Ley Natural y Ley Positiva

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La ley natural y la ley positiva.

Ética Profesional

La ley natural y la ley positiva I.

Ley eterna y ley natural

Ley eterna comprende las normas, dictadas por Dios, por cualquiera de los medios que Él puede utilizar para revelarse. Ley Natural es el ordenamiento de todos los seres y cosas de la naturaleza, ordenamiento que, permite la supervivencia de cada uno de ellos. Jerarquía de las leyes Todas las leyes no tienen la misma jerarquía, ya que pueden ser más necesarias que otras. Esa jerarquía, en términos generales, es la siguiente: 1. Ley Fundamental. Es la ley máxima que da la razón de la existencia de un Estado (Constitución). 2. Ley ordinaria. La establecida por el Poder Legislativo como expresión de la voluntad general (civil, comercial, Penal, etc.). 3. Decreto — Ley. Emitido con el consentimiento o no del Poder Legislativo, y que puede substituir a una ley ordinaria. 4. Reglamentos que pueden ser Resoluciones, Disposiciones, Edictos etc., las cuales dentro de las jurisdicciones en las cuales fueron emitidos son obligatorias.

II.

La ley natural como ley moral:

Se caracteriza por su cognoscibilidad y su obligatoriedad. Entre la ley natural y la ley moral (ética) existe una diferencia determinada porque una, la natural, expresa el orden de la naturaleza y, por supuesto, no puede ser violada y menos aún por el hombre que es parte de la Naturaleza. Por eso algunos pensadores fijan una relación con las leyes científicas. Si un hombre desea violar la llamada ley de la gravedad, que es una ley natural, normalmente le resultará imposible. La ley moral señala como debe actuar un hombre y, generalmente, está formada por normas, costumbres, tradiciones, etc, propios de la sociedad humana. Existen hombres que violan la ley moral, pero como en el caso de la violación de todas las leyes reciben una sanción. Por ejemplo, no robar (al margen de todas sus otras interpretaciones) es una ley moral y su sanción no solamente puede ser jurídica (la cárcel), sino también social, ya que el ladrón se considera una persona indigna de todo respeto. La ley natural (o la ley científica) pueden no ser conocidas por determinados hombres (un contador difícilmente conoce las leyes de la Física o de la Química) y, por lo tanto, no tiene la obligación de seguirla. La ley moral, es una convención humana, que indica como el hombre debe actuar. Es conocida y aplicada en la sociedad moral donde rige y para los que habitan en esa sociedad, quienes no lo hacen, como hemos dicho, reciben una sanción que tiende a apartarlo de ese grupo social. Es, por lo tanto, cognoscible por un grupo social, y obligatoria para quien integra ese grupo. Pero la ley moral es distinta en distintos grupos humanos y quien pertenece a uno de ellos, puede desconocerla. Por ejemplo, en algunos países es inmoral tener más de una esposa

(matrimonio monogámico) como sucede en los judeo-cristianos, mientras que en otro, como en algunos países árabes, se autoriza a tener hasta cuatro esposas legítimas y cualquier número de concubinas. Lo que para nosotros no es moral, es moral en ellos.

III.

Las leyes positivas:

Su conformidad con el orden natural El estudio de las leyes naturales y el deseo de construir sobre ellas una filosofía es lo que nos lleva al llamado positivismo, cuyas características generales son las siguientes: 1. La experiencia es la única fuente del conocimiento. 2. La única realidad que existen son los hechos y las relaciones entre los hechos. 3. Debemos preguntarnos cómo suceden los hechos y no el porqué, el para qué, etc.

IV.

Santo Tomas De Aquino y Leyes Morales

Santo Tomas de Aquino, creador de la filosofía tomista o tomismo, estableció un ordenamiento de las normas morales que aún perdura. Obsérvese que de acuerdo con estos conceptos existe una evidente conformidad entre las leyes positivas y las naturales, ya que el positivismo es una doctrina fundamentada en la experiencia del hombre y en los hechos que él produce.

Augusto Comte (1798 – 1857), considerado como el fundador del positivismo, aunque antes de él ya existían estudios de ese tipo, fue el primero en ordenar ideas y conceptos que existían antes de él. Fundamentalmente, enunció que nada existía como no fueran los hechos, los fenómenos experimentales y las relaciones entre hechos. Negaba la existencia de causas y sólo aceptaba la existencia de leyes y fundamentalmente, de leyes científicas. Esta última posición lo llevó a una nueva clasificación de las ciencias. El concepto de Ley positiva lo llevaba, visto esos razonamientos, directamente a la ley natural. Augusto Comte eligió la palabra “positivismo” para señalar la realidad y tendencia constructiva que él reclamó para el aspecto teórico de su doctrina. En general, se interesó por la reorganización de la vida social para el bien de la humanidad a través del conocimiento científico y, por esta vía, del control de las fuerzas naturales.

Bibliografía Álvarez Ledesma,, M. (2008). Conceptos jurídicos fundamentales. McGraw-Hill Interamericana. Cabañellas de Torres, G. (s.f.). Diccionario elemental de Derecho. Escobar Valenzuela, , G. (2013). Ética ,introducción a su problemática y su historia. McGraw-Hill Interamericana.