La Constitucion Peruana de 1867

TUPAYACHI SANTENDER KATLEN HUANCA CUTIPA RUTH MARLENY LA CONSTITUCION PERUANA DE 1867 CONTEXTO HISTORICO Tras la guerra

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TUPAYACHI SANTENDER KATLEN HUANCA CUTIPA RUTH MARLENY

LA CONSTITUCION PERUANA DE 1867 CONTEXTO HISTORICO Tras la guerra contra España, el dictador Mariano Ignacio Prado se convirtió en presidente provisorio. Pese a las críticas, Prado se presentó como candidato a la presidencia sin abandonar el poder, obteniendo el triunfo. Convocó también a un Congreso Constituyente, que se encargó de dar una nueva Constitución: la Constitución Liberal de 1867. Pero una revolución acaudillada estalla en Arequipa la sublevación del General Pedro Diez Canseco, que, con el apoyo de las fuerzas del norte dirigidas por el Coronel José Balta en Chiclayo derrumbará al régimen de Prado, siendo este obligado a renunciar al poder el 6 de enero de 1868, asilándose en la embajada de los Estados Unidos el 10 de enero, para luego partir con destino a Chile.José Balta y Montero, presidente del Perú (1868-1872).Trajo abajo a su régimen y restituyó la Constitución de 1860, a principios de 1868. HECHOS Aprobada por el congreso Constituyente y promulgada por el Presidente General Mariano Ignacio Prado el 19 de agosto de 1867.Esta constitución en su gran parte era copia de la constitución liberal de 1856 solo que más avanzada extremada y radical La constitución no llego a ser juramentada en Arequipa, pues fue quemada públicamente en dicha ciudad. El movimiento se extendía y crecía ante esta situación. Prado dimitió el 6 de enero de 1868, embarcándose para el extranjero. La constitución sólo estuvo vigente hasta el 6 de enero de 1868, o sea menos de cinco meses.

ESTRUCTURA Constaba de 131 artículos, ordenados en 19 títulos. 

Título I: De la Nación



Título II: De la Religión.



Título III: Garantías Nacionales.



Título IV: Garantías Individuales.

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Título V: De los peruanos.



Título VI: De la ciudadanía.



Título VII: De la forma de gobierno.



Título VIII: Del Poder Legislativo.



Título IX: De la formación y promulgación de las leyes.



Título X: Poder Ejecutivo.



Título XI: De los Ministros de Estado.



Título XII: Del Fiscal General.



Título XIII: Régimen interior de la República.



Título XIV: Juntas Departamentales.



Título XV: De las Municipalidades.



Título XVI: De la Fuerza Pública.



Título XVII: Del Poder Judicial.



Título XVIII: Reforma de la Constitución.



Título XIX: Disposiciones transitorias.

Resumiendo es sus primeros artículos define a la Nación peruana como soberana libre e independiente , manteniendo sus poderes y enfocando que la nación profesa la religión católica, así mismo cabe resaltar que define a la vida humana como inviolable por lo que no se impone la pena de muerte y ordena que no hay ni puede haber esclavos en la república, en este mismo título establece la total libertad de enseñanza primaria , media y superior y el de las universidades con tal que no atacaran la moral y la seguridad pública . En cuanto al título de los peruanos y la ciudadanía el sufragio es popular y directo y gozan de este derecho todos los ciudadanos en ejercicio enfocando que son ciudadanos en ejercicio los

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peruanos mayores de veintiún años y los emancipados .Cabe señalar que el Gobierno del Perú es Republicano,Democrático, Representativo, fundado en la unidad. En cuanto al poder legislativo se ejerce por el congreso en una sola cámara y esta será renovada cada dos años así mismo existe un título para dar la formación y promulgación de las leyes en la cual dice que tienen iniciativa legislativa: Los Representantes de la Nación, El Poder Ejecutivo, La Corte Suprema en asuntos judiciales y el décimo son artículos relacionados al Poder ejecutivo. El despacho de los negocios de la administración pública corre a cargo de los ministros de estado, para ser ministro se requería ser peruano de nacimiento, tener 10 años de residencia en la república. Así mismo las ordenes y decretos serán firmados por los ministros que reunidos formaran el consejo de ministros. Así mismo habrá un fiscal general administrativo como consultor y defensor de los intereses fiscales este será nombrado por el gobierno. También debemos decir que la república se divide en departamentos, los departamentos en provincias y estas en distritos; así mismo habrá prefectos en los departamentos y subprefectos en las provincias y gobernadores en los distritos; estos nombrados por el gobierno así como podrán ser removidos por el poder ejecutivo. En la capital de cada departamento habrá una junta compuesta de diputados destinada a promover los intereses del departamento en general; estas juntas se reunirían anualmente para el ejercicio de sus atribuciones que les designe la ley, sus sucesiones serán públicas y duraran el tiempo que la misma ley lo señale. Existe así la fuerza pública que tiene como objeto asegurar los derechos de la nación en el exterior y la ejecución de las leyes y el orden en el interior. Esta se compone de las guardias nacionales del ejército y de la armada. Así mismo vemos que la justicia será administrada por los tribunales y juzgados; en la capital de la república habrá una Corte Suprema de Justicia, en los departamentos Cortes Superiores, en las provincias Juzgados de la Instancia y en todas las poblaciones Juzgados de Paz. Para terminar vemos que para reformar uno o más artículos constitucionales será necesario que dicho proyecto sea aprobado en tres legislaturas distintas como cualquier proyecto ley.

CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES:

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 Inspiración liberal más avanzada.  Declaro que el ejercicio de la libertad de imprenta no estaba sujeto a responsabilidad en asuntos de interés general; es decir que solo protegía los intereses de los particulares.  Así mismo se estableció una cámara única.  La elección al presidente de la república se daba por votación directa de los ciudadanos; así como se suprimió el cargo de vicepresidente.  Se estableció que para ser Presidente de la República la edad mínima seria de 35 años.  También se mencionaban a las juntas departamentales y a los municipios.  En esta constitución se abolió definitivamente la PENA DE MUERTE.  Se otorgó los derechos de los peruanos de nacimiento a los extranjeros que hubieren residido en el país desde la guerra de la independencia.  Para la reforma constitucional se exigió tres legislaturas.

DEROGACION: Esta constitución es derogada el 06 de enero de 1868 con el general Pedro Diez Canseco ya que hubo un descontento en la ciudadanía pues se afirmó que se había implantado una constitución similar a la de 1856 (constitución liberal). Así pues se desato una revolución que empezó con el gran Mariscal Ramón Castilla quien falleció dejando prendida la mecha de la revolución que estallo en Arequipa ya que los ciudadanos se negaron a juramentar por esta constitución y así mismo esta fue quemada en la plaza de armas el 11 de setiembre de 1867 siendo el jefe de esta revolución el general Pedro Diez Canseco. Simultáneo a este se prendió otro foco revolucionario en el norte en Chiclayo encabezado por el coronel José Balta en donde también los ciudadanos rechazaron el asedio de las fuerzas de gobierno. Habiendo ocurrido lo dicho el general Diez Canseco asumió el poder de la república poniendo en vigencia nuevamente la constitución de 1860.

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ESTATUTO PROVISORIO DE 1879 Desde la última constitución de 1860 que entro en vigencia en el Gobierno de Balta en 1868, en el Perú sucedieron diferentes aspectos históricos que marcaron el país hasta que el 27 de Diciembre de 1879 el Presidente Nicolás de Piérola con la aprobación de sus ministros expedía un Estatuto Provisorio.

ANTECEDENTES HISTORICO - CONTEXTOEl gobierno de Balta se inició con una lenta tarea de reorganización. El problema más acuciante era el económico, principalmente por los gastos generados por la guerra contra España. Balta nombró como ministro de Hacienda al entonces desconocido joven Nicolás de Piérola, quien logró un acuerdo con la Casa judíafrancesa Dreyfus Hnos. de París para la explotación del guano, firmándose el llamado Contrato Dreyfus (5 de julio de 1869). El gobierno peruano vendía a la Casa Dreyfus dos millones de toneladas de guano, valorados en 73 millones de soles; por su parte, la Casa Dreyfus adelantaba al Estado dos millones de soles, y se comprometía a pagar a razón de 700 mil soles cada mes y a cubrir los intereses de la deuda externa peruana. Posteriormente se hicieron algunas ampliaciones. En teoría este contrato era muy conveniente para el Estado Peruano y ponía fin a los abusos de los consignatarios peruanos, hasta entonces intermediarios en el negocio guanero. Estos demandaron ante la justicia al Estado por daños y perjuicios, pero el contrato terminó por ser aprobado por el Congreso y el gobierno siguió adelante en su ejecución.

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Contando con la garantía del guano, el gobierno peruano celebró grandes empréstitos con la misma Casa Dreyfus, con los que inició un ambicioso programa de obras públicas, principalmente la construcción de ferrocarriles, siendo los más notables los de penetración de la costa a la sierra. El gobierno actuó irresponsablemente y se endeudó crecidamente, confiado en las rentas del guano, que no serían duraderas. Un año antes del término legal de su mandato, Balta convocó a elecciones en medio de una gran crisis económica. Varios candidatos se presentaron, pero entre todos destacó la figura de Manuel Pardo y Lavalle, líder del recién fundado Partido Civil, el primer partido propiamente dicho fundado en el Perú como respuesta al predominio militar en la política peruana y que agrupaba a profesionales liberales, comerciantes, empresarios, hacendados, que conformaban la naciente burguesía nacional. Pardo triunfó, pero faltando pocos días para que asumiera el poder, Balta fue derrocado y apresado por los coroneles Gutiérrez unos días después Balta era asesinado en la prisión (26 de julio de 1872), lo que provocó una violenta reacción de la ciudadanía. Manuel Pardo, que había huido a Pisco, retornó a Lima y tomó el mando de la nación el 2 de agosto de 1872. Pese a las medidas que tomó para contrarrestar la grave crisis económica (entre ellas la nacionalización de la riqueza salitrera), no tuvo éxito. El contrato Dreyfus ya no rendía pues la Casa Dreyfus se negó a dar más adelantos con garantía del guano, arguyendo que el Estado peruano le debía. Durante el gobierno de Pardo se firmó el Tratado de Alianza Defensiva entre Perú y Bolivia, el 6 de febrero de 1873, que luego sería usado como pretexto por Chile para desatar la Guerra del Pacífico. En 1876 la transmisión del mando se produjo sin incidentes. Los principales candidatos eran el ex presidente Mariano Ignacio Prado y el contralmirante Lizardo Montero. El triunfador fue Prado. Durante su gobierno, Prado enfrentó el problema de la cuantiosa deuda externa y la galopante crisis económica y hacendaria. Tratando de paliar la situación, Prado declaró disuelto el Contrato Dreyfus y firmó un nuevo contrato para la venta del guano con la firma inglesa Raphael e Hijos, el llamado Contrato Raphael, pero no tuvo éxito. El precio del guano iba por entonces cayendo en el mercado internacional y ya no constituía un negocio rentable. La crisis se agudizó. El Estado peruano se declaró en bancarrota y anunció la moratoria de su deuda externa. Para colmo, Prado tuvo que enfrentar la oposición de Nicolás de Piérola, que acaudilló dos revoluciones, que si bien fueron sofocadas, causaron un gasto a la

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ya exhausta caja fiscal. Suceso luctuoso de este período fue el asesinato de Manuel Pardo, entonces presidente del Senado, el 16 de septiembre de 1878. Al año siguiente estalló la guerra con Chile, pese a los intentos de Prado de evitarla diplomáticamente. Chile, con su característica perfidia, esperó el momento adecuado para atacar al Perú, es decir cuando éste se hallaba en plena bancarrota y prácticamente desarmado. El 19 de Diciembre de 1879, el Presidente Mariano Ignacio Prado con autorización del Congreso se embarcó al extranjero con la misión de comprar armamentos, llevándose la astronómica suma de 6’621,540 millones de soles, para no regresar En su ausencia deja encargado del gobierno al General Luis La Puerta. El 22 de ese mes fue depuesto por Nicolás de Piérola, siendo proclamado y reconocido como dictador del Perú

ESTRUCTURA DEL ESTATUTO PROVISORIO DE 1879 Expedido por el jefe supremo de la república don Nicolás de Piérola el 27 de diciembre de 1879. ESTATUTO PROVISORIO: Consta de 12 artículos en los que presentamos los siguientes: Se tenía en cuenta la soberanía basada en una vida política y social, donde la integridad del territorio jurídico no puede romperse sin cometer un atentado de lesa patria, en la cual la religión católica prevalecía. También es importante recalcar que el gobierno solo garantizaba la instrucción primaria y fomenta la instrucción superior y facultativa .Así mismo el poder judicial y el gobierno compartían la administración de justicia, pero a pesar de esto los códigos civil y penal estaban en su total vigor mientras se hagan las reformas necesarias. Se observa también que hay igualdad ante la ley y la libertad siendo castigada cuando la libertad de imprenta sea anónima y la libertad de industria sea dañosa. Cabe recalcar que se creó un consejo de estado al cual el gobierno pediría su voto consultivo respecto de los que en su concepto lo requiera y a su vez este consejo asumirá funciones de tribunal de apelación y última instancia en los asuntos contenciosos. Este estatuto rigió mientras se daba las instituciones definitivas de la república.

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DEROGACIÓN •

Ante el fracaso ante Chile ,Nicolás de Piérola abandona el poder y asume el gobierno Francisco García Calderón quien declara vigente la constitución de 1860 por lo que el estatuto estuvo vigente hasta el 6 de enero de 1881