Modelo de Acuerdo Reparatorio

CIUDADANO: JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BARINAS SU D

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CIUDADANO: JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BARINAS SU DESPACHO Causa No. Asunto: ofrecimiento de acuerdo reparatorio, propuesto por las partes Yo, GIOMAR ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-00.000.000, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N0 000.000, correo electrónico: [email protected], teléfono celular 0412-000.00.00, con domicilio procesal en la siguiente dirección: (indicar), actuando en este acto en mi condición de Defensor Privado del ciudadano LUIS LOSADA LUGO, de las características personales e identificación legal que constan en los autos y actas procesales que in extenso conforman la causa identificada con el alfanumérica 00-000-0, nomenclatura interna de este Tribunal, en virtud de imputársele la comisión del delito de , previsto y sancionado en el artículo 000 del Código Penal venezolano vigente, en su nombre y representación, al amparo de lo establecido en los artículos 2, 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 41 del código Orgánico Procesal Penal, ocurro para proponer como en efecto lo hago, la celebración de un ACUERDO REPARATORIO con la ciudadana CRISTINA MAICA, titular de la cédula de identidad No V-00.000.000 quien figura como víctima directa en la presente causa penal, a cuyos fines solicito a este despacho se sirva, previa citación de la mencionada víctima y notificación del Ministerio Público, fijar la celebración de una AUDIENCIA ESPECIAL a la mayor brevedad posible; audiencia esta, en la cual mi defendido, ciudadano JUAN DE LOS SANTOS, en forma libre y con pleno conocimiento de sus derechos, ofrecerá pagar a título de reparación del daño material y moral ocasionado a la mencionada víctima, la suma de 00.000.000 de bolívares, en dinero efectivo y en moneda de curso legal en el país (o cheque de gerencia), toda vez que el acuerdo reparatorio ofrendado en este acto, satisface plenamente las aspiraciones de la prenombrada ciudadana en los términos que los preceptúan los artículos 41, 42 y 120 del Código Orgánico Procesal Penal. Por otra parte, igualmente concurre ante este mismo despacho de forma libre, espontánea y con pleno conocimiento de sus derechos, la ciudadana CRISTINA MAICA, titular de la cédula de identidad N0 V-00.000.000 domiciliada en: (indicar), debidamente asistida del profesional del derecho ENEAS PERDOMO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N0 000.000, con domicilio procesal en la siguiente dirección (señalar), y teléfono celular número 0424-000.00.00 quien se constituye como víctima directa en el presente asunto penal identificado ut supra, a fin de manifestar espontáneamente su disposición de celebrar con el antedicho ciudadano UN ACUERDO REPARATORIO sobre el importe dinerario expresado por el ofertante (imputado), lo cual en su concepto, permite satisfacer la reparación del daño material y moral, sufrido con ocasión del hecho punible ocurrido el día 00/00/2020 en su residencia ubicada en (indicar), dejando expresa constancia que en las circunstancias de modo, tiempo y lugar como ocurrió el hecho sobre el cual versa el presente medio alternativo a la prosecución del proceso, mi vida ni las de mi grupo familiar

corrieron peligro alguno en su integridad física, razón por el cual, tomando en consideración que el hecho dañoso investigado, recae exclusivamente sobre BIENES JURÍDICOS DE CARÁCTER PATRIMONIAL, y en ejercicio del derecho que me confiere el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal, ruego a usted ciudadano Juez, que previo el cumplimiento de las formalidades de ley previstas en el artículo 41 ejusdem y, luego de verificada en la Audiencia Especial fijada al efecto, el cabal y efectivo cumplimiento de lo ofertado por el imputado, se proceda a la aprobación del acuerdo reparatorio, propuesto por las partes signatarias de este escrito. Finalmente como colofón de lo anterior, ambas partes solicitan muy respetuosamente de este tribunal, se sirva decretar el correspondiente SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JUAN DE LOS SANTO, ya identificado supra. Es justicia que imploramos en la Ciudad de Barinas del Estado Barinas a los 26 días del mes de enero del año 2020

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