La Politica Criminal

República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Nacional E

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República

Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Nacional Experimental de los Llanos Centrales Rómulo Gallegos Área de Postgrado Especialización en Ciencias Penales y Criminológicas San Juan de los Morros, Estado Guárico.

Ensayo #1

La Política Criminal en Venezuela

Docente:

Integrantes:

Dr. Wilson Peñaloza

Abg. Carlos Pérez V-25.501.132

Cátedra: Política Criminal.

Sección #1

Julio, 2021.

El análisis de la política criminal es un tema abarcador que engloba diversas aristas del saber criminológico y del Derecho penal, por ello es necesario comprender sus fundamentos para así proyectar una visión más completa y clara de su finalidad e importancia. A lo largo de la historia, desde que se concibe la organización del Estado y el consecuente desarrollo del Derecho penal, ha sido la reacción frente al fenómeno criminal y la estrategia a adoptar frente a la delincuencia, el punto esencial del debate y la polémica de los estudiosos de esta área del conocimiento. Del análisis del término política que realiza la autora Hanna Arendt quien en rasgos esenciales expresa: “La política, se dice, es una necesidad ineludible para la vida humana, tanto individual como social. Puesto que el hombre no es autárquico, sino que depende en su existencia de otros, el cuidado de ésta debe concernir a todos, sin lo cual la convivencia sería imposible” Para Borjas Jiménez la política “Hace referencia a la forma de gobierno del Estado y que está relacionada con la gestión, desde una determinada esfera de poder, de los asuntos públicos, se presenta a través de muy diversas manifestaciones atendiendo a la parcela de actividad objeto de su administración”. La política se refiere a la forma de gobernar, a la gestión que desempeña el Estado sobre determinada área objeto de su gobierno y con un objetivo específico. Si adecuamos dicho concepto al tema que nos ocupa, que no es más que el fenómeno criminal, podemos decir que la política o la gestión que desempeña el Estado sobre el fenómeno delictivo con el objetivo de prevenir y combatir a modo de reacción, dicho fenómeno de manera que sea posible la vida en sociedad, puede ser entendida como Política Criminal.

En este sentido se puede determinar que la Política Criminal es la ciencia que estudia la actividad que debe desarrollar el estado para los fines de prevención y represión de los delitos, sus valores, una propuesta legislativa, la cual implica comprender que dé lugar a una determinada propuesta analítica donde existan mejores formas de evitar el crecimiento criminal en nuestro entorno social, o su vez proponer alternativas que disminuyan esta formas agresivas de combatir dentro de cualquier desarrollo humano en un mundo globalizado por el avance tecnológico y científico de este siglo. Para ZIPF la Política Criminal: “Es un sector objetivamente delimitado de la política jurídica general: es la Política jurídica en el ámbito de la justicia criminal. En consecuencia, la Política Criminal se refiere al siguiente ámbito: determinación del cometido y función de la justicia criminal, consecución de un determinado modelo de regulación en este campo y decisión sobre el mismo (decisión fundamental político criminal), su configuración y realización prácticas en virtud de la función y su constante revisión en orden a las posibilidades de mejoras”. Para DELMAS-MARTY: Es el “conjunto de métodos con los que el cuerpo social organiza las respuestas al fenómeno criminal”. Para este autor se trata de un conjunto de respuestas de la sociedad frente a un fenómeno que es social, la criminalidad. La política Criminal comprende tres fases en su actuación, las cuales son: 1- “En una primera fase, la política criminal actúa orientando al legislador para la creación del Derecho Penal o de nuevas instituciones jurídico-penales, o también extrapenales, para la prevención de delitos.

2- En una segunda fase, ya establecida la ley penal, la política criminal interviene dentro del proceso mismo de elaboración dogmática, animando, orientando o confirmando, las categorías sistemáticas y las tendencias interpretativas. 3- Por último en una tercera fase, que vuelve a enlazar con la primera, la política criminal interviene criticando el derecho vigente a la vista de los resultados de la labor dogmática y haciendo propuestas de reforma” La política criminal tuvo su origen según la dogmática penal a finales del siglo XVII y comienzos del siglo XIX en Alemania no se podido precisar cuál es la fuente doctrinaria autorizada para definirla, el punto inicial fue utilizado por el maestro Cesar de Baccaria, en los años 1738 y 1774 quien diagnostico esta problemática social en su obra de los delitos y penas condicha obra se propuso encontrar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. Zuñiga Rodriguez, (2001), señala; “En este sentido, las Naciones Unidas en su resolución 36/21, de 1981, sobre justicia penal, le pide a los gobiernos que se lleven a cabo los necesarios esfuerzos para establecer sobre tal base, una justicia penal teniendo en cuenta factores políticos, económicos, culturales, sociales y otros a fin de establecer una justicia penal basada en los principios de una justicia social. Bajo este prisma el Comité de Prevención y Control del Crimen de las Naciones Unidas, en marzo de 1984 adoptó los Principios Rectores en Materia de Prevención del Crimen y Justicia Penal en el contexto del desarrollo y de un nuevo orden internacional. En las últimas dos décadas, Latinoamérica y el Caribe han pasado por una tremenda agitación. Si bien la región se ha alejado de las guerras civiles

hacia democracias representativas, y ha experimentado un crecimiento en el tamaño de su clase media, así como un importante crecimiento económico, incluso en medio de una recesión mundial, también se ha convertido en el lugar más violento del planeta. Las cinco principales naciones más homicidas en el mundo están en América, cuatro de ellas en Centroamérica. Como podemos analizar la política criminal en la última década se ha constituido en un gran debate para poder erradicar la criminalidad en las naciones, las cuales no deberían quedar en programas o estrategias planteadas sino se debería atacar en una forma directa este fenómeno social con una buena estructura judicial, especialmente en el ámbito penal que los gobiernos deberán destinar recursos para asegurar y enfrentar la política criminal, con un buen tratamiento preventivo a los sistemas carcelarios a fin de que no se organicen o se perfeccionen en actos delictivos haciendo mal uso de la tecnología y más métodos electrónicos que a través de ellos se prolifera más crimines, secuestros, extorción, explotación sexual y el comercio discriminado de todo tipo de droga que con lleva a que nuestra sociedad caiga en decadencia por la falta de concienciación por parte de los organismos estatales de velar por la seguridad e integridad de nuestra ciudadanía en general. La política Criminal Es una disciplina que está vinculada con una serie de ciencias, como el Derecho Penal, la Criminología, la Sociología, la Ciencia Política, entre otras. Esta dependencia de otras disciplinas, hace que su sistematización y su estudio sean de una enorme complejidad. Desde el punto de vista de La Política Criminal Comparada con Venezuela, ha pasado por una situación de cambios estructurales en sus gobiernos político social y por ende el aumento de la criminalidad violenta y conflictiva, desde las instalaciones del gobierno de Chávez en 1999 ha

sufrido una transformación institucional donde los indicadores sobre la criminalidad oficial en los últimos 10 años surgen incrementos sustantivos en homicidios, robo de vehículos, hurtos y lesiones personales, secuestros y extorsión. Las instituciones deben velar por el control social enfrentan una crisis de legitimidad caracterizada por el mal desempeño y corrupción (policía, tribunales, gremio carcelario) según la escuela nacional de victimización en Venezuela fueron asesinadas 19.113 personas. Eso quiere decir que, en promedio, cada 27 minutos un venezolano perdió la vida por la violencia. De acuerdo con este número, la tasa de homicidios se ubicó en 75% por cada 100.000 habitantes. La información está contenida en un estudio elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas por petición de la Vicepresidencia de la República, entre el 16 de agosto y el 16 de noviembre de 2009, el cual se presentó al Gobierno en mayo de 2010. El informe, de 279 páginas, se titula "Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de Seguridad Ciudadana 2009", y fue desarrollado en un trabajo de campo que duró 12 semanas en las cuales fueron consultados 20.055 hogares. Ese texto no ha sido divulgado por el Ejecutivo, pero fue obtenido de manera exclusiva por El Nacional. Entre los datos del documento destaca que la tasa de homicidios en Venezuela es de 75% por cada 100.000 habitantes. Como podemos evidenciar la criminalidad se ve reflejado a través de este test estadístico, esto refleja el grado de inefectividad del sistema penal. La política criminal en Venezuela ha establecido medidas necesarias para prevención como para la contención del fenómeno de la criminalidad donde se ponen en peligro los bienes jurídicos el sistema establece normas penales las mismas que han variado delas situaciones sociales políticas,

económicas culturales e ideológicas que imperan en las sociedades donde estos patrones de la criminalidad desarrollan su accionar, así podemos establecer la problemática en tres factores determinantes: 1.- La micro-criminalidad.- que se desarrolla en zonas bajas de la sociedad. 2.- Los poderes criminales.- caracterizada por el desarrollo de su actuación organizada. 3.- La criminalidad de los poderes.- la que se desarrolla por el poder político. Evolución del Estado Venezolano en Política Criminal: Dentro del sistema venezolano, la política criminal ha de ser considerada como aquella política pública que debe desarrollar de manera permanente y sistemática el Estado, como una función de gobierno, que tenga como objeto la formación de planes y el desarrollo de programas estratégicos, dirigidos a controlar y minimizar la criminalidad, valiéndose para ello de todos los instrumentos legales operativos, institucionales, sociales y de participación ciudadana, que por ser pertinentes, le permitan prevenir, criminalizar, perseguir y sancionar a los agentes del delito, de acuerdo con su grado de responsabilidad penal. Muchos expertos coinciden en el hecho de que en Venezuela, desde el advenimiento de la democracia a finales del siglo pasado, no se ha formulado una verdadera política criminal para la democracia, por ello, las respuestas al fenómeno criminal han estado carentes de coherencia y han consistido en respuestas espasmódicas frente a determinados sucesos. Ante los cuales se ha respondido predominantemente con la hipertrofia del derecho penal, tomado como única propuesta de acuerdo a cómo se percibe el fenómeno criminal, llevándose a cabo reformas a las leyes penales o procesales, aisladas del conjunto del sistema, es decir, del proceso, de la ejecución de la pena y de la prevención.

Los cambios jurídicos en el área comienzan a generarse en el año 1998, cuando en el marco de un proceso latinoamericano de reformas en los sistemas judiciales, se aprueba un Código Orgánico Procesal Penal (COPP) cuyos principios ajustados a un nuevo modelo acusatorio y de humanización de la justicia serán fortalecidos con la promulgación de la CRBV en el año siguiente, en el cual Venezuela se proclamó como "Estado Democrático Social de Derecho y de Justicia. Propugnando

como

valores

de

su

ordenamiento

jurídico,

la

preeminencia de los derechos humanos y como fin esencial "la defensa y desarrollo de la persona y el respecto a su dignidad, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución". Considerando como Modernas Proyecciones de la Política Criminal en Venezuela: cabe señalar que luego de producida la reforma constitucional a través del proceso constituyente, se formularon las "Líneas Generales del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007", primer plan de la nueva era constitucional bolivariana, dirigido a profundizar los cambios estructurales hacia la construcción de la nueva República, operatividad a través de cinco equilibrios, el económico, social, político, territorial e internacional, y que en conjunto se cumplirían en dos etapas: La denominada Década de Plata (2001-2010) como período de transición o fase previa a la Década de Oro (2011-2020) etapa de consolidación de la revolución bolivariana. En este sentido, el equilibrio social sería el eje encargado de alcanzar la justicia social, respondiendo a las necesidades sociales equitativamente como nuevo orden y base material de la sociedad venezolana, para lo cual se propone "profundizar el desarrollo humano mediante la ampliación de las

opciones de las personas, el ofrecimiento de mayores y mejores oportunidades efectivas de educación, salud, empleo, de ingresos, de organización social y de seguridad ciudadana". Para concretar este objetivo, se establecieron otros sub-objetivos entre los cuales figura primigeniamente el "garantizar el disfrute de los derechos sociales y de forma universal y equitativamente", lo que entre otras cosas supone, la seguridad ciudadana como condición necesaria para el desarrollo humano, garantizando la superación de situaciones de amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la vida de las personas, sus propiedades, la paz y la convivencia pacífica. Para concluir esta breve explicación de lo ha evolucionado la política criminal en nuestro País, se puede considerar que la inseguridad en Venezuela, ha pasado de ser un sentimiento a una realidad innegable, y dentro de ella el secuestro es uno de los delitos que repuntan en las noticias que a diario relatan los medios de comunicación, con un alto costo social, dada la complejidad de situaciones y personas que involucra. De acuerdo a las estadísticas oficiales publicadas por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) en el año 1999 se registran 44 casos de secuestro, lo que representa una tasa de 5.15 por cada 100.000 habitantes, mientras que en el 2006 se registraron 232 casos equivalentes a una tasa de 20.74 por cada 100.000 habitantes. El año 2009 terminó con una cifra sin precedentes en cuanto a los secuestros reportados en todo el país. Datos aportados por la reciente Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de Seguridad Ciudadana 2009 (INE,

2010),

computan

reportados en ese período.

una alarmante

cifra

de 16.917 casos

Es evidente, que los cambios sociales han impulsado a su vez, las modificaciones en el ordenamiento jurídico penal; el legislador, de acuerdo a la realidad de sus tiempos, ha procurado combatir ese delito con la mayor severidad punitiva. Asimismo se evidencia en las diversas reformas al Código Penal desde 1897 cuando se establece por primera vez como delito autónomo hasta el vigente del año 2005, de cuyo artículo 460 se desprende la gravedad de este delito en la sociedad venezolana; el cual es llevado a su máxima expresión el 5 de junio de 2009, con la publicación en la Gaceta Oficial No. 39.194 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, como instrumento legal regulador de este delito en Venezuela. La realidad social, jurídica, política y económica que aborda a Venezuela, y el acelerado incremento delictivo en el país, asoma una necesidad de cambio, el establecimiento de cursos de acción a largo plazo que plasmen soluciones efectivas y apuesten por una mejor calidad de vida para el ciudadano. Indudablemente, ello requiere de un diagnóstico previo, pues existen en el panorama numerosas inquietudes y expectativas ante la resolución del problema. Por este motivo, este trabajo se ha planteado como objetivo identificar la política criminal en Venezuela, con especial referencia al delito de secuestro y su viabilidad para combatir esta modalidad delictiva en el país.