Contrato de Arrendamiento Modelo

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PREDIO NO CULTIVADO ENTRE: De una parte, el señor JOSE ROSARIO VALERIO, dominicano, mayor d

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PREDIO NO CULTIVADO ENTRE: De una parte, el señor JOSE ROSARIO VALERIO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0625612-2, domiciliado y residente esta ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará EL ARRENDADOR, quien tiene como abogado constituido y apoderado al LICDO.ANGEL VALDEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-5244588-7, domiciliado y residente esta ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará ABOGADO REPRESENTANTE, y de la otra parte, la señora RUTH MONTAÑO SALBAÑA, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de Identidad y Electoral No. 0010074118-1, domiciliada y residente en el inmueble objeto de este contrato, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará EL ARRENDATARIO. HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE: PRIMERO: Por medio del presente contrato EL ARRENDADOR con todas las garantías ordinarias y de derecho consciente en otorgar el alquiler, a favor de EL ARRENDATARIO, quien acepta y recibe bajo los términos y condiciones estipulados en este mismo acto a su entera conformidad UN PREDIO NO CULTIVADO O RUSTICO, ubicado en la calle Puerto Rico No.95 Alma Rosa, Republica Dominicana. SEGUNDO: El tiempo establecido entre las partes para el presente arrendamiento, ha sido fijado en dos (02) años, a partir de la fecha del presente acto, a partir del día seis (06) del mes de septiembre del año Dos Mil Once (2011), fecha en la cual el ARRENDATARIO, deberá entregar AL ARRENDADOR los terrenos ya descritos más arriba, en forma voluntaria y pacífica, quedan do sobreentendido que el ARRENDATARIO no podrá, en ninguna forma, sub-arrendar el inmueble mencionado sin el previo consentimiento por escrito del ARRENDATADOR. QUINTO: El precio convenido entre las partes ha sido fijado en la suma de CIENTO SENSENTA MIL PESOS (RD$160,000.00) pesos dominicanos anuales, recibido en efectivo de manos del ARRENDATARIO, a su entera satisfacción o contento, por lo que otorga por este acto carta de pago y descargo conforme a la ley. SEXTO: Que establecido entre las partes que EL ARRENDATARIO solo podrá utilizar el terreno arrendado para la siembra, no pudiendo ser este dedicado para otro uso que no sea el anteriormente indicado.

NOVENO: Para lo no previsto en el presente contrato las partes se remiten al derecho común. HECHO Y FIRMADO de buena fe. En la ciudad Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, el día Seis (06) días del mes de septiembre del año Dos Mil Once (2011).

RUTH MONTAÑO SALBAÑA Arrendataria

JOSE ROSARIO VALERIO

Arrendador

LICDO.ANGEL VALDEZ

Abogado Representante

YO, DRA. MARIA ALTAGRACIA CEDEÑO REYES, Abogado Notario Público de los del Número del Alma Rosa, inscrita en el colegio de notarios con el No. 1155, CERTIFICO Y DOY FE que las firmas que aparecen al pie del documento que antecede, fueron puestas Libre y Voluntariamente, suscrita por los señores: JOSE ROSARIO VALERIO, RUTH MONTAÑO SALBAÑA y LICDO.ANGEL VALDEZ; cuyas generales y calidades 1es constan en el presente documento, quienes me han declarado que las firmas que aparecen en el presente documento fueron puestas libre y voluntariamente y que las mismas son las que acostumbran a utilizar en todos sus actos de vida públicos y privados. En la ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, el día Seis (06) días del mes de septiembre del años Dos Mil Once (2011).

MARIA ALTAGRACIA CEDEÑO REYES

Notaría Pública

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PREDIO NO CULTIVADO ENTRE: De una parte, el señor JOSE ROSARIO VALERIO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0625612-2, domiciliado y residente esta ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará EL ARRENDADOR, y de la otra parte, la señora RUTH MONTAÑO SALBAÑA, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0074118-1, domiciliado y residente en el inmueble objeto de este contrato, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará EL ARRENDATARIO, quien tiene como abogado constituido y apoderado a la LICDO.ANGEL VALDEZ, dominicana, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-5244588-7, domiciliado y residente esta ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, quien para los mes y consecuencia legales del presente acto se denominará ABOGADO REPRESENTANTE. HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE: PRIMERO: Por medio del presente contrato EL ARRENDADOR con todas las garantías ordinarias y de derecho consciente en otorgar el alquiler, a favor de EL ARRENDATARIO, quien acepta y recibe bajo los términos y condiciones estipulados en este mismo acto a su entera conformidad UN PREDIO NO CULTIVADO O RUSTICO, ubicado en la calle club de leones No.25, Alma Rosa, Republica Dominicana. SEGUNDO: El tiempo establecido entre las partes para el presente arrendamiento, ha sido fijado en tres (03) años, a partir de la fecha del presente acto, a partir del día siete (07) del mes de septiembre del año Dos Mil Trece (2013), fecha en la cual el ARRENDATARIO, deberá entregar AL ARRENDADOR los terrenos ya descritos más arriba, en forma voluntaria y pacífica, quedan do sobreentendido que el ARRENDATARIO no podrá, en ninguna forma, sub-arrendar el inmueble mencionado sin el previo consentimiento por escrito del ARRENDATADOR. TERCERO: El precio convenido entre las partes ha sido fijado en la suma de CIENTO VEINTE MIL PESOS (RD$120,000.00) pesos dominicanos anuales, recibido en efectivo de manos del ARRENDATARIO, a su entera satisfacción o contento, por lo que otorga por este acto carta de pago y descargo conforme a la ley. CUARTO: Que establecido entre las partes que EL ARRENDATARIO solo podrá utilizar el terreno arrendado para la siembra, no pudiendo ser este dedicado para otro uso que no sea el anteriormente indicado.

QUINTO: Para lo no previsto en el presente contrato las partes se remiten al derecho común. HECHO Y FIRMADO de buena fe. En la ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, el día siete (07) días del mes de septiembre del año Dos Mil Trece (2013).

RUTH MONTAÑO SALBAÑA Arrendataria

JOSE ROSARIO VALERIO

Arrendador LICDO.ANGEL VALDEZ

Abogado Representante YO, DRA. MARIA ALTAGRACIA CEDEÑO REYES, Abogado Notario Público de los del Número del Alma Rosa, inscrita en el colegio de notarios con el No. 1155, CERTIFICO Y DOY FE: que las firmas que aparecen al pie del documento que antecede, fueron puestas Libre y Voluntariamente, suscrita por los señores: JOSE ROSARIO VALERIO, RUTH MONTAÑO SALBAÑA y LICDO.ANGEL VALDEZ; cuyas generales y calidades constan en el presente documento, quienes me han declarado que las fumas que aparecen en el presente documento fueron puestas libre y voluntariamente y que las mismas son las que acostumbran a utilizar en todos sus actos de vida públicos y privados. En la ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, el día siete (07) días del mes de septiembre del año Dos Mil Trece (2017).

DRA. MARIA ALTAGRACIA CEDEÑO REYES Notaria

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PREDIO CULTIVADO ENTRE: De una parte, el señor NELSON REYNOSO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-7054851-8, domiciliado y residente esta ciudad Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará EL ARRENDADOR, y de la otra parte, la señora AMARILIS ABREU, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0530473-5, domiciliado y residente en el inmueble objeto de este contrato, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará EL ARRENDATARIO, quien tiene como abogado constituido y apoderado al LICDO.ANGEL VALDEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-5244588-7, domiciliado y residente esta ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará ABOGADO REPRESENTANTE. HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE: PRIMERO: Por medio del presente contrato EL ARRENDADOR con todas las garantías ordinarias y de derecho consciente en otorgar el alquiler, a favor de EL ARRENDATARIO, quien acepta y recibe bajo los términos y condiciones estipulados en este mismo acto a su entera conformidad UN PREDIO CULTIVADO, ubicado en la Calle Club Activo 20-30, No.44, Alma Rosa, Republica Dominicana. SEGUNDO: El tiempo establecido entre las partes para el presente arrendamiento, ha sido fijado en un (01) años, a partir de la fecha del presente acto, a partir del día diez (10) del mes de enero del año Dos Mil Trece (2013), fecha en la cual el ARRENDATARIO, deberá entregar AL ARRENDADOR los terrenos ya descritos más arriba, en forma voluntaria y pacífica, quedan do sobreentendido que el ARRENDATARIO no podrá, en ninguna forma, sub-arrendar el inmueble mencionado sin el previo consentimiento por escrito del ARRENDATADOR. TERCERO: El precio convenido entre las partes ha sido fijado en la suma de CIENTO CUARENTA MIL PESOS (RD$140,000.00) pesos dominicanos anuales, más el 10% en efectivo del dinero generado por las cosechas del PREDIO CULTIVADO, sumas estas que serán recibidas en efectivo de manos del ARRENDATARIO, a su entera satisfacción o contento, por lo que otorga por este acto carta de pago y descargo conforme a la ley. CUARTO: Que establecido entre las partes que EL ARRENDATARIO solo podrá utilizar el terreno arrendado para la siembra, no pudiendo ser este dedicado para otro uso que no sea el anteriormente indicado.

QUINTO: Para lo no previsto en el presente contrato las partes se remiten al derecho común. HECHO Y FIRMADO de buena fe. En la ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, el día diez (10) días del mes de enero del año Dos Mil Trece (2013).

AMARILIS ABREU Arrendataria

NELSON REYNOSO

Arrendador LICDO.ANGEL VALDEZ

Abogado Representante YO, DRA. MARIA ALTAGRACIA CEDEÑO REYES, Abogado Notario Público de los del Número del Alma Rosa, inscrita en el colegio de notarios con el No. 1155, CERTIFICO Y DOY FE que las firmas que aparecen al pie del documento que antecede, fueron puestas Libre y Voluntariamente, suscrita por los señores: NELSON REYNOSO, AMARILIS ABREU y LICDO.ANGEL VALDEZ; cuyas generales y calidades constan en el presente documento, quienes me han declarado que las firmas que aparecen en el presente documento fueron puestas libre y voluntariamente y que las mismas son las que acostumbran a utilizar en todos sus actos de vida públicos y privados. En la ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana

el día diez (10) días del mes de junio del año Dos Mil Trece (2013).

DRA. MARIA ALTAGRACIA CEDEÑO REYES Notaria

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PREDIO CULTIVADO ENTRE: De una parte, el señor DANIEL ROSARIO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-8734518-7, domiciliado y residente esta ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará EL ARRENDADOR, y de la otra parte, la señora GABY REYES, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de Identidad y Electoral No. 223-5804753-7, domiciliado y residente en el inmueble objeto de este contrato, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará EL ARRENDATARIO, quien tiene como abogado constituido y apoderado al LICDO.ANGEL VALDEZ, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-5244588-7, domiciliada y residente esta ciudad de Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, quien para los fines y consecuencia legales del presente acto se denominará ABOGADO REPRESENTANTE. HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE: PRIMERO: Por medio del presente contrato EL ARRENDADOR con todas las garantías ordinarias y de derecho consciente en otorgar el alquiler, a favor de EL ARRENDATARIO, quien acepta y recibe bajo los términos y condiciones estipulados en este mismo acto a su entera conformidad UN PREDIO CULTIVADO, ubicado en la calle Dr. Octavio Mejía Ricart, Alma Rosa, República Dominicana. SEGUNDO: El tiempo establecido entre las partes para el presente arrendamiento, ha sido fijado en un (01) años, a partir de la fecha del presente acto, a partir del día Ocho (08) del mes de Junio del año Dos Mil Trece (2013), fecha en la cual el ARRENDATARIO, deberá entregar AL ARRENDADOR los terrenos ya descritos más arriba, en forma voluntaria y pacífica, quedan do sobreentendido que el ARRENDATARIO no podrá, en ninguna forma, sub-arrendar el inmueble mencionado sin el previo consentimiento por escrito del ARRENDATADOR. TERCERO: El precio convenido entre las partes ha sido fijado en la suma de CIENTO OCHENTA MIL PESOS (RD$150,000.00) pesos dominicanos anuales, más el 10% en efectivo del dinero generado por las cosechas del PREDIO CULTIVADO, sumas estas que serán recibidas en efectivo de manos del ARRENDATARIO, a su entera satisfacción o contento, por lo que otorga por este acto carta de pago y descargo conforme a la ley. CUARTO: Que establecido entre las partes que EL ARRENDATARIO solo podrá utilizar el terreno arrendado para la siembra, no pudiendo ser este dedicado para otro uso que no sea el anteriormente indicado.

QUINTO: Para lo no previsto en el presente contrato las partes se remiten al derecho común. HECHO Y FIRMADO de buena fe. En la ciudad Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, a los un ocho (08) días del mes de junio del año Dos Mil Trece (2013).

GABY REYES Arrendataria

DANIEL ROSARIO

Arrendador LICDO.ANGEL VALDEZ

Abogado Representante YO, DRA. MARIA ALTAGRACIA CEDEÑO REYES Abogado Notario Público de los del Número del Alma Rosa, inscrita en el colegio de notarios con el No. 1155 CERTIFICO Y DOY FE que las firmas que aparecen al pie del documento que antecede, fueron puestas Libre y Voluntariamente, suscrita por los señores: DANIEL ROSARIO, GABY REYES y LICDO.ANGEL VALDEZ; cuyas generales y calidades constan en el presente documento, quienes me han declarado que las firmas que aparecen en el presente documento fueron puestas libre y voluntariamente y que las mismas son las que acostumbran a utilizar en todos sus actos de vida públicos y privados En la ciudad Santo Domingo Este, Alma Rosa, República Dominicana, el día ocho (08) día del mes de junio del año Dos Mil Trece (2013).

DRA. MARIA ALTAGRACIA CEDEÑO REYES Notaria