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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE 1 CARRERA DE TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN CONTADURÍA DERECHO MERCANTIL OBJETIVO

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE 1 CARRERA DE TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN CONTADURÍA DERECHO MERCANTIL OBJETIVO DE LA COMPETENCIA: El alumno distinguirá las características y elementos de las sociedades mercantiles, para determinar los alcances y efectos jurídicos.

OBJETIVO DE LA ASIGNATURA: El alumno distinguirá los actos mercantiles y la propiedad intelectual, a través del marco jurídico mercantil y del registro de propiedad intelectual, para su registro contable. UNIDAD II. SOCIEDADES MERCANTILES.

Cyntia Sarai Dzib Noh [email protected] 9381259050 SEGUNDO “B”

L.C.D. MARIO GILBERTO CHIN QUEN

MARZO, 26 DE 2012

Carretera Federal 180 S/N  San Antonio Cárdenas, Carmen, Cam.  C.P. 24381 Tels. (938) 381 6700  381 6701  381 6702  381 6703  381 6704 ISO 9001:2008 Cert. No. MQA 4000244

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Contenido INTRODUCCION .................................................................................................................... 3 DESARROLLO ...................................................................................................................... 4 1.

La etapa previa .............................................................................................................. 4

2.

Etapa de conciliación ................................................................................................... 7

3.

Etapa de Quiebra. .......................................................................................................... 9

ELEMENTOS ....................................................................................................................... 10 CARACTERISTICAS ........................................................................................................... 14 CONCLUSIÓN...................................................................................................................... 16 BIBLIOGRAFIA .................................................................................................................... 17

Carretera Federal 180 S/N  San Antonio Cárdenas, Carmen, Cam.  C.P. 24381 Tels. (938) 381 6700  381 6701  381 6702  381 6703  381 6704 ISO 9001:2008 Cert. No. MQA 4000244

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INTRODUCCION

La LCM abrogó la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos de 1943, y derogó o modificó, según corresponde, todas las demás disposiciones legales que se opusieren a lo señalado en la LCM. Esta ley se creo con el fin de que las empresas se conserven que atraviesen crisis ya sea financiera o económica para eso mismo se creo las etapas de esta ley. Para ello la empresa debe de pasar por esas etapas y si cumple con la etapa de conciliación ya no es necesario llegar a la etapa de quiebra. Así como sus elementos; comerciante deudor o solicitante, junta de acreedores, juez, intervención, síndico y ministerio Público. Y características como son: Interés público, es regulado por LCM Consta de 3 etapas previa, conciliación y quiebra),logra la conservación de la empresa del comerciante mediante el convenio que suscriba a sus acreedores reconocidos, se aplica en

supletoriedad

del

Código

de

Comercio,

la

Legislación

Mercantil

y

Código Federal de Procedimientos Civiles, se realizan concursos especiales, consta de los siguientes órganos de Concurso Mercantil que son: visitador, conciliador, sindico e interventores. Esto es lo que veremos en este ensayo.

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DESARROLLO El concurso mercantil es un proceso jurisdiccional al que se somete o es sometido un comerciante cuando este no cumple con el pago de sus obligaciones, que tiene como objeto lograr conservar la empresa y todo los derechos y obligaciones que integran la empresa ya sea para venderlo para poder pagar a sus acreedores. La palabra „concurso‟ proviene de la voz latina concursus, que significa ayuda, concurrencia, similitud, oposición de méritos, de conocimientos para otorgar un puesto, un premio o un beneficio. La palabra „mercantil‟ es un adjetivo que hace referencia al mercader, a la mercancía o al comercio.

Identificamos tres etapas que de manera general, se identifican a continuación y que serán desarrolladas en forma más extensas: 1. La etapa previa.- Test de liquidez- Incumplimiento generalizado en el pago de obligaciones que son:

1.- El incumplimiento de pago a dos o más acreedores distintos 2.-Que las obligaciones que tengan por lo menos 30 días de haber vencido, representen 35% o más de todas las obligaciones a cargo del comerciante, a la fecha de la presentación de la demanda o solicitud. 3.- Que no tenga activos concursales líquidos para hacer frente a por lo menos 80% del total de obligaciones vencidas, a la fecha de la presentación de la demanda o solicitud. Es aquella que consiste en determinar si un Comerciante se encuentra bajo los supuestos que marca la propia Ley de Concurso Mercantil

para ser declarado en

concurso mercantil. Esta se puede dar ya sea por solicitud que el mismo comerciante deudor, considere que no ha cumplido con sus obligaciones. O demanda que puede ser de dos maneras: Carretera Federal 180 S/N  San Antonio Cárdenas, Carmen, Cam.  C.P. 24381 Tels. (938) 381 6700  381 6701  381 6702  381 6703  381 6704 ISO 9001:2008 Cert. No. MQA 4000244

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE Demanda por cualquier de los acreedores del comerciante. (voluntario) Por demanda que el ministerio publico presenta por al incumplimiento de sus respectivas obligaciones. (necesario)

Los requisitos para llevar acabo ya sea por solicitud o demanda son los siguientes:

SOLICITUD

DEMANDA

Nombre, denominación o razón social del Comerciante

Nombre, denominación o razón social del demandante Domicilio para oír notificaciones

Domicilio del Comerciante

Nombre, denominación o razón social del Comerciante Domicilio del Comerciante Documentos que debe anexar : Fundamentos de derecho Petición para declarar el concurso Narración de hechos Acreditar carácter de acreedor Documentos de prueba de parte Garantía de honorarios Visitador

Documentos que debe anexar : Petición para declarar concurso Estados Financieros auditados Causas del incumplimiento Relación de Acreedores/Deudores Inventario de sus bienes Garantía honorarios Visitador

Si cumple con los requisitos anteriores. El juez admitirá y dictara auto admisorio, tres días se le dará al comerciante para los honorarios del visitador. Una vez admitida la demanda, el juez mandará citar al comerciante y le concederá un término de nueve días para contestar. En su repuesta, el comerciante deberá ofrecer las pruebas que estime convenientes, en los términos que la ley establece. Al día siguiente de que el juez reciba la contestación dará vista de ella al demandante para que dentro de un término de 3 días manifieste lo que a su derecho convenga y, en su caso, adicione su ofrecimiento de pruebas. Dichas pruebas serán los documentos u opiniones de personas expertas. En la visita se tiene que realizar lo siguiente: Carretera Federal 180 S/N  San Antonio Cárdenas, Carmen, Cam.  C.P. 24381 Tels. (938) 381 6700  381 6701  381 6702  381 6703  381 6704 ISO 9001:2008 Cert. No. MQA 4000244

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE LA VISITA DE VERIFICACIÓN

DESIGNACIÓN DEL VISITADOR ORDEN DE VISITA LA VISITA (MEDIDAS DE APREMIO) ACTA DE VISITA DICTAMEN DEL VISITADOR SENTENCIA (EL CONCURSO ES PROCEDENTE) (EL CONCURSO NO ES PROCEDENTE)

El juez en la demanda debe de solicitar al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles y ordenará que designe un visitador concediéndole un termino de 5 días; el visitador deberá realizar una visita de verificación, durante la cual, practicará una auditoria limitada. La cual determinara si el comerciante incurrió en los supuestos así como la fecha de vencimiento de los créditos relacionados; y que el visitador sugiera al juez las providencias que estime necesarias para la protección de la masa. Al término de la visita, el visitador deberá levantar un acta circunstanciada donde se harán constar los hechos u omisiones que se hubieren conocido durante el desarrollo de la misma; con base en la información que conste en el acta, el visitador deberá rendir al juez en un plazo de quince días contados a partir de la fecha de la visita, un dictamen razonado y circunstanciado tomando en consideración los hechos planteados en la demanda y en la contestación, anexando al mismo el acta de visita. El juez al día siguiente en que reciba el indicado dictamen, lo pondrá a la vista del comerciante, de sus acreedores y del Ministerio Público para que dentro de un plazo común de diez días formulen sus alegatos.

El juez, a través de una sentencia, podrá declarar la procedencia o improcedencia del concurso mercantil, después de considerar lo manifestado, probado y alegado por las partes, además de lo contenido en el dictamen del visitador. La sentencia que declare el concurso deberá ser notificada al comerciante, al Instituto Federal de Especialistas de Carretera Federal 180 S/N  San Antonio Cárdenas, Carmen, Cam.  C.P. 24381 Tels. (938) 381 6700  381 6701  381 6702  381 6703  381 6704 ISO 9001:2008 Cert. No. MQA 4000244

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE Concursos Mercantiles, al visitador, a los acreedores, a las autoridades fiscales competentes y al Ministerio Público. La sentencia que declare que no es procedente el concurso mercantil, ordenará que las cosas vuelvan al estado que tenían antes de su dictado.

2. Etapa de conciliación.-Reconocimiento, graduación y prelación de créditos y convenio. ACCIONISTAS. Negocio operativa y financieramente sano. EMPRESARIOS. Estructura financiera que permita la permanencia y el crecimiento. ACREEDORES. Certeza en la recuperación de sus adeudos bajo condiciones pactadas acordes a la capacidad de la empresa. TRABAJADORES

Mantenimiento de la fuente de trabajo cumplimiento de sus derechos

laborales. La conciliación es el derecho a favor de los comerciantes que enfrentan problemas económicos o financieros, a fin de que dispongan de un periodo dentro del cual mantendrán la administración de su negociación y ningún crédito les podrá ser exigido; esta etapa está orientada a crear las mejores condiciones para que se pueda lograr un convenio que favorezca a todas las partes.

La etapa de conciliación se inicia a partir de la última publicación que se haya hechos de la sentencia de concurso mercantil en el Diario Oficial de la Federación; esta etapa tendrá una duración de 185 días hábiles, contados a partir del día en que se haya hecho la última publicación de la sentencia con la posibilidad de prorrogarse este término hasta por dos ocasiones de 90 días naturales cada una. En ningún caso el plazo de la etapa de conciliación y su prórroga podrá exceder de 365 días naturales. Esta etapa tiene por objeto la adopción de un convenio de pago que resuelva respecto de los derechos y obligaciones de las partes, a fin de procurar la conservación de la empresa o negociación del comerciante mediante la rehabilitación de la misma, el cumplimiento de sus obligaciones y la continuidad de sus operaciones.

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE Ahora bien, no obstante que el comerciante conservará la disposición y administración de la empresa, el conciliador vigilará la contabilidad y todas las operaciones que realice el comerciante; decidirá sobre la resolución de los contratos pendientes y aprobará, previa opinión de los interventores en caso de que existan, la contratación de nuevos créditos, la constitución o sustitución de garantías y la enajenación de activos cuando no estén vinculadas con las operaciones ordinarias de la empresa del comerciante, de todo esto se le dará cuenta al juez. La Exposición de Motivos de la Ley de Concursos Mercantiles establece que “El procedimiento concursal no se paraliza en el reconocimiento de créditos, sino que continúa automáticamente su curso. Esto elimina los incentivos a dilatar frívolamente el reconocimiento, y por el contrario, concilia los intereses del comerciante y de todos sus acreedores en su pronta conclusión” Durante esta etapa el conciliador deberá presentar al juez una lista provisional donde identifique los créditos a cargo del comerciante, o sea si se reconocen créditos; el juez pondrá dicha lista a la vista del comerciante y los acreedores, quienes tendrán cinco días para presentar sus objeciones. A partir del vencimiento del plazo anterior, el conciliador contará con diez días para la formulación y presentación al juez de la lista definitiva de reconocimiento de créditos, anexando la documentación correspondiente. Dentro de los cinco días siguientes de que se haya presentado la lista definitiva, el juez dictará la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos y la notificará a los interesados mediante publicación en el Boletín Judicial o por los estrados del juzgado.

El convenio es reflejar un concurso de voluntades, dentro de la etapa de conciliación, el convenio constituye la parte principal de la misma, considerándosele como el acuerdo de voluntades entre el comerciante y los acreedores con el fin de que se cumplan con las obligaciones y se mantenga la empresa porque de eso de trata según la Ley de Concurso Mercantil. Una vez, que el conciliador, considere que cuenta con la opinión favorable tanto del comerciante como de la mayoría de los acreedores reconocidos necesaria para la aprobación del convenio, la pondrá a la vista de los acreedores reconocidos por un plazo de 10 días para que opinen sobre ésta y, en su caso, suscriban el convenio. Al cumplirse este plazo, el conciliador en un término de 7 días presentará al juez el convenio Carretera Federal 180 S/N  San Antonio Cárdenas, Carmen, Cam.  C.P. 24381 Tels. (938) 381 6700  381 6701  381 6702  381 6703  381 6704 ISO 9001:2008 Cert. No. MQA 4000244

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE debidamente suscrito por el comerciante y al menos la mayoría requerida de acreedores reconocidos. El juez verificará que la propuesta de convenio reúna todos los requisitos previstos en la LCM y no contravengan disposiciones de orden público; en este caso, dictará la resolución que apruebe el convenio. Con la sentencia de aprobación del convenio, se dará por terminado el concurso mercantil y cesarán en sus funciones los órganos del mismo. Así que todo terminara y no es necesario que la empresa llegue a la ultima etapa. En caso alguno que no llegue o se realice en convenio y transcurre el término de conciliación y sus prórrogas sin que se someta el convenio al juez para su aprobación o bien si el conciliador solicita al juez la terminación anticipada de la etapa de conciliación cuando considere que hay falta de disposición del comerciante o de los acreedores para suscribir un convenio, se dará inicio a la etapa de quiebra. 3. Etapa de Quiebra.-Venta de bienes del comerciante para pagar a los acreedores, hasta donde alcance. Conforme con el artículo 178 de la Ley de Concursos Mercantiles, el efecto más importante de la sentencia de quiebra es el desapoderamiento o desposesión, es decir, el comerciante queda privado del derecho de administración de sus bienes y de los que adquiera hasta terminar la quiebra. Así que el comerciante pierde toda su empresa ya que se ve obligado a venderla.

La quiebra es un estado o situación jurídica que debe ser constituida por sentencia judicial; una vez que el juez dicta sentencia de quiebra ordena al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles la designación del síndico para que este sustituya al comerciante en la administración de la empresa, una vez nombrado el síndico inscribirá la sentencia de quiebra en los registros públicos que correspondan y publicará un extracto en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación; una vez tomada la administración de la empresa, el síndico procederá al remate de la misma mediante el procedimiento de subasta pública dispuesto por la Ley de Concursos Mercantiles. El remate de la empresa es venderla para que el dinero sea usado para pagar todo lo debido a los acreedores.

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE El dinero anterior de la venta de la empresa sea como la hayan vendido se le pagara a los acreedores, o sea el producto de los bienes enajenados del comerciante declarado en quiebra se procede al pago de los acreedores reconocidos, con lo cual, concluye el procedimiento. Los efectos de la etapa de quiebra inicia cuando se dicta la sentencia del concurso mercantil y se presenta el efecto de termino de pago de dudas o sea desaparece todas las obligaciones del comerciante que tenia pendiente y las deudas respectivas que el comerciante tenia dejaran de devengar intereses.loa anterior provoca que los contribuyentes caigan en la situación jurídica.

Para la mejor comprensión se presenta un diagrama del concurso mercantil.

ELEMENTOS

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE Los elementos del concurso mercantil son aquellos que tienen participación en el mismo.

Comerciante. El comerciante es el elemento personal indispensable para el concurso mercantil. Deudor por incumplimiento e pago a acreedores.

Acreedor. El acreedor es la persona que se encuentra legitimada para reclamar un crédito contra el comerciante, es decir, es aquella persona que tiene un derecho de cobro. Se considera „acreedor reconocido‟ aquel que adquiere tal carácter por virtud de la Sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos.

Sujetos que Pueden Intervenir En un Concurso Mercantil -Comerciante - Acreedor - Juez de Distrito - Ministerio Público Federal

Órganos del Concurso mercantil 1. Especialistas de Concursos Mercantiles Carretera Federal 180 S/N  San Antonio Cárdenas, Carmen, Cam.  C.P. 24381 Tels. (938) 381 6700  381 6701  381 6702  381 6703  381 6704 ISO 9001:2008 Cert. No. MQA 4000244

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Visitador Conciliador Síndico 2. Interventor

Juez de Distrito. Es el órgano central y rector del procedimiento concurso; es la autoridad competente para conocer del Concurso Mercantil de un comerciante.

Ministerio Público Federal. Es la institución dependiente del Poder Ejecutivo que podrá demandar la declaración de concurso mercantil cuando un juez, ante el que se tramita un juicio mercantil, haga de su conocimiento que un comerciante se encuentra dentro de los supuestos de concurso mercantil.

Especialistas de concursos mercantiles Con la Ley de Concursos Mercantiles se dio la creación del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles el cual es un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal, que cuenta con autonomía técnica y operativa; asimismo se introdujeron dos figuras auxiliares del juez que son el visitador y el conciliador, por su parte, se reformó lo concerniente al síndico, dejando así tres figuras como especialistas, con el propósito de auxiliar al juez en materias de administración, contable, económica, financiera e industrial. Visitador La figura del visitador es una importante innovación de la Ley de Concursos Mercantiles, la cual en la exposición de motivos señala que: “durante el periodo previo a la declaración y constitución del concurso entran en conflicto dos valores diferentes: la necesidad de respetar la garantía de audiencia del comerciante, cumpliendo con las formalidades esenciales del procedimiento, y la necesidad de adoptar medidas urgentes para evitar que un comerciante en estado de falta de liquidez por negligencia, desesperación o mala fe, recurra a expedientes ruinosos o fraudulentos en detrimento de la conservación de la empresa y de los intereses de los acreedores.

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE Para conciliar esos valores contrarios se propone en la Iniciativa la asistencia de un visitador, la posibilidad de adoptar medidas provisionales y un procedimiento básico escrito en el cual se respeten las formalidades esenciales del procedimiento”. El visitador es un especialista con experiencia en contabilidad, auditoria, costos, análisis e interpretación de estados financieros, que será nombrado por el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles. Su función principal es la realización de la visita de verificación. Conciliador El conciliador es designado por el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles mediante el procedimiento aleatorio previsto por la ley, una vez recibida la notificación de la sentencia de concurso mercantil. El conciliador es un especialista con experiencia en reestructuras financieras y en rescate de empresas. Síndico Es un especialista que interviene en el concurso mercantil una vez que ha sido declarada la quiebra de la empresa o negociación; su designación la hace el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles ya sea ratificando al especialista que fungía como conciliador o bien nombrando uno nuevo. Dicho especialista se hace cargo de la administración de la empresa del comerciante y entra en posesión de los bienes y derechos sujetos a concurso. Los especialistas anteriores son designados por el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (IFECOM), y cada uno debe de estar especializado en diferentes aéreas y anqué realicen diferentes funciones no quiere decir que no puede realizar una sola persona cada uno de las funciones de visitador, conciliador y sindico. El visitador es aquel que hace la visita en empresa para verificar el incumplimiento de obligaciones asignado por el IFECOM. El conciliador es aquel que interviene en la negociación a que lleguen a un acuerdo ambas partes (comerciante o deudor y acreedor) y llegar a un convenio y rescatar la empresa. Y el síndico es aquel que se encarga de la Admón. de la empresa y hace posición de ella cuando se declara en quiebra la empresa o sea, se encarga de la liquidación de la empresa y el pago de los acreedores reconocidos.

Como es una actividad profesional que realizan los especialistas tienen derecho a recibir una remuneración y so pagados por honorarios y estaos se tomaran como gastos de Carretera Federal 180 S/N  San Antonio Cárdenas, Carmen, Cam.  C.P. 24381 Tels. (938) 381 6700  381 6701  381 6702  381 6703  381 6704 ISO 9001:2008 Cert. No. MQA 4000244

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE operación y el comerciante deberá pagar cual sea la etapa en la que se encuentre el concurso mercantil. Según la ley establece lo siguiente:

La remuneración del visitador se hará con base en la hora laborada; La del conciliador será un porcentaje

de los pasivos reconocidos que tiene que

reestructurar; Y la del síndico un porcentaje de los activos que realice.

Para los porcentajes se establecen en una tabla progresiva, dependiendo de los montos. La caución de desempeño correcto en el concurso mercantil del visitador, conciliador y síndico debe de ser de 1500 días de salario mínimo, esto corresponde al monto de una garantía caución).

El instituto deberá comunicar a los especialistas para renovar su registro o actualizar. De igual manera si los especialistas cometan una infracción serán amonestados, suspendidos temporalmente o cancelar su registro ya sea dependiendo de la gravedad de lo cometido.

Interventor Es un órgano del concurso mercantil nombrado por el juez a propuesta de cualquier acreedor o grupo de acreedores que representen al menos el 10% del monto de los créditos a cargo del comerciante. Sus funciones principales son representar los intereses de los acreedores, así como tener a su cargo la vigilancia de la actuación del conciliador y del síndico, así como los actos realizados por el comerciante en la administración de su empresa.

CARACTERISTICAS Las características del concurso mercantil. Puntos principales siguientes: Interés público. Toda empresa tiene derecho a realizar este concurso cuando no haya cumplido con sus respectivas obligaciones. Carretera Federal 180 S/N  San Antonio Cárdenas, Carmen, Cam.  C.P. 24381 Tels. (938) 381 6700  381 6701  381 6702  381 6703  381 6704 ISO 9001:2008 Cert. No. MQA 4000244

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CAMPECHE Regula concurso mercantil. Es una ley que lo rige que es la ley de concurso mercantil antes llamado ley de quiebras y suspensión de pagos. Consta de 2 etapas (conciliación y quiebra). Pero se incluye una etapa mas que es la etapa previa que es la iniciación del concurso, conciliación un convenio de las dos partes y quiebra liquidación de la empresa Logra la conservación de la empresa del comerciante mediante el convenio que suscriba a sus acreedores reconocidos. Se da la etapa de conciliación. Y esto es el concurso mercantil conservar la empresa. Se aplica en supletoriedad del Código de Comercio, la Legislación Mercantil, Código Federal de Procedimientos Civiles. Aparte de la LCM estas son otras que intervienen. En ella se realizan concursos especiales. Consta de los siguientes órganos de Concurso Mercantil que son: visitador, conciliador, sindico e interventores. especialistas asignados por el IFECOM que intervienen en el concurso mercantil. Esto significa evitar que el incumplimiento de pagos ponga en riesgo a las empresas y otras con las que puede tener una relación.

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CONCLUSIÓN

Esta segunda unidad pudimos ver que es un concurso mercantil. Es un proceso jurisdiccional, donde se somete un comerciante, cuando no cumple con el pago de obligaciones, el objetivo es conservar la empresa por medio de un convenio con sus acreedores y el no ser así vender la empresa para pagar a los acreedores reconocidos. Este se puede dar por solicitud del comerciante o por demanda del acreedor o ministerio publico. El cual este proceso se da por medio de tres etapas; etapa previa es donde se designa un visitador para verificar los créditos incumplidos por la empresa, etapa de conciliación es cuando se designa a un conciliador para lograr un convenio con el comerciante y acreedor para no pasar a la siguiente etapa de quiebra es cuando se designa un sindico para la liquidación de la empresa para venderla y pagar a los acreedores reconocidos la deuda. Los elementos que principales que participan son comerciante o deudor, acreedor o acreedores reconocidos; especialistas como visitador, conciliador y sindico; jueces, ministerio publico e interventores. Estos elementos son esenciales para llevarse acabo dicho concurso mercantil, ya que sin una de ellos es imposible. Las características son las siguientes: primeramente que el objetivo es la conservación de la empresa y no la liquidación, es para toda empresa, que por el incumplimiento de pagos ponga en riesgo a la empresa y si tiene relación con otras igual para que no salgan afectadas; esta constituida por tres etapas, etapa previa, etapa de conciliación y etapa de quiebra; esta regido por la LEY DE CONCURSO MERCANTIL y con un apoyo técnico llamado IFECOM el cual es el que asigna a los especialistas participantes.

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BIBLIOGRAFIA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES REGLAS DE CARÁCTER GENERAL DE LA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES

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