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DERECHO CIVIL 1.- Ideal Central El fenómeno del terrorismo fue un gran retroceso para el Perú, un país aun en desarrollo

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DERECHO CIVIL 1.- Ideal Central El fenómeno del terrorismo fue un gran retroceso para el Perú, un país aun en desarrollo que afecto con mayor intensidad a la gente de pueblo lejano a la capital. Fue una época de lucha sin cuartel entre los militares y los grupos terroristas, donde se usaron todas las estrategias posibles para eliminarse sin importar a la gente que se encontraba en medio de esta guerra. Muchos niños, madres, jóvenes y ancianos fueron involucrados en este enfrentamiento de ideologías, que de una forma irónica buscaba revindicar la dignidad de un pueblo que ellos mismo mataban. Desapariciones, asesinatos, violaciones y secuestros fueron el pan de cada día para la gente de rincones más olvidados del Perú. El estado en su afán de protegerse de la enfermedad terrorista, opto por eliminar sin discriminación a cualquier persona sospechosa, sin importar la edad o condición física en la que se encontraba. En lima, los años de 1991 y 1992 fueron de conmoción. Asesinatos como el de María Elena Moyano y las explosiones de coches bombas, el asesinato de 15 personas en Barrios Altos y de nueve estudiante y un profesor de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y valle( La cantuta) por el grupo colina, fue el anuncio de la llegada de la guerra a la capital. Se cometieron muchos crimines que en nuestro código penal y la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, son catalogados como delitos de Lesa humanidad. De los cuales la gente involucrada de los dos bandos aún están siendo investigadas y muchos ya sufren condena en los centros penitenciarios de máxima seguridad. 2.- Análisis Crítico ¿Cómo transmitir la época más oscura del Perú? El lugar de la memoria no solo ha logrado esto, sino también encerrar dentro de sus paredes emociones y miles de testimonios de personas que no solo vivieron el caos causado por el enfrentamiento entre el estado y grupos subversivos. El LUM a través de un viaje por sus instalaciones nos cuenta y nos hace acceder no solo a la historia, además al espíritu de esa época. El recorrido comienza con una gran escalera que nos conduce hacia lo profundo (de alguna forma sugiere que entraremos a lo insondable de una conciencia) donde se encuentra el lugar de registro de visitantes, para luego llevarnos a una sala con grandes pantallas que contienen la imagen virtual de 18 personas. Es una experiencia directa con sus testimonios, con sus sentimientos y con su melancolía. Gente que ha vivido en carne propia los abusos realizados por militares y terroristas. Desde secuestros en las madrugadas hasta tomas de centro educativo para luego matar a cualquier estudiante o profesor que no estuviera de acuerdo con la ideología comunista que estos grupos profesaban. Cada nivel aborda diferentes aspectos de estos hechos; no solo usando datos históricos; sino también desde la música, la fotografía y la pintura. Todo este gran monumento es una obra de arte que busca sensibilizarnos y recordarnos la etapa más nefasta de nuestra gran historia con el fin de que no se vuelva a repetir. Citando a Confucio, un pueblo que no conoce su historia, está condenado a repetirla. 3.- Conclusiones 

El terrorismo en el Perú causo grandes heridas en nuestra población y desarrollo del país. Es el hecho más sangriento luego de la matanza provocada por la llegada de los conquistadores, donde también se cometieron crimines de Lesa Humanidad.  Estas instalaciones son necesarias para crear conciencia y sensibilizar a la juventud, que ajena a esas épocas, tienen una visión equivocada de los hechos, lo cual en un futuro, podría provocar de nuevo hechos similares. SESIÓN 4, Lugar de la memoria, la tolerancia y la inclusión social, grito de un país pintado en las paredes. Luis Anggelo Pella Ortega

DERECHO CIVIL 4.- Propuesta personal El gobierno debe invertir en crear más centros culturales dedicados a abordar temas delicados usando la metodología del LUM, es necesario para el desarrollo del país no solo crear un aumento económico, sino también patriótico y espiritual. 5.- Marco Normativo Ante todo aclaremos que lo que ocurrió en Perú no fue un genocidio, citando el artículo 312 de nuestro código penal Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinte años el que, con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, social o religioso, realiza cualquiera de los actos siguientes: 1. Matanza de miembros del grupo. 2. Lesión grave a la integridad física o mental a los miembros del grupo. 3. Sometimiento del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física de manera total o parcial. 4. Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo. 5. Transferencia forzada de niños a otro grupo.

Si bien los actos cometidos en esa época cumplen la mayoría de requisitos, se tiene en cuenta la intencionalidad de destruir al grupo, la cual no fue el motivo de los desastrosos hechos. No fue un ataque hacia una raza o un grupo en particular, sino que fueron víctimas indirectas de la guerra interna. Por otro lado si califica dentro de los llamados crímenes lesa humanidad comenzando con las desapariciones forzadas el código penal peruano nos dice El funcionario o servidor público que prive a una persona de su libertad, ordenando o ejecutando acciones que tenga por resultado su desaparición debidamente comprobada, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años e inhabilitación, conforme al artículo 36 incisos 1) y 2).

Este articulo pena las acciones realizadas por el estado en su lucha por mitigar al terrorismo. Si bien algunas acciones que vulneran derechos humanos son justificados por el Art 137 de la Constitución Política del Perú en los llamados “estados de excepción constitucional, no acepta actos de tortura o que atenten contra la dignidad de la persona la cual vulnera directamente el Art 1 de dicha Carta Magna. El gran nivel de violencia que se aplicó no solo contra Terroristas, sino también contra miembros de la comunidad calificados como sospechosos, muchas veces de forma arbitraria, está claramente castigado en el Art 321 de nuestro Código penal El funcionario o servidor público o cualquier persona, con el consentimiento o aquiescencia de aquél, que inflija a otro dolores o sufrimientos graves, sean físicos o mentales o lo someta a condiciones o métodos que anulen su personalidad o disminuyan su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o aflicción psíquica, con el fin de obtener de la víctima o de un tercero una confesión (...) o de castigarla (...) o de intimidarla (...).

Podemos leer claramente que todos los actos de tortura cometidos por los dos bandos son penalizados. Finalmente, fue una etapa de vulneración de nuestro principios fundamentales, como el derecho a la vida ( la cual se expresa en la protección de nuestro vida ante cualquier persona que de forma arbitraria nos la quiere quitar), además la utilización y rapto de los niños por parte de sendero luminoso, vulnera directamente La convención de los Derechos del niño”.

SESIÓN 4, Lugar de la memoria, la tolerancia y la inclusión social, grito de un país pintado en las paredes. Luis Anggelo Pella Ortega

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SESIÓN 4, Lugar de la memoria, la tolerancia y la inclusión social, grito de un país pintado en las paredes. Luis Anggelo Pella Ortega

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