La Familia Romana

La familia romana 1.- Características de la familia romana Hemos heredado de los romanos muchos aspectos relativos al á

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La familia romana

1.- Características de la familia romana Hemos heredado de los romanos muchos aspectos relativos al ámbito familiar (costumbres, marco jurídico, términos lingüísticos,...), pero si queremos caracterizar a la familia romana no debemos fijarnos en las semejanzas con una familia actual, sino en las diferencias que existen entre ambas. Son precisamente las diferencias las que dan identidad propia, las que singularizan y definen. Por esta razón nos vamos a centrar en el estudio de dos ámbitos en los que la familia romana se aleja sensiblemente de una familia actual, a saber, la composición de la unidad familiar y el poder del cabeza de familia. Por lo que respecta a la composición, en Roma integraban una familia no sólo las personas ligadas por vínculos de sangre, i.e., cónyuges e hijos, sino también todos aquellos que mantenían una relación de dependencia con el "pater familias" (esclavos, libertos y clientes). Una familia romana, por tanto, era mucho más amplia que una familia actual y podía estar formada por cientos de personas. En cuanto al cabeza de familia, en Roma este papel correspondía indefectiblemente al padre o “pater familias”. Un "pater familias" romano tenía un poder enorme, la llamada “patria potestas” o “manus”, y en uso de él podía incluso matar a cualquier miembro de su familia (esclavos, desde luego, pero también hijos e incluso esposa en algunos casos). Actualmente las cosas han cambiado un poco: la antigua "patria potestas" la comparten padre y madre, se ejerce sobre los hijos hasta la mayoría de edad y no conlleva una autoridad tal que permita causar daño, y mucho menos matar. De todos modos nuestra lengua, más conservadora que nuestras costumbres, sigue evocando a la familia romana en palabras y expresiones referidas al poder/autoridad del cabeza de familia (patria potestad, emancipación, pedir la mano, etc). Atendiendo a su amplitud y al poder del “pater familias” un historiador norteamericano ha comparado la familia romana con una familia mafiosa.

2.- Esclavos Los esclavos eran personas privadas de libertad, explotadas como fuerza de trabajo, a las que se podía comprar y vender como vulgares mercancías. a) Vías para la esclavitud En Roma la condición de esclavo podía adquirirse por varias vías: 

Por nacimiento. Todo hijo de una esclava se convertía automáticamente en esclavo del dueño de su madre. Los esclavos de este tipo, nacidos en el seno familiar, eran particularmente apreciados por su fidelidad y recibían el nombre de "vernae".



Por derecho de conquista. Los romanos subastaban ("sub hasta") como esclavo a todo enemigo capturado en el curso de una guerra. Esta costumbre pervivió hasta la Edad Moderna (en el 995 Otón el Grande, rey de Germania, derrotó a los húngaros, pueblo eslavo, y vendió como esclavos a los prisioneros; su número era tal que desde entonces el genticilio "eslavo/esclavo" -slave- se convirtió en sinómino de siervo).



Por insolvencia. Un deudor insolvente podía ser reducido a esclavitud por sus acreedores. El dinero obtenido de la venta era destinado a cubrir la deuda contraída. A finales de la República este derecho, dado lo impopular que era, no se ejercía.



Por exposición o venta. Era habitual en Roma abandonar a los hijos recién nacidos si no eran acogidos en el seno familiar. Los bebés expuestos podían ser recogidos por cualquiera para criarlos y venderlos como esclavos.

b) Mercados

Los esclavos eran comprados y vendidos por los "mangones", mercaderes especializados, en mercados específicos. En estos mercados los esclavos, desnudos y con un cartel colgado del cuello que indicaba sus habilidades ("titulus"), eran expuestos sobre una plataforma que facilitaba su examen por los posibles compradores. Aquellos esclavos que no habían tenido antes amo llevaban uno o ambos pies blanqueados con yeso.

c) Tipos y función de los esclavos Los esclavos domésticos vivían en la casa familiar y estaban destinados al servicio de los otros miembros de la familia (pedagogo, peluquero, cocinero,...). Su situación era privilegiada si se les compara con los esclavos empleados en negocios familiares (artesanía, minería, agricultura). Muchos esclavos de este último tipo ni siquiera conocían a su dueño: un capataz se encargaba de controlarlos.

d) Trato y consideración Para los romanos los esclavos eran personas incompletas sin madurez afectiva, ni intelectual. De hecho el nombre genérico que se les daba era el de "puer" (curiosamente la sociedad esclavista de Norteamérica coincide en esta consideración pues llamaba "boys" a los esclavos). Clarificador a estos efectos es un poema de Horacio en que habla de un paseo que había dado por el campo. A pesar de que lo acompaña un esclavo, el poeta asegura que no hay nada tan grato como pasear a solas. Evidentemente para Horacio un esclavo no era compañía, o no lo era más de lo que podía serlo un perro. El "pater familias" podía castigar incluso con la muerte la torpeza de un esclavo. De todos modos esta medida era poco práctica -suponía una pérdida económica- y cada vez estaba peor vista socialmente. A pesar del razonable trato que recibían, algunos esclavos, incapaces de adaptarse a la condición servil, terminaban huyendo o al menos lo intentaban. Si eran atrapados, el dueño, a manera de castigo y advertencia para próximos compradores, grababa a fuego en su frente las letras "FUG" de "Fugitivus". Algunos esclavos, en su empeño por ser libres, llegaron a organizarse y a enfrentarse al ejército romano en las llamadas guerras serviles. La más famosa de todas ellas fue encabezada por Espartaco en el siglo I a.C.

3.- Libertos

Los libertos eran esclavos manumitidos, liberados por su amo (de ahí el nombre). Era frecuente que el "pater familias" manumitiera, concediera la libertad, a los esclavos más fieles y laboriosos, sobre todo en su testamento. Los esclavos que pasaban a ser libertos celebraban y anunciaban a todos su nueva condición colocándose durante un tiempo un gorro frigio, el píleo, que luego adoptaron los revolucionarios franceses para simbolizar la adquisición de la libertad. Jurídicamente los libertos, a pesar de ser libres, eran ciudadanos incompletos ya que tenían derechos civiles (casarse con una romana, ...), pero no políticos. Sus hijos, en cambio, ya gozaban de la plena ciudadanía. Todo liberto seguía ligado como cliente a la familia de su antiguo amo.

4.- Clientes Los clientes eran ciudadanos libres que habían establecido una relación de apoyo y socorro mutuo con otros "pater familias" mejor situados social y/o económicamente que ellos. Estos "pater familias" recibían el nombre de patronos. El cliente debía prestar los siguientes servicios al patrono:  

Apoyo electoral e incluso militar. Presentarle sus respetos todas las mañanas ("salutatio")

A cambio podía contar con la ayuda del patrono en los pleitos y en las dificultades económicas. De hecho los que carecían de medios recibían en la "salutatio" una cestita, la "sportula", con alimentos para el día. El vínculo patrono-cliente no es exclusivo de Roma. En la Hispania prerromana existía algo parecido, la "devotio", en virtud de la cual una persona se comprometía a defender con su propia vida a otra de mayor prestigio. Si ésta moría violentamente, la otra debía morir también.

5.- Los hijos Los hijos, por oposición a los esclavos, son llamados a veces "liberi/orum", término que procede del adjetivo "liber/-era/-erum: libre". A pesar del nombre, la situación jurídica de los hijos difiere poco de la de los esclavos ya que la "patria potestas" daba al "pater familias" un enorme poder sobre ellos. Este poder se sustanciaba en los siguientes derechos: 

“Ius exponendi”, derecho a aceptar o no dentro de la familia al recién nacido. Cuando un niño nacía era depositado por la comadrona en el suelo. Si el padre aceptaba al hijo, lo recogía u ordenaba que fuera amamantado; en caso contrario era abandonado en un vertedero o junto a la columna Lactaria. Las causas que llevaban a un padre a rechazar a un hijo eran muchas (defectos físicos, dudas acerca de la paternidad, ...). Eso sí, era más fácil que fuera expuesta una niña que un niño. La exposición de un hijo no deseado era una práctica tan habitual en Roma que ni las leyes consiguieron frenarla (desde Rómulo existía una ley de dudosa eficacia que penaba con la confiscación de la mitad del patrimonio el abandono de un varón o de una hembra, si ésta era la primera hija).



"Ius vitae necisque", derecho a ordenar la muerte de cualquiera de los hijos. Se trata de una medida extrema que el "pater familias" tomaba generalmente tras consultar a un consejo de familiares y para castigar una falta gravísima (comisión de delito contra el Estado en caso del varón, relaciones ilícitas en caso de la hija).



" Ius vendendi", derecho a vender a los hijos como esclavos. Si el niño vendido era manumitido por su amo, volvía a estar sometido a la "patria potestas". El hijo sólo conseguía ser "suo iure" si era vendido tres veces por el padre y manumitido otras tres por el amo. En el caso de las hijas con una bastaba.

La existencia de estos derechos no implicaba que fueran ejercidos indiscriminada o caprichosamente ni que la situación fuera la misma en todo momento:



Los dos últimos derechos no se ejercían ya a finales de la República. Por eso despertó tanta indignación la actuación de Catilina, noble romano que en el siglo I a.C. mató a su hijo de 12 años, fruto de un matrimonio anterior, sin otro motivo que propiciar un futuro matrimonio.



En época imperial por influencia del cristianismo todos estos derechos terminaron desapareciendo.

6.- La esposa La situación de la esposa estaba condicionada por el tipo de matrimonio que la uniera a su marido. Existían dos clases: * El más antiguo era el matrimonio "cum manu". En virtud de este matrimonio el padre renunciaba a la patria potestad sobre su hija para asumirla el esposo. La mujer estaba sometida a la autoridad de su marido "filiae loco", i.e., a manera de una hija, por lo que su esposo podía castigarla incluso con la muerte en caso de faltas graves (infidelidad, ...). * El matrimonio "cum manu" fue sustituido a partir del siglo II a.C. por el matrimonio "sine manu", en que el padre, a pesar del matrimonio, conservaba la "patria potestas" sobre la hija. Esta circunstancia daba cierta independencia a la mujer, y más cuando la dote que aportaba al matrimonio era cuantiosa, ya que el marido hacía lo posible para no contrariarla y no perderla con un divorcio. El matrimonio "sine manu", del que poseemos más datos, se podía disolver por iniciativa de cualquiera de los cónyuges (la esposa debía consultar con sus padres). El trámite era muy simple y rápido. Consistía en enviar a la pareja una nota con este mensaje: "Tuas res tibi habeto". Volver a la página principal familia romana fue una institución principal de la antigua Roma, presente en el ámbito social y jurídico, que estaba compuesta por todos los que vivían bajo la autoridad del cabeza de familia o pater familias. Era compuesta por todos aquellos individuos que nacidos libres vivían bajo la conducta propia de un estatus parental natural y jurídico, político, económico, religioso, etc, estatus civil y estatus social al modo romano, esto suponía asumir tanto la protección como la autoridad del cabeza de familia que era el pater familias. Familia también es una palabra con la misma raíz que los famuli ("criados de los Oscos") y por lo tanto en Roma, se comprendía a algunos sirvientes o siervos llamados

específicamente fámulos. Desde el corazón de la familia romana se derivó el concepto de la fide romana (confianza).

Índice  

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  

1Generalidades 2Clasificación de las familias romanas o 2.1Familia agnaticia o 2.2Familia cognaticia o 2.3Familia gentilicia o 2.4Familia por afinidad 3Las mujeres en la familia romana 4El matrimonio en la Antigua Roma o 4.1La ceremonia de boda o 4.2El divorcio 5Véase también 6Referencias 7Enlaces externos

Generalidades[editar] En el derecho romano se tenían cuatro acepciones para la familia: agnaticia, cognaticia, gentilicia y por afinidad. La familia romana era legalmente tan fuerte que ciertas cuestiones que hoy se tratan en los juzgados o en los templos, entonces se trataban en casa, bajo el mando del cabeza de familia. La familia era realmente la célula básica de la sociedad romana. El pater familias era el hombre romano que no dependía de nadie (sui iuris) y de quien dependían los demás (alieni iuris). No importaba que estuviese soltero o casado, ni su edad. Una mujer nunca podía ser cabeza de familia. La patria potestas de un cabeza de familia romano le permitía, de así quererlo, disponer de la vida de cualquier miembro familiar, venderle como esclavo e inclusive darle muerte. Podía también abandonar legalmente a un hijo nacido de su mujer o reconocerlo. Podía incluso prohijar hijos de otros, así como concertar casamientos de los hijos. Realmente, es él quien forma la familia romana. Como jefe de familia es también el sacerdote de la religión familiar y el juez en los conflictos entre familiares, pero para esto último tiene que contar con el asesoramiento de un consejo familiar. Para entender lo anterior, hay que tener en cuenta que el parentesco natural, fundado en la descendencia física de la mujer, y que los romanos llamaban cognatio, carecía de valor civil, en tanto el parentesco civil, fundado en el reconocimiento por parte del hombre de su descendencia o en la adopción como hijos de descendencia ajena, y a lo que los romanos llamaban agnatio, era el único parentesco legalmente válido. La adoptio era el acto de adoptar a alguien. Pero, si ese alguien era cabeza de familia, se adopta a toda su familia y el patrimonio pasa al adoptante. En este segundo caso se llama adrogatio. Teniendo en cuenta que la autoridad paterna también se llama manus, la emancipatio o 'emancipación' consiste en liberar a un hijo de la potestad paterna o hacerlo pasar a la potestad de otro. Por la adoptio un hijo extraño pasa a igualarse civilmente al hijo de legítimo matrimonio. Por eso los romanos daban más importancia a la decisión legitimante del pater familias (agnatio) que al hecho físico del parentesco natural (cognatio).

Clasificación de las familias romanas[editar] En el derecho romano se tenían cuatro acepciones para la familia.

Familia agnaticia[editar] Se entendía por familia agnaticia al conjunto de personas bajo la misma potestad doméstica, o que lo estarían si el común pater no hubiese muerto, por línea de varón (hasta el sexto grado). Así, por ejemplo forman parte de la familia agnaticia de un individuo bajo la potestad de su abuelo (avus): su padre (pater), su tío paterno (patruus), su hermano (frates), su hijo (filius), el primogénito de su tío paterno (frater patruelis o patruelis) así como el hijo de éste (nepos ex patruelis) o su propio nieto (nepos), así mismo todos los varones adoptados por el pater familias. La muerte del ascendiente no implica la disolución del vínculo hasta el sexto grado.

Familia cognaticia[editar] Se entendía por familia cognaticia al parentesco por consanguinidad natural. Es decir, las personas vinculadas por la procreación y el nacimiento. Se compone de un tronco común y dos líneas: 



Línea recta: Aquellos que descienden unos de otros. Puede ser ascendente o descendente. Por ejemplo: padre, hijo, nieto, bisnieto, etc. Línea colateral: Aquellos que no descienden unos de otros pero tienen un tronco común. Por ejemplo: hermanos.

En el ejemplo expuesto en el anterior punto, formarían parte de la familia cognaticia del individuo señalado todos los anteriores señalados además de la abuela (avia), la madre (mater), la hija (filia), la hermana (soror), la tía paterna (amita), el tío materno (avunculus), la tía materna (matertera), la hija del tío paterno (soror patruelis), el hijo y la hija de la tía paterna (amitinus y amitina), el hijo y la hija del tío materno (matruelis), el hijo y la hija de la tía materna (consobrinus y consobrina), y sus descendientes.

Familia gentilicia[editar] Se entendía por familia gentilicia el conjunto de personas que tenían en común la misma base que la familia agnaticia, es decir, la gens. Sin embargo, se consideran grados más lejanos, con la condición de que los involucrados se sientan parientes.

Familia por afinidad[editar] Se entendía por familia por afinidad aquella compuesta por uno de los cónyuges y los agnados o cognados del otro. Para contar los grados, se cuenta como si un cónyuge ocupara el lugar del otro en su familia.

Las mujeres en la familia romana[editar] A diferencia de los griegos, que tenían a sus mujeres en las casas y si tenían tiempo libre, no lo pasaban en familia, los romanos sintieron un atractivo grande por la vida doméstica. La mujer aparece como compañera y cooperadora del hombre romano, está a su lado en los banquetes, comparte con él la autoridad sobre los hijos y criados y participa también de la dignidad que tiene su marido en la vida pública. Pero esta libertad no impide que sea austera y reservada, especialmente en la época republicana; incluso en el banquete, la mujer estaba sentada, no recostada, y no bebía vino sino mulsum (vino con miel); en cualquier caso, está siempre en un segundo plano bajo la autoridad marital y es así que no participa en la vida pública, en la política, en la literatura, ni puede ser cabeza de familia e incluso los nombres de oficios de la primera declinación son masculinos.

La educación femenina era prudentemente liberal. En la época infantil niños y niñas se criaban juntos; las escuelas elementales también eran mixtas. Terminados los estudios primarios, las chicas de buena familia continuaban instruyéndose privadamente en el conocimiento de la literatura latina y griega; al mismo tiempo aprendían a tocar la lira, a bailar y a cantar. Esta educación intelectual no impedía que la mujer hiciese determinadas labores: vigilaba y dirigía a las esclavas, atendía los trabajos más delicados, bordaba, etc. Aparte de esto, la mujer no tenía derechos ni podía ser cabeza de familia

El matrimonio en la Antigua Roma[editar] Artículo principal: Matrimonio (Derecho romano)

Para cualquier romano normal el pragmatismo era parte de su forma de pensar, de manera que el matrimonio no se escapaba de esta costumbre utilitarista. Los romanos, institucionalmente monógamos, concibieron las relaciones sexuales continuadas, con voluntad de convivencia y de vida en común, como un contrato, ya no entre dos personas, sino entre dos familias. Para empezar, en el derecho romano clásico, para contraer matrimonio era necesario que ambos contrayentes ostentaran la ciudadanía romana. Esto es, que gozaran no sólo del status libertatis sino también del status civitatis (que fueran libres y además, ciudadanos romanos), es decir el IVS CONUBIUM. Cualquier otra unión (p.ej. ciudadano-extranjera) era considerado un concubinato ("contubernio"). Debían también (para contraer matrimonio) tener la madurez sexual suficiente (por haber alcanzado una edad o porque biológicamente mostraran signos de haberla alcanzado); usualmente, los hombres se consideraban aptos para casarse a los catorce años y las mujeres a los doce. Los hijos nacidos de este matrimonium iustum (o iusta nuptia) serían sometidos a la patria potestas. El casamiento de dos jóvenes dependía casi exclusivamente de los padres; pocas veces se tenían en cuenta las inclinaciones de los interesados. Una vez decidido el matrimonio el primer paso era la celebración de los sponsales, ceremonia arcáica en la que los respectivos padres concertaban el casamiento de los hijos y establecían la dote que la joven aportaría al matrimonio. Antiguamente los desposados ya quedaban obligados a la fidelidad recíproca y si el matrimonio no se celebraba en el plazo estipulado, se podía perder la dote. Consultados los dioses, si los agüeros eran favorables, se cambiaban los anillos, que tenían un valor simbólico. Ante la ley, solo los ciudadanos romanos tenían derecho a contraer matrimonio. La tradición conservó el recuerdo de tiempos en los que los patricios no podían casarse con una plebeya, prohibición caída pronto en desuso (Lex Canuleia). Hubo dos formas de matrimonio que estuvieron sucesivamente en vigor: 

matrimonio cum manu: la mujer pasaba a formar parte de la familia de su marido y estaba sujeta a su poder marital (manus). Podía realizarse esta unión de tres maneras:

- Confarreatio: forma sacra de contraer matrimonio. Rito llamado así por la pieza de pan (far) que los esposos ofrecían al Dios Júpiter durante la ceremonia nupcial. Era la forma de casamiento propia de los patricios. Su carácter sacro lo hacía de difícil disolución, pero no imposible (el divorcio sería mediante la difarreatio). - Coemptio: forma más usual y práctica. Se realizaba una compraventa ficticia de la novia, por la que el marido adquiría la manus (poder) sobre ella. Es la versión matrimonial de la ceremonia de liberación de esclavos, la manumissio. - Usus: cuando los esposos cohabitaban ininterrumpidamente durante un año, el marido adquiría la manus sobre la mujer; sin embargo, esto podía ser evitado gracias a la "trinoctii usurpatio", según la

cual, si la mujer se ausentaba durante tres noches seguidas del hogar marital, evitaba caer en la manus maritalis. Puede verse como una versión matrimonial de la prescripción adquisitiva. 

matrimonio sine manu o libre: en él, la esposa continuaba perteneciendo a la familia paterna y conservando los derechos sucesorios de su familia de origen. A pesar de la facilidad de disolución de este matrimonio (bastaba con la simple separación de los esposos) los romanos tenían conciencia de la seriedad de este vínculo.

La ceremonia de boda[editar] El ceremonial que mejor se conoce es el patricio. La boda constituía uno de los acontecimientos más importantes dentro de la vida familiar. El día de la boda era escogido con toda cautela; sería pernicioso casarse en mayo, mientras que la mejor época era la segunda quincena de Junio. En la víspera de la boda la joven consagraba a una divinidad sus juguetes de niña; después, se acostaba con el traje nupcial y una cofia de color anaranjado en la cabeza. Eran características de la vestimenta nupcial el peinado y el vestido con velo. El traje era una túnica blanca que llegaba a los pies, ceñida por un cinto. De la cabeza de la desposada caía un velo de color anaranjado (flammentum) que le cubría la cara. En todos los actos del rito matrimonial la futura esposa era asistida por la pronuba, una matrona casada una sola vez. El rito empezaba consultando los auspicios: si el resultado no era malo, quería decir que los Dioseseran favorables a esta unión. Terminada esta parte, tenía lugar la firma de las tabulae nuptiales (contrato matrimonial) delante de diez testigos; después la pronuba ponía las manos derechas de los esposos una encima de la otra y con esto los esposos se comprometían a vivir juntos. Acabadas las formalidades, tenía lugar el banquete nupcial. Después, hacia la tarde, comenzaba la ceremonia de acompañamiento de la esposa a casa del esposo. Este, de repente, fingía arrancar a su joven mujer de los brazos de su madre. Entonces iban a casa del marido. La mujer iba acompañada de tres jóvenes; uno de ellos llevaba una antorcha de espino (spine alba) encendida a la casa de la esposa. La gente que los seguía mezclaba cantos religiosos y pícaros. Cuando llegaban a casa del marido, adornaban la entrada con cintas de lana y la untaban con grasa de cerdo y aceite. El marido le preguntaba a la esposa cómo se llamaba, ella le respondía ubi tu Gaius, ego Gaia ("si tú Gaio, yo Gaia"), entonces los que la acompañaban la levantaban a pulso para que no tocase el quicio de la puerta con el pie y la hacían entrar en la casa. Después era recibida por su marido y la pronuba pronunciaba unas plegarias a la divinidad de la nueva casa (para que recibiesen con agrado a esta nueva habitante); con esto terminaba la fiesta y los invitados volvían para sus casas. El día de después del casamiento había un banquete íntimo (repotia, reboda) para los parientes de los esposos.

El divorcio[editar] Como el matrimonio romano estaba pensado para ser una institución que debía renovarse con el consentimiento continuado de los cónyuges (affectio maritalis), se permitía el divorcio. Como todo contrato, el matrimonio podía disolverse o terminarse. Primitivamente, el derecho de revocación pertenecía únicamente al hombre; este solo tenía que reclamarle a su mujer delante de un testigo las llaves de la casa y decirle: tuas res habeto ("coge tus cosas"). En principio, el matrimonio patricio por confarreatio (vid. supra) no podía disolverse, pero pronto los romanos inventaron una ceremonia de efectos contrarios a la primera, a la que llamaron difarreatio. El matrimonio por usus o por coemptio se terminaba con la mancipatio o transmisión de la potestad del marido en favor de un tercero, que manumitía a la mujer

En el derecho romano se tipificaba el tipo de divorcio según su causa:    

Divortium ex iusta causa: como, por ejemplo, el adulterio de la mujer o el marido. Divortium bona gratia: por causas no imputables a algunos de los cónyuges (esterilidad, impotencia, etc.) Divortium sine causa: cuando alguno de los cónyuges repudiaba al otro sin que mediase causa que justificara este comportamiento. Divortium communi consensu: de mutuo acuerdo.

Véase también[editar]   

Familia Derecho de familia Lista de familias romanas

Referencias[editar] Enlaces externos[editar] 

Ausonio: Cento nuptialis (Porcentaje de bodas).  Texto latino, con índice electrónico, en el Proyecto Perseus. Empleando el rótulo activo "load", que se halla en la parte superior derecha, se obtiene ayuda en inglés con el vocabulario latino del texto.

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Características de la familia romana La familia era la institución nuclear de la sociedad romana.

Estaba formada por un grupo amplio de personas (hijos, esposa, clientes y esclavos) bajo la dirección del pater familias, que poseía amplios poderes:    

Podía decidir sobre la vida y la muerte de sus miembros, la patria potestas. Dirigía los cultos a los dioses del hogar. Representaba políticamente a sus miembros. Era el propietario de los bienes familiares.

Las familias que descendían de un antepasado común formaban gens cuyos componentes tenían el mismo nombre.

Introducción Este trabajo habla de la familia en la época de roma, habla de las responsabilidades de cada uno de los miembros de la misma, de las obligaciones así como de los derechos, de la denominaciones y jerarquías, de cómo se podía llegar a ser parte de una familia romana, y como se podía llegar a perder este derecho. Eran los tiempos en los cuales el paterfamilias podía disponer de todo cuanto poseía como bienes, incluyendo los esclavos, y en cierta forma, de la vida o muerte de los hijos (jus vitae necisque), en cuanto al tema de la Patria Potestad y su vinculación directa con el Derecho de Familia, por no discutir entre quienes piensan que el Derecho de Familia, más que de Derecho Privado, ha pasado a ser parte substancial del Derecho Público, por ser el Estado el principal protagonista de este tipo de Derecho o en todo caso, un tercer tipo de Derecho que reúne particularidades del Privado y Público simultáneamente.

La Familia Romana En Roma una familia estaba integrada no sólo por las personas ligadas por vínculos de sangre, i.e., cónyuges e hijos, sino también todos los que dependendian del "pater familias"

(esclavos, libertos y clientes). Una familia romana, era mucho más amplia que una familia actual y podía estar formada por cientos de personas. La familia romana era un pequeño país donde el padre era el gobernante, con derechos establecidos sobre sus integrantes y responsabilidad legal por ellos ante la sociedad. Desde un principio Roma se había organizado en gens, en manzanas donde vivían gentes unidas por un mismo apellido; vivían en familia, pero en familia directa, con un solo padre, con una sola autoridad, y en régimen monogámico. El Pater Familias: Tenía la obligación de mantener a la familia, representarla políticamente y oficiar los ritos religiosos domésticos. Tenía autoridad sobre todos los miembros de su familia, incluso decidir sobre su vida o su muerte. Los Hijos: Los hijos, por oposición a los esclavos, son llamados a veces "liberi/-orum", término que procede del adjetivo "liber/-era/-erum: libre". A pesar del nombre, la situación jurídica de los hijos difiere poco de la de los esclavos ya que la "patria potestas" daba al "pater familias" un enorme podersobre ellos. Este poder se sustanciaba en los siguientes derechos: 

"Ius exponendi", derecho a aceptar o no dentro de la familia al recién nacido.



"Ius vitae necisque", derecho a ordenar la muerte de cualquiera de los hijos.



" Ius vendendi", derecho a vender a los hijos como esclavos.

La Esposa: La situación de la esposa estaba condicionada por el tipo de matrimonio que la uniera a su marido. Existían dos clases: el más antiguo era el matrimonio "cum manu". En virtud de este matrimonio el padre renunciaba a la patria potestad sobre su hija para asumirla el esposo. El matrimonio "cum manu" fue sustituido por el matrimonio "sine manu", en que el padre, a pesar del matrimonio, conservaba la "patria potestas" sobre la hija. Esta circunstancia daba cierta independencia a la mujer. Este matrimonio se podía disolver por iniciativa de cualquiera de los cónyuges (la esposa debía consultar con sus padres). El trámite era muy simple y rápido. Consistía en enviar a la pareja una nota con este mensaje: "Tuas res tibi habeto". Esclavos: Los esclavos eran personas privadas de libertad, explotadas como fuerza de trabajo, a las que se podía comprar y vender como vulgares mercancías. En Roma la condición de esclavo podía adquirirse por varias vías: Por nacimiento. Todo hijo de una esclava se convertía automáticamente en esclavo del dueño de su madre, eran particularmente apreciados por su fidelidad y recibían el nombre de "vernae". Por derecho de conquista. Los romanos subastaban ("sub hasta") como esclavo a todo enemigo capturado en el curso de una guerra. Esta costumbre pervivió hasta la Edad Moderna. Por insolvencia. Un deudor insolvente podía ser reducido a esclavitud por sus acreedores. El dinero obtenido de la venta era destinado a cubrir la deuda contraída. Por exposición o venta. Era habitual en Roma abandonar a los hijos recién nacidos si no eran acogidos en el seno familiar. Los bebés expuestos podían ser recogidos por cualquiera para criarlos y venderlos como esclavos. Los esclavos eran comprados y vendidos por los "mangones". Los niños esclavos eran considerados frecuentemente como juguetes, pues en ese tiempo los juguetes de los niños eran animales (aves, perros, conejos (para las niñas)), aunque también

existían casos de verdadero afecto. Los niños y adolescentes esclavos favoritos eran liberados, teniendo casi en todo los mismos derechos que los nacidos libres (joyas, cortejos, vestidos de príncipe), salvo en el atuendo característico (praetexta) de los nacidos libres. Libertos: Los libertos eran esclavos manumitidos, liberados por su amo. Era frecuente que el "pater familias" manumitiera, concediera la libertad, a los esclavos más fieles y laboriosos, sobre todo en su testamento. Jurídicamente los libertos, a pesar de ser libres, eran ciudadanos incompletos ya que tenían derechos civiles (casarse con una romana,), pero no políticos. Sus hijos, en cambio, ya gozaban de la plena ciudadanía. Los libertos nunca llegaron a formar una clase social, sobretodo porque los hijos de los libertos eran considerados libres, nacían libres. Los libertos eran casi todos comerciantes o artesanos, y era bastante frecuente que llegasen a ser más ricos que los propios amos o que cualquier noble. Clientes: Los clientes eran ciudadanos libres que habían establecido una relación de apoyo y socorro mutuo con otros "pater familias" mejor situados social y/o económicamente que ellos. Estos "pater familias" recibían el nombre de patronos. El cliente debía prestar al patrono: Apoyo electoral e incluso militar; presentarle sus respetos todas las mañanas ("salutatio") a cambio podía contar con la ayuda del patrono en los pleitos y en las dificultades económicas. De hecho los que carecían de medios recibían en la "salutatio" una cestita, la "sportula", con alimentos para el día. Parentesco: Parentesco viene del padre o la madre, el abuelo u otros ascendientes de quien se desciende. Los romanos entendían el parentesco en dos sentidos: el parentesco del derecho civil y el natural; cuando concurren ambos derechos, se contrae un parentesco natural y civil a la vez. Tipo de Parentesco: "Agnatio" y "Cognatio". El natural, es el que deriva de las mujeres cuando tienen hijos ilegítimos; es natural y civil, cuando derivan de un matrimonio legítimo. El parentesco natural se llama así o se le denomina "cognatio", y el civil es designado corrientemente "agnación", que es el que viene por línea del varón. La "agnatio" es el parentesco civil fundado sobre la autoridad paterna, ya que del paterfamilias dependía la composición de la familia, siendo libre de cambiarla a su arbitrio. Cuando muere el cabeza de familia, los que le estaban sometidos empiezan a constituir distintas familias, pero continúan unidos por el parentesco agnaticio. La "cognatio" es el parentesco que une a las personas descendientes unas de otras en línea directa o que descienden de un autor común, sin distinción de sexo. Clases Y Grados De Parentesco: Tenemos el parentesco natural y el parentesco por afinidad. En el primero se distingue: a) el parentesco en línea directa o recta, que se divide en dos: la ascendente y la descendente, de la primera derivan por el segundo grado las líneas colaterales. El parentesco en línea recta es aquel que une a dos personas, de las cuales una desciende de la otra y b) el parentesco colateral, que es aquel que une a dos personas que descienden de un mismo autor, sin que la una descienda de la otra, como los hermanos y sus descendientes los tíos paternos y maternos. El parentesco por afinidad es el que se origina por el matrimonio y lo forman los parientes de uno de los esposos y los parientes del otro. En el parentesco por afinidad no hay grados.

Nacimiento: Cuando un niño nacía era depositado por la comadrona en el suelo. Si el padre aceptaba al hijo, lo recogía u ordenaba que fuera amamantado; en caso contrario era abandonado en un vertedero o junto a la columna Lactaria. Las causas que llevaban a un padre a rechazar a un hijo eran muchas (defectos físicos, dudas acerca de la paternidad, ...). Eso sí, era más fácil que fuera expuesta una niña que un niño. La exposición de un hijo no deseado era una práctica tan habitual en Roma que ni las leyes consiguieron frenarla (desde Rómulo existía una ley de dudosa eficacia que penaba con la confiscación de la mitad del patrimonio el abandono de un varón o de una hembra, si ésta era la primera hija).

Costumbres de la Familia Romana El patriarca se encargaba por las mañanas de repartir las tareas domésticas a los esclavos y de atender a su contador que le traía las cuentas del negocio todas las mañanas. El padre era sobretodo el dueño del patrimonio, tenía claros derechos de autoridad sobre las mujeres (esposa, hijas), los hijos y los esclavos, pero también era el representante legal ante los actos de los hijos. Si un hijo cometía delito, también el padre era culpable. El padre era también juez, pues resolvía litigios al interior de su pequeño reino. En las familias nobles el padre no veía a los hijos sino hasta la noche, por eso el cristianismo y su amor filial para con el padre "debió producirles a los paganos el efecto de una intimidad un poco repugnante y de una humildad servil; tenía que parecerles algo plebeyo". Los hombres libres de familias acomodadas no andaban casi nunca solos, no se vestían ni se calzaban nunca ellos mismos sino que lo hacían por ellos los esclavos (lo que si hacían solos era lavarse los dientes). Ni siquiera en la alcoba conyugal estaban solos, había siempre a mano un esclavo, durmiendo frecuentemente detrás de la puerta. Las damas debían salir de casa siempre en compañía: una señorita de compañía (comites) y un caballero de servicio(custos), aunque sus salidas eran poco frecuentes y las más conservadoras salían semi veladas. Tampoco los jóvenes debían salir sin un custodio. En cuanto a las señoras romanas, sabido es que se casaban poseyendo una dote, que no siempre pasaba en manos del marido, quien en cierta forma, cargaba también una dote toda su vida (su testamento). La tradición romana estipulaba que una mujer que se separaba del marido regresaba con el padre, pues la hija era algo así como un préstamo del padre al yerno. Las habían fidelísimas a su marido, a quien seguían al exilio e incluso al suicidio, y otras que tomaban a cargo todas las labores del padre de manera muy eficiente, y finalmente, algunas que se casaban con una fortuna mayor a la del marido, y que solían rechazar su autoridad. Las mujeres libres eran frecuentemente ociosas, muchas pasaban el día hilando en el huso, pero unas pocas ayudaban al marido sobre todo en lo contingente a la contabilidad del hogar. Un personaje típico de la romanidad, por levantar siempre abundantes comentarios, era el de la viuda; aquella era sumamente codiciada y casi siempre tenía una corte de pretendientes; era considerada "irresistible" por no tener amo alguno, y por tener en su poder toda la herencia. Podía tranquilamente volver a casarse con quien quisiera, e incluso el concubinato era tolerado, siempre y cuando existiese una promesa explícita de matrimonio. Las jovencitas, en cambio, debían mantenerse vírgenes, o al menos, llevar sus relaciones en el más estricto secreto. El concubinato era aceptado, en un principio considerándolo como un término peyorativo pero con el tiempo como algo normal u "honorable"; tenía incluso bien determinados sus aspectos jurídicos. El concubinato debía asemejarse lo más posible al matrimonio, los hijos de una pareja de concubinos eran considerados ilegítimos y no tenían derecho a la herencia paterna, más si a la materna. La concubina debía ser una mujer libre (viuda (vidua) o divorciada) puesto que los esclavos no tenían derecho a casarse.

Entre los romanos, eran los padres de familia quienes decidían si aceptaban o no al recién nacido. La señal de aceptación la daba el padre cuando lo levantaba del suelo donde lo había dejado la matrona: el padre lo tomaba o acogía (tollere) con tal acto. Si por el contrario no lo aceptaba, el hijo era expuesto, es decir, era dejado en algún basurero público o en algún domicilio; en tal caso los recién nacidos o bien morían, o bien eran recogidos por tratantes de esclavos que lo alimentarían para posteriormente venderlo. Los criterios usados para abandonar a los recién nacidos (niños expósitos) eran diversos: a los malformados se los exponía siempre, los pobres los exponían por no tener con qué alimentarlos; la clase media prefería tener menos hijos para poder educarlos mejor. En el campesinado de las provincias orientales, la familia que había llegado a un máximo tolerable de hijos regalaba los sobrantes a otras familias que los aceptaban gustosos (más trabajadores para la familia); aquellos hijos regalados eran llamados threptoi (tomados a cargo). Pero incluso los ricos llegaban a no desear un hijo, frecuentemente por cuestiones legales de testamento. Los niños expuestos rara vez sobrevivían: los ricos no lo querían ver más mientras que los pobres guardaban algunas esperanzas de que el niño fuese acogido.

El Matrimonio en la antigua Roma El matrimonio entre los romanos no era respaldado por escrito; había una ceremonia con testigos donde además era entregada la dote de la mujer (si es que tenía una), y por supuesto también una fiesta. No había tampoco ningún alcalde o párroco que presenciara necesariamente la ceremonia. Era un acto privado "que ningún poder público tenía porqué sancionar", pero era obligatorio llevar testigos. Tipos de Matrimonios: Matrimonio "Cum Manu" y "Sine Manu" La "manus" acompañaba casi siempre al matrimonio para que la mujer pudiera entrar a la familia civil del marido, caer bajo su potestad y ocupar con respecto a él el lugar de una hija, participar en su culto privado y poder heredarlo como "heres sua" (heredera suya). En el matrimonio "sine manu" la mujer no salía de su familia natural, no haciéndose agnada de la familia de su marido, éste no adquiría sobre ella ninguna potestad; la mujer ocupaba ante el marido el mismo plano de igualdad, no se le consideraba con respecto a él (como en el matrimonio "cum manu-loco filiae) en el lugar de una hija. La convivencia de una pareja era tolerada; así lo demuestra la diferencia que había entre matrimonios con mano (cum manum) y las uniones sin mano (sine manu), en el primer caso la mujer pasaba oficialmente a obedecer a su marido, mientras que en el segundo caso, a pesar de dejar la casa, la mujer seguía bajo el mando de su propio padre. El adulterio era algo grave que daba derechos al padre o al marido de matar a su hija o esposa, y también al amante. Sucedía cuando un hombre, casado o soltero, era sorprendido en el acto con una mujer casada. Si la mujer era soltera, o si era una prostituta o extranjera o esclava, no se consideraba adulterio, aún si el hombre con el que era sorprendido era casado. El matrimonio tenía relación con asuntos legales, sin que la falta de un documento escrito representase un problema pues siempre se efectuaban las debidas investigaciones. Tenía relación con el patrimonio (sobre todo en lo relativo a la herencia), con la legitimidad de los hijos y con la dote, sobretodo porque el divorcio era perfectamente legal. El divorcio era tan informal como el matrimonio, y bastaba con que uno de los dos cónyuges se decidiera y celebrara el acto ante testigos. La mujer, tanto si ella se había separado como si había sido repudiada, se llevaba su dote; los hijos en cambio, al parecer, se quedaban con el padre. Se

divorciaban y volvían a casar con mucha frecuencia, por lo que era normal ver en una casa hijos de distintas madres, además de los adoptados. Requisitos para Contraer Matrimonio: 

La "Pubertad": Con esta palabra se designa en el hombre la aptitud de engendrar y en la mujer la de concebir. La edad de la pubertad se fijó para los varones los catorce años y las mujeres eran núbiles a los doce.



Consentimiento de los contrayentes: El consentimiento recíproco de las partes es necesario para contraer matrimonio.



El consentimiento del paterfamilias: El derecho de los ascendientes para consentir o prohibir el matrimonio de sus descendientes deriva de la potestad paterna, de la cual es un atributo.



El "connubium": Que es la aptitud legal para contraer las "iustae nuptiae-connubium est uxoris iure ducendae facultas". Tendrán "connubium" los ciudadanos romanos, los "latini veteres" y aquellas personas a quienes por concesión especial se otorgue esta ventaja.

Impedimentos para Celebrar el Matrimonio. 

Impedimentos que resultan del parentesco.



Impedimentos resultantes de la afinidad. La afinidad es el lazo que une a un esposo con los parientes del otro.



Otros impedimentos. El matrimonio anterior no disuelto.



Impedimentos por razones políticas y sociales.

Disolución del Matrimonio: 

Por la esclavitud: como pena del derecho civil y por la pérdida de la ciudadanía



Por cautividad: pero el matrimonio se considera subsistente si los dos esposos son hechos prisioneros y juntos obtienen la libertad.



Por muerte de uno de los esposos: La viuda debía guardar luto durante diez meses.



Por divorcio: En Roma fue un principio generalmente admitido que el matrimonio podía disolverse con entera libertad, tal como se contraía.

El Divorcio: Es la ruptura voluntaria del lazo conyugal; puede resultar del consentimiento mutuo de los cónyuges ("bona gratia"), o de la voluntad de uno solo, en cuyo caso se dice que es por repudio. El divorcio por repudio puede hacerse cuando hay motivo legal: infidelidad, atentado contra la vida del cónyuge; y cuando no hay causa para repudiar, en cuyo caso se castiga al cónyuge generalmente con pérdidas patrimoniales. Otras Uniones Matrimoniales. El Concubinato: debió su frecuencia a las disposiciones que prohibían el matrimonio entre los ingenuos y los libertinos. Se tomaba por concubina a aquella con quien el matrimonio estaba vedado. El concubinato se contrae sin las formalidades de las "iustae; es necesaria la pubertad de las partes; no se requiere el consentimiento del paterfamilias; no podrá contraerse entre personas cuyo parentesco o afinidad los volvería incapaces para contraer "iustae nuptiae". El concubinato es incompatible con el matrimonio no disuelto, no pudiéndose tener a la vez esposa y concubina.

Costumbres Matrimoniales: La edad mínima para el matrimonio era de catorce años para los hombres y de doce años para las mujeres. Para poderse casar debía haber consentimiento mutuo y además aprobación por parte de ambos padres. La fecha preferida para casarse era en junio, poco antes del solsticio de verano (21 de Junio), cuando el sol está en su apogeo. Una de las costumbres matrimoniales era la presencia de diez testigos como también la de los regalos de boda. "La noche de bodas se desenvolvía como una violación legal" pero habían también algunos hombres que respetaban la timidez de su mujer, solo que en tales casos la sodomizaban. El día antes de la boda la novia dedicaba los juguetes de su infancia a su Lares familiar (dios familiar representado en estatuillas a la entrada de la casa cuya función era protegerlos de los extraños), y también su bulla (collar protector del mal de ojo que usaban desde el octavo día de nacidos). El día de la boda se iniciaba con un cortejo; se encendían antorchas que seguían un camino hacia la casa del novio. La prometida, que iba con un velo en su rostro, era acompañada por tres niños que debían tener a sus padres aún con vida. Dos niños iban tomados de la mano al lado de la novia, mientras que el tercero iba delante con una antorcha de espino que había sido encendida anteriormente en la casa de la esposa. Se consideraba que los restos de esta antorcha tenían la capacidad de otorgar longevidad. Se sentaba a los novios uno al lado del otro, ambos con la cabeza cubierta por un velo, en un banco cubierto con piel de oveja ofrecida en un sacrificio. Después continuaba con un acto en el que el novio daba una vuelta a la derecha del altar, tomaba un poco de sal y un pan redondo de espelta (una variedad de trigo), el panis farreus, que ambos compartían. Tal acto consagraba la unión y la mujer pasaba en ese momento de las manos del padre a las manos del flamante marido.

Conclusión La familia está organizada en Roma sobre la base del patriarcado; el papel del paterfamilias era el principal y de ahí que la madre ocupara un lugar completamente secundario. La familia se desarrollaba exclusivamente por vía de los varones, la mujer al casarse salía de su familia civil para pasar a formar parte de la familia del marido. La familia son muchas personas que están bajo la potestad de otro, como el paterfamilias, la materfamilias, el filiusfamilias, la filiafamilias y los demás descendientes. Paterfamilias. Es aquel que tiene el señorío en su casa y se le designa correctamente con este nombre aunque no tenga hijo, pues el término no es sólo de relación personal, sino de posición de derecho. Es paterfamilias el varón que es "sui iuris" cualquiera que sea su edad. El jefe de familia tiene bajo su potestad a sus hijos y demás descendientes sobre los cuales ejercerá la "patria protestas". También se encuentra bajo su potestad su esposa, si la tiene "in manu", sus esclavos y una persona libre cuando la tiene "in mancipium". Compartiendo el hogar con el paterfamilias, pero desempeñando un papel secundario, tenemos a la materfamilias, que es la que vive honradamente, pues se distingue de otras mujeres por sus costumbres, dando lo mismo que sea casada o no, ya que ni el matrimonio, ni el nacimiento hacen a una mujer de familia, sino las buenas costumbres. Los romanos entendían el parentesco en dos sentidos, el parentesco natural se llama así o se le denomina "cognatio", y el civil es designado corrientemente "agnación", que es el que viene por línea del varón.

Bibliografía 

http://www.universidadabierta.edu.mx/Biblio/F/FloresAlfonso_DeRomano.htm



Aula Virtual: Ludus: espacio de trabajo reservado a mis alumnos de Griego, Latín y Cultura Clásica.



es.wikipedia.org/wiki/Familia romana?.



www.portalplanetasedna.com.ar/roma.htm?

Anexos

erminológicamente y en sentido estricto familia deriva de famulus, siervo, criado doméstico, de donde familia equivaldría al número de siervos de una casa. Pero con familia también se indica el caudal y bienes de la misma, la ascendencia, descendencia y parentela, y por supuesto, el conjunto de personas que viven en una casa bajo la potestad del dueño de ella. En este último sentido según

Ulpiano, llamamos familia en sentido propio (familia propio iure) a un grupo de personas vinculadas entre ellas por el hecho de estar sometidas a la voluntad de uno solo, el paterfamilias. Con un significado más amplio (familia communi iure) familia indica el conjunto de todas aquellas personas que habrían estado sometidas a la misma autoridad si el común paterfamilias no hubiese muerto.


El concepto de familia en Derecho romano no coincidía con el que tenemos actualmente.

Tabla

de

1 Concepto de familia en 2 Agnación y 3 4 5 Adquisición y pérdida 6 Conventio 7 8 Personas sui iuris y alieni iuris

Contenidos Roma

y en familia

de

la in

la

actualidad agnaticia Cognación Afinidad patria potestad manum Emancipación

- Concepto de familia en Roma y en la actualidad El concepto de la familia romana no coincide con nuestra noción actual de la misma: en Roma, el lazo que une a las personas que pertenecen a la misma familia es exclusivamente la sujeción a la potestad de un pater, en nuestros días, la base de toda familia es normalmente el vínculo natural de consanguinidad o parentesco de sangre (cognación).

- Agnación y familia agnaticia Precisando con más exactitud tales conceptos, se denomina agnación (adgnatio) la relación que vincula a todas las personas que componen la familia, no sólo entre ellas, sino también con relación al pater, a cuyo absoluto poder están sometidas; y familia agnaticia (familia adgnatitia) es el grupo doméstico así constituido. El vínculo agnaticio no se rompía con la muerte del paterfamilias, pues en tal caso, la familia originaria se fraccionaba para formar varias familias menos extensas e independientes, pero ligadas entre sí por la adgnatio, resultando así, que la familia agnaticia comprende no sólo las personas que están, sino también las que hubieran podido estar sujetas a la potestad de un mismo paterfamilias, si éste no hubiese fallecido.
 Son agnados, según Gayo, los parientes por línea masculina, esto es, los parientes por parte del padre.

+ ¿Quiénes formaban la familia agnaticia? Forman parte de la familia agnaticia:
 a) La mujer que al casarse con el pater o con alguno de los varones sometidos a su potestad, cumpliese el acto solemne de la conventio in manum. b) Los hijos legítimos de ambos sexos y los descendientes legítimos de sus hijos y nietos varones. c) Las personas que el padre acoja en la familia mediante la adopción o la arrogación.


d) Los hijos concebidos en vida del paterfamilias y nacidos tras su muerte (póstumos).



+ ¿Quiénes eran excluidos de la familia agnaticia? No formaban parte de la familia agnaticia la mujer del pater o la de sus descendientes legítimos, cuando el matrimonio no se hubiese acompañado de la conventio in manum; tampoco la integraban los emancipados ni los descendientes por línea femenina (de hijas y nietas), que no guardan vínculo agnaticia alguno con el grupo familiar al que pertenecían sus madres respectivas.

 Desde este punto de vista, pater no significa padre en sentido biológico, sino más bien "jefe"; y la procreación no es el vínculo exclusivo ni único que une a las personas que pertenecen a una misma familia, sino más bien la sujeción a un jefe común, el paterfamilias.
 Tal estructura basada en vínculos agnaticios, un tanto superficial y arbitraria, creó situaciones injustas, sobre todo en el campo del derecho de sucesiones, sufriendo por ello profundas transformaciones, sobre todo durante los siglos IV y V d.C. Con Justiniano, la antigua familia agnaticia desaparece casi completamente, asumiendo características muy similares de aquéllas que hoy distinguen a la familia moderna, basada fundamentalmente en vínculos de sangre (cognación).

- La cognación
: parientes en línea recta o en línea colateral Frente a la agnación que, como hemos visto, era un vínculo familiar puramente jurídico e inherente a la estructura patriarcal de la familia romana fuertemente jerarquizada (podríamos hablar de parentesco civil), la cognación (cognatio, del verbo gigno = engendrar) es el vínculo o parentesco de sangre que existe entre personas que, o bien descienden la una de la otra, o bien

tienen un tronco común. De ahí que podamos hablar de dos grupos de parientes: parientes en línea recta (directa línea) y parientes en línea colateral (transversa línea). Los primeros son aquéllos que han nacido unos de otros, y pueden contemplarse tanto en sentido ascendente (padres, abuelos, bisabuelos, etc.), como en sentido descendente (hijos, nietos, biznietos, etc.), Los parientes en línea colateral son aquéllos que, sin descender directamente unos de otros, tiene no obstante un ascendiente o tronco común (hermanos, tíos, sobrinos, primos, etc.).



+ Grados de parentesco La mayor o menos proximidad del parentesco, tanto en línea directa como colateral, se mide por grados, y cada grado equivale a una generación: tot sunt gradus quot sunt generationes, es decir, tantos son los grados cuantas son las generaciones.

 En línea recta, para concretar el grado de parentesco, sólo habrá que subir hasta el tronco común (línea recta ascendente) o bajar desde él (línea recta descendente). Así, entre el hijo y su padre habrá un grado y entre el abuelo y su nieto, dos.

 Para establecer el grado de parentesco en la línea colateral, habrá que subir hasta el tronco común y luego descender hasta el pariente del cual queremos determinar el grado. Por ejemplo, si deseamos conocer el grado de parentesco que existe entre dos hermanos, es preciso primero subir desde uno de ellos hasta el padre (un grado) y luego bajar desde el padre hasta el otro hermano (dos grados), resultando que los hermanos son entre sí parientes en segundo grado, que en la línea colateral es el más próximo. Si se tratase de dos primos, A y B, hijos de dos hermanos, C y D, hijos a su vez de X, habría que subir desde uno de ellos (A) al ascendiente común, o sea el abuelo (X), contabilizándose dos grados, resultando que A y B son entre sí parientes en cuarto grado. Tío y sobrino serían parientes en tercer grado, pues desde el tío al ascendiente común (padre) hay sólo un grado, y desde éste al sobrino hay dos. Y así sucesivamente. En nuestro Derecho la cognación es la base de la sucesión intestada y de la tutela legítima.

- Afinidad
 Afines son, según Modestino los cognados del marido y de la mujer (adfines sunt viri et uxoris cognati), de donde podemos definir la afinidad (adfinitas) como el vínculo que une a un cónyuge con los parientes consanguíneos del otro. Existe afinidad, por ejemplo, entre uno de los cónyuges y los descendientes o ascendientes del otro, o bien entre uno de los cónyuges y los parientes colaterales del otro.
 La afinidad tiene relevancia en cuanto puede ser impedimento para el matrimonio o crear una obligación de alimentos.

- Adquisición y pérdida de la patria potestad + Adquisición de la patria potestad La patria potestad se adquiere de varios modos: por nacimiento, y por adopción. . Adquisición de la patria potestad por nacimiento Los hijos procreados en justas nupcias (hijos legítimos) entraban a formar parte de la familia por causas naturales, y quedaban sometidos a la autoridad del paterfamilias. La maternidad se demuestra obviamente por el hecho del parto (mater semper certa est, dice Paulo en D. 2, 4, 5). En cuanto a la paternidad, según Ulpiano se presumen procreados por el marido los hijos nacidos después de los 182 días siguientes a la celebración del matrimonio y antes de los diez meses a partir de la disolución del mismo (300 días). Desde luego, la presunción es iuris tantum, esto es, admite prueba en contrario. Tal presunción de paternidad e idénticos plazos son contemplados en los artículos 116 y 117 de nuestro Código civil.

 Los hijos habidos fuera del matrimonio, adquieren el título y condición de legítimos mediante

la legitimación, acto que reviste diversas formas, entre las cuales, la más frecuente tiene lugar cuando el que tiene hijos de una unión ilegítima, contrae posteriormente matrimonio legítimo (subsequens matrimonium). Nuestro Código civil regula también la legitimación por subsiguiente matrimonio (artículos 119, 121, 125). . Adquisición de la patria potestad por adopción La adopción en general es la integración de un extraño como hijo en el seno de la familia. Hay dos clases de adopción: la de una persona sui iuris denominada adrogatio y la de una persona alieni iuris, que es la adopción propiamente dicha (adoptio). Las explicamos enseguida. a) La adrogación es el género de adopción más antiguo. Cuando el paterfamilias adopta a una persona sui iuris , esto es, a otro paterfamilias, no sólo se somete a su autoridad el adoptado, sino que toda su familia entra a formar parte de aquélla del arrogante, el cual, aunque en un principio adquiría a título universal todo el patrimonio del arrogado, en época justinianea sólo adquiere el usufructo y la administración del mismo (C. 6, 61, 6). Era un acto con graves consecuencias que sólo podía tener lugar previa información del Colegio de los pontífices sobre la oportunidad de la arrogación. Si la opinión era favorable se sometía al voto del pueblo reunido en los comicios, que en última instancia era quien aprobaba la adrogatio. Tales formalidades entraron en desuso hacia el final del siglo III d.C. y fueron reemplazadas por la decisión del emperador que prestaba su autoridad (adrogatio per rescriptum principis). b) La adopción en sentido estricto (adoptio) es menos antigua que la adrogación y sus consecuencias son menos graves, pues no implicaba la absorción de una familia por otra. Mediante ella, una persona alieni iuris deja su familia primitiva y entra a formar parte de la familia del adoptante. Antiguamente la adopción se operaba mediante un proceso fingido entre el adoptante y el paterfamilias del que iba a ser adoptado, y ante la pasividad de su paterfamilias que no se oponía en el juicio, el magistrado accedía a tal pretensión, adjudicándoselo como filius al que así lo reclamaba. En consecuencia, el paterfamilias a cuya autoridad estaba sometido el adoptado antes del fingido proceso, perdía la patria potestas sobre el mismo, que se sometía a la patria potestas del adoptante. Posteriormente se simplificó el procedimiento de adopción, quedando consumada con una simple declaración concorde de las tres partes interesadas ante el magistrado, esto es, adoptante y el padre de éste, de todo lo cual quedaba efectiva constancia. En época justinianea nuevos criterios inspiraron la adopción, según los cuales esta tiende a constituir una relación análoga a aquélla que deriva de la procreación, y en consecuencia Justiniano dispuso que el adoptante haya de tener al menos 18 años más que el adoptado. Que tales criterios son los mismos que informan nuestro Derecho, lo demuestra el hecho que nuestro Código civil exige que el adoptante tenga al menos 25 años, y en todo caso, catorce años más que el adoptado (art. 175,1).


- Conventio in manum Manus es un término técnico utilizado precisamente para indicar el poder del marido sobre la mujer y conventio in manum es el acto en el que la mujer, sometiéndose a dicho poder, entra a formar parte de la familia del marido, desvinculándose de la familia de origen: si el marido era paterfamilias, la mujer ocupaba en la misma familia el lugar de una hija (loco filiae); si el marido era filiusfamilias, la mujer ocupaba el lugar de una nieta (loco neptis).

+ La conventio in manum no es una forma de matrimonio La conventio in manum no es una forma de matrimonio, y aunque presume su existencia, es un acto independiente encaminado, como vimos, a hacer entrar a la mujer en un grupo agnaticio distinto de aquél al que pertenecía. La conventio in manum, que según Gayo podía realizarse de tres formas distintas (confarreatio, coemptio y usus), aunque todavía se menciona por los jurisconsultos de principios del s. III d.C., cayó pronto en desuso y desapareció en derecho justinianeo.

- La emancipación La emancipación es el acto solemne por el que el paterfamilias (padre de familia), renuncia a la patria potestad que tiene sobre su hijo y lo hace independientemente (sui iuris o no sometido a la potestad de otro). Es, en definitiva, una causa de extinción de la patria potestad o patria potestas. Antiguamente el procedimiento para llevar a cabo la emancipación era muy complejo y se operaba a través de una triple venta ficticia del hijo a un comprador simulado, el cual renunciaba otras tantas veces al poder adquirido sobre el mismo. Con la tercera venta y subsiguiente renuncia del comprador, el hijo quedaba libre de la potestad de su padre: el número tres, en aquella lejana época en que estaba vigente tal procedimiento, tenía connotaciones mágico-religiosas. Justiniano suprimió las complejas y arcaicas formalidades de la antigua emancipación, permitiendo al padre emancipar al hijo mediante una simple declaración del juez competente, que así lo hacía constar, exigiéndose la presencia y el consentimiento del hijo en el mismo acto. La emancipación es también una de las causas de extinción de la patria potestad recogida en los artículos 169 y 314 de nuestro Código Civil.

- Personas sui iuris y alieni iuris Sólo el paterfamilias es sui iuris, esto es, no sometido a la potestas de otro; sólo él tiene, en principio, plena capacidad jurídica y de obrar, así como poder absoluto sobre todos los miembros del grupo familiar. Personas alieni iuris son todas aquéllas que están sometidas a la patria potestad y carecen de capacidad patrimonial. Así los hijos no pueden ser titulares de derechos reales ni obligaciones, ni mucho menos testar, y al igual que el esclavo, todos los beneficios que obtengan negociando van a pasar al pater, único titular de derechos patrimoniales en el ámbito familiar. Sin embargo, en la esfera del Derecho público, puede ser candidato y acceder a las magistraturas, así como contraer legítimo matrimonio (iustae nuptiae).


+ El peculio o peculium: un pequeño patrimonio cedido por el paterfamilias Esta situación inicial fue mitigándose paulatinamente, sobre todo a través de la figura del peculio (peculium, era un pequeño patrimonio que el paterfamilias concedía al hijo para que lo administrase personalmente), y el Derecho romano fue reconociendo al filiusfamilias, sobre todo a partir de la época postclásica, una cada vez más amplia autonomía patrimonial, hasta la equiparación en la práctica con el paterfamilias en el Derecho justinianeo, en el cual el hijo era dueño de todas sus adquisiciones, aunque el padre tuviese el derecho de administrarlas. ---------Fuente: Derecho privado romano, Antonio Ortega Carrillo de Albornoz. Páginas 35 - 41.

La familia romana 1. 1. La familia era la base de la civilización romana. Estaba formada por todas aquellas personas, emparentadas o no, que estaban vinculadas a una domus, vivían juntas y dependían de un mismo patrimonio y de la autoridad de un pater familias. Las personas principales de una familia eran el padre (pater) y la madre (mater), que en su conjunto se llamaban parentes. Los hijos de ambos sexos (filius et filia) se llamaban liberi porque habían nacido libres. El padre y la madre eran llamados dominus y domina por los esclavos (servi), que también formaban parte de la familia. 2. 2. El padre (PATER), el cabeza de familia y el encargado de dirigirla, recibía el título de pater familias. Este papel correspondía al varón de mayor edad de la familia (por ejemplo, el abuelo) y, a su muerte, los hijos pasaban a su vez a ser pater familias de sus propias familias). El pater familias tenía la obligación de mantener la familia, representarla políticamente y oficiar los ritos religiosos domésticos. El padre tenía la autoridad jurídica sobre los hijos (patria potestas) y también la autoridad jurídica sobre los esclavos (manus). Según el tipo de matrimonio, el padre también podía tener la manus sobre su esposa. Así pues, dentro del hogar el pater controlaba todo el dinero, tenía autoridad sobre su esposa, clientes, libertos y sobre todo sobre sus hijos, a los que concertaba los matrimonios, pudiendo incluso decidir sobre su vida o su muerte. 3. 3. La esposa (UXOR) era la señora de la casa (DOMINA). Por ley, toda mujer romana dependía de un varón, ya fuera su marido, su padre o el pariente masculino más próximo. Podía haber realizado una matrimonio cum manu, la autoridad y su patrimonio pasaba al marido, o sine manu, donde la mujer seguía bajo la patria potestas de su padre y podía disponer de sus bienes y herencia. La esposa poseía las llaves de la despensa, dirigía las tareas del hogar y su obligación era darle hijos a su marido. Para promover la natalidad, la ley romana otorgaba privilegios a las madres de tres hijos por haber cumplido con su deber. 4. 4. Se consideraba hijos a los niños nacidos de matrimonio legítimo entre ciudadanos que hubiesen sido aceptados por el padre. Para ello el niño era depositado a sus pies, si el padre lo alzaba en brazos, ésta era la señal de que lo reconocía como propio. Con ello lo legitimaba y le comprometía a su crianza y educación. De no ser reconocido, el niño podía ser adoptado por otra familia, o incluso ser abandonado o vendido como esclavo. Desde finales de la República, el hijo no reconocido por el padre podía ser criado por la madre independientemente de la familia, y a partir del siglo III d. de C. se deroga la ley que permite al padre ejercer su derecho de vida y muerte sobre los hijos. 5. 5. Los romanos eran muy supersticiosos; al recién nacido le colgaban en el cuello una bola (bulla) de metal, que era una especie de amuleto destinado a protegerlo de los maleficios. Desde pequeños, los niños vestían una túnica corta, de lana o de lino, con cinturón, y sobre ella la toga praetexta. Con un ancho bordado de púrpura. A los 17 años el joven cambiaba la bulla y la toga praetexta por la toga viril. 6. 6. Los esclavos (SERVI) no poseían la categoría de personas sino de cosas. Eran una propiedad y como tal podían ser comprados o vendidos. Los esclavos lo eran porque habían sido derrotados y capturados en alguna guerra, porque habían sido vendidos por no haber podido hacer frente a las deudas, por castigo legal o simplemente porque nacían de padres esclavos. Todo hijo de mujer esclava era considerado como tal, aunque el padre fuera un ciudadano. 7. 7. En Roma, los esclavos podían llegar a comprar su libertad e incluso llegar a ser ciudadanos romanos. Cuando un esclavo era manumitido por su amo (es decir, liberado) se convertía en LIBERTO, añadía los apellidos de su antiguo amo a su nombre y pasaba a formar parte de los CLIENTES de su antiguo propietario con quien, a partir de entonces, le unirán lazos de fidelidad y dependencia.

La concepción principal de la familia romana es aquella que la comprende como un conjunto de personas sometidas a la potestad del paterfamilias. Esta relación puede existir por motivos jurídicos o naturales. Ulpiano explica que este núcleo constituye, proprio iure, el sentido estricto del grupo familiar y la describe de esta manera en el siglo III d. C., cuando ya se han producido cambios sustanciales en la estructura de la familia. La definición de Ulpiano sigue entroncando con la concepción patriarcal originaria, por la cual el fundamento último de la familia es la adgnatio, esto es, la potestad o parentesco civil. Dicho parentesco civil tiene más importancia que la cognatio, es decir, el parentesco natural por filiación o vínculo de sangre. De este modo, a una familia romana pertenecen las personas sujetas a la potestad del paterfamilias por haber nacido en ella o por haberse incorporado a la misma a través de actos jurídicos o religiosos.

Estatua de Ulpiano en el Palacio de Justicia de Bruselas. Fue uno de los grandes juristas romanos. Allende el sentido propio de la familia romana, es decir el adgnaticio (cuya base es el parentesco civil), los juristas contemplan también otra concepción que se asienta en los lazos naturales de parentesco. Esta forma de familia cognaticia (o natural) predomina en el período histórico comprendido entre la economía agrícola y la expansión imperial del comercio. Asimismo, posteriormente se produce una paulatina disolución

de los vínculos de potestad por motivo de la progresiva aparición de nuevas relaciones comerciales. Todo lo dicho supuso una transformación de la estructura familiar en los inicios de la etapa imperial, y fueron formalizadas con las reformas de Justiniano. El patrimonio agrario (mancipium) más antiguo lo constituía el huerto o fundo familiar, los aperos, los esclavos y los animales de tiro. De esta manera, la familia se organiza como una entidad económicamenteindependiente. En esta línea, la Ley de las XII Tablas diferencia entre los bienes de cambio (pecunia) y la familia como grupo de personas y cosas sujetas a la autoridad del paterfamilias. Posteriormente, debido a la nueva economía monetaria en el período de la Roma clásica la pecunia tiene mayor relevancia. La res mancipi de la economía agraria va cediendo su papel central a los bienes de cambio relacionados con el comercio y la industria artesanal. La cohesión del grupo familiar se cristalizaba principalmente en la comunidad de cultos religiosos. En las preces y súplicas religiosas siempre iban unidas familia y domus (la casa romana). Se rezaban primordialmente a los ascendientes difuntos y a los dioses lares (los propios del culto doméstico o privado). La familia era la forma social fundamental de la organización política. Las familias eran los componentes más elementales de la sociedad, y la agrupación de varias de ellas que supuestamente descendían de antepasados comunes formaban una gens. El derecho al voto y la pertenencia a las asambleas requerían tener la condición de paterfamilias y figurar como tal en el censo popular.

Representación de dioses lares. Debido a la cuestión hereditaria, el problema de la determinación de la proximidad del parentesco adquirió importancia. Los juristas han distinguido los grados y las líneas. Los primeros aluden a la cantidad de engendramientos entre dos personas de una misma familia. Las líneas se subdividen en rectas y colaterales. La línea recta es la que vincula a una persona con sus descendientes o con sus ascendientes. La Línea colateral es la que relaciona a los diversos parientes con un ascendiente común. Sin duda alguna, el tema central en la cuestión de la familia romana es la potestad del paterfamilias. En cuanto a estas relaciones de potestad hay que decir que el jefe del grupo familiar tiene pleno poder (incluso se podría decir que casi absoluto) sobre el resto de los miembros. Esta potestas ha sido representada tradicionalmente por el símbolo de la mano protectora y dominante y se manifiesta principalmente de tres formas: 1. La manus: es el poder sobre la mujer. 2. La patria potestas: es el poder sobre los hijos. 3. La dominica potestas: es el poder sobre los esclavos. La manus era una potestad marital del paterfamilias sobre la mujer. Desde una etapa primitiva, la mujer se sometía a la manus del marido por el acto conventio in manum.

Esta institución se llevaba a cabo mediante tres formas distintas: a través de una ceremonia religiosa en la que participaban el marido y la mujer en condición de igualdad, lo que se denomina confarreatio; a través de un acto simbólico análogo a la mancipatio (una de las formas de la adquisición de propiedad) en el que la mujer ostenta la condición de sujeto del acto al igual que el marido y no de objeto, lo que se denomina coemptio; y por la permanencia de la mujer en la casa del marido durante un año, lo que se denomina usus. En la época imperial la conventio in manum acabó desapareciendo. Justiniano llega incluso a excluir cualquier mención a la manus de su compilación del Derecho romano.

Mosaico de Justiniano en la iglesia de San Vital, Rávena La patria potestas era el poder del padre al que estaban sometidos los hijos. Se trataba de un poder casi ilimitado que englobaba cuatro derechos principalmente. En primer lugar, el derecho de vida y muerte (ius vitae et necis) para cuya práctica el padre necesitaba consultar a los parientes (que conformaban un tribunal) y respetar el juicio del censor (que podía vetar la decisión) sobre posibles arbitrariedades en la voluntad del padre. En segundo lugar, el derecho de vender (ius vendendi) al hijo como esclavo, lo cual sólo se podía hacer en el extranjero y no en territorio romano. En tercer lugar, el derecho de dar al hijo al damnificado por una acción ilícita realizada por el vástago (ius noxae

dandi). Con este acto el padre queda exonerado de la responsabilidad. En cuarto lugar, el derecho de abandonar al recién nacido (ius exponendi). La patria potestad se adquiere fundamentalmente por el nacimiento de hijos “en justas nupcias” (iustum matrimonium). El padre debe realizar una ceremonia religiosa para aceptar al hijo como propio, de modo que tiene la condición del padre. Por el contrario, los hijos ilegítimos mantienen la condición de la madre. También existía la ceremonia de la arrogación (adrogatio), por la que una persona es declarada hijo legítimo de otro paterfamilias y, por tanto, se somete a su patria potestas. La intencionalidad de la arrogación radica en conceder familia y descendencia a quien no la tiene. Asimismo, es posible la adopción (adoptio) por la que el adoptado se separa de su familia original y adquiere la condición de hijo legítimo de otra distinta. Así pues, el paterfamilias obtiene la patria potestas sobre el adoptado. La causa principal que provocaba la extinción de la patria potestas era la muerte del paterfamilias. Tras la muerte del padre, los hijos tienen sus propias familias. La patria potestas también desaparece al perder el padre la ciudadanía romana, ya sea por esclavitud o por adoptar otra distinta. Si el paterfamilias es capturado en una guerra, entonces sus derechos se mantienen en suspensión hasta que retorne. Como se ha dicho anteriormente, al dar al hijo en adopción o al ser arrogado el padre, la patria potestas se extingue. Lo mismo ocurre al entregar a su hija in manu. Sin embargo el acto más importante en lo que respecta a la extinción de la patria potestas es la emancipación. Dicha figura del Derecho romano consiste en un acto solemne por el cual el paterfamiliaslibera al hijo de su poder. Se trata de un acto voluntario del padre, es decir, que procede de su iniciativa y no de la exigencia del hijo. Para llevar a efecto la emancipación se hacía uso del recurso de la “triple venta” prevista en las XII Tablas. Si el padre vendía tres veces sucesivas a su hijo, entonces quedaba libre de la potestad paterna (XII Tablas, IV. 2: si pater filium ter venum duuit, filius a pater liber esto). La venta es por mancipatio, la cual es un acto de venta imaginaria usado en los negocios para transmitir propiedades, de ahí el nombre.

Se cree que en su origen, la emancipación tuvo una connotación penal y punitiva para separar de la familia a un hijo considerado indigno. No obstante, posteriormente se terminó convirtiendo en un acto para beneficiar al hijo, al otorgarle la capacidad de disponer de un patrimonio propio. De esta forma, el hijo se hacía sui iuris (derecho propio), por lo que pasaba a tener la capacidad de ocuparse de sus asuntos propios de manera independiente. Por último, la dominica potestas es la potestad del paterfamilias sobre los esclavos. Hay que partir por mencionar que la institución de la esclavitud romana es un objeto de estudio muy amplio que atraviesa diversas etapas. En un principio, se basaba en la idea de la desigualdad entre los hombres y en el sometimiento de los vencedores de una guerra sobre los derrotados. Los esclavos romanos eran parte de la familia en tanto que se integran en sus cosas en propiedad (forman parte de la res mancipi), y no podían ser titulares de derechos. Sin embargo, los esclavos romanos sí podían intervenir en los negocios relativos al patrimonio de su dueño. En lo que respecta al patrimonio, los esclavos no tienen propiedades y sus adquisiciones van a parar al paterfamilias. El patrimonio paterno sólo podía mejorar por las acciones de sus sometidos como principio general del Derecho clásico.

Mosaico romano en el que aparecen esclavos.

El dueño de un esclavo podía concederle la libertad mediante la manumisión que, a lo largo de la historia romana, se formalizó de diversos modos. Esta evolución en las formas de manumisión acabó por considerar como válida (en la compilación de Justiniano) cualquier declaración de voluntad de liberar al esclavo. Además, después de ser manumitido, el esclavo sigue vinculado a su anterior dueño. Por el derecho de patronato, el liberto debe reverencia y asistencia al patrono (su antiguo dueño) y tiene ciertas obligaciones con él. Entre estas obligaciones se encuentran la de asistir al patrono cuando enferme, hacer jornadas de trabajo o cuidar el sepulcro de la familia. Si el liberto muere sin hijos, entonces el patronohereda su patrimonio. Además, el patronato lo heredan los hijos del paterfamilias, pero los hijos del libertono están obligados por esta relación. Por otro lado, el patrono tenía la obligación de prestar su fides a su anterior esclavo, de modo que, entre otras responsabilidades, debía asistirlo si llegaba a la indigencia. La clase social de los nacidos libres se denomina ingenuii, mientras que la clase social de los libertos es distinta y se llama libertini. Estos últimos tenían restricciones en el ejercicio de algunos derechos. En la época preclásica, los esclavos de la Roma primitiva provenían de los prisioneros capturados en guerras y batallas con las poblaciones itálicas cercanas. Estos esclavos se dedicaban principalmente a labores domésticas y al trabajo agrícola. El régimen de la esclavitud se modifica en el Derecho clásicodebido a que la cantidad de esclavos aumenta por los nuevos territorios conquistados por Roma. En esta etapa, los esclavos reciben un peor trato y tienen unas condiciones más estrictas. Sin embargo, también hay que tener en cuenta que la influencia de ciertas doctrinas filosóficas (como el estoicismo) favorece medidas que reprimen los abusos de la dominica potestas contra los esclavos. En este período tampoco poseen personalidad jurídica pero, al contrario que en la etapa anterior, puede mantener sus propios cultos. Las causas de esclavitud son la captura como prisionero en la guerra, nacer de una mujer esclava y ser condenado a la pena de esclavitud.

Ilustración de Jacek Ogonowski.

Finalmente, en la legislación del Bajo Imperio romano existe una tendencia hacia la libertad, debido al impulso que trajo el auge de las ideas cristianas como igualdad ante Dios de todas las personas. No obstante, el sometimiento a la dominica potestas y la incapacidad de los esclavos siguieron vigentes. En esta época se prohíbe la separación de las familias de esclavos, se facilitan las manumisiones y se castiga a quien mata a un esclavo.

Costumbres de la Antigua Roma Ir a la navegaciónIr a la búsqueda

Mosaico del frigidarium de las termas romanas dei Cisiarii de Ostiadonde seres mitológicos se mezclan con escenas de la vida cotidana: carros tirados por mulas, figuras marineras, etc.

Fresco pompeyano del Edificio dei Triclini en Moregine, donde se representa una ceremonia religiosas (probablemente la compitalia) a a la que asiste un grupo de personas vistiendo togas.

El Coliseo.

Costumbres o vida cotidiana en la Antigua Roma son los usos y costumbres propios de la vida cotidiana en la Antigua Roma, que constituyen la base de su cultura y su civilización e identifican la idiosincrasia romana; las rutinas diarias de los habitantes de sus ciudades (fue esencialmente una civilización urbana), la vida privada o familiar y la vida pública; los ciclos laborales y festivos (fasti et nefasti), el "ocio y el negocio" (otium et negotium), las diferentes ocupaciones, oficios y cargos de la vida económica, social, política y religiosa.

Índice 

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1La ciudad o 1.1La vivienda  1.1.1La domus  1.1.2Las insulae 2Indumentaria 3Alimentación o 3.1El ientaculum o 3.2El prandium o 3.3La cena 4Sexualidad 5Salud y enfermedad 6Diversiones o 6.1Circo, teatro y anfiteatro  6.1.1Combates de gladiadores o 6.2Las termas romanas







     

7Sociedad o 7.1Familia  7.1.1Pater familias  7.1.2El matrimonio  7.1.2.1La ceremonia de boda  7.1.2.2El divorcio o 7.2Clases sociales  7.2.1Patricios  7.2.2Plebeyos  7.2.3Esclavos 8Economía o 8.1Actividades agropecuarias o 8.2Actividades industriales  8.2.1Minería y metalurgia o 8.3Actividades comerciales, transportes y correos o 8.4Moneda o 8.5Medidas y pesos o 8.6Finanzas y política económica 9Vida política y militar o 9.1Organización del Estado  9.1.1Senado o 9.2Rey  9.2.1Asambleas  9.2.2Magistraturas  9.2.2.1Dictador  9.2.2.2Censor  9.2.2.3Cónsul  9.2.2.4Pretor  9.2.2.5Cuestor  9.2.2.6Edil curul  9.2.2.7Vigintisexvirato  9.2.2.8Tribuno de la plebe  9.2.3Etapa imperial o 9.3Ejército  9.3.1La legión  9.3.2El combate terrestre  9.3.3La armada 10Fases vitales, nacimiento y muerte 11Religión y mitología 12Festividades y calendario 13Educación, escritura y lectura 14Véase también 15Referencias o 15.1Notas o 15.2Bibliografía o 15.3Enlaces externos

La ciudad[editar] Artículo principal: Ciudad romana

Antigua ciudad de Roma.

Plano de la ciudad-campamento (castrum) de Novaesium,1 actual Neuss.

Durante la época imperial, Roma fue la ciudad más poblada y espléndida del mundo. En Roma tenía lugar una animada vida social y comercial. Su prosperidad económica y el hecho de ser la capital política se conjugaron para que su planta urbana se llenara de bellas estatuas, imponentes edificios, y arcos y columnas conmemorativas de los triunfos militares.

La vivienda[editar] Artículo principal: Vivienda (Roma Antigua)

Los principales modelos de la vivienda urbana eran dos: la insulae y la domus. Las residencias de los ciudadanos romanos dependían del grado de riqueza. Los patricios y los équites habitaban en lujosas villae, que tenían grandes jardines con fuentes y hermosas vistas. La domus[editar]

Plano de una domus romana.

La domus era de origen etrusco y de estructura rectangular, y se acabó convirtiendo por influencia griega en una vivienda amplia para gentes adineradas. Tenían un sólo piso, dividido en habitaciones designadas para un sólo uso: comedor, dormitorio, etc. Se entraba por el corredor vestibulum en su parte exterior y fauces en el interior hasta llegar al atrium, que era un patio que actuaba como núcleo central de la casa. Era muy amplio y luminoso, con una abertura en el techo llamada compluvium por donde entraba la luz, el aire y la lluvia, que correspondía a una pila rectangular llamada impluvium, destinada a recoger el agua de la lluvia. En él se hallaban el lararium (altar doméstico) y la caja de caudales familiar. Tras el contacto con los griegos, se anexionó al domus el peristylum, rodeado de un pórtico, a veces con dos pisos, sostenido por columnas. El despacho del pater familias se llamaba tablinum e interconectaba el peristilium y el atrium. La cocina era muy pequeña, y generalmente próximos a ella estaban los retretes y el baño. Las habitaciones para dormir, separadas por cortinas se llamaban Cubícula; para comer, triclinium. Las dependencias del servicio no tenían un lugar fijo en la casa. Las insulae[editar] Los orígenes de las insulae están en la superpoblación, pues eran edificios de varios pisos con balcones. Parece ser que los edificios de cinco o seis pisos eran corrientes en Roma y Tertuliano menciona uno posiblemente mayor.2 Carecían de agua corriente, eran poco confortables y de mala calidad, lo que propiciaba los incendios y hundimientos. La frecuencia de los incendios por lámpara de aceite hacían relativamente baratos los pisos más altos, al ser los más difíciles de evacuar. La mayoría eran de alquiler, y en ellas vivían las clases populares. Era tal la carencia de servicios que por la noche se tiraban por la ventana todo tipo de desechos.

Indumentaria[editar] Reconstrucción de la indumentaria de una familia romana.

Toga romana. Artículo principal: Indumentaria (Roma Antigua)

El traje en la Antigua Roma constaba de dos tipos de piezas, como en el griego, llamadas:  

indutus, las interiores, amictus, las exteriores.

En los primeros tiempos, se reducían las prendas a la túnica, semejante al quitón de los griegos y a la toga propia y exclusiva de los ciudadanos romanos que por ello, se llamaban gens togata, mientras ellos decían de los griegos gens paliata. A veces, llevaban otra túnica interior, denominada subúcula, equivalente a nuestra camisa, y la superior solía ceñirse con un cinturón llamado cíngulum o cintus, cerrado con broche o fíbula. La toga era una amplia vestidura de lana, de corte elíptico, cerrada por abajo y abierta por arriba hasta la cintura. Al llevarla, se recogía por los pliegues del lado derecho y se echaban terciados hacia el hombro izquierdo. 

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Su color era generalmente blanco (alba, cándida), sobre todo, en los que aspiraban a la magistratura; de donde se derivó el nombre de candidatos que hoy está en uso en nuestra lengua. Los niños y los magistrados llevaban una toga adornada con tiras de púrpura (trábea, toga praetexta) Los conquistadores en su entrada triunfal vestían la toga con bordados de palmas de oro (toga palmata) Los emperadores ostentaban la toga hecha completamente de púrpura (toga purpúrea) o con bordados de oro (toga picta).

Alimentación[editar] Artículo principal: Gastronomía romana Véanse también: Historia del pan, Historia del vino, Historia de la gastronomía de España, Grandes hambrunas e Historia del hambre en España.

Representación del siglo III de un refrigerium,3 comida anual conmemorativa de los difuntos.

El ientaculum[editar] El ientaculum se correspondía con el desayuno o lo que es lo mismo la primera comida del día, hay que tener en cuenta que el romano se levantaba muy pronto por lo que no era normal hacer comidas copiosas, todo lo contrario, por lo general eran bastante simples y casi siempre tomadas de pie, consistían en pan untado con ajo o sal o sin untar ambos acompañados de un pedazo de queso.

El prandium[editar] El prandium era al mediodía y una de las comidas que los romanos se saltaban habitualmente, o la única que hacían en todo el día dependiendo de sus posibilidades económicas. El prandium consistía en una dieta a base de pan, carne fría, verduras y fruta acompañada con vino, pero todo ello en cantidades moderadas.

La cena[editar] La cena romana se producía después del baño, al término de la hora Octava o Nona; en ella los romanos tomaban verduras como entrantes en forma de ensaladas o la plancha, y carne o pescado: podía ser carne roja o blanca y la manera de confeccionarla pasaba por los asados aromatizados con hierbas o la carne a la plancha aderezada con habas, coles, espárragos, etc., o pescados diferentes según la época: sardinas, pez espada, etc., finalizados los segundos platos se pasaba a los postres que solían ser frutas de temporada: uvas, manzanas, peras, etc., acompañadas de vino Nomentum. Es importante aclarar que los romanos no bebían mientras comían, pues consideraban que el sabor dejado por el vino desvirtuaba los diferentes paladares para los platos de la cena, por lo que su consumo se posponía hasta llegados los postres o finalizados éstos, cuando estaban saturados de comida y llegaba la hora distendida de las largas conversaciones entre los invitados.

Escena erótica en un fresco pompeyano de la Casa di Cecilio Giocondo.

Sexualidad[editar] La imagen de una Roma degenerada y corrupta, en la que el componente de libertad y promiscuidad sexual es uno de los más morbosos, es en gran medida una exageración resultado de la crítica política interesada que iniciaron ciertos grupos entre los propios romanos; primero en defensa de las virtudes tradicionales y los valores familiares en contra del ascenso de los homines novi y las transformaciones socio-políticas de finales de la República, luego (a finales del siglo I a. C.) para identificar a la familia imperial (Augusto y Livia) con esos mismos valores, después para denigrar la memoria de unos u otros emperadores (Tiberio, Calígula, Nerón) y mujeres de su entorno (Mesalina, Julia), y por último para oponer como un todo la mundana civilización clásica con la propuesta ascética que representa la moral sexual cristiana, que identifica a Roma con la bíblica prostituta de Babilonia.4 Véanse también: Historia de la sexualidad, Arte erótico en Pompeya y Herculano, Museo secreto de Nápoles, Homosexualidad en la antigua Roma y Prostitución. 56

Salud y enfermedad[editar]

Instrumental quirúrgico hallado en Pompeya.

La desconfianza romana a la profesión médica, identificada con los griegos, fue expresada en la frase de Plinio el Viejo: sine medicis… nec tamen sine medicina ("sin médicos, pero no sin medicina"). La llegada de la influencia de la medicina griega se recoge en una historia legendaria: en el año 293 a. C., ante una grave epidemia, los romanos consultaron los libros sibilinos, que indicaron que debía pedirse ayuda al dios griego Asclepio en Epidauro. Se mandó una nave, y el dios viajó a Roma en forma de serpiente, instalándose en la isla Tiberina donde se le levantó un templo, latinizando su nombre como Esculapio. Allí los sacerdotes proporcionaban somníferos a los enfermos, que en sus sueños recibían instrucciones sobre el tratamiento del propio dios. Más de un siglo antes, en el 431 a. C., el cónsul Cneo Julio Mentodedicó un templo a Apollo medicus ("Apolo el sanador");7 y también hubo un templo dedicado a Salus ("la salud") en el Mons Salutaris, una parte del monte Quirinal. Cicerón criticaba el culto popular a deidades malignas como Febris ("la fiebre"), Dea Mefitis ("la malaria"), Dea Angerona ("la afección de garganta") y Dea Scabies ("el sarpullido").8

Las medidas higiénicas de la Roma primitiva incluyeron el mítico saneamiento de la Cloaca Máxima, la prohibición de los enterramientos dentro de la ciudad y la preocupación de los ediles por la limpieza de calles y el abastecimiento de agua (catorce acueductos en la ciudad de Roma). Catón el Censor, partidario de no innovar la medicina romana tradicional, se opuso a la actividad del primer médico griego que se testimonia ejerciendo en Roma: Arcagato de Esparta (año 219 a. C.), apodado carnifex ("ejecutor").9 Ya en el año 46 a. C., la expulsión de los extranjeros que decretó Julio César para mitigar la hambruna exceptuó a los médicos griegos. Además de la contratación privada de médicos por las familias ricas, existían médicos públicos (archiatri) pagados por las ciudades. La medicina militar romana incluyó los hospitales militares (Valetudinaria), en los que salas de una capacidad de cuatro o cinco enfermos se alieaban a ambos lados de un pasillo central. A partir del siglo IV se fundaron hospitales civiles o de caridad, de inspiración cristiana.10

Véanse también: Historia de la medicina#Roma y Medicina en la Antigua Roma. 11Las

enfermedades contagiosas son aquellas que se transmiten de un individuo enfermo a uno sano por contacto directo o indirecto. El contagio directo se presenta cuando la enfermedad no se transmite por medio de un agente intermediario, como en el caso de la varicela o la difteria. ENFERMEDADES: En el contagio indirecto se requiere de un medio para la propagación de la enfermedad; tal es el caso de la malaria que se propaga por el mosquito anofeles.

El microbio patógeno, causante de la enfermedad infecciosa, requiere de vías de transmisión como son: vía oral, por ingestión de sustancias contaminadas, por ejemplo el cólera; vía respiratoria, por inhalación del aire, como la gripe, vía genital, por contacto sexual, como el SIDA, vía sanguínea, transfusión de sangre, picadura de insectos o mordeduras, así por ejemplo la hepatitis, la malaria y la rabia.

Diversiones[editar] El pueblo romano disfrutaba en su tiempo libre de los espectáculos públicos que se ofrecían en el circo, el teatro o el anfiteatro; y de los baños públicos o termas.

Circo, teatro y anfiteatro[editar]

Losa de Hispalis donde se identificaron tablas de juego –tabulae lusoriae- incisas en la piedra, muy populares en la época. Las más abundantes son las circulares con cruz inscrita, un juego similar al “tres en raya”. En las losas aparece frecuentemente más de un tablero, a veces superpuestos, por lo que el esquema seleccionado sería tiznado para jugar. Las fichas circulares, como las que aparecen en la imagen, se fabricaban con trozos de vasos de cerámica, placas de mármol, etc.

Vencedor de una carrera de cuadrigas.

El circo, el teatro y el anfiteatro formaban la trilogía de equipamientos públicos destinados a la diversión de los ciudadanos. El circo, la instalación más grande de las tres, estaba destinado a las carreras; pero también podía servir para realizar representaciones que conmemoraban los acontecimientos del Imperio, como las naumaquias (batallas navales simuladas), que requerían llenarlo con agua (hay restos de conducciones para ese fin en el circo romano de Calahorra). Los circos romanos, inspirados en los hipódromos y estadios griegos, solían ser de medidas mucho mayores que estos; eran recintos alargados con remates circulares en los extremos y con una arena recorrida en su centro por una barrera central (la spina, donde se solían colocar columnas, estatuas y obeliscos conmemorativos) que formaba dos calles por donde corrían las cuadrigas tiradas por caballos. Los contadores de vueltas solían ser huevos de piedra o estatuillas de delfines.

Lucerna decorada con una escena de lucha de gladiadores.

Combates de gladiadores[editar] Artículo principal: Gladiador El origen de los combates de gladiadores hay que buscarlo en las costumbres funerarias de los etruscos, en cuyos monumentos aparecen representados y, remontándose algo más, es probable que se encontrase alguna relación con la costumbre de inmolar los prisioneros en la tumba del héroe muerto en la guerra, practicada por algunos pueblos primitivos. Constituían una parte de los juegos fúnebres de los etruscos y parecen referirse al culto de Saturno, lo cual indica que en un principio se celebraban durante las Saturnales. Dichos combates se introdujeron en Roma hacia el siglo III a. C. Como no siempre había prisioneros que combatieran mientras el cadáver se quemaba en la pira, pues tal era el momento en que se producía el duelo gladiatorio, en que la sangre que se vertía era como un holocausto ofrecido al difunto, no faltaban hombres temerarios que se prestaban libremente a combatir. Tales fueron los primeros gladiadores. Como sucedió con otras muchas costumbres de la antigüedad, los combates de gladiadores, que habían comenzado por ser un rito de significación religiosa, acabaron por ser un espectáculo bárbaro y sangriento que llegó a inspirar una pasión desenfrenada. Si se ha de creer a Valerio Máximo, los hermanos Marco y Décimo Bruto dieron el primer munus gladiatorium en el año 490 de Roma, 264 a. C., en el foro Boario con motivo de los funerales de su padre. Como eran muchos los sistemas ideados para combatir y variados los lances y suertes de cada combatiente, se fijaron reglas al arte del gladiador, cuya enseñanza estaba encomendada a los lanistas o gladiadores viejos. A cargo de éstos, estaban los gladiadores fiscales, o dependientes del fisco, pues el Estado los mantenía bajo un régimen especial y les pagaba. Otros lanistas reclutaban y mantenían muchachos para combatir en la arena, que luego alquilaban para funerales, comidas y otras solemnidades. No faltaron tampoco particulares opulentos que tenían gladiadores y los césares, como es lógico, poseían los mejores. Los autores antiguos, especialmente Suetonio, dan muchos detalles de los combates de gladiadores y de la intervención que en tales fiestas tomaron algunas veces los emperadores. Por ejemplo, Nerón hizo pelear un día en el anfiteatro a cuatrocientos senadores y doscientos

caballeros. Trajano, de vuelta de su expedición al Danubio, hizo que, en los 123 días de las fiestas organizadas, combatieran diez mil gladiadores. Los gladiadores educados en las escuelas por los lanistas se alquilaban o vendían, de suerte que los lanistas eran al mismo tiempo sus maestros y sus empresarios. Estas escuelas, que la gente rica se daba el lujo de sostener en los últimos años de la República, estaban repartidas en diferentes puntos del territorio romano. El Imperio fundó muchas otras: Domiciano estableció cuatro en Roma, llamadas ludus Gallicus, Dacicus, magnus y matutinus. En Preneste, Rávena y Alejandría, a causa de lo saludable de su clima, se establecieron de esta clase de instituciones imperiales y la escuela de Esgrima de Capua conservó mucho tiempo su antigua reputación.

Las termas romanas[editar] Archivo:Public bath sign - Sabratha (cropped).jpg Mosaico de Sabratha que publicita las termas locales con el texto SALVOM LAVISSE ("es saludable bañarse") junto a unas sandalias de baño y tres estrigiles.

Vista parcial de las ruinas de las termas de Caracalla en Roma. Artículo principal: Termas romanas

A finales del siglo V a. C. las antiguas estancias de baño asociadas a los gimnasios griegos se perfeccionaron y crecieron en complejidad convirtiéndose en estancias independientes destinadas solo al baño. Estas estancias ofrecían baños de vapor y piscinas frías, templadas y calientes. En Roma, siguiendo el ejemplo griego, se construyeron estancias similares que pronto fueron del gusto de la ciudadanía. Ya no solo se realizaban los actos de limpieza y relajación, así como aquellos medicinales cuando las aguas tenían propiedades curativas, sino que se añadía un cuidado del cuerpo que incluía prácticas deportivas y un ritual de masajes con diferentes sustancias como esencias y aceites especiales. El nombre de termas se aplica por primera vez a unos baños construidos por Agripa en el año 25 d. C. Nerón construyó unas termas en el campo de Marte, hoy totalmente desaparecidas. Las primeras termas de carácter monumental son las que inició Domiciano e inauguró Trajano, pero fueron ampliamente superadas por las de Caracalla, cuya inauguración tuvo lugar el año 216. El uso de las termas se generalizó en el mundo romano a partir del siglo I a. C., cuando se descubrió un sistema que permitía calentar y distribuir el aire caliente gracias al ingeniero Cayo Sergio Orata. Su uso fue difundido por el Imperio romano a toda Europa. Las actuales ruinas de las termas romanas de Caracalla dan idea del monumental tamaño del complejo termario que se extendía con servicios como biblioteca o tiendas. Estas instalaciones, construidas alrededor del año 217, tenían un aforo de 1.600 usuarios. Las termas de Diocleciano, otras de la importantes instalaciones de este tipo de la capital del

Imperio, fueron remodeladas por Miguel Ángel que convirtió su tepidarium en la iglesia de Santa María de los Ángeles. Los restos termales romanos más antiguos de los que hay noticia son las termas de Pompeya, datadas en el siglo II a. C. Los baños romanos abrían al mediodía y cerraban al ponerse el sol. En los lugares destinados al baño había departamentos separados para hombres y mujeres; si no había espacios separados, el establecimiento abría unas horas al día para mujeres y otras para hombres. En algunas ocasiones, durante el Imperio, se permitió el baño conjunto a hombres y mujeres.

Sociedad[editar] Véanse también: Antigua Roma#Estructura social y política, Clases sociales de la Antigua Roma y Status (Roma). 1213

El status definía el estado legal de una persona en tres coordenadas: el status civitatis (en cuanto a la ciudadanía romana), el status libertatis (en cuanto a la libertad o esclavitud) y el status familiae (en cuanto a la posición dentro de la familia -paterfamilias o filii familias). Además del status, las divisiones sociales tenían en cuenta la ascendencia (determinaba la división entre patricios y plebeyos), el ordo (rango determinado por el censo de riqueza, encabezado por el ordo senatorius y el ordo equester, con varios estratos intermedios -classisy cerrado por los infra classem) y el honor (rango determinado por el nivel alcanzado en el cursus honorum -ejercicio de magistraturas cada vez de mayor nivel, que culminaba en el consulado-, la apertura de las magistraturas a los plebeyos permitió a algunos de ellos los homines novi- establecer su familia dentro de la nobilitas). Los nombres de patricios y plebeyos eran opuestos, pero el de nobles era común a todos, porque la nobleza consistía en los empleos curules; y los más nobles eran aquellos que habían tenido más en sus casas. Por esto había muchos plebeyos que eran infinitamente más nobles que otros patricios. 14

Familia[editar] Artículo principal: Familia romana

La familia romana, a diferencia de la familia actual (en la sociedad industrial o postindustrial), estaba constituida no solo por los padres, hijos y parientes, sino también por todos los que vivían bajo la autoridad del cabeza de familia o pater familias; incluidos naturalmente los esclavos (familia ancilar). Familia es una palabra emparentada con famuli ("los criados") y, por lo tanto, los comprende a ellos también. El principal vínculo social extra-familiar, la relación patrón-cliente, era de hecho la incorporación de un extraño al ámbito familiar. La familia romana era legalmente tan fuerte que ciertas cuestiones, que hoy se tratan en los juzgados o en los templos, entonces se trataban en casa, bajo la presidencia del cabeza de familia. La familia era realmente la célula básica de la sociedad romana. Pater familias[editar] El pater familias ("padre de familia") era el varón que ejercía la jefatura de una familia romana, al no depender de nadie y ser aquél de quien dependían los demás miembros de ella. Acceder a esa condición exigía la extinción de la patria potestas del propio padre (habitualmente, por la muerte de éste), siendo indiferente el propio estado civil (casado o soltero) o la edad. La mujer romana nunca podía ser cabeza de familia. La mayoría de edad se conseguía al vestir la toga viril, decisión que dependía del tutor o del padre. Que el hijo formara una familia propia (convirtiéndose en paterfamilias) era sólo posible

tras la muerte de su padre. Entre tanto, los hijos recibían un pequeño salario (peculium) y debían responder a su autoridad. La patria potestas de un cabeza de familia romano era muy fuerte. Puede disponer de la vida, muerte y venta como esclavo de cualquier miembro de su familia. Puede reconocer o no a los hijos nacidos de su mujer, aceptarlos o abandonarlos legalmente. Puede incluso adoptar como propios a hijos de otros (adoptio). Puede concertar el matrimonio de sus hijos. Como jefe de la familia es también el sacerdote de la religión familiar (culto a lares y penates y veneración de las maiorum imagines -imágenes de los antepasados-) y el juez que resuelve los conflictos entre familiares, pero para esto último tiene que contar con el asesoramiento de un consejo familiar. El parentesco natural (cognatio), fundado en la descendencia física de la mujer, carecía de valor civil, en tanto el parentesco civil (agnatio), fundado en el reconocimiento por parte del hombre de su descendencia o en la adopción de la descendencia ajena, era el único parentesco legalmente válido. El matrimonio[editar] Artículos principales: Matrimonio en la Antigua Roma y Matrimonio (Derecho romano). La unión legal de marido y mujer dependía casi exclusivamente de los padres de ambos; pocas veces se tenían en cuenta las inclinaciones de los interesados. Una vez decidido el matrimonio el primer paso era la celebración de los sponsalia, ceremonia arcaica en la que los respectivos padres concertaban el enlace y establecían la dote que la novia aportaría al matrimonio. Antiguamente los desposados ya quedaban obligados a la fidelidad recíproca y, si el matrimonio no se celebraba en el plazo estipulado, se podía perder la dote. Consultados los dioses, si los agüeros eran favorables, se cambiaban los anillos, que tenían un valor simbólico. Ante la ley, solo los ciudadanos romanos tenían derecho a contraer matrimonio. La tradición conservó el recuerdo de tiempos en los que los patricios no podían casarse con una plebeya, prohibición caída pronto en desuso (Lex Canuleia, 445 a. C.) Los hombres se consideraban aptos para casarse a los catorce años y las mujeres a los doce. Hubo dos formas de matrimonio que estuvieron sucesivamente en vigor: 

Matrimonio cum manu: la mujer pasaba a formar parte de la familia de su marido y estaba sujeta a su poder marital (manus). Podía realizarse esta unión de tres maneras: — Confarreatio: rito llamado así por la pieza de pan (far) que los esposos compartían durante el sacrificio nupcial. Era el matrimonio propio de los patricios. — Coemptio: la venta de la novia,15 primero real, después simbólica. Era el matrimonio plebeyo. — Usus: se contraía mediante la convivencia marital de los futuros esposos durante un año, pero era preciso que la cohabitación fuese continua: tres noches consecutivas de ausencia llevaban consigo la nulidad matrimonial. 

Matrimonio sine manu o libre: en él la esposa continuaba perteneciendo a la familia paterna y conservando los derechos sucesorios de su familia de origen. A pesar de la facilidad de disolución de este matrimonio (bastaba con la simple separación de los esposos) los romanos tenían conciencia de la seriedad de este vínculo.

La ceremonia de boda[editar] El ceremonial que mejor se conoce es el patricio. La boda constituía uno de los acontecimientos más importantes dentro de la vida familiar.

El día de la boda era escogido con toda cautela; sería pernicioso casarse en mayo, mientras que la mejor época era la segunda quincena de junio. En la víspera de la boda la joven consagraba a una divinidad sus juguetes de niña; después, se acostaba con el traje nupcial y una cofia de color anaranjado en la cabeza. Eran características de la vestimenta nupcial el peinado, el velo de color anaranjado (flammentum) que le cubría la cara, y una túnica blanca que llegaba a los pies, ceñida por un cinto. En todos los actos del rito la esposa era asistida por la pronuba, una matrona casada una sola vez. Empezaba consultando los auspicios: si el resultado no era malo, quería decir que los dioses eran favorables a esta unión. Terminada esta parte, tenía lugar la firma de las tabulae nuptiales (contrato matrimonial) delante de diez testigos; después la pronuba ponía las manos derechas de los esposos una encima de la otra y con esto los esposos se comprometían a vivir juntos. Acabadas las formalidades, tenía lugar el banquete nupcial. Después, hacia la tarde, comenzaba la ceremonia de acompañamiento de la esposa a casa del esposo, durante el que se simulaba el rapto de la novia. El novio fingía arrancarla de los brazos de su madre y la llevaba a su casa. La mujer iba acompañada de tres jóvenes; uno de ellos llevaba una antorcha de espino (spine alba) encendido en casa de la esposa. La gente que los seguía mezclaba cantos religiosos y pícaros. Cuando llegaban a casa del marido, adornaban la entrada con cintas de lana y la untaban con grasa de cerdo y aceite. El marido le preguntaba a la esposa cómo se llamaba; ella le respondía: «Ubi tu Gaius, ego Gaia» («Si tú Gaio, yo Gaia»); entonces los que la acompañaban la levantaban a pulso para que no tocase el quicio de la puerta con el pie y la hacían entrar en la casa. Después era recibida por su marido y la pronuba pronunciaba unas plegarias a la divinidad de la nueva casa. Con esto terminaba la fiesta y los invitados volvían para sus casas. El día de después del casamiento había un banquete íntimo (repotia, "tornabodas") para los parientes de los esposos. El divorcio[editar] Como todo contrato, el matrimonio podía anularse (divortium). Primitivamente, el derecho de revocación pertenecía únicamente al hombre; este solo tenía que reclamarle a su mujer delante de un testigo las llaves de la casa y decirle: «Tuas res habeto» («Coge tus cosas»). En principio, el matrimonio patricio por confarreatio no podía disolverse, pero pronto los romanos inventaron una ceremonia de efectos contrarios a la primera, a la que llamaron diffarreatio. El matrimonio por usus o por coemptio se anulaba con la mancipatio o transmisión de la potestad del marido en favor de un tercero, que manumitía a la mujer.

Clases sociales[editar] La división en clases sociales se inicia con la diferenciación entre patricios y plebeyos. Las luchas de éstos últimos por conseguir derechos no llevó a una completa equiparación, pero sí a un cierto equilibrio, y permitió el ascenso social de los homines novi. La participación política y el servicio militar se basaba en el grado de riqueza y la capacidad de dotarse a sí mismo de equipamiento militar (los equites de un caballo). La prolongación de las guerras y la difusión masiva de la esclavitud en los últimos siglos de la República arruinó a

los pequeños propietarios rurales (adsidui o assidui), forzados a abandonar sus tierras para atender sus obligaciones militares e incapaces de competir con la aristocracia terrateniente de los latifundistas , verdadera beneficiada de la expansión imperial, junto con los grandes comerciantes y los concesionarios de contratos públicos (publicani). Los proletarii, que no servían en el ejército por no contar con más propiedad que su prole (sus propios hijos), formaban la base más numerosa de los ciudadanos romanos, pero mantenían sus derechos, lo que les convertía en una fuerza a tener en cuenta por la demagogia de los políticos en liza (tanto nobiles como populares) que les mantenían alimentados y entretenidos con el reparto gratuito de comida y los espectáculos públicos (panem et circenses). Patricios[editar] Los patricios conformaban una clase formada inicialmente por los padres de familia (Pater familias) o bien por hijos de padres de familia vinculados a la obediencia paterna (los hijos varones no alcanzaban la condición de padre de familia hasta que el padre moría y se independizaban, pero se daba por descontado que alcanzarían esta condición). Se les llamaba también Patres. Estos Patres y sus descendientes que componen las personas de las treinta curias primitivas forman la clase de los patricios, «patricii». Ellos constituyen una nobleza de raza y ellos solos participan del gobierno del Estado y gozan de todos los privilegios del ciudadano romano. Eran los descendientes de las familias más antiguas de la ciudad. Constituían la clase aristocrática y formaban el verdadero pueblo romano. Eran considerados superiores al resto de los habitantes, gozaban de todos los derechos, poseían tierras y eran los llamados a formar el ejército romano, la Legión. Con el paso del tiempo, el peso social, demográfico y político del patriciado fue decayendo. Poco a poco se fueron viendo obligados a ceder cada vez más cuotas de poder a los plebeyos, cuyo número y poder económico y social crecía constantemente. Así, con el paso de los años, los matrimonios mixtos entre plebeyos y patricios fueron admitidos. También se permitió el acceso de los plebeyos a las más altas instituciones, como el consulado (estipulándose que al menos uno de los dos cónsules debía ser plebeyo). Pese a todo, ser patricio era el status más alto y ambicionado de la sociedad romana. Determinados puestos, sobre todo religiosos, estaban reservados únicamente a ellos. En una sociedad tan orgullosa y elitista como la romana ser patricio, ser romano de pura cepa era el máximo orgullo. Los patricios fueron languideciendo poco a poco. Al conformar la élite de la sociedad romana, cada vez que tenía lugar una guerra civil o una convulsión por el cambio de un emperador, sus filas eran diezmadas durante o después del conflicto por el bando vencedor (donde, indudablemente, también había patricios). A finales de la República y principios del Principado de Augusto tan solo las siguientes familias patricias continuaban dando cónsules con regularidad: Julios, Domicios, Pinarios, Postumios, Claudios, Valerios, Junios, Sergios, Servilios, Loureiros y Cornelios. En la época del emperador Constantino, en el Bajo Imperio, tan solo se tiene constancia de la pervivencia de la Gens Valeria. Plebeyos[editar]

Según la terminología empleada por los autores de la antigua Roma, los plebeyos eran qui gentem non habent ("los que no tienen gens" o "no forman parte de la gente"). Es decir, eran plebeyos los que no podían ser considerados como patricios porque no podían remontar su línea familiar a antepasados conocidos entre las antiguas familias romanas. De todos modos, el término en sí era de una gran extensión pues entre los plebeyos existían situaciones muy diferentes a todos los niveles; prácticamente desde la fundación de la ciudad se detecta la presencia de extranjeros asentados por diversos motivos; fundamentalmente atraídos por la prosperidad de la ciudad, gran cantidad de mercaderes y artesanos libres confluyen desde las comarcas cercanas, desde las ciudades de la Magna Grecia e, incluso, desde las ciudades-estado metropolitanas de la Hélade. Muchos de ellos eran, sin duda, ricos mercaderes. La tradición atribuye a Servio Tulio la inscripción de la plebe en registros públicos, organizándola en los colegios profesionales de flautistas, tintoreros, zapateros, joyeros, carpinteros, curtidores, alfareros, etc.; estas reformas de Servio Tulio, basadas en el censo, permitió que entraran a formar parte del ejército y de los comicios centuriados y, posteriormente, hasta en el mismo Senado. Con todo, el hecho de que estas gentes no patricias se vieran marginadas y carecieran de ciertos derechos civiles (por ejemplo carecían de derecho a votar), fue causa de múltiples enfrentamientos entre patricios y plebeyos, haciendo que fueran tomando conciencia de clase, que ellos mismos se reconocieran plebeyos, se coaligaran sin tener en cuenta el nivel de riqueza y se unieran en una lucha reivindicativa de las aspiraciones comunes. Pero sólo al comienzo de la República es cuando se constituyen como un grupo organizado en el que todos reconocían un elemento común: su no pertenencia al patriciado, al margen de su fortuna o su pobreza. A ellos se les une otro sector social, el de los proletarios (proletarii), el elemento más marginal o inferior de la población romana. En resumen, la composición social de la clase plebeya podemos decir que estuvo constituida por: personajes influyentes y ricos vinculados al ejército; los plebeyos adsidui, es decir, los que poseían bienes; y los proletarii que no poseían nada —entre los que se encontraban los libertos, es decir los esclavos emancipados, bien por decisión testamentaria de sus dueños, por méritos contraídos durante su período de esclavitud o por haber comprado su libertad—. En el siglo IV a. C. se producen las primeras sublevaciones de la plebe reclamando más derechos civiles, siendo así que, espoleados por la presión de la plebe, los patricios romanos elaboran un sofisticado código legal, la ley de las doce tablas, que a grandes rasgos, son herederas nuestras actuales leyes, con el fin de acallar las protestas del pueblo. Además, la plebe consigue tener representantes (tribunos de la plebe) con poderes para garantizar sus derechos frente a la clase dominante. Esclavos[editar] Artículo principal: Esclavitud en la Roma Antigua La sociedad romana se hizo esencialmente esclavista como consecuencia de su expansión territorial, primero por Italia y después por toda la Cuenca del Mediterráneo. Tanto su economía como su estructura social se basaba en un sistema de clases donde el esclavo constituía el escalón más bajo de la sociedad. Los esclavos de ciudad solían tener familia y una gran autonomía. Podían lograr la manumisión de diferentes formas:

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 

Con su propia muerte; entonces se le liberaba para que tuviera un entierro de hombre libre. Con la muerte de su amo, que en su testamento solían liberar a sus esclavos como muestra de generosidad. Cuando eran liberados de este modo, se les dejaba alguna propiedad o dinero. Comprando su libertad, ya que después de haber pasado años de intermediario de su amo en los negocios, podían ganar un peculio. Por declaración ante un magistrado. Amo y esclavo defendían su libertad ante un magistrado. Si era aceptada, se le ponía un bastón en la cabeza como señal de su libertad

Muchos emancipados permanecían en sus casas haciendo las mismas labores, aunque con mayor dignidad. Los esclavos eran propiedad absoluta de su dueño. Carecían de personalidad jurídica, de propiedad y hasta de familia propia, porque su matrimonio, aún conseguido con el permiso del amo, se consideraba un simple concubinato, y los hijos eran propiedad del amo. Los esclavos domésticos eran recibidos con una ceremonia, y se les purificaba echándole agua sobre su cabeza. Ayudaban al amo a ponerse la toga, pues era una labor de gran complicación. Eran los encargados de recibir a los invitados, recogerles la toga y los zapatos y ofrecerles un baño caliente o un lavado de pies. Los más guapos y de mejores modales servían la comida vestidos de colores vivos, que contrastaban con sus cabelleras, con las que a veces sus amos se secaban. Los más agraciados servían el vino y cortaban los manjares mientras que los que limpiaban los platos y recogían las mesas iban peor vestidos. A cada invitado se le adjudicaba un esclavo servus ad pedes que permanecía a sus pies. Los que nacían como esclavos y eran educados, formaban una clase privilegiada entre la servidumbre. No se les permitía entrar a representaciones teatrales. A los esclavos se les adjudicaban las tareas de acuerdo a su nivel cultural. A los esclavos se les podía poner un collar con una placa en la que se leería «Tenemene fucia et revo cameadomnum et viventium in aracallisti», traducido como «Detenedme si escapo y devolvedme a mi dueño». El precio de un esclavo nos llega a través de Catón, y sabemos que era de promedio unos mil quinientos denarios, precio que subió a lo largo del siglo II a. C. hasta alcanzar los veinticuatro mil sestercios. Algunos esclavos tenían la consideración de hombres libres, bien por la humanidad de sus amos o por el trabajo intelectual que desarrollaban. Esto pasó con los esclavos procedentes de la Antigua Grecia, que en cierto modo el amo consideraba de mayor educación que la suya. Estos eran los que servían como secretarios, administradores o educadores. En el siglo III se redujeron las masas de esclavos y estos empezaron a valorarse casi como hombre libres. El emperador Diocleciano era hijo de un esclavo que había comprado su libertad. Los libertos fueron a partir del siglo VI según el emperador Justiniano ciudadanos sin distinción alguna, procedentes de la esclavitud. Si no conservaban los lazos de fidelidad a sus casas eran llamados libertos ingratos. Ejercían mayoritariamente la labor de comerciantes o artesanos, y en menor medida de maestros romanos (ludi magister), gramáticos (encargados de la enseñanza secundaria), banqueros o médicos, que no tenían la remuneración. La economía romana, como su sociedad, dependían del trabajo de esclavos, que eran fundamentales en los latifundios, minas e industrias. Esta economía aumentó

a partir del siglo II gracias a las victorias de Julio César, que puso en subasta a aproximadamente un millón de esclavos durante la Guerra de las Galias (58– 51 a. C.) En Delos, llegaron a subastarse hasta diez mil esclavos en un solo día.

Economía[editar] Artículo principal: Economía en la Antigua Roma

Actividades agropecuarias[editar] Artículo principal: Agricultura y ganadería en la antigua Roma

Los agricultores eran el núcleo de la sociedad de la Antigua Roma. El cultivo principal eran los cereales (sobre todo el trigo) y las leguminosas. Más tarde se introdujo la vid, y aún más tarde se importó el olivo. Como árboles frutales destacó la higuera. También se cultivaban hortalizas y lino. De la importancia de la ganadería es muestra que la riqueza se denominaba (pecunia, "rebaños"), y los ahorros personales peculium ("haber en ganado"). Al principio los romanos poseían la tierra en usufructo; más tarde se introdujo la propiedad privada de la tierra. Las primeras explotaciones se llamaban heredium (de herus, "dueño"), y en un principio no superaban las dos yugadas (5.400 metros cuadrados), aunque aparte estaban la casa, las cuadras, la barbechera y los pastos. Estas pequeñas porciones de tierra pronto fueron superadas y si en algún caso se mantuvieron fue para agricultores de las tierras conquistadas, pero no para los ciudadanos romanos. Los romanos mejoraron las técnicas agrícolas. Introdujeron el arado romano tirado por bueyes, molinos más eficaces, como el de grano, la prensa de aceite, técnicas de regadío y el uso de abono. Los campesinos cultivaban la tierra con su familia. Solo los grandes propietarios usaban esclavos o jornaleros. Los rebaños eran apacentados en pastos comunales propiedad del Estado, pero solo podían disfrutarlos los ciudadanos romanos, siendo la excepción el disfrute por no ciudadanos, aunque fueran propietarios. Al trabajo sucedía el descanso: cuatro veces al mes, cada ocho días (Nonae) el campesino detenía su actividad y se dedicaba a las compras en la ciudad y otros asuntos. Las fiestas se hacían después de la sementera de invierno, y el descanso duraba entonces un mes tanto para el amo como para el esclavo y los animales (se llamaba a esta fiesta las Paganalia -de pagus, "campo"-).

Actividades industriales[editar] Artículo principal: Industria en la antigua Roma

Cuando Roma no era más que una aldea, todas las tierras del Lacio (la región donde estaba incluida Roma) eran esencialmente agrícolas. Su riqueza no iba más allá de las labores del campo y sus productos y este sistema de economía prevaleció hasta el cuarto rey, es decir hasta Anco Marcio. Pero estos pueblos mantenían un activo comercio con los etruscos que ya tenían una civilización muy avanzada y una industria muy desarrollada. Estos pueblos del Lacio mantenían también relaciones comerciales con los pueblos griegos asentados en todo el litoral de Italia y que enviaban sus productos elaborados. A medida que Roma iba conquistando los distintos pueblos que componían la península de Itálica la producción industrial iba aumentando, incrementándose con la industria de estas ciudades sometidas y los artesanos itálicos emigraban a

la ciudad de Roma donde encontraban más comodidad y trabajo, dando así origen a una industria local. Muchas industrias florecieron por la aparición de las grandes obras públicas, por el aumento de población y sus necesidades y por el refinamiento del lujo que ya despuntaba en la gran ciudad. Varios acontecimientos contribuyeron en la multiplicación y desarrollo de la industria en esta época del Imperio. Uno de los más importantes fue la mejora de las comunicaciones terrestre y marítima. El comercio con los países lejanos y la exigencia cada vez mayor de los abastecimientos militares, vinieron a incrementar la industria. El cristal era importado de Egipto, primer lugar del Mediterráneo donde surgió esta fabricación. Roma importaba las ricas copas de cristal que sólo los grandes señores podían disfrutar y de las que se hacía gran ostentación en las casas. Cuando esta industria empezó a desarrollarse por toda Italia se hicieron trabajos algo más bastos y después surgió la fabricación de piedrecitas de cristal destinadas a la elaboración de mosaicos, alternando con el mármol el ónice y el oro. Se empezaron a fabricar también en cristal unas láminas especiales quĐe se adaptaban a las ventanas, llamadas specularia (o gruesas láminas de cristal) y que se emplearían en sustitución de las láminas de yeso llamadas lapis specularis que hasta la fecha era lo que servía como hoja de una ventana. En las excavaciones de Pompeya fueron encontrados fragmentos de specularia. En esta época imperial surge una gran competencia con las provincias romanas del Norte y de Occidente. En Hispania se produce un acero templado de gran calidad, buenas lanas y buen garum. En la Galia sobresale el arte del bronce y los trabajos de metales preciosos junto con los vasos de arcilla y el calzado (que se difundió por todas partes y fue muy apreciado). En el norte de Europa se producían buenas armas. Minería y metalurgia[editar] Artículos principales: Minería romana y Metalurgia romana. 1617

Actividades comerciales, transportes y correos[editar] Artículo principal: Comercio en la antigua Roma Véase también: Cursus publicus 18

Moneda[editar] Artículo principal: Moneda en la Antigua Roma

Medidas y pesos[editar] Artículo principal: Medidas y pesos en la Antigua Roma

Finanzas y política económica[editar] Artículos principales: Finanzas en la Antigua Roma y Política económica en la

Antigua Roma. 19

Véase también: Economía en la Antigua Roma#Impuestos en Roma Véanse también: Agentes in rebus, Aerarium, Ager publicus, Comes y Congiarium. Véanse también: Donativum, Fiscus, Publicani, Rationalis y Rationibus.

Véanse también: Patrimonium Caesaris, Patrimonium rei privatae, Aerarium saturni, Aerarium militare y Economía del ejército romano. 2021

Vida política y militar[editar] La ciudadanía romana suponía la participación en la vida política en distinto grado según la posición social (determinada por el origen familiar, el poder económico y las redes clientelares), así como un servicio militarmuy prolongado, y diferenciado también según las circunstancias sociales. El cursus honorum ofrecía a la élite dirigente la posibilidad de emprender una carrera político-administrativa ascendente a lo largo de su vida; mientras que cualquier ciudadano libre, por muy humilde que fuera, participaba en las asambleas populares. La extensión de los derechos políticos fue gradual a lo largo de la historia. Logrado en los primeros siglos de la República un cierto equilibrio entre patricios y plebeyos, el ascenso de los homines novi, la extensión territorial (con la incorporación de las élites provinciales -de origen romano o indígena- a la ciudadanía romana) y el cambio de régimen al Imperio (Principado de Augusto) terminaron por convertir el origen familiar en poco más que algo honorífico; pero continuó existiendo una clase u orden senatorial (ordo senatorius o nobilitas) que representaba la élite política tanto en Roma como en las provincias. Evidenciada la decadencia del Imperio romano, la extensión de la ciudadanía a todos los habitantes libres (Edicto de Caracalla, año 212) dejó de proporcionar ningún beneficio, e incluso los cargos públicos, antes ferozmente competidos, pasaron a ser una onerosa carga a evitar, de modo que las reformas de Diocleciano y de Constantino los convirtieron hereditarios, en una prefiguración del feudalismo medieval. La propia definición de la libertad personal acabó por carecer de contenido (más allá de lo formal) ante el reforzamiento de la autoridad imperial, convertida en un abierto despotismo (Dominado), y la crisis del esclavismo. Véanse también: Auctoritas, Potestas, Imperium y Dignitas.

Organización del Estado[editar] Artículos principales: Gobierno de la Antigua Roma e Historia de las instituciones en

la Antigua Roma. Véanse también: Anexo:Instituciones políticas de la Antigua Roma, SPQR, Civis Romanus sum y Et facere et pati fortia Romanum est.

Senado[editar] Artículo principal: Senado romano El Senado (del latín senex, 'anciano') fue la principal de las instituciones del gobierno de la Antigua Roma. Se originó como una institución consultiva de la monarquía romana, formado exclusivamente por patricios (un representante de cada gens), y adquirió mayores prerrogativas con la República, en que pasó a refrendar a través de su auctoritas los actos de los cónsules, extendiendo su competencia a los actos de otros magistrados y comicios, temas religiosos, conflictos entre magistrados, policía, crímenes con pena capital cuando esta era conmutada, cuestiones militares y financieras y tratados internacionales. El senado fue creado por Rómulo y sobrevivió a los tres períodos de la historia de Roma, pero en el Imperio su poder era casi nulo.

Rey[editar] Artículo principal: Monarquía romana

Inicialmente Roma fue una monarquía electiva cuyos rēgēs (plural de rēx reyes en latín-), excepto Rómulo, el fundador de la ciudad, fueron elegidos por las gentes de Roma para gobernar de forma vitalicia; ninguno de ellos usó la fuerza militar para acceder al trono. Aunque no hay referencias sobre la línea hereditaria de los primeros cuatro reyes, a partir del quinto rey, Tarquinio Prisco, la línea de sucesión fluía a través de las mujeres de la realeza. En consecuencia, los historiadores antiguos afirman que el rey era elegido por sus virtudes y no por su ascendencia. Los textos de los historiadores romanos clásicos hacen difícil la determinación de los poderes del rey, ya que refieren que el monarca posee los mismos poderes de posteriormente detentaron los cónsules. Algunos escritores modernos creen que el poder supremo de Roma residía en las manos del pueblo, y el rey sólo era la cabeza ejecutiva del Senado romano, aunque otros creen que el rey poseía el poder soberano y el Senado sólo ejercía correcciones menores sobre sus poderes. Lo que se conoce con certeza es que sólo el rey poseía el auspicium, la capacidad para interpretar los designios de los dioses en nombre de Roma, como el jefe de los augures; de forma que, como ningún negocio público podía realizarse contra la voluntad de los dioses, y era suya la capacidad de darla a conocer mediante los auspicios, estaba en una posición política decisiva. El rey era reconocido por el pueblo como la cabeza de la religión estatal y el mediador ante los dioses, por lo cual era reverenciado con temor religioso. Tenía el poder de controlar el calendario romano, dirigir las ceremonias y designar a los cargos religiosos menores. Fue Rómulo quien instituyó el cuerpo de augures, siendo él mismo reconocido como el más destacado entre todos ellos, mientras que Numa Pompilio instituyó los pontífices, atribuyéndosele la creación del dogmareligioso de Roma. Más allá de su autoridad religiosa, el rey estaba investido del imperium: la autoridad militar y judicial suprema. El imperium del rey era vitalicio e implicaba su inviolabilidad e irresponsabilidad jurídica (no podía ser llevado a juicio por sus acciones). Al ser el único investido con imperium en la Roma de su época, el rey poseía autoridad militar indiscutible como comandante en jefe de todas las legiones romanas. No existían aún las leyes romanas que posteriormente salvaguardaban a los ciudadanos de los abusos cometidos por los magistrados con imperium. El imperium del rey le otorgaba tanto poderes militares como poderes judiciales plenos; con la capacidad de resolver cualquier cuestión jurídica y legal en todos los casos expuestos ante él. Aunque podía designar pontífices para que actuasen como jueces menores en algunas causas, sólo él tenía la autoridad suprema en todos los casos, tanto civiles como criminales, tanto en tiempo de guerra como de paz. Un consejo asistía al rey durante todos los juicios, aunque sin poder efectivo para controlar sus decisiones. Mientras algunos autores sostenían que no había apelación posible a las decisiones del rey, otros opinaban que cualquier propuesta de apelación podía ser llevada ante el rey por un patricio, mediante la reunión de la Asamblea de la Curia. Otro de los poderes del rey era la capacidad para designar o nombrar cargos u oficios, entre ellos el de tribunus celerum que ejercía tanto de tribuno de los Ramnes ('romanos'), como de comandante de la guardia personal del rey, un cargo equiparable al de prefecto del pretorio existente durante el Imperio. Este

cargo era el segundo al mando tras el propio monarca, y poseía la potestad de convocar la Asamblea de la Curia y dictar leyes sobre ella. El tribunus celerum debía abandonar su mandato a la muerte del monarca. Otro cargo designado por el rey era el prefecto urbano, que actuaba como el guardián de la ciudad. Cuando el rey se hallaba ausente de Roma, este cargo recibía todos los poderes y capacidades del rey, hasta el punto de ejercer el imperium mientras se hallase dentro de la ciudad. Otro privilegio exclusivo del rey era el de designar a los patricios que debían ejercer como senadores. Bajo el gobierno de los reyes, el Senado y la Asamblea de la Curia tenían en verdad poco poder y autoridad. No eran instituciones independientes, en el sentido de que sólo podían reunirse, y de forma conjunta, por orden del rey, y sólo podían discutir los asuntos de Estado que el rey había expuesto previamente. Mientras que la Asamblea curiada tenía al menos el poder de aprobar leyes cuando el rey así lo concedía, el Senado era tan sólo un consejo de honor del rey. Podía aconsejar al rey sobre sus actos, pero no imponerle sus opiniones. La única ocasión en que el rey debía contar expresamente con la aprobación del Senado era en caso de declarar la guerra a una nación extranjera. Las insignias y honores que únicamente los reyes de Roma podían ostentar consistían en: acompañarse de doce líctores que portan las fasces (haz de varas con un hacha en su centro), sentarse en la silla curul, usar el color púrpura (toga picta y calzado rojo), y coronarse con una diadema plateada sobre la cabeza. De todos estos distintivos, el más destacado era la toga púrpura. Asambleas[editar] Artículos principales: Asambleas romanas y Comicios romanos. Véanse también: Comitia Calata, Comitia Tributa, Comitia Centuriata, Comitia Curiata y Concilium Plebis. 2223

Véanse también: Tribu romana, Curia y Curión.

Magistraturas[editar] Artículo principal: Magistratura romana Las magistraturas ejercían distintas funciones de gobierno, y se ocupaban por personas elegidas por el Senado o los Comicios entre ciudadanos que cumplieran ciertos requisitos. Para impedir la concentración excesiva de poder en un gobernante que pudiera llevar de hecho a una tiranía o una monarquía (cosa que terminó ocurriendo con el Imperio), las magistraturas funcionaban siguiendo principios tales como: 

 



La electividad, sin posibilidad de reelección en el periodo siguiente (iteratio, dos años para optar a una magistratura de nivel superior y diez años para repetir en el consulado -Lex Villia annalis, 182 a. C.-) La temporalidad de los cargos, normalmente una anualidad. La gratuidad; el cargo se desempeñaba ad honorem, sin retribución, por el honor que confería (lo que, sumado al gran coste que suponía una campaña electoral que garantizase la elección, en la práctica suponía que sólo los ricos podían acceder a las magistraturas). La responsabilidad política. Las magistraturas mayores se sometían a cuestionamiento al término de su ejercicio, las menores podían ser cuestionadas en el transcurso de su mandato.

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La colegiatura (collegia), que implicaba el ejercicio simultáneo de la misma función por un "colega" que podía vetar la decisión del otro (intercessio). La jerarquía y gradualidad, que estimulaba el comportamiento virtuoso del ocupante de un cargo inferior mediante la expectativa de acceder en un futuro (siguiendo el cursus honorum) a magistraturas de mayor potestas ("poder"), que pueden vetar las decisiones de las magistraturas inferiores.

Los magistrados con imperium (poder militar de mando y castigo) eran denominados magistrados curules por tener derecho a sentarse en una silla curul. Dictador[editar] La dictadura romana era una magistratura excepcional, y por tanto incumplía las características ordinarias de las magistraturas. Era el gobierno extraordinario que confería a una persona, el dictador, una autoridad suprema en los momentos difíciles, especialmente en caso de guerra. La dictadura nació a propuesta de Tito Larcio, quien fue además el primero en ejercer el cargo. El dictador era nombrado por uno de los cónsules en virtud de una orden del Senado, que tenía la potestad de determinar cuándo era necesario el nombramiento y quién debía ocupar el cargo. En un principio, sólo los patricios podían ser nombrados dictadores, pero en el año 356 a. C. se les reconoció ese mismo derecho a los plebeyos. Censor[editar] Las funciones del censor romano estaban inicialmente confiadas al cónsul, que podía delegarlas. La censura se ejercía cada cinco años (lustro), periodo a cuyo término se realizaba un ritual de purificación con varios sacrificios llamado lustratio. Después se creó la magistratura colegiada de los dos censores, elegidos cada cinco años de entre los senadores que habían desempeñado el consulado, constituyendo la culminación de su carrera o cursus honorum. Sus competencias consistían en revisar el censo (la lista de ciudadanos y la del Senado), y decidir qué obras públicas iban a ser costeadas por la República en los siguientes cinco años. Sus tareas se realizaban durante dieciocho meses, y terminaban con la realización de la ceremonia lustral, cesando inmediatamente después en el cargo. Cónsul[editar] El consulado romano era la magistratura dúplice que sustituyó a la monarquía al frente del Estado. Cada año se elegían dos cónsules. Progresivamente los cónsules fueron perdiendo atribuciones: primero algunas facultades judiciales civiles y criminales (delegadas en Cuestores o Decenviros nombrados en cada caso); después sus decisiones debieron ser refrendadas por el Senado; después perdió la administración del Tesoro (en favor de los Cuestores) y la de los archivos públicos; después perdió el control de las arcas del ejército (en favor de los Cuestores Militares); más tarde perdió sus funciones de censor (en favor de los Censores) y de nombrar las vacantes del Senado (también atribuidas a los Censores); después perdió la facultad de nombrar Cuestores (que pasó a los comicios tribunados); luego perdió otras atribuciones judiciales (en favor del Pretor); después las competencias sobre fiestas, policía y mercados (en favor de los Ediles Curules), y también la facultad de nombrar dictador (que pasó al Senado). Al final solo conservaba algunas funciones menores, el poder ejecutivo de las leyes y el mando del Ejército. Pretor[editar]

Los pretores eran los encargados de presidir los tribunales, durante un año, aunque finalizado este tiempo podían convertirse en propretores y gobernar otro año sobre unos territorios determinados. Eran ocho, y podían considerarse los ayudantes de los cónsules. El cónsul perdió las funciones judiciales civiles en favor de un magistrado curul designado como pretor, por plazo de un año, quien poseía el imperium y figuraba entre los magistrados de mayor jerarquía. Su nombramiento recayó en los Comicios Centuriados y con el mismo ceremonial religioso que se usaba para la elección del cónsul. La insignia de su cargo era la toga pretexta. Al pretor correspondían además las funciones consulares cuando los cónsules estaban ausentes. Hasta el 337 a. C. sólo los patricios podían ser pretores, desde entonces pudieron acceder a la pretura los plebeyos. Progresivamente los plebeyos ostentaron la magistratura en la mayoría de las ocasiones. El pretor dividió sus funciones a partir del 246 a. C.: el Praetor Urbanus se ocupó de las cuestiones de los ciudadanos; y el Praetor Peregrinus de las cuestiones suscitadas entre ciudadanos romanos y no ciudadanos. La división de funciones fue necesaria por el incremento de las causas. Cuestor[editar] Los primeros cuestores fueron jueces encargados de los casos de asesinato y de insurrección o alta traición. Con el tiempo su denominación más común fue Quaestores Parricidii y Decemviri Perduellionis (no debe confundirse con el decenvirato ni con los Quindecenviri). Eran nombrados para cada caso y no constituían una magistratura permanente. A fines del Siglo III a. C. los Decumviri o cuestores perdieron sus atribuciones judiciales que pasaron a los Triunviri Nocturni (no debe confundirse con el triunvirato). Simultáneamente a estos cuestores judiciales existieron los cuestores administrativos, en los cuales delegaba el rey la administración de los fondos públicos. Con la república sus funciones pasaron a los cónsules que las delegaron en dos cuestores civiles (para el Tesoro público) y dos cuestores militares (para las arcas del ejército). Más tarde su nombramiento paso a los Comicios Tribunados. Edil curul[editar] Los ediles curules surgieron durante la República Romana, inicialmente para organizar algunas celebraciones. Eran designados por los Comitia Tributa. Inicialmente ejercieron la magistratura alternativamente patricios y plebeyos; después la designación fue independiente de la clase; el 541 ab urbe condita se volvió a su designación alternativa (patricios en los años impares y plebeyos en los años pares). Más tarde asumieron funciones policiales, sanitarias, morales, abastecimientos, mercados, precios, calidad, y organización de juegos. Véanse también: Edil y Edil romano.

Vigintisexvirato[editar] El vigintisexvirato eran los veintiséis cargos menores con los que comenzaba el cursus honorum.

Tribuno de la plebe[editar] Además existía una magistratura especial reservada exclusivamente a los plebeyos, que no formaba parte del cursus honorum ni confería imperium: el tribuno de la plebe, junto con el cargo asociado de edil plebeyo. Véase también: Tribuno

Etapa imperial[editar] Artículo principal: Imperio romano En este período, Augusto creó el Principado o Alto imperio romano, una monarquía encubierta que se mantuvo desde finales del siglo I a. C. hasta la crisis del siglo III. Este tipo de gobierno fue el resultado de la evolución de las instituciones republicanas, adaptándolas a las necesidades de un verdadero Imperio. El gobierno es dividido entre el Princeps (o emperador romano), sus provincias imperiales y su propio tesoro (Fiscus); y los antiguos organismos, las provincias senatoriales y el Aerarium o tesoro público. Pero en la práctica el gobierno de la Roma imperial fue un protectorado del Princeps, que ostentaba todos los poderes (Auctoritas, Maiestas y Potestas) y vigilaba a las autoridades tradicionales. En el Bajo Imperio romano, las reformas de Diocleciano convirtieron en sistema político en un mecanismo todavía más centrado en el Emperador, que se pasó a llamar Dominus ("señor"), con lo que se habla de la época del Dominado

Ejército[editar] Artículo principal: Ejército romano Artículo principal: Historia de la estructura del ejército romano

Recreación de un casco de un centurión romano de finales del siglo II.

Reproducción de un gladius romano del 70 a. C.

En la evolución del ejército romano se pueden distinguir tres grades periodos: Monarquía, Republica e Imperio. Posteriormente evoluciono en el ejército bizantino. La legión[editar] Artículo principal: Legión romana Véase también: Legionario

En los primeros tiempos no había distinción entre ejército y legión, Roma disponía de una sola legión de hasta tres mil infantes y trescientos caballeros. Sin embargo las guerras en aquella época eran escaramuzas limitadas que acababan con el invierno, y es dudoso que alguna vez se llegara a reunir el ejército al completo. Ni siquiera era un cuerpo permanente, se reclutaba y licenciaba según las necesidades. El tamaño de la legión pasó de unos tres mil hombres a más de cuatro mil, pudiendo llegar hasta los cinco mil. También hubo una mayor especialización de los soldados, pero tácticamenteno se produjeron cambios y se mantuvo la estructura básica de la falange hoplita. A comienzos de la etapa republicana la legión se organizó con una estructura mucho más formal y estricta. Como las guerras eran más frecuentes y habían dejado de ser simples escaramuzas, las batallas requerían más planificación. A medida que las campañas aumentaban en duración se hacía evidente que la situación de una ciudadanía militarizada permanentemente no era sostenible. Esto supuso muchos problemas económicos hasta finales del siglo V a. C. y principios del siglo IV a. C., cuando Roma empezó a tener tamaño suficiente para que los soldados sólo fuesen una proporción pequeña de la población. Especialmente importante fue la victoria frente a la ciudad etrusca de Veyes (369 a. C.), cuyo territorio y población fueron anexionados. En esta época el Estado ya compensaba a aquellos que sufrieran un perjuicio económico por tener que abandonar su trabajo. La lealtad del ejército se reforzaba por el juramento (sacramento) de fidelidad y obediencia a los superiores y de no desertar de la batalla. Las faltas de disciplina se castigaban de acuerdo a su gravedad con la suspensión del sueldo, con azotes

o hasta con la muerte. El castigo para unidades completas consistía en diezmarlas, es decir, aplicar la pena de muerte a uno de cada diez legionarios. Durante el transcurso de la etapa republicana se solía reclutar un máximo de tres o cuatro legiones. Sin embargo continuaron teniendo, como durante la monarquía, una existencia efímera. Únicamente se hicieron permanentes las legiones I a IV. Éstas, mandadas por un cónsul la pareja, eran los ejércitos consulares. Durante la segunda guerra púnica se reclutaron muchas más legiones para poder hacer frente a la gran amenaza de Aníbal. Hacia el final de la República Cayo Mario reformó el ejército. Se hizo permanente. Se abolieron los límites establecidos por las clases de Servio Tulio y se aumentó la paga del legionario, con lo que el número potencial de estos aumentó considerablemente. Los nuevos soldados, sin trabajo y sin propiedades, no deseaban que llegara el final de la campaña, que también significaba el final de la paga. Los soldados se alistaban por dieciséis años, periodo que se fue ampliando hasta veinte o veinticinco. Así se profesionalizó el ejército. En la época imperial el ejército estaba formado por treinta legiones de unos cinco mil trescientos hombres cada una. La legión ya era un cuerpo permanente, podía variar en número y composición pero siempre existía, cada una con sus símbolos, historia y glorias particulares. En ellas había gran variedad de especializaciones como soldados, zapadores, policía militar, cuerpo médico, etc. El combate terrestre[editar] El esquema romano clásico de combate constaba de una vanguardia de velites. A continuación venía la infantería pesada dispuesta en tres líneas:   

hastati principes triarii, que sólo entraban en combate en situaciones extremas.

A la derecha de la infantería se disponía la caballería romana, y a la izquierda la caballería de los aliados auxilia. En vista de sus defectos la formación en falange fue sustituida por el manípulo, consistente en dos centurias bajo el mando del mayor de ambos centuriones. Cada una de estas tres líneas de infantería ya no era continua, sino que se separaba en manípulos, con un pequeño cambio de orden:    

hastati, diez manípulos de ciento veinte soldados príncipes, diez manípulos de ciento veinte soldados triarii, cuyo manípulo constaba de sesenta hombres velites, o infantería ligera, que se disponían delante de las líneas de infantería pesada para explorar y hostigar al enemigo sin trabar contacto directo.

El hueco que quedaba entre dos manípulos de la primera línea se encontraba cerrado por un manípulo en la segunda línea, y a su vez la tercera línea cerraba los huecos de la segunda. El resultado era una disposición en forma de tablero de ajedrez —accies— que dotaba de gran flexibilidad a los movimientos de la infantería. La reforma de Cayo Mario sustituyó los manípulos por la cohorte, formada por seis centurias (un manípulo de hastati, uno de príncipes y uno de triarii), homogeneizando el equipo individual de cada soldados y suprimiendo la infantería ligera. Cada grupo de dos cohortes estaba bajo el mando de un Tribunus Militum,

que daba órdenes a los 6 centuriones de la cohorte, cuya jerarquía venía dada por el orden de las centurias —de 1 a 6— en la cohorte; a su vez, cada centurión era asistido por un optio, un soldado que sabía leer y escribir, por un portaestandarte o signifer, y por un tesserarius o suboficial de inteligencia. Cada cohorte estaba dotada de mucha más independencia táctica. Si la legión actuba en conjunto, las cohortes se disponían en damero en dos líneas —dúplex accies— o tres líneas —triple accies—, según la consistencia y resistencia de la línea enemiga. La armada[editar] Artículo principal: Armada romana

Fases vitales, nacimiento y muerte[editar] Artículo principal: Cultura romana#Fases vitales

Religión y mitología[editar]

Relieve que representa una suovetaurilia, sacrificio ritual de un cerdo, una oveja y un toro.

El triunfo de la Cruz sobre los ídolos paganos, de Tommaso Laureti, fresco de las stanze del Vaticano. Artículos principales: Religión en la Roma Antigua y Mitología romana.

La religión politeísta practicada en la Roma antigua tenía cultos privados, familiares, y cultos públicos, inseparables del sistema político. Su mitología, las leyendas y mitos que conformaban su cosmovisión tradicional, tenía su origen en las religiones ancestrales de los latinosy otros pueblos itálicos, especialmente

de los etruscos; que se sincretizó con la de los pueblos conquistados por todo el Mediterráneo, y especialmente con la religión griega, aunque también fue muy importante el contacto con la religión egipcia y las religiones orientales, especialmente los cultos mistéricos. La mayoría de las divinidades del panteón romano se identificaron con las de la mitología griega; habitualmente los dioses a identificar fusionaron sus mitos tradicionales, o en ocasiones unos suplantaron a otros. Lo mismo ocurrió con multitud de divinidades locales de todo el Imperio, con algunas excepciones. La relación con las religiones monoteístas (judaísmo y cristianismo) fue mucho más problemática, y terminó en un radical enfrentamiento: las guerras judías, las persecuciones con las que el Estado romano pretendió erradicar el cristianismo y, desde el Edicto de Milán y el Edicto de Tesalónica, la cristianización del Imperio romano, con la consiguiente persecución de las religiones tradicionales, calificadas de paganismo. Véanse también: Cristianización, Cristianismo primitivo y Reacción pagana.

Festividades y calendario[editar] Artículos principales: Fiestas romanas y Calendario romano.

Educación, escritura y lectura[editar] Artículo principal: Educación en la Roma Antigua

Fresco pompeyano que representa una joven con su stilus y su tablilla encerada.

Desde los últimos siglos de la República, la élite social proporcionaba a sus hijos una educación era al modo griego. El paedagogus (palabra griega de la que deriva la actual "pedagogo") era el esclavo que conducía al niño a la schola ("escuela"). En la primera enseñanza, el nutritor o tropheus era el responsable de enseñara al niño a leer y de su educación hasta la pubertad. Debía dirigirse a su padre llamándole domine(señor). La schola ("escuela") estaba regida por el calendario religioso; las clases se daban por las mañanas y era mixta hasta los doce años. Un grammaticus era el responsable de enseñar a los niños los autores clásicos y la mitología; mientras que a las niñas, consideradas adultas a los catorce años (domina en latín, kyria en griego), podían tener un preceptor que le enseñara los clásicos.

La siguiente etapa de la educación tenía lugar en el gymnasium o palaestra. En Oriente, las principales materias eran la lengua griega, las obras de Homero, retórica, filosofía, música y deporte. En cambio, en Occidente, se enseñaba además latín, en detrimento de la música y el deporte. A los dieciséis o diecisiete años, había una bifurcación en el camino de los jóvenes, que tenían que decidirse por el ejército o los estudios. Véanse también: Alfabeto latino y Escritura cursiva romana.

Mientras que la epigrafía pública se tallaba en piedra o fijaba a los monumentos con letras de bronce, o se trazaba mediante incisiones en placas de plomo; la escritura de todo tipo de documentos se realizaba generalmente con tinta sobre papiro (posteriormente sobre pergamino) en la redacción definitiva que se deseaba conservar (en algunos casos, con incisiones sobre marfil). Las anotaciones y comunicaciones cotidianas y el aprendizaje se realizaba con incisiones sobre fragmentos de cerámica (lo que los griegos llamaban ostrakon) o tablillas de cera utilizando un stilus (punzón). Los rollos eran la forma habitual de recopilar los textos y conservarlos en las bibliotecas; el formato "libro", con páginas, no se impuso hasta el comienzo de la Edad Media.

Reconstrucción ideal de una biblioteca romana en el Museo della Civiltà Romana (Museo de la Civilización Romana.24

Las bibliotecas romanas comenzaron siendo trofeos bélicos traídos a Roma por los generales victoriosos en las campañas de Oriente, comenzando por la del rey Perseo de Macedonia, que Lucio Emilio Paulo regaló a sus hijos (uno de los cuales era Escipión el Africano). El prestigio que proporcionaba la posesión de una biblioteca hizo que se generalizaran en las mansiones de los ciudadanos ricos que pudieran costearlas. En el año 79 a. C. se fundó el Tabularium para custodiar los documentos públicos, con las funciones de un archivo central. Asinio Polión fundó la primera biblioteca pública. Augusto fundó la Biblioteca Octaviana y la Bibliioteca Palatina, y Trajano la Biblioteca Ulpia25 (cuyo primer bibliotecario fue Gayo Meliso, y que era gigantesca -18.000 metros cuadrados, incluyendo dos templos dedicados a Júpiter y a Juno y salas de usos múltiples-). Todas ellas tenían secciones griega y latina, y funcionaban como centros culturales y educativos además de custodiar todo tipo de textos, ordenados en los foruli y nidi ("nidos"), espacios resultantes del cruce de las estructuras de los plutei o pegmata (estanterías muebles o incorporadas a los muros -no deben confundirse con los Plutei de Trajano-), y adecuados a la forma "rollo"; mientras que para la forma "libro" se utilizaron los armaria ("armarios"). En la construcción ideal de una vivienda romana, que tradicionalmente guardaba los documentos en el tablinum, la estancia donde se gestionaban los negocios, Vitrubio recomendaba dedicar a la biblioteca una sala orientada al este, que también sería idónea para recibir a los amigos.26

Candela cubo Véanse también: Biblioteca de Celso y Biblioteca de Adriano

RELIGIÓN, FAMILIA y COSTUMBRES EN LA ANTIGUA ROMA 27 julio, 2017 Sin categoría

Comparto nuevamente con ustedes la lectura de “Los romanos”[1], de R. H. Barrow. Este libro, aborda el estudio de la persistencia del espíritu inmortal de la civilización romana. Cuna de occidente, su aporte fue fundamental para el establecimiento de la civilización europea. “Los romanos” no se propone ser un libro de historia. Barrow se propone describir a los romanos como pueblo, como civilización y como cultura, y, de esta manera, el libro brinda las bases para conocer los hitos más importantes, los diferentes períodos (la monarquía, la república, el imperio) y las personalidades destacadas en política, filosofía, literatura, e historia. Para el autor el libro es una invitación a la reflexión, a la búsqueda, a la reconstrucción de una historia apasionante.La religión romana fue primero la religión de la familia y, luego, de su extensión, el Estado. La familia estaba consagrada y, por tanto, también el Estado. Las sencillas creencias de las familias y los ritos practicados por ellas se modificaron y ampliaron, en parte por nuevas concepciones debidas a nuevas necesidades, y en parte por el contacto con otras razas y culturas, a1 unirse las familias para constituir aldeas y, por último, la ciudad de Roma. Los antropólogos han dado el nombre de “animismo” a la etapa de la religión primitiva en la que se supone que en todas las cosas reside una “fuerza”, un “espíritu” o una “voluntad”. Para el romano de los primeros tiempos, el numen, fuerza o voluntad, residía en todas partes o, mejor dicho, se manifestaba en todo lugar por medio de una acción. Lo único que se sabe de esta fuerza es que es capaz de obrar, pero su manera de actuar es indeterminada. En el reino del espíritu. cuya característica es 1a acción, el hombre es un intruso. ¿Cómo podrá mitigar el pavor que siente y cómo conseguirá que el numen realice el acto requerido, logrando para sí “la paz de los dioses”? Lo más urgente es “fijar” esta fuerza vaga de una manera aceptable pare ella, limitando o dirigiendo su acción a algún fin vital del hombre. Se pensaba que al dar un nombre a su manifestación en los fenómenos concretos, se definía lo que era vago, y, por decirlo así, se encauzaba su energía hacia el fin deseado. Y así como las actividades del campesino y de su familia, ocupados en labrar el campo, en tejer y cocinar y en criar a los hijos, eran muchas, así la acción de esta fuerza se dividía en innumerables poderes nominados, que comunicaban energía a los actos de la Vida familiar. Todas las operaciones diversas de la naturaleza y del hombre -la vida multiforme de los campos, las habituales tareas del labrador, el diario trajín de su mujer, la crianza y el cuidado de los hijos- se realizaban en presencia y por la energía de estas vagas potencias transformadas ahora en deidades carentes de forma. Acompañaban al acto de “denominar”, es decir, de invocar, oraciones y ofrendas de alimentos, de leche y de vino y, en ocasiones, sacrificios de animales. E1 paterfamilias, que era el sacerdote, conocía las palabras y los ritos apropiados. Palabras y ritual que fueron pasando de padres a hijos hasta que se fijaron inmutablemente. La más mínima alteración en la

invocación o en la ceremonia podía impedir que el numen interviniera en el acto que el individuo o la familia se proponía emprender, sobreviniendo entonces el fracaso. Los nombres de muchos de estos dioses domésticos han pasado a las lenguas europeas: Vesta, el espíritu del fuego del hogar; los Penates, preservadores de la despensa; los Lares, guardianes de la casa; pero había otros muchos. Las oraciones eran diarias; la comida de la familia una ceremonia religiosa en la que ofrendaban incienso y libaciones. Ciertos festivales se relacionaban con los difuntos, los cuales se consideraban a veces como espíritus hostiles y que había que expulsar, por lo tanto, de la casa por medio de ritos, otras como espíritus benévolos que se asociaban íntimamente a todas las fiestas y conmemoraciones de la familia. Cuando éstas se unieron para formar una comunidad, el culto y el ritual de la familia formaron la base del culto del Estado. Al principio, el rey era el sacerdote y, cuando desapareció la monarquía, perduró el título de “rey de las cosas sagradas”. Para ayudar al “rey” había “colegios” de sacerdotes, hombres cualesquiera, no de una casta especial, colegas para dirigir el culto y las fiestas. El principal colegio era el de los pontífices, que conservaba el saber acumulado, dictaba reglas, registraba las fiestas y los principales acontecimientos de significación religiosa para el Estado. Los pontífices produjeron un Derecho sagrado (ius divinum). Los colegios menores les ayudaban; así las vírgenes Vestales cuidaban del fuego del hogar del Estado, los augures interpretaban los presagios que veían en el vuelo de los pájaros o en las entrañas de un animal sacrificado; pues se suponía que los dioses imprimían en los órganos delicados de un animal consagrado signos de aprobación o desaprobación. Se concedía importancia nacional a los festivales agrícolas de los labradores: la recolección, la seguridad de los linderos, la persecución de los lobos para ahuyentarlos de los campos, se convirtieron en asuntos importantes de la ciudad. Fueron adoptándose nuevas festividades que se anotaban en un calendario del cual tenemos constancia. En un principio, Marte fue un dios de los campos; los campesinos-soldados, organizados para la guerra, lo convirtieron en el dios de las batallas. A medida que el horizonte de los romanos se ensanchaba, nuevos dioses atrajeron su atención, e incluyeron en el Calendario deidades de las ciudades etruscas y de las ciudades griegas de Italia. Júpiter, Juno y Minerva vinieron de Etruria; el griego Hefaistos fue equiparado a Vulcano, que los romanos habían adoptado de sus vecinos etruscos. También había muchas deidades “itálicas”, porque si bien para simplificar hemos hablado de “romanos”-Roma misma estaba constituida por una fusión de tribus itálicas con cultos propios, que indudablemente tendrían cierto aire de familia. Los colegios se encargaban de establecer, registrar y trasmitir, sin alterarlas, las fórmulas de invocación y de oración. En siglos posteriores, podía darse el caso de que un sacerdote utilizase una liturgia expresada en un idioma pare él incomprensible, y que el pueblo tomara parte en ritos cuyo sentido apenas captaba y que, sin embargo, tenían un significado. Procesiones y días de fiesta, diversiones y sacrificios, imprimían en la mente popular el culto del Estado. Más tarde veremos cómo el alud de ideas religiosas griegas y orientales irrumpió sobre Roma y como se adoptaron los mitos y las leyendas pare proporcionar el carácter pintoresco del que carecía la religión nativa. Pues, especialmente en los siglos IV y III a c., se introdujeron nuevos cultos en la practica religiosa del Estado, aunque en lo que toca al mito y al ritual quedaron inconfundiblemente marcados con el sello romano. Pero la influencia de esas ideas nunca llegó hasta el corazón de la antigua religión romana, inmutable en su naturaleza esencial. Con el aumento de los testimonios de la literatura y de las inscripciones se ve claramente que, tanto en la ciudad como en el campo, persistió la antigua religión. Los hombres cultos del último siglo a. c., versados en la filosofía y la crítica griegas, quizás considerasen esta religión como una mera forma; pero estos mismos hombres desempeñaban cargos en los colegios sagrados y fomentaban su práctica en el Estado, y hasta en la familia. Augusto, el primer emperador, no edificaba en el vacío cuando se propuso salvar del colapso al Estado restaurando la antigua religión romana y la moralidad inherente a ella.

Esta religión fría y un poco informe sostenía una rígida moral, y la mitología no impedía el desarrollo de esta moral. Homero había plasmado para los griegos leyendas sobre los dioses en versos inmortales -hasta que en una época posterior los críticos objetaron que estos dioses eran menos morales que los hombres-. Los romanos, aparte de las fórmulas de las oraciones, no tenían escrituras sagradas y, por tanto, no había ninguna moralidad mítica que destruir. Lo que le interesaba al individuo era establecer relaciones adecuadas con los dioses, no especular acerca de su naturaleza. Lo que a la ciudad le interesaba era lo mismo, y se le permitía al individuo entregarse a sus creencias particulares, si así lo deseaba. La actitud romana siempre es la misma; la tolerancia, con tal de que no se perjudicara la moral pública y que no se atacara al Estado como Estado. E1 romano, a medida que se desarrollaba, asignaba a los dioses su propia moralidad. E1 proceso puede ilustrarse de la manera siguiente: Una de las primeras fuerzas que se individualizó fue el poder del sol y del cielo; a este poder se le llamó Júpiter, a no ser que Júpiter fuese el espíritu único del cual se individualizaron otros numina. A1 principio se acostumbraba prestar juramento al aire libre, bajo el cielo, donde no podía ocultarse ningún secreto a un poder que lo veía todo. Bajo este aspecto de fuerza atestiguadora, Hércules recibió el epíteto de Fidius, “el que se ocupa de la buena fe”. De nuevo aparece en escena la tendencia individualizadora: se personificó el abstracto del epíteto Fides, “buena fe”. Y el proceso, continuó: se atribuyeron otros epítetos a Fides pare designar las diferentes esferas en que Fides actuaba. Esta habilidad pare abstraer una característica esencial es parte del proceso mental del jurista. Los romanos demostraron la capacidad de aislar lo importante y buscar sus aplicaciones; de aquí su jurisprudencia. En el tipo de especulación que exige una imaginación creadora, pero que casi parece hacer caso omiso de los datos de la experiencia, fracasaron. Pero lo mas importante es que el aislamiento de las ideas morales daba a éstas un nuevo realce. En el hogar y en el Estado las ideas morales ocuparon un lugar semejante al de las “fuerzas” mismas. Eran cosas reales en sí, y no creadas por la opinión; tenían validez objetiva. No es necesario indicar que las cualidades abstractas apenas pudieron haber inspirado un sentimiento religioso fervoroso, pues tampoco lo lograron las “fuerzas”. Además, estas cualidades pronto fueron personificadas en una larga serie de “romanos nobles”. La cuestión es que las ideas morales estaban envueltas en la santidad del culto religioso, y no podrá comprenderse la literatura posterior si las virtudes, a las que tan a menudo apelan el historiador y el orador, no se interpretan en este sentido. Estas ideas estaban ligadas al deber, impuesto a la casa y al Estado, de adorar a los dioses. Aquí es donde ha de encontrarse la raíz de ese sentido del deber que caracterizó al romano en su mejor aspecto. A menudo le hacía parecer poco interesante, pero podía llegar a ser un mártir por un ideal. No discutía acerca de lo que era honorable o justo; sus ideas eran tradicionales e instintivas y las sostenía con una tenacidad casi religiosa. Ningún. clamor de la plebe por el mal, ,ningún ceño tirano, cuyo fruncimiento puede matar; es capaz de debilitar el poder que hace fuerte, al hombre de firme y justa voluntad. [1] Barrow, R. H., Los romanos, FCE, México, 1950. Primera edición en inglés, 1949.

La Familia Romana 1. Origen de la Familia Romana: su origen se infunde mucho antes de la "ley de las XII Tablas", que instuye que la familia son bienes de un ciudadano no sujeto a patria potestad, fallecido, sin testamento,y que se transmite a falta de herederos y desendientes directos.

1.1. Concepto: es aquella que constituye toda formacon fundamental en una sociedad, la cual estaba dirigida por un ( paters-familias), ó jefe, y se establecio en los ambitos sociales y juridicos. 1.1.1. Evolucion: su origen se infunde mucho antes de la era Romana, en la epoca de las primeras civilizaciones y a traves del tiempo fue generando mayor grado de union, en la epoca de Roma fue establecida por la " Ley de las XII tablas". 2. El Parentesco: Era el vinculo que entrelazaban a las personas y las cuales dependian de sus relaciones personales. 2.1. Tipos de Parentesco: a) parentesco por agnacion: es el que exste entre el ( paters-familias) y las personas sometidas a su potestad crea un ( vinculo de pertenencia). b) parentesco por gentetalidad: es el vimculo que existe entre el paters-familias que tiene un ascedente comun. c) parentesco por cognacion: que presenta parentesco por sangre que descienden de otros. d) parentesco por afinidad: es el vinculo que existe entre el conyugue y los parientes consanguineos de su conyugue. 2.1.1. El Parentesco se puede establecer: se puede dar en linea recta; todos aquellos que descienden unos de otros. y en linea corateral: aquellos que descienden unos de otros y cada generacion equivale un grado; 1° grado: consanguiniedad. 2° grado: hermanos. 3° grado: primos hermanos en la linea corateral. 2.1.1.1. Nociones del Parentesco: Es la relacion juridica que existe entre personas que descienden de un tronco en comun. Los Derechos que derivan del parentesco: La alimentacion, el respeto, y la consideracion de sus descendentes con los ascendientes y la tutela legitima. 3. La Patria Potestad: Era una institucion del Derecho civil que le dio el oder al patersfamilas ó jefe un varon mas antiguo de la familia que importaban un conjunto de derechos sobre las personas y bienes de los filius, con pocas obligaciones. 3.1. Evolucion de la Patria Potestad: Se baso en la efectiva potestad ó poder sobre los hijos y sus descendientes, poder ejercido solo por el ascendiente varón de mayor edad, se equiparaban a la potestad marital que se tenia al respecto a la mujer y era equivalente en menor grado a la potestad sobre los esclavos; se ergia el paters-familias que podia realizar cuaalquier transancion con referente a sus benes y individuos que poseian leyes al gradoo de venderlos como esclavos. 3.1.1. Caracteristicas de la Patria potesta: a) Fue la principal institucion fundamental en el Derecho Romano. b) Era un poder civil que el Paters-familia ejercia sobre los hijos legitimos dentro y fuera del matrimonio. c) Los efectos que ejercia el Paters sobre los hijos era el derecho de castigar, el derecho a venderlos en el territorio extranjero. d) La capacidad juridica de las personas se establecia en relacion a la posicion que presindian en la familia, y solos el paters obtenia capacidad en el derecho privado. e) La mujer ocupaba una posicion digna dentro de la familia como Maters pero no tenian potestad. 3.1.1.1. Efectos de la Patria Potestad: Eran relevantes en el derecho privado, ya que el filiusfamilias carecian de capacidad juridica; sin embargo en el derecho publico no limitaban la actividad de los sometios a ella de modo que una vez alcanzada la edad adulta podria votar en las asambleas populares, ser magistrados ó senadores.

3.1.1.1.1. Extincion de la Patra Potestad: las Causas eran la muerte natural del paters-filius, la capitis deminutio maxima ( perdida de la libertad) de cualquiera de ellos etinguia el vinculo, la capitis deminutio media ( la perdida de la ciudadania), y la capitis diminutio minima( perdida de la calidad de sui iuris), ya sea por adopcion ó adrogacion, las mujeres, la emancipacion, y los filius sacerdotes. 4. La Emancipacon: Era la desvinculacion de la patria potestad que ejercia el patersfamilia sobre un integrante de su familia bajo su responsabiliadad. 4.1. Efectos de la Emancipacion: A) Perdida de todos los derechos sucesoros entre emancipador y emancipado. B) Perdida de la relacion entre el emancipado y emancipador. C) El emancipado formaria parte de una nueva familia y el seria el paters. D) Pérdida de los lazos de adgnatio con su anterior familia. E) El emancipador empezaba a generar sus propo patrimonio. 4.2. Formas de la Emancipacion: a) Para poder realizar la emancipacion solo acontecia a los ntegrantes de la familia. b) Era un contrato verbal y contaban con testigos para dar FÉ de dicha emancpacion. c) Solo se podia realizar enel territorio Romano. d) tambien se les consedia a los esclavos para pasar a otro paters o emigrar fuera de Roma. 5. Vinculacion del Derecho Romano con el Derecho Venezolano actual. 5.1. La Patria Potestad en la actualidad: En el Codigo Civil, en titulo VI en sus articulos n° 261, 262y 263, trata sobre las tutelas de los padres sobre los hijos, el respeto hacia los padres y tambien la tutela o salvaguarda de los hjos fuera del matrimonio, la madre en este caso tomaria tutela de los hijos si el padre llegase a faltar. 5.2. La Extincion de la Patria Potestad: en el Codigo Civil, captulo III, sobre los articulos n° 278, 279, 280. se expresan de la siguiente forma se extinguira la patria potestad en caso de: maltrataos a los hijos, en caso de peligro a los hijos, en trato de corrupcion ó prostitucion, y malas costumbres. 5.2.1. La Emancipacion: El Codigo Civil, captulo II, en sus articulos n° 382, 383, 384,385 y 387, sobre los efectos de la emancipacion son: el matrimonio, tambien le coniere derecho sobre su capacidad juridica, tambien para obtener patrimonio propio.