Escritura Publica de Liquidacion de Sociedad Conyugal

ESCRITURA PUBLICA DE LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL. ......... de comparecen: don .........................., nac

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ESCRITURA PUBLICA DE LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL.

......... de

comparecen:

don

..........................,

nacionalidad

profesión

..........,

..................,

de

casado

con

la

compareciente, estado civil .........., cédula nacional de en

identidad



............,

.................................

doña

domiciliado Nº

.....;

............................,

y de

nacionalidad ........., de profesión .................., casada con el compareciente, .......................... carné

nacional

domiciliada

en

de

identidad



..............,

.........................



.......,

ambos mayores de edad y exponen: PRIMERO: Que, por la presente escritura han convenido en proceder a la liquidación de la sociedad conyugal que existió

entre

la

compareciente

doña

...........................,

y

el

don

..................................

compareciente La

sociedad

conyugal se disolvió por ......................, de modo que, ahora, existe una comunidad de bienes entre ambos. SEGUNDO: La masa común de bienes de la sociedad conyugal habida

entre

don

............................,

doña .............................,

y

está constituida por

los bienes inventariados y protocolizados ante el Notario de

............

don .........................................., con fecha ... de ....... de 199..., bajo el Nº ..... TERCERO:

Ninguno

de

los

cónyuges

aportó

bienes

al

matrimonio, de modo que todos los bienes existentes al

tiempo

del

fallecimiento,

e

inventariados

como

queda

dicho, pertenecen a la sociedad conyugal. CUARTO: La sociedad conyugal referida era dueña de los siguientes

bienes,

de

que

ahora

son

comuneros

los

comparecientes: a)

Casa

y

sitio

ubicado

en

calle ..................... Nº ...., de la ciudad de ..........., de la comuna de ............., Rol Nº ....., propiedad inscrita a fs. ..... Nº ...., del

Registro

Bienes

de

Raíces

Propiedad

de

del

Conservador

.................,

del

de año

19..., a nombre de los herederos y del cónyuge sobreviviente. Los deslindes son los siguientes: Al Norte: .......................................; Al Sur: .........................................; Al Oriente: .....................................; y Al Poniente: ..................................... b)

Las

siguientes

valores:

acciones,

bonos

y

otros

.........................................

........ c)

Dinero

en

depósitos:

cuenta

corriente

y

otros

.......................................

.......... d)

Los muebles:

siguientes

bienes

.........................................

........ QUINTO: Los referidos bienes se avalúan entre las partes, de consuno, en las siguientes sumas:

a) .................................... $ .......... b) .................................... $ .......... c) .................................... $ .......... d) .................................... $ .......... Para

este

avalúo,

las

partes

siguientes

han

considerado

los

antecedentes:

los

siguientes

...........................................

......... SEXTO:

De

estos

siguientes

bajas,

liquidación:

valores

es

incluyendo

necesario

el

costo

de

deducir la

las

presente

............................................

................ .............. SEPTIMO: Los gananciales quedan así reducidos a la suma de

$........,

correspondiendo

a

doña ......................., su mitad en ellos, esto es. la suma de $ ......... OCTAVO: No se forma hijuela de frutos, pues los bienes comunes han sido usufructuados por ambos comparecientes y por la familia común, en la proporción correspondiente. NOVENO:

De

este

modo,

a

doña ............................. ...................... ....., corresponde la suma total de $ ............ por concepto don

de

..............

corresponde

el

gananciales,

y

................................,

resto;

esto

es,

$

............

a le por

concepto de gananciales. DECIMO:

La

hijuela

de

doña ..............................., se entera y se paga de la siguiente manera: a)

Adjudicándole

la

propiedad

de

calle ................................................ Nº ...., a que se refiere la letra a) de la cláusula cuarta, con

las

medidas,

deslindes

e

inscripción

que

allí

se

indican, en la suma de $ ....., fijada en la cláusula quinta; y b)

Adjudicándole

por

su

valor

de

tasación

de

$ ........... los bienes muebles a que se refiere la letra d) de la cláusula cuarta. El total de lo adjudicado asciende a la suma de $ .........., y como su haber total en

esta

liquidación

y

partición

asciende

a

la

misma

cantidad, queda enterada y pagada esta hijuela. UNDECIMO:

La

hijuela

de

don .............................. se entera y se paga de la siguiente manera: a) Adjudicándole los bienes mencionados en la letra b) de

la

cláusula

cuarta,

en

su

valor

de

tasación

de

$ .......; y b) Adjudicándole la suma de $ ......., referida en la letra d) de la misma cláusula. El valor total de estas adjudicaciones asciende a la suma de $ .........., y como su haber total en esta liquidación asciende a la misma cantidad, queda enterada y pagada esta hijuela. DUODECIMO:

Las

adjudicaciones

se

hacen

como

cuerpos

ciertos, en el estado en que se encuentran los bienes, estado que es conocido de las partes, con todos sus usos, costumbres

y

servidumbres,

libres

de

todo

gravamen,

prohibición y embargo. DECIMOTERCERO: Las partes aceptan las adjudicaciones en la forma relacionada.

DECIMOCUARTO: Los gastos de esta escritura, inscripciones y demás, se pagarán por iguales partes entre los dos comparecientes. DECIMOQUINTO: Se faculta al portador de copia autorizada de

esta

escritura

para

requerir

las

inscripciones

y

anotaciones que procedan.

En comprobante, firman .........................

__________________________________________________ NOTAS: Si no ha habido inventario judicial, se pueden, ahora, individualizar los bienes comunes. Tal

inventario

es

obligatorio,

en

relación

con

terceros, según el art. 1.766 del Código Civil. Sin

embargo,

se

puede

celebrar

pacto

de

separación total de bienes (art. 1.723 del mismo código), conjuntamente con la liquidación de la sociedad conyugal en un acto, que es una escritura pública. En este caso, no se debe olvidar de subinscribir ese pacto dentro de los 30 días corridos siguientes.