Importancia Del Consejo Comunal

Importancia del Consejo Comunal El Consejo Comunal es la instancia social que asume el ejercicio real del poder popular,

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Importancia del Consejo Comunal El Consejo Comunal es la instancia social que asume el ejercicio real del poder popular, como lo expresa Sandoval (2008), que representa la plataforma humana que alcanza el mayor grado de participación, protagonismo y gerencia comunitaria dentro de un ámbito geográfico cuidadosamente delimitado. Además sirve para diseñar, realizar, controlar y evaluar la calificación final de proyectos sociales destinados a solucionar problemas de salud, educación, trabajo, deportes, medio ambiente, habitacionales, entre otros, de la comunidad. Sirve además como centro de información, producción y promoción de procesos participativos y para la identificación de problemas comunitarios. Promueve los principios de corresponsabilidad, protagonismo y participación ciudadana en la gestión pública comunitaria. Es la autoridad permanente en la Comunidad, ante la cual se debe plantear y derivar todos los problemas de índole colectivo. Es el interlocutor entre la comunidad y cualquier instancia de Gobierno Estadal o Nacional. Vivifica y sostiene la identidad, el patrimonio y pone a la luz todas las fortalezas, capacidad productiva, fuerza profesional, al servicio del país. Estructura del Consejo Comunal El Consejo Comunal está conformado por tres órganos esenciales, que según lo expresado por Sandoval (2008), deberán trabajar coordinadamente para la prosecución de los fines de la comunidad: 1.

Órgano Ejecutivo (OE): Es la instancia encargada de promover y articular la participación de los ciudadanos en los diferentes comités de trabajo, planificar la ejecución de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y conocer de las actividades de cada uno de los comités y áreas de trabajo.

2.

Unidad de Gestión Financiera (UGF): Es un órgano que funciona como un ente de ejecución financiera de los Consejos Comunales para la administración de los recursos financieros o no financieros, es un ente de inversión y/o crédito y realiza intermediación financiera con los fondos generados, asignados o captados.

3.

Unidad de Contraloría Social (UCS): Es el órgano encargado de llevar a cabo la Contraloría Social, fiscalización, control y supervisión de los recursos asignados, recibidos o generados por el Consejo Comunal, y sobre los proyectos de inversión pública presupuestados y ejecutados por el gobierno nacional, regional o municipal. Organización Los Consejos Comunales se organizan por: 

Asamblea de Ciudadanos: Máxima instancia de participación y decisión de la comunidad organizada, conformada por la integración de personas con cualidad jurídica, según la ley que regule la forma de participación, para el ejercicio directo del poder y protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para la comunidad, las distintas formas de organización, el gobierno comunal y las instancias del

Poder Público, de acuerdo a lo que establezcan las leyes que desarrollen la constitución, organización y funcionamiento de los auto-gobiernos comunitarios, comunales y los sistemas de agregación que de éstos surjan. 

Colectivo de Coordinación Comunitaria: Es la instancia de articulación, trabajo conjunto y funcionamiento, conformado por los voceros y voceras de la Unidad Ejecutiva, Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y la Unidad de contraloría Social del Consejo Comunal.



Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria: es la instancia del Consejo Comunal que funciona como un ente de administración, ejecución, inversión, crédito, ahorro e intermediación financiera de los recursos y fondos de los consejos comunales, de acuerdo a las decisiones y aprobaciones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, privilegiando el interés social sobre la acumulación de capital. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o electas.



Unidad de contraloría Social: es la instancia del Consejo Comunal para realizar la evaluación de la gestión comunitaria y la vigilancia de las actividades, recursos y administración de los fondos del Consejo Comunal. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad electos o electas, a través de un proceso de elección popular.



Unidad Ejecutiva: Es la instancia del Consejo Comunal encargada de promover y articular la participación organizada de los habitantes de la comunidad, organizaciones comunitarias, los movimientos sociales y populares en los diferentes comités de trabajo; se reunirá a fin de planificar la ejecución de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, así como conocer las actividades de cada uno de los comités y de las áreas de trabajo.

Ámbito Geográfico Es importante resaltar, que según la Ley Vigente, no pueden coexistir dos o más Consejos Comunales en una misma área geográfica, y la referencia sociológica que se utiliza es la siguiente: 

Áreas Rurales: entre 10 y 20 familias.



Áreas Urbanas: entre 150 a 400 familias.



Comunidades indígenas: A partir de 10 familias.

Al momento de consignar la inscripción del Consejo Comunal debe quedar bien claro a cual ámbito geográfico se refiere (uno de los requisitos es un croquis del sector), a fin de evitar la duplicidad de los CC por ámbito geográfico. También es cierto que el ordenamiento jurídico vigente le ha dado ciertas facultades a los consejos comunales a tal punto que tienen la posibilidad de ordenar y planificar el desarrollo del ámbito comunitario con carácter vinculante a los demás organismos público FORMATOS  CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA DE CIUDADANOS (AS)  Planilla de Registro Organizaciones Comunitarias / Líderes Comunitarios  Minuta de Reunión  Acta Constitutiva de la Comisión Promotora y Electoral  Acta Constitutiva de Conformación de la Comisión Promotora  Acta de Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas  Registro de Electores  Acta de Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas ELECCIÓN

COMISIÓN ELECTORAL  Censo Demográfico Comunitario  Diagnóstico de Necesidades – Consejos Comunales  Acta que avala el Diagnóstico de necesidades  Carta o Croquis de la Comunidad  Libro de Postulación  Modelo de Tarjetón Electoral  Acta del Resultado de las Elecciones de Voceros (as)  Acta Constitutiva del Consejo Comunal  Acta Constitutiva y Estatutos Sociales del Consejo Comunal  Acta de Asamblea de ciudadanos (as) para establecer los Problemas Prioritarios que servirán de base para formular Proyectos Comunitarios  Esquema del documento a presentar ante el Consejo Local de Planificación y la Dirección de Planificación, Desarrollo y Presupuesto  Síntesis del Proyecto Comunitario  Acta de Ejecución del Proyecto  Avance de Ejecución del Proyecto Comunitario  Ficha Resumen del Proyecto  Ficha de Identificación del Vocero (a)  Registro de Consejos Comunales ante la Comisión Presidencial (Art.20)  Modelo de Acta de Asignación de beneficiarios de Proyectos de Viviendas en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas Los consejos comunales como base para la participación social de calidad. 3.1-. comunidad: se constituye por personas que se encuentra en zonas estrategicas vinculas por caracteristicas eintereses comunes: donde comparten historias, necesidades y potencialidades culturales, economicas, sociales, territoriales y de otro indoles. 3.2-. ambito geografico: es el territorio que ocupan los habitantes de la comunidad, cuyos limites geograficos se establecen en la asamblea de cuidadanos de acuerdo con sus particularidades y considerando la base poblacional de la comunidad. 3.3-. base poblacional de la comunidad: numero de habitantes dentro del ambito geografico que integra una comunidad, tendra como referencia constituir el consejo comunal en el ambito urbano entre 154 familias, en el ambito rural 20 familias y para las comunidades indigenas 10 familias, donde se mantiene la indivisibilidad de la comunidad y garantizando el ejercicio del gobierno. 3.4-. organizaciones comunitarias: agrupan un conjunto de personas con objetivos e intereses comunes para desarrollar actividades en el areas. 3.5-. comite de trabajo: grupos de personas organizas para ejercer funciones especificas y atender las necesidades y desarrollar la potencialidad de la comunidades. 3.6-. vocero(a): coordina el funcionamiento del consejo comunal y la instrumentacion de las decisiones de la asamblea de cuidadanos(as). 3.7-. proyectos comunitarios: conjunto de actividades concretas orientadas a lograr los objetivos comunes donde se aplica respuesta a las necesidades mediante de acciones determinadas en un lapso de tiempo. 3.8-. areas de trabajo: se constituye la gestion con las particularidades, potencialidades y los problemas mas relevantes de la comunidades. 3.9-. plan comunitario de desarrollo integral: documento que identifica la potencialidad y limitaciones, las prioridades y los proyectos comunitarios que orientaran al logro del desarrollo. 3.10-. gestion: aquellas acciones que exigen el cumplimento de los objetivos y metas aprobado por la asamblea de ciudadanos. 3.11-. economia comunal: se denomina relaciones sociales de produccion, distribucion, intercambio y consumo de bienes, servicios y saberes desarrolladas por las comunidades al servicio de necesidades, de manera

sustentable y sostenible de acuerdo con lo establecido en el sistema centralizado de planificacion y en el plan de desarrollo economico y social de la nacion. 3.12-. redes socioproductivas: modelos productivos comunitario para el intercambio de saberes, bienes y servivios, basados en los principios de cooperacion y solidaridad. Participación ciudadana La participación ciudadana en Venezuela es uno de los grandes retos que tiene nuestro país, y aunque no se encuentre la Ley de Participación Ciudadana aprobada, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) le brinda toda la legitimidad para su ejercicio. Es de considerar que la participación ciudadana, protagónica y revolucionaria está basada en valores democráticos, humanísticos con horizonte ético-político, en búsqueda de un Estado de derecho y de justicia social, para el respeto a la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la responsabilidad social, los derechos humanos, el pluralismo, la dignidad, el reconocimiento del otro como ser humano, comprendiendo que el otro o la otra no es más que su propio espejo, es un estado constante de proyección. Por lo tanto, la participación ciudadana al ejercerse responsablemente a través del ejercicio de la contraloría social, jamás dirá algo de lo que no tenga prueba, dado que está sujeta al Estado de Derecho, sus valores individuales son sustituidos conscientemente por los valores del colectivo. El sentido de la participación ciudadana es construir el proyecto de país manifiesto en la CRBV orientado a la transformación no a la reproducción o reforma del sistema capitalista, por tanto debemos ejercer la participación ciudadana de forma crítica y autocrítica, consiente de que se está rompiendo el paradigma, cambiando un modelo de democracia representativa por un modelo de democracia participativa principalmente desde el ámbito cotidiano, dado que es en lo pequeños espacios donde se debe profundizar la democracia, en lo diferentes escenarios, como: la familia, la comunidad, el trabajo, entre otros. En este contexto más que nunca el ejercicio de la participación ha de estar consiente y alerta de que para transformar hay que cambiar el individualismo por lo colectivo, lo competitivo por la solidaridad, el consumismo por lo recreativo, la desesperanza por la esperanza, el miedo y el terror por la fe, el desprestigio por la dignidad, la satanización del otro por el reconocimiento del otro, y el odio por el amor. No podemos encubrir el horizonte transformando las máscaras del modelo capitalista por un modelo alternativo. El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, ha denominado este nuevo modelo como el socialismo del siglo XXI, lo que implica un cambio de paradigma que brinde legitimación de éste y contribuya en la lucha ideológica que va desde lo epistemológico, lo político, lo cultural, lo social y lo económico, y mucho más allá de lo cotidiano como el lenguaje, hasta formas de organización, entre otros. La participación ciudadana, protagónica y revolucionaria parte de una verdadera praxis coherente con la construcción del nuevo socialismo para que no se divorcie la teoría y la práctica, por lo cual es necesario utilizar la forma de participación comprometida a través de la conformación de la Contraloría Social sustentada en la CRBV (Art.62), los Lineamientos Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 y en el Nuevo Mapa Estratégico. La contraloría social busca prevenir conflictos sociales ya que detecta problemas que puedan ser generados por las instituciones públicas, cuando pierden la direccionalidad de los programas y proyectos, los cuales pueden ser causados tanto por acción como por omisión. La contraloría social a través de información y conocimiento de causa realiza un conjunto de acciones voluntarias para ejercer el control, la vigilancia, la supervisión y la evaluación para contribuir con la gestión gubernamental, dado que busca la democratización de los servicios, el manejo de los recursos en beneficio de la colectividad, la capacidad de respuesta y pretende evitar que los recursos sean utilizados por intereses particulares de algún grupo. También, promueve la honestidad, la transparencia, eficiencia, eficacia y confianza de la ciudadanía en el proceso revolucionario. La contraloría fortalece la democracia, generando nuevas relaciones entre el Estado y la Sociedad, brindando mayor eficiencia de la gestión y la rendición de cuentas en los diversos ámbitos local, regional y nacional. La contraloría social ejercida de forma ética-política y humanista es el ejercicio donde el pueblo participa y forma parte de los asuntos públicos. Por lo cual, al ejercer esta forma de participación se debe estar conciente de los obstáculos y resistencias a las que la ciudadanía se enfrenta. Organizarse para romper con el silencio que se hace cómplice, y llegar no con chismes sino con pruebas a las instancias internas y de ser necesario a las externas donde están las diferentes autoridades competentes o al Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías no es tarea fácil. Los riesgos que corren las personas que ejercen responsablemente la contraloría social son de distinto tipo, tales como: fuertes cuestionamientos por parte de las personas más cercanas, intentos de resquebrajar la moral a través de

chismes, calumnias e incertidumbres dirigidas a dividir el grupo contralor y hasta incluso pueden llegar a ser víctimas de hostigamiento y persecución. Por lo tanto, la contraloría social debe basarse en sólidos principios éticos, actuar de forma transparente sin anonimatos, realizar críticas lógicas, constructivas y propositivas no simplemente ser un criticón o criticona, y sobre todo realizar actividades de manera constante, perseverante y positiva. Es importante que la ciudadanía se organizan ice para ejercer la Contraloría Social, ya que solo un pueblo unido jamás será vencido… La participación ciudadana en la CRBV (principios y mecanismos) (Punteo para el debate, preparado por Ligia Bolívar O.) ¿Qué es el Diagnóstico Participativo? Llamamos diagnóstico participativo (también conocido como diagnóstico comunitario o diagnóstico compartido) al diagnóstico hecho por un colectivo. Es un instrumento empleado por las comunidades para la edificación en colectivo del conocimiento de su realidad, en el que se publican los problemas que las afectan, los recursos con los que cuentan y las potencialidades propias de la localidad que puedan ser aprovechadas en beneficio de todos; lo cual, permite identificar, ordenar y jerarquizar los problemas comunitarios y, a través de ello, hacer que la gente llegue mejor preparada a la formulación del presupuesto participativo. ¿Por qué o para que hacer un diagnóstico participativo? Porque, mientras la comunidad analiza el diagnóstico, va comprendiendo mejor su situación, identificando los problemas y obstáculos que impiden su desarrollo y determinando las prioridades. El diagnóstico sirve además, para planificar y activar el Plan Único de Desarrollo del Órgano Ejecutivo. Existe una marcada diferencia entre un diagnóstico hecho por agentes externos a una localidad y aquel hecho por los propios vecinos; de hecho, los planes de acción y las soluciones suelen ser más apropiados y eficaces cuando se basan en el análisis de los problemas realizados por las personas afectadas. El diagnóstico participativo es una actividad del colectivo comunal; sin embargo, es conveniente que la comunidad cuente con el apoyo de facilitadores para aplicar la metodología adecuada al proceso investigativo llevado a cabo por los sectores populares. ¿Cuales son los problemas, necesidades, recursos y potencialidades? El objetivo del diagnóstico participativo es obtener información acerca de los problemas y necesidades comunitarias y su articulación dinámica con recursos locales y externos, así como las oportunidades de desarrollo que tienen los habitantes de las comunidades, ante lo cual definiremos como problemas comunitarios aquellos que afectan el normal desenvolvimiento social de los habitantes residentes en un área geográfica determinada: falta de servicios básicos (aseo urbano, electricidad, agua, cloacas, asfalto); inseguridad, desempleo, falta de infraestructura recreativa (canchas, centros culturales, parques, plazas); de infraestructura social (escuelas, ambulatorios, hogares de cuidado de niños, recreación), entre otros. Asimismo, definiremos como recursos comunitarios, a las fortalezas presentes en la comunidad: talento humano (albañiles, artesanas, panaderos, ingenieros, mecánicos, maestras); vocación económica y productiva; elementos naturales (árboles frutales, minas, peces, playas, ríos); organización social existente (unidades de batalla electoral, patrullas, grupos culturales, deportivos, religiosos, comerciantes, grupos de voluntarios); líderes naturales; aspectos geográficos, entre otros. Las oportunidades comunitarias son los componentes ajenos a la comunidad que pueden ser empleados en su beneficio: los programas sociales del gobierno nacional (Mercal, misiones educativas, reservistas...); los planes de financiamiento popular nacional, regional o municipales (Foncrei, Banco del Pueblo, Banco de la Mujer, Fondemi, cajas de ahorro, bancos cooperativos, fondos de crédito regional...); las potencialidades del suelo, entre otros. ¿Para que otras cosas sirve el diagnóstico participativo?

El diagnóstico participativo servirá además para: Conocer con un mínimo de fuero científico, el lugar donde vivimos. Establecer las prioridades con un criterio racionala las demandas comunitarias. Construir un ¡nosotros! comunitario territorial. Hacer que la comunidad tome conciencia de los diversos aspectos relacionados con los problemas que las aquejan. Proporcionar espacios concretos para la organización y la participación de diferentes grupos comunitarios. Proporcionar una base para elaborar un plan único de trabajo dirigido a la solución de los problemas comunitarios. Recolectar datos que puedan proporcionar una base para el sistema de seguimiento, control y evaluación. Adesarrollar el Poder Popular. Mision Y Vision De Los Consejos Comunales El consejo comunal es la forma de organización más avanzada que pueden darse los vecinos de una determinada comunidad para asumir el ejercicio real del poder popular, es decir, para poner en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad. Es además, la instancia básica de planificación, donde el pueblo formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas. Así, incorpora a las diferentes expresiones organizadas de los movimientos populares. El consejo comunal también es la base sobre la cual se construye la democracia participativa y protagónica que plantea la Constitución Bolivariana. Así como una casa puede derrumbarse fácilmente si su base no es suficientemente fuerte, así también puede ocurrir con la nueva democracia que estamos construyendo: ella sólo será invencible si su base es fuerte y esa base son los consejos comunales.



Misión

Promover y consolidar la democracia participativa y protagónica, mediante la promoción y el fortalecimiento de todas aquellas expresiones organizativas y comunitarias que propicien el ejercicio de la corresponsabilidad social en la gestión pública

MISION

Nuestra misión hacia el desarrollo de las comunidades plantea ser un enlace entre sus ideas de superación y los entes encargados de hacerles realidad, sus derecho de un mejor vivir social; tratamos de ayudarlos a ser personas profesionales con alto sentido ético, con una excelente conocimiento de lo que es conciencia e identidad de pertenencia, con el propósito de contribuir con los procesos de desarrollo social, local y comunitario, logrando así generar nuevos conocimientos colectivos que permitan la elaboración y gestión de estrategias para la articulación de comunidades y redes sociales en torno al nuevo proyecto de la sociedad incluyendo la verdadera participación y protagonismo del individuo dentro de la comunidad y para el impulso de procesos de desarrollo local sostenible.

De ésta manera contribuiremos a crear la verdadera sociedad que nosotros los venezolanos soñamos y que poco a poco se esta convirtiendo en una verdadera realidad. Uno de nuestros trabajos como Gestor Social es oír la problemática del Sector sin distorsionarlas ni engavetarlas sino tratar de ser verdaderos enlaces para canalizar la

posible solución. Cabe destacar que todo esto lo hacemos basándonos en el Artículo 57 de la Constitución Boliviana de Venezuela donde reza:

Artículo 57.- “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de vivaz voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecer censura. Quién haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa. Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades.”

Es por ello que debemos estar claros en nuestros deberes y derechos para poder defendernos en cualquier situación que se nos presente, ya que somos Contralores Sociales como lo evidencia el Artículo 14 de la Ley de los Consejos Comunales que dice: Artículo 14.- “Para ser electo o electa como integrante de la Unidad de Contraloría Social o de la Unidad de Gestión Financiera, se requiere:

1.- Ser habitante de la comunidad, con al menos seis (6) meses de residencia en la misma, salvo en los casos de comunidades recién constituidas o circunstancias de fuerza mayor. 2.- Mayor de edad. 3.- Disposición y tiempo para el trabajo comunitario. 4.- Estar inscrito en el Registro Electoral Permanente. 5.- No ocupar cargo de Elección Popular.”

Es por ello que nuestra misión se enfoca en ayudar al desarrollo de las comunidades contando siempre con la participación de las misma, en este caso estamos muy agradecidos con los integrantes de la comunidad El Rodeo, ya que son personas muy colaboradoras y participativas que saben hacia donde se dirigen y como hacerlo. ¡FELICIDADES!

VISION

Toda comunidad se basa en el trabajo de un conjunto de personas y se torna necesario en orientar el comportamiento de ese individuo integrado y dirigirlo rumbo a los objetivos comunales. Es por ello que los esfuerzos de los seres y todas las actividades de los diversos sectores deberán ser conjugados e integrados para el pleno alcance y rendimiento de la comunidad.

La comunidad se ha integrado de una manera congruente y capaz; en función de dar soluciones a las problemáticas con el apoyo de un grupo de entes gubernamentales, municipales y sociales. Cabe destacar que las instituciones municipales deben tomar un poco más de seriedad en las denuncias planteadas por las comunidades, para así poder tener mayor posibilidad de solventar a la brevedad posible el inconveniente y no caer en demoras por falta de atención. Tal es al apoyo que hemos recibido por parte de los estudiante del Programa de Formación Gestión Social de la Universidad Bolivariana de Venezuela, los cuales nos han prestado un apoyo logístico, humano y solidario, en lo que es la conformación, regularización y legitimación del Consejo Comunal, para alcanzar los objetivos deseados. Según el Artículo 30 de la Ley de los Consejos Comunales se crea la Comisión Nacional Presidencial del Poder Popular, de conformidad con el Articulo 71 de la Ley Orgánica de la Administración Publica, a los fines de:  

Orientar, coordinar y evaluar el desarrollo de los Consejos Comunales a nivel nacional, regional y local. Fortalecer el impulso del poder popular en el marco de la democracia participativa y protagónica, y el desarrollo endógeno, dando impulso al desarrollo humano integral que eleve la calidad de vida de las comunidades.

Bases constitucionales y legales de los Consejos comunales En 1998 llega a la Presidencia Hugo Chávez Frías. Entre una de sus banderas candidatura sostuvo la de la celebración de una constituyente, la cual fue convocada y culminó con la promulgación en 1999 del actual texto Constitucional la convocatoria a una constituyente abrió un capítulo inédito en la historia de la sociedad civil venezolana la misma creo innumerables formas de participación ciudadana directa de los asuntos públicos, colocando en un segundo plano los mecanismos de representación o participación indirecta. "La democracia representativa da paso a la democracia participativa, al establecer elderecho de todos los ciudadanos a intervenir en todos los asuntos públicos, en todos los niveles" (Salamanca, 2003: 142). La Carta Constitucional desde su preámbulo establece que "...el fin supremo de la misma es crear una sociedad democrática, participativa y protagónica...". De esta manera se configura el basamento constitucional expresado en valores de la participación ciudadana. Entre los principios fundamentales que establece la Constitución Nacional, se destaca el articulo 6º "el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables". Este dispositivo constitucional obliga a aquellos que dirigen los poderes públicos del estado a reformular la relación con los ciudadanos para incorporarlos al proceso de democratización de la gestión pública, puesto que el principio participativo informa y caracteriza al propio sistemade gobierno (Morales, Cuñarro y Leal, 2006). La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en lo sucesivo CRBV, persigue crear controles sociales efectivos sobre la gestión del Estado y en este esfuerzo las formas democráticas de gobierno, la representación y la participación,... Los Consejos Comunales nacen en Venezuela como un instrumento del Poder Popular para construir una sociedad de equidad y justicia social. Eso en la práctica significa que el pueblo organizado se moviliza para resolver necesidades sociales (alimentación, transporte, telecomunicaciones, vivienda y hábitat) y concretar aspiraciones de participación protagónica de las comunidades, especialmente de aquellas empobrecidas, atomizadas, desarticuladas y marginadas. A continuación hablaremos un poco de modo más profundo sobre los Consejos Comunales, para ello es importante conocer, su definición, para que sirve, quienes lo conforman, como realizarlo, entre otros.