Derecho Constitucional Colombiano-Derecho Constitucional Colombiano

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ABIERTA Y A DISTANCIA Y VIRTUALIDAD ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS DERECHO CONSTITUCIONAL COLOMBIAN

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DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ABIERTA Y A DISTANCIA Y VIRTUALIDAD

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS

DERECHO CONSTITUCIONAL COLOMBIANO MÓDULO EN REVISIÓN

IS I

Ó N

UNIDAD 1

RE V

CONS TITUCIÓN POLÍTICA DE 1991

DERECHO CONSTITUCIONAL COLOMBIANO

ASAMBLEA CONSTITUYENTE CONCEPTOS Y ESTRUCTURA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

1

APERTURA “EL

SISTEMA

PERFECTO

DE

ES

GOBIERNO

AQUEL

QUE

MÁS

PRODUCE

MAYOR SUMA DE FELICIDAD POSIBLE, MAYOR SUMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y SUMA

ESTABILIDAD

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POLÍTICA”.-

DE

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MAYOR

SIMÓN BOLÍVAR Libertador Discurso en el Congreso de Angostura 1819

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DESARROLLO SOBRE LA EDUCACIÓN

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Del escritor RODOLFO LLINÁS acogemos su opinión sobre el futuro de la educación, la investigación científica y el desarrollo en Colombia, consignada en el libro EL RETO: “¿Como impulsar sosteniblemente la ciencia, la educación y el desarrollo para el bienestar y el progreso democrático de todos los colombianos?”

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“Este proceso de avance de la ciencia, la tecnología y la educación, supone un nuevo ethos cultural que supere la pobreza, violencia, injusticia, intolerancia y discriminación que mantiene a Colombia atrasada socioeconómica, política y culturalmente”.- (1)

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RODOLFO LLINÁS

Uno de los 10 ilustres sabios, con Gabriel García Márquez entre otros, autores en 1994 del Documento “POR UN PAÍS AL ALCANCE DE LOS NIÑOS” sobre la Situación de Colombia. (2)

___________________________________________ (1) Llinás Rodolfo. Libro EL RETO: Educación, Ciencia y Tecnología pág. IX (2) IURIS. Revista Facultad de Derecho CECAR Nº 8 pág. 4

3

Introducción La Corporación Universitaria del Caribe CECAR mediante el programa de Educación Abierta y a Distancia, ofrece la oportunidad para que personas adultas superen conocimientos, a efectos de servir a su familia, a su comunidad y prestar, en lo posible, mejor contribución a la sociedad colombiana.El Módulo que presentamos se concreta al conocimiento del Derecho Constitucional Colombiano, a través de la Constitución Política de 1991,

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cuya importancia destaca el art. 41 de la Carta que exige la obligatoriedad de su estudio en todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, a fin de fomentar prácticas democráticas para el aprendizaje de los Colombiano.-

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principios y valores de la participación ciudadana dentro del Estado El presente Módulo denominado Derecho Constitucional Colombiano, se

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desarrolla en cuatro UNIDADES para que los estudiantes de Educación Abierta y a Distancia estudien y aprendan los conocimientos básicos que orientan la estructura del Estado en el orden nacional, departamental y municipal, así como los derechos Fundamentales de los ciudadanos y los medios para hacerlos valer.Tales Unidades son: 1º Conceptos y estructura del Derecho Constitucional. 2º Principios Fundamentales. Derechos Humanos. Familia. Nacionalidad. 3º Territorio Patrio. Bienes Público de la Nación. Medio Ambiente. Constitución Ecológica. Calentamiento Global. Protocolo de Kioto. Copenhague.-

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4º Estructura del Estado Colombiano. Ramas: Legislativa, Ejecutiva y Judicial. Congreso Bicameral. Gabinete Ministerial. Cortes, magistrados y jueces. Organismos de Control. Presupuesto nacional.-

1. INSTRUCCIONES DE MANEJO Para el eficaz y efectivo aprendizaje de éste MÓDULO es menester que el estudiante, desde el inicio, se provea de un ejemplar de la Constitución

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Política de Colombia 1991, para su lectura y permanente consulta sobre los diversos temas contemplados en sus normas jurídicas, partiendo de su artículo inicial que, define: “Colombia es un Estado Social de Derecho”.-

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Asimismo los estudiantes deben acordar tareas y metas en grupo para actualizar, comentar, entender y practicar, por ejemplo: los Derechos Fundamentales. (Arts. 11 a 41), y analizarlos, consultando autores,

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profesores y realizando debates entre ellos mismos.Igualmente, tanto individual como en forma grupal, leer y analizar el texto de los Derechos Humanos, proclamados por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) el 10 de diciembre de 1948, tres (3) años después de la 2ª Guerra Mundial, y adoptado como ley en Colombia. Por tanto, tiene plena vigencia entre nosotros.

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2. CONTEXTO TEÓRICO El presente MÓDULO referente al Derecho Constitucional Colombiano, tiene como antecedente ideológico el acuerdo político de los grupos alzados en armas, logrado durante el gobierno del presidente Belisario Betancur, que culminó con la Asamblea Nacional Constituyente integrada electoralmente por todos los partidos políticos y movimientos ex guerrilleros que produjo como resultado la actual Constitución Política de

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1991, sancionada por el presidente César Gaviria Trujillo. Recordemos que la Presidencia de la Asamblea fue plural, integrada por los partidos: Conservador, M-19 y Liberal, como muestra de acuerdo ideológico para la

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elaboración de tan importante estatuto jurídico.-

El trio presidencial de la Constituyente refleja su integración tripartita y el dominio de las tres ideologías imperantes en la Constitución: la capitalista

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de derecha conservadora, la capitalista centro neo-liberal y la socialista de izquierda del M-19.-

Siendo sus autores los representantes del trio, así: Álvaro Gómez Hurtado, Horacio Serpa Uribe y Antonio José Navarro Wolf, en su orden.-

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OBJETIVOS

Objetivos generales

Para comprender y solucionar los conflictos la humanidad en el curso de la historia ha concebido y enseñado fórmulas sobre el concepto de libertad, respeto, tolerancia y comprensión entre semejantes, pueblos y naciones

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(3)

Todo lo anterior persigue que cada estudiante, según su calidad humana, establezca las posibilidades o limitaciones ya individuales o en grupo, a

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efectos de reconocerse como sujeto social de derecho, teniendo en cuenta conceptos y valores que se extraigan de este curso, al tenor de las enseñanzas aprendidas de la Constitución Política de Colombia. 1991.-

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Es compromiso desde ahora, de cada estudiante dotarse de un ejemplar de la Constitución y asimilar el contenido de sus instituciones, a efectos de comprender cada una de ellas y, en lo posible, desarrollarlas de conformidad con la norma del artículo 40.-

__________________________________________________________ (3) Constitución Política y Democracia Universidad de Pamplona, pág. 6

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Objetivos Específicos

En el curso del tiempo surgió la necesidad de establecer normas y principios que contribuyesen a dirigir y organizar las comunidades. Surgió definitivamente el concepto material de norma escrita fundamental de los Estados o sea, la CONSTITUCION, que es válida para gobernantes y gobernados. (4)

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Indispensable igualmente, introducir el tema de los Derechos Humanos (DD.HH.) desde el quehacer cotidiano del estudiante, con fundamentación ética y jurídica sobre la base de los principios de dignidad, igualdad y

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libertad, con relación y aplicación al entorno social de cada quien, como sujeto activo de los conocimientos adquiridos.-

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Igualmente destacamos los valores universales reconocidos en la Carta Política: la SOBERANIA nacional, la Constitución norma suprema, el deber de acatar las leyes y de obedecer a las autoridades, la primacía de los derechos inalienables de la persona y amparar a la familia como institución básica de la sociedad, la protección de la diversidad étnica y cultural de la nación, el idioma oficial de Colombia es el castellano. Y seguidamente el reconocimiento de los Derechos fundamentales o de Primera Generación, desde el articulo 11 al 40, que son básicos para el establecimiento de la PAZ.

______________________________________________________ (4) Ministerio de Justicia. Módulo de Derecho Const. Escuela Rodrigo Lara Bonilla. Pag. 21

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CARACTERES DEL ESTADO COLOMBIANO Ahora bien, analicemos los caracteres más notorios del Estado Colombiano, que se pueden reseñar así: a) Tiene Colombia una forma constitucional escrita.b) Colombia es un Estado esencialmente SOCIAL c) Es un Estado de Derecho en el que el principio de legalidad rige las actuaciones del poder público.-

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d) Es una Democracia participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo, la solidaridad de las personas y en la prevalencia del interés general.-

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e) Tiene forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales.-

f) Está inspirado en el humanismo liberal, atenuado por un ideal

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comunitario.-

g) El orden económico es capitalista, montado sobre la propiedad privada de los medios de producción, la libertad de empresa y la libre iniciativa de mercado.-

h) El gobierno es Presidencialista, dirigido el Poder Ejecutivo por un Presidente elegido popularmente para un periodo de 4 años, y asesorado por un Gabinete de 13 Ministros.i) El órgano Judicial integrado por las 4 Cortes: Constitucional, Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Consejo Superior de la Judicatura.j) La investigación Penal a cargo de la Fiscalía General de la Nación.-

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k) Se reconoce la interdependencia entre los Estados y la prioridad del Derecho Internacional Público.l) Funcionan instituciones de Control como la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República.m) El concepto de soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el Poder Público.- Es el principio generador de la soberanía nacional sobre el territorio, el espacio aéreo y las aguas de los ríos y mares que nos circundan libertad y la justicia.o)

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n) Las metas del sistema democrático son la unidad nacional, la paz, la El poder militar está sujeto al poder civil, siendo el Presidente el

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Comandante Supremo del Ejército Nacional. (5)

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(5) Edición oficial de la Carta 1991. Jacobo Pérez Escobar. Secretario General

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ACCIONES PARA CONSTRUIR EL CONOCIMIENTO 1. El estudiante debe leer concentradamente y con frecuencia el contenido de los diversos temas de la Unidad.2. Con el grupo de estudios sostener debates constantemente sobre los temas tratados.

Bibliografía.-

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3. Profundizar cada determinado tema consultando los autores de la

4. Consultando en la Biblioteca de CECAR sobre autores y temas

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contemplados en la unidad.-

5. Consultar con el Tutor y Profesores sobre temas de Derecho

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Constitucional.-

6. Averiguar en el Consultorio Jurídico de CECAR sobre temas de la Unidad.-

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A T R ÉV E T E A O P I N A R El sistema de Educación a Distancia propicia el aprendizaje autónomo mediante el esfuerzo de superación de cada participante. Es la ocasión para opinar. Esfuérzate en responder.

1. ¿Explique qué significado político tiene el término ESTADO?

de la Constitución?

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2. ¿Qué se entiende por la expresión SOCIAL que aparece en el art. 1º

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3. ¿Exponga qué contenido expresa la palabra DERECHO? 4. ¿Diga sobre qué aspecto primordial se ocupa la Constitución Política

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de una Nación?

5. ¿La tri-étnia poblacional en Colombia qué razas comprende?

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Unidad 1 ORIGEN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991 PRESENTACIÓN DE LA UNIDAD

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Pretende esta Unidad dotar a los estudiantes de elementos básicos para conocer, interpretar y desarrollar la CONSTITUCIÓN POLÍTICA que nos rige a los colombianos.Nuestra Constitución proviene de la ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE de 1991, integrada por 72 miembros elegidos por voto popular, siendo su misión la de elaborar una nueva CARTA POLITICA que sustituyese la Constitución de 1886, cuya vigencia se prolongó cuasi desarticulada, durante 105 años.-

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Vale destacar la participación de los estudiantes universitarios, gestores del vigoroso movimiento popular para la inclusión de la famosa SÉPTIMA PAPELETA en las elecciones para Corporaciones Públicas de marzo de 1990, con el objetivo de que la ciudadanía manifestara con su voto la conveniencia de la Reforma Política, que contó con Sentencia de constitucionalidad de la Corte Suprema de Justicia, mediante ponencia del Magistrado FABIO MORÓN DIAZ. (Cartagenero chinuano).Instalada la Asamblea Constituyente el 5 de febrero de 1991 procedió a dictarse su propio reglamento, como acto constituyente omnímodo. La nueva CARTA MAGNA entró en vigencia el 4 de julio de 1991 y consta de 380 artículos, siendo sancionada en esa fecha por el Presidente de la República doctor CESAR GAVIRIA TRUJILLO. Indispensable leer el contenido de art. 41 de la Carta que nos enseña la obligatoriedad del estudio de la Constitución en todas las instituciones de educación tanto públicas como privadas. A la vez, que efectuar prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana.-

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LOS INTEGRANTES La elección para conformar la Asamblea Nacional Constituyente se efectuó el 9 de diciembre de 1990. Los elegidos provinieron de la más variada gama de los sectores políticos, culturales y religiosos con que cuenta nuestra historia Constitucional.La Asamblea se integró con miembros de los partidos, Liberal, Conservador, Movimiento de Salvación Nacional, un número del otrora grupo guerrillero M-19, dos representantes de la étnia indígena, grupo

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evangélico y hasta un representante del futbol, el técnico de la Selección Colombia.-

Los grupos insurgentes desmovilizados para esa época, dos delegados del

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EPL (Ejército Popular de Liberación) y uno del PRI (Partido Revolucionarios voto.-

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de los Trabajadores), fueron designados por el Presidente con voz pero sin

La nueva Constitución quedó estructurada formalmente bajo 380 artículos permanentes y 59 transitorios.-

La Presidencia fue ejercida en forma plural así: Álvaro Gómez Hurtado, Conservador. Antonio Jóse Navarro Wolf. M-19 y Horacio Serpa Uribe. Liberal.-

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____________________________________________________________ (6) Edición oficial de la Carta 1991. Pág 232

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RAZONES HUBO PARA EL CAMBIO El proceso constituyente del 91 no fue un fenómeno esporádico, sino la culminación de un propósito general por superar el estado de violencia con más de 45 años, originado por el casi permanente ESTADO DE SITIO, Recordemos que en Colombia la violencia que aún subsiste, arranca, fijando fechas, desde antes de la segunda mitad del siglo XX, a causa de la pérdida del partido liberal a la presidencia en la elección de 1946, cuando salió elegido el conservador Mariano Ospina Pérez, tras la división entre

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Gabriel Turbay y Jorge Eliecer Gaitán, convencidos – como estaban – que sus mayorías electorales prevalecerían sobre el candidato de la minoría. La ciencia política enseña que los partidos minoritarios para prolongarse en

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el poder terminan generando violencia. Esa es la realidad padecida en el país a partir de aquel año. Al efecto, destacados dirigentes y líderes políticos, incluso ministros, invistieron de autoridad policiva a personal

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recaudado de zonas sectarias del partido de gobierno, lo que el pueblo denominó la POPOL, o policía política, (época de pájaros y chulavitas). Se desató la violencia en todos los puntos cardinales del país, incluso con más saña en los de mayoría liberal. Para ese entonces preparó Gaitán la célebre manifestación por la paz, siendo él, único orador, en que en vez de aplausos sólo se autorizó agitar pañuelos blancos. Gesto considerado como dominio pleno de la psicología popular. Como respuestas a la agresión conservadora, el partido opuesto en legítimo acto de defensa, organizó Guerrillas, famosas como la de los Llanos Orientales, comandadas, una por CHEITO VELASQUEZ y otra, por GUADALUPE SALCEDO, el primero canjeado con Venezuela por el islote

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Los Monjes, y el segundo, acribillado en la calle en Bogotá, durante el gobierno militar. Como culminación de esa terrible etapa sucede el asesinato de JORGE ELIECER GAITÁN, director del partido liberal, el 9 de abril de 1948, que dio origen a la furia popular desatada, que se ha denominado el Bogotazo, generalizado a todo el país, hecho a partir del cual, Colombia no ha tenido, salvo cortos periodos, una PAZ duradera y progresistas.

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Como autodefensa campesina se organizó el grupo gestado por Manuel Marulanda Vélez que después de la agresión oficial a Marquetalia, se constituyó en FARC – E.P., a la par de otros grupos insurgentes, con

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diversas denominaciones como E.L.N, que aún subsisten.

Durante este periodo de 45 años acontecieron hechos significativos como los siguientes: clausura del Congreso, elección amañada para presidente

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en 1950, Golpe de Estado, gabinete militar, Asamblea Consultiva, supresión de elecciones, matanza de estudiantes, renuncia del dictador, junta militar, pacto de benidor y Sitges entre Laureano Gómez y Alberto Lleras Camargo, el Frente Nacional, se pacta un gobierno paritario por 16 años con alternación de los partidos en la Presidencia. Con todo, el nuevo proceso de calma no resolvió el cúmulo de conflictos sociales, económicos y jurídicos durante los subsiguientes mandatos presidenciales de López Michelsen, Turbay Ayala, Belisario Betancur y Virgilio Barcos. Todo lo cual ha causado nefastas consecuencias como desarraigo, desplazamiento, desempleo, secuestros y asesinatos masivos, hambruna, 17

déficit de vivienda, hospitales cerrados, predominio de educación privada, dominio de la tierra en pocas manos, colosales negociados de la

corrupción administrativa, entrega de la nación a mafias, destrucción de recursos naturales, holocausto del Palacio de Justicia, aniquilamiento de la Unión Patriótica, genocidio de candidatos a la presidencia ( Luis Carlos Galán Sarmiento, Bernardo Jaramillo Ossa, Jaime Pardo Leal y Carlos Pizarro Leóngómez), abismal diferencia de clases, aumento del pie de

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fuerza. Toda esta larga tragedia padecida por el pueblo colombiano contribuyó a que las autoridades al final de 1990, con nuevo presidente a la cabeza, reconocieran la necesidad imperiosa de una nueva CARTA

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POLÍTICA para Colombia. Lo que al fin se logró (7)

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(7) Revista IURIS Nº 11. Pág. 91

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Sistemas Económicos Políticos

La Historia de la Humanidad desde su origen remoto ha transcurrido por diversos sistemas económicos- políticos que vale la pena analizar, como son: La Comunidad Primitiva La Esclavitud

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El Feudalismo El Capitalismo

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El Socialismo

En cada una de esas etapas la sociedad ha organizado su sistema de vida,

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de conformidad con el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación, que determinan el sistema de economía imperante, que marca la calidad de la política existente.En los primeros tiempos de la humanidad rigió la COMUNIDAD PRIMITIVA, donde los gens y las uniones gentilicias de las tribus como colectividades nómadas

inicialmente vivían de los bienes y frutos periódicos y

constantes que la naturaleza espontáneamente les ofrecía, pero su posterior transformación por división del territorio generó cambios, a ese régimen se le denominó Democracia Primitiva. El régimen de los genes fruto de una sociedad que no conocía antagonismos interiores, como inicialmente se dió en Atenas, pues no tenía más medios coercitivos que la opinión pública. Pero sobre ese 20

régimen surge una sociedad que, en virtud de las condiciones económicas generales de su existencia, había tenido que dividirse en hombres libres y en esclavos. Una sociedad antagónica no podía existir si no en medio de una lucha abierta e incesante de estas clases entre sí o bajo el dominio de un tercer poder, que puesto por encima de las clases en lucha, suprimiera sus conflictos y no permitiera la lucha de clases, más que en el terreno económico, bajo la forma llamada legal. El régimen gentilicio era ya algo caduco. Fue destruido por la división del trabajo, que dividió la sociedad

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en clases, y remplazado por el ESTADO.

El Estado pues, no es de ningún modo un poder impuesto desde fuera a la

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sociedad; tampoco es “la realidad de la idea moral”, “ni la imagen y la realidad de la razón” como afirma Hegel. Es más bien un producto de la sociedad cuando llega a un grado de desarrollo. Ese poder nacido de la

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sociedad, pero que se pone por encima de ella y se divorcia de ella más y más, es el ESTADO.

El Estado antiguo era, ante todo, el estado de los esclavistas para tener sometidos a los esclavos. Después vino el estado FEUDAL, durante la larga etapa de la Edad Media, era el órgano del que se valía la nobleza, la monarquía, para tener sujetos a los campesinos, los siervos de la gleba. El Estado es un organismo para proteger a la clase que posee contra la desposeída. Así sucedía en Atenas y en Roma, donde la clasificación era por la cuantía de los bienes de fortuna (8)

(8) Engels, Federico “Origen de la Familia, la Propiedad privada y el Estado”

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Como antes hemos dejado expreso: el régimen capitalista, vigente en la gran mayoría de los países del planeta, se asienta sobre los siguientes principios: la propiedad privada, la libre empresa y libertad de mercado. Estas son las tres grandes formas de avasallamientos,(esclavitud, feudalismo y capitalismo) que caracterizan las tres grandes épocas de la civilización; esta va siempre acompañada de la esclavitud, franca al principio, más o menos disfrazada después. El sistema socialista vigente en pocos países (Cuba, China, Vietnam), se

a cada quien según su trabajo”

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apoyan sobre el siguiente principio “De cada quien según su capacidad,

Por tanto, “El Estado no ha existido eternamente. Ha habido sociedades

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que se las arreglaron sin él, que no tuvieron la menor noción del Estado ni de su poder…. Con la desaparición de las clases desaparecerá

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inevitablemente el Estado. La sociedad reorganizada, de un nuevo modo la producción sobre la base de una asociación libre de productores iguales, enviará toda la máquina del Estado al lugar que entonces le ha de corresponder: al museo de antigüedades, junto a la rueca y al hacha de bronce”.

(9) Sabio criterio del genial pensador Federico Engels, en su inmortal obra

“Origen de la familia, la propiedad privada y del Estado”

Capitalismo Régimen económico fundado en el predominio del capital como elemento de producción y creador de riqueza. El capitalismo es un sistema socioeconómico caracterizado por la ___________________________________________________ (9) Idem

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Propiedad privada de los medios de producción y la libre concurrencia de los factores productivos (tierra, capital y trabajo) en el mercado, sometida al juego de la oferta y la demanda. Su implantación en las sociedades occidentales deviene de un largo proceso de evolución que parte del feudalismo, con el desarrollo de una burguesía mercantil urbana. La acumulación de capital se intensificó con el descubrimiento de América. Con la Revolución Industrial se perfiló la división social en dos clases: asalariada, que vende su fuerza de trabajo, y capitalista, propietaria de los medios de producción. A partir de la segunda mitad del siglo XIX aparece

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el llamado capitalismo financiero, caracterizado por la tendencia a la concentración de la producción en una rama de la actividad económica mediante la formación de trusts, cárteles y grupos monopolistas.

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Posteriormente se implantó el sistema político NEOLIBERAL, cuya razón es la de privatizar los bienes del Estado a empresas nacionales y

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extranjeras. (10)

Socialismo

Sistema político, social y económico basado en la administración colectiva o estatal de la propiedad sobre los medios de producción, en la regulación por el Estado de las actividades económicas y sociales, en la distribución de los bienes y en la progresiva desaparición de la diferencia de clases. Doctrina política y económica que aboga por una mejor distribución de la riqueza social, dando preeminencia a la sociedad sobre el individuo, que preconiza la libertad efectiva y la igualdad auténtica de todos los seres humanos. ____________________________________________________________ (10) Gran Enciclopedia Espasa Tomo 4 23

El socialismo postula que el valor de cualquier producto está en su totalidad determinado por el trabajo empleado en su fabricación, y que la expropiación de parte de este valor por los capitalistas es injustificada, ya que éstos no aportan trabajo. (11)

Derecha—Izquierda En la actual confrontación ideológica universal entre los partidarios del Capitalismo y del Socialismo, los devotos de uno u otro sistema han

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labrado en el lenguaje filosófico y político los términos Derecha e Izquierda, para significar que corresponden a uno u otro partido. Quienes

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carecen de ubicación se colocan en el CENTRO.

Derecha. Derechista. Por la posición que ocupaban los conservadores en

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la Asamblea de la Revolución Francesa. Se dice Derechista a la persona que comparte las ideas de la Derecha Política, monarquista o conservadora.-

Izquierda. Izquierdista. Posición que ocupaban los componentes en el hemiciclo de la Asamblea de la Revolución Francesa. Quienes postulan modificación del sistema político y social con criterio de cambio, de superación, generalmente marxista o socialista. Izquierdista es quien se atribuye ideas socialista.- (12) ________________________________________________________

(11) Gran Enciclopedia Espasa. Tomo 18 (12) idem

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IDEÓLOGOS DE LA DEMOCRACIA VOLTAIRE

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Francisco María Aronet

1694 -1778

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Diccionario Filosófico

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Juan Jacobo Rousseau

1712-1778 El contrato social 25

Barón de

MONTESQUIéU

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Charles Louis DE SECONDAT

1689-1755

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El espíritu de las Leyes

“Fue Charles Louis De Secondat Barón de Montesquiéu (quié) uno de los precursores de la Revolución Francesa con sus críticas a las instituciones en la época de la monarquía de los Borbones, plasmadas en sus “Cartas Persas”, obra en la que oímos conversar a dos aristócratas persas mientras viajan por Europa. Pero sin duda fue en EL Espíritu de las Leyes, escrita en 1.748, a sus cincuentainueve años, siete antes de su muerte, donde configuró el sistema de las tres ramas del poder público, separadas funcional y orgánicamente para garantizar los frenos y contrapesos del poder”. Desde entonces el movimiento constitucionalista que dio origen al Estado de Derecho empezó a pasearse por el mundo político e intelectual hasta 26

que llegó a Norteamérica y fue tomado por los revolucionarios de Filadelfia para su modelo constitucional que luego serviría de base a las naciones Latinoamericanas para configurar el tipo de Estado que hoy tenemos, sólo con algunas diferencias relacionadas con la federación o el centralismo. Muchos libros, conferencias, discusiones, polémicas y sufrimientos debió haber soportado Montesquieu para imponer su pensamiento. Por eso sorprende cómo la técnica legislativa compendia toda una dinámica del pensamiento universal en escasos cinco renglones, entre dogmáticos y constitucional, que a la letra dice:

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programáticos, como en el caso del artículo 113 de nuestra estructura

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Son ramas del Poder Público, la legislativa, la ejecutiva y la judicial. (13)

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PODERES DEL ESTADO En la conformación del Estado existen tres tipos de poder: EL LEGISLATIVO, EL EJECUTIVO y EL JUDICIAL. En el primero se expiden las leyes. En virtud del segundo se administra la nación, o sea el pueblo. En relación al tercero se castiga los delincuentes y se definen las demandas entre los litigantes.-Estos son: El Congreso (Senado y Cámara de Representantes), el Gobierno (Presidente de la República y Gabinete Ministerial) y Judicial (Cortes, Magistrados de Tribunales y Jueces).Es Montesquiéu otro destacado enciclopedista, que alcanzó renombre con su obra EL ESPÍRITU DE LAS LEYES, ya que propició sustento teórico de las instituciones del Estado liberal.___________________________________________________________ (13) Samur Esguerra, Roberto. Revista IURIS # 4. Pág. 25 27

REVOLUCIÓN FRANCESA El término Revolución significa cambio violento en las instituciones políticas de una nación.Escritores e ideólogos de novedosos principios democráticos, enemigos de la esclavitud y el feudalismo, entre los que la historia destaca a Montesquiéu, Voltaire y Rousseau (autores de las obras: Diccionario Filosófico, El Contrato Social y El Espíritu de las Leyes), entre muchos otros, generaron criterios de cambio en la clase burguesa contra el particular del feudalismo.

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antiguo régimen monárquico y las tradiciones de la vieja Europa, en La Revolución Francesa ha tenido profundas y universales repercusiones,

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ya que ha dado lugar a la ideología LIBERAL, que originó en el siglo XIX una serie de revoluciones en América latina. Su lema repercutió: liberté-

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egualité-fraternité

La Revolución Francesa fue fundamentalmente burguesa y significó la aparición de la clase media y el capitalismo en la historia política europea del siglo XVIII. Impuso el principio laisser faire, laisser passer (dejar hacer, dejar pasar)

Conformada con ideología de cambio y contenido popular la Asamblea Nacional Francesa en 1789, expidió la revolucionaria doctrina política de la DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO, que luego de ser reconocida y promulgada por el Rey, fue derrocado por el pueblo. Después se implantó la guillotina para sanear la retrógrada represión.

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Con la universalización de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano el ejemplo de Francia recorrió toda Europa y acá en América entre nosotros, el Precursor Don ANTONIO NARIÑO la reprodujo en la imprenta que tenía y, así se adoctrinó

gran parte de los líderes

independentistas forjadores del 20 de julio de 1810, fecha de nuestra desvinculación política de España. Igualmente ese documento ilustró a nuestro Libertador SIMÓN BOLÍVAR y a los restantes patriotas que culminaron la liberación de 5 naciones latinoamericanas: Colombia, la primera el 7 de agosto de 1819 con el

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triunfo en la Batalla de Boyacá, siguiendo Venezuela, Ecuador, Perú y Bolivia, con las Batallas de Carabobo, Pichincha, Junín y Ayacucho, en su

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orden.

DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE EE.UU. FILADELFIA 1776

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“Consideramos como una de las verdades evidentes por sí mismas que todos los hombres han sido creados iguales; que recibieron de su Creador ciertos derechos inalienables, entre los cuales figuran la vida, la libertad y la persecución de la felicidad; que los gobiernos han sido establecidos precisamente para mantener estos derechos y que no derivan su legítimo poder sino del consentimiento de sus gobernados, que cada vez que una forma de gobierno se manifieste enemiga de estos principios, el pueblo tiene derecho a cambiarla o a suprimirla y de instituir otro gobierno, basándolo en aquellos principios y organizando sus poderes según formas más propias, a su juicio, para garantizar su seguridad y su dicha”

(14)

____________________________________________________________________________ (14) Universidad de Pamplona. Constitución y democracia. Pág. 21 29

MANEJO DEL TEXTO El aprendizaje autónomo de nuestra CARTA POLÍTICA exige que cada estudiante deba dotarse de un ejemplar propio. El método a seguir comprende el camino que debe trasegar el estudiante para lograr una cabal comprensión de la norma constitucional Para el análisis y comprensión de la Carta su texto se expresa en TÍTULOS, cuyo número total es de XIII; éstos, a su vez en CAPÍTULOS, y finalmente

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en ARTÍCULOS que, en total van numerados del 1 al 380 final, que es la expresión de la norma jurídica, es decir la unidad de la juridicidad. Cada

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norma se contiene en un Artículo.

El artículo puede parcelarse en INCISOS, que son los diversos apartes en

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que se divide una norma.

Cuando en un artículo se enumeran varios aspectos, estos se denominan NUMERALES, porque están representados en números o cifras 1, 2, 3; se llaman ORDINALES cuando la cifra se expresa en palabras, como Primero, Segundo, Tercero; y LITERALES, cuando se expresan en letras del alfabeto, en orden de secuencia, como a), b), c). Hay artículos que pueden tener PARÁGRAFOS, esto es, apartes que contemplan aspectos especiales del tema comprendido en la norma.

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DEFINICIONES PREVIAS Para iniciar el estudio de la Constitución Política de Colombia debemos fijar, previamente, los siguientes conceptos y criterios: DEFINICIÓN DE CONSTITUCIÓN: Es el conjunto de principios, tesis y normas que definen la naturaleza jurídica, política, económica y administrativa del Estado. Su soberanía, sus órganos del poder público y de la organización de la sociedad en general. sociedad.

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Constitución es el conjunto de principios, valores, normas, que rigen la

POLÍTICA: Ciencia o arte de gobernar a los pueblos. El hombre es un ZOO

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POLITICOM, así lo dijo Aristóteles, esto es, un ser de relación, un ser social.

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NOMBRES: También se le denomina a la Constitución como Ley de Leyes, Carta Magna, Constitución Nacional, Ley Suprema, Carta Fundamental, Carta Política. La Constitución puede ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el pueblo, mediante Referendo. (ART. 374 C.N.).-

SOBERANÍA: El término proviene de soberano, cuando la época en que el Estado se confundía con la persona del monarca. Abolidas las monarquías, la Soberanía pasó al dominio del pueblo, así se consigna en el artículo 3º de la Constitución que dice: “La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público”

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CONTENIDO: La Constitución es norma de normas, Ley suprema de la estructura jurídica de una nación. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la Ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales, (art. 4 C.N)

Ó N

DISTINCIÓN ENTRE ESTADO-NACIÓN- PAÍS- PATRIA

IS I

ESTADO: Organísmo jurídico, político, económico, administrativo, fiscal, militar y cultural destinado a regir una sociedad. El término hace relación a la organización de la nación. Comprende la estructura de la República, el sistema de gobierno y los órganos del poder público.

RE V

NACIÓN: Hace relación a la gente, al pueblo, a la comunidad, a la sociedad que conforma el Estado. Comprende los vínculos de la raza, idioma, costumbres, religión, identidad social, cultural, política, moral. Es el conjunto de atributos del conglomerado que permiten la identidad nacional. PAÍS: Se refiere primordialmente a la naturaleza, el territorio, la geografía, la ecología, los recursos del medio ambiente, el hábitat, los productos, usos, modismos, folclor. Comprenden todos los vínculos de las personas con su entorno. PATRIA: Concepto subjetivo, abstracto, espiritual, emocional. Comprende afectos, símbolos, recuerdos, tradiciones, vínculos de la niñez, de la adolescencia. Sentimiento de la patria chica. Este término incluye los símbolos patrios: El Escudo, la Bandera y el Himno Nacional.

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DIVISIONES DEL DERECHO Para entender desde la visión académica el concepto de derecho, y determinar el origen del Derecho Constitucional, es necesario analizar previamente la siguiente clasificación: DERECHO NATURAL Y DERECHO POSITIVO

Ó N

El derecho natural es el conjunto de principios fundamentales que tutelan la vida de la persona, del individuo y, que tienen carácter universal, permanente e inalienable. No son creados por el hombre ni por

IS I

instituciones humanas, sino por la propia naturaleza; de ahí que sean

RE V

reconocidos por la razón.

La teoría del Derecho Natural afirma que existe un derecho anterior a la formación del Estado, un cuerpo de reglas que la razón puede descubrir analizando la naturaleza del hombre, tal como Dios la ha creado. Sus principios no necesitan ser consagrados expresamente por el gobernante; se imponen a él y están vigentes para todos los seres y pueblos del mundo, cualesquiera sean sus niveles de desarrollo o civilización. Entre estos derechos figuran, por ejemplo, el derecho a la libertad, el derecho a formar familia, el de la tutela de los padres sobre sus hijos menores, el de la defensa de la integridad personal, el de buscar por medios honestos la subsistencia, el de recibir reparación por el daño injusto. En última instancia, el Derecho Natural se inspira en la noción de justicia, que es como él, universal, permanente e inalienable. 33

Al contrario del Derecho Natural, las normas del Derecho Positivo son elaboradas por los hombres e impuestas por ellos. Son todos aquellos mandatos expresamente aprobados y promulgados por el legislador y que están contenidas en las leyes y demás reglas jurídicas. Se trata, entonces, de disposiciones concretas, elaboradas y dictadas por el gobernante con carácter general y obligatorio. Puede decirse que el Derecho Positivo es la expresión jurídica del principio de la soberanía. Sus normas, producto del hombre y de sus instituciones, pueden ser modificadas, sustituidas o

Ó N

derogadas a voluntad suya. DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO

La distinción más antigua del Derecho es la que lo divide en Derecho

IS I

Público y Derecho Privado. Esa división se ha hecho teniendo en cuenta el diferente contenido de las normas; así se ha formado el Derecho Civil, el Comercial, el Laboral, el Administrativo, el Constitucional.

RE V

La división del Derecho puede ilustrarse con el siguiente cuadro:

Interno

Constitucional Administrativo Financiero Penal Procesal Del Trabajo

Derecho Público Externo

Internacional Público Internacional Privado

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Civil Derecho Privado

Comercial Minero y Agrario

Ó N

CLASIFICACIÓN DEL DERECHO PÚBLICO • Derecho Constitucional: Es la rama del Derecho que estudia la estructura jurídica del Estado y de los organismos del poder

IS I

público, así como sus funciones y atribuciones.

RE V

• Derecho Administrativo. Es la parte del Derecho público que determina

la

organización

y

comportamiento

de

la

administración del Estado, disciplinando sus relaciones jurídicas con el administrado, o sea sus habitantes, sean nacionales o extranjeros.

• Derecho Financiero. Es el que se refiere a la precepción, gestión y erogación de los medios económicos conferidos al Estado y a los entes públicos para el desarrollo de sus actividades. Este derecho tiene como contenido los recursos

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del Estado, el presupuesto de gastos, el régimen monetario, cambiario, bancario, la contabilidad del Estado. • Derecho Penal. Es el conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo la definición del delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de

Ó N

la norma una pena finalista a una medida de seguridad.

IS I

• Derecho Procesal. Es la rama de la ciencia jurídica que estudia la naturaleza, el desenvolvimiento y la eficacia del conjunto de actividades jurídicas denominado Derecho Procesal. El proceso

RE V

está constituido por una serie coordinada de actuaciones mediante los cuales se llega a decidir, por los órganos jurisdiccionales o jueces, la pretensión que se instaura por los particulares mediante el ejercicio del Derecho de Acción. • Derecho del Trabajo. Es la rama del derecho que estudia las relaciones entre trabajadores y empleadores con motivo de la prestación de servicios. Dicha rama estudia las fuentes e historias de esta disciplina, los elementos y naturaleza del contrato de trabajo, suspensión, revisión y terminación del contrato de trabajo, las prestaciones y derechos del trabajador, 36

el derecho de asociación, el contrato y la convención colectiva, el sindicalismo, el derecho de huelga y la solución de los conflictos colectivos del trabajo.

• Derecho Internacional Público. Es el derecho que regula las relaciones entre sujetos de Derecho Internacional, así como la vida de la comunidad jurídica internacional. Esta disciplina indagada la historia del derecho internacional, el derecho de

Ó N

los tratados, el derecho de la guerra, los sujetos de Derecho Internacional, los derechos fundamentales de los Estados, el

IS I

territorio y los modos de adquirirlo, los órganos de la comunidad jurídica internacional, los derechos humanos y su los

organismos

internacionales,

la

responsabilidad de los Estados, los métodos pacíficos

de

RE V

reconocimiento,

solución de conflictos, la Organización de la Naciones Unidas, la OEA, y el derecho a la integración. • Derecho Internacional Privado. Es la rama del derecho que estudia los conflictos que se presentan cuando en una relación jurídica interviene un elemento extranjero. Esta disciplina estudia la nacionalidad, la condición jurídica de los extranjeros y las teorías para solucionar los conflictos de leyes. Además, trata de la ley y la sentencia extranjeras, el reenvío, las calificaciones y los problemas de derecho privado. 37

CLASIFICACIÓN DEL DERECHO PRIVADO • Derecho Civil. Determina las características y consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana (nacimiento, parentesco, mayoría de edad, matrimonio, familia) y la situación jurídica del ser humano en relación con sus semejantes (capacidad civil, deudas y créditos) o, en relación con los bienes ó propiedad, usufructos. Esta disciplina

Ó N

se contempla en el Código Civil que se divide en: 1. Derecho de Personas y de Familias 2. Derecho de los Bienes

IS I

3. Sucesiones por causa de muerte 4. Obligaciones y Contratos

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• Derecho Comercial: Es la rama del derecho que estudia los preceptos que regulan el comercio y las actividades asimiladas a él, y las relaciones jurídicas que se derivan de esas normas. El contenido de esta disciplina es el siguiente: actos de comercio, el comerciante y sus obligaciones, obligaciones y contratos mercantiles, los diversos tipos de sociedades, los instrumentos negociables, la actividad bancaria y de seguros y, en general, el desarrollo del comercio. • Derecho Agrario y Minero: Es la rama del Derecho

especialmente referida a la producción, industria y comercio 38

agropecuarios. En la mayoría de los países se refiere a la propiedad rural, la colonización, la aparcería, el trabajo rural, el crédito agrario y el desarrollo de la reforma agraria en los países donde existe. El Derecho Minero analiza los procedimientos y derechos que se refieren a la explotación, conservación y aprovechamiento del dominio minero, recurso no renovable. Se estudian las diversas clases de minas, su régimen legal, su explotación y el aprovechamiento de los productos, así como el régimen impositivo a que están sujetas. Existe el Código de Minas. Colombia tiene

Ó N

minas de Oro, carbón, níquel y petróleo, cuyas explotaciones efectúan empresas extranjeras y, las utilidades pasan a otros países,

IS I

sin que reporten conocimiento y tecnologías nacionales. (15)

DERECHO CONSTITUCIONAL

RE V

El Derecho Constitucional es la principal rama del derecho público. Le corresponde primordialmente el estudio de la constitución del Estado; y, siendo así, en ella encuentra su fundamento todas las demás ramas del Derecho. El Derecho Constitucional tiene una ubicación central dentro del ordenamiento jurídico-político de una sociedad organizada. Las constitucionales sirven de fundamento a todo el resto de la normatividad institucionalizada, lo que quiere decir que los preceptos constitucionales se constituyen en la carta de navegación del ordenamiento jurídico de un Estado determinado. __________________________________________________________ (15) Monroy Cabra, Marco. “Introducción al Derecho”

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PIRÁMIDE NORMATIVA Orden de prelación de las normas. Las leyes se cumplen según el orden de su prevalencia, comenzando por su base, que constituye la estructura jurídica del Estado de Derecho. Reglamentos. Resoluciones. Directrices. Ordenes

10º



RE V



IS I



Ó N











1º Preliminares del Código Civil Colombiano, Yances Pinedo Roberto. Pag. 99 40

Al estudiar la PIRÁMIDE NORMATIVA necesariamente tenemos que analizar lo relativo al BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD, tratándose de una legislación dictada por organismos internacionales que tiene valor jurídico de norma constitucional interna, sobre el Estado que la haya suscrito. Para ese tema nos preocuparemos más adelante, en la próxima UNIDAD # 2. Por lo tanto, avanzamos en lo relativo a las clases de LEY de rango

Ó N

especial que contempla el estatuto constitucional, como son: 1. LEY ESTATUTARIA: Se refiere a los derechos fundamentales de las personas; Los mecanismos de participación; El

IS I

estatuto de la justicia; La organización de los partidos, y los estados de excepción.

2. LEY ORGÁNICA: Cuando tratan sobre el reglamento del

RE V

Congreso, las normas sobre Presupuesto y el Plan General de Desarrollo de la Nación.

3. LEY MARCO: Conjunto de normas generales sobre una determinada materia, a las cuales debe ceñirse el gobierno.

4. CÓDIGOS: “Compilación metódica y lógica de un grupo de leyes sobre una misma materia” 5.

(16)

LEY ORDINARIA: Las que normalmente expide el Congreso. Ej; Ley de Honores.

El trámite normal de expedición de LEYES se explicará más adelante ___________________________________________________ (16) Pescio Vargas, Victorio, Manual de Derecho Civil

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SISTEMAS FEDERATIVO Y UNITARIO En la división política interna de los Estados históricamente han existido dos sistemas: Federativo o federal y Unitario o central.En Colombia la división política- administrativa es de Departamento, Distritos, Municipios y Territorio Indígena.El sistema político federal establece que el Estado como poder cultural,

Ó N

está constituido por la suma de entidades políticas o estados provinciales, que se asocian con el Estado central, sin perder su independencia administrativa y judicial. Esto es, existe autonomía de las provincias. Es

IS I

ejemplo notorio el existente en Estados Unidos de Norte América, puesto que es el resultado de la guerra de Secesión (triunfo de los Estados del

RE V

norte sobre los del sur).-

Bolívar fue partidario del sistema unitario o centralista, que se estatuyó en la Constitución de Cúcuta en 1821, inspirada por el Libertador, luego de la Batalla de Boyacá, y para la conformación de la Gran Colombia, incluyendo a Venezuela y Ecuador.-

El fracaso de la Convención de OCAÑA para una nueva Constitución en 1828, obedeció a la división irreconciliable de federalistas partidarios de Francisco de Paula Santander y de unionistas, partidarios de Bolívar. Muerto el Libertador en 1830 (17 de diciembre), en San Pedro Alejandrino, finca vecina a Santa Marta, la confusión política prevaleció durante muchos años.

42

Solo en 1858 cuando se consagró el sistema federalista creado por la Constitución Política de ese año, con la denominación estatal de CONFEDERACIÓN GRANADINA, nombre que tuvo nuestro país hasta el año 1863. Solo a partir de esa fecha bajo la regencia de la Constitución Política de Rionegro (Municipio de Antioquia) donde funcionó la Asamblea Constituyente que impuso de lleno el régimen federalista denominando a

Ó N

nuestro país ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA.

Durante la vigencia de la Constitución de Rionegro el país padeció diversos conflictos armados entre oposición y gobierno. El sistema federalista, por

IS I

supuesto, permitía incluso que los Estados tuviesen personal armado o en pie de fuerza, lo que en variados casos generara discordias con la

RE V

autoridad central, circunstancias que propiciaron guerras intestinas. En este periodo se adoptó el CÓDIGO CIVIL que aún nos rige, elaborado por el humanista, gramático y jurista Don ANDRES BELLO, (paisano y contemporáneo de BOLIVAR), para la República de chile. A propuesta del Presidente Manuel Murillo Toro el Congreso Nacional expidió la Ley 84 de 26 de mayo de 1873, por el cual adopta el CÓDIGO CIVIL DE LA UNIÓN, vigente para todos los colombianos.

43

CONSTITUCIÓN DE 1886 Para ese entonces el doctor RAFAEL NUÑEZ MOLEDO, destacado político cartagenero de talla nacional, ante la situación de crisis del país, planteó en su programa de gobierno a la presidencia de la república su famosa consigna que hizo carrera: REGENERACIÓN POLÍTICA O CATÁSTROFE. Lograda la jefatura del Estado, convocó la Asamblea Constituyente que expidió la CONSTITUCIÓN POLÍTICA de 1886, sancionada por JOSÉ MARÍA CAMPO SERRANO, encargado del gobierno como Designado.

Ó N

Los principales logros de la Constitución del 86 son: Se adoptó el sistema unitario o centralista; la patria se denominó REPÚBLICA DE COLOMBIA; el período presidencial se fijó en cuatro años mediante elección popular; se

IS I

logró el fin de la Guerra de los Mil Días; retomó vigencia el Código Civil de la Unión para todo el territorio nacional; se impuso el principio “Todas las

RE V

leyes españolas están abolidas”, lo que significa el total divorcio jurídico con la madre España.

En vigencia de esta Carta se produjo la Separación de Panamá en 1903; la masacre de las Bananeras en 1928, y se consagró a partir de esa fecha el día del estudiante 8 de junio, a raíz del asesinato del estudiante de abogacía Gonzalo Bravo Pérez, siendo su acudiente el entonces presidente Miguel Abadía Méndez. La Constitución de 1886 quedó derogada totalmente por la nueva Constitución Política promulgada el 4 de julio de 1991 por la Asamblea Nacional Constituyente, elegida democráticamente por el pueblo colombiano como constituyente primario y sancionada por el Presidente CESAR GAVIRIA TRUJILLO. 44

AUTOEVALUACIÓN 1. Establece la diferencia entre Estado y Gobierno.______________________________________________________ ______________________________________________________ 2. Caracterizar el Sistema Capitalista.______________________________________________________

Ó N

______________________________________________________ 3. Exprese las características de la política Neoliberal.-

______________________________________________________

IS I

______________________________________________________ 4. Destacar la importancia del Régimen Democrático.______________________________________________________

RE V

______________________________________________________ 5. Mencione el merito político de Montesquiéu.______________________________________________________ ______________________________________________________ 6. Cite más de 3 logros en vigencia de la Constitución de 1886.______________________________________________________ ______________________________________________________ 7. Diferencia País de Nación, con ejemplos ______________________________________________________ ______________________________________________________ 8. Cuál es el postulado determinante del Sistema Socialista.45

AUTOEVALUACIÓN ESTILO ECAES 1. Caracterizar el Sistema Capitalista.a. Gobierno del Pueblo. b. Gobierno del Monarca c. Gobierno de la Burguesía u oligarquía 2. Mencione el mérito de Montesquieu. a. Participó en la Revolución Francesa b. Configuró el sistema de las tres ramas del Poder Público.

Ó N

c. Fue partidario de la monarquía de los Borbones 3. Cite más de tres logros en vigencia de la Constitución de 1886. a. Se denominó nuestro país República de Colombia. Constituyente.

IS I

b. Se expidió la Constitución Política de ese año por una Asamblea c. Se adoptó el sistema Unitario o Centralista

RE V

d. Se fijó en 4 años el período Presidencial mediante elección popular.

e. Se logró el fin de la Guerra de los mil días. f. Retomó vigencia el Código Civil Colombiano.4. ¿A quién como Presidente, le tocó sancionar la Constitución Política que hoy nos rige? a) Belisario Betancur b) Cesar Gaviria c) Virgilio Barco 5. ¿Cuál es la principal división del Derecho? a) Penal y Civil b) Público y Privado c) Laboral y Familiar 46

LOS SÍMBOLOS PATRIOS LA BANDERA

IS I

Ó N

La bandera de franjas horizontales, amarillo, azul y rojo (de mayor a menor), diseñada por el general Francisco de Miranda en 1806, para inmortalizar la Independencia de las futuras naciones americanas, tuvo como modelo los atractivos físicos de una hermosa admiradora europea, simbolizando el amarrillo por la abundante cabellera rubia, que cubre la mitad superior; el azul por el tinte de los ojos de cielo, y el rojo como patas de paloma, por el intenso color de los labios. La misma bandera fué usada por Simón Bolívar en su expedición liberadora, adoptada en 1819 por la República Federativa de la Gran COLOMBIA, refiriéndose a la futura patria en exilio, mucho antes de la Batalla de Boyacá, que incluyó a Colombia, Venezuela, y Ecuador. Es símbolo patrio común de las tres hermanas naciones.

RE V

Se consideran símbolos sagrados que exigen respeto y veneración de la ciudadanía.-

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El ESCUDO

RE V

IS I

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El escudo de Colombia tiene un campo terciado en faja. En el jefe se ve una granada, que rememora el nombre del Reino de Nueva Granada, que llevó el país en el siglo XIX. A los lados de la granada hay dos cornucopias de las que emanan frutos y monedas de oro y plata, que aluden a las riquezas del país. En el tercio central se alza el gorro frigio sostenido por la punta de una lanza, lo que simboliza la libertad del país. En la punta del campo se representa el istmo de Panamá, que perteneció a Colombia hasta 1903, separado por dos mares en cuyas aguas navegan dos veleros; en la actualidad esta parte del escudo simboliza las costas colombianas bañadas por los océanos Pacifico y Atlántico. Dos pares de banderas recogidas en la punta constituyen los soportes. Un cóndor, que se apoya en la parte superior del campo con sus alas desplegadas, y que sostiene en su pico una corona de hojas de laurel y en su garra izquierda una banda con el lema “Libertad y Orden”, constituye la cimera del escudo.

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HIMNO NACIONAL DE COLOMBIA

Coro:

RE V

IS I

Ó N

Oh gloria inmarcesible! ¡Oh júbilo inmortal! ¡En surcos de dolores el bien germina ya! I ¡Cesó la horrible noche! La libertad sublime derrama las auroras de su invencible luz. La humanidad entera, que entre cadenas gime, comprende las palabras del que murió en la cruz. II "¡Independencia!" grita el mundo americano; se baña en sangre de héroes la tierra de Colón. Pero este gran principio: "El rey no es soberano", resuena, y los que sufren bendicen su pasión. III Del Orinoco el cauce se colma de despojos; de sangre y llanto un río se mira allí correr. En Bárbula no saben las almas ni los ojos, si admiración o espanto sentir o padecer. IV A orillas del Caribe hambriento un pueblo lucha, horrores prefiriendo a pérfida salud. ¡Oh, sí! De Cartagena la abnegación es mucha, y escombros de la muerte desprecia su virtud. V De Boyacá en los campos el genio de la gloria con cada espiga un héroe invicto coronó. Soldados sin coraza ganaron la victoria; su varonil aliento de escudo les sirvió. VI Bolívar cruza el Ande que riega dos océanos; espadas cual centellas fulguran en Junín. Centauros indomables descienden a los Llanos, y empieza a presentirse de la epopeya el fin. 49

RE V

IS I

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VII La trompa victoriosa en Ayacucho truena; y en cada triunfo crece su formidable son. En su expansivo empuje la libertad se estrena, del cielo americano formando un pabellón. VIII La Virgen sus cabellos arranca en agonía y de su amor viuda los cuelga del ciprés. Lamenta su esperanza que cubre losa fría, pero glorioso orgullo circunda su alba tez. IX La patria así se forma, termópilas brotando; constelación de cíclopes su noche iluminó. La flor estremecida, mortal el viento hallando, debajo los laureles seguridad buscó. X Mas no es completa gloria vencer en la batalla, que al brazo que combate lo anima la verdad. La independencia sola al gran clamor no acalla; si el sol alumbra a todos, justicia es libertad. XI Del hombre los derechos Nariño predicando, el alma de la lucha profético enseñó. Ricaurte en San Mateo en átomos volando, "Deber antes que vida", con llamas escribió

Autor letra: Rafael Núñez Autor música: Oreste Síndice

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DASARROLLO TEMÁTICO Pié de página. (3) Constitución Política y Democracia. Universidad de Pamplona N.S. pág. 6 (4) Ministerio de Justicia. Módulo de Derecho Constitucional. Escuela Rodrigo Lara Bonilla. Pág. 21 (5) Edición oficial de la Carta 1991. Jacobo Pérez Escobar. Secretario General Asamblea Nacional Constituyente. (7) Revista IURIS Nº 11. Pág. 91

Ó N

(6) Edición Oficial de la Carta 1991. Pág. 232.

(8) Engels, Federico. “Origen de la Familia, la Propiedad Privada y el (9) Idem.

IS I

Estado. Pág. 128 y ss.”

RE V

(10) Gran enciclopedia Espasa. Tomo 4.

(11) Gran enciclopedia Espasa. Tomo 18

(12) Gran enciclopedia Espasa. Tomo (13) Samur Esguerra, Roberto. Revista IURIS Nº 4. Pág. 25 (14) Constitución y Democracia. Universidad de Pamplona. Pág. 21 (15) Monroy Cabra Marco. “Introducción al Derecho”. Temis. Pág. 160 y ss. (16) Pescio Vargas, Victorio. “Manual Derecho Civil”.-

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RESUMEN Autores y Libros 1. Discurso de BOLÍVAR en el Congreso de Angostura 1819.2. El RETO. Libro de Rodolfo Llinás. Tercer mundo editores. Cambio 3. Constitución Política y Democracia. Universidad de Pamplona.- N.S 4. Ministerio de Justicia. Módulo de Derecho Constitucional. Escuela Rodrigo Lara Bonilla.5. Edición oficial. Carta de 1991. Jacobo Pérez Escobar, Secretario

Ó N

General.- Asamblea Nacional Constituyente.

6. Revista IURIS. Facultad de Derecho. CECAR. Nº 11 y 4. Engels.-

IS I

7. Origen de la familia, la Propiedad Privada y el Estado. Federico 8. Gran Enciclopedia Espasa.-

RE V

9. Introducción al Derecho. Marco Monroy Cabra. Temis. 10.Preliminares del Código Civil Colombiano. Roberto Yances Pinedo.CECAR

11.Manual de Derecho Civil. Victorio Pescio Vargas.12.Himno Nacional. Autor Rafael Núñez. Música Oreste Síndice.13.Diccionario de la Constitución Política de Colombia. Madrid-Malo, Mario.- Editora LEGIS 14. Constitución Política de Colombia. Edición oficial.-

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BIBLIOGRAFIA 1. Discurso de BOLIVAR en el Congreso de Angostura 1819.2. El RETO. Libro de Rodolfo Llinás 3. Constitución Politica y Democracia. Universidad de Pamplona.4. Ministerio de Justicia. Módulo de Derecho Constitucional. Escuela Rodrigo Lara Bonilla.5. Edición oficial. Carta de 1991. Jacobo Pérez Escobar, Secretario General.-

Ó N

6. Revista IURIS. Facultad de Derecho. CECAR. Nº 11 y 4. 7. Origen de la familia, la Propiedad Privada y el Estado. Federico Engels.-

IS I

8. Gran Enciclopedia Espasa.-

9. Introducción al Derecho. Marco Monroy cabra. 10.Preliminares del Código Civil Colombiano. Roberto Yances Pinedo.-

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11.Manual de Derecho Civil. Victorio Pescio Vargas.12.Himno Nacional. Autor Rafael Núñez. Música Oreste Síndice.13.Diccionario de la Constitución Politica de Colombia. Madrid-Malo, Mario.-

14. Constitución Politica de Colombia. Edición oficial.-

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UNIDAD 2 CONSTITUCIÓN POLÍTICA 1991

Preámbulo BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD

RE V

IS I

Ó N

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

DERECHOS HUMANOS FAMILIA NACIONALIDAD

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PRESENTACIÓN DE LA UNIDAD

Corresponde esta Unidad a la iniciación del desarrollo del contenido Jurídico de la Constitución Política de Colombia.Se inicia con el PREÁMBULO, que determina, invocando la protección de

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DIOS, los principios y valores que deben informar los objetivos sustanciales de Nuestra Nacionalidad.-

Constitución.

IS I

La sabiduría del PREÁMBULO comprende la esencia jurídica de nuestra

Es la fuente que desarrollada y ampliada, sustenta el poder jurídico de los

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380 artículos contentivos del texto de Nuestra actual constitución Política.-

Con razón nuestra Corte Constitucional ha reconocido el valor fundamental del PREÁMBULO como factor vinculante con el texto de la Carta, al determinar en SENTENCIA Nº 479 de agosto 13 de 1992 que es una norma jurídica más del texto Constitucional.-

55

OBJETIVOS

A continuación iniciamos el articulado de los 380 de Nuestra Carta Magna que define a COLOMBIA como un ESTADO SOCIAL DE DERECHO, en desarrollo del título de los Principios Fundamentales, siendo el principal de todos el Derecho a la VIDA.

Ó N

En este Bloque de Constitucionalidad se incluye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuya vigencia prima en Colombia, haciéndose suscrito desde su adopción por las Naciones Unidas en 1948 en PARÍS.

IS I

En este orden se incluyen los Derechos de Primera Generación, que comprende del art. 11 al 41; y los de Segunda Generación, del art. 42 al

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95, de la Carta Política.-

Finaliza la Unidad con la Institución de la Nacionalidad Colombiana, de que gozamos por nacimiento o por adopción.Son Objetivos generales los comprendidos dentro del texto del PREÁMBULO, cuya importancia corresponde destacarla cada estudiante.Y, los objetivos Específicos se comprenden, en primer orden las características específicas del art. 1º de la Carta, esto es, definir los términos: ESTADO-SOCIAL-DERECHO.En segundo orden, análisis de las expresiones: REPÚBLICA-UNITARIADESCENTRALIZADA--AUTONOMIA--DEMOCRATICA--PARTICIPATIVAPLURALISTA.56

ACCIONES PARA CONSTRUIR EL CONOCIMIENTO 1. El estudiante debe leer con constancia y frecuencia el contenido de la Unidad.2. Construir grupo de estudio con los compañeros del curso.3. Profundizar cada tema de la Unidad consultando los libros y

Ó N

autores de la Bibliografía.4. Frecuentar la Biblioteca de CECAR en forma individual o en grupo.-

IS I

5. Consultar sobre Derecho Constitucional con el TUTOR, Profesores, Jueces y Magistrados.-

6. Averiguar en el CONSULTORIO JURIDICO de CECAR sobre los

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temas de la Constitución Política.-

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A T R É V E T E

A

O P I N AR

Ejercicio para estimular el aprendizaje autónomo:

1. ¿Qué es DEMOCRACIA conforme la genial definición de

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Abraham Lincoln, Presidente de Estados Unidos de América?

Wayus?

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2. ¿En qué consiste el PALABRERO, sistema empleado por los indios

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3. ¿Qué objetivo tiene el ESTATUTO de ROMA? 4. ¿Por qué el Derecho a la VIDA es inviolable? 5. ¿Por qué es obligatorio el estudio de la Constitución Política?-

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UNIDAD 2 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA “PREÁMBULO El pueblo de Colombia

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En ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios de la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida; la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana decreta, sanciona y promulga la siguiente:

IS I

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA”

Destacamos los siguientes objetivos:

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• “Fortalecer la unidad de la Nación, es decir del pueblo • Asegurar a sus integrantes la vida. • La convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz.

• Dentro de un marco jurídico, democrático y participativo. • Garantice un orden político, económico y social justo • Comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana” En vigencia de la nueva Constitución la Corte Constitucional en sentencia número C-479 de agosto 13 de 1992, con ponencia de los magistrados Hernández Galindo y Martínez Caballero varió decididamente la tesis en torno a la naturaleza jurídica del PREÁMBULO. “… Juzga la Corte 59

Constitucional que el preámbulo goza de poder vinculante en cuanto sustento del orden que la Carta Instaura y por tanto, toda norma- sea de índole legislativa o de cualquier nivel-que desconozca o quebrante cualquiera de los fines en él señalados, lesiona la Constitución porque traiciona sus principios” Esto quiere decir que el valor jurídico del PREÁMBULO es que éste es

RE V

IS I

Ó N

una norma jurídica más del texto constitucional. (17)

____________________________________________________________

(17) Módulo sobre Derecho Constitucional. Ministerio de Justicia. Escuela judicial Rodrigo Lara Bonilla 1991 Pág. 1

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TÍTULO I DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

“Artículo 1º. Colombia es un Estado Social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés

Ó N

general”. Nuestra Constitución de 1991 estatuye el modelo político denominado SOCIAL DE DERECHO. La derogada Constitución de 1886 solo se refería al contenido específico.

IS I

Estado de Derecho. La inclusión del término SOCIAL tiene importante

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El abogado Felipe Paredes Benítez lo define en los siguientes términos: “El Estado Social de Derecho constituye un cambio radical en las instituciones políticas, cuyos pilares fundamentales son el respeto a la dignidad humana, la solidaridad, el trabajo y el interés general” “La dignidad es una condición para el ejercicio de la libertad a partir de la igualdad esencial de los hombres. El Estado Social de Derecho constituye un cambio radical en las instituciones políticas, cuyos pilares fundamentales son el respeto a la dignidad humana, la solidaridad, el trabajo y el interés general”.- (18)

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Introducción al Término Social “Luego de la primera guerra mundial y a partir de la revolución Rusa de 1917, con la Constitución Alemana de Weimar aparece el Estado con un nuevo contenido, se llama Estado Social de Derecho que consigna como fundamentos ya no solo las garantías políticas individuales de la Libertad y la Igualdad, si no que amplía su base a los DERECHOS HUMANOS, entendidos como tales, además de las garantías individuales, derechos como la salud, el trabajo, la educación, la vivienda, considerados por Socialistas”

Ó N

algunos como Derechos Humanos de segunda generación, o Derechos “Otra diferencia importante entre el Estado Liberal de Derecho y Estado Social de Derecho reside en la relación que se establece entre el Estado y

IS I

la Sociedad: En el primer caso, en la medida en que el estado es solo “vigilante” de las garantías para la actividad individual y privada, se

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presenta una separación entre el Estado y la Sociedad; por el contrario, en el caso del Estado Social de Derecho se presenta la nueva conceptualización de la Soberanía Popular en la medida en que el pacto social plasmado en la Constitución se realiza a partir del reconocimiento por parte del Estado de los Derechos Humanos de los individuos

__________________________________________________________ (18) Paredes Benítez, Felipe. Primer Abogado graduado en CECAR Escrito en El Meridiano. Mayo 87 de 2001

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De modo que la proclamación de la soberanía popular que aparece en el Preámbulo no es solo una declaración de principios, sino que se convierte en fuente de legitimación.” “De este modo podemos sostener que el hecho de que nuestra Constitución comience afirmando que Colombia es un Estado Social de Derecho equivale a comprobar que los Derechos Humanos conforman su base estructural y sirven de guía no solo de la interpretación, sino de la aplicación de la ley en nuestro país.” “El concepto de Dignidad Humana implica asumir a cada ser Humano

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como un fin en sí mismo y nunca como medio para otros fines.” (19)

Características específicas del Artículo 1º

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1. ESTADO: Máxima organización jurídica, política, económica, cultural, administrativa, fiscal, militar de una nación.

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2. SOCIAL: El fin del Estado es servir a la comunidad, buscar su prosperidad y asegurar los deberes sociales en procura del bien común. Arts. 365 y 366 C.P. 3. DERECHO: Se rige por principios jurídicos imperiosos para el orden de toda la sociedad. Proviene del término latino Directum, de dirigue, “encausar”. Significa lo que está conforme a la regla, como a la norma.- (18) 4. REPÚBLICA: Forma de gobierno de origen electivo y popular, representativo del pueblo por tiempo determinado, regido por un Presidente. Sistema político en que el jefe del Estado, a diferencia de la Monarquía, no accede al cargo por leyes hereditarias, sino, por voluntad popular mediante el voto directo de los ciudadanos. Su período está limitado a un tiempo fijo. _____________________________________________________ (19) Constitución Política. Universidad de Pamplona. Pág. 47

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5. UNITARIA: La potestad del gobierno nacional rige para todo el país, en forma total, sin fraccionamiento como en el Sistema Federal.6. DESCENTRALIZADA: Significa la distribución del poder en diversos organismos de la administración pública. 7. AUTONOMÍA: Consiste en la distribución del poder en las entidades territoriales: Departamentos, Municipios, Distritos, con libertad propia para regir sus destinos, con independencia del Gobierno Central.

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8. DEMOCRÁTICA: Sistema de gobierno en que la soberanía reside en el pueblo. Conforme el principio que la democracia es el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, según la clásica definición de Abraham Lincoln. La expresión Democracia significa: Igualdad, justicia, participación, solidaridad, responsabilidad.-

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9. PARTICIPATIVA: Esto es, persigue la participación de la ciudadanía, de la comunidad para que la gente intervenga en la representación del Estado, particularmente por intermedio del sufragio, el voto.10. PLURALISTA: Significa la participación de las distintas opiniones, tanto de los partidos y grupos políticos, incluso de la oposición.-

Origen del término Democracia “Es importante aclarar que aunque el término DEMOCRACIA se incorporó al inglés, en el siglo XVI proveniente de la palabra francesa democratie, sus orígenes son griegos. DEMOCRACIA deriva de demokratia y sus raíces griegas son Demos (pueblo) y kratos (gobierno). ___________________________________________________________ (20) Monroy Cabra, Marco. “introducción al Derecho” 1994

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De esta manera DEMOCRACIA significa entonces una FORMA DE GOBIERNO en la que, el pueblo gobierna. DEMOCRACIA implica un Estado en democracia política. Pero la democracia no es solamente una forma de gobierno sino que es también el producto de una relación entre un sistema de gobierno y un tipo de concepción del hombre que evoluciona, que se modifica, al mismo tiempo que también modifica la sociedad. ” (21). Análisis del término Social

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La introducción del término SOCIAL en la definición del ESTADO colombiano (art. 1º de la Carta), no es sólo para mencionar a la comunidad, sino también para expresar su contenido, junto con los

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elementos o factores determinantes de la sociedad partiendo del derecho a la VIDA, considerada en forma individual o colectiva, teniendo en cuenta

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que para asegurarla y sostenerla se requieren recursos indispensables como la SALUD, la ALIMENTACIÓN, la EDUCACIÓN, el TRABAJO, la VIVIENDA DIGNA, AMBIENTE SANO, AGUA POTABLE, DESCANSO. Etc.Todos o muchos de esos elementos sólo pueden protegerse mediante la dirección política del Estado.

El vínculo de contenido entre lo SOCIAL y la VIDA es inseparable, como así se desprende de la mención en el Preámbulo al “asegurar a sus integrantes la vida”, admitido como es “una nueva norma jurídica más del texto constitucional”, que se comprometa con el contenido del art. 11 “El derecho a la vida es inviolable” y, se concluye en definitiva como derecho constitucional consagrado conforme el texto del art. 366, que dice: ___________________________________________________________ (21) Constitución Política. Universidad de pamplona. Pág. 6 65

“El bienestar general y el mejoramiento de la calidad de VIDA de la población son finalidades sociales del Estado. Será objetivo fundamental de su actividad la solución de las necesidades insatisfechas de SALUD, de EDUCACIÓN, de SANEAMIENTO AMBIENTAL y de AGUA POTABLE” “Para tales efectos en los planes y presupuestos de la Nación y de las entidades territoriales, el gasto público social tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación”

• Servir a la comunidad

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Artículo 2º FINES ESENCIALES DEL ESTADO

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• Promover la prosperidad general

• Garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes, consagrados en la Carta.

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• Facilitar la participación de todos en las decisiones que los afecten en la vida económica, política, administrativa y cultural • Defender la independencia nacional, • Mantener la integridad territorial, • Asegurar la convivencia pacífica y vigencia de un orden justo A continuación indica que la finalidad de las autoridades del Estado es la protección a todas las personas en sus vidas, honra, bienes, creencias y demás derechos como a la vez, asegurar el cumplimiento de los deberes del Estado y los particulares.Los PRINCIPIOS FUNDAMENTALES de nuestra Carta política, 10 en total, contienen aspectos estructurales de nuestra nacionalidad en lo social, lo

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jurídico, lo político, lo económico, en lo personal y familiar, en cuanto a las responsabilidades de los particulares, como de los servidores públicos, estos por motivos de omisión y extralimitación.El estudiante repasará los conceptos sobre SOBERANÍA (art.3); CONSTITUCIÓN

(art.4);

DERECHOS

INALIENABLES

(art.5)

y

RESPONSABILIDADES de particulares y servidores públicos (art.6).-

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Los restantes artículos merecen comentarios adicionales:

Artículo 7. Diversidad étnica y cultural de la nación

En este PRINCIPIO es de singular importancia destacar el aporte de la

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población indígena y afrocolombiana que permanece desprotegida en sus derechos territoriales, costumbres ancestrales y convivencia pacífica.

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Algunas de ellas con notables índices de elevada población, como los wayus de LA Guajira y los aruhacos de la Sierra Nevada de Santa Marta donde la enseñanza escolar y bachillerato es bilingüe. Destacamos entre los wayus la institución del PALABRERO, que es la fórmula autónoma de esa parcialidad indígena para la solución de los conflictos sociales y familiares por la vía pacífica. Esto es, el entendimiento y comprensión de las partes contendientes. Es un significativo ejemplo contra la agresividad manifiesta de irresponsables conciudadanos. En cuanto a la población negra, traída a la fuerza de África como esclavos, siendo libres en su país de origen, la gran mayoría de esos pobladores vecinos de PALENQUE (Bolívar), como de la margen occidental colombiana comprendiendo los departamentos de Chocó, Valle del Cauca, Cauca y 67

Nariño. Muchos de ellos se quejan de padecer desatención oficial en razón a su estado de pobreza, no obstante los cobija la ley 70 de 1993. En el Atlas Racial de Colombia se fijan las étnias originales, que son: INDIOS, NEGROS y BLANCOS.- hay quienes agregan un cuarto eslabón aún no procesado: sangre sirio- libanes.Los cruces raciales desde el descubrimiento de América, inicialmente entre indios y blancos europeos; luego en el largo período de la Colonia con el ingreso de negros, en calidad de esclavos para los oficios difíciles en

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las minas, permitieron en el curso de los años forjar tres tipos raciales así: Unión de indio y Blanco da: Mestizo

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Unión de indio y Negro da: zambo

Unión de Negro y Blanco da: Mulato

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Proporción de Factores Raciales • Zambos

0.8%

• Indios

2.2%

• Negros

6.0%

• Blancos

20.0%

• Mulatos

24.0%

• Mestizos

47.0% ________ 100.0%

Total

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Según registro y censo indígena en 1993 se mencionan 81 tribus en el territorio nacional, entre ellas la étnia ZENÚ, localizada entre los departamentos de Córdoba y Sucre, con sede en San Andrés de Sotavento, en extensión de 83.000 hectáreas, mediante cédula real de la Corona Española, cuya delimitación del área se hizo en 1773. Existe escritura de dicho Resguardo. Los Zenúes estaban localizados en tres porciones, con marcada vecindad a los cuerpos de agua: FINZENÚ vinculada a la ciénaga de Momil, con ramificaciones a Tolú, Costa Caribe y Alto Sinú, propiamente con zenúes

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en la ciénaga de Betanci, en Córdoba; PANZENÚ, ubicada en la región del rio San Jorge y sus afluentes, en donde antes de la era cristiana los nativos efectuaron la adecuación de 500 mil hectáreas, siendo la obra de

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ingeniería hidráulica de mayor envergadura en América prehispánica, y la tercera tribu ZENÚFANA, localizada en lo que hoy es el norte de Antioquia región de Nechí, reconocida por las minas de oro, mineral aprovechado

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por los FINZENÚES de Betanci, expertos orfebres, cuyas prendas precolombinas son objeto de orgullo patrio del primitivo arte ZINÚ, con muestras destacadas en la sala de la cultura ZENÚ el Museo del Oro del Banco de la República, en Bogotá, y una extensión en el museo exclusivo en Cartagena.

Hay circunscripción especial Nacional de dos senadores para las comunidades Indígenas. La tenencia de la tierra dentro del Resguardo es colectiva, no enajenable, al tenor del art. 329 de la Carta Magna. No existe propiedad privada rústica entre los indígenas. El cabildo Central y los Cabildos menores se encargan de organizar y distribuir la tierra para

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la producción de bienes de consumo. El fruto de la tierra y las cosechas son particulares. Todavía se comercia en forma de trueque. Como étnia cultural merecen destacarse las comunidades raízales o nativas del Archipiélago de San Andrés, pues para su benefico se han adoptado controles de protección a los nativos al tenor del artículo 310 de la Carta, conforme las leyes que el Congreso ha dictado para control de la densidad poblacional del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

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ARTÍCULO 8: Protección de las riquezas Culturales y Naturales de la Nación

ARTÍCULO 9: Relaciones internacionales y Bloque de Constitucionalidad

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(Sobre estos dos temas nos ocuparemos más adelante)

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ARTÍCULO 10: EL CASTELLANO ES EL IDIOMA OFICIAL DE COLOMBIA La denominación proviene por haberse originado de la combinación del latín con el dialecto que se hablaba en la provincia de Castilla (España). De allí su nombre Castellano, idioma que impusieron los conquistadores.El Idioma Castellano “es conocido también más por razones políticas que con fundamentos en la realidad, como Lengua Española ó, Español”, como lo explica el maestro Cury Lambraño. Así que, bien pueden emplearse ambos términos, con la ventaja que la expresión ESPAÑOL ha tomado mayor popularidad. Vale mencionar en esta ocasión, el dialecto COSTEÑOL, que se habla en los Departamentos de la Costa Caribe del cual es analista original el fallecido 70

filólogo, José Elías Cury Lambraño, autor del libro “EL COSTEÑOL. Un dialecto con toda la barba.” Artículo 9º BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD El nuevo modelo de constitución adoptado por la gran mayoría de los países occidentales acoje sin reservas la declaración y protección de los derechos fundamentales del hombre, enfrentado a una serie de procesos de interrelación económica, cultural, ecológica y política, llamado GLOBALIZACIÓN o mundialización.-

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Como lo expresa la ensayista Claudia Lozzi (Revista Iuris # 12. Pág. 15) “El art. 9º reconoce las relaciones exteriores y los principios del derecho internacional aceptados por Colombia, a la vez que aclara por el art. 94,

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que los derechos y garantías de la Constitución, no son más que los mismos derechos inherentes a la persona humana contenidos en los convenios internacionales”

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Esta corriente del derecho internacional en la legislación interna con la misma fuerza normativa de la Constitución, ha sido denominada BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD, y sobre su contenido y alcance, la Corte Constitucional ha venido desarrollando la figura, encontrando un primer acercamiento en la aplicación de las normas supranacionales, en donde partiendo de la interpretación del artículo 93 de la Carta, se empezó a dar prevalencia a los convenios del derecho internacional humanitario sobre la legislación nacional, una vez dichos convenios hubiesen sido integrados al ordenamiento interno a través de la ratificación por el Congreso Nacional y surtido el trámite de revisión de constitucionalidad y, en tanto esas disposiciones no sean contrarias o vulneren los preceptos consagrados en nuestra Constitución Política.71

La legislación internacional que aporta al bloque de Constitucionalidad viene enriqueciendo el tema de los D.D.H.H desde los años 70 con la Declaración de ESTOCOLMO, que urgió sobre la protección del Medio Ambiente y de los recursos naturales. Posteriormente, en 1992 se produjo la Declaración de RIO, con temas sobre el desarrollo sostenible y numerosos propósitos respetando el medio ambiente, que comprende aspectos como la protección del océano, la atmosfera (el efecto invernadero), el tráfico de desechos químicos, el manejo de residuos sólidos.-

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Colombia adoptó el ESTATUTO DE ROMA que crea la Corte Penal Internacional por medio de la Ley 742 de 2002.-

Igualmente nuestro país ha suscrito la Declaración Universal de Derechos

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Humanos; pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; convención Americana sobre Derechos Civiles y Políticos.- (22)

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De manera específica, los Derechos Humanos están consignados en nuestra Constitución en el Título II De los Derechos, las Garantías y los Deberes bajo la siguiente distribución: 1. Los Derechos Fundamentales, Artículos 11 a 41, en el capítulo 2. Los Derechos Sociales, Económicos y Culturales, Artículos 42 al 77 en el capítulo 2. 3. Los Derechos Colectivos y del Ambiente Artículos 78 al 82 en el capítulo 3. 4. La protección y Aplicación de los Derechos en el capítulo 4, artículos 83 al 94. 5. Y, finalmente, en el capítulo 5 Artículo 95 se establecen los Deberes y Obligaciones.

____________________________________________________ (22) Lozzi Moreno Claudia. Ensayo publicado Revista IURIS # 12 Titulado El Paradigma de la Globalización y sus Consecuencias en el Derecho.- pág. 15.-

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1. DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Esta es la denominación propia que emplea la Constitución para definir los Derecho Humanos. Ellos se desarrollan desde el art. 11 hasta el art. 41. El estudiante analizará cada uno de tales derechos, que son inherentes a la persona y, por tanto valiosos desde la VIDA, así como para la dignidad, igualdad, libertad, solidaridad y demás DERECHOS HUMANOS. Artículo 11º EL DERECHO A LA VIDA ES INVIOLABLE. NO HABRÁ PENA DE

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MUERTE

Artículo 15º HABEAS DATA. Derecho que tienen las personas en defensa de su intimidad para acceder a las informaciones y registros en archivos y

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bancos a fin de conocer su situación económica con relación al Estado. Artículo 17º Se prohíbe la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres

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humanos en todas sus formas. Trata significa comercio que consiste negociar seres humanos con distintos objetivos. Existe la trata de NEGROS para destinarlos a la esclavitud; trata de BLANCAS para destinar mujeres a la prostitución y trata de MENORES para el comercios sexual con niños. Artículo 23º Derecho de petición Derecho consagrado para obtener pronta respuesta de la autoridad. Artículo 25º El trabajo es un Derecho y una obligación social. Lo complementa, la parte final del art. 334, que dice: “El Estado, de manera especial, intervendrá para dar PLENO EMPLEO a los recursos humanos y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos”.73

Artículo 28º Inciso final. NO HABRÁ CARCEL POR DEUDA Artículo 29º Presunción de inocencia Artículo 30º HABEAS CORPUS. Derecho que tiene el detenido para ser oído y que se le resuelva su arresto si fue ilegal. Artículo 33º PARENTESCO. Cuarto grado de consanguinidad se tiene con el primo hermano. El 1er grado es de hijo a padre; el 2º grado de nieto a

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abuelo; y 3º grado de sobrino a tío y, el 4º grado entre primos hermanos. La afinidad es el parentesco entre los cuñados que están en segundo grado en nivel de los hermanos. El parentesco civil proviene de la

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adopción y el grado primero es entre padre e hijo.

Artículo 34º La confiscación consiste en privar a alguien de sus bienes

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para destinarlos al Fisco. Quitar bienes a la fuerza a nombre del gobierno. El inciso segundo de esta norma se refiere a la EXTINCIÓN del DOMINIO, que consiste en la pérdida de la propiedad sin indemnización para quien haya adquirido bienes por enriquecimiento ilícito, con grave deterioro de la moral social.

Artículo 35º Derecho de asilo. Se reconoce este derecho al perseguido por delitos políticos. Artículo 40º Derechos políticos. Elegir y ser elegido. Participación especial de la mujer. Artículo 41º Obligatoriedad del estudio de la Constitución

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DE LOS TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES Colombia ha ratificado mediante leyes aprobadas por el Congreso tratados y convenios internacionales, que hacen parte del BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD, y por tanto tienen prevalencia en el orden interno en materia de DERECHOS HUMANOS, sobre los siguientes aspectos: 1- DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, tres (3) años después de la 2º Guerra Mundial, el 10 de

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diciembre de 1948, en PARÍS, Francia. Sede en Ginebra, Suiza.(Cada estudiante debe participar con el texto de los DD.HH.).Comprende 30 artículos sobre los siguientes derechos:

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1. Igualdad de los seres humanos.-

2. Igualdad de los derechos y libertades.3. Derecho a la Vida.-

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4. Prohibición a la esclavitud y la servidumbre.5. Prohibición a las torturas.-

6. Reconocimiento de la personalidad jurídica.7. Igualdad ante la Ley.-

8. Igualdad de recursos legales.-

9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido.10.Derecho de petición ante las autoridades.11.Se presume la inocencia mientras no se pruebe la culpabilidad.12.Respeto a la Vida privada, a la familia, el domicilio, la correspondencia, la honra y la reputación.13.Derecho al tránsito libre, elegir residencia y domicilio.14.Derecho de asilo.76

15.Derecho a la nacionalidad.16.Derecho a casarse y organizar un hogar.17.Protección a la propiedad, privada y colectiva.18.Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.19.Libertad de opinión y de expresión.20.Libertad de reunión y de asociación.21.Derecho a elegir y ser elegido, y a participar en el gobierno.22.Derecho a la seguridad social, que comprende los derechos económicos, sociales y culturales.-

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23.Derecho al trabajo, a remuneración equitativa, igual salario por trabajo y protección contra el desempleo.-

Derecho a organizar sindicatos y a sindicalizarse.-

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24.Derecho al descanso y a vacaciones remuneradas.-

25.Derecho a un nivel de vida adecuado, que asegure salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica, seguros sociales

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en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez para la persona y su familia.

La maternidad y la infancia requieren cuidados y asistencias especiales.-

Todos los niños nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio tienen protección social.26. Derecho a la educación. La educación primaria debe ser gratuita y obligatoria.27.Derecho a participar de la vida cultural de la comunidad, en las artes, en el progreso científico, en los beneficios de la civilización.28.Derecho a que se establezca un orden social internacional para que se hagan respetar los DERECHOS HUMANOS.77

29.Deberes para con la comunidad en el desarrollo de estos derechos.30.Nada ni nadie puede limitar o suprimir los derechos y libertades proclamadas en la DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS.2- PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS. (Adoptado por la Asamblea General de las N.U. el 16 de diciembre de 1966.- En vigencia desde el 23 de marzo de 1976).(El estudiante debe leer su contenido).

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3- PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES. (Adoptado por la Asamblea General de las N.U. el 16 de diciembre de 1966. En vigencia desde el 3 de enero de 1976).-

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(El estudiante debe leer su contenido y debatirlo en clase) 4- ESTATUTO DE ROMA que crea la Corte Penal Internacional,

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adoptado por Colombia mediante la ley 742 de 2002.-

El Tiempo. Editorial. 10 de diciembre de 2008.Con el título derechos del hombre, 60 años después.“Hoy hace exactamente 60 años Eleanor Roosevelt ocupó el podio en la asamblea general de la Organización de Naciones Unidas, en Paris, y presentó un proyecto histórico. Se trataba de la Declaración Universal de Derechos del Hombre, un código de solo 30 artículos, por el cual los países asistentes a la reunión acordaban unos derechos mínimos válidos para todo ser humano y se comprometían a defenderlos y desarrollarlos.En ese momento, Eleanor Roosevelt, viuda del presidente Franklin Delano Roosevelt, era la mujer más famosa de Estados Unidos y éste eres el país que acababa de trazar la ruta de la libertad en la Segunda Guerra Mundial, 78

finalizada apenas tres años antes. En su discurso, la señora Roosevelt señaló que la declaración constituía “Un hecho espiritual” que permitiría a todos “elevarse mediante un esfuerzo colectivo, al nivel de la dignidad humana”. La carta, desarrollo ulterior y más completo de los principios consagrados en la Constitución de los Estados Unidos de América en 1776 y los Derechos del Hombre y el Ciudadano de la Revolución Francesa expedidos en 1789, fue suscrita por casi todos los países asistentes”. “Lo primero, no obstante, es recapitular el contenido de aquella Declaración, que la mayoría de los habitantes de la tierra no conoce o ha

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olvidado. Allí se hace la apología de la igualdad y la libertad, se prohíben actividades contrarias a la dignidad humana-como la tortura, la esclavitud y el matrimonio forzoso-, se defiende el imperio de la ley y se consagra el

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derecho a una vida materialmente decorosa y espiritualmente rica”. “La desigualdad económica, educativa y social persiste con infame terquedad. En algunos campos han disminuido las desventajas de los

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países subdesarrollados. Pero millones de personas mueren cada mes por hambre o víctimas de enfermedades nuevas, como el sida, o medievales como la tuberculosis”.

“Sin embargo, solo el desarrollo justo puede asegurar el triunfo de los derechos humanos socioeconómicos, que, de otro modo, sí que son apenas piadosos deseos”.“No hay duda de que la Declaración Universal de los Derechos Humanos no ha logrado acabar con todas las formas de crueldad, desigualdad, explotación y abuso. Pero los últimos 60 años habrían sido mucho peores sin ella”.-

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2. DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECONÓMICOS Y CULTURALES Esta es la denominación propia que emplea nuestra Constitución para referirse a la FAMILIA y restantes derechos mencionados, que comprende del art. 42 al 77.Nos detendremos en el análisis de algunos de ellos, para destacar su importancia.LA FAMILIA EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991

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Es la familia la célula primaria de la Sociedad. Es la institución básica de una nación. Nuestra Constitución Política la define así:

Art. 5 “El Estado… ampara a la familia como institución básica de la

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sociedad”, y art. 42:… “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad” Comprende las relaciones entre un hombre y una mujer, entre padres e hijos. La

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Carta Magna refiriéndose a la familia en el art .42, expresa: “Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”.-

Objetivo. La familia comprende relaciones tanto materiales, como económicas, como jurídicas, ideológicas y morales. Se funda en el afecto, en el amor. La familia cumple una función indispensable en la reproducción de la especia humana, una de las condiciones más importantes de la vida social: la POBLACIÓN, esto es, la densidad demográfica.El matrimonio presupone la voluntad de la pareja de unirse para formar un hogar, una familia, cooperar y asistirse recíprocamente, satisfacer sus 80

facultades eróticas sexuales e integrar un patrimonio económico y espiritual.Formas de Familia La familia puede conformarse de diversas maneras: a) Por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio, sea religioso o civil.b) Por unión extra-matrimonial, cuando hay impedimento legal de uno o ambos cónyuges; y, c) Por unión libre entre los contrayentes, sin impedimento alguno para

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contraer posterior matrimonio.

El vínculo entre los contrayentes es un CONTRATO que se cumple entre un hombre y una mujer, mediante decisión libre de contraerlo, siendo ambos

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capaces, es decir, mayores de 18 años.-

Clases de Familia Los tipos de familia están determinados en la historia,

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principalmente, por las relaciones económicas, y cambian en consecuencia con los cambios en las formas éticas del régimen de la propiedad y del trabajo.-

Hubo épocas de la humanidad en que imperó la POLIGAMIA, o estado del hombre que tiene a un mismo tiempo muchas mujeres en calidad de esposas. O, la POLIANDRIA, o estado de la mujer casada al mismo tiempo con dos o más hombres. Posteriormente, la MONOGAMIA, o unidad de cohabitación.Agrupaciones Familiares La familia, generalmente ligada por el parentesco, por el vínculo consanguíneo, en la remota Historia, primero formó el GEN, luego el CLAN, después la TRIBU, más tarde los pueblos y las naciones, según la densidad de la agrupación.81

La reunión de muchas familias forma agrupaciones que permiten heterogeneidad de razas, idiomas, costumbres, usos, etc.Las comunidades numerosas y estables forman asentamientos, pueblos, naciones, sociedades. Las sociedades organizadas con identidad propia constituyen NACIONES. Las naciones organizadas institucionalizan el ESTADO, que es la máxima organización política de los pueblos.La Filiación Hubo una época de la humanidad en que los vínculos familiares, dependían del lazo materno. Lo que se ha llamado

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Matriarcado, o sea que la madre fijaba el parentesco, la filiación. Todavía subsiste en algunos clanes indígenas de la Guajira.-

Hace mucho tiempo el mundo civilizado determina la filiación por el

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vínculo del padre. Lo que se denomina el Patriarcado. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica, al llevar un

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nombre y unos apellidos.- (art. 14 Const. Nal.)

Agrupamiento Social La estructura de los asentamientos humanos comprende:

a) FAMILIA. Núcleo primario y básico de la sociedad. (Padres e hijos).b) GRUPO FAMILIAR. Reunión de varias familias por lazos del parentesco, de la sangre, del vínculo filial. (Padres, hijos, abuelos, tíos, primos, cuñados, nietos, bisnietos, tataranietos, choznos).c) GRUPO SOCIAL. Reunión de personas por vínculos diferentes al familiar. Los une factores económicos, sociales, culturales, deportivos, etc. Ejemplos: los miembros de un sindicato, los integrantes de un equipo deportivo.

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d) COMUNIDAD. Comprende una agrupación mayor de personas asentadas en un sector, región, barrio, que tienen intereses y necesidades comunes.e) SOCIEDAD. Es la mayor y más compleja unidad social, es una agrupación de seres humanos interdependientes que guarda cierta autonomía con respecto a otras sociedades, regida por una Constitución y Leyes.La unidad real del estudio sociológico es la SOCIEDAD.

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Es la ciencia que estudia las sociedades humanas, sus características, sus transformaciones, y la etiología de los fenómenos que aparecen en ellas.Etimológicamente la SOCIOLOGIA tiene dos raíces: una latina SOCIUS, que

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significa socio o compañero, y otra griega LOGOS, que significa tratado o estudio. En conclusión: SOCIOLOGIA quiere decir: tratado de la asociación

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humana.-

Progenitura Responsable Las relaciones de la familia se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja, y en el respeto recíproco entre todos los integrantes.-

Los padres son responsables de la asistencia y cuidado de los hijos. La PROGENITURA comprende la responsabilidad tanto del padre como de la madre, y también, de los parientes en línea recta ascendente.Los hijos habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes. La pareja puede decidir el número de hijos, y deberá sostenerlos y educarlos mientras sean menores e impedidos.83

Jurisdicción Especial de Familia A raíz del tratamiento que la Constitución de 1991 ha dado al régimen de familia, se constituyó la Jurisdicción Judicial de Familia para dirimir los conflictos dentro de ese orden. Por tal razón existen los jueces de familia, las Salas de Familia en los Tribunales Superiores de Justicia y en la Corte Suprema de Justicia, que comprende las diversas instancias judiciales que pueden emplear los pleitos relativos a esta Jurisdicción.Características de la Familia Las características de la Familia Colombiana

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según el texto constitucional comprenden los siguientes principios: 1. Es núcleo fundamental y básico de la sociedad.-

2. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos. (Matrimonio,

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unión extra matrimonial o unión libre).

3. Se conforma por la decisión libre de un hombre y una mujer. (Familia monogámica).

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4. Goza de protección integral del Estado y la Sociedad. 5. Tiene patrimonio familiar inalienable e inembargable. 6. Son inviolables la honra, la dignidad y la intimidad de la familia. 7. Existe igualdad de derechos y deberes de la pareja.8. Debe haber respeto recíproco entre todos sus integrantes.9. La violencia destruye la armonía y unidad familiar.10.Los hijos tienen iguales derechos y deberes. (legítimos, extra matrimoniales y adoptivos).11.La progenitora es responsable. (Comprende tanto la paternidad como la maternidad).12.La pareja decide el número de hijos.13.La pareja sostendrá y educará a los menores e impedidos.84

14.La Ley Civil rige los matrimonios, su separación y disolución, incluso los religiosos.15.El divorcio cesa el matrimonio. (Acaba con el vínculo sea civil o eclesiástico). 16.El Estado Civil de las personas lo determina la Ley. (derecho a la filiación). 17.Se garantiza la inviolabilidad del domicilio.18.Nadie será obligado a declarar contra sí mismo o contra sus familiares. (Derechos humanos).

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19.Existe apoyo del Estado a la mujer cabeza de familia.20.La familia tiene obligación de asistir y proteger al niño.(Derechos del Menor)

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21.La familia debe proteger a las personas de la tercera edad. (Senectud o ancianidad).

22.La familia es responsable de la educación, que será obligatoria

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entre los 5 y los 15 años de edad, con mínimo de un año de

preescolar y nueve de educación básica.

23.Los padres pueden escoger el tipo de educación para sus hijos menores.-

24.Protección del adolescente. Art. 45.25.Derecho irrenunciable a la Seguridad Social art.48.Este artículo 48 de la Carta fue adicionado con 8 Incisos y 8 Parágrafos mediante Acto Legislativo # 01 de 2005, reformatorio de la Constitución, todos relativos a la Seguridad Social. Merece mención el Inciso #3 que dice: “Para adquirir el derecho a la PENSIÓN será necesario cumplir con la edad, el tiempo de

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servicio, las semanas de cotización… como las demás condiciones que señala la ley…” 26. Artículo 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. 27. Artículo 50. Todo niño menor de un año… tendrá derecho a recibir atención gratuita en las instituciones de salud que reciban aportes del Estado. 28. Artículo 51. Todos los colombianos tienen derecho a VIVIENDA

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DIGNA.

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Los derechos del niño Los Derechos Humanos promulgados por las Naciones Unidas también se extienden a los niños. Por tanto todo menor de edad tiene derecho a: • La vida • Tener un Nombre, Apellidos y Nacionalidad • Recibir el cuidado de sus padres • Disfrutar de buena salud y cuidados para mantenerla • La Seguridad Social

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• La Educación que contribuya a su desarrollo integral

• La Recreación y la Participación en la vida cultural y artística • No ser discriminado por raza, sexo, idioma, religión, opinión política,

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posición económica.

• La Vida privada, la honra y reputación

RE V

• Ser protegido contra abusos o perjuicios de índole física, sexual, psíquica o mental

• Expresar su opinión libremente o difundirla y recibir información • Pertenecer a minorías étnicas, religiosas y lingüísticas. • La alimentación equilibrada

• Ser protegido contra explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. • Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. Art. 44.

87

Artículo 53º. Principios mínimos laborales constitucionales a) Igualdad de oportunidades para los trabajadores.b) Remuneración mínima vital.c) Irrenunciabilidad a los beneficios.d) Primacía de la realidad sobre formalidades.e) Garantía de seguridad social, capacitación, adiestramiento y descanso.f) Protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.periódico de las pensiones

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g) El Estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste h) Los CONVENIOS INTERNACIONALES del Trabajo debidamente

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ratificados, hacen parte de la legislación interna.-

i) Nada puede menoscabar la libertad, la dignidad humana, ni los

RE V

derechos de los trabajadores.-

Art. 54. Es obligación del Estado y de los empleados ofrecer formación profesional y técnica.-

Art. 56.- Se garantiza el derecho de HUELGA. Podemos afirmar que todas las condiciones y exigencias de la vida social tienen un denominador común: el TRABAJO. Se requiere el trabajo para alimentarse, vestirse, supervivir, amar, educarse, casarse, comunicarse, y en general para intervenir en la vía común del grupo social. Es en síntesis, el factor común en todos los estratos de la vida.Al extremo que el hombre útil que no trabaja es considerado un parásito, un inútil, un ocioso. Siendo la ociosidad el peor de los vicios. 88

No obstante, el trabajo social depende de la fluctuación entre la oferta y la demanda laboral.La existencia de relaciones feudales o semi-feudales predominantes en algunos sectores de la economía campesina, carentes de desarrollo capitalista o industrial, genera desempleo en el ámbito rural, en el campo.Nuestra Constitución Política en el art. 334 obliga al Estado, de manera especial, a intervenir para dar pleno empleo a los recursos humanos y

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asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos,

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tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos.-

89

1. DERECHOS ECONÓMICOS Nuestra Carta Política también contempla los derechos económicos de los colombianos, expresados en las siguientes normas: Artículo 58. Se garantiza la propiedad privada y los derechos adquiridos, que no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores.El interés privado deberá ceder al interés público o social.La propiedad es una FUNCIÓN SOCIAL que implica obligaciones.-

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A ella, le es inherente una FUNCIÓN ECOLÓGICA

Se promoverá las formas ASOCIATIVAS y SOLIDARIAS de propiedad

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El Estado podrá EXPROPIAR por motivos de utilidad pública o interés social, con indemnización previa.-

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Artículo 59. En caso de guerra habrá Expropiación sin previa indemnización.-

Artículo 60. Propiedad Accionaria, cuando el Estado enajene sus acciones en una empresa, para democratizar la operación, las ofrecerá a sus trabajadores o a las organizaciones solidarias.Artículo 61. El Estado protegerá la propiedad intelectual por la vida del autor y 80 años más Artículo 63. Los bienes públicos del Estado son INALIENABLES, IMPRESCRIPTIBLES e INEMBARGABLES. Garantía de que gozan.Artículo 64. Acceso progresivo a la propiedad de la tierra es deber del Estado para los trabajadores agrarios.90

Artículo 65. La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado.2. DERECHOS CULTURALES Artículo 67. La Educación es un Derecho de la persona y un servicio público, busca el acceso al conocimiento, la ciencia, la tecnología y los demás valores de la cultura.-

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Artículo 68. Los Particulares podrán fundar establecimientos educativos.Artículo 69. Se garantiza la autonomía universitaria.-

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Artículo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos, en igualdad de oportunidades.-

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Artículo 72. El Patrimonio cultural de la nación está bajo la protección del Estado.-

Artículo 73. La Actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional.Artículo 77. La dirección de la política en materia de TELEVISIÓN, la determina la ley.-

91

3. DERECHOS COLECTIVOS Y DEL AMBIENTE Esta sección de nuestro ordenamiento constitucional, que también hace parte del Bloque de Constitucionalidad se desarrolla en cinco artículos, así: Artículo 78. Control legal sobre la calidad y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad. Derecho especial para las organizaciones de consumidores y usuarios.Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente

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sano.Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la

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educación para el logro de estos fines.-

Artículo 80. El Estado planificará los recursos naturales para garantizar su

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desarrollo sostenible.-

También deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental. Igualmente cooperará con las naciones vecinas en la protección de los ECOSISTEMAS fronterizos.

Definición: Ecosistema: grupo natural de seres vivos (plantas, animales y humanos) cuyos procesos vitales se desarrollan o relacionan entre sí dentro del mismo espacio vital. Artículo 81. Queda prohibido la fabricación, importación, posesión y uso de ARMAS QUÍMICAS, BIOLÓGICAS y NUCLEARES, así como la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos. Se regulará el ingreso y salida al país de RECURSOS GENÉTICOS. 92

Definición: La biotecnología es la ciencia que utiliza las propiedades de los seres vivos con fines terapéuticos o industriales. La manipulación genética genera graves problemas jurídicos, pues se está empleando para crear organismos genéticamente modificados. Existe control constitucional.Artículo 82. Protección estatal de la integridad del espacio público y su destinación al uso común, que prevalece sobre el interés particular.Los municipios participarán en la PLUSVALÍA que genere la ocupación urbanística. Así lo prevee la Constitución.- Ejemplo; Las corralejas

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Definición: La plusvalía es el mayor valor de un bien generado por el

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trabajo, que se le incorpora a la materia prima.-

4 PROTECCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOS

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Artículo 83. La BUENA FÉ se presume en todas las actuaciones que los particulares adelanten ante las autoridades públicas.Artículo 84. Cuando un derecho o una actividad hayan sido reglamentadas de manera general, las autoridades públicas no podrán exigir otro requisito más.-

Artículo 85. DE APLICACIÓN INMEDIATA son los derechos consagrados en los artículos 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 37 y 40.-

93

ACCIONES FUNDAMENTALES Con la denominación de FUNDAMENTALES nuestra constitución designa las acciones que toda persona puede reclamar de los jueces para la inmediata protección de derechos vulnerados por la acción u omisión de la autoridad pública.Contempla nuestra Constitución las siguientes acciones fundamentales: 1. Acción Tutela- art. 86 CN. 2. Acción de Cumplimiento- art.87 CN.

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3. Acciones Populares- art.88 inciso. 1º CN.

4. Acciones de grupo o colectiva-art. 88 inciso. 2º CN. 5. Acción de Reparación- art. 90 CN.

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6. Acción de Repetir lo pagado-art.90 CN.

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Artículo 86. Acción de TUTELA. Toda persona podrá interponer acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción de cualquier autoridad pública.

Artículo 87. Acción de CUMPLIMIENTO “Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar

94

95

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la acción, la sentencia ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido” Artículo 88. Acciones POPULARES La Carta Magna, inciso 1º: “La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad públicos, la moral administrativa, la libre competencia económica y otras de similar

Artículo 88. Acciones de grupo

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naturaleza que se definen en ellas.”

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Se contempla esta acción en el inciso 2º del art. 88 de la Carta de Política, cuyo texto es: “También regulará las acciones originadas, en los daños ocasionados a un número plural de personas sin perjuicios de las

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correspondientes acciones particulares” Artículo 90. Acción de Reparación

“El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas”. Artículo 90. 2º parte. Acción de Repetir lo pagado “En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daño que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquel deberá repetir contra éste”

96

Consiste esta figura en reponer con sus BIENES al ERARIO la falla del servicio ocasionada por los empleados públicos. La acción de repetición se prevee en los art. ya mencionados así: art. 6. “Los particulares sólo son responsable ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones”

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5. LOS DEBERES Y OBLIGACIONES La Constitución ocupa un sólo artículo para referirse al presente tema, que

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comprende 9 numerales sobre los deberes ciudadanos a cumplir: Artículo 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional.-

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Todos estamos obligados a cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y el ciudadano: 1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o salud de las personas. 3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales. 4. Detener y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica. 97

5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país. 6. Propender al logro y mantenimiento de la paz. 7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia. 8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano. 9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado

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dentro de conceptos de justicia y equidad.

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LA NACIONALIDAD IMPORTANCIA: Es un principio fundamental de la Persona Humana, así lo consigna nuestra Carta Magna. Ningún colombiano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad. “Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia…” (artículo 2º, inciso 2 C.N). “Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la

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Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades” (artículo 4º, inciso 2 C.N).

“Los extranjeros disfrutarán en Colombia de los mismos derechos civiles

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que se conceden a los colombianos… y gozarán, en el territorio de la República, de las garantías concedidas a los nacionales…..” (artículo 100.

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C.N).

“La ley es obligatoria tanto a los nacionales como a los extranjeros residentes en Colombia” (artículo 10 del Código Civil). PRINCIPIOS DETERMINANTES. Para la determinación de la Nacionalidad histórica se han admitido tres principios jurídicos: 1. EL IUS SOLI: O sea el derecho a la nacionalidad determinada por el territorio, esto es, el lugar donde se nace. 2. EL IUS SANGUINI: O sea la nacionalidad determinada por el vínculo sanguíneo de los padres, por la raza de los progenitores. Ejemplo: El judío es judío así nazca en cualquier parte del mundo. 3. EL IUS DOMICILI: Se explica por el domicilio de los padres al momento del nacimiento. 99

NATURAL o NACIONAL. Estos términos son sinónimos, se refieren al vínculo de una persona con un determinado territorio por el hecho del nacimiento. Particularmente, los derechos políticos están reservados a los nacionales. La nacionalidad es de dos clases:

1. Por nacimiento 2. por adopción

Nacional por Nacimiento: se dá en los siguientes casos: 1. Los nacidos en Colombia de padre y madre colombianos.

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2. Los nacidos en Colombia siendo uno de los padres colombiano. 3. Los hijos de extranjeros nacidos en Colombia, siendo que uno de los padres esté domiciliado en el país.

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4. Los hijos que hubieren nacido en el exterior, siendo uno de los padres colombiano, y luego se domicilien en el país.

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Nacional por Adopción: pueden adquirir la calidad de colombianos: 1. Los extranjeros que soliciten y obtengan carta de naturaleza o nacionalidad, con el lleno de las exigencias legales. 2. Los nacidos latinoamericanos o vecinos del Caribe que se encuentren domiciliados en Colombia, que reúnan los requisitos de reciprocidad y se acojan a la ley. 3. Los pueblos indígenas que comparten territorio fronterizo; siempre que impere el principio de reciprocidad con el país vecino.

100

Doble Nacionalidad: la Constitución del 91 admite esta modalidad. Por tanto: a. El colombiano no pierde su nacionalidad por el hecho de adquirir otra. b. El nacionalizado por adopción en Colombia no está obligado a

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renunciar su nacionalidad de origen o de adopción

101

DESARROLLO TEMÁTICO A) El PREÁMBULO de la constitución tiene valor jurídico y por tanto es NORMA del texto constitucional. Así lo reconoció en sentencia C479 de 1991 la Corte Constitucional. Pag. 56 B) Colombia Estado Social de Derecho. Análisis del Abogado Felipe Paredes Benítez sobre el alcance político del término Social. Escrito en El Meridiano mayo 27 de 2001. Pág. 58

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C) Definición de Términos jurídicos. Consultar libro “Diccionario de la Constitución Política de Colombia”, autor Mario Madrid-Malo Garizábal.

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D) Bloque de Constitucionalidad. Consultar Revista IURIS #12, pág. 15. Autora Claudia Lozzi. Pág. 68

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E) DD.HH. Declaración Universal de Derechos Humanos son 30 artículos.- Editorial El tiempo. Conmemoratorio de los 60 años de vigencia. Pág. 72

F) Familia. Definición. Art. 42. Objetivos. Formas. Clases. Agrupaciones familiares. Filiación. Agrupamiento Social. Sociedad. Progenitora Responsable. Jurisdicción de Familia. Características de la Familia. Pág. 77

G) Derechos del NIÑO. Art. 44. Su denominación es hasta los 7 años. También se les llama infantes. Consultar: Preliminares del Código Civil Colombiano. Pág. 38

H) Principios

Laborales

Constitucionales.

Son

las

normas

fundamentales en materia Laboral, que priman por sobre la ley. Incluye el derecho de HUELGA. Pág. 85 102

I) Derechos Económicos. Del art. 58 al 65. La Propiedad es una Función Social. Los bienes públicos de la Nación son: inalienables, imprescriptibles e inembargables. La propiedad de la tierra es deber del Estado proporcionarla a los trabajadores agrarios. La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Pág. 87 J) Derechos Culturales. La educación es un Derecho de la persona y un servicio público para el acceso de la Ciencia y el Conocimiento. Libertad para la actividad Periodística. Pág.88 K) Derechos Colectivos y del Ambiente. Control del Estado sobre la

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calidad de los servicios prestado a la comunidad. Derecho a gozar de un ambiente SANO. Planificación de los recursos naturales para el desarrollo sostenible.

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L) Definición de Ecosistema. Prohibición de importación de armas Químicas, Biológicas y Nucleares.- Hay control constitucional sobre manipulación de la GENÉTICA. Averiguar por PLUSVALIA.- pág. 89

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M) Protección y Aplicación de los Derechos. Reconocimientos de ellos en las 35 normas mencionadas en el art. 85 de la Carta. Pág. 90 N) Acciones Fundamentales. Siendo la TUTELA la más importante. Se anexa modelo de ella.

O) La Nacionalidad. Universalmente toda persona debe tener una nacionalidad. Se logra por el nacimiento y la adopción. Pág. 96

103

RESUMEN DE LA UNIDAD Comprende esta Unidad desde el PREÁMBULO de la Constitución de 1991, el desarrollo de los Principios Fundamentales, incluyendo el texto de los DERECHOS HUMANOS, denominados BLOQUE de CONSTITUCIONALIDAD, que comprenden Derechos de 1ª y de 2ª Generación.-

del artículo 11 al 41.

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Son de 1ª los consignados como Fundamentales de aplicación inmediata,

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Son de 2ª Generación los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, consignados en los arts. Del 42 al 95.-

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Termina la Unidad con el tema de la Nacionalidad Colombiana.-

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AUTOEVALUACIÓN 1. Establecer diferencias entre Estado y Gobierno.2. Significado del Término República.3. Significado del Término Soberanía. Importancia de la soberanía popular.4. Explique el origen racial de mestizo, zambo y mulato.-

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5. Explique el contenido de Bloque de Constitucionalidad.6. ¿En qué consiste la Trata de seres humanos?

7. ¿Por qué la Declaración Universal de los Derechos Humanos

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tiene vigencia en Colombia?

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8. ¿Sobre qué trata el Estatuto de Roma?.-

105

Autoevaluación estilo ECAES 1. ¿Establezca diferencias entre Estado y Gobierno? a) Son los mismos b) Son diferentes, pero se complementan c) Estado es un organismo plural, dividido en Tres Ramas del poder público. La Ejecutiva se denomina también Gobierno 2. ¿En qué consiste la Trata de Seres Humanos? a) En las relaciones sociales entre las personas.

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b) Es de tres aspectos: Trata de Negros para someterlos a la esclavitud; Trata de Blancas para someter a la mujer a la prostitución, y Trata de menores, negocio de venta de niños para el negocio sexual.

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c) Vínculo de parientes y familiares.

3. Explique el origen racial de mestizo, zambo y mulato

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a) Son razas autóctonas latino-americanas.

b) Son combinaciones raciales de blanco, negro e indígena. c) Blanco e indio dá: Mestizo. Indio y Negro dá: Zambo.

Negro y Blanco dá: Mulato.

4. ¿Qué parientes están en el cuarto grado de consanguinidad? a) Abuelos b) Primos hermanos c) Cuñados 5. ¿En qué consiste el grado primero civil? a) Hijo adoptivo b) Hijo putativo c) Hijo de crianza 106

BIBLIOGRAFÍA 1. Constitución Política de 1991.2. Módulo sobre Derecho Constitucional.Ministerio de Justicia. Escuela Judicial.Rodrigo Lara Bonilla.-

3. Paredes Benítez Felipe. Escrito El Meridiano. Mayo 27 de 2001.-

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4. Constitución Política. Universidad de Pamplona.5. Monroy Cabra, Marco. Introducción al Derecho. 1994.6. Lozzi Moreno, Claudia. El paradigma de la Globalización.-

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Revista IURIS Nº12. CECAR

7. Madrid- Malo, Mario. Diccionario de la Constitución Política de Colombia.-

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8. EL TIEMPO. Editorial. 10 de Diciembre 2008. DD.HH.

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PRESENTACIÓN DE LA UNIDAD La Constitución que nos rige, desde luego, se ocupa del Territorio Patrio, para analizar, comenzando por los límites con los países vecinos, el mar territorial y sus islas, así como el subsuelo y el espacio aéreo, que espectro electromagnético.-

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comprende dos recursos: el segmento de la órbita geoestacionaria y el

“El territorio, con los bienes públicos que de él forman parte, pertenecen a

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la Nación”, como lo reconoce el art. 102 de la Constitución. Esos bienes de dominio público comprenden los Recursos Naturales, Recursos Genéticos,

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Bienes de Uso Público y Bienes Fiscales, que por su naturaleza son inenajenables, imprescriptibles e inembargables.Comprende también está UNIDAD la función ECOLÓGICA, la defensa del MEDIO AMBIENTE, incluyendo el texto de la Declaración de Rio de 1992. Pronósticos sobre el calentamiento global ante el fracaso del Protocolo de Kioto de reducir emisiones de gases que causan el efecto INVERNADERO, generado por los países industrializados del Planeta.Finalmente, la Participación Democrática para reclamar los Derechos Ciudadanos.-

109

OBJETIVOS Aún cuando nuestra estabilidad de vida en este planeta AZUL, como lo calificaron los astronautas que pisaron la Luna, no obstante el patrioterismo generado por la división territorial de las Naciones, en el curso del tiempo, ha generado guerras y conflictos insolubles, que constituyen el plato del día, a pesar de los esfuerzos de la Organización de

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las Naciones Unidas (ONU), y demás organismos de índole continental como la OEA, la unión Africana, la unión Europea, la Asiática y de

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Oceanía.-

Este capítulo está dirigido a conocer nuestro suelo patrio en sus distintos elementos: Territorio, agua y espacio aéreo, que en virtud de las normas

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constitucionales y legales nos permiten vivir en esta porción del Planeta Tierra, único con habitantes dentro del sistema SOLAR.De los (3) requisitos básicos para la conformación de un ESTADO el PAIS o Territorio es uno de ellos, los otros dos son NACIÓN o Población y Juridicidad o CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Por tal razón la Constitución contempla el estudio y comprensión del Territorio Patrio, que se analiza en todos los aspectos: superficie, aguas o mares y espacio aéreo, así como los recursos que provienen de minerales, pesca y los del espacio. Todos son bienes públicos cuya propiedad es común de todos los habitantes colombianos. 110

ACCIONES PARA CONSTRUIR EL CONOCIMIENTO 1. El estudiante debe esmerarse en leer no solo la UNIDAD si no en superar nuevos y mejores conocimientos.temas de la UNIDAD.-

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2. Con los compañeros de grupo efectuar prácticas sobre los diversos 3. Acudir a Enciclopedias y Diccionarios propios o, de la Biblioteca de CECAR, para aclarar conceptos y definiciones.Ambiente.-

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4. Adquirir, si es posible, el código de Recursos Naturales y del Medio 5. Consultar el texto “Diccionario de la Constitución Política de

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Colombia. Ed. Legis. Autor Mario Madrid-Malo Garizábal”

111

A T R É V E T E A O P I N A R 1. ¿Qué son Recursos Renovables y no Renovables? con ejemplos.

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2. ¿Qué son Recursos Genéticos y su fundamento legal?.3. Explique los dos Recursos del Espacio Aéreo, con detalles.-

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4. ¿Qué son Bienes Fiscales? con ejemplos.-

5. Importancia del Acuífero MORROA. (averiguar en Carsucre)

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6. Definición de Ecología y distinguir entre factores Bióticos y Abióticos.

7. ¿Qué significa Desarrollo Sostenible?

112

UNIDAD 3 TERRITORIO PATRIO- BIENES PÚBLICOS- ECOLOGÍACALENTAMIENTO GLOBAL

EL TERRITORIO PATRIO Es la descripción de nuestro País, partiendo de los límites de Colombia con las naciones vecinas: Panamá, Venezuela, Brasil, Perú y Ecuador, establecidos mediante tratados internacionales y aprobados por el Congreso de la República, debidamente ratificados por el Presidente, y los

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definidos, también, por laudos arbitrales en que ha sido parte la nación.Artículo 101. Igualmente hacen parte de Colombia, a más del territorio continental, el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la pertenecen.-

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isla de Mapelo y demás islas, islotes, cayos, morros y bancos que le

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También son parte de Colombia, el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético.

Los recursos naturales son de dos clases: Renovables y NO Renovables. Son RENOVABLES los bienes que se pueden restituir, rehacer, perseverar, restaurar, que como recursos de la naturaleza son de utilidad pública e interés social. NO RENOVABLES son los bienes fungibles, consumibles, que desaparecen con su uso, que no se pueden restituir, como las minas y los productos del suelo. 113

Artículo 102. El territorio, con los bienes públicos que de él forman parte, pertenece a la Nación.Son bienes públicos de la nación aquellos cuyo dominio pertenece a la República de Colombia. Esos bienes de dominio público son: 1- Los RECURSOS NATURALES Que son los elementos primarios de que se ha servido el hombre en su evolución histórica desde el comienzo de la humanidad, indispensable para la supervivencia. 2- Los RECURSOS GENÉTICOS Comprende los productos de la

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biodiversidad de Flora y Fauna colombianas. Bien admitido por el Consejo de Estado al considerarlo como Patrimonio Nacional, en calidad de inalienable, imprescriptible, e inembargable.

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3- Los BIENES DE USO PÚBLICO, cuyo uso pertenece en común a todos los habitantes, como calles, plazas, parques, puentes, carreteras, caminos.

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4- Los BIENES FISCALES cuyo uso pertenecen al Estado, que comprende los recaudos de impuestos y otros ingresos que conforman el patrimonio oficial. Ej: El Palacio de Nariño, la Gobernación de Sucre, la granja Turipaná, los baldíos, minas, yacimientos y demás recursos no renovables.

LOS RECURSOS NATURALES Se denominan recursos naturales los elementos primarios y básicos de que se ha servido el hombre en su evolución histórica desde el comienzo de la humanidad, indispensable para la supervivencia. Estos elementos son:

114

a) La atmósfera o espacio aéreo, comprende: aire, oxígeno. b) La tierra o suelo agrícola, y el subsuelo. c) Las aguas o mares y ríos, lagos, ciénagas, acuífero. d) La flora comprende las plantas, la vegetación. e) La fauna comprende los animales, Incluye al hombre El Ambiente es el escenario de los recursos naturales y constituye patrimonio común de la humanidad, indispensable para la supervivencia y el desarrollo económico de los pueblos.

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“Toda persona tiene derecho a disfrutar de ambiente sano”, así lo consagra la Constitución. Arts. 79, 334.

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LOS RECURSOS GENÉTICOS

El Consejo de Estado en importante fallo ha resuelto que los recursos genéticos son parte de los bienes biológicos producto de la biodiversidad

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de flora y fauna, por tanto son de propiedad del Estado Colombiano.Colombia es uno de los 130 países del mundo que adhirió el convenio sobre diversidad biológica aprobado el 5 de julio de 1992 en la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro-Brasil, convocada por la O.N.U, y que se contiene en el documento AGENDA 21. Igualmente, Colombia es signataria del Acuerdo de Cartagena, según la Decisión 391 de 1996 que define la biodiversidad como bien estratégica y reconoce los recursos genéticos como patrimonio del Estado de cada país miembro del Bloque Andino, por tanto, es propiedad pública de cada nación.

115

Los juristas fundamentan su apreciación legal partiendo de que los recursos genéticos no son susceptibles de actos de posesión que conduzcan a ganar el dominio por prescripción, en razón a que no están en el comercio, en los términos del art. 2518 del C.C. y por lo tanto, son inalienables, imprescriptibles e inembargables. Igualmente, son bienes de dominio público por ser parte del patrimonio cultural de la Nación, cuya protección proviene del Estado, como lo prevee

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el art. 63 de la Constitución Nacional.

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BIENES DE USO PÚBLICO

Los bienes de Uso Público constituyen patrimonio del Estado y pertenecen

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en común a todos los habitantes: como calles, plazas, caminos carreteras, parques, para uso de la comunidad, las cuales son inenajenables, inembargables, e imprescriptibles

También son bienes de Uso Público las playas, islas, cayos, islotes, morros, bancos marinos y los BALDIOS NACIONALES. El tránsito por playas y riberas, para usar las aguas, por ministerio de la ley, no requiere permiso. Igualmente los ríos, lagos, lagunas, ciénagas y todas las aguas que corren por cauces naturales entre varios predios, son bienes del Estado. Se incluye, así mismo, los parques naturales, las tierras comunales, el patrimonio arqueológico de la Nación. Art. 63. 116

DOMINIO DEL ESPACIO EL ESPACIO AÉREO es parte del territorio de Colombia. Es un bien de Uso Público inalienable de la Nación, que goza de la garantía de ser imprescriptible e inembargable. El espacio aéreo o atmósfera incluye dos bienes: 1. El segmento de la órbita geoestacionaria; art. 101 de la Carta

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2. El espectro electromagnético. Art. 75, 76 y 101

Ambos bienes son recursos naturales del país.

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El espectro electromagnético o radio-sonoro-lumínico es el conjunto de ondas y radiaciones de sonidos e imágenes provenientes de fenómenos

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ondulatorios, que ocasionan distintas frecuencias en el espacio. Este concepto es flexible porque comprende la transmisión de información por código binario.

Frecuencias que son de dominio del Estado para el funcionamiento de la radio, televisión, internet, celulares y de las comunicaciones en general. Se define y reglamenta en los arts. 75 y 76 de la Carta Magna. El segmento de la Órbita Geoestacionaria se localiza a gran altura sobre la superficie terrestre en la zona exclusiva de la línea del ECUADOR. En ella puede instalarse un satélite artificial para las radiocomunicaciones y el servicio de televisión, que por calidad de ESTACIONARIO por acción de la gravedad, rota con la TIERRA, permanece fijo, sin desviarse ni cambiar de posición. 117

Gozan de este recurso los países localizados en la línea ECUATORIAL de América del sur, de África y de Oceanía.Sólo Venezuela ha aprovechado, hasta ahora, el recurso geoestacionario con el satélite Libertador SIMÓN BOLÍVAR a partir de 2008.-

DOMINIO DEL SUELO Son de propiedad de la Nación todos los bienes existentes dentro del

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territorio, cuando carecen de otro dueño legítimo. Entre tales bienes nacionales se encuentran los BALDÍOS.

Baldío es el terreno rústico, inculto, sin explotar, que aún no ha sido

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adjudicado por el Estado a persona alguna, que no es propiedad particular, y por tanto, pertenece al dominio de la Nación. (Art. 2º Ley 200

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de 1936). La Ley 48 de 1882, vigente, en el art. 3º dispone: “Las tierras baldías se reputan bienes de uso público y su propiedad no prescribe contra la Nación, en ningún caso, de conformidad con lo dispuesto en el art. 2519 del Código Civil”.

Los playones y sabanas comunales constituyen reserva territorial del Estado y son Imprescriptibles. No podrán hacerse adjudicaciones de baldíos donde estén establecidas comunidades indígenas o que formen su hábitat. (Ley 160 de 1994, art. 69). El Estado otorga título traslatico de dominio sobre terrenos baldíos por intermedio del INCODER, instituto que tiene la atribución específica de administrar el patrimonio baldío de la Nación.118

Existe explotación económica del suelo cuando las labores agrícolas o la ocupación pecuaria se realizan en forma estable y no de manera accidental o transitoria, con esfuerzo y trabajo del tenedor del terreno.No son sujetos de ADJUDICACIÓN de baldíos las personas naturales o jurídicas propietarias o poseedoras de predios rurales en el territorio Nacional.Los terrenos baldíos ubicados en las costas nacionales y en las regiones limítrofes con las naciones vecinas, podrán ser adjudicados únicamente a

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colombianos de nacimiento. (Decreto 1415 de 1940. Art. 5º) Se trata de un derecho exclusivo a colombianos por nacimiento.-

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DOMINIO DEL SUBSUELO

El subsuelo es también recurso natural del país y pertenece al patrimonio de la Nación. El art. 332 de la Carta lo define: “El Estado es propietario del

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subsuelo y de los recursos naturales no renovables”. Por tal razón es dueño del acuífero MORROA, que surte de agua potable a Sincelejo y otros municipios de Sucre, Bolívar y Córdoba A partir del 28 de Octubre de 1873, fecha de expedición del Código Fiscal, el Estado se reservó para sí la propiedad de los minerales y combustibles fósiles del subsuelo, estos llamados bitúmenes. El Libertador SIMÓN BOLÍVAR, cuando el gobierno de la Gran Colombia, expidió en Quito el Decreto sobre el Régimen de Minas (Oct. 24 de 1825), en cuyo art. 1º se estatuye: “Conforme a las leyes, las Minas de cualquier clase corresponden a la República”. La nacionalización del petróleo arranca de esa fecha.

119

Por lo tanto, las minas de ORO, CARBON, NIQUEL, en explotación a cargo de empresas extranjeras, son de propiedad de la nación, es decir, del pueblo colombiano.Como recursos de la Nación los bienes del subsuelo son inenajenables e imprescriptibles. DOMINIO DEL AGUA

Ó N

Las aguas son bienes de dominio público que pertenecen a la Nación y por lo tanto son inalienables e imprescriptibles como las define el art. 80 del Código de Recursos Naturales y del Medio Ambiente. Este criterio coincide con el art. 2519 del C.C. que terminantemente reza: “Los bienes de uso

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Público no se prescriben en ningún caso”.

“Los ríos y todas las aguas que corren por cauces naturales son bienes de

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Uso Público” así lo estatuye el artículo 677 del Código Civil. Son aguas de dominio privado las que nacen y mueren dentro de la misma finca o heredad, como los pozos artesianos, lagos, jagüeyes y fuentes que no salen del predio en que surgen o emanan. La Ley 79 de 1986 o LEY DEL AGUA, reglamenta el uso y utilización de este importante Recurso Natural renovable.Las aguas se clasifican en: a) METEÓRICAS, que están en la atmósfera. b) SUBTERRÁNEAS, en las profundidades del suelo, como los acuíferos que alimentan el acueducto de Sincelejo.-

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c) SUPERFICIALES, que pueden ser detenidas como los lagos, lagunas, ciénagas, estanques o embalses, y de escorrentía como los arroyos y acequias que escurren por cauces naturales o artificiales.Los organismos estatales que tienen relación con el AGUA son el Ministerio del Medio Ambiente, el IDEAM (Instituto de Hidrología, Metereólogia y Estudios Ambientales), y las corporaciones autónomas regionales como Carsucre y Corpomojana, en el departamento de Sucre.

Ó N

Toda persona tiene derecho a utilizar las AGUAS de Dominio Público para satisfacer sus necesidades elementales, las de su familia y de sus animales, siempre que con ello no cause perjuicio a terceros.-

IS I

El uso deberá hacerse sin establecer derivaciones ni emplear máquina o aparato, ni detener o desviar el curso de las aguas, ni deteriorar el cauce,

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o las márgenes de la corriente ni alterar o contaminar las aguas en forma que imposibilite su aprovechamiento por terceros. Cuando para el ejercicio de este derecho se requiera transitar por predio ajeno, se deberá imponer la correspondiente SERVIDUMBRE DE AGUAS o de tránsito, como lo prevee el art. 86 del Código de Recursos Naturales. Sólo mediante CONCESIÓN puede hacerse uso de las aguas. El otorgamiento de la concesión y su prelación están sujetas a las normas legales que rige la materia. En cuanto la regulación de aguas existen las siguientes servidumbres: a) De Acueducto. b) De desagüe y de recibir aguas. (Drenaje y avenamiento). 121

c) De presa y estribo, consiste en apoyar sobre el predio adyacente las obras necesarias para alguna presa, o derivación del cauce de una corriente o depósito de aguas. d) De ribera, que consiste en no construir ni cultivar el espacio necesario para la navegación, la pesca u otras actividades. e) De tránsito, para el transporte de agua o abrevadero de ganado. En toda TITULACIÓN de baldíos se hace constar que los terrenos de cuyo dominio se desprende el Estado, quedan sujetos a las servidumbres pasivas para futura construcción de vías, acueductos, canales o drenajes,

Ó N

hacia la adecuada explotación de los fundos.

IS I

SOBERANÍA DEL MAR

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Colombia tiene costas sobre el mar Caribe y el océano Pacífico. Art.101 1. Mar Territorial y Zona Contigua, comprende la extensión de la costa y de la frontera marítima hasta 12 millas mar adentro, sobre la que ejerce plena soberanía un Estado, según convenio Internacional. Colombia adoptó el mar territorial en 1978 por decisión del Congreso de la República.

2. Plataforma Continental. Comprende la prolongación submarina de la costa continental y el subsuelo del mismo, hasta una extensión de 200 millas. En ellas el Estado ejerce derechos de explotación, exploración y conservación de los recursos minerales del suelo y subsuelo.3. Zona Económica Exclusiva. Porción de mar adyacente a las costas del Estado hasta una extensión de 200 millas (*), rica en plánton. El 122

Estado tiene plenos y exclusivos derechos a la exploración, explotación y conservación de los recursos naturales vivos, siendo sus aguas y espacio aéreo de libre navegación. ___________________________________________________

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IS I

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(*) Milla Marina: 1852 metros

123

FUNCIÓN ECOLÓGICA Medio Ambiente ----- Ecosistemas Definición: Son diversas las definiciones que se han dado de Ecología Destaquemos éstas: “Ecología es el estudio de las relaciones de los seres vivos y su medio ambiente”.-

ambiente”.

Ó N

“Es el estudio de las interrelaciones entre los organismos y su medio

Preferible estás otras: “La Ciencia que estudia las condiciones de existencia de los organismos vivos y las interrelaciones de todo tipo

IS I

existente entre ellos y su medio ambiente”.

“Es la Ciencia que estudia las relaciones entre los seres vivos y las

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condiciones de vida que les ofrece el medio ambiente en que habitan; y cómo influyen a su vez estos seres en el ambiente propio de ellos o en el de otros seres”. (Armando Dugand Gnecco). La Ecología también puede definirse: “Es el conjunto de normas, de leyes, decretos y reglamentos que rigen la interacción entre los seres vivos y su entorno. Estudia las relaciones de los animales y las plantas en el medio en que habitan; las relaciones entre las distintas especies y el desarrollo conjunto formado por el medio y los seres vivos”. (Atlas de Ecología) Etimológicamente proviene del término griego OIKOS (casas) y del vocablo latino LOGOS (tratado), lo que significa: estudio de la casa, o sea, tratado de la relación con el medio, con el entorno.

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Origen. Inicialmente se consideró como parte de las ciencias naturales, después como de las ciencias biológicas, y más tarde como ciencia independiente. El término ECOLOGÍA lo estableció el científico alemán ERNEST HAECKEL en el año 1869, quien lo definió como “El estudio de las relaciones de un organismo con su ambiente inorgánico y orgánico”. Tiene como ciencias auxiliares la biología, la meteorología, la geología, la antropología, la sociología, la economía, etc. Importancia. La ecología en los tiempos modernos se ha generalizado

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ampliamente. Persigue evitar la contaminación que genera el uso de aceites y gasolinas, o sea, la desulfuración de combustibles. Para lograr lo anterior hay que propiciar la conservación y control de

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explotación de los recursos naturales, mediante constante tarea educativa, de concientización y de acción por la defensa del Medio

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Ambiente.

Medio Ambiente. Se entiende por medio ambiente o hábitat la constancia en un sitio o lugar determinado de factores como la topografía, el suelo, el clima, la luminosidad, la humedad, las aguas, los vientos, los alimentos, la flora existente, los nutrientes, etc., que contribuyen al desarrollo de una comunidad de seres vivos. Todo ello, teniendo en cuenta las estaciones, la posición de la Tierra respecto al sol. Circunstancias estas que determinan los factores bióticos y abióticos. Ecosistemas. Es la unidad fundamental de la biosfera, de la naturaleza o del medio ambiente, el hábitat, que comprende los factores físicos y químicos indispensables para el desarrollo de los organismos vivos, etc.

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Es el ambiente propio en que se desarrolla una comunidad de seres vivos (de flora y fauna), o sea el lugar propicio donde habita un conjunto de seres vivos, conforme las condiciones del medio ambiente. Los factores ABIÓTICOS son los parámetros físicos y químicos que influyen en los organismos, como son: temperatura, luz solar, agua, suelo, vientos, acidez, etc. Los factores BIÓTICOS se refieren a las interacciones o relaciones recíprocas de los seres vivos de un ecosistema, que comprende la

Ó N

vegetación, los animales, incluyendo al hombre.

Todos los integrantes de un ECOSISTEMA se interrelacionan entre sí, y con

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la materia y energía propia de su ambiente físico-químico.

ECOSISTEMA es la integración de la comunidad orgánica con el ambiente abiótico, que comprende a todos los organismos vivos existentes en el

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Planeta Azul o globo terráqueo.

(Extracto del libro “Ecología de Guadalupe”. Ana María Vázquez Torre. Mexicana). ESTRUCTURA ECOLÓGICA.

La Ley 23 de 1973 o Ley Marco de los Recursos Ecológicos Nacionales facultó al Presidente de la República para expedir el Estatuto de los Recursos Naturales, lo que se hizo por intermedio del DECRETO 2811 de 1974, denominado CÓDIGO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE. Resultado de la declaración Ambiental adoptada en Rio de Janeiro en 1992 La Constitución Política de 1991, art. 58, reconoce que además de la función social, a la propiedad le es inherente una función ecológica, siendo canón de normatividad superior, es obligatorio para la protección,

126

conservación, manejo y fomento sostenible de los recursos naturales para el beneficio futuro de la humanidad en el planeta. Por lo tanto son objetivos de la Ecología: 1. La atmósfera o espacio aéreo. 2. Las aguas en cualquiera de sus estados. 3. La Tierra, suelo y subsuelo. 4. La flora. 5. La fauna.

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6. Las fuentes primarias de energía no agotables (energía Eólica) 7. Las pendientes topográficas con potencial energético 8. Los recursos geotérmicos.

IS I

9. Los recursos biológicos.

RE V

10.Los recursos del paisaje.

LA BIOSFERA

La TIERRA es el único planeta conocido en el que hay signos de vida. Los organismos vivos ocupan ambientes numerosos y variados, pero su distribución se concentra en una fina capa de tierra, agua y aire que se llama BIOSFERA. La biosfera se compone de tres medios ambientes físicos principales que interactúan constantemente para conservar, reproducir y desarrollar la vida: la tierra, el agua y el aire. La LITOSFERA corresponde a la parte sólida de la biosfera: continentes, islas y fondo marino. 127

La HIDROFERA está compuesta por el agua del planeta, salada y dulce: océanos, ríos, lagos y aguas subterráneas. La ATMÓSFERA corresponde al espacio aéreo en donde la vida puede desarrollarse.

AMENAZAS SOBRE EL PLANETA Todos los ambientes de la biosfera están amenazados por los seres

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humanos. La atmósfera está contaminada con gases industriales y domésticos que producen niebla tóxica, lluvia ácida, y adelgazamiento de la capa de ozono. El agua y el suelo están contaminados con desechos

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industriales y agrícolas y basura doméstica. Se talan bosques y se modifican litorales para dar espacio al turismo.

RE V

En cuanto a los residuos nucleares, estos constituyen un problema a largo plazo cuyas consecuencias no se conocen completamente.La mayoría de los ecosistemas están afectados por sustancias contaminantes dispersadas por el viento, los ríos, o las corrientes oceánicas. Ciertas especies vivas ya se han extinguido y muchas otras están en peligro. Poco a poco los humanos están tomando conciencia del daño que causan al medio ambiente y esforzándose por limitar su contaminación. Aunque el reciclaje de basura, la creación de zonas protegidas, y el tratamiento de aguas residuales son acciones positivas, aún no son suficientes. Transcribimos a continuación el texto de la Declaración del Rio sobre el medio ambiente de 1992: 128

TEXTO DECLARACIÓN DE RÍO SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO La conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Habiéndose reunido en Río de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992

Ó N

Reafirmando la declaración de la conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, aprobada en Estocolmo el 16 de junio de 1972 y tratando de basarse en ella,

IS I

Con el objetivo de establecer una alianza mundial nueva y equitativa, mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores claves de las sociedades y las personas, Procurando alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad del sistema ambiental y de desarrollo mundial,

RE V

Reconociendo la naturaleza integral e interdependiente de la tierra, nuestro hogar,

PROCLAMA que:

Principio 1. Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.

129

Principio 2. De conformidad con la carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar porque las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de los límites de la jurisdicción nacional. Principio 3. El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales

Ó N

de las generaciones presentes y futuras.

Principio 4. A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del

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medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.

RE V

Principio 5. Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo.

Principio 6. Se deberá dar especial prioridad a la situación y las necesidades especiales de los países en desarrollo, en particular de los países menos adelantados y los más vulnerables desde el punto de vista ambiental. En las medidas internacionales que se adopten con respecto al medio ambiente y el desarrollo, también se deberían tener en cuenta los intereses y las necesidades de todos los países.

130

Principio 7. Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la tierra. En vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los países desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la búsqueda internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones que sus sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las tecnologías y los recursos financieros de que disponen.

Ó N

Principio 8. Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenible y fomentar políticas

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demográficas apropiadas.

Principio 9. Los Estados deberían cooperar en el fortalecimiento de su

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propia capacidad de lograr el desarrollo sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la adaptación, la difusión y la transferencia de tecnologías especialmente de tecnologías nuevas e innovadoras.

Principio 10. El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los 131

Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población, poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes. Principio 11. Los Estados deberán promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente. Las normas, los objetivos de ordenación y las prioridades ambientales

Ó N

deberían reflejar el contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican. Las normas aplicadas por algunos países pueden resultar inadecuadas y representar un costo social y económico injustificado para otros países, en

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particular para los países en desarrollo.

Principio 12. Los Estados deberían cooperar en la promoción de un

RE V

sistema económico internacional favorable y abierto que llevará al crecimiento y al desarrollo sostenible de todos los países, a fin de abordar en mejor forma los problemas de la degradación ambiental. Las medidas de política comercial con fines ambientales no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción velada del comercio internacional. Se debería evitar tomar medidas unilaterales para solucionar los problemas ambientales que se producen fuera de la jurisdicción del país importador. Las medidas destinadas a tratar los problemas ambientales transfronterizos o mundiales deberían, en la medida de lo posible, basarse en un consenso internacional. Principio 13. Los Estados deberían desarrollar la legislación nacional relativa a la responsabilidad y a la indemnización respecto a las víctimas 132

de la contaminación y otros daños ambientales. Así mismo los Estados deberán cooperar, de manera expedita y más decidida, en la elaboración de nuevas leyes internacionales sobre responsabilidad e indemnización para los efectos adversos de los daños ambientales causados por las actividades realizadas dentro de su jurisdicción, o bajo su control en zonas situadas fuera de su jurisdicción. Principio 14. Los Estados deberían cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicación y la transferencia a otros Estados de cualesquiera actividades y sustancias que causen degradación ambiental

Ó N

grave o se consideren nocivas para la salud humana.

Principio 15. Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados

IS I

deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar

RE V

la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente. Principio

16.

Las

autoridades

deberían

procurar

fomentar

la

internacionalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina debe, en principio, cargar con los costos de la contaminación, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales. Principio 17. Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto negativo

133

considerable en el medio, y que esté sujeta a la decisión de una autoridad nacional competente. Principio 18. Los Estados deberán notificar inmediatamente a otros Estados todo lo relacionado con los desastres naturales u otras situaciones de emergencias que puedan producir efectos nocivos súbitos en el medio ambiente de estos Estados. La comunidad internacional deberá hacer todo lo posible por ayudar a los Estados que resulten afectados. Principio 19. Los Estados deberán proporcionar la información pertinente,

Ó N

y notificar previamente y en forma oportuna, a los Estados que posiblemente resulten afectados por actividades que puedan tener considerables efectos ambientales transfronterizos adversos, y deberán

IS I

celebrar consultas en esos Estados en una fecha temprana y de buena fe. Principio 20. Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la

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ordenación del medio ambiente y en el desarrollo. Por tanto, es imprescindible contar con su plena participación para lograr el desarrollo sostenible.

Principio 21. Debería movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los jóvenes del mundo para forjar una alianza mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y asegurar un mejor futuro para todos. Principio 22. Las poblaciones indígenas y sus comunidades, así como otras comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo, debido a sus conocimientos y prácticas tradicionales. Los Estados deberían reconocer y apoyar debidamente su identidad, cultura e intereses, y hacer posible su participación efectiva en el logro del desarrollo sostenible. 134

Principio 23. Deben protegerse el medio ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresión, dominación y ocupación. Principio 24. La guerra es, por definición, enemiga del desarrollo sostenible.

En

consecuencia,

los

Estados

deberán

respetar

las

disposiciones de derecho internacional que protegen el medio ambiente en épocas de conflicto armado, y cooperar en su ulterior desarrollo, según sea necesario.

interdependientes e inseparables.

Ó N

Principio 25. La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son

Principio 26. Los Estados deberán resolver pacíficamente todas sus controversias sobre el medio ambiente por los medios que corresponda,

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según lo planteado en la Carta de las Naciones Unidas.

Principio 27. Los Estados y las personas deberán cooperar de buena fe y

RE V

con espíritu de solidaridad en la aplicación de los principios consagrados en esta Declaración y en el ulterior desarrollo del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible.

Para

obtener

información

sobre

TRATADOS

Y

PROTOCOLOS

INTERNACIONALES en materia de Legislación Ambiental, el estudiante debe abrir el email de COLCIENCIAS, cuyo registro electrónico es: WWW.Colciencias.Gov.Co Colombia suscribió la Declaración de Rio mediante la firma de ese tratado por el presidente César Gaviria Trujillo.-

135

LEGISLACIÓN AMBIENTAL La mayor preocupación actual de las naciones y gobiernos del mundo la constituye el aspecto Ambiental, debido recientemente, al calentamiento global, cuyas consecuencias se estiman fatales para la supervivencia de las especies. La legislación en Materia Ambiental la conforman las normas siguientes:

Ó N

1. Decreto ley 2811 de 1974, o Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

2. Constitución Politica de 1991, considerada como Constitución

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Ecológica.

3. Declaración de Rio de Janeiro de 1992 sobre Medio Ambiente, patrocinada por las Naciones Unidas, con participación de todos los

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Estados y Gobiernos del mundo, que reafirma los postulados aprobados en Estocolmo en 1972. 4. Ley 99 de 1993, que crea el Ministerio del Medio Ambiente, el SINA y las corporaciones regionales ambientales, siendo Sucre favorecido con dos: CARSUCRE Y CORPOMOJANA. 5. Ley 357 de 1997 que aprueba la Convención sobre Humedades de RASMAL en 1971, convocada por las Naciones Unidas. 6. Sentencia 126 de abril 1 de 1998 de la Corte Constitucional por la cual avaló la constitucionalidad de toda la legislación ambiental anterior en Colombia.

136

CONSTITUCIÓN ECOLOGISTA LA DE 1991 1. Respeto a la dignidad humana (art. 1) 2. Promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes, son fines del Estado (art. 2) 3. El derecho a la vida es inviolable (art. 11) 4. A la propiedad le es inherente una función ecológica que implica Obligaciones (art.58 inciso. 2)

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5. Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano (art. 79 inciso. 1)

6. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del

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ambiente, conservar las áreas de importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines (art. 79 inciso. final) 7. Serán responsables quienes atenten contra la salud, la seguridad a

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consumidores y usuarios (art. 78 inciso.2)

8. El Estado planificará el manejo de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible (art.80 inciso. 1) 9. El Estado deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental (art. 80 inciso. 2)

10. El Estado cooperará en la protección de los ecosistemas fronterizos (art. 80 inciso. 3) 11. Se prohíbe la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos (art. 81 inciso. 1) 12. El Estado regulará el ingreso y salida al país de los recursos genéticos (art. 82 inciso final) 137

13. El Estado debe velar por la protección e integridad del espacio público y su destinación al uso común. 14. Las entidades públicas participarán en la Plusvalía de la acción urbanística en la utilización del suelo y espacio aéreo en defensa del interés común (art. 82 inciso final) 15. Es deber de toda persona proteger los recursos culturales y naturales y velar por la conservación de un Ambiente sano (art.95 num.8) 16. El Estado intercederá en racionalizar la economía para el

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mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución de las oportunidades, los beneficios del desarrollo y la preservación de un Ambiente sano (art. 334 inciso. 1)

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17. El estado intervendrá para dar pleno empleo a los recursos

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humanos (art. 334 inciso. 2)

138

PRINCIPIOS AMBIENTALES CONSIGNADOS EN LA LEY 99 DE 1993 El Desarrollo sostenible del Ambiente en Colombia se orienta conforme a los principios universales: 1. La biodiversidad del país debería ser protegida 2. Vida saludable y productiva en armonía con la Naturaleza. 3. Protección especial de los páramos, nacimientos de agua y zonas de recargue de acuíferos.

Ó N

4. Los recursos hídricos tendrán prioridad para el consumo humano. 5. Las políticas Ambientales tendrán en cuenta el resultado de los procesos de investigación para impedir la degradación del medio

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ambiente.

6. El Estado preservará la conservación de los recursos Naturales y renovables.

RE V

7. El paisaje como patrimonio común debe ser protegido. 8. Prevenir los desastres naturales. 9. La protección y recuperación del Medio Ambiente en Colombia es tarea conjunta del Estado y la comunidad. 10. El estudio del impacto Ambiental será tenido en cuenta para la toma de decisiones sobre obras y actividades Ambientales 11. El

manejo

Ambiental

de

Colombia

será

descentralizado,

democrático, y participativo. 12. Para conocer el manejo Ambiental del país se establece el SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL (SINA) 13. Las instituciones Ambientales del Estado se interrelacionan con los procesos de planificación Económica, Social y Física del país. 139

TÉRMINOS IMPORTANTES 1) Desarrollo Sostenible: Consiste en el crecimiento económico, en la evaluación de la calidad de vida y el bienestar social, sin agotar los recursos naturales renovables ni deteriorar el medio ambiente, para garantizar tales derechos a las futuras generaciones 2) Valor Agregado: Consiste en el esfuerzo humano o tecnológico incorporado a la materia prima, que le proporciona incremento al valor o plusvalía, que en teoría de MARX se define como el valor mayor producido por el trabajo asalariado, cuyo beneficio lo recibe el capitalista, y de allí

Ó N

proviene la acumulación de Capital o Riqueza.

3) Ordenamiento Ambiental: Es la función del Estado de regular el diseño de planificación del uso del territorio y de los recursos naturales

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renovables de la nación, para garantizar su desarrollo sostenible. 4) SINA: Sistema Nacional Ambiental para el desarrollo sostenible del país

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mediante el empleo de Ciencias y Tecnología en cinco (5) institutos de investigación, adscritos al Ministerio del Medio Ambiente así: a) Instituto de Hidrología, meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM): analiza la información climática y Ambiental del país

b) INVEMAR: Instituto destinado a la investigación de áreas marinas y sub marinas del país, denominado “José Benito Vives de Andreis” c) AMAZONIA: Instituto encargado de los recursos de esa zona, denominado investigaciones SINCHI d) Instituto de investigación de Recursos Biológicos “Alexander Von Hunboldt” e) Investigaciones Ambientales del pacifico denominado “Jhon Von Neuman” con sede en Quibdó, Chocó. 140

PRONÓSTICO SOBRE CALENTAMIENTO GLOBAL El incremento de la temperatura en el planeta AZUL de aproximados 0.6 grados centígrados durante los últimos 100 años, ha generado el actual calentamiento global, que se considera preocupante si el clima llegare a calentarse aún más. Este cambio de temperatura es inducido por los humanos, específicamente de los países industrializados. Según Nacional Geograpich, avalado por entidades como IDEAM, Ministerio de Medio Ambiente, y otros organismos más, ha puesto en

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guardia sobre el Futuro del mundo grado por grado, así: El mundo más 1º grado:

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• El ártico no tendría hielo la mitad del año.

• Se producirían huracanes en el Atlántico Sur. • Habría sequías severas en el oeste de los E.U. que impactarían el

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mercado de granos y carne.

• Las extensiones de los desiertos aumentarían.

El mundo más 2º grados:

• Se aceleraría el derretimiento de los glaciares de Groenlandia. • Debido a la baja de hielo en los mares, los osos polares comenzarían a extinguirse. • Los insectos podrían migrar en nuevas direcciones. • La isla-nación Tuvalú, del Pacífico Sur se inundaría. • El impacto en el ecosistema sería y podría acabar con la mayoría de las barreras tropicales de coral. 141

El mundo más 3º grados: • La Selva del Amazonas podría experimentar ciclos sucesivos de sequías e incendios. • Podría desaparecer la nieve de las cumbres de los Alpes. • La zona del Mediterráneo y parte de Europa sufrirían intensas olas de calor.

El mundo más 4º grados:

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• El mundo enfrentaría tormentas y huracanes de categoría 6.

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• Ciudades de Bangladesh y Egipto podrían ser devastadas y Venecia (Italia) quedaría sumergida.

• El derretimiento de los glaciares del Himalaya, que alimentan el río

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Ganges, podría provocar inundaciones sin precedentes. • Los estudios sugieren que con 4 grados más de temperatura los glaciares del Himalaya desaparecerían en el 2035. • Los hielos del oeste de la Antártida podrían colapsar elevando considerablemente el nivel del mar. • Con 4 grados más, el nivel de las aguas subiría más de un metro, lo que provocaría desastres en zonas costeras.

El mundo más 5º grados: • Nieves y espejos de agua que abastecen algunas de las ciudades más grandes del mundo como los Ángeles, el Cairo, Lima o Bombay se desvanecerían. 142

El mundo más 6º grados: • El mundo podría parecerse al del período Cretácico, 144-65 millones de años atrás. • Por la falta de nutrientes los océanos se verían azul brillante. • Los desiertos avanzarían sobre los continentes.-

Ó N

El fenómeno del derretimiento es global y afecta a todas las masas de hielo del planeta: aumento del nivel del mar y la correspondiente erosión litoral. En la

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costa Caribe, por ejemplo, el mar avanza hacia el continente entre uno y diez o más metros por año, según

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características locales.

143

PROTOCOLO DE KIOTO No obstante del fracaso del Protocolo de KIOTO (Japón) en 1997, sobre la posibilidad universal de reducir la emisión de gases que causan el EFECTO INVERNADERO para comprometer a los países industrializados en un promedio del 6% entre los años 2008 y 2012, no obstante, se logró en Kioto la reglamentación de seis (6) gases que provocan el “efecto invernadero”, ellos son: • CO2

(anhídrido

carbónico):

lo

desprenden

las

chimeneas

Ó N

industriales y los tubos de escape de los carros. • CH4 (metano): proceden del sector agrícola, especialmente de los excrementos de los animales y de la acumulación de residuos.

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• N20 (protóxido de nitrógeno): vinculados a la agricultura, el sector energético y los transportes.

• PF (perfluorocarburo): usado en refrigeración

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• HFC (hidrofluorocarburo): se usa en la refrigeración y el aire acondicionado.

• SF6 (hexafluoruro de azufre): se usa para varias actividades industriales.

COPENAHGUE En esta ciudad, capital de Dinamarca (Europa) se efectuará a fines de 2009 nueva conferencia internacional sobre el Medio Ambiente que persigue superar los inconvenientes del protocolo de Kioto.

144

PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA El

atributo esencial del pueblo que lo acredita como constituyente

primario proviene de la SOBERANIA, esto es el poder para dirigir y administrar el ESTADO.Son mecanismos de Participación Ciudadana en el ejercicio de la soberanía los previstos en el art. 103 de Constitución, que son:

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El Voto. Consiste en el derecho y el deber del ciudadano mayor de 18 años de participar en la conformación, ejercicio y control político para elegir o ser elegido. Esa participación puede ser pública o secreta, verbal, escrita, o

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gestual, esto es poniéndose de pies ó alzando la mano.-

El voto habilita para elegir a los cargos de representación popular directa, como son: Artículo 260. Presidente de la República y Vice-Presidente,

RE V

Senadores y Representantes, Gobernadores y Alcaldes, Diputados y Concejales, Juntas Administrativas Locales de las Comunas. Se ejerce mediante el empleo de la Cédula de Ciudadanía, que a la edad de 18 años habilita a todos los nacionales, hombres y mujeres, para participar en las decisiones del Estado, gracias a la implantación del sistema del VOTO UNIVERSAL, es decir, sin distinción de ninguna especie, por el sólo hecho de pertenecer al género humano.El VOTO es un derecho y un deber ciudadano. En algunos países es obligatorio, entre nosotros no, es voluntario.En todas las elecciones los ciudadanos votarán secretamente en cubículo individual instalado en cada Mesa de Votación. (Art. 258 C.N). 145

El Plebiscito. Lo contempla el art. 104 de la Carta, y es una atribución del Presidente de la República. La Consulta Popular. Lo desarrolla el art. 105 sobre asunto de competencia del Departamento o del Municipio respectivo. Los Gobernadores y Alcaldes podrán realizar consultas populares, según el estatuto que se adopte, para decidir sobre asuntos de competencia del

Ó N

respectivo Departamento o Municipio.El Cabildo Abierto. Atribución de los habitantes de la entidad territorial de presentar proyectos sobre asunto de competencia de la respectiva

IS I

corporación pública, con el lleno de los requisitos que prevee la norma. También se denomina ayuntamiento, sala donde sesiona el Concejo Municipal. El Cabildo Abierto consiste en deliberar los ciudadanos sobre

RE V

asuntos que conciernen a la comunidad. Recordemos que el 20 de julio de 1810 hubo cabildo abierto en Santa Fe de Bogotá para que interviniera libremente todo el pueblo. Este hecho demuestra que la participación comunitaria tiene connotación histórica. La Revocatoria del Mandato. Derechos de participación previo el lleno de los requisitos previstos en la ley respectiva. Consiste en quitar o derogar el poder conferido por el pueblo, mediante el voto, al elegido que no ha correspondido a sus compromisos, en los casos y las formas que determine la ley.

146

PARTICIPACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Art, 111.- Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tienen

derecho

a

utilizar

las

comunicaciones

del

espectro

electromagnético en todo tiempo.

Ó N

Art, 112.- Igualmente, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en OPOSICIÓN al Gobierno, podrán ejercer

RE V

IS I

libremente la función crítica y plantear alternativas políticas.

147

DESARROLLO TEMÁTICO 1. Texto de la constitución. Art. 101. Pág. 2. Bienes Públicos: Recursos Naturales, Recursos Genéticos, Bienes de Uso Público y Bienes Fiscales. Pág. 3. Dominio del Espacio: Segmento de la órbita geoestacionaria: art. 101; espectro electromagnético. Arts. 75, 76 y 101. 4. Dominio del subsuelo. Art. 332. Significado de ACUIFERO y porqué 5. Dominio del AGUA. Pág.

Ó N

se denomina de MORROA. Pág. 6. Soberanía del MAR. Pág. Milla marina.-

7. ECOLOGIA. Ecosistemas. Factores Bióticos y Abióticos. Pág.

IS I

Estructura ecológica. Pág. Biosfera.

8. Lectura detallada de la Declaración de Rio sobre Medio Ambiente 27

RE V

Principios. pág.

9. Legislación Ambiental. Obtener el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. Pág. Constitución Ecologista la de 1991. Pág. 10.Pronóstico sobre Calentamiento Global. Pág. 11.Protocolo de Kioto. Incumplido por los pises industrializados, causante de la emanaciones. Pág. 12.Participación Democrática.- el voto plebiscito- consulta popularcabildo Abierto- Revocatoria del Mandato. Pág.

148

RESUMEN DE LA UNIDAD Los requisitos fundamentales de cada ESTADO son: Población o Nación, Territorio o País y Constitución o Leyes. Ya hemos visto en la UNIDAD 2 los derechos Fundamentales y Humanos. La Vida, la Familia y la Nacionalidad, temas que tienen que ver con la Población o la Nación.-

Ó N

Ahora nos corresponde el requisito de territorio o País, que comprende los bienes públicos, o sea recursos naturales, como son las tierras, las aguas y la atmósfera o espacio aéreo. La estructura ecológica de esos

IS I

recursos y las amenazas y peligros que afronta el Planeta.-

Para contener esa amenaza se aprobó la Declaración de Rio de 1992.

RE V

Tendiente a perseverar el Medio Ambiente.

149

AUTOEVALUACIÓN 1. Determine los límites territoriales con los países vecinos. 2. ¿Qué son recursos No Renovables? 3. ¿Qué son Recursos naturales y diga cuáles son? 4. ¿Qué son Bienes Fiscales, ponga ejemplos? 5. ¿En qué consisten Flora y Fauna? 6. Explique la importancia de los Recursos del espacio aéreo.

Ó N

7. ¿Por qué las playas son de dominio Público? 8. ¿Qué Bienes se consideran Baldíos?

9. ¿Quien posee el dominio del Sub-suelo?

IS I

10. ¿Qué es un acuífero?

11. ¿Qué aguas son de dominio privado exclusivamente?

RE V

12. ¿Cuánto mide una milla náutica?

13. ¿Qué es la Ecología. Qué es medio ambiente? 14. División de la biosfera.

15. Sobre qué trata la Declaración de Rio. 16. ¿Qué significa Humedal?

17. Mencione más de 3 aspectos ecológicos de la Constitución. 18. ¿Qué se entiende por Desarrollo sostenible? 19. ¿Qué se entiende por Valor agregado? 20. Temores sobre Calentamiento global. 21. ¿Qué países ocasionan el calentamiento global? 22. ¿En qué consiste el Protocolo de Kioto? 23. ¿Qué persigue el neoliberalismo?

150

Autoevaluación estilo ECAES 1. ¿Sobre qué trata la Declaración de Rio Janeiro? a) Sobre el Medio Ambiente y Desarrollo. b) Sobre los límites de las naciones. c) Sobre el calentamiento global. 2. ¿Qué son Bienes Fiscales? a) Los que pertenecen a la Fiscalía.

Ó N

b) Los de propiedad del Fisco nacional. c) Los que son de las Cooperativas.-

3. ¿Quién posee el dominio del subsuelo?

IS I

a) El Dueño del terreno.

b) El Municipio donde está localizado.

RE V

c) El Estado como bien público de la nación. 4. ¿Qué aguas son de dominio privado exclusivamente? a) Las que pasan por varios predios b) Las que nacen y mueren en la misma finca c) Los lagos o jagüeyes

5. ¿A quién corresponde la propiedad de los recursos del espacio aéreo? a) Al dueño de la Emisora. b) Al Estado. c) Al concesionario.

151

BIBLIOGRAFÍA

1. Constitución Política de Colombia 1991.

Ó N

2. Milla marina. Mide 1852 metros

3. Código Nacional de Recursos Naturales y del medio Ambiente. Ed.

IS I

Leyet

RE V

4. Protocolo de KIOTO Japón. Sobre efecto invernadero.

5. Madrid – Malo, Mario. Diccionario de la Constitución Politica de Colombia. Ed. LEGIS.

152

153

Ó N

IS I

RE V

PRESENTACIÓN DE LA UNIDAD El poder público del ESTADO en Colombia se divide en tres Ramas que son: Legislativa, Ejecutiva y Judicial, que corresponden a las funciones políticas, administrativas y judiciales.Aún

cuando

tales

funciones

son

separadas,

ellas

colaboran

Ó N

armónicamente para el desempeño de los fines del ESTADO.El Legislativo (Congreso o Parlamento) se conforma de dos cámaras:

IS I

Senado de la República y Cámara de Representantes.

La Rama Ejecutiva (Gobierno) está representada por el Presidente,

RE V

suprema autoridad administrativa y Jefe de las Fuerzas Armadas. Lo acompaña el Gabinete de 13 Ministros. La Rama Judicial tiene la función de administrar justicia, conformada por cuatro

Cortes,

los

Tribunales

Superiores

de

Justicia

en

cada

Departamento, los Jueces de Circuito (Civiles, Penales, Laborales, de Familia y los Promiscuos, y los Jueces Municipales.-) Además, la Fiscalía General de la Nación para investigar y reprimir el delito.Hay Jurisprudencia Constitucional (Pag 176), referente al estado de cosas inconstitucional, relativo al Desplazamiento Forzado.-

154

OBJETIVOS DE LA UNIDAD Este Capítulo comprende los desarrollos del ESTADO en beneficio de la colectividad, en el orden de salud, educación, alimentación, vivienda, trabajo, transporte, recreación, seguridad, paz, etc.-

social.El

Gobierno

(Nacional,

Ó N

El Congreso expide la LEYES para el servicio del pueblo y su mejoramiento

Departamental

y

Municipal)

ejerce

la

comunidad.-

IS I

administración pública para garantizar los fines del Estado a toda la

La Administración de Justicia tiene la misión de establecer el orden

RE V

jurídico mediante decisiones judiciales en materia Civil, laboral, penal, de familia, y garantizar armonía en la ciudadanía.-

155

ACCIONES PARA CONSTRUIR EL CONOCIMIENTO 1. Esmerarse cada vez más en leer y grabar lo leído, para mantener el conocimiento vivo sobre cada tema.-

analizados en el conjunto.-

Ó N

2. Con los compañeros de grupo sostener y debatir sobre los temas

autores.-

IS I

3. Tomar apuntes sobre lo debatido y copiar conceptos y opiniones de

RE V

4. Consultar con Profesores, Jueces y Magistrados la conformación de los organísmos judiciales y administrativos del Municipio y del Departamento.-

5. Averiguar las funciones de los Jueces Municipales, del Circuito sobre aspectos civiles, penales, laborales, administrativos.6. Informarse sobre desempeño de funciones de Gobernador y de Alcalde.-

156

A T R É V E T E

A

O P I N A R

1. ¿A quién atribuye la Historia el mérito de la división de los poderes del Estado: a) A Voltaire b) Montesquieu c) Rousseau

Ó N

2. ¿Cuál de las dos Cámaras Senado y Representantes tiene la facultad de aprobar el Presupuesto Nacional? a) Senado c) Ambas

IS I

b) Cámara de Representantes

3. ¿Cuántos miembros tiene el Senado?

RE V

a) 80

b) 102

c) 120

4. ¿Cuántos congresistas tiene la cámara de Representantes? a) 110 b) 166 c) 180 5. ¿cuál de las dos Cámaras tiene la atribución de aceptar la renuncia del Presidente de la República? a) El Senado b) Ambas c) Ninguna

157

UNIDAD 4

LA ESTRUCTURA DEL ESTADO Artículo.113. Son Ramas del poder público la Legislativa, la Ejecutiva y la Judicial.El poder público enmarca la estructura del Estado, es decir, la organización jurídica que el pueblo como SOBERANO se ha dado para el cumplimiento

Ó N

de los fines esenciales de la administración en general.

Las tres Ramas del Poder público tienen como finalidad el pleno

IS I

desempeño de la función política, jurídica y administrativa de la nación. Estas tres Ramas tienen funciones separadas, aunque colaboran

RE V

armónicamente para la realización de los fines del Estado.

LA RAMA LEGISLATIVA

Es el Congreso. El parlamento. Se conforma de dos Cámaras, es decir, bicameral: Senado de la República, con 102 miembros; y Cámara de Representantes, con 166, elegidos para períodos de 4 años, que se inician el 20 de julio de cada elección. Art. 132 C.N.Los miembros del CONGRESO y de los demás cuerpos colegiados de elección directa son representantes del pueblo, y actúan consultando la justicia y el bien común. El elegido es responsable políticamente ante sus electores. 158

Fué el conde de MONTESQUIEU (1689 – 1755), autor del libro “El Espíritu de las Leyes”, quien por primera vez expuso el acertado principio de la división de los Poderes del Estado, que es característica y fundamento de la democracia representativa.Corresponde al Congreso reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración. Art. 114 El Congreso tiene su sede en la capital de la República. Sus sesiones serán instaladas y clausuradas conjunta y públicamente por el Presidente de Colombia. Se reunirá en un solo cuerpo únicamente para la instalación y

Ó N

clausura de sesiones. Así como para dar posesión al Presidente, recibir a jefes de Estados extranjeros, elegir Contralor General de la República y Vice-Presidente, cuando sea menester, así como decidir sobre MOCIÓN DE

IS I

CENSURA contra Ministros de Despacho. Arts. 139, 140, 141 C. N.Los miembros de cada Cámara se distribuyen en siete (7) Comisiones

RE V

Constitucionales permanentes para el ejercicio de sus funciones. Cada congresista debe pertenecer a una Comisión. El Reglamento del Congreso determina las materias de cada Comisión, en donde se opera el primer debate de cada proyecto de Ley.

Para ser SENADOR se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de 30 años de edad en la fecha de la elección.El Senado tiene atribuciones propias distintas de la Cámara de Representantes, como son: Aceptar la renuncia del Presidente o Vicepresidente, aprobar o improbar los ascensos militares, permitir el tránsito de tropa extranjera, autorizar la declaratoria de guerra, elegir a los Magistrados de la Corte Constitucional y, elegir al procurador General de la Nación.159

Los Senadores son elegidos por circunscripción nacional. Es decir, se puede votar por ellos en cualquier lugar del país, aún del extranjero. Para ser elegido REPRESENTANTE se requiere ser colombiano en ejercicio y tener más de 25 años de edad en la fecha de la elección. Habrá dos (2) representantes por cada circunscripción electoral y uno más por cada 250 mil habitantes, o fracción mayor de 125 mil que tengan en exceso sobre los primeros doscientos cincuenta mil.La Constitución determina inhabilidades e incompetencias para ser

Formación de las Leyes:

Ó N

Congresista. A la vez que fija las causales para perder la investidura.Corresponde al Congreso hacer las LEYES

mediante trámite de dos (2) debates en ambas Cámaras. El primer debate

IS I

se hace en la Comisión Permanente respectiva, y aprobado, pasa al segundo debate en la sesión plenaria. Igual trámite se dará en la otra

RE V

Cámara.-

Aprobado el proyecto de Ley en los cuatro (4) debates, pasa a SANCION del Presidente de la República, quien con su firma ordena su ejecución, con la fórmula: PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. También lleva la firma de los Ministros del Despacho según la materia que verse la LEY.Este es el trámite de la Ley Ordinaria. El acto legislativo que implica reforma constitucional, exige ocho (8) debates en dos periodos legislativos distintos. La LEY es la manifestación de la voluntad soberana aprobada por el Congreso, que tiene carácter general para mandar, prohibir, permitir, e incluso para sancionar.-

160

Quien viole la LEY incurre en sanción que señala el Código Penal.La LEY se deroga, reforma o modifica por el mismo Congreso, siguiendo el principio de Derecho Romano: “Las cosas se deshacen de la misma manera como se hacen”.CLASIFICACIÓN DE LAS LEYES: Atendiendo la clasificación que realiza el doctor JACOBO PEREZ ESCOBAR, en su obra Derecho Constitucional Colombiano, las leyes se pueden clasificar atendiendo primero su contenido, segundo su Tramitación y

Ó N

tercero su Jerarquía normativa. Atendiendo su contenido tenemos: 1) Los Códigos en todas las ramas de la legislación, 2) Leyes Estatutarias: Son aquellas cuyo contenido debe referirse A) Los Derechos y deberes

IS I

fundamentales de las personas y los procedimientos y recursos para su protección. B) A la administración de justicia. C) A la organización y

RE V

régimen de los partidos y movimientos políticos; estatuto de la oposición y funciones electorales, D) Instituciones y mecanismos de participación ciudadana. E) Estados de excepción. 3) Leyes Orgánicas. 4) Leyes Marcos o cuadros. 5) Leyes de contenido ordinario. Atendiendo su tramitación: 1) Leyes comunes 2) Leyes sobre el plan general

de desarrollo y de inversiones públicas

y, 3) Leyes sobre

presupuesto de rentas, ley de apropiaciones y estatutarias. Atendiendo su jerarquía normativa: 1) Leyes Comunes 2) Leyes Orgánicas 3) Leyes Estatutarias 161

CAPITOLIO NACIONAL

Ó N

Rama legislativa

RE V

IS I

Sede del Congreso de Colombia. Allí funcionan el Senado de la República y la Cámara de Representantes. La función principal del Congreso es la de expedir las leyes. Edificio ubicado en el centro de Bogotá, en la Plaza de Bolívar. Los miembros de cada Cámara se distribuyen en 7 COMISIONES CONSTITUCIONALES permanentes. Estas son:

Comisión 1ª Reforma constitucional, organización territorial. Etc. Comisión 2ª Relaciones internacionales y ascensos militares Comisión 3ª Hacienda y crédito público, impuestos etc. Comisión 4ª De presupuesto Comisión 5ª Régimen agropecuario, ecología y medio ambiente.Comisión 6ª Comunicaciones, calamidad pública etc. Comisión 7ª Estatuto del servidor público. Etc. 162

LA RAMA EJECUTIVA Es el Gobierno representado por el Presidente de la República, que es jefe del Estado, jefe del Gobierno, suprema autoridad administrativa y jefe supremo de las Fuerzas Armadas.El Gobierno Nacional lo forma el Presidente, los Ministros del Despacho y los directores de Departamentos Administrativos. En la actualidad son trece (13) los Ministerios. Se aprobó en el Congreso la

Ó N

creación del Ministerio del Medio Ambiente, obedeciendo la importancia de la ecología.

IS I

GABINETE MINISTERIAL: Acompaña al Presidente de la República su gabinete de 13 Ministros así:

RE V

1. Ministro de Interior y Justicia

2. Ministro de Defensa y Seguridad Nacional 3. Ministro de Relaciones Exteriores 4. Ministro de Hacienda y Crédito Público 5. Ministro de Agricultura y Desarrollo 6. Ministro de Comercio, Industria y Turismo 7. Ministro de Cultura 8. Ministro de Transporte 9. Ministro de Educación Nacional 10.Ministro de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial 11.Ministro de Protección Social.12.Ministro de Minas y Energía.13. Ministro de Comunicaciones.163

PROMULGACIÓN DE LA LEY Corresponde al Ministerio del interior, la promulgación de la LEY, que consiste en insertar el texto de ella en el periódico oficial (Diario Oficial), y se entiende consumado en la fecha del número en que termina la inserción, con lo cual se admite publicada la norma legal, y comienza su vigencia.-

Ó N

Deben publicarse en el Diario Oficial: a) Actos Legislativos y Leyes que expida el Congreso. b) Decretos del Gobierno.

IS I

c) Resoluciones Ejecutivas.

d) Contratos en que sea parte la Nación o sus entidades descentralizadas.

RE V

e) Actos de los Ministros.

En cada Departamento se editará una GACETA oficial para insertar las Ordenanzas de la Asamblea, los Decretos y actos del Gobernador.La Constitución Politica de 1991 en su art. 380 dice., parte final: “Esta Constitución rige a partir del dia de su promulgación”. Fue promulgada el 4 de julio de 1991. Gacetas Constitucionales #s. 114, 116 y 125.-

164

EXIGENCIAS PARA PRESIDENTE. El Presidente de la República simboliza la unidad nacional y es elegido para un período de 4 años. Para ser Presidente se requiere ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de 30 años. Jurará el cargo ante el Congreso en pleno, en los términos: “Juro a Dios y prometo al pueblo cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia”.El período se inicia el 7 de agosto cada 4 años. Hay reelección Presidencial para un periodo más.

Ó N

Todos los actos del Gobierno Nacional llevan la firma del Presidente y del Ministro respectivo para que tengan valor legal.-

IS I

Las Gobernaciones y las Alcaldías hacen parte de la Rama Ejecutiva. Lo mismo las Superintendencias, los Establecimientos Públicos y las Empresas Industriales y Comerciales del Estado.-

RE V

El Presidente es el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas de la República. Sus atribuciones están consignadas en el art. 189 C.N.Corresponde a la Rama Ejecutiva la administración general del Estado, mantener la PAZ en el territorio de la República, decretar los Estados de Excepción cuando sea menester, tener organizada la Fuerza Pública (Fuerzas Armadas y Policía Nacional) y mantener las relaciones internacionales con los otros países. Desde luego, ejercer la potestad reglamentaria para la expedición de los Decretos y demás disposiciones para la cumplida ejecución de las LEYES.-

165

PALACIO DE NARIÑO

RE V

IS I

Ó N

Rama ejecutiva

Sede del Gobierno Central. Residencia del Presidente de Colombia. Inaugurado

cuando la administración Turbay Ayala. Edificio ubicado

detrás del Capitolio Nacional.

Los actos ejecutivos deben llevar la firma del Presidente y del Ministro respectivo, según el tema de que se trate. El articulo. 189 detalla las 28 atribuciones específicas que la Constitución Política otorga al Presidente como Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa.-

166

DIVISIÓN TERRITORIAL Artículo 286: Son entidades territoriales los Departamentos, los Distritos, los Municipios y los Territorios indígenas.La Constitución Política de 1991 acabó con las absurdas denominaciones de intendencia y comisaria, para elevar esas entidades a la categoría genérica de Departamento, como división administrativa del país.-

Ó N

Departamento. Son 32, con sus capitales:

Leticia Medellín Arauca Barranquilla Cartagena de Indias Tunja Manizales Florencia Yopal Popayán Valledupar Quibdó Montería Bogotá Puerto Inírida San José del Guaviare Neiva Riohacha Santa Marta Villavicencio San Juan de Pasto

RE V

IS I

Amazonas__________________________________ Antioquia______________________________________ Arauca_______________________________________ Atlántico_____________________________________ Bolívar_____________________________________ Boyacá______________________________________ Caldas_______________________________________ Caquetá_____________________________________ Casanare____________________________________ Cauca_______________________________________ Cesar________________________________________ Chocó_______________________________________ Córdoba_____________________________________ Cundinamarca_______________________________ Guainía_____________________________________ Guaviare____________________________________ Huila________________________________________ La Guajira___________________________________ Magdalena__________________________________ Meta________________________________________ Nariño_______________________________________ 167

Cúcuta Mocoa Armenia Pereira San Andrés Bucaramanga Sincelejo Ibagué Cali Mitú Puerto Carreño

Ó N

Norte de Santander__________________________ Putumayo___________________________________ Quindío______________________________________ Risaralda____________________________________ San Andrés y Providencia______________________ Santander___________________________________ Sucre________________________________________ Tolima_______________________________________ Valle del Cauca_______________________________ Vaupés______________________________________ Vichada_____________________________________

DISTRITO: Son 4 originales, municipios de categoría especial, en materia

Bogotá Distrito Capital

IS I

Politica, fiscal y administrativa. Creados por la Constitución Ellos son:

RE V

Cartagena Distrito Turístico y Cultural

Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico Barranquilla Distrito Especial, Industrial y Portuario Además

Buenaventura

Distrito

industrial,

portuario,

biodiverso

y

ecoturismo. Se anuncia la adopción de 5 más elevados recientemente por el Congreso Nacional a esa categoría. Ellos son: TUNJA, POPAYÁN, TUMACO, CÚCUTA, TURBO

168

MUNICIPIO: En total son algo más de 1.100. Es la célula básica de la organización administrativa del país y la cuna de la identificación personal, denominado comúnmente Patria Chica. Se divide en Corregimientos, creados por el Concejo Municipal. TERRITORIO INDÍGENA: Son entidades para proteger la diversidad étnica de los pueblos aborígenes, reconociendo su territorio o Resguardo, su comunidad y su autoridad, que se denomina consejo indígena. Su vigencia es anterior a la conformación de Colombia.

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Son nacionales colombianos pertenecientes a los pueblos que habitaban el continente americano cuando éste fue descubierto y conquistado. Están representados en el Congreso de la República. En sus territorios

IS I

(entidades territoriales de la Nación sujetas a un régimen singular) tienen también carácter de idiomas oficiales las lenguas nativas. Su identidad cultural debe ser respetada. Sus autoridades integran una jurisdicción

RE V

especial.

Arts. 7º, 10, 63, 68, 72, 171, 246, 286, 329, 330 y 357. C.N.

Empresas Industrial y Comercial del Estado Se trata de organismos creados o autorizados por la ley, con personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, para desarrollar actividades de naturaleza industrial y/o comercial, conforme a las normas de derecho privado. La empresa queda vinculada a un Ministerio o departamento administrativo que ejerce sobre ellas control Estatal.

169

ORGANISMOS DE CONTROL Entidades u organismos a los que la constitución confía funciones de control disciplinario, control defensorial y control fiscal.El Control DISCIPLINARIO está a cargo de la Procuraduría general de la nación y de los Personeros Distritales o Municipales y agentes del Ministerio Público.

Ó N

El Control DEFENSORIAL lo ejerce la Defensoría del Pueblo, a cargo de quien lo ejerce el Defensor del Pueblo.-

El Control FISCAL corresponde a la Contraloría General de la Nación,

IS I

entidad de carácter técnico para la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultados de la Administración. Vigilancia que se extiende a los

RE V

particulares y entidades que manejan fondos de la nación.-

ORGANIZACIÓN ELECTORAL

La Organización Electoral está conformada por el Consejo Nacional Electoral, entidad encargada de las elecciones y la Registraduria Nacional del Estado Civil, encargada de expedir las cédulas de ciudadanía a las personas mayores de 18 años.-

170

PALACIO DE JUSTICIA

IS I

Ó N

Rama judicial

Sede de las cuatro (4) CORTES. Edificio frente a la Plaza de Bolívar en

RE V

Bogotá. Se trata de la estructura nueva y moderna, en reemplazo de la anterior, víctima del Holocausto del Palacio de Justicia en 1985, en que murieron la mayoría de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Corte Constitucional consta de 9 magistrados Corte Suprema de Justicia, de 23 magistrados Consejo de Estado, de 27 magistrados. Consejo Superior de la Judicatura, administra la carrera judicial, controla la conducta de los Abogados, consta de 13 magistrados.

171

LA RAMA JUDICIAL La administración de justicia la ejercen los Magistrados y los Jueces. Es función

pública del Estado. Sus decisiones son independientes y

sometidas al imperio de la Ley. Administran Justicia en Colombia las 4 Cortes: 1.

La Corte Constitucional.

2.

La Corte Suprema de Justicia, con sus Salas Civil, Penal, Laboral, y de Familia. El Consejo de Estado, supremo organísmo del contencioso

Ó N

3.

administrativo. 4.

El Consejo Superior de la Judicatura.

IS I

Además, La Fiscalía General de la Nación, para reprimir el delito.

RE V

Los Tribunales Superiores de Justicia, uno en cada Departamento. Los Jueces de Circuito: Civiles, Penales, Laborales, Familia. Los Jueces Promiscuos del Circuito, que conocen de todos los procesos y, Los Jueces Municipales. – según la cuantía.

Corresponde a la Justicia dirimir los conflictos o litigios entre particulares o entre éstos y los organísmos del Estado, aplicando las Leyes que rigen las relaciones humanas en los diversos aspectos de la actividad social, política, económica, laboral, administrativa, que se contienen en los diversos Códigos sobre cada materia, sea Civil, Penal, Laboral, de Familia, Agraria, de Comercio, y los Códigos de Procedimientos que son la mecánica para los trámites Judiciales.

172

El artículo 230 de la Carta es abiertamente claro y afirmativo, dice: “Los Jueces, en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley” “La equidad, la Jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina, son criterios auxiliares de la actividad judicial”.-

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Inmemorialmente se admiten como Principios Generales del Derecho, entre otros, los siguientes:

RE V

IS I

Ó N

• La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar siempre a cada uno lo que es suyo. • La sentencia dictada en un pleito no perjudica a quien no ha sido parte en él. • Hay que respetar los pactos. • La cosa juzgada se tiene por verdad. • Nadie puede enriquecerse en perjuicio de otro. • Corresponde probar al que afirma y no al que niega. • Nadie puede dar lo que no tiene. • Nadie puede alegar a su favor su propia culpa. • A confesión de parte, relevo de prueba. • Se prohíben los contratos entre cónyuges. • La mentira es mala fé. • La mitad forma parte de la cosa. • La sentencia sólo vincula a las partes. • El contrato es ley entre las partes. • Quién puede lo más, puede lo menos. • Nadie está obligado a permanecer en indivisión. • Fuente directa de las obligaciones es la voluntad.

173

AFORÍSMO: Sentencia breve y doctrinal que se propone como regla en alguna ciencia. Se llama Aforismo Jurídico cuando la regla tiene connotación en Derecho. Ejemplos:

• • • • •

IS I

Ó N

Quien puede lo más, puede lo menos. Donde la ley no distingue, nosotros no debemos distinguir. Quien afirma lo uno, niega lo otro. Quien incluye una cosa, excluye las demás. Donde existe la misma razón, debe existir la misma disposición. Quien causa daño a otro está obligado a repararlo. Lo accesorio accede a lo principal. Incumbe la prueba al que afirma. El caso fortuito excusa de la mora. La confesión no se puede dividir. La confesión es la prueba que prueba más. De quien es el suelo, suyo es hasta el cielo. La culpa lata se equipara a dolo. Dáme el hecho, te daré el derecho. El dolo es la razón de perjudicar a otro. El dolo no se presume. DURA LEX, SED LEX. (La ley es dura, pero es la ley). Del hecho nace el derecho. La excepción anuncia la regla. NO EXCUSA LA IGNORANCIA DE LA LEY. La parte se contiene en el todo. Por falso se tiene lo inverosímil. Los derechos de la naturaleza son inmutables, como leyes de leyes. La ley especial no es derogada por lo general. LA LEY NO OBLIGA SINO PROMULGADA. La necesidad no tiene ley. Debe costas todo litigante vencido. LA POSESIÓN ES DE HECHO, NO DE DERECHO.

RE V

• • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •

174

• • • • • • • • •

Las normas posteriores derogan a las primeras. La prueba es demostración de la verdad. A nadie perjudica quien usa de su derecho. Lo que es causa de la causa, es también causa de lo causado. La cosa juzgada se tiene por verdad. La satisfacción se tiene por pago. El silencio imita la confesión. Las palabras vuelan, los escritos permanecen. La parte se contiene en el todo.

EJEMPLOS:

IS I

La concepción precede el nacimiento. No hay efecto sin causa. Todo lo que tiene vida perece. El orden de los factores no altera el resultado. La línea es una sucesión de puntos. La distancia más corta entre dos puntos es la línea recta. Cuando dos rectas se cortan forman un punto. Las rectas perpendiculares forman cuatro ángulos rectos.

RE V

• • • • • • • •

Ó N

AXIOMA: proposición tan clara e evidente que no necesita demostrarse. Comprende principios, sentencias, máximas.

PROVERBIO: Máxima breve. También se define como: sentencia, adagio o refrán. Por lo regular es sentencia moral o religiosa. Así se denomina un libro de las Sagradas Escrituras, que contiene sentencias del sabio SALOMÓN. EJEMPLOS: • Defiende tu pleito contra tu adversario, pero no descubras el secreto del otro. • Para alcanzar la disciplina y discreción: justicia, equidad y rectitud. 175

ADAGIO: Sentencia breve y aguda, comúnmente admitida, y las mas de las veces con sentido moral. EJEMPLOS: • Zapatero a tus zapatos. • De tal palo tal astilla. • Hijo de tigre nace pintado.

EJEMPLOS:

IS I

Loro viejo no da la pata. El que tiene boca se equivoca. Al mal tiempo buena cara. El pez grande se traga al chico. A seguro lo llaman preso. La abundancia trae vagancia. La culebra se mata por la cabeza.

RE V

• • • • • • •

Ó N

REFRÁN: Expresión breve y picaresca de origen popular, en ocasiones vulgar. Dicho sentencioso de contenido moral y cultural, sacado de la experiencia, que es madre de la ciencia.

___________________________________________________

Libro: Preliminares del Código Civil Colombiano. Autor: Roberto Yances Pinedo. Pag. 94 a 98

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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL A la Corte Constitucional conforme el art. 241 de la carta política “… se le confía la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución”.Con fundamento en esa atribución la corte expidió loa sentencia T-025 de 2004 referente al estado de cosas inconstitucional con relación al Desplazamiento Forzado, fenómeno delictual producto de la violencia que numerosas familias colombianas.-

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durante años ha imperado en nuestro país, de que son víctimas

Definición de Desplazado El Desplazamiento Forzado despoja a las

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víctimas de sus derechos sociales y patrimoniales, compromete gravemente la salud, la vida familiar, la dignidad, la autonomía y la libertad de las personas. El desplazado es un desarraigado puesto en

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situación de trashumancia, en la que es prácticamente imposible hacer valer los derechos sociales, políticos, económicos y culturales. Por eso la atención a la población desplazada es una responsabilidad prioritaria del Estado, el cual tiene la obligación de prevenir el Desplazamiento y, si este ocurre, organizar una pronta y expedita atención de emergencia humanitaria que derive en el acceso permanente a los servicios sociales básicos, ingresos monetarios y reconocimiento de las personas en su dignidad y representación.-

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Libro: “Las entidades territoriales en la realización de derechos de la población desplazada. Betty Pedraza y Darío Restrepo”

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ESTADOS DE EXCEPCIÓN Nuestra Constitución tiene previsto adoptar estados de excepción para la conservación del Estado de Derecho, cuando se ponga en peligro la vida de la nación, la independencia o la seguridad del Estado.Mediante dichos Estados de excepción puede el Gobierno en forma transitoria, someter el ejercicio de algunos derechos humanos a controles

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más severos que los empleados en tiempos de normalidad institucional.Están previstos tres Estados de excepción: 1- Estado de guerra exterior

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2- Estado de conmoción interior, y 3- Estado de emergencia.-

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Todas esas situaciones están sometidas al control judicial de la Corte Constitucional y al control público del Congreso.Artículos 212-215.

Estado de Guerra Exterior Procede en caso de ataque armado contra Colombia. La Constitución faculta al Presidente con la firma de todos los Ministros para declarar el estado de guerra, y adoptar las medidas indispensables para defender la soberanía, atender los requerimientos de la guerra y provocar el restablecimiento de la normalidad.-

Estado de Conmoción Interior Su declaración procede en caso de grave perturbación del orden público, siempre que tenga carácter agudo y extremo. Es agudo cuando atenta la estabilidad institucional, la seguridad 178

del Estado y la convivencia ciudadana. Es extremo si no puede ser conjurada con el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía.-

Estado de Emergencia Se declara cuando sobrevienen hechos que perturban o amenazan perturbar, en forma grave e inminente, el orden económico, social y ecológico del país, o hechos de grave calamidad pública. Deben ser hechos distintos de la declaratoria de guerra o de conmoción interior.-

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como en los casos anteriores.-

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La emergencia la declara el Presidente con la firma de todos los ministros,

PRESUPUESTO NACIONAL

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Se trata del cálculo proyectado de los ingresos fiscales y los gastos públicos autorizados, que cada año se calculan y aprueban, por iniciativa del Gobierno quien lo elabora, para que mediante los trámites de Ley, los debata y apruebe el Congreso Nacional.El Presupuesto consta de dos partes: una se llama presupuesto de rentas y recursos de capital; y la otra, presupuesto de gastos o ley de apropiaciones.El Ejecutivo elabora el proyecto y lo remite al Congreso, enviándolo a la Cámara de Representantes, dentro de los primeros 10 días de cada legislatura.Si el Congreso no expide el presupuesto regirá el presentado por el Gobierno.179

REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN Consiste en las modificaciones parciales o totales de la Constitución Política en su texto, mediante el procedimiento previsto en ella misma o a través del método adoptado por la voluntad del pueblo colombiano.El procedimiento previsto en la Constitución consiste en que ella puede ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el

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pueblo mediante REFERENDO.-

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DESARROLLO TEMÁTICO

1. Lectura desde el art. 132 de la Carta Política sobre la Rama Legislativa.-

Rama Ejecutiva.-

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2. A partir del art. 188 leer y digerir el texto de la Constitución sobre la

3. Leer del art. 228 en adelante, de la Constitución sobre la Rama

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Judicial.-

4. Todo lo anterior limitado al programa establecido en la UNIDAD, sin

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dejar de consultar los autores mencionados.

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RESUMEN DE LA UNIDAD

El poder soberano que se llama SOBERANIA, la ejerce el pueblo por intermedio de las tres Ramas del Poder Público, que son: Legislativa,

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Ejecutiva y Judicial.-

En la Monarquía el Rey era el soberano, en la Democracia el soberano es el PUEBLO, quien ejerce ese poder en forma directa mediante el VOTO,

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para elegir a sus representantes en el Congreso y en la Presidencia.- La Rama Judicial se elige en forma indirecta mediante elección de

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magistrados, por acuerdo de Presidencia y Congreso.En el desarrollo de la Unidad destacamos: el Congreso expide las LEYES, el Ejecutivo las desarrolla y aplica, y la Rama Judicial dirime los conflictos sociales, económicos y culturales, a la vez que sanciona por la comisión de delitos.-

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AUTOEVALUACIÓN 1. ¿A quién atribuye la Historia el mérito de la división de los poderes del Estado? 2. ¿Por qué el Congreso es bicameral?

de Representantes?

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3. ¿Qué funciones específicas tiene el Senado y cuál tiene la Cámara

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4. ¿Cuántos son los Ministros del Gabinete del Presidente y diga cuántas mujeres son Ministras.

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5. ¿Cuál es el trámite de la Ley?.

6. Diferencia entre Distrito y Municipio. 7. Mencione las Cuatros (4) Cortes de la Rama Judicial?.

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Autoevaluación estilo ECAES 1. ¿En qué consiste la revocación del mandato? a) En quitarle las funciones que tenía el funcionario. b) En suspenderle el sueldo al empleado. c) En hacerle saber que no cobre más. 2. ¿Cómo se hace la elección de Senadores?

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a) Por jurisdicción nacional b) Por jurisdicción departamental c) Por jurisdicción municipal.

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3. ¿Cómo se denominan las decisiones de la Asamblea Departamental?

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a) Decretos.

b) Ordenanzas.

c) Mandatos.

4. ¿Cómo se denominan las decisiones del Concejo Municipal? a) Órdenes b) Acuerdos c) Consejo 5. ¿Cuál es el período de mandato del Gobernador y del Alcalde? a) Dos años b) Tres años c) Cuatro años 184

GLOSARIO

(Definición de Términos) ACUIFERO: Deposito de agua en el subsuelo. BICAMERAL: El poder legislativo compuesto de dos (2) Cámaras. BIODIVERSIDAD: Abundancia de especies de un ecosistema.

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EFECTO INVERNADERO: Aumento de emisiones de CO2 (dióxido de carbono) a la atmosfera, que frenan los rayos infrarrojos, provocando el calentamiento global. FISCAL: Los recaudos de impuestos y otros ingresos del Estado.

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GEOESTACIONARIA: Recurso del espacio aéreo. Geo significa tierra, o sea el satélite que rota al unísono con el planeta. GENETICA: Rama de la biología que estudia la herencia.

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HERMENÉUTICA: Arte de interpretar textos para fijar su verdadero sentido. HUMEDAL: Terreno húmedo. Ciénaga, lago. INALIENABLE: Qué no se puede enagenar, vender, cambiar. IMPRESCRIPTIBLE: Qué no prescribe. Que no se puede ganar por posesión prolongada. NEOLIBERALISMO: Doctrina política capitalista que dispone privatizar los recursos naturales de la Nación. PLUSVALÍA: Aumento del valor normal de un bien por incorporación del trabajo humano. El aumento no llega al trabajador sino al capitalista. TAXATIVO: Qué limita, qué reduce un caso, que no admite discusión.

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BOLÍVAR Símbolo de Nuestra Nacionalidad Gabriel García Márquez (Aparte final del libro “El General en su Laberinto”) 1829 18 de diciembre: Desaprueba categóricamente el proyecto de monarquía para Colombia.

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1830.

15 de enero: está de nuevo en Bogotá

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20 de enero: se instala el Congreso de Colombia. Mensaje de Bolívar. Presenta su renuncia a la presidencia.

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27 de enero: solicita permiso del Congreso para ir a Venezuela. El Congreso de Colombia le niega el permiso. 1 de marzo: entrega el poder a Domingo Caicedo, presidente del consejo de gobierno, y se retira a Fucha.

27 de abril: en mensaje al Congreso Admirable reitera su decisión de no continuar en la presidencia. 4 de mayo: Joaquín Mosquera es elegido Presidente de Colombia. 8 de mayo: sale Bolívar de Bogotá hacia su destino final. 4 de junio: Sucre cae asesinado en Berruecos. Bolívar lo supo el 1 de julio al pie del Cerro de la Popa, y se conmovió profundamente.

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5 de septiembre: Urdaneta se hace cargo del gobierno de Colombia, ante la evidente falta de autoridad pública. En Bogotá, Cartagena y otras ciudades de Nueva Granada se hacen manifestaciones y pronunciamientos a favor del Libertador para que regrese al poder. Mientras tanto, Urdaneta le espera.

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2 de octubre: está en Turbaco.

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18 de septiembre: al conocer los sucesos que pusieron a Urdaneta al frente del gobierno, se ofrece como ciudadano y como soldado para defender la integridad de la república, y anuncia que marchará hasta Bogotá a la cabeza de dos mil hombres para sostener el gobierno existente; rechaza en parte la solicitud que le hacen de encargarse del poder, alegando que se le tomaría como un usurpador, pero deja abierta la posibilidad de que en próximas elecciones ; por último, pide a sus compatriotas reunirse en torno al gobierno de Urdaneta.

15 de octubre: en Soledad.

8 de noviembre: en Barranquilla.

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1 de diciembre: llega en estado de postración a Santa Marta. 6 de diciembre: se dirige a la quinta de San Pedro Alejandrino, propiedad del español don Joaquín de Mier. 10 de diciembre: dicta el testamento y la última proclama. Ante la insistencia del médico para que se confiese y reciba los sacramentos, Bolívar dice: … ¿Estaré tan malo para que se me hable de testamento y de confesarme?... ¡Cómo saldré yo de este laberinto!>> 17 de diciembre: Muere en la quinta de San Pedro Alejandrino, rodeado de muy pocos amigos.

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RELACIÓN DE PRESIDENTES DESDE 1958 Periodo del Frente Nacional Alterabilidad de los Partidos Liberal y Conservador

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Durante 16 años, o sea 4 Presidenciales

1958—1962

Guillermo León Valencia

1962—1966

Carlos Lleras Restrepo

1966—1970

Misael Pastrana Borrero

1970—1974

Alfonso López Michelsen

1974—1978

Julio César Turbay Ayala

1978—1982

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Alberto Lleras Camargo

Belisario Betancur Cuartas 1982—1986

Virgilio Barco Vargas

1986—1990

César Gaviria Trujillo

1990—1994

Ernesto Samper Pizano

1994—1998

Andrés Pastrana Arango

1998—2002

Álvaro Uribe Vélez

2002—2006

Álvaro Uribe Vélez

2006—2010

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BIBLIOGRAFÍA

Constitución Politica de Colombia---- 1991 Madrid –Malo, Mario. “Diccionario de la Constitución política de

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Colombia- legis” Monroy Cabra, Marco. “Introducción al Derecho”.- Temis

Rozo Acuña, Eduardo. “Diccionario de Politica y Derecho Público.” ESAP

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Noguera Laborde, Rodrigo. “Introducción general al Derecho vol. I. serie major 3. Sergio Arboleda”

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García Márquez, Gabriel. “El general en su laberinto”. Oveja Negra. Síntesis cronológica”.-

Gaona Cruz, Manuel. “Control y Reforma de la Constitución en Colombia”.-

Lleras de la Fuente, Carlos. “Contexto General de la Constitución Económica”.Texto: Compilación económica colombiana. Findeter

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DERECHO CONSTITUCIONAL COLOMBIANO

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