Ensayo de Participacion Ciudadana

República Bolivariana de Venezuela. Universidad Fermín Toro. Decanato de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela de Dere

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República Bolivariana de Venezuela. Universidad Fermín Toro. Decanato de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela de Derecho.

Legalidad, delimitación y enmarcación de la participación ciudadana en la legislación Venezolana

Asignación: Ensayo Materia: Participación Ciudadana y Gestión Local Alumno: Fredis Hernan R. Torcates A. Cedula de identidad Nro.: 19.164.139. Profesora: Annamaria Capursi.

La participación ciudadana implica la existencia de un Estado democrático participativo y de pleno derecho, pero adicionalmente no es solo el Estado con su venia el que permite la existencia de esta figura, con ello se conjugan una serie de factores que procrean esa participación, en primer lugar el ciudadano individual que en ejercicio pleno de las facultades y derechos que se le otorgan hace valer sus principios y su necesidad de ser escuchado, en segundo lugar la capacidad y necesidad de ese ciudadano de unirse a otros y conformar una sociedad civil o grupos numerosos para hacer frente a el Estado macro que representa un poder, un superávit, y a que se debe esto, la unión de ciudadanos es necesaria debido a que por un ciudadano por si solo es difícil que sea escuchado, mas no imposible, es en las masas donde radica el poder y es el pueblo el que verdaderamente sabe lo que necesita porque lo padece y lo siente. Entonces tenemos que la participación ciudadana es el hecho de que siendo ciudadano y soberano se interviene en la formación y desenvolvimiento de un país, son esos ciudadanos que reunidos de distintas formas, ya sea en comunidades organizadas, asambleas de ciudadanos u otras hacen valer su voz, derechos y garantías frente al Estado. Pero por otro lado la participación ciudadana como todo lo que hace vida dentro de un Estado necesita de una regulación, de una demarcación dentro del derecho, necesita normas que le den su validez y prueben su existencia, así como también que la delimiten. En Venezuela la materia de participación ciudadana hizo su entrada en escena en la constitución de 1999 en la que en el mismo preámbulo hace referencia y a partir de este se reseña en los artículos sucesivos que le exaltan como un pilar necesario para la formación del país. Adicionalmente la constitución como ley suprema establece de manera macro y a grandes rasgos las implicaciones de la participación ciudadana, y establece que por medio de esta los ciudadanos hacen vida en el desarrollo del país. Se nombran mecanismo para la participación de los ciudadanos entre los cuales destacan el sufragio, el derecho de los ciudadanos de agruparse y formar organizaciones o partidos políticos por medio de los cuales, podrán hacer valer sus derechos, formar parte de la política de la

nación sin ninguna distinción ni limitación más que las establecidas por la propia ley y optar por cargos de elección popular de magistraturas públicas. Por otro lado también se empodera y envisten de derecho a las comunidades indígenas que por tanto tiempo fueron olvidadas. Pero son las leyes las que verdaderamente desarrollan y amplían la participación ciudadana, leyes como: la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, la Ley del Poder Popular y la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal. Los Consejos Comunales son organizaciones que representan a una comunidad y que se conforman por ciudadanos de está con la finalidad de solventar los problemas de la comunidad, desarrollar la comunidad y generar planes y proyectos en pro de la comunidad. En lo que respecta a mí los Consejos Comunales son órganos descentralizados y desconcentrados que dependen directamente del Estado presupuestariamente y que están investidos de una capacidad administrativa debido a que ellos a mi criterio generan actos administrativos y adicionalmente realizan actividades administrativas que antes eran competencia de entes como jefaturas civiles, entre otros. La Ley Orgánica de los Consejos Comunales regula a estos entes, además de que delimita y enmarca este tipo de participación ciudadana generando otros espacios adicionales para la participación como los son el grupo de contraloría y el electoral. La Ley Orgánica del Poder Popular profundiza el empoderamiento popular, establece que el poder reside en el soberano en el pueblo en general y que es por medio de este que se desarrolla y se construye país, por el pueblo y para el pueblo. Los medios de participación ciudadana son aquellos a través de los cuales los ciudadanos podrán en forma individual o colectiva manifestar sus voluntades respecto de asuntos de interés colectivo. La ley Orgánica del Poder Publico Municipal en cambio es un referente importante debido a que en ella se establecen los medios

de participación de los ciudadanos, en ella se establecen doce medios mas no se descartan ni eliminan los otros que la ley no tipifique en cambio deja una brecha abierta para dar entrada a la posibilidad de que existan otros medios por los cuales la ciudadanía pueda hacer valer sus derechos y garantías, así como también de sus necesidades. De los medios de participación que se establecen en la ley el menos complejo es el de la asamblea de ciudadanos y uno de los más complejos son los referendos. Existen cuatro tipos de referendos que son: consultivo, abrogatorio, revocatorio y aprobatorio. Estos necesitan de que hayan una conexión de voluntades entre una colectividad numerosa, dependiendo de cuál de los cuatro referendos sea cada uno establece la necesidad de un mínimo de condiciones para que se pueda dar la realización del mismo. Los referendos pueden ser solicitados por el presidente o presidenta de la Republica, la Asamblea Nacional con un número de diputados a favor dependiendo de cuál sea el caso, por un porcentaje determinado de votantes inscritos en el registro electoral o civil y en el caso de ser materia municipal por el concejo municipal, consejo legislativo, alcalde o alcaldesa y gobernador o gobernadora. Si bien es cierto no he descrito todos los aspectos relativos a la participación ciudadana si existe una concepción general de lo que es. Es bien sabido que luego de 1999 hubo una transformación y el pueblo ha ido ganando espacios, diga lo que se diga o se plantee la situación que se platee hay que ser objetivo y decir que se han dado avances en relación a la participación activa de los ciudadanos y que existen diversos medios para realizar y ejecutar esa participación, pero adicionalmente existe un entorno de adulación y desidia en torno a los cinco poderes que posee el Estado y ha sido esto lo que no ha permitido un mejor desenvolvimiento y desarrollo de la participación de los ciudadanos. Es imperativo acabar y cercenar los vicios existentes y que hacen vida en cada una de las instituciones y que adicionalmente carcomen al gobierno para que se dé una participación del todo efectiva, que no existan las trabas que hoy no permitan la libertad de disentir los unos con los otros y de discrepar de ideologías socialistas o comunistas. No es sano para ningún país ni pueblo tener una sola vía y alternativa de pensamiento debido a que

nacimos en pluralidad y vivimos en ella, en el fondo nadie quiere que todos seamos iguales. Por otro lado hay que resaltar la figura de los referendos los cuales son novísimos en la palestra mundial e implican unas ganancias y bondades para el pueblo y la ciudadanía en general y que les permite una participación efectiva y protagónica dentro de los aspectos de interés general.