INF. Ampliacion Plazo #02-Piuroyacu

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO “Año del Dialogo y la Reconciliación Nacional” CARTA Nº 021-2018/CBP-M Señores: CON

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CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO “Año del Dialogo y la Reconciliación Nacional”

CARTA Nº 021-2018/CBP-M Señores: CONSORCIO ODI. Jr. Coricancha N°163 – Distrito de Amarilis- Provincia y Región de Huánuco Presente.Asunto

: LEVANTAMIENTO DE SUPUESTAS OBSERVACIONES A LA AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 02

Ref.

: a) EJECUCION DE LA OBRA: “REHABILITACION Y CONSTRUCCION CAMINO VECINAL BAJO PICUROYACU – MANTARO – DISTRITO DE RUPA RUPA – PROVINCIA DE LEONCIO PRADO – REGIÓN HUANUCO). b) CONTRATO DE OBRA N° 084-2017-GRH/GR C) CARTA N° 42-2018-CO/JSH/JS b) CARTA Nº 020-2018/CBP-M

Fecha

: Huá nuco, 29 de Junio del 2018.

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………

De mi consideració n: Por medio de la presente me es grato dirigirme a usted, para saludarle muy cordialmente y a la vez, con la finalidad de levantar las supuestas observaciones que manifiesta en la carta del inciso C), que se detalla a continuació n: 1. El expediente de solicitud de ampliació n de plazo, deben de estar foliado y firmados por el representante legal y el residente de obra. Absolución:  El expediente se encuentra foliado y firmado por el residente y contratista. 2. Corregir y actualizar el cuadro de datos generales de la obra: como ampliaciones de plazo N° 01, monto de Mayores metrados otorgados, vigencia de carta fianza, plazos contractuales de obra, etc. Absolución:  Se actualizó los datos del informe según lo observado por el supervisor. 3. Corregir el informe del sustento en las marcas hechas sobre el propio expediente, existe incongruencia 25 días o 24 días, y considerar para el cá lculo el nuevo calendario aprobado, considerando que aú n se encuentra en trá mite de aprobació n el deductivo y adicional N° 01, que es materia de la presente solicitud de ampliació n de plazo. Absolución:  Se corrigió la incongruencia observada, la solicitud de Ampliación de Plazo es de 25 días considerado en el cálculo del Diagrama Gantt.

DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO 4. Falta adjuntar calendario de avance de obra valorizado acelerado, Diagrama Gantt y Programació n de Obra CPM actualizado y aprobado mediante resolució n. Absolución:  Se adjunta calendario de avance de obra acelerado, Diagrama Gantt y Programación de obra CPM actualizado y aprobado mediante resolución. 5. Falta completar copias del cuaderno de obra. Absolución:  Se encontraba adjuntado las copias del cuaderno de obra. 6. Falta adjuntar copias del contrato de obra Absolución:  Se adjunta copia del contrato. 7. Falta adjuntar copias de las resoluciones de ampliació n de plazo y de paralizaciones de obra, entre otros. Absolución:  No se adjunta la copia de Resolución de ampliación de plazo al igual que la paralización por que la entidad aun no nos ha notificado al respecto además de encontrarse en trámite, demora de la institución que es su deber realizarlo dichas resoluciones y adendas, además por estas demoras el contratista no puede cobrar las valorizaciones de mayo y abril, siendo 2 valorizaciones que no se cobra a la fecha ocasionando perjuicios al contratista. 8. Falta adjuntar copias del contrato de obra y copias de vigencia de cartas fianzas. Absolución:  Ya se adjuntó copias del contrato, se adjunta copias de cartas fianzas vigentes. 9. Al subsanar estas observaciones se deberá corregir todo el expediente. Absolución: Se presentó el informe con fecha 18 de junio con Carta Notarial N° 66 con fecha 16 de junio del 2018, el cual el supervisor tuvo plazo para realizar su informe hasta el lunes 25, como refiere el reglamento de 5 días há biles que se cumplía el día lunes 25 para emitir alguna observació n o realizar su informe o alguna observació n y/o presentar a la entidad, por lo que sus observaciones son extemporáneas y fuera de plazo, por lo cual solo se le adjunta algunos documentos para que prosiga con los tramites respectivos, ya q la supervisió n se encuentra en falta por presentar observaciones fuera de plazo. Sin otro en particular me suscribo de Ud., para su conocimiento y demá s fines. Atentamente; C.c. Archivo (02)

DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO INFORME TECNICO DE AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 02 1.0.

GENERALIDADES

1.1. DATOS GENERALES DE LA OBRA

EJECUCION DE OBRA

:

REHABILITACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DEL CAMINO VECINAL BAJO PICUROYACU – MANTARO – DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGIÓN HUÁNUCO.

UNIDAD EJECUTORA

:

GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO

SISTEMA DE CONTRATACIÓN

:

COSTOS UNITARIOS

PROCESO DE SELECCION

:

LICITACIÓN PUBLICA CONVOCATORIA.

CONTRATO DE OBRA

:

N° 084-2017-GRH/GR (Fecha: 28/08/17)

EMPRESA CONTRATISTA

:

CONSORCIO BAJO PICUROYACU MANTARO (INTEGRADOS POR SALMA INGENIERÍA EIRL Y PAZMA EJECUTORES Y CONSULTORES EIRL)

MONTO CONTRATADO

:

S/. 2,793,.184.11 (Incluido IGV)

ADELANTO DIRECTO

:

CARTA FIANZA N° E1353-03-2017, SECREX CESCE (Monto S/. 260,151.00)

ADELANTO POR MATERIALES

:

CARTA FIANZA N° E1354-02-2017, SECREX CESCE (Monto S/. 343,646.90)

FIEL :

CARTA FIANZA N° E1352-01-2017 SECREX CESCE (Monto S/. 279,318.41)

GARANTÍA CUMPLIMIENTO

DE

PLAZO DE EJECUCIÓN

:



240 Días Calendario.

INICIO DE PLAZO CONTRACTUAL :

01/10/2017

PRIMER TERMINO DE PLAZO : CONTRACTUAL

28/05/2018

PRIMERA PLAZO

01/02/2018 HASTA EL 08/04/2018

SUSPENSIÓN

DE :

SEGUNDO TERMINO DE PLAZO : CONTRACTUAL TERCER TERMINO DE PLAZO CONTRACTUAL SOLICITADO

ADICIONAL DE OBRA DEDUCTIVO

007-2017-GRH/GR-PRIMERA

03/08/2018

28/08/2018

:

SE SOLICITO Y HASTA FECHA LA ENTIDAD NO SE PRONUCIA SE SOLICITO Y HASTA FECHA LA ENTIDAD NO SE PRONUCIA

DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO MAYORES METRADOS EJECUTADOS: RESOLUCION N° 261-2018-GRH/GR, DE FECHA 04/05/2018, POR UN MONTO DE S/. 179, 896.71 (Ciento Setenta y Nueve Mil Ochocientos Noventa y Seis con 71/100 soles).

1.2. ANTECEDENTES

El Gobierno Regional de Huánuco, entidad responsable de formular planes y proyectos para impulsar el desarrollo sostenido de la Región, viene coordinando la ejecución de diversos proyectos y obras, dentro de las cuales ha creído por conveniente priorizar la ejecución de obra: “REHABILITACION Y CONSTRUCCION DEL CAMINO VECINAL BAJO PICUROYACU-MANTARO, DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGION HUANUCO”, de acuerdo al orden de prioridades del plan vial participativo de la provincia. Uno de los objetivos del Gobierno Regional de Huánuco es la integración de los pueblos que aún no cuentan con un adecuado Camino Vecinal, así como también, lograr su desarrollo integrándolos a la vida socio-económica del Distrito. Por lo que se está llevando a cabo la ejecución de la obra “REHABILITACION Y CONSTRUCCION DEL CAMINO VECINAL BAJO PICUROYACU-MANTARO, DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGION HUANUCO” para mejorar y construir la infraestructura del camino vecinal desde Bajo Picuroyacu – hasta la Comunidad de Mantaro, también el de mejorar el nivel de transitabilidad de la Red Vial Vecinal mediante inversiones en Mantenimiento y Conservación vial, contribuyendo de este modo el proceso de descentralización así como a la mejora de la Integración y la competitividad Regional y a las condiciones de vida en los territorios del interior del Perú. Para este fin de está priorización se aprobó el Proyecto de Inversión Pública “REHABILITACION Y CONSTRUCCION DEL CAMINO VECINAL BAJO PICUROYACU-MANTARO, DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGION HUANUCO”, mediante Resolución Gerencial Regional N° 2022017-GRH/GRI de fecha 10 de Mayo de 2017. Se convocó el Proceso de Selección LICITACION PUBLICA N° 07-2017-GRH/GR-1, el día 28/06/2017 de acuerdo a Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado para la ejecución de la obra “REHABILITACION Y CONSTRUCCION DEL CAMINO VECINAL BAJO PICUROYACU-MANTARO, DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGION HUANUCO”, y con fecha 11 de agosto DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO de 2017, se dio por consentida la Buena Pro del Proceso de Selección LICITACION PUBLICA N° 07-2017-GRH/GR-1 para la ejecución de la obra “REHABILITACION Y CONSTRUCCION DEL CAMINO VECINAL BAJO PICUROYACU-MANTARO, DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGION HUANUCO” al CONSORCIO BAJO PICUROYACU-MANTARO, por el monto de S/. 2, 793,184.11 que incluye IGV y otros impuestos de Ley. Con fecha 28 de agosto de 2017, se firmó el CONTRATO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA “REHABILITACION Y CONSTRUCCION DEL CAMINO VECINAL BAJO PICUROYACU-MANTARO, DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGION HUANUCO” N° 084-2017-GRH/GR-1. Con Fecha 18 de Setiembre del 2017 se solicitó Adelanto Directo por el monto de S/. 279, 318.41 (Doscientos Setenta y Nueve Mil Trescientos Dieciocho con 41/100 Soles), y que también Con Fecha 18 de Setiembre del 2017 se solicitó Adelanto para Materiales por un monto de S/. 558, 636.82 (Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Seiscientos Treinta y Seis con 82/100 Soles). Con fecha 31 de septiembre de 2017, se realizó la entrega del terreno, para la Ejecución de la Obra “REHABILITACION Y CONSTRUCCION DEL CAMINO VECINAL BAJO PICUROYACU-MANTARO, DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGION HUANUCO”. Con Fecha 01 de octubre del 2017 se dio Inicio a la Ejecución de la Obra y actualmente se vienen ejecutando la obra, que tienen un periodo de ejecución de 240 días calendarios. Con fecha 31 de Octubre del 2017 en el Asiento N° 44. Se realiza las siguientes consultas al Ingeniero Supervisor de Obra: a) Referente a la Ubicación de la primera alcantarilla de TMC de 36” la cual indica en el plano que se encuentra en la progresiva 0+765, pero en el replanteo del terreno no a medita y al parecer existe un error involuntario de parte del proyectista por que debería estar ubicada en la progresiva 1+220 ya que en esta progresiva si se encuentra curso de agua y es necesario una obra de arte, además que se trata de la misma cuenca hidrográfica y su área hidráulica no cambiaría, también existe otra observación con la segunda alcantarilla TMC de 48” debido a que según el plano está en la progresiva 2+460 la cual debería trasladarse a la progresiva 2+400, al parecer se trata de un error involuntario en la digitalización. b) Referente a que no se encuentra partidas presupuestarias de costos unitarios dentro del expediente técnico para la ejecución de elementos estructurales como son la losa inferior, muros laterales y cabezales de ingreso y salida y/o DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO aleros respecto a las partidas de concreto armado de las Alcantarillas Tipo Marco. Esta consulta obedece a que se está apreciando según el replanteo de metrados que la ejecución de dichas partidas no se encuentran presupuestadas. Por lo que se solicita se traslade la consulta al proyectista responsable del presente proyecto. c) Referente al plano del primer Badén que se encuentra ubicado en la progresiva 1+700, el cual se representa geométricamente a un badén ubicado con eje de carretera en línea recta pero con el trazo y replanteo realizado en el terreno esta infraestructura esta está ubicado en una curva de eje de carretera que coincide con la quebrada indicada, por lo que el eje de línea recta no corresponde en una curva. Por lo que se solicita se traslade la consulta al proyectista responsable del presente proyecto. d) Debemos de indicar que en los trabajos de trazo y replanteo se presentó una inconsistencia del trazo con respecto al trazo del expediente técnico, en la progresiva 6+100 se debería llevar el trazo por un desarrollo de gran magnitud, pero en campo es insalvable realizar ese trazo ya que no existe tal terreno disponible, debido a la presencia de un abismo de roca fija (paredón) en la zona descrita y al no existir dicho terreno para realizar el desarrollo planteado se disminuye la distancia en 400 ml con respecto a la longitud total del camino vecinal y por lo tanto se eleva la pendiente más de lo reglamentario. Por lo que se solicita se traslade la consulta al proyectista.  Con fecha 31 de Octubre del 2017 en el Asiento N° 45. El Supervisor de Obra manifiesta lo siguiente: - Respecto a la consulta del residente en el asiento anterior punto 4) inciso a) se declara: respecto a la reubicación de las alcantarillas por incongruencias en los planos referente a su ubicación exacta, es necesario que el Residente presente el sustento técnico de su reubicación para su aprobación y tramite al proyectista a través de la entidad, el mismo que fue informado a la entidad en el informe inicial de compatibilidad. - Respecto a la consulta punto 4) inciso b) referente que al parecer el proyectista o expediente técnico no ha considerado en el presupuesto los metrados de losa inferior, muros laterales, cabezales de ingreso y salida de las alcantarillas tipo marco; sobre el particular se aclara que si se ha considerado los metrados de cabezales de salida e ingreso, aleros de alcantarilla tipo marco así como losa inferior por lo que se indica al residente, en todo caso a realizar el metrado real ya que la partida 02.03.02.09 concreto fc=210 k/cm2 losa de techo, al parecer solo es error de texto y debe ser solo 02.03.02.09 concreto fc=210 k/cm en alcantarilla tipo marco, por lo que queda absuelta esta consulta. - Respecto a la consulta punto 4) inciso c) referente a la geometría del badén ubicado en la progresiva 1+700 donde indica que se considera el proyecto como badén recto, siendo en tramo casi curvo en el terreno. Se indica al residente ejecutar este badén considerando las medidas que indican los planos en este sector 1+700, de tal manera que se adecue a la topografía en tramo casi curvo, pero de toda manera presentar el plano de replanteo final del badén para su aprobación y trámite a la entidad y/o proyectista. DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO -

Respecto a la consulta punto 4) inciso d) referente a la incongruencia del trazo del camino vecinal considerando en el expediente técnico en la progresiva km 6+100 hacia adelante. Al respecto lo manifestado por el residente tiene sustento técnico; por lo que es necesario que el contratista presente la alternativa del trazo replanteado para trasladarlo y su aprobación por el proyectista a través de la entidad y así evitar demoras realizar el sustento técnico para su revisión y tramite oportuno.

Debido a las constantes lluvias que interrumpían las labores diarias y afectaban el normal desarrollo de la obra el día 01/02/18 el Contratista y la Entidad de obra realizaron un acta de suspensión de plazo contractual, donde se aprueba la Suspensión de Plazo de ejecución N°01, de obra por 67 días calendarios siendo este periodo desde el 01/02/2018 hasta el 08/04/2018. Posteriormente se reinició la obra el día 09/04/2018, realizando la ADENDA N° 01 al contrato de ejecución de obra que está en trámite y que hasta la fecha la institución no lo viabiliza siendo responsabilidad de esta elaborarla y remitirla al Contratista y a la Supervisión.

2.0.

CAUSAL Y DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS

2.1. OBJETIVO DE INFORME TÉCNICO

El objetivo principal es la de Fundamentar la Solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 2 DE LA OBRA denominada: “REHABILITACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DEL CAMINO VECINAL BAJO PICUROYACU – MANTARO – DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGIÓN HUÁNUCO”.

2.2. SUSTENTO TECNICO DE LA AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 02

Tenemos que manifestar que en el proceso de desarrollo de la ejecución de la obra se han presentado inconvenientes que retrasaron el normal avance de la programación de ejecución de obra siendo estos causales de acontecimientos no atribuibles a la responsabilidad del contratista. Debemos indicar que en este informe se solicitara una ampliación de plazo N° 02 por la siguiente razón: a) Sustento Técnico de la Ampliación de Plazo por la demora en absolver la consulta hecha ante la entidad .- la obra tubo una suspensión de plazo N°01, desde el 01/02/18 hasta el 08/04/18, acumulando un total de 67 días calendarios de DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO suspensión de plazo de ejecución, debido a la continua presencia de mal clima (lluvias), pero habiendo reiniciado el proceso de ejecución de la obra el día 09/04/18, pese a todo ello se continuo con las actividades de corte de material suelto hasta llegar a la progresiva 6+200 tramo desde donde se realizó la consulta a la entidad y se tuvo que esperar su respuesta para poder intervenir en este tramo para luego no tener ningún inconveniente en el proceso constructivo. Además se tiene que indicar que habiéndose dispuesto el personal y maquinaria pesada para desarrollar el normal proceso constructivo, esta se vio interrumpida por que el tramo desde la progresiva 6+200 hasta la 7+300 que se tenía programado no se pudo realizar ninguna actividad debido a la demora en absolución de la consulta hecha por el contratista a la entidad, demora que se tuvo que esperar durante 25 días de acuerdo al diagrama Gantt de ejecución de obra para poder recién intervenir en dicho tramo y que tal como lo indica el Sub presupuesto de la Fórmula Polinómica N° 03 , denominada CONSTRUCCIÓN DE CAMINO VECINAL, del expediente técnico aprobado, específicamente la partida 03.01.03 (corte de material suelto) en el mes de abril y mayo se estuvo desarrollando dicha partida que tuvo interrupciones por la demora en absolución de la consulta hecha por el contratista a la entidad ya que según su programación en este tramo desde la progresiva 6+200 hasta 7+300 se debe de ejecutarse desde 17/04/2018 hasta 11/05/2018

2.3. SUSTENTO LEGAL DE LA AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 02

a) Sustento Legal de la Ampliación de plazo por la demora en absolver la consulta hecha ante la entidad.En virtud al Asiento N° 44. Con fecha 31 de octubre del 2017 Se realiza las siguientes consultas al Ingeniero Supervisor de Obra: d) Debemos de indicar que en los trabajos de trazo y replanteo se presentó una inconsistencia del trazo con respecto al trazo del expediente técnico, en la progresiva 6+100 se debería llevar el trazo por un desarrollo de gran magnitud, pero en campo es insalvable realizar ese trazo ya que no existe tal terreno disponible, debido a la presencia de un abismo de roca fija (paredón) en la zona descrita y al no existir dicho terreno para realizar el desarrollo planteado se disminuye la distancia en 400 ml con respecto a la longitud total del camino vecinal y por lo tanto se eleva la pendiente más DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO de lo reglamentario. Por lo que se solicita se traslade la consulta al proyectista. En virtud al Asiento N° 45. Con fecha 31 de octubre del 2017. El Supervisor de Obra manifiesta lo siguiente: - Respecto a la consulta del residente en el asiento anterior punto 4) inciso a) se declara: respecto a la reubicación de las alcantarillas por incongruencias en los planos referente a su ubicación exacta, es necesario que el Residente presente el sustento técnico de su reubicación para su aprobación y tramite al proyectista a través de la entidad, el mismo que fue informado a la entidad en el informe inicial de compatibilidad. - Respecto a la consulta punto 4) inciso b) referente que al parecer el proyectista o expediente técnico no ha considerado en el presupuesto los metrados de losa inferior, muros laterales, cabezales de ingreso y salida de las alcantarillas tipo marco; sobre el particular se aclara que si se ha considerado los metrados de cabezales de salida e ingreso, aleros de alcantarilla tipo marco así como losa inferior por lo que se indica al residente, en todo caso a realizar el metrado real ya que la partida 02.03.02.09 concreto fc=210 k/cm2 losa de techo, al parecer solo es error de texto y debe ser solo 02.03.02.09 concreto fc=210 k/cm en alcantarilla tipo marco, por lo que queda absuelta esta consulta. - Respecto a la consulta punto 4) inciso c) referente a la geometría del badén ubicado en la progresiva 1+700 donde indica que se considera el proyecto como badén recto, siendo en tramo casi curvo en el terreno. Se indica al residente ejecutar este badén considerando las medidas que indican los planos en este sector 1+700, de tal manera que se adecue a la topografía en tramo casi curvo, pero de toda manera presentar el plano de replanteo final del badén para su aprobación y trámite a la entidad y/o proyectista. Respecto a la consulta punto 4) inciso d) referente a la incongruencia del trazo del camino vecinal considerando en el expediente técnico en la progresiva km 6+100 hacia adelante. Al respecto lo manifestado por el residente tiene sustento técnico; por lo que es necesario que el contratista presente la alternativa del trazo replanteado para trasladarlo y su aprobación por el proyectista a través de la entidad y así evitar demoras realizar el sustento técnico para su revisión y tramite oportuno. Además que esta solicitud está amparado en los términos legales del Decreto Supremo N° 056-2017-EF que modifica el Reglamento anterior de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF en su estamento de procedimiento de ampliación de plazo en el Artículo 170 que manifiesta en su acápite primero: “170.1. “Para que se proceda una ampliación de plazo de conformidad con lo establecido en el artículo precedente, el contratista, por intermedio de su residente debe anotar en el Cuaderno de Obra, el inicio y el final de las circunstancias que a su criterio determinen ampliación de plazo” cuando se produzcan eventos no atribuibles a DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO las partes que originen la paralización de la obra, estas pueden acordar la suspensión del plazo de ejecución de la misma, hasta la culminación de dicho evento, sin que ello suponga el reconocimiento de mayores gastos generales y costos, salvo aquellos que resulten necesarios para viabilizar la suspensión”. 2.4. ANÁLISIS DE LA AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 02

De acuerdo al Análisis efectuado se tiene: a) Análisis de la Ampliación de plazo por la demora en absolver la consulta hecha ante la entidad.- por la demora en absolver la consulta que se inició según Asiento N° 44. Con fecha 31 de octubre del 2017 de dicho tramo por parte del contratista a la entidad se tuvo que esperar desde el 31 de Octubre del 2017 para que recién la entidad en este caso se pronuncie hasta el día 11 de mayo del 2018 , es decir han pasado 192 días calendarios para dicho pronunciamiento ocasionado un perjuicio al contratista y al avance de la obra , retraso en aproximadamente 25 días calendarios según Diagrama Gant ,considerando los gastos generales , es decir esos 25 días calendarios estaba considerado desde 17/04/2018 hasta 11/05/2018, tal como se describe en un cuadro N° 02: CUADRO N° 01 (programación Normal)

PARTIDA AFECTADA

03.01.02 CORTE EN MATERIAL SUELTO. EJECUCION (104) DIAS FECHA DE EJECUCION

OCURRECIAS PROGRESIVA EN EJECUCION INICIO

FIN

13/12/201 7

15/12/201 7

16/12/201 7 02/01/201 8 19/01/201 8

01/01/201 8 18/01/201 8 31/01/201 8

DIAS COMPUTADOS

INICIA EJECUCION DE PARTIDA

2+800 hasta 3+000

 

3+000 hasta 4+000

 

4+000 hasta 5+000

 

5+000 hasta 5+650

PLAZO SUSPENDIDO

 

01/02/201 8

08/04/201 8

67

REINICIO DE OBRA

 

09/04/201 8

 

0

 

5+650 HASTA 6+000

09/04/201

14/04/201

6

3

16 17 13

DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO  

6+000 HASTA 6+200

TRAMO EN CONSULTA ANTE LA ENTIDAD

6+200 HASTA 7+300

 

7+300 hasta 8+000

 

8+000 hasta 9+005

8 15/04/201 8

8 16/04/201 8

17/04/201 8

11/05/201 8

07/05/201 8 18/05/201 8

17/05/201 8 01/06/201 8

2

25

11 16

CUADRO N° 02 (programación Interrumpida)

PARTIDA AFECTADA

03.01.02 CORTE EN MATERIAL SUELTO. EJECUCION (104) DIAS

FECHA DE EJECUCION OCURRECIAS

PROGRESIVA EN EJECUCION INICIO

DIAS COMPUTADOS

FIN

INICIA EJECUCION DE PARTIDA

2+800 hasta 3+000

13/12/2017 15/12/2017

3

 

3+000 hasta 4+000

16/12/2017 01/01/2018

16

 

4+000 hasta 5+000

02/01/2018 18/01/2018

17

 

5+000 hasta 5+650

19/01/2018 31/01/2018

13

PLAZO SUSPENDIDO

 

01/02/2018 08/04/2018

67

REINICIO DE OBRA

 

09/04/2018

0

 

5+650 HASTA 6+000

09/04/2018 14/04/2018

6

 

6+000 HASTA 6+100

15/04/2018 16/04/2018

2

RESPUESTA DE LA ENTIDAD A LA CONSULTA

 

 

25 días para ejecutar los trabajos y 192 días en demora 31/10/2017  11/05/2018 en contestar la entidad que recién contesto el día 11/05/2018

DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO TRAMO EN CONSULTA ANTE LA ENTIDAD

6+200 HASTA 7+300

26/05/2018 09/06/2018

11

 

7+300 hasta 8+000

01/06/2018 11/06/2018

11

 

8+000 hasta 9+005

12/06/2018 26/06/2018

16

El Residente de Obra, mediante anotación en el cuaderno de obra indica las circunstancias que se está generando la paralización de los trabajos, por las causales establecidas y sustentadas.

SOLICITUD Y PERIODO DE SUSPENSIÓN DE PLAZO

3.0.

3.1. SOLICITUD DE LA AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 02

a) Ampliación de plazo por la demora en absolver la consulta hecha ante la entidad.En consideración a los asientos del cuaderno de obra asentados por el ingeniero residente y supervisor y la carta emita al contratista, se ha considerado necesario solicitar la ampliación de plazo por estos 25 días calendarios, paralizados por causas no atribuibles al contratista y que si se pueden generar en cualquier tipo de ejecución de obras públicas debido a que son hechos fortuitos además de los Gastos Generales Respectivos. . . 3.2. CUANTIFICACIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 02

a) Cuantificación de la Ampliación de plazo por la demora en absolver la consulta hecha ante la entidad.- Según el cuadro N° 03 que a continuación mostramos se tiene computado 25 días calendarios de solicitud de ampliación de plazo N° 02 por que la entidad demoro en la absolución de la consulta hecha por parte del contratista con fecha 31 de octubre del 2017 desde esta fecha recién la institución absolvió dicha consulta el día 11 de mayo del 2018 , habiendo transcurrido 192 días calendarios de demora injustificada según INFORME N° 122-2018-GRHGRI/SGOS-WCT.

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CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO CUADRO N° 03   DEMORA DE RESPUESTA DE LA ENTIDAD ANTE LA CONSULTA TRAMO EN CONSULTA ANTE LA ENTIDAD

6+000 HASTA 6+100

6+200 HASTA 7+300

15/04/2018

16/04/2018

31/10/201 7

11/05/201 8

26/05/2018

09/06/2018

2 192 días calendarios para que la institución absuelva las consultas 11

CUADRO N° 04

POR LO TANTO: De acuerdo al “Artículo 170.- Procedimiento de ampliación de plazo 170.1. Para que proceda una ampliación de plazo de conformidad con lo establecido en el artículo precedente, el contratista, por intermedio de su residente debe anotar en el cuaderno de obra, el inicio y el final de las circunstancias que a su criterio determinen ampliación de plazo y de ser el caso, el detalle del riesgo no previsto, señalando su efecto y los hitos afectados o no cumplidos. Dentro de los quince (15) días siguientes de concluida la circunstancia invocada, el contratista o su representante legal solicita, cuantifica y sustenta su solicitud de ampliación de plazo ante el inspector o supervisor, según corresponda, siempre que la demora afecte la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente. 170.2. El inspector o supervisor emite un informe que sustenta técnicamente su opinión sobre la solicitud de ampliación de plazo y lo remite a la Entidad y al contratista DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud. La Entidad resuelve sobre dicha ampliación y notifica su decisión al contratista en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de la recepción del indicado informe o del vencimiento del plazo, bajo responsabilidad. De no emitirse pronunciamiento alguno dentro del plazo señalado, se tiene por aprobado lo indicado por el inspector o supervisor en su informe. 170.3. Si dentro del plazo de quince (15) días hábiles de presentada la solicitud, la entidad no se pronuncia y no existe opinión del supervisor o inspector, se considera ampliado el plazo solicitado por el contratista. De acuerdo al art. antes mencionado el Contratista está cumpliendo con todos los plazos establecidos por lo que se solicita la Ampliación de Plazo N° 02 por 25 días calendarios y el nuevo término de plazo contractual es el 28/08/18.

4.0.

ANEXOS:               

Copia de cuaderno de obra. Copia de contrato de obra. Copia de Acta de suspensión de plazo Copia. Resolución de mayores metrados. Copia de Resolución de aprobación de los calendarios de obra acelerado. Calendario de obra acelerado CAO, Barras GANTT y Programación de obra CPM aprobados mediante resolución. Cartas fianzas vigentes. Copia de INFORME N° 122-2018-GRH-GRI/SGOS-WCT. Copia de MEMORANDO N° 183-2018-GRH-GRI/SGE Copia de INFORME N° 035-2018-GRH-GRI/SGE-ICR-EV. Copia de INFORME N° 031-2018-GRH-GRI/SGE-ICR-EV. Copia de MEMORANDO N° 153-2018-GRH-GRI/SGOS. Copia de CARTA N° 446-2018-GRH-GRI/SGOS. Copia CARTA N° 020-2018/CBP-M. Copia CARTA N° 42-2018-CO/JSH-JS.

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COPIA DE CUADE RNO DE OBRA.

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COPIA DE CONTRATO DE OBRA.

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COPIA DE ACTA DE SUSPENSIÓN DE PLAZO

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RESOLUCIÓN DE MAYORES METRADOS

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CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO COPIA DE RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE LOS CALENDARIOS DE OBRA ACELERADO. CALENDARIO DE OBRA ACELERADO CAO, BARRAS GANTT Y PROGRAMACIÓN DE OBRA CPM APROBADOS MEDIANTE RESOLUCIÓN.

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CARTAS FIANZAS VIGENTES

COPIA DE INFORME N° 122-2018-GRH-GRI/SGOS-WCT. COPIA DE MEMORANDO N° 183-2018-GRH-GRI/SGE COPIA DE INFORME N° 035-2018-GRH-GRI/SGE-ICR-EV. COPIA DE INFORME N° 031-2018-GRH-GRI/SGE-ICR-EV. DIRECCION: JR. PROLONGACION ABTAO N°447 – DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE HUANUCO

CONSORCIO BAJO PICUROYACU - MANTARO COPIA DE MEMORANDO N° 153-2018-GRH-GRI/SGOS. COPIA DE CARTA N° 446-2018-GRH-GRI/SGOS. COPIA CARTA N° 020-2018/CBP-M. COPIA CARTA N° 42-2018-CO/JSH-JS

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