Ejercicios de Detraccion

EJERCICIOS DE DETRACCION 1. “JULIO SA” se encuentra realizando la edificación de su segunda planta, motivo por lo cual

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EJERCICIOS DE DETRACCION 1.

“JULIO SA” se encuentra realizando la edificación de su segunda planta, motivo por lo cual es necesario considerar la instalaciones eléctricas y electrónicas. El 10 de en ero del 2016 “JULIO SA” contrató los servicios de la empresa “Barzola Ingenieros SAC” por un importe de S/.80,000.00 más IGV. La cancelación de la operación (neto de la detracción) fue ese mismo día. El 14 de enero del 2016 “Carlos Ingenieros SAC” emitió la factura respectiva y en esa fecha “JULIO SA” efectuó la anotación de la factura en el Registro de Compras. Por instrucciones del departamento de contabilidad de “JULIO SA” el depósito de la detracción se efectuó el 10 de enero

DESARROLLO Usuario del servicio: “JULIO SA” El anexo 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 343-2014/SUNAT establece que las actividades de ingeniería se encuentran sujetas al sistema al encontrarse comprendidas dentro del CIIU 7421 “Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico 1”. En tal sentido, el porcentaje de la Detracción será del 10%. En el presente caso, lo primero que ocurrió fue la cancelación total al prestador del servicio y por lo tanto el depósito debe efectuarse el 10 de enero.

DETALLE

IMPORTE

Valor del

80,000.00

IGV (18%)

14,400.00

Precio de

94,400.00

Detracción

-9,440.00

Saldo a cancelar al prestador del servicio

84,960.00

2. “PETRO SAN ISIDRO SA” se encuentra realizando la edificación de su segunda

planta, motivo por lo cual es necesario considerar la instalaciones eléctricas y electrónicas. El 10 de octubre del 2009 “PETRO SAN ISIDRO SA” contrató los servicios de la empresa “Barzola Ingenieros SAC” por un importe de S/.90,000.00 más IGV. La cancelación de la operación (neto de la detracción) fue ese mismo día. El 14 de octubre del 2009 “Barzola Ingenieros SAC” emitió la factura respectiva y en esa fecha “PETRO SAN ISIDRO SA” efectuó la anotación de la factura en el Registro de Compras. Por instrucciones del departamento de contabilidad de “PETRO SAN ISIDRO SA” el depósito de la detracción se efectuó el 10 de octubre. Desarrollo: - Usuario del servicio: “PETRO SAN ISIDRO SA” El anexo 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT establece que las actividades de ingeniería se encuentran sujetas al sistema al encontrarse comprendidas dentro del CIIU 7421 “Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico1 ”. En tal sentido, el porcentaje de la detracción será del 12%. En el presente caso, lo primero que ocurrió fue la cancelación total al prestador del servicio y por lo tanto el depósito debe efectuarse el 10 de octubre.

VALOR DEL SERVICIO IGV (19%) PRECIO DE VENTA DETRACCION 12% SALDO NETO A CANCELAR AL PRESTADOR DE SERVICIO

90,000.00 17,100.00 107,100.00 (12,852.00) 94,248.00

EJERCICIOS DE PERCEPCION 1. La empresa “MOLISUR MAJES SAC” (agente de percepción) vende harina de trigo a “DISTRIBUIDORA GALLEGOS SRL” con factura F002-8745 por S/. 5000.00 más IGV. Así mismo el cobro se realizó en efectivo y en su totalidad con la debida percepción según comprobante P001-523. El porcentaje correspondiente para el cálculo de la percepción es del 2%. Valor de Venta IGV 18% Precio de Venta Percepción 2% Importe Total a Cobrar

S/. 1500.00 S/. 270.00 S/. 1770.00 S/. 35.40 S/. 1805.40