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UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO LENGUAJE I TRATA DE PERSONAS Autora: Carola Tesen L

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UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO LENGUAJE I

TRATA DE PERSONAS

Autora: Carola Tesen Linares

Chiclayo, 2018

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INTRODUCCIÓN La trata de personas es un fenómeno aterrador para las víctimas y familiares de éstas, por lo cual es reprimida y sancionada severamente por el Estado peruano el cual está comprometido en garantizar los derechos humanos de las personas. Para empezar a explicar el tema, se debe tomar en cuenta las siguientes constataciones: -Este delito no discrimina la edad ni el género de sus víctimas, pues estas pueden ser niñas/os, adolescentes, adultos mujeres y hombres. -No requieren traslado transnacional ni cruce de fronteras para constituir delito, basta con lograr el retiro de la víctima de su núcleo familiar o del lugar donde vivía, con propósitos de explotación. -Para sancionar la TdPs1 no es requisito comprobar explotación efectiva, pues basta que se acredite el uso de los anteriores recursos, sea con fines de explotación sexual, laboral, venta de niños, mendicidad, extracción y/o tráfico de órganos u otras formas de explotación, esclavitud o actividades análogas a esta.

1. TdPs: Trata de personas.

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¿Cuál es la diferencia entre el tráfico y la trata de personas? La trata y el tráfico son delitos que pueden estar relacionados de cierto modo, pero es necesario conocer la diferencia entre ellos. La trata de personas es la captación, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción 1, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación, la que incluirá, como mínimo, la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la ésta, la servidumbre o la extracción de órganos. El tráfico de personas es la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado, parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente, con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material. 1. Coacción: Fuerza o violencia física o psíquica que se ejerce sobre una persona para obligarla a decir o hacer algo contra su voluntad.

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La trata de personas en el Perú existe. Se sabe que las mafias operan sobre todo en Lima, Piura, Cusco, Puno, Arequipa y diversas ciudades de la selva. Las principales víctimas son mujeres y menores de edad, quienes son obligadas a prostituirse bajo amenaza de muerte y maltratos, o son sometidas a trabajos forzados en fábricas, en el campo o en minas. También son reclutadas para mendigar en las calles, trasladen droga o para comercializar sus órganos, entre otras formas de explotación. Es común en nuestra sociedad la explotación laboral bajo la forma de "trabajo doméstico" que, en ocasiones, es realizado

en

condiciones

de

escasa

alimentación,

ausencia o salario paupérrimo, prohibición de salidas o semi-encierro, entre otras. Se desconoce el número exacto de peruanos que se encuentran en situación de trata. Las estadísticas que el Estado maneja respecto a la trata son ínfimas1: solo 14 denuncias desde el 2004. Esto es debido a que los recursos y la capacidad de organización con que cuentan los operadores de justicia son bastante limitados en relación a las poderosas y bien organizadas mafias que se dedican a este delito.

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El 17 de enero del año 2017 entró en vigencia la Ley Nº 28950, Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, que permitirá y facilitará la detección de mafias de tratantes de personas, además de establecer medidas a favor de las víctimas en relación a la protección y asistencia. Esta ley dispone que la venta de niños, mendicidad, explotación sexual y laboral, y extracción o tráfico de órganos, serán tipificados como delito de trata de personas el cuál puede ser sancionado con pena privativa de libertad de hasta 35 años.

1. Ínfimas: Que en su situación está muy bajo.

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Ley N°28950, Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes. Considera: -El artículo 1º de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, y el inciso b) del numeral 24) de su artículo 2º, prohíbe la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas. -El artículo 4º de la Declaración Universal de Derechos Humanos, establece que nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, estando prohibidos en todas sus formas la esclavitud y la trata de esclavos, el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (Protocolo de Palermo), complementa la normativa de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

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A pesar de la ley, lamentablemente, la trata de personas en el Perú es un problema invisible a los ojos del Estado y la ciudadanía, pues convivimos con él todos los días y poco se hace por enfrentarlo, puesto que es un negocio estructurado con reglas y normas establecidas. Además, de ser sumamente lucrativo (el tercero después del tráfico de drogas y armas). La víctima es captada por medio de engaños y sometimiento, mediante amenazas o el uso de la fuerza. *Según información del Ministerio Público, las principales manifestaciones de trata son la explotación sexual (34,9%) y explotación laboral (7,8%). En el 2014, después de Lima, Madre de Dios fue la región con la mayor cantidad de denuncias por este delito.

Se sabe que este delito, en la mayoría de casos, tiene la siguiente secuencia: 1) Identificación El primer paso es la identificación de las víctimas. Los traficantes

buscan

personas

vulnerables,

que

provengan de familias disfuncionales o tengan una clara necesidad económica.

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Los traficantes, además, prefieren mujeres menores de edad. *Según el Ministerio Público señala que en el 2014 casi el 33% de las presuntas víctimas de la trata fueron mujeres y menores de 17 años. Esto se explica, en parte, porque las mujeres de menor edad son las más solicitadas para actividades sexuales y porque, por su corta edad, son más fáciles de convencer. 2) Convencimiento: Para captar a las víctimas se utilizan agencias de empleo o avisos en diarios y mercados locales. En estos se anuncian trabajos para modelaje, ventas, como meseras o labor doméstica. *Según el Ministerio Público, de las denuncias registradas entre enero y diciembre del 2014, en el 44,5% de los casos se ofreció un puesto de trabajo falso. Otra modalidad de captación, principalmente en la sierra, es el padrinazgo o madrinazgo. Los padres son convencidos de mandar a sus hijos a la ciudad en busca de empleo o educación, bajo la supuesta tutela de un familiar o compadre, y caen en la explotación sexual o laboral.

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3) Traslado: Una vez captada la persona con engaños, es trasladada

en

buses

informales

por

rutas

departamentales, donde la presencia del Estado es casi nula. Es acogida en hoteles o locales que operan al margen de la ley y ahí son ablandadas mediante violaciones

sistemáticas

y

maltrato

físico,

en

combinación con alcohol y drogas para generar dependencia. 4) Amenaza: En este punto, la víctima se encuentra encerrada, lejos de su familia y, de ser el caso, sin documentos, lo que hace que sea casi imposible escapar. El tratante, además, marca el círculo personal de la víctima y la amenaza con matar o hacer daño a sus familiares para evitar una posible huida.

¿Cuáles son las presuntas raíces de la trata de personas? 9

1) Vulnerabilidad: Las condiciones precarias y de vulnerabilidad llevan a que algunas personas tomen medidas desesperadas en el afán de alcanzar un mejor futuro y, por ello, aceptan las falsas ofertas de trabajo de los traficantes. *No debemos perder de vista que aproximadamente 7 millones de peruanos son pobres y alrededor del 20% de la población tiene sus necesidades básicas insatisfechas. 2) Presupuesto: A pesar de que se aprobó el Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas (2011-2016), este no contó con presupuesto por 3 años. *Por otro lado en el 2014 solo se destinó 0,0025% del presupuesto de la República a los ministerios de la Mujer y del Interior para atender el tema de la trata de personas. Más preocupante es que no se asignan recursos a los gobiernos locales, los encargados de fiscalizar bares, restaurantes y otro tipo de locales que son los puntos de explotación.

3) Impunidad:

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Los riesgos de este negocio ilegal son bajos, lo que lo facilita. En otras palabras, en la mente del traficante hay dos cosas que importan: la magnitud de la sanción y la probabilidad de que esta se aplique. *Cifras del Ministerio Público demuestran que entre el 2009 y el 2013 hubo 2.700 imputados de los cuales solo hay 45 sentencias. El riesgo también es bajo debido a los altos niveles de corrupción en el país, lo que reduce la probabilidad de que sean sancionados. 4) Informalidad: Además de los bajos riesgos del negocio, la informalidad contribuye a que los costos sean bajos y el delito se mantenga relativamente invisible. Una vez captadas, las víctimas son trasladadas en buses informales por rutas con poco control, mientras que las mafias operan en bares sin licencias donde no existe ningún tipo de fiscalización. *Se estima que en la zona de minería informal de Madre de Dios existen aproximadamente 400 bares donde se explota a menores de edad. 5) Desconocimiento:

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En nuestro país hay un gran desconocimiento de este acto ilícito y las autoridades no están debidamente capacitadas para hacerle frente. Además, debido a la complejidad del delito es difícil probar fehacientemente un caso de trata.

Este

delito

deja

en

sus

víctimas

consecuencias

irreversibles, que incluye daños psicológicos, contagio de enfermedades y poca posibilidad de tener una vida digna. Los siguientes son algunos efectos nocivos de la trata de personas: 1) Enfermedades de transmisión sexual: Una de las consecuencias más devastadoras para una víctima de la trata de personas es el alto riesgo de enfermedades

de

transmisión

sexual

(ETS),

especialmente VIH. Ya que no tienen posibilidad de abandonar el lugar en donde se encuentran, no les es factible asistir a algún centro médico con el fin de tratarse.

2) Daños físicos:

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Junto con la explotación sexual, el uso de la fuerza por parte de los ‘empleadores’ no es poco usual. Los golpes a los cuales se enfrenta una víctima de la trata pueden dejar daños permanentes o, incluso, llegar a ser causa de muerte. 3) Daños psicológicos: El abuso sexual y la violencia física o verbal no son fáciles

de

superar.

Por

ello,

la

mayoría

de

sobrevivientes a la trata de personas tienen algún tipo de trastorno de estrés postraumático, que debe ser tratado por un especialista.

El siguiente es un caso de una joven que escapó de una red de trata de personas en Perú. 13

Xiomi Morelia Lema Ávila, una joven boliviana de 21 años, estudiante de Derecho, un viernes de mayo a las 14:00 horas abordó un vehículo de servicio público desde la localidad de Prado (La Paz – Bolivia) con destino a su casa. En el camino se sentó a su lado una persona de unos 43 años, moreno, de contextura gruesa y alto, que llevaba puesto un chullo. Luego despertó en un camión de carga de color blanco con carpa de lona azul. Había una ecuatoriana y otras dos mujeres, que iban durmiendo. El camión viajó varios días, estas jóvenes eran custodiadas por un hombre que se protegía el rostro con una bufanda de color marrón y un gorro blanco. Xiomi pensó que en la primera oportunidad que tendría para escapar no dudaría en hacerlo, y así fue, cuando se estacionó el vehículo aprovechó un descuido de los hombres y escapó. Llegó a una casa donde pidió apoyo. Y así se libró de la gran red de trata de personas.

Para finalizar, si quieres evitar ser una víctima de la trata de personas cuídate y cuida a tu familia. Si consideras que estás frente a una probable situación de trata de

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personas o sabes de alguien que sea víctima, busca ayuda y denuncia. Puedes llamar en la Policía Nacional llamando al 1818 línea gratuita del Ministerio del Interior.

REFERENCIAS - Procuraduría General de la República. (2018). ¿Sabes cuál es la diferencia entre la trata y el tráfico de 15

personas?.,

de

Sitio

web:

https://www.gob.mx/pgr/articulos/sabes-cual-es-ladiferencia-entre-la-trata-y-el-trafico-de-personas - Chsalternativo. La Trata de personas en el Perú, de Sitio web:

http://www.chsalternativo.org/conceptos-de-

interes/trata-de-personas/la-trata-de-personas-en-el-peru - Brenda Flores-Castro. (2018). Arequipa registra 50 casos de trata de personas en el 2018, de El correo Sitio web:

https://diariocorreo.pe/edicion/arequipa/arequipa-

registra-50-casos-de-trata-de-personas-en-el-2018820693/ - Gabriel Daly. (2015). La trata de personas en el Perú: el delito

invisible,

de

El

comercio

Sitio

web:

https://elcomercio.pe/lima/trata-personas-peru-delitoinvisible-informe-200155 - Pedro Meléndez. (2017). Perú ocupa el tercer lugar en trata

de

personas

en

América,

de

Sitio

web:

https://diariocorreo.pe/peru/peru-trata-personas-america784115/

- (2016). Aprueban el “Protocolo Intersectorial para la Prevención y Persecución del Delito y la Protección, Atención y Reintegración de Víctimas de Trata de

16

Personas”.

,

de

El

Peruano

Sitio

web:

http://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/apruebanel-protocolo-intersectorial-para-la-prevencion-y-decretosupremo-n005-2016-in-1379249-1/

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