La Nacionalidad de Las Personas Juridicas

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO NOMBRE: JUAN CARLOS FLORES VALLEJO CURSO: OCTAVO FECHA: 22

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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO

NOMBRE:

JUAN CARLOS FLORES VALLEJO

CURSO:

OCTAVO

FECHA:

22-05-2018

DOCENTE:

Dr. ALEJANDRO ARROBA

TEMA:

LA NACIONALIDAD DE PERSONAS JURIDICAS

LAS

INTRODUCCIÓN

Uno de los temas más importantes dentro del campo del Derecho Internacional Privado es el estudio y análisis que se le da a la nacionalidad de las personas jurídicas, por la cual iniciaremos anunciando un poco de historia para luego destacar el origen de la palabra nacionalidad. La persona jurídica aparece en la época de imperio donde las ciudades que lucharon para que se le dé una independencia, se les brindo una oportunidad de actuar en el campo del derecho privado donde apareció el ius singulorun donde prácticamente utilizaban el comercio jurídico, de allí permitió que se empiece a ejercer la capacidad jurídica también conocidas como personas físicas. Según Cevallos (1989). “La palabra Nacionalidad proviene del latín “NASCERE”. Que significa nacer o nacimiento” (p.34). Por lo cual nos da a entender que la nacionalidad tiene su origen desde los primeros momentos de la humanidad, asentada dentro de un territorio determinado. Para Caicedo (1960) “La nacionalidad es el vínculo jurídico y político que liga a una persona natural o jurídica con un Estado determinado que es origen y garantía de derechos y obligaciones reciprocas” (p.59). Debemos destacar que al hablar acerca de la nacionalidad ya le establecían como un ente jurídico donde ya tenían derechos y obligaciones por la cual los Estados ya en sus cuerpos normativos establecían deberes, derechos y obligaciones permitiendo que no se vulnere los derechos de las personas jurídicas y además de esto tener responsabilidades de todo carácter.

En base a nuestra legislación referente al Código Civil establece una cierta clasificación de personas por la cual divide ya a las personas naturales y a las personas jurídicas.

DESARROLLO

En nuestra legislación las personas jurídicas del derecho privado se caracterizan por ser personas ficticias las cuales son capaces de adquirir derechos y contraer obligaciones y tiene un fin y es de cumplir su fin social o también puede ser civil o mercantil, estas personas nacen de la iniciativa privada y comienzan a existir desde el momento en que son aprobadas por la ley o por un gobierno que les dé una aprobación acerca de los estatutos. Según Alcorta establece que las personas jurídicas se rigen siempre cuando se les otorga la capacidad internacional por la ley del país a que deben su existencia, además de esto permitirá que se determine que sea nacional o extranjera según actué o se establezca dentro o fuera del territorio de ese. Las personas jurídicas del derecho privado pueden ser de tres clases. 1. Fundaciones.- estas se basan por el hecho de que no persiguen fines de lucro, donde se caracterizan por el hecho que afectan sus bienes. 2. Corporaciones.- son asociaciones de varios individuos de los cuales pretenden un fin no lucrativo pero si licito. 3. Sociedades civiles y mercantiles.- las civiles no persiguen un fin de lucro mientras que las mercantiles sí. Han existido varias controversias al hablar acerca de que si las personas jurídica tienen o no nacionalidad, en mi opinión personas las personas jurídicas si tienen nacionalidad por el hecho de que los estados les entregan derechos y obligaciones.

Para resolver conflictos de leyes referente a la nacionalidad se presenta que es un elemento de conexión para determinar la ley del competente, siempre existirá casos en que la nacionalidad de cualquier persona jurídica es un elemento indispensable para saber el trato adecuado que se debe darle. Para resolver estos problemas se da el funcionamiento de las personas jurídicas el cual depende de que nacionalidad tenga ya que en los requisitos que deben cumplir las personas jurídicas extranjeras son diferentes a las que deben cumplir con las persona jurídicas naciones además de esto de cierto de derechos de los cuales gozan las personas jurídicas nacionales y se encuentran vedados por las extranjeras. De igual manera la personalidad jurídica propia de las sociedades constituye una herramienta técnica y jurídica creada por hombres para la satisfacción de sus necesidades económicas, de manera semejante, el concepto de la nacionalidad de las personas jurídicas representa una forma abreviada para expresar los diversos grados de vinculación que este ser artificial puede tener con un ordenamiento legal. Existen modos de atribuir la nacionalidad. 1.- La nacionalidad se determina por el lugar donde se ha otorgado el acto constitutivo 2.- La nacionalidad de la sociedad es la de la mayoría de los socios (es inaplicable a las sociedades de capital. 3.- La nacionalidad se determina por el lugar de la sede social real y efectiva 4.- La nacionalidad debe ser la del lugar de explotación. 5.- Debe tenerse en cuenta el origen de los capitales pero éste es difícil de determinar ante la complejidad de la vida económica moderna.

6.- Se determina por la nacionalidad del socio o socios que controlan o dirigen la sociedad. Debemos destacar que las personas jurídicas están bajo la regulación de los estatutos y de la ley que les garantiza o le protege al momento de su creación, siempre

tomando

en

cuanto

o

basándonos

referente

a

los

principios

constitucionales, por lo tanto las personas jurídicas que se caracterizan por ser sin fines de lucro están amparadas por el código civil, la constitución del ecuador. Referente a nuestro sistema la nacionalidad de las personas dentro del derecho internacional privado tiene una importancia y esta es que permite resolver los problemas como conflictos de leyes de este modo la nacionalidad es un factor de conexión es decir es un elemento que se vincula con un problema de derecho con un derecho determinado la cual se puede aplicar tanto en las personas naturales como también de las personas jurídicas.

CONCLUSIONES 

Hemos podido concluir que las personas jurídicas si tienen nacionalidad ya que al momento de crear o aparece una persona jurídica en un estado, este estado tiene la obligación de garantizar los derechos ya que una ves que ha sido creada se les otorga deberes y obligaciones como cualquier persona natural.



Además la nacionalidad tiene gran importancia dentro del derecho internacional privado al ser un elemento de conexión

el cual ha sido

regulado en nuestro sistema de esta manera ha permitido ayudar o solucionar diferentes problemas, ya que se ha podido establecer una mejor aplicación de la norma con el fin de resolver los problemas que se presente.

Referencia Bibliográfica Balladares, B. (1985). La nacionalidad y la naturalización en la práctica administrativa. Quito - Ecuador: Editorial Casa de la Cultura. Borja Cevallos, R. (1989). Encicliopedia de la Polírtica. Quito – Ecuador Constitución República del Ecuador. (2008). Quito - Ecuador: El Fórum. Barrera Valverde, A. (1968). Manual de Extranjeria. Quito - Ecuador: Editorial Universitaria. Bello, A. (1954). Derecho Internacional Privado. Caracas - Venezuela: Imprenta López. Garcia, C.

(2008).