Guia Derecho Laboral Parte 1

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tNDtGE:LEy ORGÁN|GA DELTRABAJO.(r997) lNTRoDucctóN: Basesconstitucionalei del óerechoLaboral venezolano.constituciónRepúbticaBolivarianade venezuela.

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UNIDAD 1 fÍfUlO t. Normas Fundamentales Capítulo l. Disposiciones Generales capítulo ll Del Deber de Trabajar y der Derecho aüTrabajo Capítulo lll. De ta Libertad de Íraóajo Capítulo lV. De las personas en el óerecho detTrabajo capítulo v. De la Aplicación de las Normas Jurídicas en Materiadel Trabajo Capítulo Vl. De la prescripción de las Acciones UNIDAD2 t 7

TÍTULo II. DE LA REtAc¡ÓN oe TRABAJo GapÍtulo l. Disposiciones Generales Gapituto ll. Del Contrato de Trabajo Gapítulo lll. De las Invenciones y Mejoras Capítulo lV. De la Susütución ¿él pairono Gapítulo V. De la Suspensión de la Retación de Tnabajo Gapítulo Vl. De la Termiháción de la Relación de.frabijo CapÍtulo Vll. De la Estabilidad en el Trabajo UNIDAD3 rÍruIo III. DE LA REMUNERAc¡ÓN GapÍtulo l. Del Salario GapÍtulo ll. Delsalario Mínimo Gapítulo lll. De la Participación en los Beneficios

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UNIDAD4

rÍruIo ¡V.DELAs GoNDIcIoNEs DETRABAJo

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Capítulo l. Disposiciones Generales Capif,uloll. De la Jomada de Trabajo CapÍtulo lll. De las Horas Extraordinarias de Trabajo CapÍhrlo lV. De los Días Hábites para el Trabajo CapÍhdo V. De las Vacaciones CapÍhrlo Vl. De la Higiene y Seguridad en el Trabajo UNIDAD5

ríruIo v. REGÍMENES EsPEcIALEs

Capítulo l. DelTrabajo de los Menores y de lbs Aprendices Gapítulo ll. De los Trabajadores Domésticoi Gapitulo lll. Del Trabajo de los Conserjes

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Gapítulo lV. De los Trabaiadoresa Domicilio Capítulo V. Del Trabajo de los Deportistas Profesionales Capítulo Vl. De los TrabaiadoresRurales Capítulo Vll. Del Trabajoen el Transporte Capítulo Vlll. DelTrabajo de los Actores, Músicos, Folkloristas y demás Trabajadoreslntelectualesy Cu lturales Cgpitulo lX. DelTrabajo de los Minusválidos TITULO VI. DE LA PROTECCIONLABORAL DE LA MATERNIDADY I-A FAMILIA UNIDAD6 TÍTULOvlt. DEREGHocoLEcTIvo DEL TRABAJO Capítulo l. Disposiciones Fundamentales Gapítulo ll. De la OrganizaciónSindical

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UNIDAD7 Capítulo lll. De las Negociacionesy Conflictos Colectivos Capítulo lV. De la Convención Colecüva de Trabajo Capítulo V. De la Reunión Normativa Laboral y de la Extensión Obligatoria de las Convenciones Golectivas TITULO VIII. DE LOS INFORTUNIOSEN EL TRABAJO TÍTULo Ix. DE LA ADMINISTRAcIÓNY EL TRABAJo Capítulo l. De los OrganismosAdministraüvos del Trabajo C3pítulo ll. Del Servicio de Empleo, EN T|TULO X. DE LA REPRESENTACION DE LOS TIRABAJADOITES LA GESNÓN TÍTULO xI. DE I,.AsSANG¡ONES DISPOSICIONESFINALES DisposicionesTransitorias, Actividades complementariasfi nales.

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BASES CONSTITUCIONALES DEL DERECHOLABORAL VENEZOLANO. Introducción: Con-este articulado pretendemos que et estudiante, comprenda, perftctamente, el fundamento constitucionat del derecho laboral vbnez,olano,y asi incorporarlo de inmediato en et conocimiento de los principios rectores del derccho laboral plasmados en la Constitución de la República Bolival.iana d,e Venezuela. Artículo87. Toda personatiene derechoal trabajo y el deber de trabajar.El Estado garantizarála adopciónde las medidasnecesariasa los fines de que toda persona puede obtener ocupación productiva,que le proporcione una existencia digna y decorosay le garanticeel pleno ejerciciode este derecho.Es fin del Estadofomentar ef empfeo.La ley adoptará medidastendentesa garantizarel ejercicio de los cJerechos laboralesde los trabajadoresy trabajadorasno dependientes.La libertad de trabajo no será sometidaa otras restriccionesque las que la tey establezca. Todo paüono o patrona garantizaráa sus trabajadoresy trabajadoras condicionesd,g sqwklad, higieney ambientede trabajo adecuados.El Estado adoptarámedidas y creaÉ institruciones que permitanelcontroly la promociónde estas condicioners. Artftr.Úo88. El Estadogarantizaráta igualdady equidad de hombresy mujercs en el eitrd:o del derecho al trabajo. El Estado reconocerá el trabajo del hogar como adñtitl,d económicaque crea valor agregadoy produce riqueza y bienestarsocial. Las arl¿¡sde casa tienenderechoa la seguridadsocialde conformidadcon la ley. Artículo89. Eltrabajo es un hecho socialy gozaráde la proteccióndel Estado.La ley dspordÉ lo necesario para mejorar las condiciones materiales, mc¡rales ,e lntelectualesde los trabajadores y trabajadoras. Para el cumplimiento de esta ob&gaciondel Estadose establecenlos siguientesprincipios: Nüpuna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresiúdadde los derechos y beneficioslaborales. En las relaciones laborates prevabce la realidadsobre las formas o apariencias. Lc derechoslaboralesson inenunciables.Es nula toda acción acuerdo o ,:onveni,c que impliquerenunciao menoscabode estos derechos.Sólo es ¡rosiblela trainsacción y comenimientoal término de la relaciónlaboral, de conformidadcon los r'equisitos qtre estaHezcala ley. Cuandohubieredudas acercade la aplicacióno concurrenciade varias nonnas,o en b interpretaciónde una detenninadanormase aplicarála más favorableal trabajadcrr o habajadora.La normaadoptadase aplicaráen su integridad. Toda medida o acto del patrono contrarioa esta Constituciónes nulo y no genera efecto alguno. Se prohíbetodo tipo de discriminaciónpor razones de politica, edad, r¿va, sexo o credoo por cualquierotra condición.

Se prohíbe el trabajo de adolescentesen labores que puedan afectar su dersarrollo integral.El Estadolos o las protegerácontracualquierexplotacióneconómicay social. Artículo 90. La jomada de trabajo diurna no excederá de ocho horas diarias ni de cuarentay cuatro horas semanales.En los casos en que la ley lo permíta,la jomada de trabajonocturnano excederáde siete horas diariasni de treintay cinco semanales. Ningún patrono o patrona podrá obtigara los trabajadoreso trabajadorasa laborar horas extraordinarias.Se propenderáa la progresivadisminuciónde la jornada de trabajo dentro del interés social y del ámbito que se determine y se dispondrá lo convenientepara la mejor utilizacióndel tiempo libre en beneficiodel desarrollofísico, espiritualy cultural de los trabajadoresy trabajadoras. Los trabajadores y trabajadoras tienen derecho al descanso semanat y vacaciones remuneradosen las mismascondicionesque las jomadas efectivamentelaboradas. Artículo 91. Todo trabajador o trabajadoratiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiafes,socialese intelectuales.Se garanttzaráel pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe conesponder a los trabajactores y trabajadorasen el beneficiode la empresa. El salario es inembargabley se pagará periódica y oportunamenteen moneda de curso legal, salvo ta excepción de la obligaciónalimentaria,de conformidadcon la ley. El Estado garantizará a los trabajadoresy trabajadoras del sector público y del sector privadoun salariomínimovital que será ajustadocada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La Ley establecerá la forma y el procedimiento. Artículo 92. Todos tos trabajadores y trabqjadoras tienen derecho a prestacíones socialesque les recompensenla antigüedaden el servicioy los amparen en ':aso de cesantía.El ialario y las prestacionessocialesson créditos labc,ralesde exi¡¡ibilidad inmediata.Toda mora en su pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de valory gozaránde los mismosprivilegiosy garantíasde la deuda principal. Artículo93. La ley garantizarála estabilidaden el trabajo y disp,cndrálo conducente para limitar toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta Constituciónson nulos. Artíe¡lo 94. La ley determinará la responsabilidadque corresponda a la persona natural o jurídica en cuyo provecho se presta el servicio mediante intermediarioo conbaüsta, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de éstos. El Estado estableceÉ, a través delórgano competente,la responsabitidadq{,Jecorrespondaa los patronoso patronasen general,en caso de simulacióno fraude, con el propósitod.' desvirtuar,desconoceri.¡obstaculizarla aplicaciónde la legislaciónlaboral. Artículo95. Los trabajadoresy las trabajadoras,sin distinciónalguna y sin nercesidacl de autorizaciónprevia, tienen derecho a constituir libremente las organizacione:i sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e " intereses,así como a afiliarse o no a ellas, de conformidad con la Lerl. Estas

organizaciones no están sujetas a intervención, suspensión o di:se¡s.¡5. administrativa.Los trabajadoresy trabajadorasestán protegidosy protegida:;contra todo acto de discriminacióno de injerenciacontrarioal ejerciciode este derecho.Los promotoreso promotorasy los o las integrantesde las directivasde las organ2aciones sindicalesgozaránde inamovilidadlaboralduranteeltiempo y en tas condicionesque se requieranpara el ejerciciode sus funciones. Para el ejercicio de la democracia sindical, los estatutos y reglamentos de las organizacionessindicalesestableceránta altemabilidadde los y las integrantesde las direclivasy rePresentantesmedianteel sufragiouniversal,directc,ysecreto.Los y las integrantesde las directivas y representantessindicalesque abusen de los beneficios derivadosde la libertadsindicalpara su lucro o interéspersonal,serán sancionadoso sancionadasde conformidadcon la ley. Los y las integrantesde las directivasde las organizacionessindicalesestaránobligadosu obligadasa hacer declaraciónjurada de bieres. Artículo96. Todos los trabajadoresy las trabajadorasdel sector públicoy del privado tbEn derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colecfivasde trabajo, sin más requisitosque los que establezca la tey. El Estado gaantizaÉ su desanollo y establecerálo conducentepara favorecer las reNaciones colediv¿ls y la solución de los conflictos laborates. Las convenciones colectivas :trrFÉrana todos los trabajadores y trabajadorasactivos y activas al momento de su g¡scripcftiny a quienes ingresencon posterioridad. Artict¡lo 97. Todos los trabajadores y trabajadoras del sector público y del privado trenenderechoa la huelga,dentrode las condicionesque establezcala ley.

UNIDADI: Introducción: Esta un¡¿aO I Dere,chodel Trabajo y su estudio te permitirá conocer, de manera sucinta, objeto, fuentes, conceptos y principios fundamentales de derecho laboral y los puntps más, importantes señalados en los artículos I al 64 de la Ley Orgánica del I'rabajo. (f 997). El estudiante deberá leer dichos artícutos.

El nacimientodel Derecho detTrabajo es una de las consecuenciasde la rerrolución industrial.Una época florecienteen lo que se refiere al crecimientoeconóntico, se, acompañade un subdesarrollo social.En ese clima,bajo la aparienciadel ejerciciode la libertadde contratacióny de la autonomíade la voluntad,una de las pártes de la relaciónes la que impone las condiciones. Eltrabajo ha existidodesde el iniciode la creacióndel hombre,lo que'ha variacloes su formaciónsocialy humanacomo hoy la conocemos. Fue Adam Smith quien pregonabaque la única base de la riqueza era el trabajo en vista de que este era lo que podía modificary transformaren bienes de conrsumoy, servicioscuatquiermateriaprima o procedimientosindustriales. Eümológicamente, trabajo proviene del latín trabs, trabis, traba, dificultad, impedimento,eltrabajo es una actividady todo hombredebe trabajar para obtener la subsistencia.Puede ser consideradodesde diversospuntosde vista. Desde el punto de vista económicoel trabajo es un factor de producción:supone un intercambiode bienes y servicios para la satisfacciónde necesidades humanas. Jurídicamente,el trabajo puede ser consideradocomo un ejerciciolícito de facultades. ¡ntelecÍualesy físicasen beneficiopropio o ajeno, en este ritt¡mo."ro, génoalmente devenga una retribución'o contraprestaciónllamada salario o remuneiaciórr.En el Génesis(lll, 19) al transcribirel prirnermandatopara el hombre,ya expulsadodel paraíso,exclama con el creador, al primerode los humanos:"ccrr¡si5r ei parr con el sudor de tu frente"i Y San pablo, con acento revolucionario,declara:"Sí el ñornbreno trabaja,no comerá".El Derecho Laborales una rama del derechocuyo fin principales protegeral trabajadory sus mandatosson irenunciablesy de orden fi,iOtico. .AlfonsoGuzmán,R. (1976,Pág. 11) en su obra DidácticáoetDerecñodel Trerbajo, to define así: El Derecho del Trabajo es el conjunto de preceptos de orden púOticc reguladorde las relacionesjurídicasque tienen por causa el trabajo por cuenta y bajc, la dependencia ajena, con el objeto de garantizar a quien ló ejecuta su ptenc desa¡rollo como persona humana ; y a la comunídad,ia efectivj integra