Modelo de Adenda de Prorroga de Contrato de Arrendamiento

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“Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres” “Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”

TERCERA ADENDA AL CONTRATO N° 058-2017-MINEDU/SG-OGA-OL CONTRATACIÓN DIRECTA N°007-2017-MINEDU/UE 024 “SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE PARA LAS OFICINAS DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PERUANA” Conste por el presente documento, la Tercera Adenda al Contrato N° 058-2017-MINEDU/SGOGA-OL, que celebra de una parte el MINISTERIO DE EDUCACIÓN – SEDE CENTRAL, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20131370998, con domicilio legal en Calle Del Comercio N° 193, Distrito de San Borja, Provincia y Departamento de Lima, debidamente representada por la Jefa de la Oficina General de Administración, señora CECILIA DEL CARMEN SOBRINO AMPUERO, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 07633746, designada mediante Resolución Ministerial Nº 042-2018-MINEDU y debidamente facultada por Resolución Ministerial N° 735-2018-MINEDU1; y de otra parte; la señora ANA MARÍA RAMONA PASTOR HUAPAYA, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 07732171 y RUC N° 10077321719, debidamente representada por la señora NORA BEATRIZ SCHOOF CHÁVEZ identificada con Documento Nacional de Identidad N° 08766884, según poder inscrito en la Partida N°14388002 de la Zona Registral N° IX- Sede Lima, con domicilio legal en Calle Jean Sibelius N°183, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, a quien en adelante se le denominará LA CONTRATISTA; bajo los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha 02 de mayo de 2017, LA ENTIDAD y LA CONTRATISTA, suscribieron el Contrato N° 058-2017-MINEDU/SG-OGA-OL derivada de la Contratación Directa Nº 007-2017MINEDU/UE 024, para la contratación del “Servicio de Arrendamiento de Inmueble para las Oficinas del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana”, por el monto total ascendente a S/ 208,416.00 (Doscientos ocho mil cuatrocientos dieciséis con 00/100 Soles), incluido todos los impuestos de ley, con un plazo de ejecución de veinticuatro (24) meses. Con fecha 02 de mayo de 2019, LA ENTIDAD y LA CONTRATISTA suscribieron la Primera Adenda al Contrato N° 058-2017-MINEDU/SG-OGA-OL cuyo objeto fue prorrogar la vigencia del contrato por el plazo de seis (06) meses, contabilizados a partir del día 03 de mayo 2019 hasta el 02 de noviembre de 2019. Con fecha 25 de octubre de 2019, LA ENTIDAD y LA CONTRATISTA suscribieron la Segunda Adenda al Contrato N° 058-2017-MINEDU/SG-OGA-OL cuyo objeto fue prorrogar la vigencia del contrato por el plazo de dos (02) meses adicionales, contabilizados a partir del día 03 de noviembre de 2019, el mismo que culminará el próximo 02 de enero de 2020. Con Memorándum N°613-2019-MINEDU-FONDEP de fecha 14 de noviembre de 2019, el Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana-FONDEP, solicitó disponer las acciones necesarias para la prórroga del contrato de arrendamiento, y mediante Memorándum N°251-2019-MINEDU/SG-OGA-OL-MANT de fecha 09 de diciembre de 2019, la Coordinación de Mantenimiento, señaló que efectivamente estando próximo a vencer la Segunda Adenda al Contrato N° 058-2017-MINEDU/SG-OGA-OL, es necesaria la prórroga del inmueble ubicado en Av. Paseo del Bosque N° 936-940- San Borja, toda vez que el local hacia donde será trasladado el personal de FONDEP, se encuentra aún en proceso de acondicionamiento, por lo que recomienda prorrogar el plazo de arrendamiento por el periodo de un (01) mes. 1

De acuerdo al Fe de Erratas publicado en el Diario “El Peruano” el 6 de enero 2019

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Sobre el particular, es preciso indicar que el numeral 120.6 del artículo 120 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado con Decreto Supremo N° 350-2015-EF y modificado mediante Decreto Supremo N° 056-2017-EF, vigente a la fecha de suscripción del mencionado contrato, señala lo siguiente: “Artículo 120.- Plazo de ejecución contractual (…) 120.6. Cuando se trate de arrendamiento de bienes inmuebles, el plazo puede ser hasta por un monto máximo de tres (03) años prorrogables en forma sucesiva por igual o menor plazo; reservándose la Entidad el derecho de resolver unilateralmente el contrato antes del vencimiento previsto, sin reconocimiento de lucro cesante ni daño emergente, sujetándose los reajustes que pudieran acordarse al índice de Precios al Consumidor que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI. (…)”.

Como se advierte, la normativa de contrataciones, permite que en los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles, las entidades pueden prever un plazo de ejecución contractual de hasta tres (3) años, considerando también dicho artículo la posibilidad de prorrogarlo de forma sucesiva, por igual o menor plazo, de manera directa; es decir, sin la necesidad de llevar a cabo previamente un procedimiento de selección. Asimismo, es preciso indicar que a través de Oficio N°2597-2019-EF/10.01 remitido al MINEDU con fecha 11 de junio de 2019, el Ministerio de Economía y Finanzas ha manifestado que en caso los ministerios, organismos públicos y demás entidades del Poder Ejecutivo, cuenten con alquileres vigentes de inmuebles destinados a sedes institucionales u oficinas administrativas, y se requiere continuar con ellos, estos podrán renovarse hasta por el plazo máximo un (01) año contado a partir de su vencimiento, con la finalidad de obtener mayores niveles de eficiencia en el Estado, priorizando y racionalizando la asignación y utilización de los recursos públicos, dicho esto, el plazo de prórroga solicitado se encuentra enmarcado dentro de los alcances de las políticas de racionalización impuestos por el Ministerio de Economía y Finanzas. Mediante Carta S/N con fecha de recepción 16 de diciembre de 2019, LA CONTRATISTA confirma su disposición para renovar el Contrato N° 058-2017-MINEDU/SG-OGA-OL y alcanza la documentación para la suscripción de la adenda por el plazo de un (01) mes computado a partir del 03 de enero de 2020 hasta el 02 de febrero de 2020, manteniendo los mismos términos y condiciones contractuales, es decir, durante el plazo de ejecución de la adenda a suscribirse, la Entidad seguirá pagando la misma renta mensual, el cual asciende a la suma de S/ 8,684.00 (Ocho mil seiscientos ochenta y cuatro y 00/100 soles). Cabe señalar, que para la suscripción de la presente adenda, la Coordinación de Presupuesto ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 000004222 de fecha 17 de diciembre de 2019 por el monto de S/ 8,684.00 (Ocho mil seiscientos ochenta y cuatro y 00/100 soles). En ese sentido, de acuerdo a lo señalado en los párrafos anteriores, a través de Informe N° 1010-2019-MINEDU/SG-OGA-OL-CEC, la Coordinación de Ejecución Contractual de la Oficina de Logística ha concluido que es procedente la prórroga del Contrato N° 058-2017MINEDU/SG-OGA-OL, por lo que corresponde suscribir la respectiva adenda por un plazo de ejecución de un (01) mes, encontrándose este acto debidamente enmarcado dentro de los alcances de la normativa de contrataciones.

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CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DE LA ADENDA La presente Adenda tiene como objeto prorrogar la vigencia del Contrato N° 058-2017MINEDU/SG-OGA-OL por el plazo de un (01) mes computado desde el 03 enero de 2020 hasta el 02 de febrero de 2020, de acuerdo al siguiente detalle: DESCRIPCIÓN

IMPORTE MENSUAL

PERIODO DE EJECUCIÓN

MONTO TOTAL

Servicio de Arrendamiento de Inmueble para las Oficinas del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana

S/ 8,684.00

01 mes

S/ 8,684.00

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto de la presente Adenda, asciende a la suma de S/ 8,684.00 (Ocho mil seiscientos ochenta y cuatro y 00/100 soles), incluidos todos los impuestos de Ley. CLÁUSULA CUARTA: RATIFICACIÓN E INVARIABILIDAD DE LAS CLÁUSULAS Salvo los aspectos contenidos en la presente Adenda, mantienen plena vigencia y efecto legal los demás términos y condiciones contenidos en el contrato original, en lo que sea aplicable y no se oponga a este documento. Estando ambas partes de acuerdo con las Cláusulas contenidas en la presente Adenda, la suscriben en tres (3) ejemplares de igual tenor y efecto legal, en la ciudad de Lima, a los 19 días del mes de diciembre de 2019. POR LA ENTIDAD

Firma:

POR EL CONTRATISTA

Firma: Nora Beatriz Schoof Chávez en representación de Ana María Ramona Pastor Huapaya