Ensayo Aplicabilidad Del Codigo Sustantivo Del Trabajo

ENSAYO SOBRE LA APLICABILIDAD DEL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO SANDRA MILENA VECINO CHAMORRO INGRID JULIETH BUITRAGO L

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ENSAYO SOBRE LA APLICABILIDAD DEL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

SANDRA MILENA VECINO CHAMORRO INGRID JULIETH BUITRAGO LÓPEZ

DOCENTE CRISTIAN CAMILO CHICAIZA MORENO

CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES PROGRAMA ADMINISTRACIÓN EN SALUD OCUPACIONAL BOGOTÁ, COLOMBIA 2015

¿A quiénes se les aplica el Código Sustantivo del Trabajo, teniendo en cuenta el vínculo contractual y el territorio donde se presta el servicio o actividad?

Es importante que todas las personas tengan conocimiento sobre las obligaciones fundamentales de los derechos que tienen los empleadores y los trabajadores, ya que muchas veces las personas ignoran lo que deben cumplir, y así mismo los derechos son un principio obligatorio para todas las sociedades, estos derechos los podemos identificar claramente como fuente primaria en la constitución política de 1991 y secundario a esta mediante el código del trabajo y demás fuentes laborales que dan lugar a dicha protección de los trabajadores y para los empleadores.

Sin embargo el derecho laboral colombiano crea unas pautas para brindar una tranquilidad como las ramas que son parte fundamental para el trabajo ya que nos damos cuenta como los son: el derecho individual que tiene como razón el que se obliga prestar servicios personales a otra persona denominada empleador, el derecho colectivo del trabajo regula las relaciones entre el empleador y los trabajadores en cada una de las asociaciones; es parte fundamental para el fortalecimiento de las organizaciones laborales, el derecho de la seguridad social consiste en los pagos que el empleador hace al trabajador en dinero, servicios u otros beneficios, con el fin de cubrir riesgos relacionados con la salud, accidentes o enfermedades profesionales, la vejez, la invalidez o la muerte de este, derecho procesal laboral comprende el un conjunto de normas que regulan el modo de actuar en justicia en caso cuyos objeto conflictivo surge de las prestaciones

laborales, el derecho laboral administrativo se encarga de regular las relaciones del estado como empleados con sus servidores, derecho cooperativo y sociedades mutuales es el campo en que los trabajadores participan en la organización y ejecución de políticas tendientes a mejorar su calidad de vida mediante el derecho asociativo o de la unión mutua.

Así mismo el derecho laboral colombino es autónomo con la relación a las otras ramas por ser un derecho de orden público, en esta autonomía radica el equilibrio entre el capital y trabajo, procurando que las normas del tipo laboral sean derechos mínimos, otorgados por la sociedad a los trabadores, siendo estos derechos mininos irrenunciables por parte del trabajador, cumpliendo de ciertas normas administrativas y así obteniendo unos elementos del derecho como lo son equidad, legalidad, igualdad en el buen trato a los trabajadores y buena fe.

Por lo tanto tenemos unos principios básicos de acuerdo al derecho laboral como lo son finalidad que se refiere a la justicia en la relación de empleadores y trabajadores, el equilibrio social y la coordinación económica, intervención del estado, derecho al trabajo y libertad de trabajo porque es la única forma de lograr bienestar y desarrollo, igualdad de los empleados es para ambos géneros, también entre el trabajo físico e intelectual la excepción se da respecto a la edad, el carácter de orden público de las normas laborales este siempre debe estar presente para ayudar a los trabajadores en sus épocas más vulnerables ya que es una obligación del estado y del empleador, el empleador debe asegurarse de que el empleado tenga un régimen para su protección.

De tal manera las normativas laborales es un tema importante en donde se plasma hasta qué grado de ley protege a los trabajadores, la cual sirve para garantizar sus derechos laborales y de esta manera darle valor al derecho al trabajo, ya que el trabajo es fuente generadora para tener acceso a un buen nivel de la vida y por medio de este la persona puede cubrir todas aquellas necesidades básicas, así mismo el derecho laboral es una obligación social y goza en todas sus modalidades de protección, ya que toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

Los derechos aplicar en el territorio colombiano, la cual nos especifica que las normas dispuestas en el código sustantivo del trabajo, que deberán ser escogidas y aplicadas dentro el territorio nacional, tanto por los colombianos como los extranjeros residentes en nuestro país, esto es de vital importancia ya que se garantiza la igualdad a los trabajadores sin discriminación de nacionalidad, origen o ubicación geográfica. En igual sentido, cuando un contrato celebrado en Colombia, se ejecuta en el exterior, el contrato se rige por la ley en donde se suscribió el mismo, no se puede dividir el contrato, ya que es uno solo.

Debido a que el trabajo es un derecho del ser humano y que por tal motivo cada nación debe asumir la vigilancia y control de las condiciones en que se desarrolla este derecho; tenemos que para el caso Colombiano contamos con la implementación del Código Sustantivo Del Trabajo Adoptado por el Decreto Ley 2663 del 5 de agosto de 1950 "Sobre Código Sustantivo del

Trabajo", publicado en el Diario Oficial No 27.407 del 9 de septiembre de 1950, en virtud del Estado de Sitio promulgado por el Decreto Extraordinario No 3518 de 1949. Cuya finalidad es la de establecer la legalidad o justicia entre el empleador y el trabajador que se dan dentro de unas relaciones de coordinación económica y equilibrio social.

Para esto es importante establecer la definición de trabajo que regula el Código Sustantivo Del Trabajo, que toma a este como: “Toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo” (Código Sustantivo del Trabajo, 1950)

Cuando hablamos de contrato de trabajo hacemos referencia a aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario. (Código sustantivo del trabajo, 1950)

Es preciso establecer que para que haya un contrato de trabajo se debe cumplir con unas características como: la actividad personal del trabajador, es decir que sea realizada por el mismo; la continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e

imponerle reglamentos, las cuales deben mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país; y por ultimo Un salario como retribución del servicio.

Teniendo todos los elementos que componen el contrato, podemos decir que de hecho existe contrato de trabajo y por ningún motivo deja de serlo independientemente del nombre que se le dé o de condiciones que se le agreguen a este.

También es importante destacar como derechos esenciales la libertad de trabajo entendida como el derecho que tiene el trabajador a que nadie le impida que se dedique a la profesión, oficio, industria o comercio de su elección siempre y cuando se licito su ejercicio.

Otro aspecto fundamental es la protección al trabajo dado que todo trabajador goza de la protección del estado como está previsto en la constitución nacional y las leyes al respecto; así que es deber de los funcionarios públicos brindar una protección oportuna que garantice sus derechos. Por otro lado si hablamos de igualdad debemos recordar que el código sustantivo del trabajo contempla que ante la ley los trabajadores y las trabajadoras son iguales y por lo tanto tiene la misma protección y las mismas garantías y no se podrá hacer ninguna distinción respecto al

carácter intelectual o material de una labor, su forma o retribución y el género, exceptuando excepciones establecidas por la ley. (Código sustantivo del trabajo, 1950) De modo tal que el código sustantivo del trabajo entre sus normas también garantiza el derecho a la asociación y huelga en los términos que establece la constitución y las leyes establecidas, y estas leyes producen efecto inmediato de modo que no tiene efecto retroactivo por lo tanto no afecta contratos definidos conforme a leyes anteriores.

Por ultimo debemos hablar de la aplicación territorial del código sustantivo del trabajo que rige en todo el territorio nacional y que por tal motivo rige para todos los habitantes si consideración de su nacionalidad esto quiere decir que cobija tanto a nacionales como a extranjeros residentes en nuestro país, garantizando la igualdad de condiciones para todos, teniendo en cuenta que regula las relaciones de derecho individual de trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del trabajo, oficiales y particulares con excepciones a los servidores públicos que se rigen por estatutos especiales que se dicten al respecto.

Referencias

Instructivos. Derecho laboral colombino. Recuperado en. http://todolaboral.galeon.com/ Colombia. Código sustantivo del trabajo, decreto Ley 2663 del 5 de agosto de 1950. Recuperado en: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33104 Gerencie. com. Aplicación territorial del código sustantivo del trabajo. 2013. Recuperado en: http://www.gerencie.com/aplicacion-territorial-del-codigo-sustantivo-del-trabajo.html