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Técnico Superior en Educación Infantil Unidad FORMACI‡N PROFESIONAL A DISTANCIA CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR 1

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Técnico Superior en Educación Infantil

Unidad

FORMACI‡N PROFESIONAL A DISTANCIA

CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR

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La Infancia y su Contexto

MÓDULO Didáctica de la Educación Infantil

Título del Ciclo: TÉCNICO SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL Título del Módulo: DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN INFANTIL DIRECCIÓN: DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL. Servicio de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente. Dirección de la obra: Alfonso Gareaga Herrera Antonio Reguera García Arturo García Fernández Ascensión Solís Fernández Juan Carlos Quirós Quirós Luis María Palacio Junquera Yolanda Álvarez Granda Autor del Módulo: C. Javier Rubial Peñuelas

DESARROLLO DEL PROYECTO: FUNDACIÓN METAL ASTURIAS Coordinación: Ángeles Álvarez Rivas Montserrat Rodríguez Fernández Equipo Técnico de Redacción: Nuria Biforcos Fernández Laura García Fernández Mª Teresa González Rodríguez María Mera López Diseño y maquetación: Sofía Ardura Gancedo Mª Isabel Toral Alonso Colección: Materiales didácticos de aula Serie: Formación Profesional Específica Edita: Consejería de Educación y Ciencia Dirección General de Formación Profesional Servicio de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente ISBN: 978-84-691-6173-9 Depósito Legal: AS-05411-2008 Copyright: © 2008. Consejería de Educación y Ciencia Dirección General de Formación Profesional Todos los derechos reservados. La reproducción de las imágenes y fragmentos de las obras audiovisuales que se emplean en los diferentes documentos y soportes de esta publicación se acogen a lo establecido en el artículo 32 (citas y reseñas) del Real Decreto Legislativo 1/2.996, de 12 de abril, y modificaciones posteriores, puesto que “se trata de obras de naturaleza escrita, sonora o audiovisual que han sido extraídas de documentos ya divulgados por vía comercial o por Internet, se hace a título de cita, análisis o comentario crítico, y se utilizan solamente con fines docentes”. Esta publicación tiene fines exclusivamente educativos. Queda prohibida la venta de este material a terceros, así como la reproducción total o parcial de sus contenidos sin autorización expresa de los autores y del Copyright.

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La Infancia y su Contexto

Sumario general

Objetivos ...............................................................................................

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Conocimientos .......................................................................................

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Introducción...........................................................................................

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Contenidos generales .............................................................................

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Evolución histórica ..............................................................................

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Legislación relacionada con la infancia ............................................... 14 Organismos de atención a la infancia .................................................. 31 Servicios de atención a la infancia....................................................... 36 La etapa de la educación infantil ......................................................... 41 El Técnico Superior en Educación Infantil............................................ 49 Resumen ................................................................................................ 56 Autoevaluación ...................................................................................... 58 Respuestas de actividades ...................................................................... 62 Respuestas de autoevaluación. ............................................................... 68

NOTA SOBRE LA EXPOSICI‡N DE CONTENIDOS: Conscientes de que el uso del masculino no engloba al femenino, en el desarrollo de contenidos se ha procurado, en la medida de lo posible, utilizar términos genéricos para limitar la utilización abusiva de la terminación ≈os/as∆, y facilitar de ese modo la lectura y la comprensión de la unidad didáctica. Mantendremos cuando no sea adecuada la aplicación de genéricos, el uso del género masculino, reiterando nuestra intención de la utilización de lenguaje no sexista.

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

Objetivos

Al finalizar el estudio de esta unidad serás capaz de: Conocer la evolución de la práctica educativa en educación infantil a lo largo de la historia. Conocer los derechos humanos y de la infancia, la situación legislativa española y las medidas de protección del menor. Diferenciar los organismos internacionales y las ONGs relacionadas con la atención a la infancia. Identificar las diferentes modalidades de atención a la infancia en España.

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Comprender e identificar el perfil y el campo profesional del Técnico Superior en Educación Infantil.

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Conocimientos que deberías adquirir

• Identificación de los derechos de la infancia. • Evolución de la infancia y situación actual. • Los derechos humanos y del niño/a. • Valoración de los derechos de la infancia. • Identificación de los diferentes organismos relacionados con la atención a la infancia. • La protección del menor: instrumentos de protección. • Organismos internacionales de atención a la infancia y ONGs. • Reconocimiento de la importancia de los diferentes servicios de atención a la infancia. • Descripción de los diferentes servicios de atención a la infancia. • Servicios de atención a la infancia. • La práctica educativa en educación infantil. • Descripción de las funciones y cualidades de un TSEI. • El perfil del Técnico Superior en Educación Infantil (TSEI). • Valoración del trabajo de los profesionales de educación infantil. • Ética profesional en las intervenciones del TSEI.

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Introducción El desarrollo de la etapa de la infancia ha sufrido una gran evolución a lo largo de la historia. Los cambios en la estructura familiar, la incorporación de la mujer al mundo laboral, la falta de espacios específicos, los cambios sociales, la dificultad para relacionarse y comunicarse con otros niños/asº son algunos de los factores que han motivado una mayor protección a los menores en situaciones de riesgo social, y también un interés cada vez mayor por la educación temprana. Habrás observado que en los últimos años se han incrementado considerablemente las medidas y recursos dirigidos a cubrir las necesidades generadas en este sector de la población, siendo cada vez más numerosos los centros, programas y profesionales que atienden a los niños/as menores de seis años. Por ello, también se ha elevado el nivel de exigencia tanto en lo relacionado con las condiciones y requisitos de los centros como en la cualificación de los profesionales. Estas medidas persiguen siempre el mismo objetivo: adecuarse a las necesidades y características de los niños/as de estas edades y ofrecer respuestas que atiendan las demandas de la sociedad en este ámbito.

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Contenidos generales

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Para comprender mejor la situación que nos encontramos en la actualidad, tenemos que tener en cuenta la evolución y las instituciones que se han ocupado de la educación infantil a lo largo de la historia, las leyes promulgadas y su evolución. Para terminar haremos un estudio de la profesión de Técnico Superior en Educación Infantil, y todas las características que hay que tener en cuenta en dicha profesión.

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Evolución histórica de la infancia

Seguro que en más de una ocasión has escuchado a tus abuelos o a alguna persona mayor hacer algún comentario sobre su infancia; es posible que estos comentarios sean parecidos a los siguientes: “Cuando yo era niño solo íbamos a la escuela dos meses al año, y la misma profesora nos daba clase a todos los niños del pueblo a la vez”. “En mi familia todos los niños empezamos a trabajar antes de los 10 años”. “Cuando yo era niña tenía que acompañar y ayudar a mi madre a lavar la ropa y cuidar a mis hermanos”. Como puedes observar, la situación que vivieron generaciones anteriores en su infancia era muy diferente a la que vivimos nosotros, y sobre todo a la que viven los niños/as en la sociedad actual.

A lo largo de los siglos se han ido asociando diferentes características y roles a los niños/as, por ello la etapa infantil ha ido evolucionando y variando en sus características definitorias hasta configurar la situación actual.

Evolución general de la atención a la infancia Las ideas sobre los niños/as han cambiado considerablemente a lo largo de la historia. La concepción actual del niño/a y los sentimientos que la infancia despierta son actualmente muy distintos a los que existían hace siglos. Por ello, vamos a ver los rasgos más característicos de la atención a la infancia en los distintos periodos históricos.

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o El niño/a en la Edad Media En la época medieval la infancia no despertaba ningún sentimiento especial, en todo caso, los adultos se podían divertir con los niños/as como con un animal. De esta época, podemos destacar los siguientes rasgos: La infancia era un etapa muy corta que coincidía con la falta de autonomía (el no poder valerse por sí mismos). Cuando el niño/a tenía 7 años se incorporaba a la sociedad adulta. Concepción negativa de la infancia, motivada sobre todo por el tipo de concepciones religiosas predominantes según las cuales el niño/a era un ser perverso porque había nacido en el pecado original, y todo lo que se hacía con ellos (las medidas correctivas, la educación, su crianzaº) debía encaminarse a corregir esas malas inclinaciones.

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Los lazos afectivos eran poco importantes, y la familia tenía un sentido económico, sobre todo de conservación de bienes. El afecto, en las relaciones familiares, no era un elemento esencial que pudiera alternar la unidad familiar. Por otro lado, la mortalidad infantil era enorme y si un niño/a moría no se solía sentir demasiado, ya que la tasa tan alta de natalidad hacía que se reemplazase de inmediato. De estar forma, el niño/a no salía de una especie de anonimato.

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El niño/a era considerado como un adulto en pequeño. Si te fijas en las representaciones artísticas de la época verás que los niños/as aparecen en los cuadros y esculturas como adultos en pequeño, con las ropas y atributos del adulto, con una estructura corporal y unos rasgos faciales de adulto, sólo se diferencian del adulto en el tamaño. Fig. 1: En la actualidad, al igual que ocurría

En el momento en que no requerían cuien la Edad Media, aun existen países en los dados especiales, pasaban a incorporarse que los niños son considerados como adula la sociedad de los adultos y se les tra- tos en pequeño. taba como tal. Su aprendizaje se producía en contacto con los adultos, en actividades laborales. La escuela no existía, o estaba reservada a muy pocos, en general para los que iban a ser clérigos.

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o El niño/a entre el siglo XVI-XVIII A partir del siglo XVI detectamos un cambio de actitud hacia el niño/a. Las causas las encontramos en los movimientos culturales y religiosos como la Reforma luterana, el Renacimiento y posteriormente la Ilustración. Una mayor atención a la infancia motiva que surjan las primeras escuelas organizadas, aunque por el momento solo asisten a ellas los niños/as de las clases acomodadas. A partir de la Ilustración y sobre todo con la Revolución Francesa comienza a considerarse la importancia de los derechos y libertades de los ciudadanos, y con ellos aumenta la preocupación por la infancia. Si reflexionas brevemente sobre cuál era la situación de ese momento entenderás que las primeras instituciones surgieran como medida para dar respuesta a la necesidad social y familiar de atender a los niños/as huérfanos y abandonados, e incluso para guardar a los hijos de las clases bajas mientras sus padres trabajaban. En este contexto, la mayor parte de las instituciones eran benéficas, con un gran número de niños/as, carecían de buenas condiciones, y estaban a cargo de mujeres sin ningún tipo de preparación específica.

o El niño/a en el siglo XIX Con la llegada del siglo XIX y de la Revolución Industrial aparece un período de explotación de la infancia en el ámbito laboral. Ante esta situación, la sociedad comienza a preocuparse y se empiezan a establecer las primeras leyes de protección de los menores. La protección de los menores en el siglo XIX determina que se vayan extendiendo las escuelas a una mayor parte de la población infantil, lo que conlleva un mayor estudio y conocimiento del niño/a y de sus necesidades.

Ejemplo Owen en 1816, en Escocia, creó una institución aneja a una fábrica, para recoger a los hijos pequeños de los trabajadores; la denominó Institución para la formación del carácter, contaba don 5 aulas y materiales lúdicos. Posteriormente se abrió otra institución en Londres. Fróebel fundó en 1840 su Kindergarten, o jardines de infancia, en Blakemburg.

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Los últimos decenios del siglo XIX supusieron un logro más en el descubrimiento de la infancia y su consideración especial. El avance fundamental fue liberar a los niños/as de la realización de trabajos pesados. Los avances del industrialismo y los logros del movimiento obrero se fueron conjugando para dar una condición especial a la infancia, lo que determinó la generalización del la enseñanza elemental, que se fue convirtiendo en pública y obligatoria. La llegada de la pubertad (12-13 años) marcaba el final de esa condición especial y el niño/a empezaba a insertarse en la vida de los adultos.

o El niño/a en el siglo XX En el siglo XX y al hilo de los avances tecnológicos en los sistemas de producción, resulta más cercana y sencilla la posibilidad de mantener un estado de bienestar y protección de todos los ciudadanos, sobre todo a los más débiles. Además en esta etapa, la infancia ya se ha definido como un período claramente diferenciado.

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Como has visto, la consideración que la sociedad tiene de la infancia a lo largo de la historia no deja de ser una construcción sociocultural. Es decir, el concepto de infancia ha ido evolucionando al hilo del progreso tecnológico, económico y científico (el conocimiento que se tiene de cómo se desarrollan los niños, cómo evoluciona su pensamiento, etc.).

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Te proponemos que busques información sobre una famosa obra literaria de J.J. Rousseau titulada ≈Emilio∆. Después intenta responder brevemente a las cuestiones planteadas: a. ∂A qué época pertenece esta obra? b. ∂Cuál es el concepto de niño que maneja este autor? c. ∂Se ajusta este concepto a la etapa histórica en la que se ha escrito la obra? Justifica brevemente tu respuesta. d. ∂Conoces otros referentes o autores que hayan determinado el concepto de infancia en una etapa histórica?

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Contexto actual de la infancia Podemos decir que actualmente la infancia está determinada por una serie de factores que citaremos a continuación.

o La transformación de la familia La familia es la primera comunidad que acoge al niño/a pequeño y asume su atención, cuidado y educación. En nuestro país, la familia atraviesa un proceso de cambio, de familia extensa a familia nuclear. •

La familia extensa (abuelos, padres, hijosº) transmitía de generación en generación los conocimientos y experiencias de crianza de los hijos. Varios adultos, generalmente mujeres, compaginaban el cuidado de los hijos con las tareas domésticas sin necesidad de abandonar el hogar para trabajar. En este marco, el contexto familiar se consideraba idóneo para la socialización de los más pequeños en contacto con hermanos en la casa y con vecinos en la calle.



La familia nuclear (pareja e hijos) supone el aislamiento de la pareja y la pérdida de conocimientos sobre la educación de los hijos. En este caso, uno de los progenitores, normalmente la madre, permanece en el hogar al cuidado de los más pequeños mientras el otro se desplaza al trabajo. En los últimos años, con la incorporación de la mujer al trabajo, surge la necesidad de buscar alternativas (niñeras o familiares y centros de atención a la infancia).

Disminuye el número de hijos, los progenitores no tienen tiempo ni se sienten capacitados. El 10% de las familias actuales en España están constituidas por familias monoparentales y en el 86,8% de los casos por mujeres. En estos casos se vive más aisladamente la responsabilidad educativa y se necesita un espacio más amplio en las relaciones con otros adultos y niños/as. Otra tendencia reciente es la participación directa de los abuelos en la educación de los nietos, bien por el trabajo de los progenitores o por problemas de otro tipo (desempleo, asuntos penalesº).

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o La vivienda y el entorno El éxodo mayoritario de las zonas rurales a las ciudades ha supuesto que la familia este alejada de otros familiares que podrían colaborar en el cuidado de los más pequeños. Además la concentración de la población en las ciudades ha provocad una alta especulación del suelo, y la sustitución de viviendas amplias por pequeños pisos en bloques en los que los más pequeños carecen de espacio para el moverse. En esta situación el recurso de ≈la calle∆ es muy peligroso, el tráfico es el principal enemigo del niño/a.

o La salud El avance registrado en este siglo en materia de salud ha sido el mayor de la historia. Actualmente es mucho más fácil el acceso a una atención médica básica que en los siglos anteriores. Por ello, la mayoría de los niños/as están inmunizados contra las enfermedades infantiles más importantes.

o La educación Actualmente tenemos un sistema educativo con una extensión universal para todos los niños/as, desde los cuatro hasta los dieciséis años; además de una amplia oferta en la enseñanza secundaria posterior y en la universitaria.

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Esta extensión no significa que no haya que mejorar la calidad de este servicio, no debemos olvidar que hay que continuar avanzando.

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Fig. 2: El sistema educativo actual ha extendido la educación a toda la población, abarcando a los niños desde las edades más tempranas.

Fig. 3: La extensión de la educación a toda la población infantil no debe dejar de lado la calidad del sistema educativo.

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o Los medios de comunicación Uno de los factores que más influye en la infancia actualmente son los medios de comunicación y especialmente la televisión. En la actualidad nos encontramos con una infancia altamente consumidora de televisión. Los niños/as acaban viendo la televisión ante la carencia de otras alternativas de utilización del tiempo libre, además los padres agradecen la ayuda que la televisión les presta para entretener a los pequeños y permitirles un descanso después de la jornada laboral. El principal problema, es que la televisión incide en un menor desarrollo de los vínculos familiares, de la comunicación, de la expresión verbalº Los pediatras señalan que la televisión puede producir perjuicios físicos como cansancio visual, estados de ansiedad, trastornos del sueñoº

Ejemplo En 1993 se realizó un estudio que demostraba que los niños ven en la televisión cada semana: 670 homicidios, 15 secuestros, 848 peleas, 420 tiroteos, 11 robos, 8 suicidios, 20 episodios bélicos, 11 desnudos y 20 emisiones eróticas. Además la publicidad transmite valores negativos y fomenta el consumo, consiguiendo que los niños/as se conviertan en consumidores acríticos y continuamente insatisfechos. El objetivo es introducir al niño/a en una dinámica de manejo de cosas y de productos que llegue a identificar como necesidades básicas. El principal problema es que la familia española deja solo al niño/a frente al televisor sin herramientas de análisis frente a los mensajes que recibe.

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Legislación relacionada con la infancia Más de 1 millón de niños y niñas en conflicto con la ley se encuentran en centros de detención. En algunos países (como Pakistán, Yemen, Arabia Saudí, Irán, Nigeria, Sudán, Filipinas, China, R. D. del Congo…), en estos países se aplica la pena de muerte a los menores de edad. 1,2 millones de niños y niñas todos los años son víctimas del tráfico de seres humanos con destino a la explotación laboral y sexual. 300.000 niños y niñas han sido reclutados por grupos armados y fuerzas gubernamentales en 20 conflictos en todo el mundo. Cada año, alrededor de 2 millones de niñas corren el riesgo de sufrir mutilación genital en diferentes países del mundo. Hasta la fecha, entre 100 y 130 millones de mujeres y niñas han sufrido mutilación genital.

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Información extraída de www.es.amnesty.org

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Es difícil creer que alguien pueda deliberadamente torturar a un niño/a. Sin embargo, como se puede comprobar a través de las cifras que nos ofrece Amnistía Internacional, en todo el mundo, niños y niñas están sujetos a violencia y abuso. Son frecuentes las torturas y asesinatos simplemente porque se han visto atrapados en una guerra o en un conflicto, otras veces les utiliza como soldados o como mercancía sexual. Cada día aumenta el número de niños y niñas abandonados a su suerte, de niños/as en la calle y de la calle, sin acceso a la educación ni a la salud, carentes de una familia, etc.

A lo largo de la historia se ha ido perfilando la idea de los derechos humanos, es decir, se ha ido dando cada vez más importancia a la necesidad de considerar que todos los seres humanos, por el simple hecho de serlo, tienen los mismos derechos. En esta situación ha surgido la necesidad de regular y vigilar el cumplimiento de estos derechos, por ello, nos encontramos abundantes medidas legislativas que si bien abarcan múltiples aspectos destinados a proteger la integridad y bienestar de todos los seres humanos, muchas veces pueden parecer insuficientes.

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Los Derechos Humanos Todas las personas merecemos tener la oportunidad de desarrollar nuestras capacidades, más allá de nuestras necesidades básicas y de supervivencia, de aquí la necesidad de disponer de unos derechos humanos.

Los derechos humanos son los derechos esenciales que las personas deben gozar para poder vivir como seres humanos de pleno derecho.

Para cumplir con este objetivo, la Organización de las Naciones Unidas, aprobó en 1948 la "Declaración Universal de los Derechos Humanos". Esta declaración se encarga de marcar las reglas y proporcionar recomendaciones para que todos los países protejan los derechos humanos de las personas que viven en ellos. No debemos olvidar que el respeto a los derechos humanos debe ser la base de la libertad, la justicia y la paz en el mundo.

o La Declaración Universal de los Derechos Humanos Como ya vimos en la introducción de este capítulo, y como señala la Declaración, no todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Esta situación motivó que el 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptara y proclamara la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En el preámbulo de esta Declaración Fig. 4: La enseñanza y la educación deben promover el nos encontramos varias considera- respecto a los derechos y libertades de las personas. ciones a partir de las cuales dicha Declaración proclama que "...tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación el respeto a estos derechos y libertades...".

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No se trata sólo de publicar los documentos en los que aparezcan enunciados los derechos humanos, sino que tiene que producirse una regulación en las leyes (derecho positivo) y en los instrumentos que garanticen de una forma jurídica la protección de los mismos

Una vez formulada la Declaración de Universal de los Derechos Humanos, se ha ido produciendo un reconocimiento progresivo en las leyes de cada país y en la forma de garantizar jurídicamente su protección. En la Declaración Universal de los Derechos Humanos se recogen tres tipos de derechos: Derechos individuales, relacionados con la libertad. Derechos políticos, relacionados con la participación. Derechos económicos, relacionados con la igualdad.

La Declaración de Derechos Humanos en España España subscribió la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1955.

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La incorporación y de esta Declaración, determinó que en la Constitución Española de 1978 (actualmente vigente), se incluyeran artículos como los siguientes:

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"La dignidad de la persona, los derechos inviolables que son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social”. "Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las materias ratificados por España." Artículo 10. Título I de los Derechos y Deberes Fundamentales.

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Los Derechos del niño/a La infancia, es decir los niños/as, debe tener los mismos derechos que las personas adultas, pero al ser menores de edad y estar más indefensos, necesitan una medidas de protección especial. Por ello la Asamblea General aprobó en 1989 la Convención de los Derechos del Niño. Por lo tanto, el niño y la niña, considerados desde la ley como menores (todo ser humano menor de 18 años de edad), también son sujetos de derechos. Además, por su condición de personas en desarrollo y formación, por su falta de madurez física y psíquica, hace falta que tenga Fig. 5. La infancia precisa mediuna protección especial, en el ámbito de lo legal y de lo das de protección especial. social. Para entender cómo se llegó a aprobar en 1989 la Convención de los Derechos del Niño, es necesario que hagamos un breve análisis histórico: Como ya vimos en el capítulo anterior, hasta comienzos del siglo XX, la vida de los niños y niñas y su protección mediante derechos, no era una preocupación acuciante. Sólo a partir de la Primera Guerra Mundial (1914-1918) se constata la necesidad de que los niños/as sean salvaguardados de las atrocidades bélicas y sus secuelas. En 1924 se enuncia y aprueba la Declaración de los Derechos del Niño, por la quinta asamblea general de la Sociedad de Naciones, en Ginebra. Esta declaración constaba de 5 principios que se centraban en las necesidades primarias que deben ser cubiertas para que los niños/as alcancen un desarrollo físico y psíquico adecuado. La Segunda Guerra Mundial causó más desastres y calamidades. De ella nace la ONU, y con ella la UNICEF (1946), instituciones que reflejan una gran preocupación por la infancia. No obstante, hasta el 10 de diciembre de 1948 no se aprueba la Declaración de los Derechos del Humanos. Y hasta 11 años más tarde, el 20 de noviembre de 1959 no se aprueba la Declaración de Derechos del Niño, con 10 principios básicos, y cuyos intereses van más allá de cubrir las necesidades inmediatas de los niños/as (afecto, comprensión, etc.). Posteriormente, el 20 de noviembre de 1989 se aprueba la Convención de los Derechos del Niño, ratificada por el Estado Español el 31 de diciembre de 1990.

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o Declaración Universal de los Derechos del Niño En 1924 la Sociedad de Naciones aprueba la Declaración Universal de Derechos del Niño. En el preámbulo de esta Declaración se explicitan las intenciones de las Naciones Unidas para su proclamación: promover el progreso social y elevar el nivel de la vida del niño/a, en un contexto de libertad y sin ninguna distinción Esta Declaración reconoce a los niños y niñas los derechos que se plasman en los siguientes principios: PRINCIPIOS DE LA DECLARACI‡N DE LOS DERECHOS DEL NIÑO 1924



Derecho a la igualdad sin distinción de raza, credo o nacionalidad.



Derecho a una protección especial, oportunidades y servicios para su desarrollo físico, mental y social en condiciones de libertad y dignidad.



Derecho a un nombre y una nacionalidad.



Derecho a la salud, alimentación, vivienda y recreo.



Derecho a una educación y cuidados especiales para los niños y niñas física, social o mentalmente disminuidos.



Derecho a crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y en todo caso, en un ambiente de afecto y seguridad moral y material. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente de los niños sin familia o sin me-

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dios de subsistencia.

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Derecho a recibir educación y a disfrutar del juego.



Derecho a estar en todas las circunstancias entre los primeros que reciben protección y auxilio.



Derecho a ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No se permitirá el trabajo antes de una edad determinada.



Derecho a formarse en un espíritu de solidaridad, comprensión, amistad y justicia entre los pueblos.

o La Convención de los Derechos del Niño La Convención de los Derechos del Niño se puede definir como un marco constitucional por el que todos los estados miembros de la ONU se comprometen a proteger los Derechos del Niño básicos, ya enunciados en 1924.

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El objetivo es crear las condiciones necesarias en cada uno de los países para procurar el progreso de la calidad de vida de la infancia en el mundo. Esta Convención se basa en 54 principios por los cuales se debe regir la legislación del menor en todos aquellos países que la ratifiquen. Las bases de esta Convención son las siguientes:

BASES DE LA CONVENCI‡N DE LOS DERECHOS DEL NIÑO 1989



Igualdad ante los derechos- el interés del niño/a por encima de todo.



Adopción de medidas legislativas, administrativas y de otra índole para que estos derechos puedan ser efectivos.



Derecho a la vida y a una identidad.



Derechos a la vida privada, a la intimidad y protección ante los medios de comunicación.



Libertad de pensamiento, expresión, asociación; derecho a ser oído.



Derecho a la integración de niños/as con discapacidades o dificultades.



Derecho a la salud, a la Seguridad Social y una calidad de vida (mental, moral, física y social), incluyendo el ocio y juego



Derecho a la educación obligatoria y gratuita.



En interés del niño/a, no separarlos de sus padres, contra su voluntad.



Evitar traslados ilícitos (venta, secuestro).



Protección contra la violencia, abusos y malos tratos.



Protección a los refugiados y respeto a la cultura propia de cada uno.



Protección contra cualquier explotación, contra drogas y conflictos armados. Trato digno en el caso de infracción de la ley.



Protección y cuidado del niño/a que estén privados de familia: reconocimiento de adopción.

Situación legislativa española España, al igual que muchos otros países, ha ido ratificando e incorporando las medidas legislativas relacionadas con la protección de los derechos humanos en general, y con las del niño/a en particular. La incorporación de estas medidas ha supuesto la reforma de nuestro marco legislativo, el cual ha empezado a incorporar importantes aspectos en materia de protección y defensa de los derechos humanos.

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o Constitución Española La Constitución Española (1978) es el marco general que garantiza la protección de los derechos de los ciudadanos españoles, y traza las líneas que debe seguir el progreso cultural y económico para asegurar la calidad de vida. De la Constitución emanan una serie de leyes que afectan a la infancia como la protección jurídica del menor, la responsabilidad penal de los menores, la ordenación del sistema educativo o el sistema sanitario.

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En lo que se refiere a las Comunidades Autónomas, en el Artículo 148, punto 1, señala que podrán asumir competencias para regular materias tales como la asistencia social. Sin embargo, cualquier acto administrativo o normativo relacionado con la protección jurídica de los menores deberá ser recogido por leyes de ámbito nacional, y cuando se trata de contenidos relacionados con derechos fundamentales las leyes deberán tener carácter orgánico. En el Artículo 149, en el apartado 1 señala las competencias exclusivas que tiene el Estado.

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El Capítulo II del Título I de la Constitución Española se encarga de regular los derechos y libertades fundamentales. Te proponemos que leas este capítulo e indiques algunos de los artículos que estén relacionados con los derechos del niño. Indica brevemente qué desarrollan esos artículos.

o Código Civil El código civil regula, de forma jurídica, las normas de vida social. El aspecto más destacable de esta normativa legal se refiere a la mayoría de edad. La mayoría de edad se fija a los 18 años, aún cuando penal y laboralmente se adelanta a los 16 años. Cuando una persona llega a la mayoría, se dice que está emancipada. Por debajo de esa edad, se instituye la patria potestad conjunta entre padre y madre.

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La patria potestad se define como los derechos y deberes de los padres para cumplir las funciones educativas y de protección de los hijos, así como la representación y administración de sus bienes.

Otro aspecto relacionado con la mayoría de edad de los niños/as, y que aparece regulado en el Código Civil es el de la tutela.

La tutela es una medida que suple a la patria potestad cuando tienen lugar determinadas circunstancias como el fallecimiento de los padres o el incumplimiento de sus deberes (malos tratos, abandonoº).

o Código Penal Este Código se encarga de valorar como delitos o faltas aquellas acciones contrarias a los principios fundamentales recogidos en la Constitución, estableciendo las sanciones oportunas, según los casos.

La Protección del menor Para desarrollar la protección del menor en nuestro país utilizaremos los 3 ámbitos de actuación principales: Ÿmbito jurídico. Ÿmbito educativo. Ÿmbito sanitario.

o Ámbito jurídico El Sistema Jurídico confía el cuidado físico y moral del menor a sus padres dentro del esquema de la familia y les otorga la patria potestad. El ordenamiento jurídico tiene que prever la posibilidad de que, en determinadas circunstancias (por ejemplo: ausencia, incapacidad, ejercicio inadecuado o imposibilidad), los progenitores o quien ejerce la patria potestad no puedan asumir correctamente estas

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funciones. Teniendo esto en cuenta, en la normativa vigente se presentan diferentes soluciones a estas situaciones, siempre teniendo en cuenta los siguientes principios fundamentales: Las actuaciones que intentan proteger los intereses de los menores tienen que tratar, en la medida de lo posible, de integrar a los padres y tutores en estas actuaciones, con el fin de que éstos puedan cumplir con sus responsabilidades. La normativa de los menores tiene carácter protector. En ella se configura como principio general el derecho de los padres a tener consigo a sus hijos, y sólo puede negarse en atención a otro principio superior, como el de salvaguardar el interés del menor para asegurar su bienestar y adecuado crecimiento físico y psíquico. A continuación veremos las figuras jurídicas más importantes relacionadas con la protección del menor:

A. Patria Potestad Por medio de la patria potestad se pretende otorgar protección, cuidado, asistencia y educación a los hijos, representarlos y administrar sus bienes. Es la obligación que tienen el padre y la madre de proporcionar protección y asistencia a los hijos mientras sean menores, a no ser que se hayan emancipado o declarado su incapacidad. Es un deber irrenunciable, cuyo incumplimiento puede constituir delito y que, en situaciones de normalidad, es intransferible y no se extingue hasta que el hijo (no incapacitado) alcanza la mayoría de edad o se emancipa

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B. La emancipación

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Consiste en la situación jurídica en virtud de la cual un mayor de 16 y menor de 18 años puede disponer de su persona y de sus bienes como si fuera mayor de edad, a excepción de aquellos casos especiales establecidos en la ley. Las causas de la emancipación: Por mayoría de edad: la mayoría de edad comienza a los 18 años cumplidos. Por matrimonio del menor: la mayor parte de las emancipaciones se producen por contraer matrimonio antes de los 18 años. Por concesión de los que ejercen la patria potestad: para ello se requiere que el menor tenga dieciséis años cumplidos y que la consienta. Por concesión judicial: el juez puede conceder la emancipación cuando lo solicite el menor que ya cuente con más de 16 años de edad en determinadas situaciones.

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C. La guarda Es la una situación temporal durante la cual una persona o una Institución Pública se hace cargo del acogimiento de un menor desamparado, por voluntad -expresa o tácitade los titulares de la patria potestad, o porque así lo establezca la ley. Asumir la guarda de un menor supone, para quien la realiza, la obligación de velar por el menor, tenerlo en su compañía, cuidarlo, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral Distinguimos dos tipos de guarda: Guarda de hecho- Se produce cuando aquella persona que, sin tener potestad legal sobre un menor o persona incapacitada o susceptible de serlo, ejerce respecto de dicha persona alguna de las funciones propias de las instituciones tutelares, o se encarga de su custodia y protección o de la administración de su patrimonio y gestión de sus intereses. Ejemplo La guarda de hecho se daría en las siguientes situaciones: •

Padrastro o madrastra, cuando el cónyuge que ha fallecido era el progenitor del menor, que mantiene el papel de padre o madre del menor.



Abuelos que se hacen cargo de los nietos al fallecer uno de sus hijos y el cónyuge.

Guarda administrativa- Cuando es asumida por la entidad pública. Este tipo de guarda es carácter temporal y no afecta a quién corresponde la titularidad de la patria potestad/tutela (los padres o tutoras seguirán teniendo la obligación de velar por el menor y el derecho de visitas y comunicación con el mismo) siempre y cuando una resolución judicial no lo impida.

D. La tutela Es el poder que otorga la ley a determinadas personas, y que tiene como objetivo el amparo protección y defensa de la persona y patrimonio de los menores que no están sujetos a la patria potestad de sus padres y de los incapacitados. Los tutores deben actuar siempre en beneficio del tutelado y bajo la salvaguarda de la autoridad judicial, en última instancia.

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Sustituye a la patria potestad en caso de que no se pueda ejercer, ya sea por causa de fallecimiento de los padres o por incumplimiento de sus deberes. Podríamos identificar diferentes situaciones de tutela: Menor en situación normal de patria potestad. Menor sometido a tutela de un tercero, en situación de tutela ordinaria. Menor en situación de desamparo, tutela administrativa.

E. La curatela Es una medida que tiene como objetivo completar la capacidad de las personas que no son capaces de valerse por sí mismas completamente, por lo que será necesaria la intervención del curador en aquellos actos que los menores o incapacitados parcialmente no pueden actuar por sí mismos. La curatela también tiene que constituirse por resolución judicial e implica la asistencia del curador para aquellos actos que expresamente imponga la sentencia que la haya establecido. La curatela incluye las siguientes situaciones: Los emancipados cuyos padres han muerto o están incapacitados para prestar la asistencia que la Ley exige para que puedan realizar determinados actos (vender o hipotecar inmuebles o establecimientos mercantiles, enajenar joyas de extraordinario valor).

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Los que hubieren obtenido el beneficio de la mayoría de edad (persona que ha sido liberada de la tutela, aunque aún no sea mayor de edad).

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Los declarados "pródigos" (incapaces para administrar sus bienes). Los que han sido incapacitados, siempre que la resolución por la que se rija su incapacitación indique que deben ser sometidos a curatela.

F. Acogimiento familiar El acogimiento familiar persigue la finalidad de integrar al menor en una vida familiar que complemente de forma temporal la suya natural. Este acogimiento puede tener carácter provisional con el fin de reintegrarse a su propia familia o tener carácter de preparación para la adopción por parte de quien le ha acogido.

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Las Entidades Pública competentes, generalmente las Comunidades Autónomas, son las encargadas de vigilar administrativamente el acogimiento e informe al ministerio fiscal, quien comprobará por lo menos semestralmente, la situación del menor y propondrá al juez las medidas que considere necesarias.

G. Adopción La adopción (adopción plena), consiste en crear una nueva relación familiar igual o equiparada a la biológica. La sustitución de la patria potestad de los padres naturales, por la patria potestad de los adoptivos, produce una nueva filiación y exige una resolución judicial y unos requisitos de tramitación concretos. Entre el adoptado y su familia anterior desaparecen los vínculos jurídicos, de forma irrevocable. Sólo puede extinguirse en el supuesto de que dentro de los dos años siguientes a la adopción, y siempre que no perjudique gravemente al menor, lo solicite el padre o la madre que, sin responsabilidad personal, no hubiera dado el consentimiento o no hubiera sido oído según establece la ley.

Fig. 6. La adopción es un instrumento a través del cual la patria potestad pasa de los padres naturales a los padres adoptivos.

Para la adopción es necesario el consentimiento de los padres del niño/a, a no ser que exista privación de la patria potestad, y en el caso de que el menor tenga más de 12 años también su consentimiento. Tiene que presentarse ante el juez por parte de las entidades competentes en materia de protección de menores, y existir previamente una propuesta. Estas entidades son las que seleccionan a los posibles adoptantes de acuerdo con la idoneidad, para lo que se tienen en cuenta las características del niño/a, buscando siempre su beneficio.

o Ámbito educativo Los acuerdos internacionales, los principios y las normas que la Constitución española y la europea establecen en relación con los derechos de la infancia también desarrollan aspectos relacionados con el ámbito educativo. El derecho a la educación se contempla como obligatorio e irrenunciable, cuyo ejercicio no depende de la voluntad del menor o de su representante. El derecho a la educación se garantiza por la actuación del Estado, estableciendo un nivel de enseñanza básica obligatoria y gratuita, inspeccionando y homologando el marco del sistema educativo y regulando la programación general de la enseñanza.

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a

Como ya sabes, la Constitución Española también se encarga de desarrollar aspectos relacionados con el derecho de los niños a la educación. Revisa el documento de la Constitución e intenta responder a las siguientes cuestiones: a. En el Título I, Capítulo II, dedicado a los Derechos y Libertades hay un artículo que desarrolla el ámbito educativo ∂Cuál es este artículo? b. ∂Qué aspectos, relacionados con la educación, se desarrollan en este artículo?

o Ámbito sanitario

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En relación al ámbito sanitario, es el Estado el encargado de establecer las normas que fijen las condiciones y requisitos mínimos, persiguiendo una equiparación básica de condiciones en el funcionamiento de los servicios públicos. La Ley General de Sanidad relaciona las actuaciones que corresponden al Estado, sin menoscabo de las competencias de las Comunidades Autónomas.

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Estos y otros principios relacionados con la coordinación están recogidos en la Ley General Sanidad, que además concreta los instrumentos de colaboración y crea como órgano de coordinación el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS). El CISNS, según la definición que recoge el artículo 69 de la ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, es "el órgano permanente de coordinación, cooperación, comunicación e información de los servicios de salud, entre ellos y con la Administración del Estado, que tiene como finalidad promover la cohesión a través de la garantía efectiva de los derechos de los ciudadanos en todo el territorio del Estado".

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Las leyes básicas en el sistema sanitario son las siguientes: La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (LGS). La Resolución de 11 de noviembre de 1985 de la Secretaria de la Seguridad Social, de reconocimiento del derecho de asistencia sanitaria de la seguridad social en casos de adopción, BOE 1 de octubre de 1987. RD 1088/1989, de 8 de septiembre, por el que se amplía la cobertura de asistencia sanitaria de la seguridad social a las personas sin recursos económicos.

Leyes sobre la protección jurídica del menor La protección del menor está legislada, tanto a nivel nacional como autonómico, a través de un conjunto de leyes. A continuación utilizaremos como referencia una ley nacional, y posteriormente veremos dos leyes de ámbito autonómico, en este caso, del Principado de Asturias.

o Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor La Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor (1996) (BOE 17-1-1996) supone modificaciones en el Código Civil y en el Código Penal, en materia de protección a la infancia. Los aspectos más destacables son: Supremacía del interés del niño/a, que se manifiesta en el mantenimiento del mismo en su medio, en su integración familiar y social, y en la interpretación restrictiva de sus limitaciones de capacidad. Se extienden los derechos de educación, asistencia sanitaria y servicios a los menores de extranjeros que no tengan residencia legal, siempre que se encuentren en situación de riesgo o desamparo. Diferencia entre diversas situaciones de desprotección infantil. •

Situación de riesgo. Situaciones familiares, sociales o escolares en las que se dan condiciones desfavorables para el desarrollo del niño/a, que deterioran su persona y frente a las que puede llegar a adoptar conductas propias de la marginación social.



Situación de desamparo. La familia tiene el deber a asistir a sus hijos e hijas mientras son menores de edad. No obstante, se dan graves situaciones en las que los deberes de protección a sus hijos e hijas no se cumplen (orfandad, enfermedad, abandono, maltrato, abusosº)

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Obliga a toda persona que detecte una situación de riesgo a que auxilie de inmediato y los comunique a la autoridad competente en materia de menores. Se refuerza el papel del Ministerio Fiscal para perseguir los delitos en contra de la infancia.

o Ley 1/1995 de Protección Jurídica al Menor del Principado de Asturias La Ley 1/1995 de Protección Jurídica al Menor del Principado de Asturias (BOE 20-41995) se sustenta en los siguientes principios: Se reconoce al menor como titular de derechos, concretamente los recogidos en la Convención de 1989. Se crea la figura del Letrado Defensor del Menor, órgano que vela por el efectivo cumplimiento de estos derechos. El sistema de protección al menor sólo debe activarse cuando resulten incumplidos los deberes que integran el contenido de la patria potestad. Se asume la coordinación necesaria entre los Servicios Sociales Municipales y la Administración autonómica, tanto en la gestión de las medidas de prevención como en las medidas de protección consistentes en apoyo familiar. Además, en esta ley se contemplan medidas de prevención y de protección.

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Medidas de prevención. Son aquellas que llevan a cabo los servicios sociales municipales y las instituciones educativas y sanitarias, bajo la coordinación del Principado; estas medidas se encaminan a informar a la población general sobre las situaciones de riesgo y los recursos existentes, con el objeto de conocer e intervenir ante las situaciones de riesgo.

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Medidas de protección. Comprenden el apoyo familiar (que pueden ser: prestaciones económicas, ayuda a domicilio o apoyo técnico), la tutela automática, guarda, acogimiento, adopción, alojamiento en centros y cuantas acciones en beneficio del menor, cuando se declare una situación de desamparo. Situaciones de desamparo. Se contemplan situaciones como la falta de escolarización, los malos tratos, abusos sexuales, trastorno mental de los guardadores, drogadicción de miembros del grupo familiar, inducción a la delincuencia, a la mendicidad o a cualquier otra forma de explotación económica.

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Las pautas básicas que han de inspirar todas estas medidas son: •

Temporalidad. La estancia en centros de primera acogida no puede ser superior a 45 días, y el alojamiento en centros no puede exceder del tiempo que sea estrictamente necesario



Sólo se contempla el alojamiento en centros cuando el resto de medidas adoptadas sean inviables, insuficientes o inadecuadas.



Siempre debe priorizarse del interés del menor: mantenerse en su medio, en el que, en todo caso, se procurará su integración y la de su familia.

o Reglamento de Acogimiento Familiar y de Adopción de Menores en el Principado de Asturias En el RD 46/2000 de 1 de junio se desarrolla el Reglamento de Acogimiento Familiar y de Adopción de Menores, en el Principado de Asturias (BOPA. 14-6-2000). Este Decreto supone un reglamento para la constitución de acogimientos y adopciones, de manera que se puedan garantizar las condiciones de idoneidad para que la integración sea plena, tanto a nivel familiar como social.

El Acogimiento El acogimiento familiar podrá adoptar las siguientes modalidades: Acogimiento simple. De carácter transitorio, bien porque la situación del menor conlleve a una pronta reinserción en su familia, bien porque se espera adoptar una medida de protección más estable. Acogimiento familiar permanente. Cuando la edad u otras circunstancias del menor y su familia lo aconsejen. Debe estar propuesto por la Consejería y ésta podrá solicitar del Juez la atribución a los acogedores que aquellas facultades de tutela que faciliten el desempeño de sus responsabilidades, atendiendo al interés superior del niño/a. Acogimiento familiar preadoptivo. Se formalizará por el Principado cuando la Consejería eleve la propuesta de adopción del menor ante la autoridad judicial, siempre que los acogedores reúnan los requisitos necesarios para adoptar, hayan sido seleccionados y prestado ante la Consejería de Asuntos Sociales su consentimiento de adopción. Aparte, el Principado podrá formalizar, asimismo, un acogimiento familiar preadoptivo cuando considere, con anterioridad a la adopción, que se necesita un período de adaptación familiar, período que no podrá exceder un año.

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La Adopción En este Decreto también se concretan los mismos requisitos, procedimientos y criterios de valoración para la adopción y para el acogimiento preadoptivo.

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Otro apartado de este Reglamento se encarga de desarrollar la adopción internacional, según lo especificado en la Ley de Protección del Menor de 1996: son las entidades públicas las que expiden la idoneidad de los adoptantes y tramita directamente las solicitudes, que pueden realizarse por medio de entidades o asociaciones, cuya acreditación para estar labores debe ser extendida por la entidad pública.

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Consulta el BOPA del 14 de Junio de 2000, en él encontrarás el Reglamento de Acogimiento Familiar y de Adopción de Menores, en el Principado de Asturias. Intenta responder a las siguientes cuestiones: a. ∂Cuáles son los requisitos para la valoración en el acogimiento preadoptivo y en la adopción?

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b. Indica algunos de los criterios para la selección de acogedores y adoptante.

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A diario millones de niños y niñas son víctimas de violaciones de los Derechos Humanos en general y de los Derechos del Niño en particular, como reflejan las cifras de la introducción. Para evitar que esto ocurra, no debemos olvidar nunca que lo vivido en la edad temprana es fundamental para la edad adulta; de aquí la importancia de garantizar el respeto y la protección de los derechos del niño y la niña.

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Organismos de atención a la infancia Como ya sabes, las empresas, las organizaciones, las institucionesº y en general, cualquier grupo social o persona se plantea unos objetivos hacia los que dirigir todos sus esfuerzos. A continuación te presentamos algunos de esos objetivos: “Nuestro objetivo es garantizar el cumplimiento de los derechos de la infancia”. “La finalidad de nuestra organización es contribuir a formar un mundo más justo y sin pobreza donde todas las personas puedan vivir dignamente y disfrutar de sus derechos sociales y económicos”. “Nuestro objetivo es ofrecer a los niños una familia, un hogar estable y una formación sólida para alcanzar una vida autónoma”. “Nuestra tarea fundamental es la defensa activa de los intereses de los niños y niñas, especialmente de los más desfavorecidos”. ∂Qué tipo de empresa/institución/persona crees que se encuentra detrás de estos objetivos? ∂Crees que son frecuentes este tipo de metas u objetivos a alcanzar?

Los objetivos que te presentamos en la introducción pertenecen a distintos organismos que dedican sus esfuerzos y sus recursos a la atención a la infancia. UNICEF, Intermon, Aldeas Infantiles, Save the Childrenº son solo algunos ejemplos de organismos que se han planteado la necesidad de defender y promover los Derechos de la Infancia, y que por ello han orientado su actividad a la atención de los niños/as.

Organismos internacionales de atención a la infancia Estos organismos surgieron para que las propuestas que fueron surgiendo sobre la protección a la infancia, fueran posibles y pudieran estar vigentes en todos los países.

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El marco de actuación de estos organismos es la defensa de los derechos de los niños/as, por medio de propuestas que puedan ayudar a los estados miembros en el cumplimiento de los artículos de la Convención sobre los Derechos del Niño. Los Organismos internacionales más representativos en el ámbito de la atención a la infancia son los siguientes:

o UNICEF Institución creada en 1946, por resolución de la Asamblea de la ONU como Fondo Internacional de Emergencia. En un primer momento, el objetivo por el que se creó fue atender a los niños/as que quedaron en una situación caótica después de la Segunda Guerra Mundial. En 1953 UNICEF se convierte en una institución permanente (como Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia), con la finalidad de conseguir el bienestar en sus programas de atenFig. 7: UNICEF se ha ción y educación a la infancia, y de madres embarazadas.

convertido en uno de los Depende, en parte de la ONU, está regida por una Junta Ejecu- referentes mundiales en materia de atención a la tiva y está compuesta por distintos países. Se financia, también, infancia.

a través de un amplio merchandish (tarjetas de Navidad, camisetas, etc.) y de colaboradores.

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o UNESCO

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Es la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Es un organismo internacional que lo componen diferentes estados que cooperan en materia social, económica y cultural. Su finalidad es promover la colaboración entre diferentes estados a Fig. 8: La UNESCO lleva desarrotravés de la educación, ciencia y cultura, de manera que llando su actividad desde 1945. se llegue al logro de las libertades fundamentales. Desde 1972 incorporó a su programa la educación preescolar, contando con la colaboración de la OMEP para llevarlo a cabo. Se estima que todos los esfuerzos realizados en la mejora de las condiciones de la educación de la primera infancia potencian la calidad de la educación básica. Para alcanzar sus objetivos, coopera con otras organizaciones para no sólo llegar a cabo programas de intervención, sino investigar y hacer estudios.

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o OMEP La Organización Mundial de Preescolar se funda en 1948, después de la Segunda Guerra Mundial, ante la situación en la que quedaron muchos niños y niñas tras la guerra. Su sede está en París y se articulan en diferentes Comités Nacionales, cuyos representantes se reúnen cada año para planificar sus programas de actividades. En España, OMEP cuenta con Comité Nacional. Está vinculado a la UNESCO, quien aporta subvenciones y también colabora con la UNICEF en algunos de sus programas; también se financia con las cuotas de sus socios. Sus fines son: Maximizar en la medida de lo posible las condiciones de bienestar, desarrollo y felicidad, evitando la ruptura familiar. Mejorar la comprensión del niño/a y sus necesidades en los 6 primeros años de vida. Promover investigaciones en el tema de la infancia. Promover la comunicación de experiencias entre diferentes profesionales interesados en la infancia.

o UIPE La Unión Internacional de Protección a la Infancia fue creada en 1946. Sus actividades están basadas en la Declaración de los Derechos del Niño, e integra a un centenar de organismos de diversos países. Sus fines son: Socorrer a los menores, sin ningún tipo de discriminación. Mantener relaciones entre organismos y personalidades que se ocupan de la infancia. Elevar los niveles de protección a la infancia. Contribuir al desarrollo moral y físico del niño/a.

Organizaciones no Gubernamentales (ONGs). A diferencia de los organismos internacionales, las organizaciones no gubernamentales muestran un ideario más social, es decir dedican sus esfuerzos al trabajo de campo. Sus acciones están encaminadas a erradicar la desigualdad existente entre la población mundial, por ello, intentan compensar in situ las situaciones de los colectivos desfavorecidos, y en los momentos críticos.

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Los objetivos son: Sensibilizar y crear una conciencia social sobre la protección de los derechos del niño y la niña. Investigar y denunciar casos concretos en los que se vulneren estos derechos. Proponer y promover cambios legislativos para cumplir estos fines, no sólo a nivel de un estado, sino en el conjunto de todos los estados. Proporcionar medios y recursos técnicos (educativos, materiales, asistenciales), personales y económicos para resolver situaciones críticas concretas. Las ONGs son organizaciones sin ánimo de lucro y atienden a colectivos marginales; varían de unas a otras en cuanto al ámbito, a los procedimientos y estrategias de intervención que siguen, así como el ideario o ideología que los mueve. Algunas de las ONGs relacionadas con la atención a la infancia son las siguientes:

o Asociación en Defensa del Niños y Niñas Internacional (DNI). Junto con otras ONGs, promovió la elaboración de la Convención de los Derechos del Niño, y promueve su cumplimiento.

o Mensajeros de la Paz y Nuevo Futuro. Este tipo de asociaciones intentan dar alternativa a la atención de niños y niñas que deben ingresar en instituciones por vivir situaciones de desprotección.

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o Aldeas Infantiles SOS

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Son organizaciones que intentan llevar a cabo planes de actuación integrales, que promuevan el desarrollo de comunidades en zonas del Tercer Mundo.

o Cáritas Española Organización creada en 1947, Cáritas tiene personalidad jurídica propia, tanto eclesiástica como civil. Entre sus objetivos fundacionales destacan la ayuda a la promoción humana y al desarrollo integral de la dignidad de todas las personas que se encuentran en situación de precariedad.

o Intermon Oxfam Está dedicada a la cooperación para el desarrollo ya la ayuda humanitaria que trabaja junto a las personas de los países empobrecidos de América Latina. Se plantean que es

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necesario generar cambios hacia unas estructuras justas que permitan el derecho de todas las personas a una vida digna.

o Save the children Es una Organización no Gubernamental que trabaja para la defensa y promoción de los derechos de la infancia, en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas. Su objetivo fundamental es la defensa activa de los intereses de los niños y niñas, especialmente de los más desfavorecidos.

o Cruz Roja y Media Luna Roja En la Conferencia Diplomática de 1864 se aprobó un marco jurídico que sentó los fines fundamentales de la Cruz Roja: la acción efectiva de socorro a los heridos, los vehículos y personal sanitario que deberían ser considerados y respetados como neutrales y, por tanto, protegidos en los conflictos bélicos.

o Amnistía Internacional Esta organización defiende el respeto de los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otras normas internacionales. Además, defiende la observación de todos los derechos humanos, que considera interdependientes e indivisibles, con actividades de concienciación pública y otras acciones, así como por medio de la educación en derechos humanos y de la presión para que se ratifiquen y apliquen los tratados de derechos humanos.

Enlaces web •

UNICEF: www.unicef.es/



UNESCO: www.unesco.org/es/



OMEP: www.omep.org.ar/



Mensajeros de la Paz: www.mensajerosdelapaz.com/



Nuevo futuro: www.nuevofuturo.org/



Aldeas Infantiles SOS: www.aldeasinfantiles.es/



Cáritas Española: www.caritas.es/



Intermon: www.intermonoxfam.org/



Save the children: www.savethechildren.es/



Cruz Roja: www.cruzroja.es/ í

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Servicios de atención a la infancia Antes de empezar la educación obligatoria ∂acudiste a una guardería o a algún tipo de centro? Durante el periodo de tiempo antes de comenzar a ir al colegio ∂Quién cuidaba de ti? ∂Tus padres? ∂Tus abuelos? ∂Otros familiares? Cuando eras niño/a ∂perteneciste a algún tipo de asociación u organización con la que realizabas excursiones, talleres, etc.? Si comparas la situación que tú viviste cuando eras niño/a, con la situación en la que viven los niños/as de la actualidad, observarás que disponen de muchas más opciones de las que tú tenías entonces. Ahora los niños/as, desde que son muy pequeños, van a la Escuela Infantil, a la Guarderías o a las ludotecas, etc. Además disfrutan de talleres o actividades lúdicas especialmente diseñadas para ellos, que organizan en sus ciudades. Van de excursión a las Granjas Escuela, o en verano se van de campamento. Etc.

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Si le preguntas a cualquier niño/a, te dirá que participa o ha participado en alguna o en varias de estas actividades.

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Efectivamente, la importancia que nuestra sociedad concede a la infancia, determina que se hayan desarrollado diversas alternativas de atención a la infancia. Las modalidades o servicios de atención a la infancia son las distintas iniciativas que han surgido para mejorar la vida de los niños/as y sus familias. Dentro de estas iniciativas nos encontramos una gran variedad, tanto en el tipo de centros, como en el tipo de profesionales que desarrollan su actividad en este ámbito. Es significativo observar la denominación que se da a los diferentes tipos de centros que atienden a niños/as de estas edades entre 0 y 6 años: escuelas infantiles, centros de educación infantil, guarderías, jardines de infancia, ludotecas, etc.

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Por otro lado, la formación y titulación de los profesionales que se han encargado de los niños/as, ha sido también muy variada: puericultores, licenciados, maestros, técnicos especialistas en educación infantil, etc. En cuanto a titularidad y dependencia de los centros, también se han producido diferentes situaciones, supeditándose a autoridades diferentes. Esto ha supuesto diversidad de requisitos y normativas según el caso, y ha provocado, en algunos momentos, situaciones de vacío legal. También se han creado en ocasiones centros en condiciones no adecuadas para la población infantil y con personal no cualificado. Esta situación de diversidad ha sido en algunos casos determinada por el carácter no obligatorio dentro del sistema educativo. Las modalidades de atención a la infancia en España se dividen en dos tipos: formales y no formales.

Modalidades en el ámbito formal Son aquellas iniciativas de atención a la infancia que se desarrollan en el ámbito educativo, en las escuelas, regladas y estructuradas. El ámbito formal es aquel que conduce a obtener un título académico dentro del sistema educativo. Aunque en nuestro caso esto no seria real, ya que la educación infantil no es obligatoria y por tanto no se obtiene ninguna titilación. En este sentido tendríamos las Escuelas Infantiles. La actuación profesional del Técnico Superior en Educación Infantil en estas modalidades será con niños/as de 0-3 años. El servicio de atención a la infancia en el ámbito formal más representativo serían las Escuelas Infantiles.

o Escuela infantil La Escuela Infantil es un servicio de atención para niños y niñas de 0 a 6 años en contexto extrafamiliar, adaptable a entorno rural y urbano, y que surge con la entrada en vigor de la LOGSE. Al asumir los colegios de educación primaria la educación infantil en su segundo ciclo, desde los 3 a los 6 años, las escuelas infantiles en muchos casos están centrando su campo de Fig. 9. Las Escuelas Infantiles empezaron a desacción en el tramo de 0-3 años en algunas arrollarse con la LOGSE. Comunidades Autónomas.

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Algunas escuelas infantiles son de carácter privado, autorizadas por el Ministerio de Educación y Ciencia y/o las Comunidades Autónomas. Otras son públicas, dependen del MEC, de las Comunidades Autónomas o de los Ayuntamientos. En algunas Comunidades Autónomas, las públicas dependen de la Consejerías de Servicios Sociales. La escuela infantil supera los planteamientos de atención a la infancia clásicos de la guardería (lugar donde cuidar y asistir al niño/a mientras los padres están fuera de casa) y el antiguo preescolar (preparación para el acceso a la educación obligatoria).

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Su función consiste en organizar todas las variables de interacción educativa que favorecen el desarrollo del niño/a.

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Busca información sobre el funcionamiento de las Escuelas Infantiles e intenta responder a las siguientes cuestiones: a. ∂Cuáles son las características de los dos ciclos en los que se divide la Etapa de Educación Infantil? b. ∂Cuáles son los objetivos de estas etapas? c. Busca dos Escuelas Infantiles en Oviedo, Gijón y Avilés. (Nota: Para acceder a la información solicitada puedes consultar la Página Web del Ministerio de Educación y Ciencia www.mec.es/ o la Página de la

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Consejería de Educación del Principado de Asturias www.educastur.es/).

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Modalidades en el ámbito no formal Son aquellas que están estructuradas fuera del sistema educativo. Algunas actuaciones o programas se realizan dentro de la escuela, voluntarias por parte del que las utiliza. Contemplan la animación sociocultural y lúdica en algunas ocasiones. En esta modalidad encuadramos las guarderías, ludotecas, granjas escuela, centros de ocio, bibliotecas escolares, talleres infantiles, etc.

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También podemos incluir en este apartado todos aquellos programas y servicios de carácter asistencial y social: residencias infantiles, centros de menores protegidos, centros de acogida, centros de día, puntos de encuentro familiar, centros de salud, etc. La actuación profesional del técnico en educación infantil en estas modalidades puede desarrollarse con niños/as de 0 a 6 años. Las modalidades más representativas en nuestro país serían:

o Guarderías La Guardería infantil constituye un recurso de apoyo a la familia, en el que se imparte atención integral a niños/as con edades comprendidas entre los 0 a 3 años.

o Ludotecas o centros de juegos Centro destinado a ofrecer al niño/a posibilidades lúdicas en su tiempo libre. Suele depender del Ayuntamiento o de otras instituciones de la administración educativa y cultural de ONGs, etc. Puede ser complementario al modelo de escuela infantil, o alternativa al mismo.

o Granjas escuela

Fig. 10: Las ludotecas cumplen una importante función pedagógica.

Centros que intentan acercar al niño/a urbano al medio natural. Están situados en zonas rurales, son granjas que albergan a grupos de niños/as durante varios días o durante una jornada, según el programa y la edad de los mismos. Sus finalidades son favorecer el contacto del niño/a con la naturaleza, permitiéndole conocer los animales y plantas directamente y las técnicas que se utilizan en la granja.

o Preescolar na Casa Es un modelo dirigido a ámbitos rurales cuya situación geográfica y social han determinado el aislamiento de la población. Esta iniciativa ha sido desarrollada en Galicia por Cáritas y funciona desde 1977. Es un Servicio de atención a la infancia que se define como la acción educativa de padres y niños/as menores de 6 años llevada a cabo en la propia casa con la ayuda y orientaciones de profesionales.

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

Otros servicios Además de las iniciativas en el ámbito formal y no formal, existen otro tipo de servicios y actividades dirigidos a atender situaciones y necesidades específicas.

o Centros de acogida para menores protegidos Es un tipo de recurso especializado en atención a la infancia para niños/as y jóvenes menores de 16 años que deban ser separados de sus familias con carácter de urgencia. Tienen carácter transitorio y provisional. Dependen de las Comunidades Autónomas.

o Residencias Las residencias son centros en los que el niño/a carece de un ambiente familiar adecuado. Puede vivir en ellas durante un tiempo siendo protegido y atendido. Dependen de las Comunidades Autónomas o están concertados con ellas, siempre debidamente autorizados.

o Aulas hospitalarias y ambulatorias Son servicios que se ofrecen en algunos centros hospitalarios para niños/as que se encuentran ingresados o en consultas pediátricas.

o Colonias o campamentos de verano, rurales o urbanos Estos servicios se ofrecen generalmente en el medio rural o urbano, ofreciendo oportunidades de convivencia entre iguales y contacto con la naturaleza o campamentos urbanos.

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o Campañas de animación a la lectura

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Desarrolladas sobre todo en centros culturales y bibliotecas.

o Actividades lúdicas infantiles Como por ejemplo talleres, juegos infantiles, juegos tradicionales, etc.

o Actividades en museos Como talleres experimentales, actividades artísticas, talleres didácticos, visitas guiadas, etc.

o Clubes infantiles o asociaciones de tiempo libre Que desarrollan actividades urbanas un día por semana y salidas los fines de semana.

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La etapa de la Educación Infantil Actualmente nadie nos cuestionamos la necesidad de la Educación Infantil, incluso valoramos como necesaria y muy positiva esta primera etapa del sistema educativo. Sin embargo, esto no ha sido siempre ha sido así y esta primera etapa ha tardado mucho en incorporarse en nuestro sistema educativo. No obstante, a lo largo de la historia siempre hubo profesionales de la educación que vislumbraron la importancia de la educación en los primeros años de vida, ya que ésta iba a ser un determinante del desarrollo posterior.

Los cambios sociales, políticos, económicos, etc. han ido determinado la configuración de la etapa de Educación Infantil. Así, observamos considerables cambios que van desde la educación impartida única y exclusivamente en el ámbito doméstico, hasta la existencia de guarderías, Escuelas Infantiles o diversidad de centros encargados de reforzar esa tarea doméstica. A continuación analizaremos los acontecimientos más determinantes que han ido configurando la etapa de la Educación Infantil hasta llegar a la situación actual.

Evolución histórica de la Educación Infantil en España. En España podemos destacar la relevancia de determinados profesionales de la Educación Infantil, cuya tarea ha ido determinando la evolución histórica de esta etapa en el Sistema Educativo español. También hemos de mencionar determinados acontecimientos que han sido relevantes en esta evolución.

o Pablo Montesinos Pablo Montesinos creó en España la primera Escuela Normal de párvulos en 1838. El objetivo de esta Escuela Normal consistía en la formación de maestros parvulistas.

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Aunque Pablo Montesinos proviene del campo de la Medicina, la historia de la educación española lo considera como uno de los primeros pedagogos españoles. Fué uno de los impulsores de Fröebel en España. Su obra Manual del maestro de párvulos es la primera obra de esta etapa. Pablo Montesinos tuvo gran influencia en la formación de maestros, en la mejora de la educación femenina y a favor de los jardines de infancia. En España, especialmente en Andalucía surgió y se extendió la escuela de "La maestra-amiga", que consistía en la figura de una mujer encargada del cuidado de los niños/as de las vecinas mientras estas iban a trabajar.

o Ley Moyano Con este nombre se conoce a la primera ley educativa que aparece en España; esta ley unifica en un conjunto homogéneo las normas y disposiciones que existían sobre enseñanza hasta 1857. Promulgada por Claudio Moyano el 9 de agosto de 1857, de ahí su nombre, supone el primer intento de elaboración de un Sistema Educativo público en España, cuyas características más relevantes son las siguientes: Estableció dos etapas: Elemental y Superior, estableciendo la primera como obligatoria y gratuita. Potenció la creación de escuelas elementales y el interés de la instrucción. Favoreció y elevó el nivel de formación de los maestros y potenció su estabilidad, asignándoles retribuciones a cargo del estado.

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Defendió la estabilidad de las Escuelas Normales de formación de maestros.

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Redactó normas para elaborar libros escolares y encargó a los ayuntamientos el sostenimiento y conservación de las escuelas, planteando la necesidad de creación de escuelas públicas a cargo del Estado. Este sistema educativo planteado por la Ley Moyano se consolidó a lo largo del Siglo XIX y la primera mitad del XX y de hecho perdura en esencia, algunas de las disposiciones que se promulgaron en ella, como, por ejemplo, la dependencia del sostenimiento de los colegios públicos por los Ayuntamientos, las retribuciones del profesorado, la creación de centros educativos, etc.

Unidad

2

La Infancia y su Contexto

o La Institución Libre de Enseñanza La Institución Libre de Enseñanza (ILE) se funda en el año 1876. Surge alrededor de Julián Sanz del Río, que se preocupaba por hacer progresar al país y hacerle salir de su analfabetismo. Introduce en España las ideas del filósofo alemán Krause de tipo idealista. Pero el verdadero fundador de la Institución Libre de Enseñanza se considera a Giner de los Ríos discípulo de Julián Sanz del Río. Giner de los Ríos define la ILE como "completamente ajena a todo espíritu e interés de comunión, proclamando únicamente el principio de la libertad e inviolabilidad de la Ciencia e independencia de cualquier autoridad que no sea la de la conciencia". En 1882 inaugura los Centros de Educación de Párvulos, como consecuencia de conclusiones del Congreso de Pedagogía celebrado en fechas previas. Sus ideas se pueden concretar en los siguientes aspectos:

Educación activa

Escuela única Ideas principales de la ILE

Educación integral

Coeducación

Aconfesionalidad de la educación

Esquema 1. Ideario de la ILE.

El parvulario y el jardín de infancia de la Institución Libre de Enseñanza tomaron las ideas y el método de Fröebel. Sus principios más importantes eran los siguientes: Valor de la actividad de los niños/as y el juego. Enseñanza comunicativa y no memorística, enseñando al niño/a a pensar por sí mismo. Propuesta de trabajos y actividades útiles para la vida del niño/a. Planificación del maestro o educador de las propuestas que van a realizar los niños/as.

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

o Padre Manjón El Padre Manjón creó las Escuelas de Ave María en 1879 en Granada y se encuadran en el movimiento de las Escuelas Nuevas. Constituyen las primeras escuelas al aire libre fundadas en el mundo. En su obra ≈El pensamiento del Ave María∆ de 1900, el Padre Manjón escribe lo siguiente: "En las Escuelas del Ave María, se admiten niños párvulos desde tres años y menos, y hay ya tantos que se puede formar con ellos, cuatro Escuelas. Allí juegan todo lo que quieren, se desarrollan y crecen en medio del campo, se libran de los peligros de la calle y libran a sus madres del trabajo de cuidar- Fig. 11: Padre Manjón. los, dejándolas en libertad para buscarles el pan. Ellas son las preferidas para todo y con ellos paso los ratos más agradables de mi vida". Los principios sobre los que rigen las escuelas de los más pequeños en el Ave María son: Respeto a la actividad natural de los niños/as, al juego y a la movilidad. Respeto a la alegría, al alboroto, a la risa, a la salud, a la inocencia. Respeto a la vida natural, al juego, al aire libre, a la enseñanza en el campo. Valoración de los espacios libres, alegres y soleados. Su pedagogía se fundamenta en los siguientes elementos:

Técnico Superior en Educación Infantil

Educación sensorial

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Educación a través del juego

Principios de las Escuelas de Ave María

Educación musical Educación artística Desarrollo motor Educación religiosa cristiana

Esquema 2: Ideario de las Escuelas Ave María.

Unidad

2

La Infancia y su Contexto

o Método Montessori (Cataluña, 1913) En Cataluña, por iniciativa del Consell de Pedagogía se inició un ensayo de educación de niños/as con edades entre 3 y 6 años aplicando el Método Montessori en la Casa de Maternidad y Expósitos. Según el Método Montessori, los niños/as absorben como ≈esponjas∆ todas las informaciones que requieren y necesitan para su actuación en la vida diaria. El niño/a aprende a hablar, a escribir y a leer, de la mima manera que lo hace al gatear, caminar, correr, etc. Es decir, de forma espontánea. Los principios fundamentales de la Pedagogía Montessori son:

La autonomía La independencia Principios de la Pedagogía Montessori

La capacidad de elegir El desarrollo de la voluntad La autodisciplina

Esquema 3. Principios de la Pedagogía Montessori.

o Marcelino Domingo (Segunda República,1931) Marcelino Domingo, maestro y Ministro de Educación, inició la creación de Centros Escolares en edificios dignos con una pedagogía renovadora y con un Plan de formación de maestros. Puso las bases para que España participara en el movimiento pedagógico que ya existía en Europa. No contó con tiempo para consolidar un sistema educativo que hubiera conectado al país con los sistemas educativos más avanzados de Europa. Con la Guerra Civil se paralizó el movimiento iniciado.

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

o Ley de Educación Primaria (1945) Las principales ideas que orientaron la educación en esa etapa fueron las que emanaron del Movimiento Nacional y de la Iglesia Católica. El exponente de estas ideas fue la Ley de Enseñanza Primaria de 1945, que sufrió múltiples reformas a lo largo del período de tiempo que estuvo vigente. Las más significativas para la educación de los más pequeños fueron el reconocimiento de las Maestras de Párvulos como un cuerpo específico dentro del Cuerpo de Maestros nacionales, y la dotación de un complemento económico especial. El Artículo 19 era el que hacía mención especial y en él se señalaba entre otras cuestiones el tipo de instalaciones, dónde serían creadas y que el profesorado sería "exclusivamente femenino".

o Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (1970) Esta Ley nace en un momento de apertura política hacia el exterior y auge económico e industrial. En este contexto, introduce nuevas perspectivas didácticas y pedagógicas y exige a los profesionales de la Educación un esfuerzo por la renovación y actualización en todos los campos de su actividad profesional. Se plantea una nueva organización del sistema educativo e inversión de fondos económicos. Escolariza a todos los niños/as hasta los 14 años. Se implanta el nivel de Educación Preescolar hasta los 7 años para cubrir entre un 60 y un 80% de la población. Los artículos más significativos de esta Ley son los siguientes:

Técnico Superior en Educación Infantil

Artículo 13.1: "la Educación Pre-Escolar tiene como objetivo fundamental, el desarrollo armónico de la personalidad del niño".

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Artículo 13.2: "la Educación Pre-Escolar tiene carácter voluntario comprende hasta los cinco años de edad y está dividida en dos etapas que se desarrollar: En el jardín de la infancia, para niños de 2-3 años, cuya formación tendrá un carácter semejante a la vida del hogar. En la escuela de párvulos, para niños de 4-5 años, cuya formación tenderá a promover las virtudes del niño”. Artículo 14.1: "la Educación Pre-Escolar comprende juegos, actividades de lenguaje, incluidas en su caso las lenguas nativas, expresión rítmica y plástica, observación de la naturaleza, ejercicios lógicos y prenuméricos, desarrollo del sentido comunitario, principios religiosos y actitudes morales". Artículo 109: hace referencia a las competencias del profesorado de Educación Pre-Escolar y de Educación General Básica.

Unidad

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La Infancia y su Contexto

Situación actual de la Educación Infantil En el ámbito de la enseñanza y la Organización del Sistema Educativo, tenemos además de las leyes que se han mencionado, como La Ley Moyano y Ley General del 70, las últimas leyes en materia de educación que han contribuido al actual sistema educativo. Además de la actual LOE, que esta en periodo de implantación. Por su importancia cabe mencionar las siguientes leyes:

o LODE (Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación. 8/1985 de 3 de julio. BOE de 4/07/1985). Esta Ley contempla la libertad de enseñanza en sentido amplio. Por ello, desarrolla aspectos como la libertad de crear centros docentes, la capacidad de los padres para elegir centro para sus hijos, la posibilidad de recibir formación religiosa o moral de acuerdo con sus convicciones, así como la libertad de los padres para asociarse y la de libertad de cátedra para el profesorado.

o LOGSE (Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre. BOE 4/10/1990). La LOGSE supuso la puesta en marcha de un sistema educativo basado en los principios de la Ley anterior (LODE, 1985). La LOGSE fue la primera Ley que estableció un sistema descentralizado de enseñanza en España al permitir que las comunidades autónomas no sólo gestionasen los centros educativos, sino que pudieran redactar un porcentaje muy importante de los contenidos curriculares. Las principales novedades que introduce esta Ley son las siguientes: Se instaura la enseñanza obligatoria hasta los 16 años y se reestructura la Enseñanza Secundaria en cuatro cursos. Se organiza el Bachillerato en dos años y se crean cuatro modalidades: Artes, Tecnológico, Ciencias de la Salud y Humanidades. Se incorporan las enseñanzas artísticas en el sistema general, no sólo por la modalidad de Artes del Bachillerato, dedicando un Título específico a estas enseñanzas. Se determina que los Consejos Escolares de los centros adquieran capacidad para elegir a los directores. Se introdujo la promoción automática en determinadas circunstancias.

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

o LOCE (Ley Orgánica 10/2002 de Calidad de la Educación. BOE 24/12/2002) Esta ley modifica en parte algunos de los artículos de la LOGSE y propone una reordenación del sistema educativo que afecta de forma especial al tramo de los 0 a los 6 años. Su objetivo es elevar el nivel de conocimientos de los alumnos, las tasas de abandono escolar, promover la atención a la primera infancia y ampliar la atención educativa a la población adulta.

o LOE (Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo. BOE 4/05/06) El objetivo principal con el que se concibe esta Ley es el de adecuar la regulación legal de la educación no universitaria a la realidad actual en España (educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, de idiomas, artísticas, deportivas, de adultos). Todo esto teniendo en cuenta: los principios de calidad de la educación para todo el alumnado, la equidad que garantice la igualdad de oportunidades, la transmisión y efectividad de valores que favorezcan la libertad, responsabilidad, tolerancia, igualdad, respeto y la justicia, etc. Esta Ley está basada en una serie de principios: Plantea la necesidad de ofrecer una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos, especialmente en la educación básica, ofreciendo escolarización a todos los jóvenes hasta los 16 años.

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Determina la necesidad de compromiso con los objetivos planteados por la Unión Europea para los próximos años.

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ctividad

Técnico Superior en Educación Infantil

Recoge la necesidad de la colaboración de todos los componentes de la comunidad educativa para conseguir ese objetivo.

a

La actual Ley de Educación, la LOE, dedica un apartado exclusivo para la ordenación de la Etapa Infantil. Consulta la información que la Página Web del Ministerio de Educación y Ciencia www.mec.es recoge sobre esta Ley e intenta responder a la siguiente cuestión: Según la situación actual ∂cuál es la ordenación y principios pedagógicos que definen la Educación Infantil?

Unidad

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La Infancia y su Contexto

El Técnico Superior en Educación Infantil Reflexiona sobre todas las tares que debe realizar un profesional de la Educación Infantil en cualquier tipo de institución: Atiende a los niños/as en las actividades educativas, también participa en otras actividad relacionadas con las rutinas diarias, tiene que interactuar con los niños/as, con sus padres, con otros profesionales, con otras institucionesº Y en general, asume la tarea, junto con otros profesionales y personas, de educar a las nuevas generaciones. Como verás esta tarea implica una gran responsabilidad y compromiso con la tarea de ayudar a los niños/as a desarrollar al máximo sus potencialidades y su capacidad de aprendizaje. Por lo tanto, es imprescindible que como Técnico/a Superior en Educación Infantil estés adecuadamente preparado/a para asumir la tarea de educativa y enfrentarte cada día a lo que podemos definir como una gran caja de sorpresas: una meta conseguida, el sonrisa, una pregunta difícil de responderº y en general, múltiples situaciones que harán de tu actividad profesional una tarea gratificante y un reto permanente.

Para que conozcas perfectamente el perfil profesional del Técnico Superior en Educación Infantil (TSEI), nos basaremos en la información que recoge el R. D. 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se fijan sus enseñanzas mínimas. (BOE 25/11/2007). A partir de esta información determinaremos aquellos aspectos fundamentales que debes Fig. 12: La tarea del TSEI supone una gran conocer y desarrollar cuando desempeñes tu responsabilidad y un importante compromiso. labor como TSEI.

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

El perfil del TSEI El conocimiento del perfil profesional facilita la identidad profesional, ya que vas a comprender cuales son las normas de actuación del TSEI, así como los límites de las mismas. Para comenzar, describiremos el rol del TSEI:

El TSEI es el/la profesional docente que participa del proceso de enseñanzaaprendizaje de niños/as de edades comprendidas entre 0 y 6 años realizando programaciones, interviniendo educativamente y organizando los recursos educativos de la mejor forma para que se produzca ese proceso de enseñanza-aprendizaje.

Ahora que sabemos qué es un TSEI, llega el momento de determinar cuál es su función, es decir, su competencia general: La competencia general de este profesional consiste en diseñar, implementar y evaluar proyectos y programas educativos de atención a la infancia en el primer ciclo de educación infantil en el ámbito formal, de acuerdo con la propuesta pedagógica elaborada por un Maestro con la especialización en educación infantil o título de grado equivalente, y en toda la etapa en el ámbito no formal, generando entornos seguros y en colaboración con otros profesionales y con las familias.

Técnico Superior en Educación Infantil

Es decir, el Técnico Superior en Educación Infantil tiene que ser el vehículo de comunicación entre la realidad del niño/a y el mundo exterior, por lo tanto, actúa como promotor de nuevos patrones de conducta, y potenciador de los ya existentes.

50

Para desempeñar esta profesión, el Técnico Superior en Educación Infantil debe tener una formación inicial que le prepare para intervenir adecuadamente con niños y niñas menores de 6 años, de acuerdo con los avances y conocimientos actuales en el campo de la educación infantil. Al incorporarse a un puesto de trabajo determinado, podrá complementar su formación inicial con otros conocimientos específicos propios del puesto de trabajo que ocupe. No olvides que el TSEI debe mantener una actitud abierta de forma permanente hacia la formación continuada a lo largo de su vida profesional. El TSEI deberá poseer una formación multidisciplinar y profesional capaz de integrar conceptos teóricos con procedimientos de intervención, "saber" con "saber hacer".

Unidad

2

La Infancia y su Contexto

El campo profesional de TSEI En cuanto al campo profesional, el TSEI podrá desempeñar su profesión en distintas instituciones y programas siempre que estén dedicadas a niños y niñas menores de 6 años. En función de la clasificación que hemos utilizado anteriormente veremos los distintos espacios en función del tipo de ámbito al que pertenezcan: En el ámbito formal (sistema educativo) podrá desarrollar su actividad profesional con niños/as de 0-3 años. En el ámbito no formal con niños/as de 0 a 6 años. •

Centros de Educación Infantil autorizados por el MEC, Comunidades Autónomas, responsabilizándose del primer ciclo (0-3 años).



En internados, casas de acogida, residencias infantiles o colegios-residencia.



En programas de ocio y tiempo libre en centros culturales o polideportivos.



En bibliotecas y museos.



En ludotecas.



En programas de animación infantil en parques urbanos, playasº



En programas de Educación Ambiental, en granjas-escuela, en talleres de naturaleza y en la iniciación al senderismo ecológico (3-6 años).



En el campo de la sanidad: -

En consultas pediátricas: mejorando la espera, dándoles información, consiguiendo que tengan una actitud colaboradoraº

-

En hospitales infantiles: creando espacio de juego y relación con los otros niños/as y dándoles información sobre su hospitalización.

-

En residencias y centros de vacaciones familiares.

-

En programas de atención a la infancia en zonas rurales, programas específicos de las comunidades autónomas.

Funciones del TSEI Ya sabemos lo qué es un TSEI y dónde puede desarrollar su labor, a continuación veremos las tareas o funciones que debe desarrollar en los espacios de trabajo que hemos comentado en el apartado anterior.

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

El TSEI tiene asignadas las funciones principales de: Programar. Intervenir educativamente. Evaluar programas de atención a la infancia. Estas funciones deben desarrollarse aplicando métodos de enseñanza-aprendizaje que favorezcan el desarrollo autónomo de los niños/as de cero a seis años y organizando los recursos adecuados. Para desarrollar sus funciones, el TSEI actuará bajo la supervisión de licenciados y/o diplomados. Específicamente en el primer ciclo de educación infantil actuará bajo la supervisión de un maestro. Como puedes observar, el TSEI desempeña una tarea compleja. Esta tarea se aborda desde tres perspectivas diferentes: En relación a la atención directa de los niños/as. El TSEI establece con el niño/a otra relación diferente de la que el niño establece con sus padres y con otros adultos. Le ofrece nuevas experiencias en un contexto diferente al de la familia. La relación del niño/a con el TSEI no es exclusiva, es más distante y tiene menor carga emocional. El niño/a construye con el TSEI una relación afectiva (porque debe lograr establecer sentimientos positivos), y significativa (en cuanto representa sentimientos significativos y diferenciados respecto a otros adultos).

Técnico Superior en Educación Infantil

En relación con los padres de los niños/as. Al pretender tener una función más amplia, desde una perspectiva educativa, debe existir y desarrollarse una relación entre padres y TSEI que facilite a todos el aprovechamiento de este nuevo contexto.

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El TSEI necesita comprender el espacio vital del niño/a a través de datos que se relacionan con su historia personal, con las necesidades concretas y el nivel de desarrollo de cada niño/a. Informará a los padres acerca de los logros y progresos que observe en el niño/a, así como los rasgos más importantes en sus relaciones. En cuanto miembro de un equipo de trabajo. El actual planteamiento sobre la función del TSEI requiere que esté inmerso en un equipo de trabajo que le apoye en el ejercicio de su profesión. Las actividades que puede desempeñar un grupo de trabajo pueden ser de intercambios de experiencias, de estudio, de formación permanente y supervisión.

Unidad

2

La Infancia y su Contexto

Funciones del TSEI en relación con los niños/as Como ya hemos visto en el apartado anterior, el TSEI desarrolla su actividad profesional en interacción con otras personas (padres, equipo de trabajo, personal de instituciones, etc.). No obstante, por su relevancia y por ser el centro de su labor profesional, vamos a detenernos en las funciones que el TSEI desarrolla en relación con los niños/as. Podríamos señalar que las principales funciones del TSEI en relación con los niños/as son: Organizar el ambiente en el que van a estar los niños/as. Para ello, ha de disponer del mobiliario adecuado, distribuir los espacios, adaptar la decoración, seleccionar los objetos y juguetes, etc. Proporciona a los niños/as un medio bien organizado, con materiales variados y seguros. El TSEI transformará el espacio en función de las diferentes situaciones. Establecer las rutinas diarias, de forma que se mantenga el orden de las actividades de cada día para que los niños/as vayan siendo capaces de interiorizar la secuencia de las actividades, de prever lo que vendrá después... Atender las necesidades básicas de los niños/as de forma individualizada: comer, descansar, dormir, higiene personal... Promover la autonomía y la confianza, ya que los niños/as deben crecer e ir ganando confianza en sí mismos. Se les debe permitir explorar, investigar, relacionarse... y deben participar en las decisiones que les afectan. Iniciar determinados aprendizajes, como por ejemplo, enseñar el uso de determinados instrumentos como pincel, tijeras, ceras, pinturas... Enseñar juegos, cuentos y canciones propias de la cultura infantil y que van pasando de generación en generación por tradición oral. Incorporar nuevas actividades, nuevas experiencias, crear nuevos interesesº Para ello, debe estimular la participación en nuevas actividades, incorporar nuevos materiales y nuevos objetos que favorezcan el interés y la curiosidad. Crear situaciones de comunicación y de intercambio utilizando el lenguaje de los gestos y la comunicación no verbal de forma que se puedan interpretar sus deseos y necesidades. Ayudar y orientar en las diferentes situaciones que permitan a los niños/as crecer y desarrollarse.

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

Cualidades personales del TSEI El TSEI debe tener unas características y cualidades personales especialmente justificadas por la relación y comunicación intensa que establece con los niños/as, y también con sus familiares y con otros profesionales. Por ello, el perfil del TSEI vendrá caracterizado por un conjunto de cualidades personales. Las cualidades personales que favorecen una relación adecuada con los niños/as son: •

Estabilidad emocional.



Seguridad en sí mismo, firmeza y autoestima.



Paciencia.



Alegría y capacidad para disfrutar con pequeñas cosas.



Consistencia para delimitar los límites en las actuaciones de los niños/as.



Sensibilidad y espontaneidad.



Expresividad y capacidad de comunicación verbal y no verbal.



Capacidad reobservación.



Capacidad para conocer a cada niño/a individualmente.

Técnico Superior en Educación Infantil

Las cualidades personales que favorecen la relación adecuada con los padres son:

54



Sentido y límite de la responsabilidad.



Empatía o capacidad de entender el punto de vista de los padres.



Respeto por la intimidad personal y familiar.



Capacidad de escucha.

Las cualidades personales que favorecen la relación con otros profesionales son: •

Capacidad para aceptar y formular críticas.



Disposición para el trabajo en equipo.



Solidaridad.



Capacidad para entender el punto de vista de los otros.



Voluntad y autodisciplina para cumplir y colaborar en las tareas encomendadas.

Unidad

2

La Infancia y su Contexto

Ética profesional del TSEI La ética profesional hace referencia al conjunto de principios y normas morales que regulan una actividad profesional. El TSEI, como cualquier profesional, debe regir su actividad según unos principios que garantizarán la calidad y excelencia de sus actuaciones. Los principios éticos que orientan la actividad del TSEI son: Principio de respeto a la persona y de protección de los derechos humanos. Principio de responsabilidad. Principio del interés superior del niño/a. Principio de independencia (relacionado con la libertad de cátedra). Principio de lealtad, tanto a la institución como a su equipo de trabajo. Principio de honestidad y sinceridad. Principio de competencia profesional (buena preparación profesional).

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ctividad

Principio de interdisciplinariedad (cooperar con otros profesionales.

a

Para completar la información sobre el perfil del TSEI te recomendamos que utilices una herramienta que te permitirá conocer cualquier perfil profesional. Si visitas la página web de la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias www.educastur.es, encontrarás un apartado dirigido a Estudiantes, y dentro de éste un enlace a la Formación Profesional. Desde aquí podrás acceder a HOLA (Herramienta para la Orientación Laboral en Asturias). Visita esta herramienta y busca el perfil del TSEI en las píldoras ocupaciones. En función de la información recogida intenta responder a la siguiente cuestión: ∂A través de qué mecanismos se produce la inserción del TSEI en el mercado laboral?

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

Resumen LA INFANCIA Y SU CONTEXTO Edad Media: Niño es un adulto en pequeño. S. XVI-XVIII: Aumenta la preocupación por la infancia.

Evolución histórica

S. XIX: Revolución industrial (explotación laboral). S. XX: Estado de bienestar y protección. Actualidad: transformación familiar, éxodo rural, universalidad de la salud y la educación, influencia de los MM.CC.

Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948 Declaración Universal de los Derechos del Niño, 1924 Convención sobre los Derechos del Niño, 1989 España • Constitución 1978 • Código Civil

Técnico Superior en Educación Infantil

Legislación relacionada con la Infancia

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• Código Penal • Protección del menor - Ÿmbito jurídico: patria potestad, emancipación, guarda, tutela, curatela, acogimiento familiar y adopción. - Ÿmbito educativo - Ÿmbito Sanitario

• Legislación: - Ley orgánica de protección jurídica del menor, 1996 - Ley 1/1995 de protección jurídica del menor en el P.A. - Regulación del acogimiento familiar y adopción de menores en el P.A.

Unidad

2

Internacionales

• • • • • • •

ONGs

Ÿmbito formal

Internacional DNI Mensajeros de la Paz y Nuevo Futuro Aldeas Infantiles SOS Cáritas Española Intermon Oxfam Save the Children Curz Roja y Media Luna Roja Amnistía Internacional

Escuelas infantiles Guarderías, ludotecas, granjas escuela,

Ÿmbito no formal preescolar na casaº

Centros de acogida para menores protegidos, residencias, aulas hospitalarias y ambulatorias, colonias o campamentos de verano, campañas de animación a la lectura, etc.

Otros

La Etapa de la Educación Infantil

UNICEF UNESCO OMEP UIPE

• Asociación en Defensa de Niños/as

Organismos de Atención a la Infancia

Servicios de Atención a la Infancia

• • • •

La Infancia y su Contexto

Evolución Actual

Pablo Montesinos (1838), Ley Moyano (1857), ILE (1876), Padre Manjón (1879), Método Montessori (1913), Marcelino Domingo (1931), Ley de Educación Primaria (1945) y Ley General de Educación (1970) LODE 1985, LOGSE 1990, LOCE 2002 Y LOE 2006

Perfil profesional: participa en el proceso de e-a de niños de 0-6 años.

El Técnico Superior en Educación Infantil

Campo profesional: ámbito formal/no formal. Funciones: programar, intervenir y evaluar. Relaciones: niños, padres y otros profesionales. Cualidades. Ética profesional.

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£

Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

£

Autoevaluación 1. Relaciona las siguientes características sobre el estado de la infancia con el periodo temporal al que hacen referencia: Características de la Infancia

Etapa

a. Estado de bienestar y protección.

1. Edad Media

b. Concepto negativo, el niño/a es un adulto en pequeño.

2. Siglos XVI-XVIII

c. Extensión universal del sistema educativo.

3. Siglo XIX

d. Instituciones atendidas por mujeres sin preparación específica atienden a niños/as huérfanos y abandonados.

4. Siglo XX

e. Explotación laboral del niño/a.

5. Siglo XXI

2. ∂Cuando subscribió España la Declaración Universal de Derechos Humanos?: a. En 1955. b. En 1948 Técnico Superior en Educación Infantil

c. En 1950.

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3. ∂Cual fue la causa principal que determinó la creación de la Declaración de los Derechos del Niño?

Unidad

2

La Infancia y su Contexto

4. Relaciona adecuadamente los siguientes acontecimientos con las fechas en las que tuvieron lugar: Acontecimiento

Fecha

a. Declaración de los Derechos del Niño.

1. 20 de Noviembre de 1989

b. Declaración Universal de los Derechos Humanos.

2. 10 de Diciembre de 1948

c. Convención sobre los Derechos del Niño.

3. 20 de Noviembre de 1959

5. Indica cuál es la definición correcta del concepto ≈tutela∆: V

F

a. Consiste en la situación jurídica en virtud de la cual un mayor de 16 y menor de 18 años puede disponer de su persona y de sus bienes como si fuera mayor de edad, a excepción de aquellos casos especiales establecidos en la ley.

S

S

b. Son los derechos y deberes de los padres para cumplir las funciones educativas y de protección de los hijos/as, así como la representación y administración de sus bienes.

S

S

c. Es el poder que otorga la ley a determinadas personas, y que tiene como objetivo el amparo protección y defensa de la persona y patrimonio de los menores que no están sujetos a la patria potestad de sus padres y de los incapacitados.

S

S

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

6. Relaciona los siguientes términos con la definición adecuada: a. Curatela

1. Medida que persigue la finalidad de integrar al

menor en una vida familiar que complemente de forma temporal la suya natural. b. Acogimiento familiar

2. Es una medida que tiene como objetivo com-

pletar la capacidad de las personas que no son capaces de valerse por sí mimas completamente, por lo que será necesaria la intervención del curador en aquellos actos que los menores o incapacitados parcialmente no pueden actuar por sí mismos. c. Adopción

3. Es una medida que consiste en crear una nueva

relación familiar igual o equiparada a la biológica.

7. Los 3 ámbitos para la protección del menor son: a. Civil, penal y judicial. b. Jurídico, educativo y sanitario.

Técnico Superior en Educación Infantil

c. Tutela, patria potestad y acogimiento.

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8. Asocia las siguientes características con las ONGs a las que hacen referencia: a. Amnistía Internacional

1. Defensa y promoción de los derechos

de la infancia, en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño. b. Save the children

2. Ayuda a la promoción humana y al de-

sarrollo integral. c. Cáritas Española

3. Trabaja en pro del respeto de los dere-

chos humanos.

Unidad

2

La Infancia y su Contexto

9. La LOE es una Ley que desarrolla fundamentalmente los siguientes aspectos: a. La libertad de la enseñanza en sentido amplio. b. La descentralización del sistema educativo. c. La calidad, equidad y valores de la educación en España.

10. En cuanto a la relación del TSEI con los niños: V

F

a. La relación del niño/a con el TSEI es similar a la que establece con otras personas adultas. b. El niño/a y el TSEI construyen una relación afectiva y significativa. c. El TSEI ofrece nuevas experiencia al niño/a, en un contexto diferente al contexto familiar.

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

Respuestas Actividades 1. Si te has informado sobre el ≈Emilio∆ de J.J. Rousseau habrás encontrado la siguiente información para responder a las cuestiones planteadas: a. Esta obra es del año 1762, por lo tanto, pertenece al siglo XVIII. b. En el ≈Emilio∆, Rousseau reclamaba la atención de los padres al menor, el fomento de los vínculos afectivos y la atención a la naturaleza infantil. Rousseau expone: "La naturaleza quiere que los niños sean niños antes de ser hombres. Si nosotros queremos pervertir este orden produciremos frutos precoces que no tendrán ni madurez ni sabor y pronto se marchitarán." Para Rosseau el niño/a es un hombre en miniatura, es decir, el niño/a y el adulto comparten intereses, necesidades, habilidades y capacidades pero sin olvidar que el niño/a es un ser totalmente diferente del adulto, sujeto a sus propias leyes y evolución.

Técnico Superior en Educación Infantil

c. Parcialmente, ya que en el siglo XVIII se empieza a prestar mayor atención a la infancia (influencia de la Ilustración) y se empiezan a poner en marcha instituciones destinadas a atender específicamente a este sector de la población. Aunque debemos indicar que poco tiempo después, en el siglo XIX (Revolución Industrial) se produce de nuevo un retroceso en el concepto del niño/a.

62

d. Otros personajes conocidos por la influencia que ejercieron en la construcción del concepto de infancia son J.H. Pestalozzi (XVIII-XIX), María Montessory (XIX-XX), Ovidio Decroly (XIX-XX), etc.

Unidad

2

La Infancia y su Contexto

2. Como puedes ver a continuación, la Constitución Española de 1978 ha desarrollado numerosos artículos sobre los derechos del niño/a, si nos fijamos en el Título I, nos encontramos los siguientes artículos: Artículo 10

Sobre la dignidad de la personas y los derechos fundamentales, siempre considerando la pauta de la Declaración de los Derechos Humanos

Artículo 14

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna.

Artículo 27

Establece 10 principios en los que se ha de fundamentar la educación.

Artículo 39

Punto 1: Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

Artículo 43

Punto 1: Se reconoce el derecho a la protección de la salud.

Artículo 44

Punto 1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

Artículo 45

Hace referencia a la utilización adecuada de todos los recursos para mejorar la calidad de vida y del medio ambiente.

Articulo 49

Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán atención especializada.

3. Si has consultado el documento de la Constitución Española tus respuestas serán las siguientes: a. El ámbito educativo aparece desarrollado en el Artículo 27 de La Constitución Española. b. Los aspectos que desarrolla este artículo son: el derecho a la educación, la libertad de enseñanza, formación religiosa y moral, obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza obligatoria, obligaciones de los poderes públicos, la creación de centros docentes, los fondos públicos, inspección y homologación del sistema educativo, la autonomía de las Universidades.

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Módulo: Didáctica de la Educación Infantil

4. Consultando el Reglamento de Acogimiento Familiar y de Adopción de Menores, en el Principado de Asturias. La respuesta a las cuestiones planteadas es la siguiente: a. Los requisitos para la valoración en el acogimiento preadoptivo y en la adopción son: En los supuestos de solicitudes conjuntas, estabilidad de la pareja con un mínimo de tres años desde la celebración del matrimonio o el inicio de la convivencia. No haber sido privados de la patria potestad respecto a ningún menor ni encontrarse incursos en causa de privación de la misma. b. Algunos de los criterios para la selección de acogedores y adoptantes son: Una vez que se estime procedente el acogimiento familiar preadoptivo o la adopción de un menor, se iniciará e impulsará de oficio el procedimiento para la asignación del mismo. Se dará preferencia a los familiares o acogedores de hecho del menor (º). Para la determinación de la persona o pareja adecuadas para recibir en acogimiento familiar preadoptivo y adopción a un menor se atenderá a las características personales y a las necesidades del mismo (º).

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Se dará preferencia, con carácter general, a los matrimonios o parejas unidas por relación de afectividad análoga a la conyugal (º).

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No podrá asignarse un menor a una persona o pareja durante el año siguiente al nacimiento o adopción de un hijo o al acogimiento de otro. Salvo supuestos excepcionales debidamente justificados la edad de la persona o personas acogedores o adoptantes no podrá ser superior en más de cuarenta años a la del menor, tomándose como referencia el miembro más joven de la pareja, en su caso. En los casos en los que se estime conveniente que el menor mantenga relaciones con su familia de origen, se tendrá en cuenta la aceptación de este extremo por los solicitantes.

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5. Si has recogido información sobre las Escuelas Infantiles, las respuestas a las cuestiones planteadas serán las siguientes: a. La Educación Infantil es la primera etapa del sistema educativo español, abarca dos ciclos: El primer ciclo se extiende hasta los tres años. En estas edades de los niños se atiende al desarrollo del movimiento, el control corporal, a las primeras manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social y al descubrimiento del entorno inmediato. En el segundo ciclo se procurará que el niño/a aprenda a hacer uso del lenguaje, descubra las características físicas y sociales del medio en el que vive, elabore una imagen de sí mismo positiva y equilibrada, y adquiera los hábitos básicos de comportamiento que le permitan una elemental autonomía personal.

b. La educación infantil persigue los siguientes objetivos: Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias. Observar y explorar su entorno familiar, natural y social. Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales. Desarrollar sus capacidades afectivas. Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos. Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión. Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo.

c. Algunas de las Escuelas Infantiles ubicadas en Oviedo, Gijón y Avilés son: Oviedo- Escuela Infantil M≤ Balbín y Escuela Infantil Dolores Medio. Gijón- Escuela Infantil La Serena y Escuela Infantil Los Raitanes. Avilés- Escuela Infantil Apolinar García Hevia y Escuela Infantil de Las Vegas.

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6. Según la información que encontramos en la Página Web del Ministerio de Educación y Ciencia, la LOE define la siguiente ordenación y principios pedagógicos para la Etapa de la Educación Infantil: 1. La etapa de educación infantil se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis años de edad. 2. El carácter educativo de uno y otro ciclo será recogido por los centros educativos en una propuesta pedagógica. 3. En ambos ciclos de la educación infantil se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven. Además se facilitará que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal. 4. Los contenidos educativos de la educación infantil se organizarán en áreas correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los niños. 5. Corresponde a las Administraciones educativas fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en los aprendizajes del segundo ciclo de la educación infantil, especialmente en el último año. Asimismo, fomentarán una primera

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aproximación a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación

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temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y en la expresión visual y musical. 6. Los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social. 7. Las Administraciones educativas determinarán los contenidos educativos del primer ciclo de la educación infantil de acuerdo con lo previsto en el presente capítulo. Asimismo, regularán los requisitos que hayan de cumplir los centros que impartan dicho ciclo, relativos, en todo caso, a la relación numérica alumnadoprofesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares.

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7. A través de la herramienta HOLA (www.educastur.princast.es/fp/hola/), podemos acceder l fichero de píldoras ocupacionales. En este fichero encontramos el perfil profesional deL Técnico Superior en Educación Infantil (buscar por la letra E: Educador/a Infantil). En el apartado dedicado al mercado laboral, nos encontramos la siguiente información relacionada con la incorporación del TSEI al mercado laboral. Esta inserción se produce a través del: Sector docente, en centros públicos o privados de educación infantil. Para el acceso a la Función Pública, es necesario superar los procesos selectivos que la Administración Educativa convoca periódicamente para cubrir las plazas de nueva creación o las que van quedando vacantes (º). En instituciones sociales y/o programas específicos de trabajo con menores en situaciones de riesgo o descompensación social, de forma plena, o en medios de apoyo familiar (hospitales, cárceles, ONGsº). Empresas de servicios dedicadas a ofertar actividades recreativas, de tiempo libre, lúdicas, etc. Empresas de otros sectores pero que, como complemento, ofertan servicios de guardería y/o de ocio infantil, como por ejemplo hoteles.

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Respuestas Autoevaluación 1. La relación correcta es: a.- 4, b.- 1, c.- 5, d.- 2 y e.- 3 2. La respuesta correcta es la a. 3. La causa principal que motivo la creación de la Declaración de los Derechos del Niño fue que partir de la 1≤ Guerra Mundial (1914-1918) se constata la necesidad de que los niños/as sean salvaguardados de las atrocidades bélicas y sus secuelas. 4. La relación adecuada es: a.- 3, b.-2 y c.-1 5. La respuesta correcta es la c. 6. La relación correcta es: a.-2, b.-1 y c.-3 7. La respuesta correcta es la b. 8. La relación correcta es: Técnico Superior en Educación Infantil

a.-3. b.-1 y c.-2

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9. La respuesta correcta es la c. 10. Los enunciados son: a. Falso. La relación del niño/a con el TSEI se produce en un contexto particular, en el que la relación no es exclusiva y por lo tanto no tiene una carga emocional tan alta como la que da con los adultos de la familia. b. Verdadero. c. Verdadero.

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Notas

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