Ministerio de Trabajo

1)Que es el ministerio de trabajo y previsión social Definición del Ministerio de Trabajo: -Es la institución estatal en

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1)Que es el ministerio de trabajo y previsión social Definición del Ministerio de Trabajo: -Es la institución estatal encargada de velar y promover el cumplimiento eficiente y eficaz de la legislación, políticas y programas relativos al trabajo y la previsión social, en beneficio de la sociedad y busca ser un Ministerio que promueva la cultura de respeto a la legislación laboral, protegiendo a las partes trabajador y patrono creando el bienestar de la sociedad. -El Ministerio de Trabajo y Previsión Social es uno de los catorce ministerios que conforman el Organismo Ejecutivo del Gobierno de Guatemala, bajo la dirección del presidente de la República de Guatemala. Su función primordial es velar por el cumplimiento de los derechos de los trabajadores y la constante superación de sus familias.

2) QUE ES LA DIRECCION SUPERIOR Dirección superior-Despacho general: Es la autoridad superior del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a quien le corresponde cumplir y desarrollar las funciones que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley del Organismo Ejecutivo y demás leyes vigentes. Para el debido cumplimiento de sus funciones, está a cargo de un Ministro que es el rector de las políticas públicas correspondientes a las funciones sustantivas del Ministerio, y un Primero, Segundo y Tercer Viceministro. El Ministro, cuando sea el caso, hará la respectiva delegación de autoridad. Es ejercida por el Despacho Ministerial, quien es la autoridad superior del Ministerio de Trabajo y Previsión Social y en consecuencia el funcionario de mayor jerarquía

A) Cuáles son las funciones del ministro y viceministro Funciones: Dentro de las cuales plasmaremos algunas de las que están reguladas en el artículo 3 y 9 del reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. 1. Formular la política laboral, salarial, de higiene y seguridad en el trabajo del país. 2. Representar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, al Estado de la República de Guatemala ante los Organismos Internacionales relacionados con asuntos de su competencia y en los procesos de negociación de Convenios Internacionales en materia de trabajo. 3. Promover la erradicación de las peores formas de trabajo infantil. 1

4. Diseñar políticas de capacitación técnica y formación profesional de los trabajadores y de aquellos que deseen formar parte de la fuerza laboral del país. 5. Armonizar y conciliar las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores y prevenir los conflictos laborales.

Estructura: para cumplir sus funciones el Ministerio de Trabajo y Previsión Social se estructura así: -

Despacho Ministerial

-

Viceministerio de Administración de Trabajo

-

Viceministerio de Previsión Social y empleo

-

Viceministerio Administrativo-Financiero

Atribuciones del Viceministro de Administración de Trabajo. Son atribuciones del Viceministro de Administración de Trabajo, las siguientes: 1. Velar por el cumplimiento de tratados internacionales, leyes y reglamentos de trabajo y de previsión social, siempre y cuando no sean competencia de los Tribunales de Trabajo y Previsión Social, salvo las excepciones que la ley establece; 2. Realizar todas las diligencias tendentes al efectivo cumplimiento de las sentencias y resoluciones que emitan los Tribunales de Trabajo y Previsión Social, en aquellos procesos en los que figure como parte la Inspección General de Trabajo; 3. Evacuar en su calidad de asesoría técnica del Ministerio, todas las consultas que le formulen las dependencias del Ministerio, así como de los empleadores o trabajadores, sobre la forma en que deben ser aplicadas las disposiciones legales de su competencia y publicarlas según lo establece el Código de Trabajo; 4. Calcular las prestaciones laborales de aquellos trabajadores que hayan finalizado su relación laboral, utilizando para el efecto los mecanismos pertinentes, de conformidad con la Ley;

i. Administración financiera Atribuciones del Viceministro Administrativo-Financiero. Son atribuciones del Viceministro Administrativo-Financiero, las siguientes: 1. Coordinar, planificar y programar las actividades de los departamentos de presupuesto, contabilidad, tesorería, inventarios; 2

2. Administrar la gestión financiera del presupuesto, de la contabilidad y de la tesorería; 3. Coordinar e implementar los procedimientos administrativos, presupuestarios y contables del Ministerio; 4. Mantener actualizados los registros presupuestarios y contables del Ministerio; 5. Coordinar la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual con base en los lineamientos de la Dirección Técnica del Presupuesto del Ministerio de Finanzas Públicas, el cual debe ser autorizado por el Despacho Ministerial; 6. Llevar el control de la ejecución del presupuesto anual y realizar periódicamente las evaluaciones correspondientes; i. Previsión social y empleo Atribuciones del Viceministro de Previsión Social y Empleo Son atribuciones del Viceministro de Previsión Social y Empleo, las siguientes: 1. Velar por la protección del trabajador en cuanto a su salud, seguridad ocupacional a través del estudio, propuestas de mejoramiento y asesoría de las condiciones mínimas y básicas para el desempeño de su trabajo; 2. Capacitar y recomendar a los trabajadores y patronos sobre las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que ayuden a prevenir y evitar accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, así como hacerse acompañar y asistir por los inspectores generales de trabajo para el mejor cumplimiento de sus funciones; 3. Formular, implementar y monitorear las políticas de previsión social a nivel nacional; 4. Promover acciones que permitan la divulgación de derechos laborales; 5. Participar en la redacción de anteproyectos de leyes, reglamentos y normas administrativas en coordinación con organismos estatales y privados, nacionales e internacionales, en materia de previsión social;

3) QUE ES LA PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL TRABAJADOR Procuraduría de la Defensa del Trabajador --Es una independencia del Ministerio de Trabajo y Previsión Social que brinda asesoría legal en forma gratuita a los trabajadores de escasos recursos económicos que no han recibido conforme a la ley, el correspondiente pago, en concepto de indemnización y demás prestaciones laborales al finalizar su relación de trabajo y que desean hacer la reclamación ante el Órgano Jurisdiccional competente ya sea de forma individual o colectiva según sea su caso.

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Son atribuciones de la Procuraduría de la Defensa del Trabajador las siguientes: Prestar asesoría laboral a los trabajadores de escasos recursos, que no han recibido conforme a la ley el pago en concepto de indemnización y prestaciones laborales al finalizar su relación de trabajo. Evacuar las audiencias de conformidad con la ley, así como contestar las oposiciones, excepciones, recursos y previos, de las demandas planteadas hasta su fenecimiento. Controlar y registrar adecuadamente las asesorías y audiencias que se realicen como consecuencia de las demandas ordinarias laborales. Asesorar únicamente a los trabajadores que acrediten haber agotado la vía administrativa en la Inspección General de Trabajo

¿Qué es la Procuraduría de la Defensa del Trabajador? (Historia) Para responder a la pregunta que se formula en este punto, al respecto podemos decir que la Procuraduría de la Defensa del Trabajador es una dependencia del Ministerio de Trabajo y Previsión Social que brinda asesoría legal en forma gratuita a trabajadores de escasos recursos económicos que no han recibido conforme a la ley, el correspondiente pago en concepto de indemnización y demás prestaciones laborales al finalizar su relación de trabajo y que desean hacer la reclamación ante el órgano jurisdiccional competente, ya sea en forma individual o en forma colectiva, según el caso. El Ministerio de Trabajo y Previsión Social ha puesto a disposición de la clase trabajadora la Procuraduría de la Defensa del Trabajador, la cual proporciona asesoría laboral, como se mencionó en el párrafo anterior, en forma gratuita a todos aquellos trabajadores que carecen de recursos económicos y que no ha recibido su respectivo pago, ya sea en concepto de salario mínimo o salario incompleto, indemnización, aguinaldo, vacaciones y bono 14 al finalizar su relación laboral o bien la reinstalación del trabajador si corresponde. La Procuraduría de la Defensa del Trabajador, fue creada por el Acuerdo Ministerial Número 167-2000, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, de fecha 11 de mayo del año 2000.

A) Que es un procurador Definición de procuraduría y defensoría Guillermo Cabanellas define Procuraduría como: “Cargo o funciones de procurador o procuradora, especialmente con carácter judicial. Oficina o despacho de uno u otra.” Pero encontramos también necesario definir que es un Procurador, para poder entender de una mejor manera la definición anterior que nos da Cabanellas, quien a la vez nos da la siguiente definición de Procurador: “...Quien con facultad recibida de otro actúa en su nombre. 4

El que, habilitado legalmente, se presenta en juicio en nombre y representación de una de las partes.”

B) Como se conforma Integración de la Procuraduría de la Defensa del Trabajador El Artículo 7 del Acuerdo Ministerial Número 167-2000 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, establece: La Procuraduría Funcionará con el personal siguiente: a) Inspectores de Trabajo en calidad de Oficiales y notificadores; b) Abogados y Notarios, colegiados activos que no sean de tiempo completo; c) El personal administrativo que sea necesario. Funciones principales: 1. Brinda asesoría a trabajadores de escasos recursos que han agotado la vía administrativa en la Inspección General de Trabajo. 2. Elabora y plantea demandas laborales ante los Tribunales de Trabajo y Previsión Social. 3. Presta asesoría a las trabajadoras que gozan de inamovilidad por encontrarse en estado de gravidez o lactancia, planteando la demanda ordinaria laboral solicitando la inmediata reinstalación. 4. Evacuar audiencias, oposiciones, acciones, excepciones y recursos de las demandas planteadas, hasta su fenecimiento. 5. Resolver las dudas y evacuar las consultas que se le formulen.

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5.SE PLANTEA LA DEMANDA ANTE EL JUZGADO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL CORRESPONDIENTE

1. DEMOSTRAR HABER AGOTADO LA VIA CONCILIATORIA ADMINISTRATIVA EN LA INSPECCIÓN GENERAL DE TRABAJO

6.SE DA INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES SOBRE EL ESTADO DEL PROCESO Y SE LES CITA PARA COMPARECER A AUDIENCIAS ANTE EL JUZGADO

4) QUE ES LA INSPECCION GENERAL DEL TRABAJO --Debe velar porque los patronos, trabajadores y organizaciones sindicales, cumplan y repente las leyes, convenios colectivos y reglamentos que normen las condiciones de trabajo y previsión social en 2.RECEPCIÓN DE en lo futuro. vigor o que se emitan DOCUMENTOS

8.SE ARCHIVA EL EXPEDIENTE FINALIZADO

El Inspector General de Trabajo, es la autoridad superior delegada por Despacho Ministerial en las funciones de inspección de7.SE asuntos laborales y es EVACUAN AUDIENCIAS, HASTA el responsable de cumplir y velar porque se cumplan las funciones que le FINALIZAR EL PROCESO acreditan el Artículo 278 del Código de Trabajo (DecretoRESPECTIVO ley1441 del congreso de la República), leyes, acuerdos y reglamentos de previsión social. 4. UNA VEZ ASIGNADO EL --Es el SE servicio oficialLAadministrativo encargado de velar por el cabal CASO, ELABORA cumplimiento y proponer la mejora de las leyes y reglamentaciones laborales, ASIGNA EL con la3.SE finalidad de prestaciones más seguras, higiénicas, estables, adecuadas EXPEDIENTE A UN a los deberes y derechos recíprocos de las partes y ajustadas al interés público DE DEMANDAS deOFICIAL la producción y del equilibrio social. SEGÚN EL LIBRO DE CONTROL DE CASOS Y SE LE REMITE EL Funciones en General de la Inspección: EXPEDIENTE DEMANDA RESPECTIVA 1. Realizar verificaciones laborales, administrativas, de higiene y seguridad ambiental en centros de trabajo. 2. Velar por la equidad en las relaciones sociales de producción. 3. Proteger la maternidad y lactancia materna de la mujer trabajadora.

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4. Participar como representantes mediador del Ministerio individuales o colectivos de carácter jurídico cuando figuren mujeres y menores o se trate de acciones de hecho. 5. Asesorar técnicamente al Ministerio y evacuar consultas sobre la forma que deben ser aplicadas las disposiciones legales de su competencia.

INSPECTOR GENERAL DE TRABAJO El Inspector General de Trabajo, es la autoridad superior delegada por Despacho Ministerial en las funciones de inspección de asuntos laborales y es el responsable de cumplir y velar porque se cumplan las funciones que le acreditan el Artículo 278 del Código de Trabajo (Decreto ley1441 del congreso de la República), leyes, acuerdos y reglamentos de previsión social. FUNCIONES DEL INSPECTOR GENERAL DE TRABAJO: Representar al Ministerio en las gestiones de inspecciones de trabajo, y asuntos laborales que son competencia del Gobierno de Guatemala. Asesorar al Despacho ministerial y al resto del ministerio en materia jurídica laboral, relacionada con inspecciones de trabajo. Tomar decisiones para realizar o no actividades que afecten al Estado, Ministerio o su Dirección en el ámbito de relación laboral. Dirigir y coordinar todas las funciones y actividades de la Inspección General de Trabajo. Velar por el buen funcionamiento de la Inspección General de Trabajo encausándola a la eficiencia, eficacia y efectividad de su procedimiento de trabajo. Vela por el cumplimiento de la política laboral social. Analizar expedientes o casos de trabajo, de situaciones especiales y de oficio, para proponer las resoluciones de asuntos laborales. Solicitar informes a los funcionarios de planta y a delegados regionales de sus funciones y actividades realizadas. Sancionar jurídicamente y aprobar los Convenios Individuales y Colectivos Laborales en su contexto legal y sus reglamentos y otras normas aplicables. Aprobar los proyectos de reglamentos Interiores de trabajo, en su contenido jurídico. Solicitar la remoción y aplicación de sanciones a los funcionarios y empleados de su ramo, cuando le corresponda hacerlo conforme a la ley. Participar en las sesiones de trabajo y deliberaciones del Consejo de Directores. Velar, por el estricto cumplimiento de las leyes laborales. Informar al Despacho Ministerial de las funciones y acciones de la Dirección de Inspección a su Cargo. Funciones principal

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1.

Velar por el cumplimiento de las funciones que específicamente asigna al Ministerio de Trabajo y Previsión Social el Decreto 114-97 del Congreso de la República 2. Refrendar los decretos, acuerdos gubernativos y reglamentos dictados por el Presidente de la República 3. Ser Jefe del Ramo de la Administración que le está encomendado, bajo la inmediata dependencia del 4. Presidente de la República 5. Ser órgano de comunicación del Presidente de la República con los demás funcionarios y empleados del Ramo 6. Supervisar y procurar el buen funcionamiento de las actividades del Ramo; 7. Resolver los asuntos de su Ramo y revisar Jerárquicamente los actos y resoluciones de los demás funcionarios y empleados dentro de su esfera 8. Firmar la correspondencia que se dirija a los Presidentes de los organismos de Estado, a los Ministros de Estado, así como la que por su importancia lo amerite 9. Refrendar los nombramientos de los empleados del Ramo y nombrarlos directamente cuando la ley le faculte para ello. (Véase estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Previsión Social). Corresponde al Ministro, asimismo, la supervisión de las labores de la Oficina de Registro y Trámite Presupuestal y del Departamento de Relaciones Públicas

A) Cuáles son los procedimientos de inspección Realizar verificaciones laborales, Realizar verificaciones administrativas, Realizar revisiones de higiene y seguridad ambiental en centros de trabajo. Prevenir a patronos y empleados cumplan con dignidad y respeto las leyes laborales, convenios, pactos colectivos y otras disposiciones que favorezcan la relación laboral. Velar por la equidad en las relaciones sociales de producción. Proteger la maternidad y lactancia de la mujer trabajadora. Participar como representante mediador del Ministerio en los conflictos laborales, individual o colectivo de carácter jurídico cuando figuren mujeres y menores o se trate de acciones de hecho. Asesorar técnicamente al Ministerio y evacuar consultas sobre la forma que deben ser aplicada las disposiciones legales de su competencia Sancionar a los infractores de las leyes laborales nacionales, convenios y tratados internacionales. Informar al Despacho Ministerial de las situaciones laborales especiales que se manifiesten en al ámbito laboral

Se encarga de conocer y resolver todo lo relacionado en materia sindical.

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El Ministerio de Trabajo y Previsión Social es uno de los catorce ministerios que conforman el Organismo Ejecutivo del Gobierno de Guatemala, bajo la dirección del presidente de la República de Guatemala. Su función primordial es velar por el cumplimiento de los derechos de los trabajadores y la constante superación de sus familias.

A) Como se conforma SE CONFORMAN POR: MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL LIC. Carlos Contreras Solórzano Actividades que desarrolla: El Ministro de Trabajo y Previsión Social es miembro del Gabinete del Gobierno de la República. Su labor esencial la constituye la planificación, orientación, dirección y ejecución de la política laboral del país, con la colaboración de los distintos servicios y funcionarios de la rama administrativa de trabajo. Es la autoridad superior del Ministerio, ejerce jurisdicción en toda la República y desempeña funciones permanentes sobre las dependencias, oficinas, funcionarios y empleados. VICEMINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Los Viceministros ocupan la posición jerárquica inmediata inferior a la del Ministro y no tienen subordinación entre sí. Sustituirán al Ministro en caso de ausencia temporal, cuando se encuentre fuera del territorio de la República o imposibilitado por enfermedad u otra incapacidad para el ejercicio de sus funciones, correspondiéndole en su orden al de mayor antigüedad. Funciones del Inspector General de Trabajo:  Representar al Ministerio en las gestiones de inspecciones de trabajo, y asuntos laborales que son competencia del Gobierno de Guatemala. Asesorar al Despacho ministerial y al resto del ministerio en materia jurídica laboral, relacionada con inspecciones de trabajo.  Tomar decisiones para realizar o no actividades que afecten al Estado, Ministerio o su Dirección en el ámbito de relación laboral. Dirigir y coordinar todas las funciones y actividades de la Inspección General de Trabajo. Velar por el buen funcionamiento de la Inspección General de Trabajo encausándola a la eficiencia, eficacia y efectividad de sus procedimientos de trabajo.

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Sancionar jurídicamente y aprobar los Convenios Individuales y Colectivos Laborales en su contexto legal y sus reglamentos y otras normas aplicables. Aprobar los proyectos de reglamentos Interiores de trabajo, en su contenido jurídico. Solicitar la remoción y aplicación de sanciones a los funcionarios y empleados de su ramo, cuando le corresponda hacerlo conforme a la ley. Participar en las sesiones de trabajo y deliberaciones del Consejo de Directores. Velar, por el estricto cumplimiento de las leyes laborales. Informar al Despacho Ministerial de las funciones y acciones de la Dirección de Inspección a su Cargo.

B) Cuáles son sus atribuciones Actividades que se realizan 1. Inscripción de personalidades jurídicas de las diversas organizaciones sindicales (nuevos sindicatos). 2. Inscripción de personerías jurídicas de las diferentes organizaciones sindicales (cambio de directivos). 3. Inscripción de reforma de estatutos. 4. Inscripción del padrón de afiliados de las organizaciones sindicales. C) Cuáles son sus funciones 1.Conocer y resolver lo relacionado con la personalidad jurídica, estatutos, inscripción y cambio de directivos de organizaciones sindicales y su funcionamiento de conformidad con la Ley. 2.Llevar el registro público de sindicatos, contratos colectivos e individuales de trabajo, pactos de condiciones y convenios colectivos de trabajo, reglamentos interiores de trabajo y otros registros pertinentes. 3.Autorizar los libros de actos de Asambleas Generales, de comités ejecutivos, registro de socios, contabilidad y formas contables de las organizaciones sindicales. 4.Prestar asesoría y la debida orientación en materia sindical. 5.Formular la política de salario y coordinar las actividades de la Comisión Nacional del Salario y apoyar a las Comisiones Paritarias de Salarios Mínimos.

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Funciones: Asesorar técnicamente En materia de higiene y seguridad, para eliminar riesgos de accidentes y enfermedades ocupacionales con el fin de mejorar las condiciones de medio ambiente en los Centros de Trabajo. Brindar asistencia técnica realizando mediciones de: a) Ruido b) Temperaturas extremas c) Niveles de oxigeno en espacios confinados. Funciones: son las siguientes 1. Proteger al trabajador, velando por su salud, seguridad y asistencia social a través del estudio, mejoramiento, vigilancia y asesoría de sus condiciones de vida y de trabajo. 2. Estudiar y recomendar las medidas que ayuden

a prevenir y evitar

accidentes de trabajo así como las enfermedades ocupacionales. 3. Implementar programas de protección a los sectores de trabajo vulnerables. 4. Promover acciones que permitan el desarrollo y divulgación de los derechos de la mujer, especialmente en derechos laborales. 5. Participar en la formulación de leyes, reglamentos y normas administrativas que emitan las instituciones del Estado, para asegurar la participación plena de los pueblos indígenas,

A) Cuales sin sus atribuciones Tiene como atribuciones: Proteger al trabajador, velando por su salud, seguridad y asistencia social, a través del estudio, mejoramiento, vigilancia y asesoría de sus condiciones de vida y trabajo.

Estudiar y recomendar las

medidas que ayuden a prevenir y evitar accidentes de trabajo y enfermedades 11

ocupacionales. Implementar programas de protección a los sectores de trabajo vulnerables.

Formular políticas de previsión social en general, seguridad

social, seguridad e higiene en los centros de trabajo. Promover acciones que permitan el desarrollo y divulgación de los derechos de la mujer, especialmente lo relativo a los derechos laborales. Ejecutar programas que permitan la difusión, aplicación e implementación del Convenio 169 y otros que fomenten la participación y respeto de los pueblos indígenas. Participar en la formulación de leyes, reglamentos y normas administrativas que emitan las instituciones del Estado, para asegurar la participación plena de Pueblos Indígenas.

5) QUE ES LA DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO Se encarga de conocer y resolver todo lo relacionado en materia sindical. A Cuáles son sus atribuciones Actividades que se realizan 1. Inscripción de personalidades jurídicas de las diversas organizaciones sindicales (nuevos sindicatos). 2. Inscripción de personerías jurídicas de las diferentes organizaciones sindicales (cambio de directivos). 3. Inscripción de reforma de estatutos. 4. Inscripción del padrón de afiliados de las organizaciones sindicales. B Cuáles son sus funciones 1.Conocer y resolver lo relacionado con la personalidad jurídica, estatutos, inscripción y cambio de directivos de organizaciones sindicales y su funcionamiento de conformidad con la Ley. 2.Llevar el registro público de sindicatos, contratos colectivos e individuales de trabajo, pactos de condiciones y convenios colectivos de trabajo, reglamentos interiores de trabajo y otros registros pertinentes. 3.Autorizar los libros de actos de Asambleas Generales, de comités ejecutivos, registro de socios, contabilidad y formas contables de las organizaciones sindicales. 4.Prestar asesoría y la debida orientación en materia sindical. 6. Formular la política de salario y coordinar las actividades de la Comisión Nacional del Salario y apoyar a las Comisiones Paritarias de Salarios Mínimos. 12

6) QUE ES LA DIRECCION GENERAL DE PREVISION SOCIAL Funciones: son las siguientes 1 Proteger al trabajador, velando por su salud, seguridad y asistencia social a través del estudio, mejoramiento, vigilancia y asesoría de sus condiciones de vida y de trabajo. 2 Estudiar y recomendar las medidas que ayuden

a prevenir y evitar

accidentes de trabajo así como las enfermedades ocupacionales. 3 Implementar programas de protección a los sectores de trabajo vulnerables. 4 Promover acciones que permitan el desarrollo y divulgación de los derechos de la mujer, especialmente en derechos laborales. 5 Participar en la formulación de leyes, reglamentos y normas administrativas que emitan las instituciones del Estado, para asegurar la participación plena de los pueblos indígenas,

7) QUE ES LA DIRECCION GENERAL DE CAPACITACION Y FORMACION PROFESIONAL Esta entidad colabora con promover la capacitación técnica de trabajadores y estudiantes guatemaltecos y así mismo contribuir con el desarrollo del país

A) Objetivos • Dirigir y orientar la política laboral y social del país. • Promover y garantizar la libertad sindical. • Promover y armonizar las relaciones laborales entre los empleadores y los Trabajadores. • Promover el desarrollo y mejoramiento del sistema de salud y seguridad en el Trabajo y la previsión social. • Hacer cumplir el régimen jurídico relativo al trabajo y la previsión social. • Promover la formación técnica y profesional. 13

B) Funciones 1. Formular la política laboral, salarial y de salud e higiene ocupacional del país. 2. Promover y armonizar las relaciones laborales entre los empleados y los trabajadores, prevenir los conflictos laborales e intervenir, de conformidad con la ley, en la solución extrajudicial de estos, y propiciar el arbitraje como mecanismo de solución de conflictos laborales, todo ello, de conformidad con la ley. 3. Estudiar, discutir, y si fuere de beneficio para el país, recomendar la ratificación y velar por el conocimiento y la aplicación de los convenios internacionales de trabajo. 4. Aprobar los estatutos, reconocer la personalidad jurídica e inscribir a las organizaciones sindicales y asociaciones solidarias de los trabajadores no estatales y administrar lo relativo al ejercicio de sus derechos laborales.

5. En coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, representar al Estado en los organismos internacionales relacionados con asuntos de su competencia y en los procesos de negociación de convenios internacionales sobre el trabajo, así como velar por la aplicación de los que estuvieren vigentes. 6. Administrar, descentralizada mente, sistemas de información actualizada sobre migración, oferta y demanda en el mercado laboral, para diseñar mecanismos que faciliten la movilidad e inserción de la fuerza laboral en el mercado de trabajo. 7. Velar por el cumplimiento de la legislación laboral en relación con la mujer, el niño y otros grupos vulnerables de trabajadores . 8. Diseñar la política correspondiente a la capacitación técnica y profesional de los trabajadores. La ejecución de los programas de capacitación será competencia de los órganos privados y oficiales correspondientes. 9. Formular y velar por la ejecución de la política de previsión social, propiciando el mejoramiento de los sistemas de previsión social y prevención de accidentes de trabajo. 8) QUE ES LA DIRECCION GENERAL DE L EMPLEO A) Como se conforma 14

Estructura: Observatorio del Mercado Laboral Departamento de Permisos a Extranjeros Departamento de Movilidad Laboral Departamento de Servicio Nacional de Empleo Sección de Orientación Laboral Sección de Formación y Capacitación para el Empleo Sección de Intermediación Laboral B) Cuáles son sus objetivos Funciones: 1. Diseñar la política nacional del empleo. 2. Servir de enlace entre empresas que tienen plazas vacantes y trabajadores desempleados. 3. Desarrollar programas de orientación, asesoramiento a oferentes y demandantes de empleos. 4. Registro y control de las autorizaciones que se extiendan para el ejercicio de las profesiones técnicas de carácter no universitario. 5. Estudiar los problemas de los trabajadores migrantes C) Funciones procedimientos para obtener permisos en el extranjero D) Cuantas ferias del empleo se realizaron 5 ferias se han realizado en el trascurso

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