Funciones Medico Ocupacional

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Asesorar, coordinar y controlar los programas de salud e higiene ocupacional de los trabajadores de la Empresa a través de los Programas Preventivos, con el propósito de mantener y mejorar la salud y bienestar físico de los trabajadores y prevenir enfermedades ocupacionales, cumpliendo con la legislación y disposiciones que rigen la materia en general: Seguridad Social, Salud Ocupacional, Ley Orgánica del Trabajo y LOPCYMAT. Planificar, coordinar y dirigir las actividades médicas tanto curativas como preventivas, con la finalidad de mantener y concientizar la salud del personal de la Empresa. Preparar y mantener actualizado los expedientes médicos de cada trabajador con la finalidad de llevar control de la historia médica. Coordinar y vigilar los programas médicos ocupacionales con la finalidad de controlar la salud de los trabajadores en sus puestos de trabajo. 

Exámenes médicos de condiciones generales



Atención médica de accidente ocupacional



Atención médica de enfermedades ocupacional



Exámenes médicos pre – empleo



Exámenes médicos post – empleo



Exámenes pre y post - vacacional

Diseñar, implementar y evaluar los programas de promoción y prevención de salud en el trabajo y atención de los daños a la salud en ocasión al trabajo. Realizar informes técnicos sobre perfil de salud. Participar en las actividades de formación en materia de higiene y salud en el trabajo de los empleados. Participar en la elaboración e implementación de los sistemas de vigilancia epidemiológica conjuntamente con los demás integrantes de la Unidad de Seguridad y Salud Ocupacional, Comité de Seguridad y Salud Laboral, trabajadores y trabajadoras. Realizar el diagnóstico de las enfermedades ocupacionales e informar a los coordinadores de la Unidad de Seguridad y Salud Ocupacional para la toma de acciones correctivas. Analizar, en conjunto con el equipo multidisciplinario, los procesos peligrosos existentes, identificando los grupos más vulnerables, con los fines de elaborar recomendaciones y proponer programas de protección específicos. Evaluación Médica ocupacional que se realiza para determinar las condiciones de salud del trabajador en función a las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con el perfil del cargo y con los requerimientos de la tarea.



Evaluación Médica Pre-Empleo en algunos casos seleccionados y/o referidos a los fines de establecer si es “Recomendable” para ejercer un cargo y evitar futuras complicaciones a la empresa.



Evaluación Médica Pre y Post – Vacacional a los trabajadores.



Evaluación médica periódica: En casos seleccionados con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz posibles alteraciones temporales o permanentes de salud del trabajador, ocasionadas o agravadas por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo.



Examen post-incapacidad: Aquel que se efectúa al final de un periodo de incapacidad laboral con el fin de evaluar la condición de salud actual del paciente, si el trabajador puede regresar a las labores habituales que estaba ejecutando o si tiene restricciones para el ejercicio de las mismas.



Examen por reubicación laboral o cambio de ocupación: evaluación médica al trabajador cada vez al cambiar de ocupación y ello implique cambios de medio ambiente laboral, de funciones, tareas o exposición a nuevos o mayores factores de riesgo.



Examen de Egreso o retiro: Evaluación médica ejecutada cuando se termina la relación laboral, con el objeto de valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de las tareas o funciones asignadas.



Evaluaciones Médicas ocupacionales orientadas al riesgo laboral.



Evaluación de Exámenes paraclínicos (Laboratorio, Radiografía de tórax), Historia Médica Laboral, examen físico, y programar la realización de pruebas especiales en caso de ser requeridas (Espirometría. Audiometría, etc.) de acuerdo a riesgos específicos. Planificación de Jornadas de salud visual, auditiva, de laboratorio, de rayos X, de vacunación anual y otras, tal como lo establece la LOPCYMAT.



Colaborar en la elaboración de material de capacitación y adiestramiento mensual en materia de salud ocupacional para ser entregado a los trabajadores.



Organización de charlas de temas de salud y jornadas nutricionales, y de programa de pausas activas.



Determinar que la condición de salud integral de los trabajadores es recomendable para laborar en dichas áreas.



Determinar que no se ha alterado la condición de salud del personal que ya se encuentra asignado a áreas de trabajo con motivo de la actividad laboral.



Evaluación de los puestos de trabajo y procesos peligrosos.



Se emitirá una copia de recomendación Médica para el cargo a La empresa donde se notificará el resultado de la evaluación médica. Se elaborará un informe por escrito de cada paciente.



Colaborar con la realización de programas de conservación de salud orientados según los riesgos encontrados en cada actividad laboral, así como con la implementación de notificaciones de riesgo y AST (Análisis de Seguridad en el Trabajo).



Elaborar y presentar informes sobre estadísticas de morbilidad.



Asesorar a la Empresa para dar cumplimiento a lo requerido por la LOPCYMAT y su respectivo Reglamento en todo lo concerniente a la salud de los trabajadores y trabajadoras.



Elaborar indicadores de gestión que permitan establecer los mecanismos de control sobre el sistema de vigilancia epidemiológica necesario.



Atender las lesiones de los trabajadores y trabajadoras, producidas por los accidentes de trabajo y clasificarlos según la categoría de daño contemplada en el artículo 78 de la Lopcymat, así como determinar posterior a su rehabilitación, el grado de discapacidad, sus habilidades y destrezas.



Organizar y participar en los sistemas de atención de primeros auxilios, transporte de lesionados y la atención médica de emergencia en conjunto con los demás integrantes de la Unidad de Seguridad y Salud Ocupacional.



Participar en conjunto con el equipo de trabajo multidisciplinario, los trabajadores o trabajadoras y el Comité de Seguridad y Salud Laboral, en la evaluación de los puestos de trabajo, con la finalidad preventiva de adaptarlos al trabajador y trabajadora.



Asesorar en las actividades de prevención en salud que permitan el desarrollo de los planes de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social coordinado por la Gerencia de Talento Humano.



unciones 1. SERVICIO DE SALUD PARA LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION EN LOS TERMINOS DE LAS LEYES 19.587 Y 24.557



a) Identificación y evaluación de los riesgos que puedan afectar a la salud en el lugar de trabajo



b) Vigilancia de los factores del medio ambiente de trabajo y de las prácticas de trabajo que puedan afectar a la salud de los trabajadores.



e) Asesoramiento en materia de salud, de seguridad y de higiene en el trabajo y de ergonomía.



d) Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo.



e) Colaboración en la difusión de informaciones, en la formación y educación en materia de salud e higiene en el trabajo y de ergonomía.



f) Participación en el análisis de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales.



g) Asegurar que se reciban las prestaciones correspondientes a la ley de riesgos de trabajo, en cantidad y calidad realizando el seguimiento personal el cada caso.



h) Organismo responsable ante la Aseguradora de Riesgos de Trabajo.

 2. RECONOCIMIENTOS MEDICOS DE PATOLOGIA INCULPABLE (Decreto 3413/79 y Convenio Colectivo de Trabajo del Sector Público) 

Afecciones o lesiones de corto tratamiento, largo tratamiento, maternidad, atención grupo familiar, por solicitud del organismo empleador. Deberá aportar: nota presentación del organismo, documento de identidad, certificación médica y estudios obrantes.



Destinado a: Ministerio de Salud de la Nación - Organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional - Casas de Provincia - Personal de provincias en tránsito - Universidades Nacionales.

 3. CERTIFICACION DE APTITUD PSICOFISICA 

Destinado a: Ministerio de Salud de la Nación - Organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional, en el marco del Decreto 3413/79 y Ley de riesgos de trabajo.

 4. JUNTAS MEDICAS 

Instancia superior determinante en casos de disenso entre la licencia aconsejada por el médico del/la agente y el Servicio Médico del organismo



Consideración de los casos de reducción horaria y/o cambio de tareas o destino.



En todas las Juntas Médicas el/la agente podrá presentarse acompañada con su médico/a tratante.

 5. MEDICINA LEGAL



a) Peritación médico-legal a pedido de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el ámbito de la Ley 24.241



b) Perito de parte en Ministerio de Salud de la Nación.

Funciones especificas: • Funciones asistenciales: 

Participar en los estudios de aptitud para cada puesto de trabajo.



Participar en los exámenes preventivos (preempleo, periódicos y de reintegro laboral).



Participar en la elaboración de la historia clínica laboral.



Participar en la dispensarización de los trabajadores.



Realizar la descripción de los puestos de trabajo y su entorno.



Dominar claramente las materias primas y medios tecnológicos a utilizar en el proceso productivo.



Llevar la programación de los exámenes médicos preventivos.



Comunicar los resultados de los exámenes médicos preventivos.



Archivar los resultados de los exámenes médicos preventivos.



Participar en el seguimiento epidemiológico de los trabajadores con enfermedades profesionales o relacionadas con el trabajo.



Realizar la revisión y control de los certificados médicos o ausencias por problemas de salud.



Cumplir con el programa de vacunación para la prevención de enfermedades comunes y ocupacionales.



Participar en el proceso de identificación de peligros, evaluación y control de riesgos ocupacionales con las administraciones.



Participar activamente en las exigencias del cumplimiento de las medidas establecidas en las inspecciones, así como del uso correcto de los medios de protección.



Participar en el proceso de selección de los medios o equipos de protección personal y su adaptación individual al trabajador.



Brindar a cada trabajador una educación sanitaria según el puesto de trabajo y los riesgos laborales a que está expuesto.



Realizar la vigilancia epidemiológica y el análisis de las condiciones higiénicosanitarias y epidemiológicas del puesto de trabajo y de la empresa.



Recoger las muestras testigos en centros donde existe elaboración de alimentos.



Brindar los primeros auxilios en las situaciones de emergencias o desastres.



Registrar todas las actividades realizadas por el propio personal de enfermería.



Participar en las investigaciones de accidentes de trabajo y de otros daños a la salud del trabajador.



Registrar de los incidentes, los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales.



Analizar, junto al equipo de seguridad y salud en el trabajo del centro laboral, los factores de riesgos relacionados con las enfermedades transmisibles y crónicas no transmisibles.



Desarrollar las actividades establecidas en los programas vigentes para la detección y el control de las enfermedades transmisibles y crónicas no transmisibles.



Controlar y asesorar, junto al médico y al dietético, los aspectos relacionados con la nutrición de la población trabajadora del centro laboral.



Analizar las condiciones higiénicas y de salubridad de los espacios comunes de trabajo e instalaciones generales del centro laboral (comedores, taquilleros, servicios higiénicos y zonas de descanso, equipos de refrigeración, instalaciones de agua potable).



Desarrollar las acciones de promoción, prevención de salud y seguridad de los trabajadores, y de rehabilitación de los trabajadores enfermos o accidentados, mediante acciones individuales dirigidas al trabajador o generales dirigidas al colectivo laboral.



Participar en el plan de estrategias para la toma de decisiones en beneficio de la salud del trabajador.



Elaborar programa para incrementar la cultura de salud en el centro laboral.



Analizar los datos de salud del centro laboral para determinar las necesidades de promoción de salud en sus trabajadores.



Elaborar e implantar programas dirigidos a la lucha contra conductas de riesgo y malos hábitos para la salud en el centro laboral.



Participar activamente en la protección del personal de la empresa durante la ejecución de trabajos peligrosos de gran importancia para la misma.



Coordinar con el Sistema Integrado de Urgencia Médica (SIUM) la presencia del mismo durante el desarrollo de trabajos peligrosos en el centro laboral.



Coordinar con otras unidades del Sistema Nacional de Salud para efectuar la rehabilitación de las pacientes con secuelas de algún daño o accidente.



Controlar el registro en la historia clínica del trabajador de cualquier maniobra de urgencia realizada.



Prestar mayor atención a aquellos trabajadores especialmente sensibles, entre los que tenemos a los trabajadores con edad mayor de 60 años, las gestantes y los discapacitados.

• Funciones administrativas: 

Programar dentro del centro laboral todos los servicios de salud diariamente.



Archivar y mantener las historias clínico-laborales del personal activo y pasivo del centro laboral.



Organizar los cronogramas de ejecución de las actividades de seguridad y salud planificadas por la empresa.



Asesorar a la administración en materia de prevención de riesgos ocupacionales.



Elaborar, de manera conjunta con el equipo de seguridad y salud en el trabajo del centro laboral, un informe anual de las actividades desarrolladas por la empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo.



Comunicar a las autoridades del Sistema Nacional de Salud los resultados y conclusiones de las actividades desarrolladas por la empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo.



Controlar el cumplimiento e implementación del plan de emergencias y de primeros auxilios en la empresa.



Elaborar las propuestas de adaptación de los puestos de trabajo a los trabajadores sensibles.



Preservar los datos y la documentación de los trabajadores a los cuales tiene acceso.



Gestionar los recursos materiales y medicamentos del dispensario médico.



Participar en la elaboración, adaptación y revisión de los procedimientos y protocolos específicos.



Asesorar al comité de seguridad y salud en el trabajo del centro laboral.



Gestionar la correcta eliminación de los residuos sanitarios del centro laboral.



Mantener relación estrecha de trabajo con el área de salud correspondiente mediante la comunicación de las memorias de todas las actividades realizadas con sus fechas de cumplimiento.



Coordinar la calibración y verificación periódica de los equipos médicos utilizados.



Planificar eficazmente la prevención de los riesgos durante la realización de los trabajos peligrosos en el centro laboral.



Garantizar el cumplimiento de las normas de bioseguridad dentro del servicio de salud del centro laboral.



Participar en la elaboración del plan de gastos anuales del servicio de enfermería, para lo que es necesario saber justificar y proyectar los costos del acondicionamiento y adquisición de nuevos equipos y/o reemplazo de aquellos defectuosos.



Garantizar la confiabilidad de los datos que están bajo su responsabilidad.



Mantener actualizados los planes contra desastres y catástrofes.



Participar activamente en los simulacros ante una situación de emergencia sanitaria o de desastre.

• Funciones docentes: 

Participar en los programas y cursos formativos e informativos en materia de prevención de riesgos para la salud .



Analizar los datos de salud de los trabajadores para determinar las necesidades de promoción de salud.



Impartir talleres en relación a conductas de riesgo laboral y extra laboral (promoción de hábitos saludables).



Realizar campañas informativas sobre patologías y riesgos prevalentes: diseño, implantación y medición de los resultados.



Diseñar y ejecutar programas docentes de pre y postgrado orientados a la formación de enfermeros en el área ocupacional.



Participar en el diseño de los materiales docentes dirigidos a la elaboración de cursos y entrenamientos en el área de salud ocupacional.



Mostrar adecuadamente los resultados y conclusiones de los estudios epidemiológicos.



Efectuar la actualización periódica en materia preventiva sobre las patologías ocupacionales, los riesgos específicos y su prevención.



Realizar la actualización sobre primeros auxilios, higiene básica, higiene postural, hábitos saludables y otros temas afines o de interés, tanto al equipo de seguridad y salud en el trabajo, como al colectivo de trabajadores en general.



Desarrollar los talleres de actualización a los trabajadores sobre el marco legal vinculado con su salud y su seguridad.



Mantener actualizados los medios de comunicación del equipo de salud del centro laboral.

• Funciones investigativas: 

Crear un banco de problemas de investigación dentro de cada empresa relacionados con la prevención de enfermedades y accidentes laborales.



Establecer un orden de prioridades para la ejecución de proyectos de investigación que aporten soluciones a los problemas identificados en el banco de problemas.



Ejecutar o colaborar en estudios epidemiológicos en el centro laboral.



Elaborar artículos de interés para la especialidad de enfermería ocupacional.



Realizar revisiones bibliográficas sobre los temas de interés vinculados a la elaboración de proyectos de investigación relacionados con la actividad de enfermería ocupacional.



Publicar los resultados de los proyectos de investigación en los cuales se participa, con la debida autorización del autor principal del mismo.

CONCLUSIONES En la presente investigación queda definido un conjunto de funciones específicas para el personal de enfermería ocupacional, que incluye nuevas funciones asistenciales, administrativas, docentes e investigativas que no habían sido definidas, enunciadas o tomadas en cuenta por el documento emitido antes por el Ministerio de Salud Pública

(Resolución nº 3/96 de 2008). De esta forma debe quedar mejor acotada la responsabilidad del personal de enfermería en una empresa o centro laboral, tanto en sus funciones de atención primaria, como en las funciones orientadoras y preventivas que este personal debe realizar en ese puesto de trabajo. La salud y la seguridad de los trabajadores en el centro laboral serán significativamente mejoradas si el apoyo que reciben las entidades laborales por parte del personal de salud pública mejora su eficiencia y coordina más eficazmente sus esfuerzos con los responsables de la seguridad y salud en el trabajo del propio centro laboral. Este objetivo se debe lograr más rápidamente si el personal de enfermería ocupacional conoce mejor cuáles son sus posibilidades y sus capacidades dentro de un centro laboral y si éstas quedan documentadas adecuadamente.