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Distinguir algunos regímenes de tributación especiales Mariella Lizana Schüler Legislacion Tributaria Instituto IACC 11 de Agosto del 2017

Explique lo siguiente con sus propias palabras y en base a la materia revisada en clases. a) ¿Es posible que un extranjero no domiciliado en Chile pueda utilizar el sistema de Renta Presunta? Argumente. La Renta presunta está orientada a la explotación de bienes raíces agrícolas y no agrícolas, al transporte y a la minería. Se consideran rentas de fuente chilena las que provengan de bienes situados en el país o de actividades desarrolladas en él. Según: Artículo 38°. Legislación Tributaria Aplicada No pueden acogerse a renta presunta: “La renta de las agencias, sucursales u otras formas de establecimientos permanentes de empresas extranjeras que operen en Chile, se determinará sobre la base de los resultados obtenidos por éstos en su gestión en el país y en el exterior que les sean atribuibles de acuerdo a las disposiciones de este artículo.” Conforme a lo dispuesto se encuentran impedidas estas empresas de tributar acogidas al régimen de renta presunta, señalando que deben determinar sus resultados sobre la base de un balance general según contabilidad completa. Las fuentes pertenecientes a estas empresas de fuente chilena se deben determinar sobre bases reales dentro de la gestión, en Chile, su obligación es declarar renta efectiva. Las personas sin domicilio ni residencia en Chile están sujetas a impuestos sobre sus rentas cuya fuente esté dentro del país.

b) ¿Cómo se determina el Impuesto Global Complementario de los socios de sociedades de personas que tributan en base a Renta Presunta? La Tabla de Impuesto Global Complementario presenta los tramos de la Renta Neta Global con sus respectivos porcentajes de tasas a aplicar y los montos a deducir del impuesto determinado según tasa. Este impuesto grava anualmente a las personas naturales domiciliadas o residentes en Chile por el total de las rentas imponibles de Primera o Segunda Categoría. A partir del 1° de enero de 2016, Los contribuyentes señalados, deben en principio, pagar el Impuesto de Primera Categoría (IDPC) y el Impuesto Global Complementario (IGC) o Adicional (IA), según corresponda, sobre la renta efectiva del artículo 14 de la LIR , u optar por sujetarse al régimen de renta presunta en la forma dispuesta en el nuevo artículo 34 de la LIR, cuando en estos dos últimos casos, se cumplan con los requisitos y condiciones que para tales efectos establecen dichas disposiciones legales. se modificó el régimen de tributación que afecta a las rentas obtenidas por la posesión o explotación de bienes raíces. Impuestos aplicables sobre la renta presunta. Se hace presente que un contribuyente que determine sus rentas efectivas, puede también acogerse al régimen de renta presunta por las actividades que la LIR permite dentro de los plazos que establece la ley. Aplicación del Impuesto Global Complementario. El numeral 7), del N° IV, del artículo tercero de las disposiciones transitorias de la Ley, dispone que las rentas presuntas, determinadas según las normas del artículo 34 de la LIR, según su texto vigente durante el mismo período, tratándose de sociedades y comunidades, se entenderán retiradas por los socios, accionistas o comuneros, en

proporción a su participación en las utilidades; al número de acciones; o a sus respectivas cuotas en el bien de que se trate, según corresponda. Como también es: Bienes raíces no agrícolas entregados en arrendamiento En este caso los propietarios o usufructuarios de los inmuebles con fines habitacionales (que no sean S.A.), sólo quedarán afectos al Impuesto Global Complementario o Adicional, pudiendo declarar en base a Renta Presunta o Efectiva, por estar exentos del Impuesto de Primera Categoría. (Art. 39 N° 3). La cantidad que corresponde al 7%, debe llevarse a la línea 4 del Formulario N° 22, como renta presunta, para ser gravada con el Impuesto Global Complementario.

Bibliografía

Contenidos

Semana 7

LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA - CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 1º DEL DECRETO LEY Nº 824. CIRCULAR N° 37 http://www.sii.cl/documentos/circulares/2015/circu37.pdf RÉGIMEN DE RENTAS PRESUNTAS Y SU TRIBUTACIÓN AÑO 2016 http://www.revistas.uchile.cl/index.php/RET/article/viewFile/40277/41830 Guía práctica 2015 SUPLEMENTO DISPONIBLE EN SII.CL de declaración de renta http://www.sii.cl/renta/suplemento/2015/guia_practica_renta.pdf