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Espacio para enviar tarea No. 4 Distinguido participante: Consulte la bibliografía básica de la asignatura y de

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Espacio para enviar tarea No. 4 Distinguido participante:

Consulte

la

bibliografía

básica

de

la

asignatura

y

demás

fuentes

complementarias del curso; luego realice la actividad que se describe a continuación:

1- Elabore un mapa conceptual acerca de los diversos impuestos internos y su base imponible. .Los tributos o impuestos en la república dominicana se encuentran regidos por el código tributario (ley # 11-92) y sus modificaciones, por los reglamentos para su aplicación (decretos # 139-08 y 79-03) y sus modificaciones, y por las normas dictadas por las Dirección General de Impuestos internos (DGII) (ART. 3 LEY # 227-06). Impuestos Sobre La Renta. Impuestos sobre ganancias de capital. Impuestos sobre transferencias de bienes industriales y servicios (ITBIS). Impuestos sobre activos. Impuestos selectivo al consumo (ISC). Impuestos sobre la propiedad inmobiliaria y vivienda suntuaria y los solares urbanos no edificados (IPI). Impuestos a la transferencias inmobiliarias. Impuestos a las transferencias de vehículos de motor. Impuestos sobre las hipotecas. Impuestos sobre sucesiones y donaciones.

2

Describa las funciones del Agente de Retención y las

diferentes fuentes de la Renta. Entre las funciones de los Agentes de retención se encuentran: 1- Son aquellas personas que por su profesión intervienen en actos u operaciones en los cuales puedan efectuar la retención o la percepción del tributo correspondiente. 2- Reciben del contribuyente una suma que opera como anticipo del impuesto que en definitiva le corresponderá pagar, al momento de percibir cualquier retribución. Por la prestación de un servicio o la transferencia de un bien. Diferentes fuentes de la Renta. Son fuente de renta dominicana las siguientes: a- Las que provienen de capitales bienes o derecho situados, colocados o utilizados económicamente en la República Dominicana. b- Las obtenidas en la realización en el país de actividades comerciales, industriales, agropecuarias, minerales, etc. c- Las que provienen del trabajo personal ejercido de profesiones u oficios. d- Las que provienen de sueldo, remuneración que el...

Agentes de Retención son todos aquellos sujetos, que por su función pública o en razón de su actividad, oficio o profesión, intervienen en actos u operaciones

en

los

cuales

deba

efectuar

la

retención

del

tributo

correspondiente. En consecuencia, deja de pagar a su acreedor, el contribuyente proveedor, el monto correspondiente al gravamen o impuesto y es el responsable de pagarlo a la DGII en las fechas y formas establecidas por las leyes tributarias.

Responsables del cumplimiento

El Código Tributario, Ley 11-92, en su artículo 11 señala que son solidariamente responsables de la obligación tributaria los contribuyentes:

Padres, tutores, curadores de los incapaces y representantes legales. Presidentes,

vicepresidentes,

directores,

gerentes,

administradores

o

representantes de las personas jurídicas y demás entes colectivos con personalidad reconocida. Los que dirijan, administren o tengan la disponibilidad de los entes colectivos y empresas que carecen de personalidad jurídica, incluso sucesiones indivisas.

Los mandatarios con administración de bienes. Síndicos, liquidadores y representantes de quiebras, con cursos y sociedades en liquidación.

Los socios en caso de liquidación o término de sociedades de personas o sociedades de hecho y en participación.

Las personas y funcionarios que por disposición de la ley o de la Administración Tributaria deben exigir o verificar el cumplimiento de la obligación tributaria, cuando incumplan esta obligación.

El agente de retención o percepción, por las sumas que no haya retenido o percibido de acuerdo con las leyes, normas y prácticas tributarias.

Los terceros que faciliten las evasiones del tributo por su negligencia o culpa.

La persona jurídica o entidad que resulte de la fusión, transformación o incorporación de otra persona jurídica o entidad, por los tributos debidos por esta hasta la fecha del respectivo acto.