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NORMATIVA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA PARA PRESTADORAS DE SERVICIOS VARIOS

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NORMATIVA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA PARA PRESTADORAS DE SERVICIOS

VARIOS

TR

1. Objetivo

O LA D

A

NORMATIVA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA PARA PRESTADORAS DE SERVICIOS

N

Dar a conocer a las empresas prestadoras de servicios, los requerimientos sobre Seguridad, Salud Ocupacional, Medio ambiente y Seguridad Alimentaría que deberán cumplir durante el desarrollo de los servicios solicitados.

O

2. Responsables Solicitante de Contratación del Servicio

N

3. Descripción

O

Jefe de planta/área

C

Supervisor de Seguridad Industrial

(APLICAN LOS PUNTOS QUE CORRESPONDAN A LA ACTIVIDAD) RESPONSABILIDADES- OBLIGACIONES Y ACCESOS

A

I.

PI

1.1. Responsabilidades



Es responsabilidad del prestador de servicio comunicar, supervisar y hacer cumplir a su personal

O

(incluyendo personal eventual) la presente normativa.

C



Para asegurar el cumplimiento de presente normativa el personal de EMBOL podrá ejecutar inspecciones y seguimientos de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Seguridad Alimentaria durante el desarrollo de las actividades contratadas.

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1.2. Obligaciones

A

Cada prestador de servicio tanto tipo (I) como tipo (E) debe presentar a una persona responsable

O LA D

para coordinar con la planta en actividades que conciernen al cumplimiento de la presente normativa.

Todas las violaciones o incumplimientos evidentes a leyes, normativas o prácticas del trabajo serán presentados al representante del prestador de servicio para la corrección inmediata.

Todos los prestadores de servicios deben cumplir con las reglas de oro establecidas por EMBOL S.A. Toda persona de la empresa prestadora de servicio que sea notificada para participar en la

TR

academia de seguridad, deberá asistir a la misma en la fecha establecida.

Toda empresa prestadora de servicio deberá contar con un fiscal de seguridad permanente durante

N

el desarrollo de las siguientes actividades críticas: Trabajos en altura.

-

Trabajos en caliente.

-

Trabajos en espacios confinados.

C

O

-

Para el desarrollo de las siguientes actividades, la presencia del fiscal de seguridad estará definida según los riesgos presentes en las mismas (análisis realizado por el personal de seguridad de EMBOL

O

S.A.):

Trabajos de excavación.

-

Trabajos de izaje (Grúa, Hidrogrua, Torre grúa u otro).

N

-

A

El fiscal de seguridad de la empresa prestadora de servicios deberá cumplir los siguientes requisitos

PI

para ser habilitada en EMBOL S.A. y presentar los respaldos correspondientes: Experiencia mínima en trabajos de fiscalización de seguridad o similar mayor a 6 meses.

-

Formación en seguridad industrial y salud ocupacional.

O

-

C

II.

Pasar la entrevista con el personal de seguridad de EMBOL S.A. (presentar hoja de vida).

REQUISITOS GENERALES

a) Antes de comenzar el contrato o la orden de servicio, el prestador de servicio debe:

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Presentar un listado del personal que va a realizar el trabajo o servicio, el mismo deberá estar actualizado cada vez que el prestador de servicio cambie de personal (Nombre y



A

Apellido, CI, Teléfono de Referencia). (ENTREGA OBLIGATORIA) Entregar una copia de la cédula de identidad (CI) o (DNI) de cada trabajador. (ENTREGA



O LA D

OBLIGATORIA)

Presentar una copia del certificado de "la póliza de seguro contra accidentes" (vigente) de cada trabajador por un monto mínimo de 10.000 $us. (En caso de ser extranjero y no contar con un póliza de seguro nacional, deberá contar con una póliza con cobertura internacional), este monto podrá ser mayor previa definición entre el personal de seguridad de la operación, el responsable de la contratación del servicio. (ENTREGA



TR

OBLIGATORIA)

ESTE PUNTO SOLO APLICA SI SE TRABAJA EN ALTURA (> a 1,80 metros) O TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS. Presentar una copia de los certificados médicos (membretado

N

por el Colegio Médico) de aptitud física de cada uno de los trabajadores (además debe presentar un examen de equilibrio/vértigo para realizar trabajos en altura y en caso de

Nota:

Los

exámenes

C



O

realizar trabajos en espacios confinados debe presentar un examen de claustrofobia). especiales

como

ser

“Equilibrio/Vértigo”

o

“Claustrofobia”, deberán ser realizados en los centros de salud aprobados por EMBOL S.A.

ESTE PUNTO SOLO APLICA SI SE PRESENTARÁN SERVICIOS DE INTERVENCIÓN O

O



N

IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS ELÉCTRICOS, si el prestador de servicio realizara servicios de instalación, mantenimiento e inspección o prueba de sistemas eléctricos debe presentar certificados de competencia "estudios a nivel técnico medio, superior o

A

licenciatura que avalen su conocimiento". Este requisito aplica siempre y cuando exista

PI

autorización por parte de EMBOL S.A. de que estas personas puedan realizar este tipo de trabajo.

C

O



ESTE PUNTO SOLO APLICA SI SE PRESENTARAN SERVICIOS DE TRABAJOS CON SOLDADURA, el prestador de servicio queda en la obligación de presentar certificados de competencia del/los soldador/es según el trabajo en caliente (soldadura) a desarrollar, (en estructuras sometidas a carga, tuberías y/o recipientes a presión) Nota: El personal que realice punteo de soldadura para actividades como ser de alineado, estructuras livianas no sometidas a carga, no requiere el certificado de

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competencias (si debe presentar entrenamiento en “Seguridad para trabajo en caliente” y “Trabajo con soldadura”. ESTE PUNTO SOLO APLICA SI SE PRESENTARAN SERVICIOS DE CAMBIO, MANEJO, CARGA DE

A



REFRIGERANTES el prestador de servicio queda en la obligación de presentar certificados

O LA D

de competencia (estudios que avalen su competencia como técnico en refrigeración), sin el respaldo no se autorizará este tipo de servicios.



EN CASO QUE EL PRESTADOR DE SERVICIO REALICE SERVICIOS RELACIONADOS AL CAMBIO, MANEJO, CARGA DE REFRIGERANTES deberá solicitar al responsable de Medio Ambiente los requisitos para habilitar en requerimientos ambientales.



ESTE PUNTO SOLO APLICA SI SE PRESENTARAN SERVICIOS DE MONITOREOS DE HIGIENE

TR

INDUSTRIAL el prestador de servicio queda en la obligación de presentar lo siguiente:

1.- Estar registrado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social en el Registro Nacional de Profesionales y Técnicos en Higiene, Seguridad Ocupacional y Medicina del

N

Trabajo con categoría A.

2.- Tener capacitación/entrenamiento en medición y evaluación de monitoreos de atmosféricos etc.)

O

higiene industrial (ruido, iluminación, vibraciones, carga térmica, contaminantes (demostrando al menos 10 horas efectivas).



C

3.-Conocimiento en la instrumentación de los equipos utilizados. Presentación del Análisis de Riesgos para prestadores de servicios tipo (E), y presentación

O

de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos para prestadores de servicios tipo (I) de todas sus actividades a realizar, las mismas que deberán ser aprobadas por el

N

personal de seguridad de EMBOL S.A. Tanto el análisis de riesgos como la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos aprobada deberán permanecer en el lugar de

A

trabajo durante su permanencia en EMBOL S.A. Nota: Todas las tareas rutinarias desarrolladas por prestadores de servicios tipo E,

PI

deberán presentar la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos.

C

O





Presentación de Procedimientos Operacionales generadas denle conformidad a lo definido dentro de los controles del análisis de riesgos o de la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos que describan los controles de seguridad para las tareas a realizar

(trabajos en altura, confinado, caliente, eléctricos, otros). Pasar por una inducción para prestadores de servicio. (Esta inducción debe ser coordinada previamente para definir fechas y horarios, en caso de prestador de servicio

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que lleguen del extranjero, será realizada a su llegada a la empresa). (ENTREGA OBLIGATORIA). Firmar el documento BO-SG-F-03.12 que acredita la Recepción y Aceptación de la

A



Normativa de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Seguridad Alimentaria



O LA D

para prestador de servicio (ENTREGA OBLIGATORIA).

Firmar el documento BO-SG-F-03.13 que acredita la Comunicación de Riesgos Potenciales en el Desarrollo de las Actividades del Servicio Solicitado (el prestador de servicio debe marcar con (x) los riesgos a los cuales considera que su personal está expuesto por el tipo de trabajo o servicio que realizan). (ENTREGA OBLIGATORIA).



Firmar el documento BO-SG-F-03.14 que acredita la Comunicación de Uso de Materiales

TR

Peligrosos, (el prestador de servicio debe describir los materiales peligrosos (estado sólido, líquido o gaseoso), que vaya a ingresar a las instalaciones de EMBOL S.A., o "No Aplica" en el caso que no ingrese materiales, y firmar). (ENTREGA OBLIGATORIA)

N

b) Todo el personal del prestador de servicio debe estar identificado, mediante uniforme con

O

logotipo de la empresa.

c) El trabajo de menores de 18 años, no está permitido.

C

d) Antes del inicio de cualquier actividad relacionada con su contrato u orden de servicio, el prestador de servicio debe solicitar la emisión de un Permiso ASMT (Análisis de Seguridad y

O

Medioambiente en el Trabajo), ejecutado por el fiscal de seguridad del prestador de servicios en coordinación con el personal de seguridad de EMBOL.

N

e) No está permitido el uso de cámaras fotográficas/filmadoras, a menos que sea necesario y esté

f)

A

autorizado.

No está permitido el ingreso de cualquier tipo de arma a la empresa, fuegos artificiales,

PI

explosivos, mascotas.

g) Queda totalmente prohibido el ingreso de personal en estado de embriaguez así como el

O

consumo de bebidas alcohólicas, drogas, coca y cigarrillo en EMBOL. La empresa se reserva el

C

derecho de quitar o retirar cualquier empleado del prestador de servicio que se identifique que esté bajo la influencia del alcohol o crea que esté bajo influencias de drogas. Será responsabilidad del prestador de servicio hacer cumplir esta norma.

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h) Ningún trabajador de la empresa prestadora de servicios, podrá trabajar más de12 horas. En caso de requerir el desarrollo de actividades superando las 12 horas de trabajo, la empresa

i)

A

prestadora de servicio deberá asegurar la presencia de dos o más grupos de relevo. Ninguno de los vehículos del prestador de servicio permanecerán dentro de las instalaciones de

O LA D

la planta, a excepción de que se tenga que realizar descarga de herramientas o equipos y los vehículos deben cumplir con las exigencias para ingreso e inspección a la salida de planta. j)

Cada vez que el prestador de servicios requiera ingresar a las instalaciones un equipo eléctrico, herramientas o materiales de su propiedad, deberá presentar en portería el listado de todos los elementos, los cuales deberán ser inspeccionados y etiquetados (con tarjeta de aprobación) por el personal de seguridad de EMBOL S.A., en caso de reprobar alguno de los elementos estos no

TR

podrán introducir a las instalaciones.

k) Todo tablero eléctrico móvil deberá, contar con la aprobación del personal de eléctrico de

l)

N

EMBOL S.A., caso contrario dicho tablero no podrá ser introducido a las instalaciones. Para la salida de cualquier equipo eléctrico, herramienta o material que sea de propiedad de

O

EMBOL S.A., el prestador de servicio deberá solicitar un permiso escrito por el responsable

C

solicitante del servicio y presentar en portería.

m) Los empleados del prestador de servicio deben permanecer en las áreas asignadas para el

O

trabajo y no ingresarán a otras áreas o hacer cualquier trabajo no autorizado. La planta mantiene áreas de trabajo con acceso restringido, no podrán ingresar a dichas áreas a menos que se les

N

haya otorgado el permiso para realizar algún trabajo en dicha área. n) Está prohibido:

Activar u operar equipos/maquinarias de EMBOL S.A. sin previa autorización.



Acercarse a partes en movimiento de equipos o maquinarias que generen riesgo de

PI

A



atrapamiento (a no ser que cuenten con autorización y se establezcan las medidas de

O

control del riesgo). Exponerse u ocasionar riesgo de derrumbamiento de cajas paletizadas en las áreas de



Tocar o manipular materiales peligrosos, cables/equipos existentes en la planta (a no ser

C



almacenamiento.

que cuenten con autorización y se establezcan las medidas de control del riesgo).

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Caminar fuera de las vías de circulación peatonal (a no ser que exista autorización), por existir el riesgo de atropellamiento. Que durante recesos o descansos en la actividad el personal prestador de servicios ocupe

A



espacios que no fueron autorizados por el responsable solicitante del servicio para los



O LA D

mismos, menos aún si estos espacios no reúnen las condiciones de seguridad requeridas.

Consumir producto (bebidas gaseosas) o algún alimento en el puesto de trabajo sin autorización.



EL desplazamiento o permanencia de parte del personal prestador de servicios sin el uso de ropa de trabajo y EPP según los riesgos presentes.

TR

o) Cualquier actividad que se deba realizar en horario fuera de los de trabajo deberá ser comunicado mínimo con 24 horas de anticipación y tener una autorización del responsable solicitante del servicio.

N

p) Los incidentes (personales y ambientales) que ocurren en la planta se deben comunicar

O

inmediatamente al supervisor del área y al responsable solicitante del servicio donde se realiza el trabajo (incluyendo atenciones de primeros auxilios).

r)

C

q) Participar en la investigación de incidentes en coordinación con EMBOL S.A. El prestador de servicio debe traer todo el material necesario para delimitar el área de trabajo,

El prestador de servicios, deberá presentar al personal de seguridad de EMBOL S.A., los registros

N

s)

O

como ser conos, cintas o mallas de delimitación.

de entrenamiento de su personal a cargo en temas de seguridad requeridos por EMBOL S.A.,

A

según las actividades a desarrollar, por ejemplo (EPP, uso de extintores, uso de herramientas manuales y/o eléctricas u otros). REQUISITOS ESPECÍFICOS DE SEGURIDAD

PI

III.

O

3.1 EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL ACLARACIÓN: SOLO APLICAN LOS PUNTOS QUE CORRESPONDAN A LA ACTIVIDAD DEL PRESTADOR

C

DE SERVICIO La empresa prestadora de servicios, está obligada a dotar a su personal de todos los EPP’s necesarios, de verificar que estos se mantengan en buen estado y de realizar las reposiciones correspondientes, además de hacer seguimiento continuo al uso de estos.

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a) Todo el personal prestador de servicio deberá contar con: Casco de seguridad, debe ser Clase B con certificación ANSI Z89.



Ropa de trabajo en colores distintivos, con cintas reflectivas y con el logo de la empresa,

A



O LA D

en buenas condiciones (sin rasgaduras, etc.). El material de la misma deberá ser acorde a los riesgos presentes según las actividades a desarrollar.



Botines de Seguridad con punta de acero con certificación ASTM-F 2413. Cuando exista una autorización para trabajos eléctricos el prestador de servicio deberá contar con botines dieléctricos los mismos deben cumplir certificación ASTM– F 2412.



Botas de goma con punta de acero con certificación ASTM– F 2413, para trabajos que



TR

impliquen el uso de agua, o presencia de humedad por el trabajo que se realice.

Guantes de trabajo, el tipo de guante dependerá del tipo de trabajo o material que se

N

vaya manipular (anti corte grado 2 como mínimo certificación EN 388 o similares). Gafas de seguridad, con certificación ANSI Z87.1



Protectores auditivos, con certificación ANSI S3.19 o CE.



Ropa para agua: impermeable.

C

O



b) En función a los riesgos de la actividad, el prestador de servicio dotará a su personal los equipos

Protectores respiratorios, cuando se expongan a polvos, gases tóxicos, partículas en

N



O

de protección necesarios, especificados en los puntos siguientes.

suspensión, otros o cuando las condiciones lo requieran. El protector respiratorio debe cumplir con certificación NIOSH. Las máscaras reutilizables de media cara o cara

A

completa debe ser aprobada por personal de seguridad de EMBOL S.A.

Guantes de neopreno o nitrilo, para materiales peligrosos con certificación EN 388 / EN

PI



374 o similares. Guantes dieléctricos, con certificación ASTM D-120.



Arneses, cintas expansoras, conectores de anclaje, retractiles u otros para trabajos en

C

O



altura con certificación ANSI Z359.1.



Protectores faciales, antiparras con certificación ANSI Z87.1, cuando exista riesgo de daños a ojos o rostro.

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Delantal de PVC, cuando manipule sustancias químicas.

c) Los EPP’s deben estar en buen estado de conservación y aptos para su uso, de encontrarse EPP

A

defectuosos o no aptos para el uso deben ser retirados de las instalaciones de la empresa en

O LA D

forma inmediata. d) Entrenamiento en el uso de los EPP.

e) Almacenar y mantener los EPP de formas apropiadas y limpias.

TR

3.2 ORDEN, LIMPIEZA Y SEÑALIZACIÓN

a) El prestador de servicio deberá limitar con conos, cintas visibles o mallas (según aplique) su área de trabajo, según los riesgos generados durante la actividad. Para lo cual deberá contar con

N

estos elementos.

basurero y material de limpieza.

O

b) Mantener permanentemente el área de trabajo limpia y ordenada. Contar con su propio

C

c) Disponer los residuos en el contenedor que aplique de acuerdo a normativa interna de EMBOL.

O

d) Según el tipo de riesgo, el prestador de servicio deberá señalizar el área y/o materiales de trabajo. e) Está prohibido el consumo de alimentos en los lugares de trabajo. Para este propósito podrán

N

utilizar el comedor.

A

3.3 SEGURIDAD EN MAQUINARIAS Y HERRAMIENTAS

PI

ACLARACIÓN: SOLO APLICAN LOS PUNTOS QUE CORRESPONDAN A LA ACTIVIDAD DEL PRESTADOR DE SERVICIO

O

a) Para cualquier situación en la que pueda estar en peligro la calidad o inocuidad de nuestros

C

productos o materias primas (perforar, soldar, o cualquier trabajo que cree fragmentos, virutas o la suciedad del metal adentro de las áreas de lo equipos de fabricación) deberá comunicar a personal de Aseguramiento de Calidad, al empezar y finalizar el trabajo.

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b) Los equipos y maquinarias provistas por el prestador de servicio contarán con resguardos o barreras de seguridad para engranajes, poleas y partes en movimiento que presenten riesgos de

A

atrapamiento. c) Los equipos y maquinarias eléctricas contarán con interruptores de encendido/apagado y la

O LA D

protección respectiva. Podrá contar también con botonera de parada de emergencia.

d) El prestador de servicio dotará a su personal herramientas apropiadas según el tipo de trabajo. e) Se evitará el uso de herramientas improvisadas, toda herramienta defectuosa deberá ser retirada inmediatamente de las instalaciones. f)

Las herramientas se almacenarán preservando su conservación (en cajas, tableros, bolsas, etc.).

TR

g) Las herramientas con partes filosas o punzantes contarán con vainas o protectores respectivos (en tanto, representen riesgo de cortes accidentales).

N

h) Herramientas eléctricas contarán con cables, enchufes y botones en buenas condiciones de uso, toda clavija de herramienta eléctrica deberá contar con aterramiento. Al finalizar la jornada de trabajo debe dejar todo su material ordenado y en el lugar asignado

O

i)

j)

C

por el responsable solicitante del servicio.

Está prohibido utilizar maquinarias y herramientas de EMBOL S.A., sin previa autorización.

O

k) Queda prohibido dejar enchufado toda toma de corriente o conexión de los equipos que se deje dentro de las instalaciones de EMBOL S.A. Se deberán mantener registros de las inspecciones y mantenimientos de todos los equipos y

N

l)

herramientas usadas durante los trabajos en el interior de la planta, dichos registros deberán tener

PI

A

una frecuencia de revisión mínima mensual.

3.4 SEGURIDAD ELÉCTRICA

O

ACLARACIÓN: SOLO APLICAN LOS PUNTOS QUE CORRESPONDAN A LA ACTIVIDAD DEL PRESTADOR DE

C

SERVICIO

a) Partes energizadas y expuestas de equipos y herramientas deberán contar con resguardos o barreras de protección.

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b) Tomas de corriente, interruptores y enchufes deberán estar en buenas condiciones de uso (las tomas deben contar con clavijas y las clavijas deberán contar con aterramiento).

A

c) Extensores de corriente, lámparas portátiles, enchufes múltiples, etc. estarán en buenas condiciones de uso (no pueden tener empalmes con cintas aislantes, si tienen deben ser

O LA D

únicamente con cinta vulcanizante, o en todo caso no tener, y ningún sector del cable tendrá

áreas no recubiertas) y evitando su exposición directa al agua o su colocación improvisada en vías de circulación/trabajo.

d) En caso de trabajar en atmósferas con vapores inflamables o polvos explosivos se utilizarán sistemas eléctricos antiexplosivos.

TR

e) Al realizar trabajos eléctricos en zonas húmedas deberá verificarse previamente el aislamiento de los equipos y cables eléctricos. El sistema eléctrico deberá contar con protección termo magnética.

Conexiones improvisadas y sin protección están prohibidos.

N

f)

O

g) En caso de uso de máquinas de soldar, esta debe contar con las pinzas completas incluyendo la de tierra y debe alimentarse de las tomas industriales definidas en planta, caso contrario el

C

equipo deberá contar con varilla de aterramiento. 3.5. SEGURIDAD PARA EL TRABAJO EN ESPACIOS CONFINADOS

O

ACLARACIÓN: SOLO APLICAN LOS PUNTOS QUE CORRESPONDAN A LA ACTIVIDAD DEL PRESTADOR DE

N

SERVICIO

a) Se entiende por Espacios Confinados: Tanques, Lavadoras, u otros espacios cerrados, en los que

A

pueda ingresar una persona y puedan existir atmósferas peligrosas u otros tipos de riesgos. b) Todos los prestadores de servicio que realicen trabajos en espacios confinados deberán solicitar

PI

un permiso de trabajo antes de empezar el mismo y cumplir con los requerimientos establecidos. Este permiso deberá ser emitido por el personal de seguridad de la empresa prestadora de

O

servicios y autorizado por personal de seguridad de EMBOL S.A., antes del ingreso.

C

c) Todos los prestadores de servicio deberán contar con los equipos de seguridad y protección para ingresar a un espacio confinado, guardarlos y mantenerlos (detector multigases, equipo para ventilación forzada, escalera para acceso, u otros según se requiera).

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d) En caso de la entrada a un espacio confinado, el prestador de servicio deberá contar con un equipo de rescate.

A

e) Todos los prestadores de servicio que ingresen a un espacio confinado, deberán contar con una persona que realice la supervisión de entrada y seguimiento (vigía), esta persona deberá

O LA D

permanecer en el acceso durante toda la duración de la actividad, la misma que debe contar con entrenamiento de seguridad en espacios confinados. 3.6 SEGURIDAD PARA TRABAJOS EN ALTURA

ACLARACIÓN: SOLO APLICAN LOS PUNTOS QUE CORRESPONDAN A LA ACTIVIDAD DEL PRESTADOR DE SERVICIO

TR

a) Los trabajos que se realicen en alturas superiores a los 1,80 metros, son considerados Trabajos en Altura. El personal que realice trabajos en altura deberá estar en buen estado de salud y tener entrenamiento para trabajo en altura.

N

b) Todos los prestadores de servicio que realicen trabajos en altura deberán solicitar un permiso de

O

trabajo antes de empezar el mismo y cumplir con los requerimientos establecidos. Este permiso deberá ser emitido por el fiscal de seguridad de la empresa prestadora de servicios y liberado

C

por el personal de seguridad de EMBOL S.A.

c) Según aplique, para realizar trabajos en altura se utilizarán arneses, líneas de posicionamiento,

O

cintas expansoras, conectores de anclaje u otros (equipos que deben contar con certificación). Para trabajos en altura el uso de casco y barbiquejo es obligatorio.

N

d) El arnés que ingrese el prestador de servicio deberá cumplir con normativa ANSI Z359.1, el arnés deberá ser de cuerpo completo, el cabo deberá tener un amortiguador de caídas, no superar

A

los 1.30 y deberá ser tipo “Y” (doble cabo), y los mosquetones deberán ser de 55 mm, el prestador

PI

de servicio deberá contar con conectores de anclaje, eslingas, (no podrá usar los cabos como conectores) o retractiles (que deberán contar con amortiguador) según la necesidad que se defina en el momento. Los dispositivos de seguridad mencionados deben ser certificados con

O

ANSI Z359.1

C

e) Según aplique, se instalarán líneas de vida horizontal o vertical haciendo uso de cables acerados

f)

en buen estado, previa validación por el personal de seguridad de EMBOL S.A. Para trabajo en alturas sobre la carrocería de camiones, solo se podrá realizar el trabajo con el uso de dispositivos de seguridad contra caídas (arneses de seguridad, línea de vida u otros), caso

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contrario, la actividad sobre el camión no deberá ejecutarse. Hacer uso de escaleras u otros elementos de seguridad para proceder con el trabajo de forma lateral.

A

g) No se realizarán trabajos en altura cuando la velocidad del viento sea >= 30 Km/h, en operación

con izaje o trabajos operativos con personal expuesto sin resguardo de protección contra caídas

O LA D

(ej. Embarandado) y cuando haya precipitaciones u otra condición climática adversa que pongan en peligro al personal.

h) No se realizaran trabajos en altura cuando la velocidad del viento sea >= 50 Km/h, en trabajos operativos con personal expuesto aún con resguardos de seguridad de protección contra caídas y cuando haya precipitaciones u otra condición climática adversa que pongan en peligro al

i)

TR

personal.

En caso que el trabajo en altura tenga que realizarse en un espacio donde exista la presencia de una línea de alta tensión, se deberá mantener una distancia mínima de seguridad de 7 metros

N

entre la línea y el punto de trabajo, para el caso de trabajos próximos a una línea de media tensión se deberá mantener un distancia mínima de seguridad de 3 metros entre la línea y el

C

3.6.1

O

punto de trabajo.

Seguridad en el uso de plataformas, andamios y escaleras portátiles

O

a) Todas las escaleras que pertenecen al prestador de servicio deben estar etiquetadas con el nombre de la empresa prestadora de servicio y con el rotulo de aprobación por parte del

I.

N

personal de seguridad de EMBOL S.A. Se utilizarán escaleras Tipo I (capacidad de 113 Kg) o IA industrial (capacidad de 137 kg)

A

y deben cumplir con el estándar de certificación ANSI A14.2 (metálicas) o ANSI A14.5 (fibra

PI

de vidrio), según los riesgos presentes.

II.

Al utilizar la escalera: aplicar pendiente 4 a 1; asegurar a un punto fijo la parte superior o

O

media de la escalera (en caso de no ser posible una segunda persona sujetará

C

permanentemente la escalera); instalar la escalera de forma estable y las zapatas firmemente colocadas y en superficie horizontal; para acceso a una superficie elevada (plataforma, techo, etc.), la escalera deberá sobrepasar en 1 metros el nivel de dicha superficie. III. Previo al uso de escaleras se deberá inspeccionar su buen estado y limpieza.

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IV. Las escaleras no deben ser recubiertas con pintura u otro material que dificulte ver la presencia de fisuras o daños en la misma. Escalera que se encuentre en mal estado no debe

A

usarse y debe ser retirada de las instalaciones de forma inmediata. V. Al trabajar sobre escaleras portátiles, según el tipo de actividad y riesgo presente, deberá

O LA D

hacer uso de algunos elementos de protección contra caídas, como ser: arnés de seguridad, línea de posicionamiento, retráctil, casco con barbiquejo u otros que se requieran. VI. No se permite el uso de escaleras de madera. b) Los andamios a utilizar puede ser modular o tubular.

c) Los andamios y plataformas se armarán y utilizarán considerando los siguientes aspectos:

TR

I. Largueros diagonales, patas, cuerpos laterales, baranda frontal, roda pies y plataformas instalados firmemente. Las partes del andamio (largueros diagonales, patas, cuerpos laterales, baranda frontal, roda pies o plataformas) no deben estar con elementos no

N

propios del equipo, tales como alambres sogas, etc. Las plataformas deben ser metálicas y

O

estar aseguradas a la estructura del andamio, con sujeción propia de la plataforma. II. Todo módulo donde se ejecute la actividad, debe mantener una superficie con

C

plataformas completas.

III. Los andamios deben tener patas regulables, de ser andamios móviles, las ruedas deben

O

contar con sistema de freno.

N

IV. Solo se podrá armar hasta 3 módulos de andamio en caso de usar sistema de ruedas en las patas.

A

V. Se debe tener módulos de medio cuerpo, para situaciones donde las condiciones de

PI

trabajo así lo requiera.

VI. Los andamios deben tener escaleras de acceso interna o externa, está prohibido acceder

C

O

a las plataformas usando los cuerpos laterales (que no cuentan con escalera), baranda frontal o largueros diagonales.

VII. El módulo de trabajo debe contar con rodapiés de 15 cm de alto alrededor de toda la plataforma de trabajo.

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VIII. Todo cuerpo de andamos, debe mantener estabilidad haciendo uso de los pies de amigo, en caso de no contar con el mismo, el cuerpo del andamio deberá estar asegurado a una

A

estructura fija, como ser: una columna, una pared, un tubo, u otros.

buen estado (estabilidad, otros). X. No se deberán sobrecargar los andamios.

O LA D

IX. Cada jornada antes de su uso deberán ser inspeccionados visualmente para verificar su

XI. Solo se podrá realizar el movimiento del andamio, bajo las siguientes condiciones: No exista ningún material o persona sobre el mismo



Cuente con sistema de ruedas



Solo si cuenta con un módulo armado (sin sistema de ruedas)

TR



XII. No se permite el uso de ladrillos, fragmentos de madera u otro material en la base para la

N

estabilización del andamio.

O

XIII. No se permiten andamios de madera.

XIV. Al trabajar sobre andamios, según la evaluación de riesgos, se utilizarán arneses, líneas de

C

posicionamiento, retractiles u otros.

XV. El área alrededor de los andamios y escaleras deberá ser delimitada o señalizada con

O

conos o cintas.

N

XVI. Los andamios deberán contar con un certificado de capacidad de carga máxima aprobado por un ingeniero competente local (ingeniero mecánico con registro en la sociedad de ingenieros de Bolivia – SIB) o internacional, y deberán tener en la estructura

A

alguna etiqueta que haga referencia a la misma.

PI

XVII. Las plataformas elevadoras (tijera, telescópica u otra) deben contar con certificación certificación vigente que avale sus aptitudes como operador de plataformas elevadoras.

C

O

vigente, de igual manera el personal encargado de operar el equipo debe presentar su

3.7 SEGURIDAD PARA TRABAJOS EN CALIENTE ACLARATORIA: SOLO APLICA SI EL PRESTADOR DE SERVICIO REALIZA TRABAJOS EN CALIENTE

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a) Son Trabajos en Caliente las operaciones de soldadura, amolado, esmerilado u otros que generen chispas o fuego.

A

b) Todos los prestadores de servicio que realicen trabajos en caliente deberán solicitar un permiso de trabajo antes de empezar el mismo y cumplir con los requerimientos establecidos. Este permiso

O LA D

deberá ser emitido por el fiscal de seguridad de la empresa de servicios y cuando la actividad se desarrolle en zonas denominadas de alto riesgo para trabajos en caliente, el permiso de trabajo debe ser liberado por el personal de seguridad de EMBOL S.A.

c) Para el trabajo en caliente se considerarán las siguientes recomendaciones: I.

Materiales inflamables y combustibles se mantendrán alejados o aislados, en un radio de al

TR

menos 11 metros de separación, en zonas clasificadas como riesgos medio de incendio y 15 metros para zonas de alto riesgo de incendio. II.

Contar con extintor propio en cada posición de trabajo, los mismos que deberán

N

permanecer próximos del sitio de trabajo, cada extintor deberá ser de una capacidad no evaluación de riesgos).

O

menor a los 8 Kilogramos (el tipo del agente extinguidor ABC o BC será definido según la

C

d) Para operaciones de soldadura oxiacetilénica deberán existir las siguientes condiciones de seguridad:

Botellones firmemente sujetos con cadena de acero en el carro porta cilindro, o con

O

I.

cuerda (resistente) en paredes o estructuras. Los Botellones serán trasladados en posición vertical y en carro porta cilindro, sujetados.

N

II.

Para desplazamiento de los cilindros en no más de 3 metros, podrán realizar el movimiento

A

de los mismos girando sobre su misma base de forma vertical. Botellones señalizados (ver punto 3.9), los botellones que no estén en uso deben estar

PI

III.

identificados como lleno o vacío y con capuchones de protección.

O

IV. Mangueras, válvulas y abrazaderas en buen estado.

C

V.

EPP’s de soldador (mascara para soldar, casco, guantes de vaqueta, coleto de cuero y protector respiratorio con certificación NIOSH según los riesgos de exposición).

VI. EPP’s para ayudante (gafas oscuras, casco, guantes de vaqueta, coleto de cuero y protector respiratorio con certificación NIOSH según los riesgos de exposición).

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VII.

Para operaciones de soldadura de arco deberán existir las siguientes condiciones de seguridad: Transformadores debidamente protegidos.

IX.

Cables de alimentación y enchufes en buenas condiciones con puesta a tierra.

X.

Cables para soldadura, equipos y pinzas en buen estado (cables sin empalmes o con

O LA D

A

VIII.

empalmes con cinta vulcanizante). Está prohibido conectarse a la alimentación de corriente sin la presencia de enchufes (clavijas). XI.

La pinza debe contar con el aislante correspondiente en buenas condiciones.

XII.

EPP’s necesarios para soldador: casco (si aplica por el riesgo), guantes de soldador, coleto

TR

de cuero, máscara de soldar, polainas y protector respiratorio con certificación NIOSH según los riesgos de exposición.

EPP’s necesarios para ayudante: casco (si aplica por el riesgo), guantes de vaqueta,

N

XIII.

coleto de cuero, protector facial, gafas oscuras, polainas y protector respiratorio con

XIV.

O

certificación NIOSH según los riesgos de exposición. Para operaciones de amolado, esmerilado y otras deberán existir las siguientes

C

condiciones de seguridad:

O

d) Cables de alimentación en buen estado (no genere ningún riesgo) y con puesta a tierra. e) Discos y muelas en buen estado y según características del fabricante. Todo equipo debe contar con resguardo o barrera de protección.

N

f)

g) EPP’s necesarios para amolador y ayudante: casco (si aplica por el riesgo), protector auditivo,

A

guantes de vaqueta, delantal de cuero, polaina de cuero, protector facial adosable.

PI

h) Toda persona que se encuentre alrededor del trabajo de amolado, esmeril u otro debe utilizar protección auditiva y mantenerse en el lado opuesto de la dirección de proyección de chispa.

O

3.8 BLOQUEO Y ETIQUETADO DE SEGURIDAD

C

ACLARACIÓN: SOLO APLICAN LOS PUNTOS QUE CORRESPONDAN A LA ACTIVIDAD DEL PRESTADOR DE SERVICIO a) El bloqueo y etiquetado consiste en colocar un dispositivo con candado y/o tarjeta en los interruptores, controles, térmicos, válvulas, botoneras u otros, para evitar que los equipos o

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sistemas desconectados o des energizados que están en revisión, mantenimiento, limpieza o fuera de servicio sean activados accidentalmente y puedan ocasionar daños.

A

b) Para los trabajos de mantenimiento, limpieza, reparación de equipos eléctricos, maquinarias, sistemas presurizados (tuberías), tanques u otros el prestador de servicio debe solicitar permiso de

O LA D

trabajo LOTO y aplicar bloqueo y/o etiquetado de seguridad.

c) Para equipos propios, el prestador de servicio debe utilizar sus propios dispositivos de bloqueo y etiquetado. La etiqueta debe llevar el nombre del prestador de servicio, un número de teléfono de referencia y el nombre de la persona responsable del bloqueo y etiquetado.

d) En caso de que el responsable de bloqueo y etiquetado, se ausente de las instalaciones y no

TR

retire el dispositivo de bloqueo y etiquetado, deberá designar a otro responsable a cargo de la actividad.

e) En caso de bloquear y/o etiquetar equipos de EMBOL S.A., esta acción sólo podrá ser ejecutada

N

por personal de mantenimiento, para lo cual el prestador de servicio debe solicitar ayuda y

f)

O

autorización al dueño del proceso del área donde se requiera realizar bloqueo y/o etiquetado. Para el retiro del bloqueo y/o etiquetado debe coordinar las actividades con el personal de

C

mantenimiento de EMBOL S.A.

3.9 SEGURIDAD PARA EL MANEJO DE MATERIALES PELIGROSOS

O

a) Los envases de materiales o sustancias peligrosas deben contar con rótulos que indiquen su contenido y también deben contar con etiquetas de seguridad (se deberá aplicar la norma

N

NFPA 704 y/o SGA (sistema globalmente armonizado) según corresponda, para su ingreso y durante su permanencia en las instalaciones).

A

b) Envases de manipulación y almacenamiento deben estar en buenas condiciones de uso.

PI

c) MSDS (hojas de seguridad) de cada material peligroso deben estar disponibles en español en el sitio de uso de los materiales y/o lugar de almacenamiento.

O

d) Los materiales peligrosos se deben transportar y almacenar cumpliendo los criterios de

C

compatibilidad definidos en la MSDS o el SGA.

e) Los Líquidos Peligrosos deben almacenarse con contendores secundarios (bandejas de contención, la misma deberá tener la capacidad de contención del 110% del envase más grande a colocar dentro de esta).

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f)

En los sitios de almacenamiento de materiales peligrosos deben contar con kit de derrames acorde a la sustancia a ser utilizada, los cuales deberán ser provistos por los prestadores de

A

servicio. g) Todos los líquidos inflamables ingresados a las instalaciones deberán ser consumidos durante la

O LA D

jornada de trabajo, caso contrario deberán ser retirados por los prestadores de servicio al final de la jornada y ser re ingresados al día siguiente en caso que exista necesidad de continuar su uso y además deberán contar con rótulos de identificación (nombre, peligro) que indiquen su contenido. El prestador de servicio no está autorizado para dejar almacenados líquidos inflamables dentro las instalaciones de EMBOL S.A., a menos que exista una autorización por el líquidos inflamables.

TR

responsable de la solicitud del servicio y se cumplan las condiciones para el almacenamiento de

h) Todo líquido inflamable, deberá ser transportado y/o almacenado (en la jornada) en recipientes

i)

N

metálicos aptos para su almacenamiento.

Se debe contar con extintores necesarios (capacidad y tipo según evaluación de riesgos) para

O

cubrir las áreas de almacenamiento de materiales peligrosos y áreas de trabajo con materiales

j)

C

peligrosos inflamables.

Según se requiera, para la manipulación de materiales peligrosos se deben utilizar guantes de nitrilo o neopreno, antiparras, protectores faciales, protectores respiratorios bajo norma NIOSH,

O

delantales de PVC u otros (ver 3.1). El personal debe estar entrenado en su forma de uso.

N

k) Está prohibido el uso de cualquier material que contengan Asbestos (MCA), tanto como material de construcción o material auxiliar de apoyo en su trabajo. Está prohibido el uso de envases de productos de The Coca Cola Company para almacenar o

A

l)

PI

transportar materiales peligrosos. 3.10 INCENDIOS

O

ACLARACIÓN: SOLO APLICAN LOS PUNTOS QUE CORRESPONDAN A LA ACTIVIDAD DEL PRESTADOR DE SERVICIO

C

a) Todas las aéreas donde el prestador de servicio realice un trabajo que genere el riesgo de incendio (por ejemplo al manipular o almacenar materiales combustibles/inflamables, al realizar trabajos en caliente u otros), deberá contar con extintores propios del prestador de servicios >=8 kg según la evaluación de riesgos,

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b) Los extintores, BIE (bocas de incendio equipadas), vías de evacuación y las puertas de salida de emergencia de EMBOL S.A., así como los propios del prestador de servicio no deben ser

A

bloqueadas con los materiales o herramientas. c) Los extintores propios de los prestadores de servicios deben estar claramente señalizados y con

O LA D

instrucciones básicas de uso, el personal deberá tener conocimiento básico del uso de los extintores.

d) Los extintores deben ser inspeccionados antes de iniciar el trabajo para asegurar su aptitud y eficacia.

e) Los prestadores de servicios, deben presentar mensualmente, los registros de inspección de sus

TR

extintores, y los certificados de prueba hidrostática cuando así se requiera. f)

Como regla general se debe evitar el almacenamiento de combustibles (maderas, papeles, cartones, etc.) cerca a fuentes de calor, según el nivel de riesgo.

N

g) Se debe evitar la acumulación de residuos y materiales combustibles en las áreas de trabajo.

O

h) La manipulación de sustancias inflamables debe ser realizada a una distancia mínima de 7.5 metros de potenciales fuentes de calor.

Todo prestador de servicio debe solicitar una autorización del responsable de la contratación del

C

i)

servicio y al responsable de medio ambiente de EMBOL S.A., para ingresar cantidades mayores

O

a 20 litros de sustancias inflamables o combustibles.

N

3.11 TRABAJOS SOBRE CARROCERÍAS DE CAMIONES, TRÁILERES O CARGAS (DENTRO DE LAS INSTALACIONES)

A

ACLARACIÓN: SOLO APLICA SI EL PRESTADOR DE SERVICIO REALIZA TRABAJOS SOBRE CARROCERÍAS DE

PI

CAMIONES

a) El personal que realice este tipo de trabajo deberá estar en buen estado de salud (sin mareos, malestares u otros que puedan agravar el riesgo de caída), deberá pasar por control del médico

O

de planta.

C

b) Al realizar trabajos sobre la carrocería o carga el personal del prestador de servicio debe: I.

Utilizar casco de seguridad con barbiquejo, gafas de seguridad (si aplica), ropa de trabajo, botines de seguridad, arnés de cuerpo completo. Estar sujetado a la línea de vida o punto de anclaje en la zona de trabajo.

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II.

En caso de no contar con líneas de vida o puntos de anclaje, no deberá subir sobre la carga. Para los casos de acceso sobre conteiner, deberá sujetarse en las orejeras

III.

A

superiores. Antes de subir o caminar en la carrocería, carga, etc., inspeccionar visualmente las rumas,

IV.

O LA D

cajas o cargas que puedan estar rotas, inestables o posibles a derrumbarse. Evitar pisarlas. Subir y bajar por los accesos de la carrocería, carga, etc., diseñados para tal propósito y manteniendo al menos tres puntos de apoyo/agarre (entre pies y manos). V.

Al caminar sobre las cajas, rumas o cargas existentes en la carrocería, carga, etc.:



Evitar pisar cajas o cargas que estén dañadas. No pisar objetos o botellas que estén

TR

inestables.

Caminar con las piernas ligeramente separadas para dar mayor estabilidad.



Haciendo uso de un arnés de cuerpo completo y un cabo de vida, siempre debe sujetarse de la línea de vida instalada.

N



Evitar acercarse a los bordes de la carrocería, carga, etc., con mayor riesgo de caída.



Tomar mayores precauciones cuando las cajas o cargas estén sueltas.



Prohibido caminar cuando el vehículo este en movimiento.

C

Durante la carga/descarga manual de cajas o cargas:

O

VI.

O



Pararse firmemente y con las piernas ligeramente separadas para dar mayor estabilidad.



Sujetar el cabo de vida firmemente en la línea de vida instalada el mismo actuará como

N



A

su punto de agarre. Flexionar las rodillas al manipular las cajas y mantener la espalda recta. Evitar doblar la

PI



espalda.

C

O



Tener precaución de que el peso de las cajas o cargas sujetadas por los brazos puedan

ocasionar la perdida de equilibrio y la potencial caída.



No realizar movimientos de cajas cuando el vehículo este en movimiento.



En caso de trabajo nocturno con ausencia de iluminación o cuando la superficie se encuentre mojada no se debe acceder a la superficie de la carrocería, carga, etc.

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c) Durante el colocado/retiro de materiales a la carrocería, haciendo de uso de montacargas, los

I.

Al realizar la apertura/cierre de compuerta de las carrocerías de los tráiler:

A

trabajadores deberán bajar de la carrocería o alejarse al menos un metro del lugar de operación.

El conductor o el chofer del camión será el principal responsable de esa actividad.



Evitar hacer caer o golpear la compuerta. No colocarse debajo de las compuertas

O LA D



mientras se realiza la operación.



Solicitar ayuda a los compañeros de trabajo. Pararse firmemente y entre dos personas abrir/cerrar lentamente haciendo uso de cadena o cuerdas de la compuertas inferior y de la misma forma proceder a bajar la compuerta inferior, durante toda esta actividad

TR

deberán usar guantes de vaqueta, casco de seguridad, chaleco con reflectante, ropa de trabajo y botines de seguridad.



En caso de compuertas de dos cuerpos (dos golpes), primero abrir los seguros de la parte

N

superior y con ayuda de otros compañeros, proceder a bajar lentamente la compuerta

O

superior haciendo uso de cuerdas y cadenas. Seguidamente abrir los seguros de la

C

compuerta inferior y de la misma forma proceder a bajar la compuerta inferior.

O

3.12 GRÚAS/LEVANTAMIENTO DE CARGAS

a) Todo vehículo industrial (grúa, retroexcavadora, montacargas u otro), deberá estar

N

debidamente certificado y presentar dicha documentación vigente al responsable solicitante del servicio y al personal de seguridad de EMBOL S.A. Dicha certificación deberá ser emitida por

A

una entidad certificadora.

b) La máxima capacidad de carga del equipo debe estar claramente señalizada y este se

PI

encuentre visible.

O

c) Los ganchos en los aparatos de elevación contarán con seguro o pestillo de seguridad.

C

d) Los accesorios de izaje (eslingas tipo faja, cable o cadena, estrobos, grilletes, etc.) deben presentar buenas condiciones para su uso y contarán con indicación de máxima capacidad de carga.

e) Los equipos de elevación podrán contar con algún dispositivo luminoso o acústico que advierta su operación. Documento - Normativa Fecha de Emisión: 10/04/2017

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f)

En caso de utilizar equipos de EMBOL S.A., el prestador de servicio cumplirá con los conceptos de seguridad de operación de éstos equipos y la autorización previa respectiva.

A

g) Está prohibido la improvisación de accesorios de izaje y uso de accesorios que no estén en

O LA D

condiciones de uso.

h) El operador y ayudantes deben contar con certificación vigente de aptitudes para la operación y uso de lenguaje de señas. La certificación debe ser realizada por una empresa acreditada para dicho fin. i)

El operador de vehículo industrial (grúa, retroexcavadora, montacargas u otro), deberá contar con la licencia de conducir categoría “T” vigente y la certificación correspondiente (inciso h). El prestador de servicios deberá generar el plan de izaje (según el análisis de riesgos del trabajo

TR

j)

a desarrollar, confirmada por el personal de seguridad de la operación) con 24 horas de anticipación a la ejecución de la actividad, la misma que deberá ser aprobada por el personal

N

de seguridad de EMBOL S.A.

O

3.13 VEHÍCULOS

ACLARACIÓN: SOLO APLICA SI EL PRESTADOR DE SERVICIO CUENTA CON UN VEHÍCULO QUE SEA

C

UTILIZADO PARA REALIZAR EL TRABAJO

O

a) Los vehículos en general contarán con: Cinturón de seguridad



Bocina y retrovisores



Llantas en buen estado



Luces y guiñadores operando



Buen estado de los tanques de combustible (sin fugas y con tapas originales)



Alarma de retroceso

C

O

PI

A

N





Llanta de auxilio, gatas, llaves y triángulo



Extintor



Botiquín



SOAT

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Inspección técnica vehicular

b) Materiales peligrosos se deben transportar bajo criterios de compatibilidad (definidos en la MSDS

A

y/o SGA).

vehículos de distinta capacidad. d) Los vehículos no deberán exceder los 15 km/h en planta.

O LA D

c) Solo conductores con licencia de conducir vigente y según la categoría podrán conducir

e) Dentro las instalación, cuando circulen los camiones y tráiler, los ayudantes o auxiliares no deberán estar sobre la carrocería. f)

Todo vehículo que ingrese a dejar material o deba estar momentáneamente en las instalaciones

3.14 SEGURIDAD PARA TRABAJOS DE EXCAVACIÓN

TR

debe parquear en reversa en la zona de parqueo autorizada por el solicitante del servicio.

N

a) Se considera trabajo de excavación a toda cavidad, zanja, abertura de tierra. b) Todo prestador de servicio que necesite realizar trabajo de excavación debe solicitar permiso de

O

trabajo antes de empezar, el cual debe ser emitido por el fiscal de seguridad de la empresa prestadora de servicios si el trabajo amerita la presencia del mismo, caso contrario será emitido

C

por el personal de seguridad de EMBOL S.A.

c) El prestador de servicios, deberá solicitar planos o información del área donde se va realizar la

O

excavación para determinar la existencia de líneas eléctricas enterradas, líneas de agua u otro. De no tener los planos o información necesaria se realizara el sondeo de excavación para

N

verificar la existencia o no de instalaciones enterradas. d) Toda excavación a partir de 1.2 metros de profundidad debe tener medios de acceso y salida

A

seguros (escaleras, rampas u otro), separados a una distancia no mayor de 7.5 metros uno del otro.

PI

e) Excavación de 1.5 metros o más se considera espacio confinado, debe contar en los lados con una inclinación de 45 grados (la inclinación puede variar de acuerdo al tipo de suelo) y con el

O

entibado correspondiente.

C

f)

De haber más de un trabajador en la excavación deben estar distanciados entre ellos a 3 metros o más en sentido longitudinal.

g) La tierra removida o materiales debe estar como mínimo a 0.6 metros de la orilla de la excavación.

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h) En caso de presentarse la excavación en zona próxima a circulación de peatones debe colocarse barreras de protección. Toda excavación debe estar señalizada y delimitada adecuadamente con la señalización de

A

i)

3.15 RESPUESTA A EMERGENCIAS a) En caso de incidentes dentro de las instalaciones:

O LA D

riesgos del lugar



Avise del suceso a sus compañeros de trabajo. No mueva a la víctima.



Comunique el suceso inmediatamente al responsable de contratación del servicio, si identifica que el incidente es de gravedad (incendio, explosión, lesión grave del personal,

TR

fuga de gases peligrosos) active la alarma principal de planta para alertar a todos los brigadistas.

Solicite auxilio a un brigadista o al médico/enfermero de EMBOL S.A.

N



b) En caso de una emergencia médica, el prestador de servicio deberá notificar al responsable de

O

solicitante del servicio inmediatamente para poder realizar una investigación del incidente

C

presentado.

c) En caso de escuchar la alarma de emergencia para la evacuación, el prestador de servicio y todo su personal, deberá apagar los equipos y dirigirse calmados pero de forma apresurada “No

O

correr” hacia el Punto de Encuentro comunicado, siguiendo las salidas de emergencias.

N

d) El representante del prestador de servicio es el encargado de dar parte en el punto de encuentro de la presencia o ausencia de su personal.

A

e) En caso de derrames menores de aceite, diésel, gasolina u otras sustancias químicas (menos de

PI

20 litros) el prestador de servicio debe: Delimitar el área del derrame con conos.



Revisar la hoja de seguridad del material derramado, y en base a las orientaciones

C

O



f)

existentes en el documento, hacer uso de los equipos de protección necesarios (guantes, gafas de protección, etc.), controlar el origen de la fuga, limpiar el derrame y disponer los residuos generados según la clasificación de residuos de EMBOL S.A.

En caso de derrames mayores a 20 litros, comunicar el suceso al responsable solicitante del servicio, brigadistas de EMBOL S.A. y al personal de seguridad de EMBOL S.A.

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g) En caso de identificar cualquier tipo de gas, vapor, aceite u otro material volátil que se haya derramado o existiera fuga, el representante del prestador de servicio debe comunicar

A

inmediatamente al responsable del servicio solicitado.

O LA D

3.16 GESTIÓN DE INCIDENTES

a) La empresa prestadora de servicios, ante cualquier incidente presentado durante las actividades desarrolladas en el servicio solicitado, deberá presentar al responsable de contratación del servicio y al personal de seguridad de EMBOL S.A., los siguientes informes: 

Alerta temprana (notificación inmediata del incidente presentado), en no más de 6 horas ocurrido el incidentes.

Informe del incidente, en no más de 48 horas de ocurrido el incidente.



Investigación del incidente, en no más de 48 horas de ocurrido el incidente.



Análisis de causas del incidente, en no más de 48 horas de ocurrido el incidente.



Lecciones aprendidas, en no más de 72 horas de ocurrido el incidente.



Efectividad de las medidas de acción

O

N

TR



C

IV. REQUISITOS ESPECÍFICOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA a) Para ingresar a realizar trabajos en áreas sensibles, el prestador de servicio deberá pasar

O

previamente por el laboratorio de aseguramiento de Calidad, para informar el tipo de trabajo que se pretende realizar y definir si existirá autorización para llevar a cabo la actividad durante

N

horas productivas.

b) Para ingresar a áreas sensibles durante horas productivas, el prestador de servicio deberá cubrir

A

todas sus vestimentas con un traje tyvek el cual deberá ser entregado por el responsable de la

PI

empresa prestadora de servicios.

c) Mientras se esté realizando un trabajo en las áreas sensibles (de proceso o de empaquetado)

C

O

deben cumplir:



Mantener un alto grado de limpieza personal.



Mantener los bolígrafos, lápices, en bolsillos cerrados, mejor si se encuentran por debajo de la cintura.



Uso de cofias y barbijos en áreas sensibles.

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d) Está prohibido el uso de pantalón corto, anillos y joyas por constituir un peligro para la seguridad y la inocuidad.

A

e) Personas que presenten cortes abiertos infectados, infecciones respiratorias, dolores o abrasiones

de la piel, u otro tipo de enfermedades no podrán ingresar a áreas sensibles por motivos de

f)

O LA D

contaminación del personal o producto.

El masticar chicle, caramelo, almacenar alimentos, beber o comer, no está permitido dentro de las áreas de producción y almacenes. Habrá un área señalada para los prestadores de servicio para esto (comedor).

g) El uso de envases del producto, cajas, botellas, para llevar a cabo almacenamiento de piezas,

TR

lubricantes, solventes u otro tipo de material está terminantemente prohibido.

h) El representante del prestador de servicio es responsable de comunicar inmediatamente al supervisor de planta sobre posibles daños que hubiese generado al producto. Está prohibido el consumo de cualquier alimento, agua o productos de la empresa en los lugares

N

i)

O

de trabajo, al menos que en base a la evaluación de riesgos exista alguna autorización con restricciones determinadas en el momento.

O

5.1. Gestión de Residuos

C

V. REQUISITOS ESPECÍFICOS DE MEDIO AMBIENTE

ACLARACIÓN: SOLO APLICAN LOS PUNTOS QUE CORRESPONDAN AL TRABAJO O ACTIVIDAD DEL

N

PRESTADOR DE SERVICIO

a) Mantener el área de trabajo limpia de residuos.

A

b) Contar con contenedores propios para la disposición de sus residuos.

PI

c) Disponer los residuos (basura) en el contenedor que aplique según el detalle siguiente:

Contenedor azul, residuos de vidrio.



Contenedor verde. plástico (tapas plásticas, plástico termo contraíble, bolsas).



Contenedor plomo, residuos metálicos.



Contenedor rojo, residuos peligrosos (trapos con aceite, gasolina, diésel, residuos de

C

O



grasa, pilas y sustancias químicas).



Contenedor blanco, botellas plásticas.

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Contenedor café, papel y cartón no contaminado.



Contenedor amarillo, residuos bioinfecciosos.



Contenedor negro, residuos en general.

A



O LA D

d) La disposición final de los residuos que no entren dentro de la clasificación de EMBOL presente el

punto c, debe ser hecha por el prestador de servicio, caso escombros, escorias de soldadura y cualquier otro que le sea notificado por el SGI y/o supervisor – contratante directo. e) Está prohibido lavar o limpiar los vehículos dentro de la planta. f)

Los vehículos utilizados no deberán presentar fugas de aceites, combustibles u otros.

limpieza a detalle de su área de trabajo. 5.2. Manejo de Materiales peligrosos

TR

g) Además de las actividades permanentes de limpieza, el prestador de servicio deberá ejecutar la

N

ACLARACIÓN: SOLO APLICA SI EL PRESTADOR DE SERVICIO UTILIZA O MANIPULA MATERIALES

O

PELIGROSOS

a) Son materiales peligrosos aquellos que tienen características: corrosivas, radioactivas, explosivas,

C

toxicas, irritantes, nocivas, patógenas, inflamables. b) Está prohibido disponer o verter materiales o residuos peligrosos (gasolina, diésel, aceite, grasas

O

u otras sustancias químicas) al suelo o a los drenajes pluviales.

N

c) En el caso de manipular materiales en zonas donde el terreno se encuentre descubierto se debe proteger el mismo de posibles contaminaciones.

A

5.3. Sustancias agotadora de la Capa de Ozono

PI

a) En los sistemas y equipos utilizados por los prestadores de servicio no deberán contener gases o sustancias agotadoras de la capa de ozono tales como (R-11, R-12, R-22 u otros CFC).

O

5.4. Emisiones vehiculares ACLARACIÓN: SOLO APLICA SI EL PRESTADOR DE SERVICIO CUENTA CON VEHÍCULO QUE SEA

C

UTILIZADO PARA REALIZAR EL TRABAJO Y EL CONTRATO ES MAYOR A 6 MESES a) Se deberán realizar mantenimientos preventivos a los vehículos para prevenir la generación de excesivas emisiones de gases contaminantes. El prestador de servicio deberá presentar a EMBOL

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al inicio del contrato, su plan anual de mantenimiento de vehículos en caso que ingrese los mismos a nuestras instalaciones.

A

b) Los vehículos deberán presentar un certificado de monitoreo de gases de combustión o debe contar con la roseta de Aire Limpio que entrega la HAM, conforme lo establecido en la Ley del SGI de EMBOL.

5.5. Prevención de Contaminación de Agua de lluvia

O LA D

Medio Ambiente 1333 y Ordenanza Municipal 037/2001. Para mayor explicación acudir al área

TR

a) Está prohibido colocar encima de los canales pluviales: mesas de trabajo, basureros, piezas metálicas, equipos, maquinarias, vehículos, o cualquier material que pueda generar corrosión,

N

lixiviados o residuos que se introduzcan a los canales pluviales.

b) Está prohibido descargar aguas residuales por limpieza de piezas o equipos (agua con aceite o

O

detergente) en los canales pluviales.

c) Está prohibido realizar el vaciado de todo producto terminado en los canales pluviales,

C

únicamente debe descargarse en los lugares asignados (redes industriales).

O

d) Prohibido mantener materiales peligrosos sin/fuera de bandejas de contención próximas a canales pluviales.

N

Nota: Adjunto a la Normativa se entregará el plano de canales pluviales. VI. MULTAS Y PENALIDADES DE LOS TRABAJOS

A

a) Cuando se evidencie el incumplimiento de la presente Normativa, la Legislación Nacional o

PI

Regional, reglas de oro o medidas de control establecidas para el desarrollo del trabajo; una amenaza inminente al Medio Ambiente, la Seguridad y Salud de las personas, instalaciones o

O

equipos de EMBOL S.A., la actividad ejecutada por el prestador de servicios será suspendida

C

hasta la corrección del incumplimiento detectado. Y se hará acreedor de penalidades económicas según el tipo de infracción establecida (menor o mayor). Según adjunto BO-SG-F-

01.18 Penalidades por incumplimientos SSMASA – Prestadores de Servicios.

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b) El responsable solicitante del servicio o cualquier personal de EMBOL S.A., puede detener suspender cualquier trabajo en el que se observe un riesgo inminente a la salud o a la seguridad

A

de los trabajadores, equipos, instalaciones o medio ambiente. c) En caso de recurrencia o persistencia de algún incumplimiento detectado, el mismo será

O LA

posibilidad de inicio de las acciones legales correspondiente.

D

evaluado y puede implicar la interrupción de los trabajos sin perjuicio para la EMBOL S.A., con la

VII. INSPECCIONES Y AUDITORIAS

a) El prestador de servicios deberá permitir la amplia y total fiscalización de las instalaciones y servicios prestados, sea por funcionarios propios o por auditores independientes delegados por

TR

EMBOL S.A.

b) El personal de EMBOL S.A., realizará inspecciones periódicas y auditorías a las instalaciones y al personal prestador de servicios. Las anomalías serán registradas en informes en conformidad a

N

los procedimientos establecidos por EMBOL S.A., estando sujeto a penalidades estipuladas por

O

los incumplimientos detectados.

c) Una vez constatadas las anomalías el prestador de servicio debe realizar el tratamiento

C

adecuado con acciones preventivas y correctivas, incluyendo las recomendaciones efectuadas

C

O

PI

A

N

O

por el personal de EMBOL S.A.

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