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Carrera: SEURIDAD PUBLICA Asignatura: DERECHO PROCESAL Nombre del Docente: JOSÉ LUIS FLORES ZEPEDA Alumno: EDGAR ELIAS C

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Carrera: SEURIDAD PUBLICA Asignatura: DERECHO PROCESAL Nombre del Docente: JOSÉ LUIS FLORES ZEPEDA Alumno: EDGAR ELIAS CERVANTES Actividad EA: Intervención del policía en la audiencia de juicio oral

UNIDAD 3. DERECHO PROCESAL PENAL Instrucciones: Dirígete al siguiente enlace https://goo.gl/3sNzN2 Reproduce el video titulado “Juicio Oral Homicidio Calificado Video 1” Observa el desarrollo de la audiencia e identifica las formalidades que se siguen, para orientarte puedes dar lectura a los artículos 335 y 347 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Con los elementos identificados en un documento de texto elabora un diagrama de flujo secuencial que explique cada etapa. Identifica la clasificación jurídica del delito que se va a procesar. Escucha con atención el alegato de apertura del Ministerio Público e identifica su “Teoría del caso” y describe: Elementos facticos, Elementos jurídicos, Elementos probatorios Escucha con atención la exposición que hace el perito médico forense, el interrogatorio y contrainterrogatorio y de acuerdo a lo que describe identifica: La causa de la muerte, Mecánica de los hechos, Objeto utilizado En el siguiente enlace https://goo.gl/cGLSzi podrás encontrar la continuación de la audiencia en el video titulado “Juicio Oral interrogatorio a testigos Video 2” Reprodúcelo y presta especial atención a la exposición que hace el policía, particularmente a los detalles que refiere realizó en la investigación y las entrevistas que realiza a los testigos. De acuerdo a lo que manifiesta el policía identifica: El tipo de arma utilizada, El probable responsable de la comisión del delito

Retoma los elementos identificados en los puntos 6 y 7 y confrontarlos con los aportados por el policía y a partir de las inconsistencias que detectes, elabora una hipótesis a manera de teoría del caso en la que expliques qué fue lo que realmente ocurrió. Con la evidencia de aprendizaje realizada en la Unidad 1 “Derecho Procesal Penal” identifica la diferencia en la intervención policial en la audiencia judicial en el sistema Mixto con el Acusatorio Adversarial. Por ultimo dirígete al siguiente enlace: https://goo.gl/MEXZSe y reproduce el video titulado “Contrainterrogatorio” y responde Por regla general en tu trabajo y vida privada, ¿Acostumbras a leer completamente los documentos que firmas? ¿Consideras que esto podría explicar lo ocurrido con el policía?

La individualización del o los acusados y de su Defensor, se nota el lugar que ocupa la defensa y el acusado

La relación de las modalidades del delito que concurrieren, en este caso no hay relación con otro

El señalamiento de los medios de prueba que pretenda ofrecer, así como la prueba anticipada que se hubiere desahogado en la etapa de investigación, ofrecen un testigo sin el arma homicida

Los medios de prueba que el Ministerio Público pretenda presentar para la individualización de la pena y en su caso, para la procedencia de sustitutivos de la pena de prisión o suspensión de la misma solo presento testigos

La identificación de la víctima u ofendido y su Asesor jurídico, en este caso el fiscal esta con el padre del finado

La autoría o participación concreta que se atribuye al acusado, se le atribuye la autoría según el testigo

El monto de la reparación del daño y los medios de prueba que ofrece para probarlo, solicitan la reparación del daño en más de 30mil pesos y la privación de la libertad con pena de 50 años

La solicitud de decomiso de los bienes asegurados no aplico en este caso

La relación clara, precisa, circunstanciada y específica de los hechos atribuidos en modo, tiempo y lugar, así como su clasificación jurídica, se clasifica como homicidio calificado

La expresión de los preceptos legales aplicables

La pena o medida de seguridad cuya aplicación se solicita incluyendo en su caso la correspondiente al concurso de delitos

La propuesta de acuerdos probatorios, en su caso

La solicitud de que se aplique alguna forma de terminación anticipada del proceso cuando ésta proceda. La acusación sólo podrá formularse por los hechos y personas señaladas en el auto de vinculación a proceso, aunque se efectúe una distinta clasificación, la cual deberá hacer del conocimiento de las partes. Si el Ministerio Público o, en su caso, la víctima u ofendido ofrecieran como medios de prueba la declaración de testigos o peritos, deberán presentar una lista identificándolos con nombre, apellidos, domicilio y modo de localizarlos, señalando además los puntos sobre los que versarán los interrogatorios.

Artículo 347. Auto de apertura a juicio Antes de finalizar la audiencia, el Juez de control dictará el auto de apertura de juicio que deberá indicar El Tribunal de enjuiciamiento competente para celebrar la audiencia de juicio, así como la fecha y hora fijadas para la audiencia

Los acuerdos probatorios a los que hubieren llegado las partes

Las medidas de resguardo de identidad y datos personales que procedan en términos de este Código

La individualización de los acusados

Los medios de prueba admitidos que deberán ser desahogados en la audiencia de juicio, así como la prueba anticipada

Las personas que deban ser citadas a la audiencia de debate

. Las acusaciones que deberán ser objeto del juicio y las correcciones formales que se hubieren realizado en ellas, así como los hechos materia de la acusación

Los medios de pruebas que, en su caso, deban de desahogarse en la audiencia de individualización de las sanciones y de reparación del daño

Las medidas cautelares que hayan sido impuestas al acusado. El Juez de control hará llegar el mismo al Tribunal de enjuiciamiento competente dentro de los cinco días siguientes de haberse dictado y pondrá a su disposición los registros, así como al acusado.

“Juicio Oral Homicidio Calificado Video 1”

En el video se logra ver de primera mano las reglas de la sala por la encargada de sala quien hace saber a los asistentes que deberán guardar el debido respeto a todos que no podrán hacer uso de celulares y que la prensa es la única que tiene permitido el tomar fotos siempre y cuando le sean permitidos por las partes ya sea defensa, fiscal, juez, testigos, e inculpado.

Posteriormente se presenta en la sala los 3 jueces seguido el Ministerio Publico y defensa una vez hecha esta presentación se hace la protesta y pase de lista de los que comparecerán como testigos. Se da paso a la explicación de los motivos del juicio comenzando después los alegatos del Ministerio Publico narrando los hechos y llamando a sus testigos a sala. La teoría del caso para el MP es que existen elementos suficientes para determinar que el procesado es culpable de homicidio calificado, sus elementos facticos es que, sin tener el arma homicida, sin contar con un testigo solido pretendían ganar el juicio, sus elementos jurídicos es que como parte de la labor de un MP es atender la petición de resolución de un delito, en base a lo aportado tanto por su testigo como los elementos de prueba los considera sus elementos probatorios. La defensa da paso a sus alegatos de apertura Juez da paso a presentación de pruebas por parte del fiscal llamando a los testigos El primero el perito (médico forense): quien en su aportación menciona que la causa de muerte se debió a un shock provocado por una arma u objeto cuyas características las describe como corto contuso quien al cortar una arteria importante provoca la muerte por hemorragia. Además, indica que la lesión es hecha por alguien derecho y de adelante hacia atrás. El segundo policía municipal quien hace la detención: hace la detención en un lugar distinto al de los hechos y de hallazgo, en base al señalamiento del testigo, en compañía de la policía y sin poner en duda esa declaración ya que el también presentaba signos de sangre en sus ropas este es llevado hasta el domicilio que él les indica para que se lleve a cabo la detención el procesado es presentado ante el Ministerio Publico, solo se acordono el lugar de hallazgo ero no el de los hechos, el informe homologado indica que la entrevista tomada a el testigo indica que el arma homicida fue un pico de botella y es suficiente para el hacer la presentación y de hecho le menciona al presunto que es detenido por el delito de homicidio. El tercer testigo el derecho habiente padre del finado El cuarto policía que estuvo en el lugar del hallazgo El quinto el criminólogo El sexto Daniel quien señala al acusado y quien fue testigo de los hechos

Posteriormente el desfile de pruebas de ambas partes fiscal y defensa Dando paso a los testigos de la defensa quien se reservó el derecho de presentación Alegatos de conclusión Resolución.

HIPOTESIS Considerando lo visto en el video mi muy particular punto de vista considero que no se llevó una adecuada investigación, el criminólogo únicamente recabo objetos y no se le dio el debido estudio para vincularlo con el procesado, en cuestión al actuar policial hace la detención fuera de las normas de actuación policial en el nuevo sistema de justicia penal hay inconsistencias entre la teoría de arma homicida declarada por parte del perito y a la que menciona el testigo considero que solo fue participe en los hechos y que realmente el culpable fue el mismo que señalaba al acusado, y es un hecho que por lo descrito por el perito se requirió de una arma de una longitud considerable para provocar el corte de esa arteria además considerando la circunferencia de la lesión. No pudo haber sido con un pico de botella.

¿Acostumbras a leer completamente los documentos que firmas? No completamente

¿Consideras que esto podría explicar lo ocurrido con el policía? Por su puesto ya que obvio y estaba segura en que había mencionado y había quedado plasmado en su informe el que estaban presentes ambas jeringas sin cerciorarse de que lo que dio quedara plasmado en dicha declaración escrita. Posteriormente firmarlo