Derecho Subjetivo Y Derecho Objetivo

Derecho Subjetivo Y derecho Objetivo: La palabra objetividad, según el diccionario de la real academia española, hace re

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Derecho Subjetivo Y derecho Objetivo: La palabra objetividad, según el diccionario de la real academia española, hace referencia a algo “perteneciente o relativo al objeto en sí mismo, con independencia de la propia manera de pensar o de sentir”. De esta forma podemos entender, el derecho objetivo como aquel derecho imparcial, que excluye lo que beneficia a unos y perjudica a otros. Según Francisco Puy; “El derecho objetivo es un conjunto de normas, entendida como el conjunto de elementos que forman un cauce, en el que se descompensan las fuerzas desiguales de los miembros del grupo, creando lo que se llama una igualdad de oportunidades.” El término subjetivo, en cambio, hace referencia a aquello que es perteneciente o relativo al sujeto, considerado en oposición al mundo externo. Aplicándolo a la ciencia jurídica, el derecho subjetivo hace referencia, a aquel Derecho que se encuentra bajo su sujeto. Según Garcia Meinez1; el derecho en sentido objetivo, es un conjunto de normas, reglas que además de imponer deberes conceden facultades. A diferencia del derecho subjetivo, que hace referencia a la facultad que tiene una persona de exigirle al obligado lo prescrito. “El derecho subjetivo es una función del objetivo. Este (el derecho objetivo) es la norma que permite o prohíbe; aquel, el permiso derivado de la norma.”Es por eso que el derecho Subjetivo no se concibe fuera del objetivo, pues siendo la posibilidad de hacer (o omitir) lícitamente algo, supone lógicamente la existencia de la norma. Derecho objetivo y subjetivo 1. Derecho objetivo (norma agendi) El derecho en sentido objetivo indica el conjunto de normas que gobiernan la vida de los hombres que viven en sociedad. Hoy día la mayoría de las normas suelen encontrarse recopiladas en códigos. (Valencia Zea) 2. Derecho subjetivo (facultas agendi) El derecho en sentido subjetivo está referido a las facultades o poderes de que son titulares las personas y que sirven para satisfacer sus necesidades. Aunque anteriormente se contraponían el derecho subjetivo y el objetivo ahora la ciencia jurídica dice que los derechos subjetivos deben su razón de ser a la misma existencia del derecho subjetivo o derecho positivo.

1

GARCIA MEINEZ, EDUARDO. Introducción al estudio del Derecho. Ediciones: esquilo.