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Exp. 04804-2015-98-0401-JR-PE-01 Sumilla: Retiro solicitud SR. JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE

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Exp. 04804-2015-98-0401-JR-PE-01 Sumilla: Retiro solicitud

SR. JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO. Caso: 3483 -2015 Fiscal: Myrta Nathalie Corzo Carbagal Sumilla: Requerimiento para Reconocer Firma

SR. Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Arequipa Pedro Flores Chura, DNI. 29385311, con domicilio Urb. Nueva Arequipa Mz E Lte 5 cerro colorado Km 10 Camino a Yura ante usted digo: Que recurro a su despacho que no habiéndose resuelto a la Fecha mis escritos anteriores Adjunto. Solicito a su despacho se requiera al Sr: Wilver Aguilar Flores, para reconocer en su Contenido Firma y Rubrica que aparecen en el Contrato de Transferencia de fecha 27 Julio 2001, en el Plazo 72 horas, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de la firma en el documento de contrato de transferencias, para el cumplimiento de la Investigación que seguí su despacho. Ya Y de igual manera del documento de Contrato Guardeania de fecha 27 Aril 1999, se Requiera al Wilver para reconozcerr en su Contenido Firma y Rubrica, que aparecen en el Contrato de Guardenia de fecha 27 Abril 1999, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de su Firma en el documento de contrato de Guardenia para el cumplimiento con la Investigación Bajo apercibimiento de declararse como validos sus Firmas y rubricas en los contratos Ya que el Wilver a sorprendido al perito criminalista por no presentar muestras de distintas firmas que tiene que seguí su despacho, Atención en merito a la Ley 29973 y Ley 28683. Caso: 3483 -2015 Fiscal: Myrta Nathalie Corzo Carbagal Sumilla: Requerimiento para Reconocer Firma

SR. Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Arequipa Pedro Flores Chura, DNI. 29385311, con domicilio Urb. Nueva Arequipa Mz E Lte 5 cerro colorado Km 10 Camino a Yura ante usted digo: Que recurro a su despacho que no habiéndose resuelto a la Fecha mis escritos anteriores Adjunto. Solicito a su despacho se requiera al Sr: Wilver Aguilar Flores, para reconocer en su Contenido Firma y Rubrica que aparecen en el Contrato de Transferencia de fecha 27 Julio 2001, en el Plazo 72 horas, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de la firma en el documento de contrato de transferencias, para el cumplimiento de la Investigación que seguí su despacho. Ya

Y de igual manera del documento de Contrato Guardeania de fecha 27 Aril 1999, se Requiera al Wilver para reconozcerr en su Contenido Firma y Rubrica, que aparecen en el Contrato de Guardenia de fecha 27 Abril 1999, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de su Firma en el documento de contrato de Guardenia para el cumplimiento con la Investigación Bajo apercibimiento de declararse como validos sus Firmas y rubricas en los contratos Ya que el Wilver a sorprendido al perito criminalista por no presentar muestras de distintas firmas que tiene que seguí su despacho, Atención en merito a la Ley 29973 y Ley 28683. Caso contrario de no asistencia Caso contrario de no asistencia Pedro Flores Chura, DNI. 29385311, en el proceso daños de materiales y hurto en contra de Huaquisto Quispe Leoncio con direccion procesal en calle ugarte N 102 oficina 110 cercado ante musted espongo y digo: PETITORIO Que rrecurro a su despacho que deja sin efecto o se declara nulo la opinion CONTROL DE SOBRESEIMIENTO de carperta fiscal 502-2014-46400 del fiscal Sandro Mario Paredes Quiroz fiscal provincial del quinto despacho Interpongo Apelación de las disposiciones de no entrega notificaciones en mi dirección procesal ; de no realización de Investigación ocular en el lugar de los hechos a la fecha, que recientemente me he enterado que esta carpeta fiscal ha sido archivado sin previo aviso y notificación de parte de la Fiscal al agraviado que disponde declarar que no procede formalizar y continuar Investigación preparatoria, en contra de Huaquisto Quispe Leoncio por el delito contra el patrimonio en la modalidad de Hurto, Daños materiales en mi agravio de lo que no estoy conforme por lo que Apelo ante el Superior en grado para que en via de de revición se me consida formalizar y continuar la Investigación Preparatoria la que me esta causando agravio económicamente. FUNDAMENTOS DEL AGRAVIO. En cuanto al agravio de hecho como es de verse no se han ralizado varias diligencias Preliminares por el Sr. Fiscal a cargo como son: que no se ha llevado acabo la Inspeccion Ocular o Constatación de los hechos denunciados de usurpación de los materiales de construcción y de los muebles hurtados por el denunciado. Tambien el Sr. Fiscal no ha realizado diligencias de confrontación entre el Agraviado y Denunciado. El agravio de derecho no se ha respetado la forma procesal y constitucional del debido proceso la tutela jurisdiccional y se me ha privado del derecho de defensa ya que no se ha considerado los escritos presentados. FUNDAMENTOS DE DERECHO.Art. 334 CPP-Inci. 5 CPP. y atención en mérito de Ley 29973 y 28683 OTROSI: Solicito todas las copias de dicha carpeta, actuaciones del proceso y otros POR LO EXPUESTO:

A Ud. pido acceder y dar el trámite con arreglo a Ley. HFHFJFJFFFF Arequipa, 22 de Enero del 2016 Exp. Juez Especialista Denunciado Agraviado

: 04804-2015-98-9491-jr-pe-01 : Eddy Leva Cascamayta : Vivian ojeda Midolo : Huaquisto Quispe Leoncio : Pedro Flores Chura

Sr: Juez Primer Juzgado de Investigación Prepartoria de Cerro Colorado Caso: 3483 -2015 Fiscal: Myrta Nathalie Corzo Carbagal Sumilla: Requerimiento para Reconocer Firma

SR. Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Arequipa Caso: 3483 -2015 Fiscal: Myrta Nathalie Corzo Carbagal Sumilla: Requerimiento para Reconocer Firma

SR. Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Arequipa Pedro Flores Chura, DNI. 29385311, con domicilio Urb. Nueva Arequipa Mz E Lte 5 cerro colorado Km 10 Camino a Yura ante usted digo: Que recurro a su despacho que no habiéndose resuelto a la Fecha mis escritos anteriores Adjunto. Solicito a su despacho se requiera al Sr: Wilver Aguilar Flores, para reconocer en su Contenido Firma y Rubrica que aparecen en el Contrato de Transferencia de fecha 27 Julio 2001, en el Plazo 72 horas, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de la firma en el documento de contrato de transferencias, para el cumplimiento de la Investigación que seguí su despacho. Ya Y de igual manera del documento de Contrato Guardeania de fecha 27 Aril 1999, se Requiera al Wilver para reconozcerr en su Contenido Firma y Rubrica, que aparecen en el Contrato de Guardenia de fecha 27 Abril 1999, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de su Firma en el documento de contrato de Guardenia para el cumplimiento con la Investigación Bajo apercibimiento de declararse como validos sus Firmas y rubricas en los contratos Ya que el Wilver a sorprendido al perito criminalista por no presentar muestras de distintas firmas que tiene que seguí su despacho, Atención en merito a la Ley 29973 y Ley 28683. Caso contrario de no asistencia

Pedro Flores Chura, DNI. 29385311, con domicilio Urb. Nueva Arequipa Mz E Lte 5 cerro colorado Km 10 Camino a Yura ante usted digo: Que recurro a su despacho que no habiéndose resuelto a la Fecha mis escritos anteriores Adjunto. Solicito a su despacho se requiera al Sr: Wilver Aguilar Flores, para reconocer en su Contenido Firma y Rubrica que aparecen en el Contrato de Transferencia de fecha 27 Julio 2001, en el Plazo 72 horas, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de la firma en el documento de contrato de transferencias, para el cumplimiento de la Investigación que seguí su despacho. Ya Y de igual manera del documento de Contrato Guardeania de fecha 27 Aril 1999, se Requiera al Wilver para reconozcerr en su Contenido Firma y Rubrica, que aparecen en el Contrato de Guardenia de fecha 27 Abril 1999, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de su Firma en el documento de contrato de Guardenia para el cumplimiento con la Investigación Bajo apercibimiento de declararse como validos sus Firmas y rubricas en los contratos Ya que el Wilver a sorprendido al perito criminalista por no presentar muestras de distintas firmas que tiene que seguí su despacho, Atención en merito a la Ley 29973 y Ley 28683. Caso contrario de no asistencia Pedro Flores Chura, en el Proceso sobre usurpacioón que sigo en contra del Leoncio Huaquisto Quispe con domicilio procesal en calle Ugarte 102, Oficina 110 cercado ante Ud. Expongo: Que, como es de vuestro conocimiento la Investigación del presente caso ruego a Ud. Se me tenga en cuenta lo siguientes: 1.- Wilver Aguilar Flores te contrato como guardián del Lote 2 Mz G, y Zn. B Taller UPIS el salvador de cerro colorado el 27 de Abril 1999, se me entregó Lote Vaseo y sin ninguntipo de materiales, presentaba un suelo accidentado, ladera y lomada,con un sueldo de S/.300.00 nuevo soles mensual, a los meses de trabajo cobre mi sueldo me postergaba mis pagos indicando que no tiene medios económicos. 2.- Wilver Aguilar Flores no quiso pagar las cuotas sociales a la asociación ni otras oblegaciones, a pesar de que le manesté que pague y nunca llego a pagar a la asociación las cuotas y otros oblegaciones. 3.- En vista dem que Wilver Aguilar como de mi parte el agraviado pedro Flores Chura ya habia hecho varios trabajos, en el Lote, cercado con piedras y, sillares, nivelación, aportes económicos de coutas sociales y otros, con Wilver Aguilar entramos en arreglo me ṕidió S/.2,500.00 como reintegro y me firmó un contrato de traferencia ante un abogado el día 27 de Julio del año 2000. 4.- Cuando me ha transferedo ya estaba tramitado su titulo en el COFOPRI A SU NOMBRE Y cuando a salido el titulo en el año 2001, ME ENTRGO EN ORIGENAL, PROMETIENDO QUE EN LO SUCESIVO ME EBA ENTRGAR Y FIRMAR LA ESCRITURA. Caso: 3483 -2015 Fiscal: Myrta Nathalie Corzo Carbagal Sumilla: Requerimiento para Reconocer Firma

SR. Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Arequipa Pedro Flores Chura, DNI. 29385311, con domicilio Urb. Nueva Arequipa Mz E Lte 5 cerro colorado Km 10 Camino a Yura ante usted digo: Que recurro a su despacho que no habiéndose resuelto a la Fecha mis escritos anteriores Adjunto. Solicito a su despacho se requiera al Sr: Wilver Aguilar Flores, para reconocer en su Contenido Firma y Rubrica que aparecen en el Contrato de Transferencia de fecha 27 Julio 2001, en el Plazo 72 horas, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de la firma en el documento de contrato de transferencias, para el cumplimiento de la Investigación que seguí su despacho. Ya Y de igual manera del documento de Contrato Guardeania de fecha 27 Aril 1999, se Requiera al Wilver para reconozcerr en su Contenido Firma y Rubrica, que aparecen en el Contrato de Guardenia de fecha 27 Abril 1999, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de su Firma en el documento de contrato de Guardenia para el cumplimiento con la Investigación Bajo apercibimiento de declararse como validos sus Firmas y rubricas en los contratos Ya que el Wilver a sorprendido al perito criminalista por no presentar muestras de distintas firmas que tiene que seguí su despacho, Atención en merito a la Ley 29973 y Ley 28683. Caso contrario de no asistencia 5.- En el año 11 Diciembre 2013, Wilver Aguilar sin mi conocimiento, vende en forma escondida el Lote a favor de Vladimiro Sucapuca Quinto, despues de 4 meses Wilver Aguilar y Vladimiro sucapuca lo Venden el Lote al Leoncio Huaquisto, tambien en forma escondida y a mis espaldas es decir sin mi conocimiento y aparece despues de 3 meses Leoncio Huaquisto en el mes Agosto reclamando que el es el Propietario y actualmente lo tiene en posecion 6.- A fojas 139 obra el origenal de la Carta Notarial de 5 Setiembre 2014 dirigido al suscriton dando cuenta y dirición del lugar eba a realizarse dia Caso: 3483 -2015 Fiscal: Myrta Nathalie Corzo Carbagal Sumilla: Requerimiento para Reconocer Firma

SR. Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Arequipa Pedro Flores Chura, DNI. 29385311, con domicilio Urb. Nueva Arequipa Mz E Lte 5 cerro colorado Km 10 Camino a Yura ante usted digo: Que recurro a su despacho que no habiéndose resuelto a la Fecha mis escritos anteriores Adjunto. Solicito a su despacho se requiera al Sr: Wilver Aguilar Flores, para reconocer en su Contenido Firma y Rubrica que aparecen en el Contrato de Transferencia de fecha 27 Julio 2001, en el Plazo 72 horas, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de la firma en el documento de contrato de transferencias, para el cumplimiento de la Investigación que seguí su despacho. Ya Y de igual manera del documento de Contrato Guardeania de fecha 27 Aril 1999, se Requiera al Wilver para reconozcerr en su Contenido Firma y Rubrica, que aparecen en el Contrato de Guardenia de fecha 27 Abril 1999, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de su Firma en el documento de contrato de Guardenia para el cumplimiento con la Investigación Bajo apercibimiento de declararse como validos sus Firmas y rubricas en los contratos Ya que el Wilver

a sorprendido al perito criminalista por no presentar muestras de distintas firmas que tiene que seguí su despacho, Atención en merito a la Ley 29973 y Ley 28683. Caso contrario de no asistencia logo y arreglo legal con los Vendedores del predio, Fiscal: Myrta Nathalie Corzo Carbagal Sumilla: Requerimiento para Reconocer Firma

Caso: 3483 -2015

SR. Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Arequipa Pedro Flores Chura, DNI. 29385311, con domicilio Urb. Nueva Arequipa Mz E Lte 5 cerro colorado Km 10 Camino a Yura ante usted digo: Que recurro a su despacho que no habiéndose resuelto a la Fecha mis escritos anteriores Adjunto. Solicito a su despacho se requiera al Sr: Wilver Aguilar Flores, para reconocer en su Contenido Firma y Rubrica que aparecen en el Contrato de Transferencia de fecha 27 Julio 2001, en el Plazo 72 horas, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de la firma en el documento de contrato de transferencias, para el cumplimiento de la Investigación que seguí su despacho. Ya Y de igual manera del documento de Contrato Guardeania de fecha 27 Aril 1999, se Requiera al Wilver para reconozcerr en su Contenido Firma y Rubrica, que aparecen en el Contrato de Guardenia de fecha 27 Abril 1999, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de su Firma en el documento de contrato de Guardenia para el cumplimiento con la Investigación Bajo apercibimiento de declararse como validos sus Firmas y rubricas en los contratos Ya que el Wilver a sorprendido al perito criminalista por no presentar muestras de distintas firmas que tiene que seguí su despacho, Atención en merito a la Ley 29973 y Ley 28683. Caso contrario de no asistencia SIN EMBARGO, el día 17 Setiembre 2014, Aprovechando mi ausencia y Discapacidad, el denunciado Leoncio Huaquisto ingresó a mi propiedad y utilez maquinaria y cargador frontal dispuso la Violación de mi domicilio y el Allanamiento del mismo extrajo Materiales de contrución, Materiales del Taller y Vivero, destruyendo, además las Planta Forestales, Frutales, sembrios Alfalfa, Tunales, cebollas, Bio-Flora y Fauna, por lo que formulé denuncia y le envie Carta Notarial

Caso: 3483 -2015 Fiscal: Myrta Nathalie Corzo Carbagal Sumilla: Requerimiento para Reconocer Firma

SR. Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Arequipa

Pedro Flores Chura, DNI. 29385311, con domicilio Urb. Nueva Arequipa Mz E Lte 5 cerro colorado Km 10 Camino a Yura ante usted digo: Que recurro a su despacho que no habiéndose resuelto a la Fecha mis escritos anteriores Adjunto. Solicito a su despacho se requiera al Sr: Wilver Aguilar Flores, para reconocer en su Contenido Firma y Rubrica que aparecen en el Contrato de Transferencia de fecha 27 Julio 2001, en el Plazo 72 horas, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de la firma en el documento de contrato de transferencias, para el cumplimiento de la Investigación que seguí su despacho. Ya Y de igual manera del documento de Contrato Guardeania de fecha 27 Aril 1999, se Requiera al Wilver para reconozcerr en su Contenido Firma y Rubrica, que aparecen en el Contrato de Guardenia de fecha 27 Abril 1999, que también dejara 06 firmas de muestras al igual de su Firma en el documento de contrato de Guardenia para el cumplimiento con la Investigación Bajo apercibimiento de declararse como validos sus Firmas y rubricas en los contratos Ya que el Wilver a sorprendido al perito criminalista por no presentar muestras de distintas firmas que tiene que seguí su despacho, Atención en merito a la Ley 29973 y Ley 28683. Caso contrario de no asistencia comprometiendose luego a pagarme todos los y daños ocasionados Iniciamos el dialogo con los denunciados pero luego nuevamente sorprende el Día 18 Setiembre 2014, aprovechando mi ausencia realizando delito Violando mi Habitación y sacando mis Materiales de Fierros, Maderas Artefectos y demás enseres que tambien denuncié a la Policia y lo envie otra Carta otarial en donde se comprometieron en pagar todos los daños que lhasta la fecha no ha complido 7.- A Fojas 71 y l87 en su deckllaración Leoncio Huaquisto, a falceado a la Autoridad Fiscal y al agraviado con Falsas Informaciones, entre compradores y Vendedores y testigos con quienes él está coludidos. Me amparo y Solicito que En mérito a la Ley 29973 se dejen sin efecto y se declaré nulo estas declaraciones. 8.- A Fojas 367, Aclaro que en el Ministerio de Trabajo solo fue del Contrato de Guardiania de ttrabajo, con los esposos Wilver Aguilar y Yolanda se comprometieron a pagarme los 14 meses con 27 días trabajados en protección y guardiania del Lote 2, es un acuerdo tomado verbal con los Esposos y mi persona, que hasta la fecha no han cumplido. Desde este fecha del 2007 segi sin ningún problema en mi Lote2, con Los Esposos Wilver, Yolanda y mi persona en mi posesión fisica, y efectiva contenua en mi predio, realizando trabajos de Nivelación, aportes a la Asociación mis cuotas y Pago de mis AUTOVALUOS HASTA EL AÑO 2013, nunca hey tenido problemas con los esposos Wilver Aguilar y Yolan Mamani Mamani, ni denuncia sobre el predio que vivia conduciendo los 16 Años de Posesión continua y Efectiva con trabajos desarrollodos en nivelacion y taller vivero. 9.- A Fojas 410 obra delcaración Mario Menor Anaya, en su declaración esta falceando la Información a la Autoridad Fiscal y al Agraviado, Ya estas personas recien por primera vez se conosen el 11 Diciembre 2013, en el proceso de Venta de Lote escondida y a espaldas de mi persona, entre Wilver y Sucapuca que hace el favor de firmar la minuta compra y Venta ilicita, por el Wilver dejo de ser Propietario 27 Julio 2000, que yano oporto nio cuotas sociales, ni Autovaluo, ni trabajos en el Lote accidentado, Los Esposos nunca se acercaron al Lote , ni a la Asociación y no tenia ningun problema durante 16 los años 10.- A Fogas 412 Obra declaración Vladimiro Sucapuca Quinto quien tambien declaro Falsas Informaciones surprendio a la Autoridad y al Agraviado, el Nunca debio comprar el Lote por que

esta una persona dentro del Lote que sali y entra, esta A la Vista el medidor de Agua Potable, Los Arboles, Sembrios y puertas co0n candado, chapa y información del presidente de la Asociación. 11.- A Fojas 115 obra Acta de Inspección Fiscal Primera Vicita el agraviado fue citada el día 27 Octubre 2015, a horas 2.00 de la tarde en el Lugar de los Hechos, pero resolta que la Fiscal entro a la casa de Huaquisto con su Abogada del Denunciado, que no dejaron participar en dilegencia, depues de 40 minutos salieron, la Fiscal no quiso Anotar en la Acta mi midedor de Agua usurpado, mis enseres y Materiales en el lugar de los hecho. Pero tal Acta estaba con fecha 20 de Abril 2015, a la presente Adjunto una Copia. SEGUNDA ACTA FISCAL el Agraviado fue citada nuevamente el día 20 de Noviembre 2015 al lugar de los hechos tambien 2.00 de la tade, el agraviado espero hasta 3.00 pm nunca llego el Fiscal. Pero dicha Acta esta con fecha 27 de Octubre 2015, se Adjunta una Copia a la presente. 12.- A fojas 372, La Institución COFOPRI ES SURPRENDIDA Y ENCAÑADA POR LOS Esposos Wilver Aguilar y Yolanda Mamani Mamani, Ya que los esposos nunca han vivido en el predio desde 1999 hasta 2013, nunca han aportado cuotas a la asociación, ni trabajos en el Lote y ni tampoco Autovaluo al municipio. 13.- A Fojas 392, EL Perito a sido Surprendido y encañado por él Wilver Aguilar Flores que el denunciante firma documentos con diferentes Firmas a la Registrada en su DNI. Por lotanto documentos de CONTRATO DE TRABAJO GUARDIANIA DE FECHA 27 DE ABRIL 1999 Y CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE FECHA 27 JULIO 2000 LAS FIRMAS NO SON FALSOS SON ORIGENALES, CON LETRA Y PUÑO DEL DENUNCIANTE. 14.- Es llamentable que mis Solicitudes de Escritos, Referentes a la Ampliación de mi declaración, Constatación Ocular de mis Materiales,hurto de mis artefactos y enseres hurtados, no hayan sido atendidas. En efecto debe Continuar la Investigación, debiendo realizarse la Inspeción en el lugar de hechos según Fotografias tomadas, Lo cual Solicito mediante este Escrito. 15.- En conclusión Solicito se haga la exhustiva Invetigación los hechos de mis Materiales, hurto de mis enseres, Cosas de mi habitación, pues estos señores han conmetido delito de estafa y otros. Formularse la denuncia ante el Juzgado Penal Soy una Persona con Discapacidad y Tratamiento médico y no puede permitirse que mis derechos sean Atropellados en Base a la Prepotencia y falsas declaraciones del denunciado, de sus Testigos entre compradores y vendedores y testigos con quienes él esta Coludido. Por lo Expuesto : A Ud. Solicito se me tenga presente informe y se regularice la Investigación, conforme a Ley Arequipa, 15 Junio del 2016.

.................................... Pedro Flores Chura

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