RESUMEN LEY GENERAL DE LA EDUCACION LEY 115 DE 1994 LUZ PIEDAD RAMIREZ PRACTICA E INVESTIGACION: JARDIN INFANTIL DE 3
Views 132 Downloads 9 File size 47KB
RESUMEN
LEY GENERAL DE LA EDUCACION LEY 115 DE 1994
LUZ PIEDAD RAMIREZ PRACTICA E INVESTIGACION: JARDIN INFANTIL DE 3 A 6 AÑOS
KAREN DAYANA DEVIA CASTRO
CODIGO: 082953782014
GRUPO: 2 NIVEL: 4
UNIVERSIDAD DEL TOLIMA IBAGUE-TOLIMA 2016
LEY GENERAL DE LA EDUCACION LEY 115 DE 1994
SECCION SEGUNDA EDUCACION PREESCOLAR ARTICULO 15: definición de educación preescolar. La educación preescolar corresponde al ofrecer al niño experiencias de socialización pedagógica y recreativa, con el fin de desarrollar si desarrollo integral en los aspectos biológicos, cognoscitivos, sico-motriz, socio-afectivo y espiritual.
ARTÍCULO 16: objetivos específicos de la educación preescolar. o El conocimiento de su cuerpo, la adquision de su identidad y su autonomía. o El creciente armónico y equilibrio del niño de tal manera que facilite su motricidad, la motivación a la lectura y escritura. o Desarrollo de la creatividad, habilidades y destrezas propias. o La ubicación tempo-espacial y ejercicio de memoria o El desarrollo para adquirir formas de expresión relación y comunicación de acuerdo con normas de respeto, solidaridad y convivencia. o Participación de lúdicas con otros niños involucrando a los adultos o Estimular la capacidad de explorar y observar el medio natural
o La vinculación de la familia en el proceso de educativo para mejorar la calidad de vida del niño o La formación de hábitos alimenticios, higiene y aseo personal
ARTICULO 17: grado obligatorio: para los niños menores de seis (6) años se comprende como mínimo un (1) grado obligatorio en el nivel de educación preescolar En los municipios donde el nivel preescolar no es total, se generalizara el grado preescolar en todas las instituciones educativas que tengan primer grado de básica, con un plazo máximo de cinco (5) años