DILIGENCIA+PREPARATORIA (1).docx

EXCELENTISIMO SEÑOR/A JUEZ/A DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PIÑAS, PROVINCIA DE EL ORO

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EXCELENTISIMO SEÑOR/A JUEZ/A DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PIÑAS, PROVINCIA DE EL ORO.Yo, …………………….., titular de la cédula ……………….., de estado civil …………, de ,,,,,,,,,,,,,,,, años de edad , de ocupación ………., de nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en esta ciudad de Piñas, en las calles ……… N°……..y Av.…………., sector………, con correo electrónico…………. PRIMERO.- Del Domicilio Judicial y de la Defensa Técnica: Notificaciones las recibiré siguiente domicilio judicial: casillero judicial N° ……. Del Distrito Judicial de esta ciudad de mi Defensora Técnica y en el correo electrónico…………….. , pertenecientes a mi patrocinadora Abogada…………………….., profesional del derecho a quien AUTORIZO suscriba cuanto escrito sea menester en defensa de mis intereses. SEGUNDO.- De los antecedentes: Es el caso señor Juez, que soy hijo legítimo de quien en vida llamara Don JOSÉ LINO PEÑAFIEL BRAVO quien falleciera el día 31 de diciembre del 2018, sin dejar testamento alguno. Que entre los bienes que tenemos conocimiento se encuentra la cuenta No.010702006511 que mi precitado progenitor la tiene en la Cooperativa de Ahorro y Crédito “PONCE DE JUNIO LTDA”. Que en la referida cuenta se encuentran depositados la suma de USD $ 58.000,oo que mi precitado causante le fueron asignados por concepto de liquidación jubilar. Ocurre entonces que nos hemos enterado señor Juez, que dicha cuenta ha sido una cuenta compartida con la señora MARIA CARMELINA BURE por lo que existe seria amenaza de que dichos valores desaparezcan y se perjudique a los legítimos herederos que somos sus hijos entre los cuales se encuentra una heredera menor de edad aun como lo es nuestra hermana xxxxxxxx. TERCERO.- La presente solicitud de DILIGENCIA PREPARATORIA la presento con el fin de determinar la legitimación activa o pasiva de las partes en el futuro proceso y de anticipar la práctica de prueba urgente que pudiera perderse. Para lo cual se servirá notificar con la presente solicitud al señor GERENTE DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “SANTA ROSA LTDA” Agencia Piñas, oficinas que están ubicadas en la siguiente dirección CUARTO.- De los FUNDAMENTOS DE DERECHO Y DE LAS PRETENCIÓNES: Amparado en lo que determina el Artículo (120 o 122), numerales 1, 2 y 6 del Código Orgánico General de Procesos, esto es la exhibición de los documentos habilitantes para la

apertura de la cuenta No.- 010702006511 cuyo asignatario es mi fallecido progenitor Don JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO y de los dineros que se encuentran en la citada cuenta; y, la inspección preparatoria para que se verifique la existencia de dichos valores,

en concordancia con los artículos 18 numeral 2 y 66 numeral 23 de la

Constitución de la República del Ecuador; Artículo 28 de la Ley de Modernización del Estado; y, Artículo 1, 2 y 4 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, solicito a su autoridad lo siguiente: 

Que se sirva calificar la presente solicitud y se notifique con su contenido al señor GERENTE DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “SANTA ROSA LITDA” en la dirección que se halla determinada, señalándole día y hora para la práctica de la presente diligencia.



Que se disponga mediante OFICIO dirigido al señor Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “SANTA ROSA LTDA” solicitando la RETENCION DE LOS DINEROS existentes en la cuenta No. 010702006511 cuyo asignatario es mi fallecido progenitor Don JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO



SE NOTIFICARA con este pedido también a la señora MARIA CARMELINA BURE, en su domicilio que lo tiene ubicado en las calles xxxx de esta ciudad de Piñas, provincia de El Oro sin perjuicio de que se lo haga en la siguiente dirección electrónicaxxxxxxx. Esto con el fin de determinar la legitimación activa o pasiva en el futuro proceso judicial.

QUINTO.- La CUANTÍA: La cuantía es indeterminada de conformidad con lo que establece el numeral 6 del artículo 144 del Código Orgánico General de Procesos. PROCEDIMIENTO: El determinado en los artículo 123 del Código Orgánico General de Procesos. ANEXOS: Con el fin de demostrar la necesidad de realizar la presente diligencia preparatoria y justificar mi condición de heredero, adjunto los siguientes documentos; 1.- Copia Certificada de la Inscripción del Fallecimiento de mi señor Padre Don JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO; 2.- Copia de mi cedula con la cual demuestro ser hijo del causante;

3.- IMPRESO de la Pag. Web del SIETEMA SJET con lo cual justifico el deposito de USD $ 58.000,oo transferidos a la cuenta No.- 010702006511 que mi recordado progenitor tenía en vida en la Cooperativa Santa Rosa Ltda; 4.- La partida de nacimiento de mi hermana menor de edad aun; y 5.- Copia de la Credencial de mi Abogado patrocinador; …………………….

Firmo con mi patrocinador.

Atentamente,

Escrito solicitando MEDIDA CAUTELAR SOBRE BIENES bajo los preceptos determinados en LA SECCION SEGUNDA DEL COIP Juicio Penal No.- 07308-2018-00425 ILUSTRISIMO SEÑOR JUEZ DE LA MAGISTRATURA JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PIÑAS.- Dr. Hartman Tamay Ochoa ABG. BEATRIZ JUDITH QUEZADA LUZURIAGA, en mi calidad de PROCURADOR JUDICIAL de la señora MAYRA ALEJANDRA PENAFIEL PALACIOS, ante usted muy respetuosamente comparezco, expongo y solicito: PRIMERO.- Mediante Audiencia de Conciliacion llevada a efecto el día 27 de diciembre del 2018 a las 11h00, DILIGENCIA en la cual se acordo en que se TRANSFERIRIAN a la cuenta del progenitor de mi representada la suma de USD $ 58.000,oo. Motivo por lo cual su Autoridad mediante oficio No.- s/n de fecha 28 de diciembre a las 08:59 remite atento OFICIO dirigido al señor Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Credito ONCE DE JUNIO para que se haga la respectiva transferencia. SEGUNDO.- Ocuerre señor Juez, que la cuenta No.-010702006511 que mantiene el progenitor de mi representada quien en vida llamara Don. JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO es una cuenta COMPARTIDA con la señora XXXXXX, quien sin tener ninguna clase de derechos sobre dichos dineros se encuentra realizando las

gestiones para poder RETIRAR DICHOS VALORES aprovechandose de que aun no se hace conocer a la entidad financiera (Coop. Ahoro y Credito ONCE DE JUNIO LTDA”) el fallecimiento del unico beneficiario de dichos dineros (Don Jose Lino Peñafiel Bravo). Por lo que existe un peligro eminente que dichos valores que se mantienen en la cuenta referida, desaparezcan o sean disipadas por una persona que no tiene ninguna clase de derechos sobre dichos valores y se perjudiquen a los unicos y universales herederos del causante; Mas aun cuando una de las herederas es menor de edad, conforme lo justifico con la respectiva Partida de Nacimiento. TERCERO.- Del Pedido Concreto y de la Fundamentacion Legal: Con los antecedentes expuestos y bajo las premisas contempladas en el Arts. 549 y 556 del COIP al existir peligro eminente pues la coasignataria de dicha cuenta se encuentra constantemente en los interiores de la citada cooperativa tratando de retirar dichos valores y pueden desaparecer no solo los USD $ 58.000,oo que fueron transferidos a la cuenta No. 010702006511 sino todos los valores que mantiene el progenitor de mi representada quien en vida llamara Don. JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO y por ser dicha cuenta COMPARTIDA por lo que pido a usted muy comedidamente lo siguiente: a.- Que se OFICIE al señor Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Credito SANTA ROSA LTDA para que se PROCEDAN A LA RETENCION de los valores que se encuentran depositados en la Cuenta No.- 010702006511 que mantiene el progenitor de mi representada quien en vida llamara Don. JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO, haciendole conocer conocer que sobre dicha cuenta se ha dispuesto UNA PROHIBICION TEMPORAL y de la obligacion legal y constitucional que tienes todas las instituciones de colaborar con la administracion de justicia. b.- Que se conmine a la contraparte presente ante su Autoridad la documentacion que acrediten el fallecimiento de Don. Jose Lino Peñafiel Bravo y explique porque razon, motivo o circusntancia hasta la presente fecha no ha procedido a la marginacion del fallecimiento ya que ello acontencio el día 31 de diciembre del 2018. CUARTA.- De la fundamentacion de este pedido: Que sustento mi peticion, acorde a o establecido en los Arts. 1,11, 44, 45, 46, 75, 76, 169, 424, 426 de la Norma Constitucional en concordancia a lo previsto en los Art. 4 y 129 del Codigo Organico de la Funcion Judicial y Arts. 1,2,3,11 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia. A ruego de la peticionaria y como su Procurador Judicial. NOTA: ADJUNTO PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA MENOR (HIJA DEL

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CAUSANTE)

Escrito solicitando OFICIO al Juez Para Peticion de MEDIDA CAUTELAR SOBRE BIENES bajo los preceptos determinados en LA SECCION SEGUNDA DEL COIP Instrucción Fiscal No.- 071001817120008 Juicio Penal No.- 07308-2018-00425 SEÑOR AGENTE FISCAL DE LO PENAL CON SEDE EN EL CANTON ZARUMA.ABG. BEATRIZ JUDITH QUEZADA LUZURIAGA, en mi calidad de PROCURADOR JUDICIAL de la señora MAYRA ALEJANDRA PENAFIEL PALACIOS, contra quien se ha propuesto proceso penal por el delito de ABUSO DE CONFIANZA, ante usted muy respetuosamente comparezco, expongo y solicito: PRIMERO.- Como sera de su conocimiento señor Fiscal, mediante Audiencia de Conciliacion llevada a efecto el día 27 de diciembre del 2018 a las 11h00, DILIGENCIA en la cual se acordo en que se TRANSFERIRIAN a la cuenta del progenitor de mi representada la suma de USD $ 58.000,oo. SEGUNDO.- Ocuerre señor Fiscal, que la cuenta No.010702006511de la cooperativa ONCE DE JUNIO LTDA que mantiene el progenitor de mi representada quien en vida llamara Don. JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO es una cuenta COMPARTIDA con la señora XXXXXX, quien sin tener ninguna clase de derechos sobre dichos dineros se encuentra realizando las gestiones para poder RETIRAR DICHOS VALORES aprovechandose de que aun no se hace conocer a la entidad financiera (Coop. Ahoro y Credito ONCE DE JUNIO LTDA”) el fallecimiento del unico beneficiario de dichos dineros (Don Jose Lino Peñafiel Bravo). Por lo que existe un peligro eminente que dichos valores que se mantienen en la cuenta referida, desaparezcan o sean disipadas por una persona que no tiene ninguna clase de derechos sobre dichos valores y se perjudiquen a los unicos y universales herederos del causante; Mas aun cuando una de las herederas es menor de edad, conforme lo justifico con la respectiva Partida de Nacimiento. TERCERO.- Del Pedido Concreto y de la Fundamentacion Legal: Con los antecedentes expuestos y bajo las premisas contempladas en el Arts. 549 y siguientes del COIP al existir peligro eminente pues la coasignataria de dicha cuenta se encuentra constantemente en los interiores de la citada cooperativa tratando de retirar dichos valores y pueden desaparecer no solo los USD $ 58.000,oo que fueron transferidos a la cuenta No. 010702006511 sino todos los valores que mantiene el progenitor de mi representada quien en vida llamara Don. JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO y por ser dicha cuenta COMPARTIDA y des desconocimiento de la Institucion Financiera

del fallecimiento del titular de la citada cuenta por lo que pido a usted muy comedidamente lo siguiente: a.- Que se OFICIE al señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de la ciudad de Piñas para que dentro del termino que la Ley manda CONVOQUE A UNA AUDIENCIA tal como lo dispone el Art. 551 del COIP y se solicite OFICIAR al señor Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Credito SANTA ROSA LTDA para que se RETENGAN los valores que se encuentran depositados en la Cuenta No.- 010702006511 que mantiene el progenitor de mi representada quien en vida llamara Don. JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO, haciendole conocer conocer que sobre dicha cuenta se ha dispuesto UNA PROHIBICION TEMPORAL y de la obligacion legal y constitucional que tienes todas las instituciones de colaborar con la administracion de justicia. b.- Que se conmine a la contraparte presente ante su Autoridad la documentacion que acrediten el fallecimiento de Don. Jose Lino Peñafiel Bravo y explique porque razon, motivo o circusntancia hasta la presente fecha no ha procedido a la marginacion del fallecimiento ya que ello acontencio el día 31 de diciembre del 2018. CUARTA.- De la fundamentacion de este pedido: Que sustento mi peticion, acorde a o establecido en los Arts. 1,11, 44, 45, 46, 75, 76, 169, 424, 426 de la Norma Constitucional en concordancia a lo previsto en los Art. 4 y 129 del Codigo Organico de la Funcion Judicial y Arts. 1,2,3,11 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia. A ruego de la peticionaria y como su Procurador Judicial. NOTA: ADJUNTO PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA MENOR (HIJA DEL

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CAUSANTE)

Piñas, 06 de enero del 2018. SEÑOR GERENTE DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “ONCE DE JUNIO LTDA.” En su despacho. De mis consideraciones: ABG. BEATRIZ JUDITH QUEZADA LUZURIAGA, en mi calidad de PROCURADOR JUDICIAL de la señora MAYRA ALEJANDRA PEÑAFIEL PALACIOS, ante usted muy respetuosamente comparezco, expongo y solicito: PRIMERO.- Pongo a conocimiento de su Autoridad de que por disposición judicial dictada por el señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en esta ciudad de Piñas, dentro de la causa penal No.- 07308-2018-00425 se dispuso que por intermedio de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Rosa Ltda se transfieran a la Cuenta No.- 010702006511 que mantiene el progenitor de mi representada quien en vida llamara Don. JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO la suma de USD $ 58.000,oo.

Que sin ser de conocimiento del señor Juez de que la referida cuenta es una cuenta compartida con la señora xxxx, misma que se la ha visto realizando las gestiones para poder aproparde indevidamente de dichos valores, aprovechandose de que ella tambien es cooasignataria de dicha cuenta y quien hasta donde tengo conocimiento esta ocutando informacion sobre el fallecimiento del unico beneficiario de los USD $ 58.000,oo. Hecho que ha motivado a los herederos el realizar los tramites pertinentes por ser legitimos herederos. SEGUNDO.- Del pedido concreto: Con lo narrado acudo ante usted para hacerle el pedido formal en beneficio de los herederos de quien en vida llamo Don Jose Lino Peñafiel Bravo para que se procede a RETENER todos los valores se que se encuentran despositados en vuestra Institucion Financiera a nombre de quien en vida llamara JOSE LINO PEÑAFIEL BRAVO. Pedido que me veo en la imperiosa necesidad de hacerlo por la agilidad judicial, quesin lugar a dudas traeria acciones legales. Que dicha retencion se lo haga hasta que la autoridad judicial se pronuncie sobre mi pedido. Adjunto atento OFICIOS dirigidos tanto al señor Juez Penal como a la Fiscalia para la proecedencia legal y Contitucional. Que este pedido lo fundamento en lo previsto en los Arts. 1 y 11 de la Norma Suprema Por la atencion que se le de a la presente, le anticipo mis sentimientos de gratitud y estima. Atentamente, ………………………………… Mat. …..-……-……… CNJ.

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