUESTRA N°03 : Un (01) paquete tipo ladrillo, de medidas aproximadas 18 cm de largo x11 cm de ancho x 8 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, por sus características al parecer Clorhidrato de Cocaína, con un peso bruto total de 978.2 gramos Aprox. MUESTRA N°04 : Un (01) paquete tipo ladrillo, de medidas aproximadas 20 cm de largo x12 cm de ancho x 8 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en Su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, por sus características al parecer Clorhidrato de Cocaína, con un peso bruto total de 987.5 gramos Aprox. MUESTRA N°05 : Un (01) paquete tipo ladrillo, de medidas aproximadas 19 cm de largo x14 cm de ancho x 8 cm de grosor, dichos ladrillos revestidos con cinta de embalaje color rojo, conteniendo en su interior sustancia pulverulenta color blanco, de forma compactada, con un peso bruto total de 1080 gramos Aprox. FECHA DE LEVANTAMIENTO: 08MAY2017 OCURRENCIA POLICIAL:

HORA:12:15.

ACTA DE INTERVENCIÓN POLICIAL, DE FECHA 08MAY2015. TIPO DE DELITO: CONTRA LA SALUD PUBLICA EN SU MODALIDAD COMO TRÁFICO ILÍCITO DE DROGA, CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA, TIPIFICADO COMO PELIGRO COMÚN EN SU MODALIDAD DE TENENCIA ILEGAL DE ARMAS, DELITOS CONTRA LA FE PUBLICA EN SU MODALIDAD DE FALSEDAD DE DOCUMENTOS Y OTROS, EN AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO Y OTROS EFECTIVO POLICIAL QUE REALIZA EL LEVANTAMIENTO: S3 PNP DANIEL TORRES GRANDEZ. LUGAR DONDE SE REALIZA: EN EL FRONTIS DEL DOMICILIO SITO EN EL JR. ARAMBURU N° 1025 (REFERENCIA CRUCE DE LOS JIRONES ARAMBURU Y PASEO DE LA REPUBLICA)-SAN ISIDROLIMA OBSERVACIONES: _______________________________________________________________ _______________________________________________________________

_________________________

ENTREGADO POR : ________________________________________ CIP Y CARGO : ________________________________________ FECHA Y HORA : ________________________________________ RECIBIDO POR : ________________________________________ LUGAR : ________________________________________ MOTIVO DEL TRASLADO : ________________________________________ SE ABRIÓ EMBALAJE :( ) Precisar motivo: ____________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ ENTREGUÉ CONFORME

_________________________

RECIBÍ CONFORME

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ACTA DE INCAUTACIÓN DE EVIDENCIAS. --- En ___________________________________, siendo las _________ horas del ___________, presente en el________________________________________________, el instructor _________________________________________, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado ________________________________, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, la Abogada Defensora Publica ________________________________, con CAL N°_________; el (los) intervenido(s) _______________________, identificado con DNI_____________,___________________________________________________, a quien luego de hacerle de conocimiento de los motivos de la intervención policial, asimismo del contenido del Artículo 214 y 259 del NCPP (incursión Policial en flagrancia de delito), se procedió a realizar la diligencia de INCAUTACIÓN, con el siguiente resultado: ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ --- Siendo las _________ horas del mismo día, se dio por concluido la presente diligencia firmando en señal de conformidad, todos los participantes; en presencia del Instructor quien certifica. EL INSTRUCTOR

R.M.P

EL DETENIDO

ABOGADO DEFENOR

ACTA DE INCAUTACIÓN DE EVIDENCIAS. --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las 12:36 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Carlos PALOMINO SANCHEZ, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con CAL N°43992, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; los intervenidos Miguel ORTIZ ARROYO (20), identificado con DNI 01245480 a quien luego de hacerle de conocimiento de los motivos de la intervención policial, asimismo del contenido del Artículo 214 y 259 del NCPP (incursión Policial en flagtrancia de delito), se procedió a realizar la diligencia de INCAUTACIÓN, con el siguiente resultado: 01. En este acto se procede a INCAUTAR: Un (01) teléfono celular marca SAMSUNG, modelo ZK 2000, de pantalla táctil, color blanco y a los costados color plomo, en aparente buen estado de funcionamiento y regular estado de conservación, que al marcar el código *#06# dio el IMEI N°3596607446838402, y al marcar el código *#62#, nos dio el número de abonado 947552341, de la empresa MOVISTAR, el cual es considerado como EVIDENCIA N°01; un (01) arma de fuego, tipo revolver, con empuñadura de madera, cañón corto, marca Smith Wesson, calibre 38, con serie ilegible, al parecer limada, abastecida con tres (03) cartuchos; el cual es considerada como EVIDENCIA N°02, una (01) bolsa tipo chequera, plástica, color negra, la cual contenía en su interior siete (07) Documentos de Identidad de diferentes personas, por sus características al parecer falsificados, a nombre de Carlos VELA HUTOR con N° 01521565, Jesenia CHAVEZ NUÑEZ con N° 47065432, Weimer GOMEZ HUAMAN con N° 01234352, Ivan CIEZA HERRERA con N° 47657898, Carlos VENTURA QUINTANILLA con N° 01783452, Arnold MALDONADO PIZARRO con N° 54231234 y Nataly DOMINGUEZ CHAVEZ con N° 47908765, nombres y DNI respectivamente, todos considerados como EVIDENCIA N°03. --- Siendo las 12:45 horas del mismo día, se dio por concluido la presente diligencia firmando en señal de conformidad, todos los participantes; en presencia del Instructor quien certifica. EL INSTRUCTOR

EL DETENIDO __________________________ MIGUEL ORTIZ ARROYO DNI N°01245480

R.M.P.

ABOGADO DEFENSOR.

ACTA DE INCAUTACIÓN DE EVIDENCIAS. --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las 13:02 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Carlos PALOMINO SANCHEZ, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con CAL N°43992, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Maycol WONG CHUNGA (19), identificado con DNI 01659872, a quien luego de hacerle de conocimiento de los motivos de la intervención policial, asimismo del contenido del Artículo 214 y 259 del NCPP (incursión Policial en flagtrancia de delito), se procedió a realizar la diligencia de INCAUTACIÓN, con el siguiente resultado: 01. En este acto se procede a INCAUTAR: Un (01) teléfono celular marca ALCATEL ONETOUCH, color blanco/negro, en aparente buen estado de funcionamiento y en regular estado de conservación, el cual al ser marcado el código *#06#, dio el IMEI N°01383000250669, SVN:010 32, y al marcar el código *#62#, dio como número de abonado 957541743, de la empresa CLARO, el cual es considerado como EVIDENCIA N°01, un (01) billete de cien (100.00) soles con serie N° A2345687U, el cual es considerado como EVIDENCIA N° 02, un (01) arma de fuego, tipo pistola, con empuñadura de baquelita, cañón corto, marca TAURUS, 9mm, con serie N° KAN24110, con cacerina abastecida con siete (07) cartuchos; el cual es considerada como EVIDENCIA N°03, una (01) bolsa tipo chequera, plástica, color blanco, la cual contenía en su interior siete (07) Pasaportes N° de diferentes personas, por sus características al parecer falsificados, estos con N° 0000806699 a nombre de José Benítez, de nacionalidad Mexicana; pasaporte N° A0123456, a nombre de Ana María PEREZ, de nacionalidad Colombiana; pasaporte N°D58094, a nombre de Giovanny DURAN, d nacionalidad Mexicana; pasaporte N° AO123456, a nombre de Bérrate Gómez, de nacionalidad colombiana; pasaporte N° ZAB000221, a nombre de Carmen ESPAÑOLA, de nacionalidad española; pasaporte N° A000456, a nombre de Paolo GUSH, de nacionalidad EE. UU y pasaporte N° 00006578, a nombre de Berrati OCHOA, de nacionalidad colombiana, todos considerados como EVIDENCIA N°04. --- Siendo las 13:08 horas del mismo día, se dio por concluido la presente diligencia firmando en señal de conformidad, todos los participantes; en presencia del Instructor quien certifica. EL INSTRUCTOR

R.M.P

EL DETENIDO __________________________ MAYCOLWONG CHUNGA DNI N°01659872 ABOGADO DFENSOR.

ACTA DE INCAUTACIÓN DE EVIDENCIAS. --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las 13:22 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Daniel TORRES GRANDEZ, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con CAL N°43992, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Cleiner GUTIERRES CARRERA (19), identificado con DNI 45859878, a quien luego de hacerle de conocimiento de los motivos de la intervención policial, asimismo del contenido del Artículo 214 y 259 del NCPP (incursión Policial en flagtrancia de delito), se procedió a realizar la diligencia de INCAUTACIÓN, con el siguiente resultado: 01. En este acto se procede a INCAUTAR: Un (01) Celular marca NOKIA, de color negro con Plomo, de la empresa Movistar, en aparente buen estado de funcionamiento y regular estado de conservación, el cual al marcar el código *#62# dio como número de abonado 949407091, de la empresa de claro, y al marcar el código *#06#, dio el IMEI N° 011349/00/614678/9, con su respectiva batería y chip, el cual es considerado como EVIDENCIA N°01, diez (10) billetes de quinientos ($500.00) dólares, con inscripciones THE UNITED STATES OF AMERICA, con serie N° H00000069A, A87426024A, B49566515C, A32548795B, H98653415A, A56478934A, B45678967B, B23915698A, A98564352C y D98195634H, billetes que son considerados como EVIDENCIA N°02, una libreta pequeña, tipo agenda, con inscripciones en la parte de la pasta PAGODA, color negro, con hojas cuadriculadas, enumeradas del 1 al 100; en la hoja de numeración 03 a la 20, diversos números telefónico e inscripciones de nombres, de color azul; asimismo se encontró un recorte de papel pequeño, cuadriculado, con inscripciones de nombres CRISTIANO, MIGUEL Y MAYCOL, y los números telefónicos 947552341, 947552341 y 957541743 de color negro; ambos considerados como EVIDENCIA N°03. --- Siendo las 13:30 horas del mismo día, se dio por concluido la presente diligencia firmando en señal de conformidad, todos los participantes; en presencia del Instructor quien certifica. EL INSTRUCTOR

EL DETENIDO

_________________________ CLEINER GUTIERRES CARRERA DNI N° 45859878

R.M.P.

ABOGADO DEFENSOR.

ACTA DE EMBALAJE, SELLADO Y LACRADO DE EVIDENCIAS. --- En ___________________________________, siendo las _________ horas del ___________, presente en el________________________________________________, el instructor _________________________________________, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado ________________________________, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, la Abogada Defensora Publica ________________________________, con CAL N°_________; el (los) intervenido(s) _______________________, identificado con DNI_____________,___________________________________________________, con quienes se procede a realizar el embalaje, sellado y lacrado de la presunta droga con el siguiente resultado: ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ --- Posteriormente dicha bolsa es debidamente sellada y lacrada conteniendo las firmas el instructor el Instructor_____________________________________, el Representante del Ministerio Público Abogado ______________________________, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica ______________________________________, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido________________________________________, para luego ser debidamente embalado con cinta adhesiva transparente. --- Siendo las __________ horas del mismo día, se da por concluida la presente diligencia, firmando a continuación los detenidos e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad, en presencia del representante del Ministerio Público, y el Instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

EL DETENIDO

RÓTULO DE INDICIOS, EVIDENCIAS Y/O ELEMENTOS RECOGIDOS. (EN CADENA DE CUSTODIA) INDICIO, EVIDENCIA O MUESTRA: EVIDENCIA: 01-02 CANTIDAD: ---------. UNIDAD DE MEDIDA: --------. DEPENDENCIA, UNIDAD, DIVISIÓN QUE INTERVIENE:DIRANDRO PNP/DIVITID-DA LUGAR Y FECHA DE RECOLECCIÓN / DIRECCIÓN:EN EL FRONTIS DEL DOMICILIO SITO EN EL JR. ARAMBURU N° 1025 (REFERENCIA CRUCE DE LOS JIRONES ARAMBURU Y PASEO DE LA REPUBLICA)-SAN ISIDRO-LIMA DÍA: 08. MES: MAY. AÑO: 2017. HORA: 12:32 DESCRIPCIÓN Y CONDICIÓN:--- dentro de una bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; el cual contiene en su interior: 01. EVIDENCIA N° 01: una (01) mochila color rojo, marca PORTA, de material poliéster, con dos bolsillos laterales, y dos compartimientos en la parte delantera (un grande y un pequeño). 02. EVIDENCIA N°02: un (01) teléfono celular marca BLU, color turquesa/negro, con cámara en la parte posterior, en aparente buen estado de funcionamiento y en regular estado de conservación, que al ser marcado el código *#06# nos dio el IMEI 1 N° 356621060880203, IMEI 2 N° 356621060880211, y al marcar el código *#62# dio el número de abonado 942493475, de la empresa movistar, la cual es considerada como. TIPO DE EMBALAJE: EMBALADO CON CINTA ADHESIVA TRANSPARENTE. SERVIDOR QUE RECOLECTA EL BIEN: NOMBRE COMPLETO: Daniel TORRES GRANDEZ. DNI Nº: 45962481. CIP Nº: 31474513. CARGO O GRADO: S3. PNP. FIRMA: _________________________ FECHA DE EMBALAJE: DÍA: 08. MES: MAYO. AÑO: 2017. HORA:12:34 FIRMA DE AUTORIDADES Y DETENIDO EL INSTRUCTOR

DETENIDO ____________________ CRISTIANO RONALDO JUANJO DNI 47849778

ACTA DE CADENA DE CUSTODIA INDICIOS, EVIDENCIAS O MUESTRAS: EVIDENCIA N°01 - 02. DESCRIPCIÓN Y CONDICIÓN: --- dentro de una bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; el cual contiene en su interior: 01. EVIDENCIA N° 01: una (01) mochila color rojo, marca PORTA, de material poliéster, con dos bolsillos laterales, y dos compartimientos en la parte delantera (un grande y un pequeño). 02. EVIDENCIA N°02: un (01) teléfono celular marca BLU, color turquesa/negro, con cámara en la parte posterior, en aparente buen estado de funcionamiento y en regular estado de conservación, que al ser marcado el código *#06# nos dio el IMEI 1 N° 356621060880203, IMEI 2 N° 356621060880211, y al marcar el código *#62# dio el número de abonado 942493475, de la empresa movistar, la cual es considerada como. FECHA DE LEVANTAMIENTO: 08MAY2017 HORA:12:35. OCURRENCIA POLICIAL: ACTA DE INTERVENCIÓN POLICIAL, DE FECHA 08MAY2015. TIPO DE DELITO: Contra La Salud Publica En Su Modalidad Como Tráfico Ilícito De Droga, Contra La Seguridad Publica, Tipificado Como Peligro Común En Su Modalidad De Tenencia Ilegal De Armas, Delitos Contra La Fe Publica En Su Modalidad De Falsedad De Documentos Y Otros, En Agravio Del Estado Peruano Y Otros. EFECTIVO POLICIAL QUE REALIZA EL LEVANTAMIENTO: S3 PNP DANIEL TORRES GRANDEZ. LUGAR DONDE SE REALIZA: En el frontis del domicilio sito en el jr. Aramburu n° 1025 (referencia cruce de los jirones Aramburu y Paseo de la República)-san isidro-lima. OBSERVACIONES: _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _________________________

ENTREGADO POR CIP Y CARGO FECHA Y HORA RECIBIDO POR LUGAR MOTIVO DEL TRASLADO SE ABRIÓ EMBALAJE

: ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ :( ) Precisar motivo: ____________________

ENTREGUÉ CONFORME

RECIBÍ CONFORME

ACTA DE EMBALAJE, SELLADO Y LACRADO DE EVIDENCIA. --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las 12:46 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Carlos PALOMINO SAMCHEZ, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con CAL N°43992, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Miguel ORTIZ ARROYO (20), identificado con DNI 01245480, con quienes se procede a realizar el embalaje, sellado y lacrado de la presunta droga con el siguiente resultado: --- En una (01) bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; en el cual se introduce: 01. EVIDENCIA N° 01: Un (01) teléfono celular marca SAMSUNG, modelo ZK 2000, de pantalla táctil, color blanco y a los costados color plomo, en aparente buen estado de funcionamiento y regular estado de conservación, que al marcar el código *#06# dio el IMEI N°3596607446838402, y al marcar el código *#62#, nos dio el número de abonado 947552341, de la empresa MOVISTAR. 02. EVIDENCIA N°02: un (01) arma de fuego, tipo revolver, con empuñadura de madera, cañón corto, marca Smith Wesson, calibre 38, con serie ilegible, al parecer limada, abastecida con tres (03) cartuchos 03. EVIDENCIA N°03: una (01) bolsa tipo chequera, plástica, color negra, la cual contenía en su interior siete (07) Documentos de Identidad de diferentes personas, por sus características al parecer falsificados, a nombre de Carlos VELA HUTOR con N° 01521565, Jesenia CHAVEZ NUÑEZ con N° 47065432, Weimer GOMEZ HUAMAN con N° 01234352, Ivan CIEZA HERRERA con N° 47657898, Carlos VENTURA QUINTANILLA con N° 01783452, Arnold MALDONADO PIZARRO con N° 54231234 y Nataly DOMINGUEZ CHAVEZ con N° 47908765, nombres y DNI respectivamente. --- Posteriormente dicha bolsa es debidamente sellada y lacrada conteniendo las firmas el instructor el Instructor S3 PNP Carlos PALOOMINO SANCHEZ, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Miguel ORTIZ ARROYO (20), identificado con DNI 01245480, para luego ser debidamente embalado con cinta adhesiva transparente. --- Siendo las 12:55 horas del mismo día, se da por concluida la presente diligencia, firmando a continuación los detenidos e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad, en presencia del representante del Ministerio Público, y el Instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

EL DETENIDO

__________________________

MIGUEL ORTIZ ARROYO DNI N°01245480

RÓTULO DE INDICIOS, EVIDENCIAS Y/O ELEMENTOS RECOGIDOS. (EN CADENA DE CUSTODIA) INDICIO, EVIDENCIA O MUESTRA: EVIDENCIA: 01-02 – 03. CANTIDAD: ---------. UNIDAD DE MEDIDA: --------. DEPENDENCIA, UNIDAD, DIVISIÓN QUE INTERVIENE: DIRANDRO PNP/DIVITID-DA LUGAR Y FECHA DE RECOLECCIÓN / DIRECCIÓN:EN EL FRONTIS DEL DOMICILIO SITO EN EL JR. ARAMBURU N° 1025 (REFERENCIA CRUCE DE LOS JIRONES ARAMBURU Y PASEO DE LA REPUBLICA)-SAN ISIDRO-LIMA DÍA: 08. MES: MAY. AÑO: 2017. HORA:12:56 DESCRIPCIÓN Y CONDICIÓN:--- dentro de una bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; el cual contiene en su interior: 01. EVIDENCIA N° 01: Un (01) teléfono celular marca SAMSUNG, modelo ZK 2000, de pantalla táctil, color blanco y a los costados color plomo, en aparente buen estado de funcionamiento y regular estado de conservación, que al marcar el código *#06# dio el IMEI N°3596607446838402, y al marcar el código *#62#, nos dio el número de abonado 947552341, de la empresa MOVISTAR. 02. EVIDENCIA N°02: un (01) arma de fuego, tipo revolver, con empuñadura de madera, cañón corto, marca Smith Wesson, calibre 38, con serie ilegible, al parecer limada, abastecida con tres (03) cartuchos. 03. EVIDENCIA N°03: una (01) bolsa tipo chequera, plástica, color negra, la cual contenía en su interior siete (07) Documentos de Identidad de diferentes personas, por sus características al parecer falsificados, a nombre de Carlos VELA HUTOR con N° 01521565, Jesenia CHAVEZ NUÑEZ con N° 47065432, Weimer GOMEZ HUAMAN con N° 01234352, Ivan CIEZA HERRERA con N° 47657898, Carlos VENTURA QUINTANILLA con N° 01783452, Arnold MALDONADO PIZARRO con N° 54231234 y Nataly DOMINGUEZ CHAVEZ con N° 47908765, nombres y DNI respectivamente. TIPO DE EMBALAJE: EMBALADO CON CINTA ADHESIVA TRANSPARENTE. SERVIDOR QUE RECOLECTA EL BIEN: NOMBRE COMPLETO: Carlos PALOMINO SANCHEZ. DNI Nº: 45962434. CIP Nº: 31474515. CARGO O GRADO: S3. PNP. FIRMA: _________________________ FECHA DE EMBALAJE: DÍA: 08. MES: MAYO. AÑO: 2017. HORA:12:58 FIRMA DE AUTORIDADES Y DETENIDO EL INSTRUCTOR INTERVENIDOS

ACTA DE CADENA DE CUSTODIA INDICIOS, EVIDENCIAS O MUESTRAS: EVIDENCIA N°01 – 02 -03. DESCRIPCIÓN Y CONDICIÓN: --- dentro de una bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; el cual contiene en su interior: 01. EVIDENCIA N° 01: una (01) mochila color rojo, marca PORTA, de material poliéster, con dos bolsillos laterales, y dos compartimientos en EVIDENCIA N° 01: Un (01) teléfono celular marca SAMSUNG, modelo ZK 2000, de pantalla táctil, color blanco y a los costados color plomo, en aparente buen estado de funcionamiento y regular estado de conservación, que al marcar el código *#06# dio el IMEI N°3596607446838402, y al marcar el código *#62#, nos dio el número de abonado 947552341, de la empresa MOVISTAR. 02. EVIDENCIA N°02: un (01) arma de fuego, tipo revolver, con empuñadura de madera, cañón corto, marca Smith Wesson, calibre 38, con serie ilegible, al parecer limada, abastecida con tres (03) cartuchos. 03. EVIDENCIA N°03: una (01) bolsa tipo chequera, plástica, color negra, la cual contenía en su interior siete (07) Documentos de Identidad de diferentes personas, por sus características al parecer falsificados, a nombre de Carlos VELA HUTOR con N° 01521565, Jesenia CHAVEZ NUÑEZ con N° 47065432, Weimer GOMEZ HUAMAN con N° 01234352, Ivan CIEZA HERRERA con N° 47657898, Carlos VENTURA QUINTANILLA con N° 01783452, Arnold MALDONADO PIZARRO con N° 54231234 y Nataly DOMINGUEZ CHAVEZ con N° 47908765, nombres y DNI respectivamente.la parte delantera (un grande y un pequeño). FECHA DE LEVANTAMIENTO: 08MAY2017 HORA:13:00. OCURRENCIA POLICIAL: ACTA DE INTERVENCIÓN POLICIAL, DE FECHA 08MAY2015. TIPO DE DELITO: Contra La Salud Publica En Su Modalidad Como Tráfico Ilícito De Droga, Contra La Seguridad Publica, Tipificado Como Peligro Común En Su Modalidad De Tenencia Ilegal De Armas, Delitos Contra La Fe Publica En Su Modalidad De Falsedad De Documentos Y Otros, En Agravio Del Estado Peruano Y Otros. EFECTIVO POLICIAL QUE REALIZA EL LEVANTAMIENTO: S3 PNP DANIEL TORRES GRANDEZ. LUGAR DONDE SE REALIZA: En el frontis del domicilio sito en el jr. Aramburu n° 1025 (referencia cruce de los jirones Aramburu y Paseo de la República)-san isidro-lima. OBSERVACIONES: _______________________________________________________________ _________________________

ENTREGADO POR CIP Y CARGO FECHA Y HORA RECIBIDO POR LUGAR

: ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________

MOTIVO DEL TRASLADO : ________________________________________E ABRIÓ EMBALAJE :( ) Precisar motivo: ____________________ ENTREGUÉ CONFORME RECIBÍ CONFORME ACTA DE EMBALAJE, SELLADO Y LACRADO DE EVIDENCIA. --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las 13:09 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Carlos PALOMINO SAMCHEZ, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con CAL N°43992, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Maycol WONG CHUNGA (19), identificado con DNI 01659872, con quienes se procede a realizar el embalaje, sellado y lacrado de la presunta droga con el siguiente resultado: --- En una (01) bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; en el cual se introduce: 01. EVIDENCIA N°01: Un (01) teléfono celular marca ALCATEL ONETOUCH, color blanco/negro, en aparente buen estado de funcionamiento y en regular estado de conservación, el cual al ser marcado el código *#06#, dio el IMEI N°01383000250669, SVN:010 32, y al marcar el código *#62#, dio como número de abonado 957541743, de la empresa CLARO. 02. EVIDENCIA N° 02: un (01) billete de cien (100.00) soles con serie N° A2345687U. 03. EVIDENCIA N°03: un (01) arma de fuego, tipo pistola, con empuñadura de baquelita, cañón corto, marca TAURUS, 9mm, con serie N° KAN24110, con cacerina abastecida con siete (07) cartuchos. 04. EVIDENCIA N°04: una (01) bolsa tipo chequera, plástica, color blanco, la cual contenía en su interior siete (07) Pasaportes N° de diferentes personas, por sus características al parecer falsificados, estos con N° 0000806699 a nombre de José Benítez, de nacionalidad Mexicana; pasaporte N° A0123456, a nombre de Ana María PEREZ, de nacionalidad Colombiana; pasaporte N°D58094, a nombre de Giovanny DURAN, d nacionalidad Mexicana; pasaporte N° AO123456, a nombre de Bérrate Gómez, de nacionalidad colombiana; pasaporte N° ZAB000221, a nombre de Carmen ESPAÑOLA, de nacionalidad española; pasaporte N° A000456, a nombre de Paolo GUSH, de nacionalidad EE. UU y pasaporte N° 00006578, a nombre de Berrati OCHOA, de nacionalidad colombiana. Posteriormente dicha bolsa es debidamente sellada y lacrada conteniendo las firmas el instructor el Instructor S3 PNP Carlos PALOOMINO SANCHEZ, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Maycol WONG CHUNGA (19), identificado con DNI 01659872, para luego ser debidamente embalado con cinta adhesiva transparente. --- Siendo las 13:15 horas del mismo día, se da por concluida la presente diligencia, firmando a continuación los detenidos e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad, en presencia del representante del Ministerio Público, y el Instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

EL DETENIDO __________________________ MAYCOLWONG CHUNGA

DNI N°01659872

RÓTULO DE INDICIOS, EVIDENCIAS Y/O ELEMENTOS RECOGIDOS. (EN CADENA DE CUSTODIA) INDICIO, EVIDENCIA O MUESTRA: EVIDENCIA: 01-02 – 03- 04. CANTIDAD: ---------. UNIDAD DE MEDIDA: --------. DEPENDENCIA, UNIDAD, DIVISIÓN QUE INTERVIENE:DIRANDRO PNP/DIVITID-DA LUGAR Y FECHA DE RECOLECCIÓN / DIRECCIÓN:EN EL FRONTIS DEL DOMICILIO SITO EN EL JR. ARAMBURU N° 1025 (REFERENCIA CRUCE DE LOS JIRONES ARAMBURU Y PASEO DE LA REPUBLICA)-SAN ISIDRO-LIMA DÍA: 08. MES: MAY. AÑO: 2017. HORA:13:16 DESCRIPCIÓN Y CONDICIÓN: --- dentro de una bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; el cual contiene en su interior: 01. EVIDENCIA N°01: Un (01) teléfono celular marca ALCATEL ONETOUCH, color blanco/negro, en aparente buen estado de funcionamiento y en regular estado de conservación, el cual al ser marcado el código *#06#, dio el IMEI N°01383000250669, SVN:010 32, y al marcar el código *#62#, dio como número de abonado 957541743, de la empresa CLARO. 02. EVIDENCIA N° 02: un (01) billete de cien (100.00) soles con serie N° A2345687U. 03. EVIDENCIA N°03: un (01) arma de fuego, tipo pistola, con empuñadura de baquelita, cañón corto, marca TAURUS, 9mm, con serie N° KAN24110, con cacerina abastecida con siete (07) cartuchos. 04. EVIDENCIA N°04: una (01) bolsa tipo chequera, plástica, color blanco, la cual contenía en su interior siete (07) Pasaportes N° de diferentes personas, por sus características al parecer falsificados, estos con N° 0000806699 a nombre de José Benítez, de nacionalidad Mexicana; pasaporte N° A0123456, a nombre de Ana María PEREZ, de nacionalidad Colombiana; pasaporte N°D58094, a nombre de Giovanny DURAN, d nacionalidad Mexicana; pasaporte N° AO123456, a nombre de Bérrate Gómez, de nacionalidad colombiana; pasaporte N° ZAB000221, a nombre de Carmen ESPAÑOLA, de nacionalidad española; pasaporte N° A000456, a nombre de Paolo GUSH, de nacionalidad EE. UU y pasaporte N° 00006578, a nombre de Berrati OCHOA, de nacionalidad colombiana. TIPO DE EMBALAJE: EMBALADO CON CINTA ADHESIVA TRANSPARENTE. SERVIDOR QUE RECOLECTA EL BIEN: NOMBRE COMPLETO: Carlos PALOMINO SANCHEZ. DNI Nº: 45962434. CIP Nº: 31474515. CARGO O GRADO: S3. PNP. FIRMA: _________________________ FECHA DE EMBALAJE: DÍA: 08. MES: MAYO. AÑO: 2017. HORA:13:18

FIRMA DE AUTORIDADES Y DETENIDOL INSTRUCTOR INTERVENIDOS

ACTA DE CADENA DE CUSTODIA INDICIOS, EVIDENCIAS O MUESTRAS: EVIDENCIA N°01 – 02 -03 – 04. DESCRIPCIÓN Y CONDICIÓN: --- dentro de una bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; el cual contiene en su interior: 01. EVIDENCIA N°01: Un (01) teléfono celular marca ALCATEL ONETOUCH, color blanco/negro, en aparente buen estado de funcionamiento y en regular estado de conservación, el cual al ser marcado el código *#06#, dio el IMEI N°01383000250669, SVN:010 32, y al marcar el código *#62#, dio como número de abonado 957541743, de la empresa CLARO. 02. EVIDENCIA N° 02: un (01) billete de cien (100.00) soles con serie N° A2345687U. 03. EVIDENCIA N°03: un (01) arma de fuego, tipo pistola, con empuñadura de baquelita, cañón corto, marca TAURUS, 9mm, con serie N° KAN24110, con cacerina abastecida con siete (07) cartuchos. 04. EVIDENCIA N°04: una (01) bolsa tipo chequera, plástica, color blanco, la cual contenía en su interior siete (07) Pasaportes N° de diferentes personas, por sus características al parecer falsificados, estos con N° 0000806699 a nombre de José Benítez, de nacionalidad Mexicana; pasaporte N° A0123456, a nombre de Ana María PEREZ, de nacionalidad Colombiana; pasaporte N°D58094, a nombre de Giovanny DURAN, d nacionalidad Mexicana; pasaporte N° AO123456, a nombre de Bérrate Gómez, de nacionalidad colombiana; pasaporte N° ZAB000221, a nombre de Carmen ESPAÑOLA, de nacionalidad española; pasaporte N° A000456, a nombre de Paolo GUSH, de nacionalidad EE. UU y pasaporte N° 00006578, a nombre de Berrati OCHOA, de nacionalidad colombiana. FECHA DE LEVANTAMIENTO: 08MAY2017 HORA:13:20. OCURRENCIA POLICIAL: ACTA DE INTERVENCIÓN POLICIAL, DE FECHA 08MAY2015. TIPO DE DELITO: Contra La Salud Publica En Su Modalidad Como Tráfico Ilícito De Droga, Contra La Seguridad Publica, Tipificado Como Peligro Común En Su Modalidad De Tenencia Ilegal De Armas, Delitos Contra La Fe Publica En Su Modalidad De Falsedad De Documentos Y Otros, En Agravio Del Estado Peruano Y Otros. EFECTIVO POLICIAL QUE REALIZA EL LEVANTAMIENTO: S3 PNP Carlos PALOMINO SANCHEZ. LUGAR DONDE SE REALIZA: En el frontis del domicilio sito en el jr. Aramburu n° 1025 (referencia cruce de los jirones Aramburu y Paseo de la República)-san isidro-lima. OBSERVACIONES: _______________________________________________________________ _________________________

ENTREGADO POR CIP Y CARGO FECHA Y HORA RECIBIDO POR LUGAR MOTIVO DEL TRASLADO

: ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________

SE ABRIÓ EMBALAJE

:(

ENTREGUÉ CONFORME

) Precisar motivo: ____________________ RECIBÍ CONFORME

ACTA DE EMBALAJE, SELLADO Y LACRADO DE EVIDENCIA. --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las13:33 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Daniel TORRES GRANDEZ, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con CAL N°43992, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Cleiner GUTIERREZ CARRERA (19), identificado con DNI 45859878, con quienes se procede a realizar el embalaje, sellado y lacrado de la presunta droga con el siguiente resultado: --- En una (01) bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; en el cual se introduce: 01. EVIDENCIA N°01: Un (01) Celular marca NOKIA, de color negro con Plomo, de la empresa Movistar, en aparente buen estado de funcionamiento y regular estado de conservación, el cual al marcar el código *#62# dio como número de abonado 949407091, de la empresa de claro, y al marcar el código *#06#, dio el IMEI N° 011349/00/614678/9. 02. EVIDENCIA N°02: diez (10) billetes de quinientos ($500.00) dólares, con inscripciones THE UNITED STATES OF AMERICA, con serie N° H00000069A, A87426024A, B49566515C, A32548795B, H98653415A, A56478934A, B45678967B, B23915698A, A98564352C y D98195634H, billetes. 03. EVIDENCIA N°03: una libreta pequeña, tipo agenda, con inscripciones en la parte de la pasta PAGODA, color negro, con hojas cuadriculadas, enumeradas del 1 al 100; en la hoja de numeración 03 a la 20, diversos números telefónico e inscripciones de nombres, de color azul; asimismo se encontró un recorte de papel pequeño, cuadriculado, con inscripciones de nombres CRISTIANO, MIGUEL Y MAYCOL, y los números telefónicos 947552341, 947552341 y 957541743 de color negro. Posteriormente dicha bolsa es debidamente sellada y lacrada conteniendo las firmas el instructor el Instructor S3 PNP Daniel TORRES GRANDEZ, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Cleiner GUTIERREZ CARRERA (19), identificado con DNI 45859878, para luego ser debidamente embalado con cinta adhesiva transparente. --- Siendo las 13:40 horas del mismo día, se da por concluida la presente diligencia, firmando a continuación los detenidos e imprimiendo su dedo índice derecho en señal de conformidad, en presencia del representante del Ministerio Público, y el Instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

EL DETENIDO

_________________________ CLEINER GUTIERRES CARRERA DNI N° 45859878

RÓTULO DE INDICIOS, EVIDENCIAS Y/O ELEMENTOS RECOGIDOS. (EN CADENA DE CUSTODIA) INDICIO, EVIDENCIA O MUESTRA: EVIDENCIA: 01-02 – 03. CANTIDAD: ---------. UNIDAD DE MEDIDA: --------. DEPENDENCIA, UNIDAD, DIVISIÓN QUE INTERVIENE: DIRANDRO PNP/DIVITID-DA LUGAR Y FECHA DE RECOLECCIÓN / DIRECCIÓN: EN EL FRONTIS DEL DOMICILIO SITO EN EL JR. ARAMBURU N° 1025 (REFERENCIA CRUCE DE LOS JIRONES ARAMBURU Y PASEO DE LA REPUBLICA)-SAN ISIDROLIMA DÍA: 08. MES: MAY. AÑO: 2017. HORA: 13:42 DESCRIPCIÓN Y CONDICIÓN: --- dentro de una bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; el cual contiene en su interior: 01. EVIDENCIA N°01: Un (01) Celular marca NOKIA, de color negro con Plomo, de la empresa Movistar, en aparente buen estado de funcionamiento y regular estado de conservación, el cual al marcar el código *#62# dio como número de abonado 949407091, de la empresa de claro, y al marcar el código *#06#, dio el IMEI N° 011349/00/614678/9. 02. EVIDENCIA N°02: diez (10) billetes de quinientos ($500.00) dólares, con inscripciones THE UNITED STATES OF AMERICA, con serie N° H00000069A, A87426024A, B49566515C, A32548795B, H98653415A, A56478934A, B45678967B, B23915698A, A98564352C y D98195634H, billetes. 03. EVIDENCIA N°03: una libreta pequeña, tipo agenda, con inscripciones en la parte de la pasta PAGODA, color negro, con hojas cuadriculadas, enumeradas del 1 al 100; en la hoja de numeración 03 a la 20, diversos números telefónico e inscripciones de nombres, de color azul; asimismo se encontró un recorte de papel pequeño, cuadriculado, con inscripciones de nombres CRISTIANO, MIGUEL Y MAYCOL, y los números telefónicos 947552341, 947552341 y 957541743 de color negro. TIPO DE EMBALAJE: EMBALADO CON CINTA ADHESIVA TRANSPARENTE. SERVIDOR QUE RECOLECTA EL BIEN: NOMBRE COMPLETO: Daniel TORRES GRANDEZ. DNI Nº: 45962434. CIP Nº: 31474515. CARGO O GRADO: S3. PNP. FIRMA: _________________________ FECHA DE EMBALAJE: DÍA: 08. MES: MAYO. AÑO: 2017. HORA:13:44 FIRMA DE AUTORIDADES Y DETENIDO EL INSTRUCTOR INTERVENIDOS

ACTA DE CADENA DE CUSTODIA INDICIOS, EVIDENCIAS O MUESTRAS: EVIDENCIA N°01 – 02 -03. DESCRIPCIÓN Y CONDICIÓN: --- dentro de una bolsa plástica transparente, mediana, con cierre hermético; el cual contiene en su interior: 01. EVIDENCIA N°01: Un (01) Celular marca NOKIA, de color negro con Plomo, de la empresa Movistar, en aparente buen estado de funcionamiento y regular estado de conservación, el cual al marcar el código *#62# dio como número de abonado 949407091, de la empresa de claro, y al marcar el código *#06#, dio el IMEI N° 011349/00/614678/9. 02. EVIDENCIA N°02: diez (10) billetes de quinientos ($500.00) dólares, con inscripciones THE UNITED STATES OF AMERICA, con serie N° H00000069A, A87426024A, B49566515C, A32548795B, H98653415A, A56478934A, B45678967B, B23915698A, A98564352C y D98195634H, billetes. 03. EVIDENCIA N°03: una libreta pequeña, tipo agenda, con inscripciones en la parte de la pasta PAGODA, color negro, con hojas cuadriculadas, enumeradas del 1 al 100; en la hoja de numeración 03 a la 20, diversos números telefónico e inscripciones de nombres, de color azul; asimismo se encontró un recorte de papel pequeño, cuadriculado, con inscripciones de nombres CRISTIANO, MIGUEL Y MAYCOL, y los números telefónicos 947552341, 947552341 y 957541743 de color negro. FECHA DE LEVANTAMIENTO: 08MAY2017 HORA:13:45 OCURRENCIA POLICIAL: ACTA DE INTERVENCIÓN POLICIAL, DE FECHA 08MAY2015. TIPO DE DELITO: Contra La Salud Publica En Su Modalidad Como Tráfico Ilícito De Droga, Contra La Seguridad Publica, Tipificado Como Peligro Común En Su Modalidad De Tenencia Ilegal De Armas, Delitos Contra La Fe Publica En Su Modalidad De Falsedad De Documentos Y Otros, En Agravio Del Estado Peruano Y Otros. EFECTIVO POLICIAL QUE REALIZA EL LEVANTAMIENTO: S3 PNP DANIEL TORRES GRANDEZ. LUGAR DONDE SE REALIZA: En el frontis del domicilio sito en el jr. Aramburu n° 1025 (referencia cruce de los jirones Aramburu y Paseo de la República)-san isidro-lima. OBSERVACIONES: _______________________________________________________________ _________________________

ENTREGADO POR CIP Y CARGO FECHA Y HORA RECIBIDO POR LUGAR MOTIVO DEL TRASLADO SE ABRIÓ EMBALAJE

: ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ : ________________________________________ :( ) Precisar motivo: ____________________

ENTREGUÉ CONFORME

RECIBÍ CONFORME

ACTA DE REGISTRO VEHICULAR E INCAUTACION. --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las 13:55 horas del 08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Carlos PALOMINO SAMCHEZ, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con CAL N°43992, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Cleiner GUTIERREZ CARRERA (19), identificado con DNI 45859878 a quien previamente al efectuársele el Registro Vehicular, de acuerdo a los artículos 210 y 213 del Nuevo Código Procesal Penal, se le invitó a que exhiba y entregue los bienes que lleve consigo, explicándole las razones de su ejecución. Asimismo se le hizo de conocimiento que tiene derecho a ser asistido en este Acto por una persona de su confianza, siempre que este se pueda ubicar rápidamente y sea mayor de edad; al no contactarse con persona de su confianza ubicable rápidamente, se procedió a realizar el Registro Vehicular; con el siguiente resultado: - PARA DROGAS – INSUMOS----------------------NEGATIVO - PARA MONEDA NAC./EXTRAN.-----------------NEGATIVO - PARA JOYAS- ALHAJAS---------------------------NEGATIVO - PARA ARMAS MUNIC/EXPLOS.----------------NEGATIVO - PARA OTROS: ----------------------------------------NEGATIVO ---En este acto se procede a la incautación del presente vehículo a fin de realizar las diligencias de ley correspondientes las mismas que se desprenden de la presente investigación. ---Siendo las 14:10 horas del mismo día se dio por concluido la presente diligencia firmando en señal de conformidad, los participantes en la misma; Representante del Ministerio Publico, en presencia del instructor que certifica.-EL INSTRUCTOR

PROPIETARIO DEL VEHICULO

ACTA DE SITUACIÓN DE VEHÍCULO MAYOR --- --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las 14:25 horas del 08MAY2017, presente

en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Carlos PALOMINO SAMCHEZ, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con CAL N°43992, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Cleiner GUTIERREZ CARRERA (19), identificado con DNI 45859878, se procede a realizar la presente Acta de Situación de vehículo mayor, conforme se detalla: PLACA Nº B6Q-256, CLASE: vehículo mayor MARCA: TOYOTA, AÑO FAB.: 2015, MODELO: YARIS, COLOR: negro, MOTOR y SERIE ilegibles. PARTE EXTERIOR: FARO GRANDE DEL: si FARO CHICO DEL: SI FAROSPOSTERIORES: SI BISELES: SI LUNAS: SI LLANTAS: SI LLANTA DE REPUESTO: NO LIMPIA PARABRISAS: SI (ROTO) VASOS: SI ESPEJO EXTERIOR: SI PARACHOQUES: SI PARABRISAS: SI CHAPAS: SI ANTENAS: NO

PARTE INTERIOR: TABLERO: SI CHAPA DE CONTACTO: RADIO: SI ENCENDEDOR: NO CODERAS: SI PARASOLES: SI MANIJAS: SI ESPEJO INTERIOR: SI GATA: SI LLAVE DE RUEDAS: PARLANTES: SI ASIENTOS: SI CENICEROS: NO PISOS: NO

SI

SI

OTROS: El vehículo se encuentra en regular estado de conservación. MOTOR: BATERIA: SI CHICOTES: SI RADIADOR: SI VARILLA M. ACEITE: SI ARRANCADOR: SI DISTRIBUIDOR: ----------ALTERNADOR: -------BOBINA: -------CARBURADOR: SI TAPA DE ACEITE: ---------PURIFICADOR: --------BUJIAS: --------

OBSERVACIÓN: El vehículo se encuentra en aparente buen estado de funcionamiento, consignando en la presente lo visualizado por el instructor y los participantes. --- Siendo las 14:35 horas del mismo día, se levanta la presente acta firmando a continuación el intervenido en señal de conformidad y en presencia del instructor que certifica.

ACTA DE TRASLADO DE VEHÍCULO MAYOR --- --- En el distrito de San Isidro - Lima, siendo las 14:45 horas del

08MAY2017, presente en el frontis del domicilio sito en el Jr. Aramburu N° 1025 (referencia cruce de los Jirones Aramburu y Paseo de la Republica), el instructor S3 PNP Carlos PALOMINO SAMCHEZ, perteneciente a la DIRANDRO PNP/DIVITID-DA, el Representante del Ministerio Público Abogado Carlos LLERENA GONZALES, Fiscal Provincial de la FPETID – Lima, Abogada Defensora Publica Elizabeth CASTRO PEREIRA, con CAL N°43992, con domicilio procesal en el Jr. Próceres N°1231-2° Piso; el intervenido Cleiner GUTIERREZ CARRERA (19), identificado con DNI 45859878, se procede a realizar la presente Acta conforme al detalle siguiente:

01. En este acto se procede al traslado del vehículo mayor, conforme se detalla: PLACA Nº B6Q-256, CLASE: vehículo mayor MARCA: TOYOTA, AÑO FAB.: 2015, MODELO: YARIS, COLOR: negro, MOTOR y SERIE ilegibles, de propiedad de Cleiner GUTIERREZ CARRERA (19), identificado con DNI 45859878, conducido por el S2 PNP Cristian OBLITAS VILLANUEVA, puesto que no se cuenta con la grúa respectiva; hacia las instalaciones de la DIRANDRO PNP, con la finalidad de continuar con las diligencias de la presente investigación. --- Siendo las 15:20 horas del mismo día se da por concluida la presente diligencia, firmando a continuación todos los participantes en señal de conformidad en presencia del instructor que certifica. EL INSTRUCTOR

CONDUCTOR

EL DETENIDO

R.M.P.

ABOGADO DEFENSOR