Fraude al acreedor.

ACTO JURÍDICO Mgtr. Estrella Carrillo Seclén CONCEPTO, CONDUCTAS FRAUDULENTAS ACCIÓN PAULIANA FRAUDE • Conducta des

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ACTO JURÍDICO Mgtr. Estrella Carrillo Seclén

CONCEPTO, CONDUCTAS FRAUDULENTAS

ACCIÓN PAULIANA

FRAUDE • Conducta desleal. • Acción contraria a la verdad y a la rectitud, que perjudica a la persona contra quien se comete. • Fraude a la ley • Fraude a los acreedores (fraude del acto jurídico).

FRAUDE A LOS ACREEDORES Hace referencia a los actos celebrados por el deudor con los cuales: •Renuncie a derechos •Disminuya su patrimonio conocido Provocando o agravando su estado de insolvencia, en perjuicio de sus acreedores, presentes o futuros, que se ven impedidos de obtener la satisfacción total o parcial de sus créditos.

Insolvencia

Desequilibro patrimonial en el que el pasivo supera al activo.

Quirografario

Acreedor

Privilegiado

Garantizado

Conductas fraudulentas

Cuyo crédito no esta respaldado con garantías específicas. Ley establece que su crédito debe ser pagado con preferencia a otros.

Cuyo crédito cuenta con garantías específicas.

CONDUCTAS FRAUDULENTAS MANIFESTACIÓN

REMEDIO

El acto simulado

Acción de simulación

El deudor enajena o grava sus bienes o renuncia a derechos, frustrando la posibilidad de cobro de sus acreedores.

Acción pauliana

El deudor, acreedor de un tercero, no ejerce las acciones que le compete contra este. O terceros promueven acciones contra el deudor y este no se defiende.

Acción subrogatoria, indirecta u oblicua

ACCIÓN PAULIANA Medio legal de conservación de la garantía patrimonial consistente en el poder del acreedor de demandar judicialmente para que se declaren ineficaces respecto de él los actos con los cuales su deudor renuncia a sus derechos, o con los que disminuya su patrimonio conocido, disponiéndolo o gravándolo, de tal forma que le cause un perjuicio, imposibilitando o dificultado el recupero de su crédito.

PERJUICIO AL ACREEDOR

No basta que el deudor disminuya su patrimonio, sino que es necesario que con el acto de disminución se perjudique el cobro del crédito.

ESTA ORIENTADA A GARANTIZAR EL RECUPERO DEL CRÉDITO El objetivo que persigue el acreedor con esta acción es el de obtener que se reponga la GARANTÍA GENERAL hasta límites que permitan la satisfacción de su crédito.

SOLAMENTE HASTA EL LÍMITE A QUE ASCIENDE SU CRÉDITO TODO LO QUE PERTENECE O PUEDA LLEGAR A PERTENECER A SU DEUDOR Se admite el control pauliano de los actos del deudor por los cuales renuncia a derechos causando perjuicio a su acreedor. ES UNA ACCIÓN DE INEFICACIA RELATIVA DEL ACTO PERJUDICIAL

El acreedor demandante pide que se declaren ineficaces respecto de él (y no respecto de las partes ni de otros acreedores) los actos que originaron perjuicio a sus derechos.

ACTOS QUE PUEDEN SER IMPUGNADOS ➢ Actos de disposición ➢ El arrendamiento y el usufructo que dificulten la ejecución del bien ➢ La constitución de garantías ➢ Los pagos de deudas no vencidas ➢ Los pagos de deudas vencidas por medio de entrega de bienes por un valor menor del que verdaderamente tuvieren ➢ Los actos de renuncia de derechos ➢ Los derechos expectaticios que le pudieran corresponder a uno de los cónyuges si es que se disuelve la sociedad de gananciales.

CARACTERÍSTICAS Compete a los acreedores

El acreedor la ejerce en su propio nombre

Individual

Subsidiaria

Remedio indirecto

Conservatoria o cautelar

Facultativa

Renunciable

Tiene cualidad patrimonial

Protege la buena fe

De naturaleza personal

ACCIÓN PAULIANA ACTO GRATUITO

Anterior al crédito

Posterior al crédito

Anterior al crédito

ACTO ONEROSO Posterior al crédito

Connivencia entre el deudor y el tercero adquiriente Mala fe del tercero adquiriente

¿Qué debe probar el acreedor? ACTO GRATUITO

ACTO ONEROSO

Existencia del crédito Existencia del acto o actos con los que el deudor ha renunciado a derechos o disminuido su patrimonio conocido, perjudicando el cobro del crédito

Que dicho acto se ha realizado con anterioridad o posterioridad al hecho que originó el crédito.

Connivencia entre el deudor y el tercero adquiriente Mala fe del tercero adquiriente

TITULARES DE LA ACCIÓN PAULIANA TITULARES DE LA ACCIÓN

Cualquier acreedor perjudicado por no poder recuperar su crédito. Tanto acreedores quirografarios, privilegiados y garantizados.

ACTO GRATUITO

Proceso sumarísimo.

ACTO ONEROSO

Proceso de conocimiento.

TIPO DE PROCESO

CONSECUENCIAS • El acreedor vencedor puede ejecutar los bienes enajenados por el deudor aunque ya no le pertenezcan a este. • La ineficacia aprovecha solamente al acreedor demandante y no a los otros acreedores. • El dueño actual de los bienes o el deudor pueden paralizar la acción pagando el crédito o garantizándolo. • En la relación entre deudor y adquiriente, el acto impugnado es válido y eficaz.

ACCIÓN PAULIANA Y GARANTÍAS REALES Si las garantías son otorgadas con anterioridad o simultáneamente con el crédito garantizado

A. a título oneroso

Si la garantía es otorgada para garantizar un crédito preexistente.

A. a título gratuito

Se debe probar mala fe del acreedor beneficiario de la garantía

ACCIÓN PAULIANA Y ACCIÓN DE COBRO La acción pauliana no va directamente al pago del crédito, sino que constituye una vía auxiliar que prepara a los fines de que ulteriormente el crédito se haga efectivo mediante la acción principal. El acreedor perjudicado tiene que seguir dos acciones: una principal destinada al cobro de su crédito y otra auxiliar, la acción pauliana. Si el proceso principal se inició primero, la ejecución de la sentencia se suspende hasta que la pauliana despeje el camino si llega a prosperar.

ACCIÓN PAULIANA Y ACCIÓN DE COBRO En la acción para el cobro del crédito, el demandado es el deudor. En la acción pauliana los demandados son el deudor y el adquiriente, y si fuera el caso, los subadquirientes.

En la acción de cobro el título del acreedor demandante es el acto jurídico o el acto ilícito, que origina el crédito. En la acción pauliana, el título del acreedor demandante reside en el acto de alienación realizado por el deudor que perjudica la garantía general. Estos procesos no son acumulables entre sí.

LA ACCIÓN PAULIANA FRENTE AL TERCERO SUBADQUIRIENTE • La mala fe del adquiriente anterior no puede perjudicar la buena fe del adquiriente posterior a título oneroso. • La buena fe del adquiriente anterior no puede beneficiar al subadquiriente de mala fe a título oneroso. • El derecho tampoco protege al adquiriente o subadquiriente a título gratuito, sea que en la adquisición haya obrado de buena o mala fe, o que su transferente haya actuado de buena o mala fe.

IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN PAULIANA Que la deuda vencida y pagada haya sido contraída con anterioridad al nacimiento de la obligación a favor del acreedor demandante (independientemente de que la deuda venza antes o después de del crédito).

Que conste en documento de fecha cierta anterior al nacimiento del crédito a favor del demandante.

ACCIÓN SUBROGATORIA Es el ejercicio por parte de los acreedores de las acciones del deudor frente a terceros. Si el deudor no hace valer su derecho o no lo defiende frente a la acción terceros, el acreedor lo reemplaza. Excluida de ella los derechos que no tienen carácter patrimonial y los que por su naturaleza o por ley pueden ser ejercitados solamente por su titular.

ACCIÓN PAULIANA Y ACCIÓN SUBROGATORIA Semejanzas • Son medios de conservación de la garantía patrimonial. • Constituyen recursos judiciales subsidiarios cuyo fin es conseguir el pago actual o futuro de las deudas. • Proceden en virtud de la conducta perjudicial adoptada por el deudor respecto de sus acreedores. • No proceden si en el patrimonio del deudor hay bienes suficientes para hacer efectivo el crédito.

ACCIÓN PAULIANA Y ACCIÓN SUBROGATORIA Diferencias • Procede contra (acciones).

actos

• Su fin es que se declare ineficaz con relación al accionante el acto de disposición del deudor, restituyéndose de este modo la garantía patrimonial común pero sin que los bienes retornen al patrimonio del deudor.

• El acreedor ejercita derecho propio.

un

• Procede dentro del campo de las omisiones. • Su fin es ingresar en el patrimonio del deudor los bienes que resulten.

• El acreedor obra en nombre del deudor inactivo. Ejercita un derecho ajeno.

ACCIÓN PAULIANA Y ACCIÓN SUBROGATORIA Diferencias • Presupone que el derecho ya ha salido del patrimonio del deudor por haberlo enajenado. • Beneficia únicamente al acreedor accionante

• Presupone la existencia de derechos en el patrimonio del deudor. • Beneficia a acreedores.

todos

los