DPP-U3-EA-CESC

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Grupo: Unidad: Nombre de la asignatura: Actividad: Docente: Alumno: Matricula: Fecha de elaboración:

SP-SDPP-1801-B2-001 3 “Procedimiento Acusatorio Adversarial” Derecho Procesal Penal. Intervención del policía en la audiencia de juicio oral. Mtra. Isabel Aguirre Renata. Cesar Salas Córdova. ES 162008168 Del 1º al 9 de junio del 2018.

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“Intervención del policía en la audiencia de juicio oral” ÍNDICE I.

Introducción

3.

II.

Desarrollo

3.

A.

El juicio oral.

3.

B.

Apertura de Juicio

3.

C.

Alegatos de apertura

5.

D.

Medios de pruebas

6.

E.

Interrogatorio y contrainterrogatorio

6.

F.

Evidencia de contradicción

7.

G.

Documentos presentados

8.

I.

Por regla general en tu trabajo y vida privada, ¿Acostumbras a leer completamente los documentos que firmas?

8.

J.

¿Consideras que esto podría explicar lo ocurrido con el policía?

9.

K.

Deshago e introducción de prueba documental

9.

I.

Diagrama de Flujo secuencia de explicación de cada etapa

9.

III.

Conclusiones.

9.

IV.

Fuentes de consulta

9.

Anexo “A”

11.

Anexo “B”

14.

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“La audiencia de juicio oral” I.

Introducción. En relación al caso No. 027/2013 por homicidio calificado de una persona en la Colonia Josefa Ortiz Domínguez, del Municipio de Mascuspana, Tabasco, se analizaran tres videos “Juicio Oral Homicidio Calificado, Juicio interrogatorio a testigos y Juicio interrogatorio a testigos”, donde se obtendrán de ellos toda la información relacionada con la audiencia en su juicio oral, a efecto de determinar cómo se llevo a cabo, sus participantes y como cada uno de ellos actuaron, proporcionaron los datos de su competencia y relevancia de ello.

II.

Desarrollo Se ratifica que un Juicio Oral, es la etapa que se lleva a cabo de forma verbal y que se rige por los principios de publicidad, contradicción, inmediación, continuidad y concentración, a efecto de tener un juicio efectivo. A. El juicio oral. Articulo 3º “Glosario”, párrafo XV “Tribunal de enjuiciamiento”, del Capitulo único “Ámbito de aplicación y objeto”, Título I “Disposiciones preliminares”, Libro primero “Disposiciones generales”, Articulo 47 Capitulo I “Formalidades”, Articulo 52 Capitulo II “Audiencia”, Título IV “Actos procedimentales”; Articulo 347, Capitulo I “Objeto”, Titulo VII “Etapa Intermedia”; Articulo 396, Capitulo V “Desarrollo de la audiencia de juicio”, Título VIII “Etapa de juicio”, Libro Segundo “Del procedimiento”, del Código Nacional de Procedimientos Penales. a. El tribunal del juicio oral está integrado por tres jueces. Uno de ellos tendrá la calidad de presidente y dirigirá el debate. b. Recibido el auto de apertura, el juez presidente fijara la fecha para el juicio, en este caso la fecha fue fijada para 3 de abril del 2014 a las 10 horas 15 minutos. Se ordena la citación de los obligados a asistir. B. Apertura de Juicio. Articulo 354, Capítulo III “Dirección y Disciplina”; Articulo 391, Capitulo V “Desarrollo de la Audiencia de juicio”, Título VIII “Etapa de juicio”, Libro Segundo “Del procedimiento”, del Código Nacional de Procedimientos Penales. a. Presentaciones. 1.

La secretaria prensa ante el juez, peritos, defensa y asistencia en general, el número de proceso, nombre del procesado el delito por el cual se le acusa. 2. Numero de proceso: Causa n.- 27/2013. 3

3. Nombre del acusado: Eliseo Reyes García. 4. Delito: Homicidio calificado en agravio de Arturo Solano Rodríguez. 5. La secretaria con fundamento en los artículos 354 y 355 del Código de Procedimientos Penales del Estado de tabasco dan las indicaciones y reglamentos para poder presenciar el juicio. 6. La Secretaria procede a la presentación de los Jueces que conformaran la sala del juicio oral (Maestro en Derecho Luis Ovando Rumbón Juez concejal, Maestro en Derecho Mariza Míguela Custodio Juez presidenta, Maestro en Derecho Guadalupe Daniela Sandez Jiménez, Juez concejal b. Verificación de asistencia. 1. Ministerio Público conformado por Lic. Rubén Calvo Martínez, Lic. Luis Alberto Gonzales Matías, Lic. Ángel Mario Morales Vidal. Todos debidamente identificados ante la administración. 2. Integrantes de la Defensa conformado por Lic. Luis Alberto Cruz Montero, José Luis Martínez Reyes, Javier López Martínez. Todos debidamente identificados ante la administración. c. Aclaraciones por parte del Juez presidente. 1. Del derecho del acusado de no presentar sus datos personales de manera pública conforme al artículo 16 de la constitución mexicana (sobre la protección de los datos personales) y ratificar los datos que se le recabaron ante la secretaria encargada de sala. 2. Del derecho del acusado de usar la palabra cuando él lo considere necesario. 3. De la asistencia de los medios de comunicación, así como la presencia del señor gobernador Arturo Núñez Jiménez, Gobernador del estado de Tabasco. y el Lic. Jorge Gabriel Pego Solís Presidente del Poder Judicial del Estado de Tabasco.

d. Declaración de inicio del debate y explicación de derechos. 1. Siendo las diez con veintidós horas se da inicio a la presente audiencia con golpe de mallete por el Juez Presidente. 2. Explicación de derechos y de lo que ocurrirá en la audiencia al acusado y advertencia de que preste atención a ella. 3. El Señor Eliseo Reyes García se da por enterado. 4. Se verifica la asistencia de todos los testigos y del perito, por lo que con base en el artículo 289 del Código Penal del Estado de Tabasco, fueron llamados los testigos mencionados y se procede a la toma de protesta por parte de los mismos. (De no hacerlo así, podrán incurrir en el delito de falsedad de declaración el cual establece una penalidad de hasta 6 meses a tres años de prisión).

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Cada ciudadano nombrado toma protesta. “Se les reitera que no pueden comunicarse entre sí conforme al artículo 378 del código penal del estado de tabasco. Por lo que se les pondrán en salas separada”. 5. Presentación del orden de los testigos por parte del Ministerio y por parte de la defensa. 6. El Juez Presidente reitera el delito que “el 6 de julio del 2013 entre las 18:00 y 19:00 horas, habiendo una discusión en el bar el cuarto frio, ubicado en la colonia Josefa Ortiz de Domínguez en el municipio de Mascuspana, Tabasco, Eliseo Solano Rodríguez, priva de la vida a Arturo Solano Rodríguez, en virtud de supuestamente haberle dado una puñalada con pico de botella ocasionándole una herida corto contusa a nivel de la clavícula del lado izquierdo a 5 centímetros de la línea media del esternón, por lo que el acusado contesta que se declara inocente.

C. Alegatos de apertura. Artículo 267 Capitulo II “Actos de investigación”, Título V “Actos de investigación”; Artículo 394 y 396 Capítulo V “Desarrollo de la evidencia de juicio”, Título VII “Etapa de juicio”; Libro Segundo “Del procedimiento”, del Código Nacional de Procedimientos Penales.

a. Por el Ministerio Público.

1. Se narra el hecho imputado al acusado y la personalidad de la víctima haciendo patente que dos personas sujetaban a la víctima mientras Eliseo lo apuñala. 2. Se escucharan los testimonios de Javier López Cruz, quien se encontraba en el lugar de los hechos en el momento en que se suscitaron y quien auxilia a los policías que se encontraban presentes. 3. También se presenta la declaración de José López Morales que es uno de los policías del municipio. 4. Así como la declaración del perito técnico criminalista Renán Custodio Gordillo quién narrara la técnica indicios recolectados en la escena del crimen. 5. Asimismo, de Isidro Solano García, quien es el padre del occiso Arturo Solano García quien da la testimonial del reconocimiento de su hijo. 6. Del médico forense José Ángel Alamilla Alamilla en su dictamen de necropsia. 7. Se acusa al Señor Eliseo Reyes García Por el delito de homicidio calificado con previsto y sancionado en el artículo 110 y en relación con el 123 en su fracción primera del código penal del estado de Tabasco, y artículo 10 del presente código en calidad de Dolo. b. Por la Defensa.

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1. Se menciona la involucración de manera circunstancial por parte del ministerio al acusado Eliseo Reyes García quien es chofer, al terminar su jornada laboral decide irse con un amigo a tomar unas cervezas en el bar el cuarto frio, cuando este es provocado en una discusión y agredido teniendo que salir del lugar en motocicleta a casa de un amigo, donde es detenido sin oposición de resistencia, por no haber cometido delito alguno 2. La fiscalía solo presenta pruebas circunstanciales, al no ser los hecho comprobados de manera fehaciente, con base al artículo 8 del código penal procesal acusatorio y artículo octavo del pacto de San José Costa rica y el artículo 20 constitucional inciso B fracción primera se establece la presunta inocencia del acusado y se solicita su libertad. D. Medios de pruebas Artículos 261 y 262, Capitulo Único “Disposiciones comunes”, Título IV “De los datos de prueba, medios de prueba y pruebas"; Articulo 268, Capitulo II “Actos de investigación”, Título V “Actos de investigación”; Articulo 395, Capitulo V “Desarrollo de la audiencia de juicio” Titulo VIII “Etapa de juicio”, del Libro Segundo “Del procedimiento”, del Código Nacional de Procedimientos Penales. a. Testigo: Medio de prueba que dirán lo que les conste y sea pertinente para el juicio. b. Peritos: Emiten opiniones especializadas en diversas materias requeridas para sustentar el caso la teoría del caso. c. Documentos: Se considerará documento a todo soporte material que contenga información sobre el hecho. d. Otros medios de pruebas: Materiales y objetos diversos. e. Teoría del caso. 1. Factico: Se sigue un orden cronológico. 2. Probatorio: Datos de prueba que han sido obtenidos en la carpeta de investigación. 3. Jurídico: Hipótesis de derecho (fundamento legal). E. Interrogatorio y contrainterrogatorio. Articulo 46, Capitulo I “Formalidades”, Título IV “Actos procedimentales”; Libro Primero “Disposiciones generales”; Artículos 271, 272, 277, Capitulo II “Actos de investigación”, Título V “Actos de investigación”; Artículos 371, 372, 372, 374, Sección III “Disposiciones generales de Interrogatorio y Contrainterrogatorio, Capítulo IV “Disposiciones generales sobre la prueba”, Título VIII “Etapa de juicio”, Libro segundo “Del procedimiento”, del Código Nacional de Procedimientos Penales. a. Es la serie de preguntas mediante las cuales las partes procesales pretenden acreditar o desacreditar la teoría del caso.

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b. En su interrogatorio, las partes que hayan propuesto a un testigo o perito no podrán formular sus preguntas de tal manera que ellas sugieran la respuesta, a menos que el tribunal lo declare como testigo hostil a petición fundada del proponente del testigo. c. Durante el contrainterrogatorio, las partes podrán confrontar de forma sugestiva al perito o testigo con sus propios dichos u otras versiones de los hechos presentados en el juicio. d. Las partes podrán objetar la formulación de preguntas capciosas, impertinentes, compuestas o sugestivas y plantear la revocación de las decisiones del tribunal que limiten el interrogatorio. e. Preguntas que se utilizan en el interrogatorio: 1. Abiertas: ¿Puede explicar al tribunal qué fue lo que ocurrió el día 6 de Julio de este año? 2. Cerradas: ¿De qué color es el objeto que levantó en la escena? 3. Introductorias: ¿Sabe en relación con qué hecho viene a declarar? 4. Transición: Doctor José Ángel Alamilla Alamilla ¿Puede referir a este tribunal las características de un objeto corto contuso? 5. Acreditación: Estudios y Grados obtenidos (Trayectoria del Dr. José Ángel Alamilla Alamilla.). 6. Demostrativas: Cuando se emula la acción o se determina posiciones, distancias de manera física ante el tribunal, defensa y ministerio. 7. Descripción de las características de la herida y el objeto con que se infringió, zona y trayecto de la herida, posición del cadáver. 8. Quedan prohibidas las preguntas: compuestas, impertinentes, capciosas. 9. Interrogatorio y contrainterrogatorio de los testigos. Anexo “A”. F. Evidencia de contradicción. Artículo 376, Sección III “Disposiciones generales de interrogatorio y contrainterrogatorio”, Capítulo IV “Disposiciones generales sobre la prueba”; Artículo 399, Capitulo V “Desarrollo de la audiencia de juicio”, Título VIII “Etapa de juicio”, Libro segundo “Del procedimiento”, del Código Nacional de Procedimientos Penales. a. La parte contraria formula el contra examen y realiza una pregunta. b. El testigo responde modificando información. c. La parte que formula el contra examen le pregunta si fue entrevistado previamente en el Ministerio Publico con relación a los hechos. d. El testigo dice que sí. e. La parte que contrainterroga solicita al Tribunal se ponga a la vista del testigo su entrevista por escrito para efecto de „evidenciar contradicción. f. El Tribunal le pregunta a la otra parte si tiene alguna manifestación. 7

g. La contraparte responde que no. h. El Tribunal le pide a la parte que contrainterroga que previo a ello marque en la entrevista la parte conducente y se la muestre a su contraparte. i. La parte que evidencia contradicción muestra a su contraria la parte conducente. j. La parte que contrainterroga le muestra la parte del texto al testigo y le pide que lea en voz alta la parte conducente. G. Documentos presentados. Articulo 260, Capitulo Único “Disposiciones comunes”, Título IV “De los datos de prueba, medios de prueba y pruebas”, Libro segundo “Del procedimiento”, del Código Nacional de Procedimientos Penales. a. b. c. d.

Carpeta de investigación de la averiguación previa. Diligencias de la carpeta de investigación. Dictamen de la necropsia del médico forense. Declaraciones diversas por parte de los testigos.

H. Deshago e introducción de prueba documental. a. Parte oferente: Su señoría, se solicita introducir por medio de la lectura la prueba documental. b. Presidente: Previo a ello proceda a mostrárselo a la contraparte. c. Se le muestra a la contraria. d. Presidente: Proceda por favor. e. Enseguida, el oferente realiza la lectura correspondiente y solicita se tenga por incorporado el documento como prueba documental. f. Presidente: Una vez brindada la lectura por la parte oferente, se tiene por incorporada en los términos realizada, sin perjuicio del valor probatorio que se le otorgue en la sentencia. g. Asimismo, en esta parte no procede a intervención de Ministerio Publico, al objetar que la dinámica e introducción de prueba documental ya se había llevado a cabo con anterioridad al juicio presente, por lo que la defensa aclara que solo se dará lectura al documento del dictamen del médico Forense misma que ya se tienen en la carpeta de investigación y que se utilizara solo para desarrollar el método por contradicción de dictamen. I.

Por regla general en tu trabajo y vida privada, ¿Acostumbras a leer completamente los documentos que firmas? Es lo adecuado realizarlo, ya que por eso existe mucho fraude, violaciones a los derechos humanos, y como es el caso del video contrainterrogatorio cabe destacar que no leyó el documento, ya que si lo haya realizado haya efectuado las correcciones pertinentes y necesarias al escrito, ahora bien como primer respondiente y como funcionario público a

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demás de leer lo que se firma es de obtener una copia de este y hacia saber cuándo se va a la audiencia lo que se dijo o lo que no se dijo. J. ¿Consideras que esto podría explicar lo ocurrido con el policía? Con bases a las partes erróneas del policía, se podría considerar que en ningún momento leyó su declaración, a la que al momento del juicio oral hubo información errónea con la evidencia del informe presentado y tampoco obtuvo copia del documento levantado, acción que permite que un imputado pueda estar libre, ya que las pruebas no son suficientes. K. Diagrama de Flujo secuencia de explicación de cada etapa. Ver Anexo B. III.

Conclusión. En relación a la experiencia que se toma en este juicio oral, son que la importancia del Informe Policía Homologado para el juicio es de gran relevancia y que este antes de ser firmado debe estar fundamentado adecuadamente conforme a los hechos realizados, asimismo, una de las partes de coordinación con el primer respondiente y el Ministerio Publico, es precisamente que el Ministerio Publico asesore adecuadamente al primer respondiente, a efecto de que este informe homologado se realice como debe ser y sin ninguna contradictoria. Por lo que en forma general puedo decir que es de gran relevancia que tanto los policías, como los ministerios públicos, abogados defensores y Jueces, lleve a cabo una adecuada enseñanza en este sistema, a efecto de que se puede realizar sin que en ningún momento se dañe los derechos humanos y mucho menos se permita que por erros documentales o de evidencia una persona no tenga un juicio verdaderamente justo.

IV.

Fuentes de consulta Blackwax44 (2 Sep. 2012). Contrainterrogatorio (archivo de video). Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=V2y3ihxtQas Código Federal de Procedimientos Penales. http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic3_mex_anexo22.pdf

Recuperado

de:

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JP ABOGADOS (30 Abr. 2014). Juicio Oral Homicidio Calificado Video 2 (archivo de video). Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=kbYlIK7-ucY JP ABOGADOS (28 Abr. 2014). Alegatos de clausura en Juicio Oral Homicidio Video 3 (archivo de video). Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=kbYlIK7-ucY JP ABOGADOS (25 Abr. 2014). Juicio Oral Homicidio Calificado. Fallo Video 4 (archivo de video). Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=Xgb5qSj8Ar0 Poder Judicial del Estado de Colima, s/a, Sistema acusatorio adversarial, Juicios orales penales, Documento, recuperado el 14 de noviembre de 2015, de: http://stj.col.gob.mx/assets/docs/docssaa/(3)Principios%20Rectores%20del%20Juicio%20Penal%20Acusatorio%20Adversarial..pdf Potrero, I., (2014), El ABC del sistema acusatorio adversarial: gran impacto, presentación PPT. Recuperado de: https://es.slideshare.net/01020304056ivonne/el-abc-del-sistema-acusatorioadversarial-33562904?qid=d9e24dac-9dd3-4b10-ba1b8cbda5a5a22e&v=default&b=&from_search=2 Pratt, C., (2014). La etapa de investigación en el sistema acusatorio [Archivo de video]. Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=8PbljOIdCs4 Pratt, C., (2014), Principios rectores del sistema acusatorio [Archivo de video]. Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=XOE9RBq8oBk Suprema Corte de Justicia de la Nación, (2013), El nuevo sistema de justicia penal acusatorio desde la perspectiva constitucional, PDF, recuperado el 5 de noviembre de 2015, de: http://setecc.egobierno.gob.mx/files/2013/03/Elnuevo-sistema-deJusticia-Penal-Acusatorio.pdf Suprema Corte de Justicia de la Nación, Poder Judicial de la Federación, (2003), Manual del justiciable en materia penal, México, SCJN. Recuperado de: http://sistemabibliotecario.scjn.gob.mx/sisbib/po_2010/53702/53702_1.pdf Universidad Abierta y a Distancia de México. 4º. Semestre. Derecho Procesal Penal. Unidad 3. Procedimiento Acusatorio Adversarial. Recuperado de: https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/BLOQUE2/SP/04/SDPP_201 6_02/U3/descargables/Unidad%203.%20Procedimiento%20Acusatorio%20Adversarial_2018_1 _b2.pdf

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Anexo “A” Interrogatorio y contrainterrogatorio de los testigos Testigo

Médico Forense Ángel Alamilla Alamilla.

José López Gonzales Policía municipal.

Interrogatorio contrainterrogatorio - Se presentan los estudios y trayectoria laboral del - El Médico Forense se contradice al usar el término médico forense así como el número de dictámenes y necro cirugía y negar que se hizo diversas operaciones protocolos de necropsia, define lo que es el proceso de por no proceder el termino. una necropsia o necro cirugía así como los métodos - No se encuentran partículas de vidrio por lo que el utilizados en la misma. objeto que se menciona como pico de botella solo - Inmediatamente describe la posición del cadáver de queda sustentado de manera circunstancial, el médico Arturo Solano García y la descripción de una contusión forense da por falso que no se encuentran lesiones en en la parte superior de la nariz y un herida con las la parte craneal. características de corto contusa a nivel de la clavícula - No se aclara la diferencia entre corto contuso y pulso del lado izquierdo a cinco centímetros del esternón cortante dando pauta que la herida pudo haberla - A continuación describe el daño a la arteria carótida ocasionado otro objeto con características a pulso que ocasiona un sangrado abundante y causa del cortante. deceso del occiso. - Se presentan las objeciones por parte del Ministerio por no acreditar el documento de dictamen del Médico forense. - Se presentan las objeciones por parte del Ministerio en cuanto al modo proceder en la técnica de contradicción. - Se presentan las objeciones por parte del Ministerio en cuanto a las preguntas capciosas y compuestas. - El policía José López Gonzales es requerido como testigo por emitir un informe homologado con fecha del - La defensa pregunta al testigo si el área estaba acordonada reiterándose afirmativo. 6 de julio del año 2014 por la detención del señor Eliseo García por su presunta participación en el delito - La defensa pregunta si regresaron al lugar de los hechos reiterándose afirmativo. de homicidio, detenido en la calle florida en la colonia Oropesa en casa color lila de dos pisos sin número. - La defensa pregunta si el informe homologado menciona el lugar de los hechos. - El Señor José López refiere que se recibe la información por parte de un compañero que iba en una - La defensa pregunta cuál es el lugar de los hechos y el moto patrulla por la zona e informa al comandante de testigo confirma que es el bar el cuarto frio. operación Bernardino Fuentes Sandoval, que va en - La defensa con fundamento en el artículo 390 del persecución de una motocicleta color negra con motor código de procedimientos penales del estado de 110 con placas GP-GDI y que sin interrupción alguna tabasco solicita apoyo de lectura para evidenciar lo fue siguiendo a las 19:31 horas con 31 minutos en contradicciones. ese momento llega el policía José López que refiere - Se reitera que el lugar de los hechos es Boulevard A. que el dueño del domicilio se encontraba parado en la Madrazo. puerta.

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Testigo

Interrogatorio - El comandante de operativos llega y pide permiso de llevarse a los dos sujetos que habían entrado a su domicilio, enseguida el dueño del domicilio se identifica con el nombre de Concepción Cristina Reyes, el dueño da el permiso, pero al instante los dos sujetos salen por su voluntad, enseguida el Testigo hace la descripción de las ropas con la que van vestidos los dos sujetos, enseguida el señor Daniel Cruz que también se encontraba ahí señala de manera directa a Eliseo García como el responsable de la agresión y a su compañero Juan Carlos Zacarías Lara fue su José López cómplice, se procede a la detención por parte del Gonzales Policía policía José López. municipal. - Se rinde el informe homologado después de que se lleva a ciudad policial y el documento de cadena de custodia donde se da cuenta del embalaje de sus ropas y certificado médico del detenido, inmediatamente es puesto a disposición del Ministerio Publico. - En la declaración del testigo se afirma que se tiene que hacer el embalaje por tener la ropa del señor Eliseo manchas rojas. - De este modo la fiscalía intenta sustentar la responsabilidad del acusado. - Reitera el nombre de su esposa Concepción Cristina Reyes y cuatro hijos, de los cuales el occiso es uno de ellos y que ya ha fallecido. - Reitera su presencia por el citatorio que recibe por Isidro Solano parte del Juzgado. García - Reitera que mataron a su hijo el 6 de abril del 2013 a las seis treinta de la tarde. - Se entera por otro hijo Bertis Solano Rodríguez que le informa que Arturo Solano es apuñalado en el bar el cuarto frio.

contrainterrogatorio

- Se reitera que en el documento homologado el testigo Daniel Cruz menciona que la agresión fue con una barreta. - Se refiere por las ropas vestidas y por el señalamiento de Daniel Cruz que el agresor es el señor Juan Carlos Zacarías Lara, quien no se encuentra presente.

- Se reitera que no presencio la muerte del señor Arturo Solano. - Se reitera que refiere el hecho porque se lo refiere a su vez el señor Daniel Cruz. - Se termina la contra interrogación invitando al Señor Isidro su derecho de permanecer en la sala por ser considerado como ofendido en la parte de la fiscalía. - El señor Isidro Solano pide justicia y manifiesta inconformidad por lo que se está llevando a cabo.

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Testigo

Isidro García

Interrogatorio - El señor refiere que encuentra a su hijo en la calle Miguel Hidalgo boca arriba. - Pregunta a los policías si ya detuvieron a los responsables y estos le contestaron que sí, y que se dirigiera al ministerio para poder recoger el cuerpo de su hijo. Solano - Reitera que está enterado que su hijo muere por una puñalada. - Reitera que conoce al que lo apuñala por medio de Daniel Cruz. - Reitera el nombre del acusado Eliseo Reyes García y que lo conoce desde hace 20 años por ser del mismo lugar y lo señala.

contrainterrogatorio

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Anexo “B”

3ª. Etapa del Proceso

Etapa de Juicio Oral

1 El Juez verifica la presencia de las partes (acusado, Defensor, Victima u ofendido, Asesor jurídico y Ministerio Publico).

El Juez declara abierto el debate.

El Juez informa sus derechos a las partes (victima u ofendido y acusado).

8 El tribunal emite una sentencia y notifica a las partes. 7

2

3 4 5

Exposición alegatos apertura

Oportunidad para convencer al Juez de otorgarle la razón con participación de testigos, peritos, etc., por parte de los:

de de

- Ministerio Público. - Asesor jurídico. - Defensor.

Se desahogan las pruebas admitidas. previamente.

6

Una vez cerrado el debate se ordena un receso para que el Tribunal de enjuiciamiento delibere.

Exposición de alegatos de clausura

Última oportunidad para convencer al Juez de otorgarle la razón) por parte de los:

- Ministerio Público. - Asesor jurídico. - Defensor.

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