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FUENTES DEL DERECHO. CUSACANI MAMANI, Juan Joe1 INTRODUCCIÓN La expresión proviene de a voces atinas fon y fontis, que s

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FUENTES DEL DERECHO. CUSACANI MAMANI, Juan Joe1 INTRODUCCIÓN La expresión proviene de a voces atinas fon y fontis, que significa “manantial de agua que brota de la tierra”, por lo que en sentido figurado, se refiere al fundamento u origen de algo. Desde una óptica jurídica se emplea para indicar el principio, origen o fundamento de las normas que integra un ordenamiento legal en un espacio y tiempo determinado. Las fuentes del derecho son todas las instancias posibles de relación intersubjetiva, expresan aquellos aquel elemento que permitan obtener el “asentamiento comunitario” que requiere la norma para ser vigente, valida y eficaz. Las fuentes jurídicas permiten a los operadores de derecho compartir su valoración de las normas con la correspondiente a su comunidad, la cual incluye la incorporación de nociones formales, materiales e históricas. Los operadores del derecho acuden a las fuentes porque estas nociones les permiten hacer su propia valoración de carácter intersubjetivo. Empero también son criterios establecidos para resolver los interrogantes jurídicos que plantea la realidad social, económica y política de una comunidad determinada y para solucionar los conflictos de intereses. 2 Cuando hablamos de fuentes del derecho, nos referimos a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas (de hacer o no hacer) a los habitantes de un estado. O sea, a aquello de donde el Derecho surge o nace. Éstas, son las denominadas fuentes formales, de cuyo estudio nos ocuparemos. Las fuentes materiales (de cuyo tratamiento prescindiremos) son aquellas condiciones naturales y/o culturales, propias de cada estado, que determinan el contenido de las normas. 1 ESTUDIANTE DEL III SEMESTRE DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS DE LA UNIVERSIDAD ANDINA “NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ” CON SEDE EN ILAVE 2 VICTOR GARCIA TOMA “Introducción a las Ciencias Jurídicas” (LIMA: JURISTA EDITORES E.I.R.L., 2007) ,207-208.

FUENTES DEL DERECHO. EN LA VIDA SOCIAL La palabra fuente, evoca el lugar en que un curso de agua sale a la tierra, el lugar donde nace. Y en materia de derecho, la palabra se usa también con esa idea de nacimiento, origen, lugar de formación. Esta explicación responde a la idea básica, que a la pregunta de dónde surge el derecho como a la pregunta de dónde surge el río o arroyo; tiene una sola contestación: el derecho surge de la vida en sociedad, que es la verdadera fuente del Derecho. Una sociedad moderna de fines del siglo XX, tiene dispositivos jurídicos de una enorme complejidad, que de alguna forma tienen a su cargo, la marcha ordenada y con las mínimas fricciones posibles de poblaciones a veces integradas por muchos millones de personas. Estos derechos son inherentes a la persona humana, así también son inalienables imprescriptibles. No están bajo el poder político sino que están dirigidos exclusivamente por el hombre.3 El derecho tiene la función de lograr una vida ordenada en sociedades muy extensas y complejas, armonizando a veces diferentes intereses y estilos de vida. En ese proceso se inserta la sentencia judicial, como una herramienta poderosa y necesaria de la producción jurídica, quizás la más importante, porque es la que pone al derecho, a veces abstracto y general en contacto con los elementos cotidianos de la vida humana. Todo el derecho, es derecho declarado, pronosticado, abstracto, hasta que llega el momento de la aplicación jurídica, la que siempre se hace, o generalmente se hace a través de una sentencia. Desde luego que hay, en todos los sistemas jurídicos un alto grado de auto cumplimiento de las normas, pero sobre el derecho consensual y auto aplicado, siempre planea el hecho que en caso de discordia, discrepancia, o 3 CARLOS APARICIO, ”Fuentes del Derecho”

violación, el derecho se aplicará en definitiva a través de una sentencia judicial. Es un mensaje básico del constitucionalismo democrático, que nadie puede ser penado ni condenado, ni penal ni civilmente sin forma de proceso y sentencia judicial.4 Pero esta sentencia judicial, no se elabora de cualquier forma, sino que se hace a través de determinados procesos o mecanismos habilitados socialmente que se llaman Fuentes del Derecho. Cossio.5 Definía a las Fuentes del Derecho, como la señal societaria que el Juez establece en su sentencia, para lograr su validación. FUENTES FORMALES DEL ORDEN JURIDICO.

4 Constitución de la República. Artículo 12. Nadie puede ser penado ni

confinado sin forma deproceso y sentencia legal. Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948. Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

5 CARLOS COSSIO, excelente filósofo argentino del Derecho, recientemente fallecido. Entre otras obras ha escrito TEORIA DE LA VERDAD JURIDICA.