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Universidad Abierta y a Distancia de México (UnADM) Carrera: Licenciatura en Seguridad Pública División de Ciencias Soci

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Universidad Abierta y a Distancia de México (UnADM) Carrera: Licenciatura en Seguridad Pública División de Ciencias Sociales (dcs) Materia: Gestión y administración de la seguridad pública Actividad 2. Las herramientas de la seguridad pública Nombre del Estudiante: Immer Jiménez de La Cruz Matricula: ES1821007364

INTRODUCCIÓN El Estado es la principal estructura institucional, creadora de las reglas que deben de existir en un territorio, y a la cual los ciudadanos debemos de acatar y respetar, así mismo el Estado debe de garantizar que la sociedad pueda gozar de una vida digna, y plena. Es por ello por lo que a lo largo de la historia de nuestro país el Estado ha buscado la manera de poder garantizar la seguridad de sus gobernados, por ello la seguridad pública en nuestro país ha ido sufriendo modificaciones para poder salvaguardar la integridad y los derechos de las personas y poder mantener la convivencia armónica entre los mismos. Actualmente el principal marco jurídico en el que se sustenta la seguridad pública de nuestro país se encuentra fundado en el artículo 21 constitucional y en él también se establece que “Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública”, (diputados.gob.mx, 2020). El Sistema Nacional de Seguridad Pública en nuestro país es un órgano desconcentrado del gobierno Federal, el cual es la suma de los tres órdenes de gobiernos, en el cual se encuentra integrado por todas aquellas instituciones que se encuentran relacionadas con la procuración e impartición de justicia del país. “El Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) es la instancia que sienta las bases de coordinación, así como la distribución de competencias, en materia de seguridad pública, entre la Federación, Entidades Federativas y los Municipios, bajo la directriz del Consejo Nacional de Seguridad Pública, siendo este último la instancia superior de coordinación y definición de políticas públicas”, (UnADM, 2020). En el presente trabajo analizaremos cueles son las herramientas con las que cuenta el Sistema Nacional de Seguridad Pública, así mismo se analizara la legislación que corresponde para regular la información pública y clasificar las bases de datos. DESARROLLO

El trabajo que mantiene El Sistema Nacional de Seguridad Pública actualmente ha permitido ir avanzando ya que actualmente cuenta con herramientas que sirven de información para el combate y prevención de la delincuencia. A continuación, se presentan las herramientas con las que cuenta El Sistema Nacional de Seguridad Pública: Sistema Nacional De Acreditación Y Control De Confianza El sistema nacional de acreditación y control de confianza se conforma con las instancias, órganos, instrumentos, políticas, acciones y servicios previstos en la presente Ley, tendientes a cumplir los objetivos y fines de la evaluación y certificación de los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública. Sistema Nacional De Información En Seguridad Pública La Federación, las entidades federativas y los Municipios, suministrarán, consultarán y actualizarán la información que diariamente se genere sobre Seguridad Pública mediante los sistemas e instrumentos tecnológicos respectivos, al Sistema Nacional de Información. Las Instituciones de Seguridad Pública tendrán acceso a la información contenida en el Sistema Nacional de Información, en el ámbito de su función de prevención, investigación y persecución de los delitos, o como auxiliares en el ejercicio de dichas funciones, según corresponda. Registro

Nacional

de

Detenciones

El Registro Nacional de Detenciones forma parte del Sistema Nacional de Información, por lo que podrá ser utilizado por el Centro Nacional de Información en los términos previstos por la ley de la materia y la presente Ley. Sistema Único de Información Criminal El SUIC cuenta con información proveniente de los tres niveles de gobierno vinculada entre sí, y tiene acceso a otras bases de datos, como información pública, síntesis informativas, necesaria para la investigación de los delitos. El SUIC funciona cuando hay una orden de aprehensión contra una persona en un Estado o Municipio, para que,

si ésta es atrapada cometiendo un delito de manera reincidente, existan los elementos para juzgarlo severamente. Sistema Nacional de Información Penitenciaria Es la Base de Datos que, dentro del Sistema Nacional de Información, contiene, administra y controla los registros de la población penitenciaria de la Federación y de las entidades federativas en sus respectivos ámbitos de competencia Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública Es la Base de Datos que, dentro del Sistema Nacional de Información y conforme lo acuerden las Conferencias Nacionales de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública, contendrá la información actualizada, relativa a los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, las entidades federativas y los Municipios Registro Nacional de Armamento y Equipo Además de cumplir con las disposiciones contenidas en otras leyes, las autoridades competentes de la Federación, las entidades federativas y los Municipios manifestarán y mantendrán actualizado el Registro Nacional de Armamento y Equipo. Dicha Base de Datos deberá contener: I. La información de los vehículos que tuvieran asignados, anotándose el número de matrícula, las placas de circulación, la marca, modelo, tipo, número de serie y motor para el registro del vehículo, y II. La información de las armas y municiones que les hayan sido autorizadas por las dependencias competentes, aportando el número de registro, la marca, modelo, calibre, matrícula, huella balística y demás elementos de identificación que exijan la ley de la materia y su reglamento Registro Nacional de Medidas Cautelares, Soluciones Alternas y Formas de Terminación Anticipada Las autoridades competentes de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios mantendrán permanentemente actualizado el Registro Nacional de Medidas Cautelares y Soluciones Alternas y de Terminación Anticipada Servicios De Atención A La Población

El Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana establecerá mecanismos eficaces para que la sociedad participe en el seguimiento, evaluación y supervisión del Sistema, en los términos de esta ley y demás ordenamientos aplicables. Dicha participación se realizará en coadyuvancia y corresponsabilidad con las autoridades, a través de: I. La comunidad, tenga o no estructura organizativa, y II. La sociedad civil organizada Por otro lado la información es un activo primordial y cumple un rol de suma importancia en las instituciones de procuración e impartición de justicia del país, es por lo que resulta ser de suma importancia que todas aquellas personas que tiene acceso a la información con la que cuenta El Sistema Nacional de Seguridad Pública incorporen buenas prácticas para poder proteger toda la información con la que cuentan y que esta información sobre todo sea de provecho para garantizar la seguridad de los ciudadanos. Por ello es necesario que toda aquella persona que maneja información que emana de la autoridad, en este caso los relacionados con seguridad pública, debe estar regulado por una ley. Por otro lado, resulta provechoso que los datos se encuentren clasificado según sea la problemática para poder hacerle frente a la delincuencia de manera más organizada lo cual nos permite un mejor combate y una mejor prevención de la delincuencia. Describe con claridad los artículos que se distinguen en la Constitución Mexicana como herramienta con que cuenta el Sistema Nacional de Seguridad Pública (artículo 89, fracción VI; artículos 73, fracción XXIX-M; Título 1° de la Ley de Seguridad Nacional y artículo 27, fracción XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal). En el artículo 89 constitucional en su fracción VI establece que el presidente de la republica puede disponer de la totalidad de las fuerzas armadas para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación. Es por ello por lo que el sistema nacional de seguridad publica cuenta con las fuerzas armadas para la lucha contra el fenómeno de la inseguridad pública.

El artículo 73 constitucional establece en su fracción XXIX-M, que el congreso tiene facultades para expedir leyes en materia de seguridad nacional, estableciendo los requisitos y límites a las investigaciones correspondientes. CONCLUSIÓN A lo largo de la historia de nuestro país el Estado ha buscado la manera de poder garantizar la seguridad de sus gobernados, por ello la seguridad pública en nuestro país ha ido sufriendo modificaciones para poder salvaguardar la integridad y los derechos de las personas y poder mantener la convivencia armónica entre los mismos. “La Federación, las Entidades Federativas y los Municipios establecerán un servicio de comunicación que reciba los reportes de la comunidad, sobre las emergencias, faltas y delitos de que tenga conocimiento, además de ser responsables de integrar y actualizar el sistema único de información criminal, con la información que generen las Instituciones de Procuración de Justicia e Instituciones Policiales, que coadyuve a salvaguardar la integridad y derechos de las personas”, (UnADM, 2020). Me parece correcto cómo es que el Estado pese a todo las adversidades por las que ha pasado y aún sigue pasando ha buscado la forma de poder garantizar la seguridad de los ciudadanos y en ese ímpetu ha generado las condiciones para que se cuente con una estrecha coordinación en materia de seguridad a través de los tres niveles de Gobierno, y eso resulta ser muy favorable, pero solo falta poner más empeño para que los funcionarios encargados de las diferentes instancias de coordinación y encargados de la procuración de justicia del país desempeñen bien sus funciones, y así salir de este proceso que no es nada bueno en materia de seguridad. FUENTES DE CONSULTA diputados.gob.mx. (2019). Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Recuperado

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