ENMIENDA HICKENLOOPER

ENMIENDA HICKENLOOPER 1. INTRODUCCION.En los aspectos políticos a lo largo de la historia, varios países han tenido que

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ENMIENDA HICKENLOOPER 1. INTRODUCCION.En los aspectos políticos a lo largo de la historia, varios países han tenido que experimentar las consecuencias de la denominada “Enmienda Hickenlooper” tras rescindir sus contratos con empresas estadounidenses, tal es el caso de Perú, Argentina, Bolivia y Cuba entre muchos otros países. Dicha enmienda pudo causar grandes daños económicos a aquellos países en los que “debía” aplicarse por las circunstancias políticas. Sin embargo, también provoco el deterioro de las relaciones diplomáticas de Estados Unidos con vario países, principalmente con los países de Latinoamérica.

2. ENMIENDA HICKENLOOPER.La propuesta de enmienda Hickenlooper tenía como fondo detener la ayuda a cualquier país que expropiara alguna propiedad de los Estados Unidos. La enmienda fue dirigida específicamente a Cuba (liderada por Fidel Castro) que había expropiado de propiedad estadounidense además de plantaciones y refinerías de azúcar controlados por Estados Unidos. La enmienda seguía la confiscación de 3 compañías petroleras estadounidenses en Cuba y Argentina. Fue también una respuesta a un fallo de La Corte Suprema de Los Estados Unidos que en efecto negó el derecho de una compañía azucarera estadounidense para contestar la confiscación de sus fondos por el gobierno de Castro. Hickenlooper vio su enmienda como una garantía de los negocios estadounidenses cada vez que gobiernos extranjeros traten de afectar u intereses. El fallo de la Corte Suprema, escribió Hickenlooper en 1964, “supuso que cualquier investigación...dentro los actos de un estado extranjero será una cuestión de vergüenza para la conducción de la política exterior”. La enmienda fue fuertemente rechazada por la administración del presidente de Estados Unidos, John F. Kennedy, que argumentó que su pasaje podría amenazar toda la diplomacia de Estados Unidos, particularmente en América Latina. Fue derrotado en el Senado, de 45 a 35. El Congreso de los Estados Unidos de América aprobó esta enmienda como una garantía adicional que quedó incorporada en la subsección c) de la sección 620 de la Ley. Dice así: “El presidente suspenderá la ayuda al gobierno de cualquier país al que se le ayude de acuerdo a las disposiciones de esta ley, cuando dicho gobierno o cualquier dependencia o subdivisión del mismo, de fecha posterior al 1° de enero de 1962:

1. haya nacionalizado, expropiado o tomado una propiedad de un ciudadano de los Estados Unidos, o controlado por él mismo, por una corporación o sociedad en la que no menos del 50% esté en manos de nacionales de los Estados Unidos; 2. haya impuesto o cobrado por la fuerza tasa u otras cargas discriminatorias, o limitado las condiciones de mantenimiento u operación, que produzcan el efecto de una nacionalización, expropiación o apoderamiento de la propiedad o toma de su control, y tal país, agencia del gobierno subdivisión gubernamental dentro de un plazo razonable (no más de seis meses desde tal acción, o de la fecha de aprobación de esta subsección, cualquiera que sea la última) no haya tomado medidas necesarias, que puedan incluir el arbitraje, para cumplir sus obligaciones según el Derecho Internacional con tal ciudadano o entidad, incluyendo compensación equitativa y pronta por tal propiedad, en divisas convertibles, como lo requiere el Derecho Internacional; o no toma las medidas necesarias para levantar dichas tasas, cargas o exacciones según sea el caso, y tal suspensión de la ayuda continuará hasta que se estime en forma satisfactoria que dichas medidas han sido tomadas, y ninguna disposición de esta ley permitirá al presidente renuncias a las disposiciones de esta subsección”.

3. LA 2da NACIONALIZACION Y LAS PERDIDAS DE LA GULF.La nacionalización significaba el cese de beneficios para la compañía norteamericana por un monto equivalente a $us 1.500 millones calculados en reservas en territorio boliviano, además de la recuperación a precios de 1969, de $us 3.000 millones en reservas gasíferas y de 600 millones de dólares en reservas petroleras, según cálculos del gobierno. Tras el anuncio, funcionarios de la Gulf abandonaron sus oficinas en La Paz, ubicadas en un edificio de la Avenida Mariscal Santa Cruz, que fue intervenida por las FFAA al mando de su Comandante en Jefe, Gral. Juan José Torres. Entretanto, los oficiales de carabineros vigilaron las dependencias y archivos a fin de evitar la salida clandestina de documentación. A raíz de esta medida, desde Washington, el presidente del Concejo de la Gulf Oil, E.D. Brockett, preconizó la aplicación de la enmienda Hickenlooper por la no compensación de las propiedades de la compañía nacionalizada. Esta Enmienda (Ley de Ayuda Extranjera) fue aprobada por el Congreso americano como Ley Pública en 1964. El Gobierno boliviano a través del ministro de Minas y Petróleo, Marcelo Quiroga Santa Cruz, calificó esta petición como “insolente”, pues la Gulf consideró a Bolivia como una de sus “colonias” y jamás pensó que era una república independiente. Sin embargo, la Gulf no se quedó de brazos cruzados porque sus intereses económicos fueron seriamente afectados pero no así su inmenso poder de influencia con el que contraatacó. Ni bien se oficializó la nacionalización de esta compañía y sus bienes, ésta se ocupó de que se cerraran los mercados internacionales para Bolivia y se bloquearan los accesos de los yacimientos al circuito de distribución de crudo en el mundo. El cese de actividades del yacimiento de Río Grande y su posterior clausura fueron, entre otras cosas, las consecuencias directas de la arremetida emprendida por la transnacional. También se suspendió el crédito del Banco Mundial (BM) para la construcción del gasoducto a la Argentina que había sido garantizado por la Gulf. Una comisión de ministros se trasladó a Buenos Aires a fin de evitar mayores perjuicios y tratar de lograr que el gobierno argentino levante el

bloqueo de los materiales y equipos que se iba a emplear en el gasoducto. Se negociaron nuevos plazos para la venta de gas y se buscó el cambio de garante para el crédito del ente multilateral. Esta administración gubernamental contrató a la compañía francesa Geopetrole para que haga la evaluación del monto indemnizatorio de los bienes de la Gulf. La multinacional exigió una indemnización de más de 150 millones de dólares al gobierno revolucionario. Éste presionado por la situación que atravesaba toda la cadena de producción de los yacimientos recién nacionalizados, se desdijo de su medular compromiso de no pagarle ni un centavo a la Gulf y, a través de contratos con organismos internacionales viabilizó el mismo. En septiembre de 1970, se promulgó el Decreto para el pago de la indemnización a la Gulf, monto que la compañía Geopetrole había establecido en $us 101.098.961 dólares. De este monto total se dedujo como impuesto único el 22% quedando en 78.622.171 dólares por concepto de indemnización, suma que se pagaría con el 25% de la producción de los campos nacionalizados: Colpa, Caranda y Río Grande y en un lapso máximo de 20 años, sin embargo, este tiempo se redujo a menos de nueve años. Las negociaciones sobre el monto indemnizable, el tiempo de pago y otros aspectos inherentes a la construcción del gasoducto y de las plantas de gas de esos campos productores de hidrocarburos, dieron lugar a apreciaciones y especulaciones de toda índole que fueron aprovechados por los medios de presa interesados en desprestigiar al gobierno y a la estatal YPFB.

grafico1: TITULAR DE LA PRENSA

4. BIBLIOGRAFIA.  

https://es.scribd.com>“Enmienda Hickenlooper” www.wikipedia.com/enmiendaHickenlooper Publicación de YPFB CORPORACION– agencia de noticias edición 2011 “el Petróleo en Bolivia y las primeras concesiones”

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES FACULTAD DE INGENIERIA INGENIERIA PETROLERA

TRABAJO PRACTICO N* 1

ENMIENDA HICKENLOOPER

MATERIA: LEGISLACION PETROLERA (PET-231) DOC.: M.Sc. Ing. MARIO DAZA UNIV.: LEIVA QUISPE CRISTHIAN JAMIL FECHA: 1/09/2018