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1 1Derechos de autor y plagio

María Alejandra Mejía Flórez Universidad de la guajira Facultad de ciencias sociales y humanas Programa de psicología Herramientas tecnológicas para la investigación. Denis vega Mendoza. Septiembre 2020

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Contenido 1.Derechos de autor y plagio 3 2.Plagio en el contexto de derechos de autor 4 3.Conceptualización jurídica del plagio en Colombia………………………………....5 4. Uso ético de la información: citas y referencias bibliográfica……………………… 6 4.2. Formas de citación básicas con normas APA 7 edición (Moreno & Carrillo, 2020)… 6 4.2.1. Citas directas……………………………………………………………………….7 4.2.2. Citas indirectas……………………………………………………………………..8 4.2.3. Comunicaciones personales………………………………………………………..8 5. El plagio y su impacto a nivel académico y profesional…………………………….8 6. referencias.....................................................................................................................10

3 1. Derechos de autor y plagio. La expresión derechos de autor es un término utilizado comúnmente en el campo jurídico para referirse al poder que tiene el creador de cualquier tipo de contenido sobre su obra. “La propiedad intelectual es una herramienta de la que se dota la sociedad para proporcionar a los autores el sustento económico necesario para garantizarles un proceso de creación libre de injerencias y, asimismo, para enriquecer el patrimonio cultural de la sociedad, beneficiando así el interés general” [ CITATION ped08 \l 3082 ].

Como lo indica la afirmación anterior, otorgarle derechos al autor además de asegurarle el protagonismo sobre su obra sirve como estímulo para el crecimiento de la cultura intelectual y el ingenio. Entorno a este tema, se encuentran un sin número de leyes establecidas a nivel nacional e internacional, lo que significa, que la protección de los derechos de autor tiene implicaciones legales y como tal, la violación de tales derechos conlleva a consecuencias de igual tipo. La forma más común de ultrajar los derechos del autor es conocida como plagio, este término hace referencia al acto de publicar o propagar una obra cuyos derechos de autor ya pertenecen a otra persona, “Plagiar es la acción de copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias. Desde el punto de vista legal es una infracción del derecho del creador de una obra artística o intelectual de cualquier tipo”[ CITATION UAM20 \l 3082 ]. El plagio no siempre ocurre por fines lucrativos mal intencionados, de hecho los casos más comunes de plagio ocurren en el contexto educativo, como en el caso de estudiantes que presentan trabajos mal referenciados.

4 2. El plagio en contexto de derechos de autor. El término “plagio” no es nuevo, se encuentra presente desde varios siglos atrás en múltiples culturas como en el caso de los romanos, quienes lo usaban para referirse al robo de personas. Fue hasta el primer siglo D.C, gracias al poeta Marcial, que se empieza a explorar el plagio en el contexto de derechos de autor, haciendo referencia al robo de ideas, y no a la expropiación de cosas tangibles [CITATION Tim17 \l 3082 ]. Las obras comúnmente sujetas a sufrir plagio, son las del campo artístico y literario, puesto que son las más susceptibles a ser copiadas y publicadas bajo otros autores, a pesar de que el termino no es nuevo, en la actualidad los casos de plagio se han vuelto algo completamente común, debido a que la plataforma de internet, ha facilitado de forma exorbitante el acceso a infinidad de información, volviendo popular especialmente en el campo educativo la práctica del copyright. “Anteriormente, para realizar una investigación se acudía a las bibliotecas, se transcribían textos a mano, se visitaban las hemerotecas; hoy, el uso de internet facilita la búsqueda de todo tipo de información, pero al mismo tiempo se convierte en el medio más común para copiar y pegar textos de notas periodísticas y hasta tesis” [ CITATION Tim17 \l 3082 ].

El plagio en contexto de derechos de autor como se menciona anteriormente nos lleva a el área académica, siendo estudiantes y profesores los principales infractores, por lo que incluso se ha normalizado de alguna manera esta práctica, disfrazándola con algunas regulaciones, como colocando límites de palabras para referenciar, permitiendo que se puedan tomar ideas ajenas para el trabajo que se esté realizando pero bajo cita del autor original, aunque resulta una ayuda especialmente para los estudiantes apoyarse a la hora de sustentar algo, le resta un poco de originalidad y autenticidad a su trabajo, en consecuencia los contenidos generados actualmente se tornan monótonos y repetitivos.

5 Más allá de si es contraproducente o no la práctica de citar o referenciar, lo cierto es que legalmente el plagio atrae consecuencias disciplinarias, y los acuerdos para protección de los derechos de autor a nivel legal existen. 3. Conceptualización jurídica del plagio en Colombia. Dentro del marco legal de Colombia, la palabra plagio no se encuentra incluida como tal, existen algunos artículos de la constitución en los que puede ampararse un autor para proteger su obra, por ejemplo en la constitución política de 1991, se encuentra en artículo 61 dice: “el Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley”, el 58 advierte: “se garantiza la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles”, además en el artículo 150-24 se delega en el Congreso la regulación del régimen de propiedad industrial, patentes y marcas, y las otras formas de propiedad intelectual; agregado a esto se encuentra también en el Código Penal, en el artículo 270 se refiere a la violación de los derechos morales del autor con penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004 que implica prisión de 32 a 90 meses y multa de 26,66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes [ CITATION San14 \l 3082 ]. Lo anterior evidencia que en Colombia si existen consecuencias por apropiarse de obras ajenas, aunque no se hable de plagio como tal, teniendo en cuenta lo que significa el acto de “plagiar”, un autor puede denunciar la apropiación de los derechos de su obra si esta se encuentra patentada. En Colombia también existe el derecho a las citas, y está amparado por la Ley 23 de 1982 en su artículo 31, que dice:

6 “Es permitido citar a un autor transcribiendo los pasajes necesarios, siempre que éstos no sean tantos y seguidos que razonablemente puedan considerarse como una reproducción simulada y sustancial, que redunde en perjuicio del autor de la obra de donde se toman. En cada cita deberá mencionarse el nombre del autor de la obra citada y el título de dicha obra. Cuando la inclusión de obras ajenas constituya la parte principal de la nueva obra, a petición de parte interesada, los tribunales fijarán equitativamente y en juicio verbal, la cantidad proporcional que corresponda a cada uno de los titulares de las obras incluidas”[ CITATION San14 \l 3082 ].

En el caso anterior entrarían las obras artísticas y literarias y serviría de amparo especialmente a los investigadores que utilizan ideas ajenas como apoyo para sus obras. 4. Uso ético de la información: citas y referencias bibliográficas. Las obras pueden encontrarse protegidas de dos formas, la primera bajo derechos de autor (copyright), en las que el autor dispone las limitaciones de acceso al documento y los derechos son totalmente reservados; la segunda son las obras de dominio público; en esta luego de que se vence el plazo de explotación de la obra por parte del autor, la obra pasa a ser de dominio público y el acceso al documento es libre. Para el primer caso existe una práctica que aún no es completamente legitimada, pero que funciona en algunos casos y es conocida como (copyleft), estas son básicamente licencias con las que el autor les otorga permiso a la comunidad de usar su obra pero bajo sus propias condiciones. La mejor forma de respetar la integridad de los autores es elaborando un correcta citación y referencias bibliográficas. 4.1formas de citación básicas con normas APA 7 edición [ CITATION Mor20 \l 3082 ].

Las citas permiten al creador del documento referenciar la idea de otro autor para sustentar la suya, a continuación se encuentra descrita la forma correcta de citar en distintos casos según la última versión de las normas APA.

7 4.1.2citas directas: Las citas directas pueden ser cortas (hasta 40 palabras) o en bloque (más de 40 palabras)  Cita corta: - parentética: La ira es considerada como una simple reacción humana, y el pecado de la ira depende del grado en que se manifieste: “Cuando el movimiento instintivo pasional de la ira se despierta, nos ciega, nos estupidiza y nos convierte en una especie de bestias obcecadas. Ese exceso es perjudicial, pero yo creo que un punto de cólera es necesario” (Savater, 2005, p. 81). -narrativa: Para Savater (2005), la ira es una simple reacción humana, y el pecado de la ira depende del grado en que se manifieste: “Cuando el movimiento instintivo pasional de la ira se despierta, nos ciega, nos estupidiza y nos convierte en una especie de bestias obcecadas. Ese exceso es perjudicial, pero yo creo que un punto de cólera es necesario” (p. 81). 

Cita en bloque: -parentética: En definitiva, el asentamiento de blancos, mestizos y algunos esclavos se debió a las políticas de agregación y segregación de tierra para la explotación de ganado y sembradíos: Jurídicamente estaba justificado el asalto a las tierras de los indios. Entre el año de 1750 y el de 1800, época en que las comunidades indígenas del oriente colombiano fueron objeto de una política de agregación segregación de tierras, el monto de las ventas de unos 68 resguardos fue de 110 308 pesos aproximadamente. (Tovar, 1986, p. 23). -narrativa: El asentamiento de blancos, mestizos y algunos esclavos está directamente relacionado con las políticas de agregación y segregación de tierra,

8 que advierte Tovar (1986), para la explotación de ganado y sembradíos: Jurídicamente estaba justificado el asalto a las tierras de los indios. Entre el año de 1750 y el de 1800, época en que las comunidades indígenas del oriente colombiano fueron objeto de una política de segregación de tierras, el monto de las ventas de unos 68 resguardos fue de 110 308 pesos aproximadamente. (p. 23). 4.1.3Citas indirectas:  Parentética: Finalmente, la ruralidad se puede referir al desarrollo rural, en el cual se contemplan estrategias de atención a poblaciones marginadas, vulnerables, desarticuladas, etcétera (Dirven et al., 2011). 

Narrativa: Finalmente, Dirven et al. (2011) definen la ruralidad a partir del desarrollo rural, en el cual se contemplan estrategias de atención a poblaciones marginadas, vulnerables, desarticuladas, etcétera.

4.1.4Comunicaciones personales: son trabajos que no pueden ser consultados por los lectores, se citan de la siguiente forma: 

Citación parentética: (C. Robayo, comunicación personal, 3 de mayo de 2018).



Citación narrativa: T. Reyes (comunicación personal, de febrero de 2017).

5. El plagio y su impacto a nivel académico y profesional. El plagio resulta ser un problema a nivel mundial, se encuentra presente en nuestra cotidianeidad, y como ya se mencionó anteriormente, el uso de plataformas digitales ha facilitado en gran medida el crecimiento de esta práctica. A nivel académico ha afectado a tal grado de que la creatividad y el ingenio de los estudiantes no se ven completamente reflejado en sus trabajos, muchos prefieren ir a lo seguro y apoyarse completamente los aportes de autores que consideran más brillantes.

9 La facilidad de acceso a infinidad de información está creando una cultura de “flojera”, especialmente en los jóvenes, en busca del camino más fácil, caen de forma inconsciente o en algunos casos consiente en la ruta del plagio, muchos desconocen las consecuencias de cometer estos actos y eso se debe en parte a que en las instituciones educativas sobre todo en los primeros años de escuela antes de recibir educación superior, no se les inculca o fomenta una cultura intelectual autónoma, sino más bien de aprender y repetir. En cuanto a la parte profesional, ya sea intencional o no, el plagio puede abarcar consecuencias legales, y es deber del profesional sea de cualquier área, proteger su ética y respetar los derechos del otro. Muchos profesionales, doctores, profesores, artistas, directores, escritores etc., han perdido su licencia profesional, su credibilidad y respeto, sin mencionar la parte económica, por caer en la atrocidad del plagio ya sea por desconocimiento de las leyes protectoras de los derechos de autor, o por real descaro e intencionalmente. En conclusión debido a que el plagio es una práctica antigua y vigente, que esta creciendo exponencialmente, es deber social crear una conciencia de lo que acarrea desde los niveles más básicos de la educación, además de que se debe fomentar el ingenio y la creatividad como primera opción de todo creador.

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Bibliografía Moreno, D., & Carrillo, J. (2020). normas APA 7 edicion, guia de referenciacion y citacion. Bogota: universidad central. pedro, F. (2008). los derechos de autor en internet. anuariofacultad de derecho universidad de alcala , 67,72. Sanabria, L. (2014). conceptualizacion juridica del plagio en colombia. Rev Colomb Cir, 88,97. Timal, S., & Sanchez, F. (2017). plagio en el contexto de derechos de autor. la melaua, 48, 66. UAM. (18 de agosto de 2020). UAM biblioteca. Recuperado el 4 de septiembre de 2020, de UAM biblioteca: https://biblioguias.uam.es/citar/plagio

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