Etiquetado Sga

Sistema Globalmente Armonizado de Calsificación y Etiquetado de Productos Químicos Proceso de adopción en Colombia Ing.

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Sistema Globalmente Armonizado de Calsificación y Etiquetado de Productos Químicos Proceso de adopción en Colombia

Ing. Yezid Fernando Niño Barrero Esp HySO, Msc SP

¿Qué es el SGA? • SGA es el sistema que define y clasifica los peligros de los productos químicos y brinda información sobre salud y seguridad en las etiquetas y fichas de datos de seguridad (llamadas Safety Data Sheets, o SDS).

¿Qué es el SGA? • Establece – Definiciones Armonizadas de los Peligros – Físicos – Salud – Ambientales

¿Qué es el SGA? • Establece – Criterios Específicos para las Etiquetas – Pictogramas, palabras de advertencia, e indicaciones de peligro y de precaución.

¿Qué es el SGA? • Establece – Contenido Armonizado para las Fichas de Datos de Seguridad (FDS) – 16 secciones

Beneficios del SGA • Integrar las regulaciones • Facilitar el comercio • Facilitar el cumplimiento y Reducir costos • Proveer información mejorada y consistente sobre peligros • Promocionar una mejor respuesta de emergencia a incidentes con químicos, y • Reducir la necesidad de testeo en animales

Pictogramas

Antecedentes • • • • •

Ley 09 de 1979 Ley 55 de 1993 (C170 OIT) Ley 99 de 1993 Ley 1562 de 2012 Proceso adopción de la OCDE – Accidentes Mayores – Químicos Industriales

Proceso de Reglamentación • Objeto – Definir los aspectos técnicos aplicables en Colombia para Adoptar integralmente el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos - SGA versión vigente y sus actualizaciones emanadas por las Organización de las Naciones Unidas – ONU, con aplicación en el territorio nacional, para todas las actividades económicas que realicen la producción, importación, almacenamiento, distribución, comercialización y uso de productos químicos.

Integral o Modular

Todas las clases y categorías en todos los sectores

Clases y categorías específicos por sector

Transporte

Plaguicidas

Excepciones 1. 2. 3. 4. 5.

Residuos peligrosos, Productos farmacéuticos en la presentación final, Aditivos alimentarios, Cosméticos y Residuos de plaguicidas en los alimentos en lo que respecta al etiquetado relacionado con su consumo deliberado; • Sin embargo, el SGA aplica para las materias primas destinadas a la elaboración de éstos productos o cuando su transporte represente un riesgo potencial.

DATOS DISPONIBLES, MÉTODOS DE PRUEBA Y CALIDAD DE LOS DATOS • SGA no exige que se realicen u obtengan datos de ensayos • Bases de datos internacionales reconocidas • Directrices de Ensayo de la OCDE y los Principios de Buenas Prácticas de Laboratorio – BPL de la OCDE • Laboratorios acreditados bajo la ISO/IEC 17025 para los correspondientes ensayos por el ONAC u otro firmante del acuerdo de reconocimiento multilateral del International Laboratory Accreditation (ILAC)

ETIQUETADO • Elementos de comunicación de peligros dentro de la etiqueta, así como el uso de color, para satisfacer requisitos especiales, los definirá el fabricante. • Autoridad define tamaño de las etiquetas

PROHIBICIONES • Trasvase de productos químicos en envases que cuenten con etiquetado de alimentos o formas que representen o indiquen alimentos, • Uso de envases de productos químicos con peligros para la salud y el ambiente para almacenar productos destinados a contener alimentos. • Trasvase de productos químicos en envases que no cuenten con el etiquetado correspondiente al producto que van a contener.

FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD • Obligación de los proveedores • Contenido del SGA • Disponibles en todo momento en los lugares de trabajo • Datos e información consignada en las FDS debe tener consistencia propia y con las etiquetas

FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD • número de emergencias o de centro de toxicología que se registre en las FDS debe ser de acceso local o número gratuito a través de línea celular • reportar ésta información en las etiquetas y en las FDS CA • TLV ACGIH

FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD • Elaboradas por persona competente • soporte técnico y científico utilizado para su elaboración • Competencia laboral • Actualizada cada 3 años • seis (6) meses cuando se conozca información relevante acerca de los peligros de un producto químico • Cuatro (4) meses, modificar la información de la etiqueta

INFORMACIÓN COMERCIAL CONFIDENCIAL – ICC • proveedor, productor y/o importador definirá la Información Comercial Confidencial • no deberán comprometer la salud y la seguridad de los trabajadores o consumidores o la protección del medio ambiente • las etiquetas y en las FDS se deben informar los peligros de los productos químicos • rangos de porcentaje de composición deben guardar las proporciones de la composición real

POR REGLAMENTAR • Productos de consumo • Seguridad química en lugares de trabajo • Actualización del libro naranja • FAO vs CAN vs SGA

TRANSITORIEDAD • Para Sustancias se tendrá un plazo de veinticuatro (24) meses, • Para mezclas se tendrá un plazo de treinta y seis (36) meses.

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