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FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA

LA DEONTOLOGÍA

1. Antecedentes Desde que la gente vive en la regulación moral de la conducta ha sido necesaria para el bienestar colectivo. Aunque los distintos sistemas morales se establecían sobre pautas arbitrarias de conducta, evolucionaron a veces de forma irracional, a partir de que se violaran los tabúes religiosos o de conductas que primero fueron hábito y luego costumbre, o asimismo de leyes impuestas por líderes para prevenir desequilibrios en el seno de la tribu. Incluso las grandes civilizaciones clásicas egipcia y sumeria desarrollaron éticas no sistematizadas, cuyas máximas y preceptos eran impuestos por líderes seculares, y estaban mesclados con una religión estricta que afectaba a la conducta de cada egipcio o cada sumerio. En la China clásica las máximas de Confucio fueron aceptadas como código moral. %os filósofos griegos, desde el siglo VI a.C. En adelante, teorizaron mucho sobre la conducta moral que llevó al posterior desarrollo de la Ética como una filosofía. Son destacables los sofistas, 'Sócrates, Platón, Aristóteles, etc. La deontología también es la teoría en ética normativa según la cual existen ciertas acciones que se deben realizar, y otras que no se deben realizar, más allá de las consecuencias positivas o negativas que puedan traer. Es decir, hay ciertos deberes que se deben cumplir más allá de sus consecuencias. Para la deontología las acciones tienen un valor en sí mismas, independiente de la cantidad de bien que puedan producir. De acuerdo con la convicción de que hay acciones buenas o malas en sí mismas, se sigue el deber de realizarlas o de evitarlas. Una acción puede ser moralmente correcta, aunque no produzca la mayor cantidad de bien, porque es justa por sí misma. Sin embargo, las éticas deontológicas se vuelven cada vez más sensibles a la necesidad de considerar las consecuencias globales de las acciones. Si, por ejemplo, mediante una mentira se puede salvar una vida humana, un ético deontológico puede reconocer una ponderación de los resultados de la acción. La éticas que pertenecen a este grupo se desarrollan a partir de una postulado humanista antropocéntrico; con esto postulan una moral humanista, ilustrada, que actúa sobre la política y el derecho. Esto orienta, presiona y critica; con la finalidad de fomentar una sociedad libre, democrática y abierta. 1 MERCY GLORIA PARI MAMANI – XII SEMESTRE

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA Existen dos principales tipos de deontología  

Deontología aplicada: nos habla de los deberes de la vida cotidiana, si se debe hacer o no lo correcto en alguna situación Deontología prescriptiva: determina el comportamiento con base en las reglas planteadas o necesarias para la convivencia

El término fue acuñado por Jeremy Bentham, en su obra Deontología o ciencia de la moral, donde la define como la rama del arte y de la ciencia que tiene como objetivo actuar de forma recta y apropiada, se refiere a la exposición de «lo que es correcto» y «lo que debería ser». Bentham también considera que la base de este término se sustenta en los principios de libertad y utilitarismo. Por su parte, Rossini establece la deontología no del ser, sino del deber-ser, es decir, lo que se debe de ser para poder considerarse perfectos. El término surge en el siglo XIX como una nueva forma de llamar a la ética, sin embargo, conforme fue pasando el tiempo se le tomo como la ética aplicada a la profesión específicamente. Todas las profesiones u oficios pueden contar con su propia deontología que indique cuál es el deber de cada individuo, es por ello que algunas de ellas han desarrollado su propio código deontológico. Las normas deontológicas son incomprensibles sin la referencia al contexto o grupo social en el que son obligatorias. La obligación se circunscribe a ese grupo, fuera del cual pierden la obligatoriedad. Bajo el ojo deontológico se considerará correcta un situación en la cual las personas estén siguiendo sus convicciones, pero al mismo tiempo tiene que analizar si lo que hará provocará que más gente tome decisiones incorrectas. Entre los éticos deontólogos cabe destacar a Immanuel Kant, William David Ross y Frances Kamm. De acuerdo a Sebastián Kaufmann, uno de los principios más importantes de la ética normativa es el imperativo categórico propuesto por Immanuel Kant: «Obra sólo según aquella máxima por la cual puedas querer que al mismo tiempo se convierta en ley universal. Obra como si la máxima de tu acción pudiera convertirse por tu voluntad en una ley universal de la naturaleza». Para dicho imperativo una acción es moralmente buena cuando se funde en un principio con cualidades de ser universalizado. Podemos tomar como ejemplo la acción de mentir, esta actitud es generalmente inmoral pues si todos mintieran la

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FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA confianza general dentro de las sociedades se arruinaría y por consecuencia no es una máxima universalizable. Objeto: Material: realidad que constituye el objeto de estudio. En ética es la persona, el ser y la configuración virtuosa o viciosa que se dé a sí o cada uno a través de las acciones. Son susceptibles de calificarse como éticas pues, las acciones humanas que son libres (dependen de la voluntad de la persona); Formal: Punto de vista según el cual las acciones son calificadas como buenas o malas. Se denomina moralidad y se basa en valores y normas. Conocimiento: Ciencia: aquello que se sabe de manera cierta y sus causas; doctrina ordenada que constituye una rama particular del saber humano; La moral se puede justificar desde tres perspectivas: la metaética (viendo qué son los juicios morales como juicios de valor), la ética normativa y mediante la propuesta de unas reglas prácticas para la discusión, evitando el "todo está permitido". Metaética: Con este término se designa al estudio sobre la significación, el sentido y la evolución histórica de los conceptos éticos. En un principio se distinguen dos grandes grupos de teorías: Las cognoscitivistas o descriptivistas (dicen que podemos conocer la ética o moral en términos de conocimiento verdadero) y las no cognoscitivistas o no descriptivas (en las que no cabe conocimiento propiamente dicho) Dentro de las descriptivistas, se distinguen las naturalistas (sostienen que los términos éticos describen propiedades observables de las cosas); con el utilitarismo como ejemplo. Y, por otro lado, las teorías no naturalistas (creen que los juicios de valor son verdaderos o falsos, pero las características de las cosas no son observables por la experiencia); con el intuicionismo como ejemplo. Dentro de las teorías no descriptivitas, puede encontrarse el emotivismo (que sostiene que con afirmaciones morales no expresamos conocimiento, sino emociones con las que intentamos influir o incidir en las emociones y comportamientos de los demás); y el prescriptivismo (que enuncia que al hacer juicios morales no describimos las cosas "que son", sino "las que deberían ser"; es decir, expresamos imperativos, enunciamos normas). 3 MERCY GLORIA PARI MAMANI – XII SEMESTRE

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA Ética normativa Se distinguen las teorías deontológicas y teleológicas, y se incluye un tercer grupo: la ética de la virtud. A grandes rasgos, exponemos las principales diferencias. Las teorías deontológicas que tienen como concepto principal el "deber previamente establecido", están inspiradas en Kant. Las teorías teleológicas se basan en las consecuencias, y su corriente principal es el utilitarismo. Y, la Ética de la virtud se basa en las actitudes de las personas, con la corriente de Aristóteles como base teórica. Puede señalarse una serie de características que conforman la Ética de la virtud, según Aristóteles. Para Aristóteles, el orden social en los modos de vida está directamente ligado con el orden natural de los mismos. Aristóteles considera que, lo bueno es hacia lo que tienden las cosas de forma natural. Dicho de otra forma, todo aquello que es natural es, según este autor, bueno. Sin embargo, esta teoría no está libre de crítica. Es, precisamente, la absolutización de su postura la que genera más desacuerdo, ya que no podemos probar, a ciencia cierta, que lo natural puro exista. Por otra parte, muchas cosas de las que consideramos "naturales", nos vienen dadas por la cultura. Además, no podemos olvidar el hecho de que la naturaleza evoluciona, no es estática, por lo que si ésta es susceptible de cambio, lo bueno también se vería afectado. Propuesta intermedia La vía intermedia se basaría en una idea prescriptivista y también en una perspectiva deontologista. Pero esto no significa que sea incompatible con otros puntos de vista. Es una propuesta teórica, a la par que práctica. Sus principales características serían: un punto de vista moral, el diálogo, la racionalidad práctica y la coherencia y universalidad (relacionadas con la idea de imparcialidad).

Pueden señalarse una serie de características que conforman la ética kantiana. Kant, al definir la deontología, hace referencia al deber y a las obligaciones, no nos habla de una ética relacionada con el porvenir del hombre, de sus objetivos o de sus aspiraciones en la vida, más bien, enfoca la ética a una ética del deber, la cual establece pautas de comportamiento que se deben seguir o leyes que regulan a los ciudadanos. 4 MERCY GLORIA PARI MAMANI – XII SEMESTRE

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA Se podría considerar como una ética independiente y formal si tenemos en cuenta que no ofrece contenidos, no establece pautas para llevar una vida que se pueda considerar “buena" o “mala”. Mencionar por último, su implicación con el criterio de capacidad de universalización, que posibilita diferenciar entre máximas de tipo moral y las que no lo son. Al igual que sucede con la teoría de Aristóteles, la teoría de Kant también es objeto de crítica: En primer lugar, a Kant se le puede criticar que, al relacionar la ética con cómo deben hacerse las cosas, está universalizando el concepto, porque presupone que todos debemos entenderla del mismo modo. No obstante, la ética está ligada a la moral, y ésta también es particular a cada persona. Por lo tanto, probablemente el deber, no es visto igual por todos. En segundo lugar, Kant establece cómo hay que actuar, pero no nos dice si eso es bueno o no. La ética no se refiere sólo a la forma, sino también al fondo de las cosas. Por último, Kant olvida por completo el sentimiento humano, según él tenemos que actuar en base al deber y no sobre la base de lo que de verdad queremos hacer. En este sentido, actuar conforme al deber nos aleja de la felicidad. Ética y moral El concepto de ética y el de moral están sujetos a diferentes usos dependiendo de cada autor, época o corriente filosófica. Por este motivo es necesario identificar las características de ambos términos para poder establecer las distinciones y semejanzas pertinentes. La moral hace referencia a todas aquellas normas de conducta que son impuestas por la sociedad, se transmiten de generación en generación, evolucionan a lo largo del tiempo y poseen fuertes diferencias con respecto a las normas de otra sociedad y de otra época histórica. El fin último que persiguen estas reglas morales es orientar la conducta de los integrantes de esa sociedad. La ética es el hecho real que se da en la mentalidad de algunas personas, es un conjunto de normas, principios y razones que un sujeto ha realizado y establecido como una línea directriz de su propia conducta En ambos casos se tratan de normas, de percepciones, y de "deber ser". Sin embargo, moral y ética presentan ciertas diferencias: 5 MERCY GLORIA PARI MAMANI – XII SEMESTRE

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA Emmanuel Derieux sostuvo que, gracias a la deontología, la ética profesional adquiere un reconocimiento público; y es que la moral individual se hace trascendente en el campo de la profesión. La deontología surge como una disciplina que se ocupa de concretar normas en el ámbito profesional para alcanzar unos fines. LA DEONTOLOGÍA JURÍDICA Proviene del griego y significa "lo obligatorio, lo justo, lo adecuado". Es la rama de la filosofía jurídica que tiene como finalidad específica la determinación de cómo debe ser el derecho y cómo debe ser aplicado. La deontología es la disciplina que se ocupa de los deberes de los profesionales. En el caso de los abogados se trata de una multiplicidad de deberes como son aquellos consigo mismo, con la sociedad, con la profesión, con los clientes, con los colegas, con los jueces, con la entidad gremial. Es aquella parte de la ética profesional que se ocupa de los deberes morales de los abogados, de los deberes de estos servidores del derecho. La deontología jurídica trata sobre la moral del abogado y la forma de actuar con su cliente, el profesional del derecho tiene que defender los intereses de su patrocinado siempre actuando con la verdad y siempre teniendo en cuenta su ética profesional. El abogado que es honesto tiene como deber ético el guardar reserva de los asuntos vinculados con la vida privada de sus clientes. Ello, porque se debe proteger el bien jurídico correspondiente a la intimidad de la vida privada de las personas, protegidas por la normatividad jurídica. La ética constituye el ámbito que inspira y cobija los más nobles sentimientos del ser humano. Sin ética el hombre estaría sin "hogar", a la intemperie, desamparado en un mundo en el que sólo imperaría la ley de la selva y la de los más bajos instintos. Es un importante deber de las Facultades de Derecho y de los colegios de abogados preocuparse seriamente y con sentido de responsabilidad de recordarle a los que ejercen o han de ejercer la abogacía cuales son sus deberes. OBJETIVO GENERAL Analizar y valorar la moral del abogado y su actuación en el ejercicio profesional en relación con los principios deontológicos y su relación con los clientes, colegas y demás personajes del proceso jurídico. 6 MERCY GLORIA PARI MAMANI – XII SEMESTRE

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA SU SENTIDO Y NECESIDAD Es un importante deber de las Facultades de Derecho y de los colegios de abogados preocuparse seriamente y con sentido de responsabilidad de recordarle a los que ejercen o han de ejercer la abogacía cuales son sus deberes. No es posible que en ninguna de tales instancias se deje de impartir instrucción deontológica. No hacerlo es contribuir a la degradación del menester profesional del abogado, al deterioro social de su imagen, a la pérdida de la fe en la justicia. Es, en fin, colaborar a la divulgación ética de la sociedad y sus principios. El abogado que es honesto y probo es consecuente con sus principios y con el juramento que pronunció al incorporarse a su respectivo colegio profesional. EL SECRETO PROFESIONAL Y EL DEBER DE INFORMAR El abogado tiene como deber ético el guardar reserva de los asuntos vinculados con la vida privada de sus clientes. Ello, porque se debe proteger el bien jurídico correspondiente a la intimidad de la vida privada de las personas, protegidas por la normatividad jurídica y la jurisprudencia comparada. Frente al derecho la intimidad de la vida privada del cliente y de su familia se alza el correlativo deber del abogado de guardar secreto sobe todo lo relacionado con dicha intimidad ética y jurídicamente comprometido a no violar el derecho a la intimidad en la vida privada de aquel cliente que le confía informaciones que pertenecen exclusivamente a dicha esfera jurídica. El sacerdote, el médico, el abogado son aquellas personas que por las especiales características de su ministerio o profesión se encuentran muy cerca del ser humano y sus más delicados problemas. Ellos son depositarios de asuntos y actividades vinculados con el mundo referido a la intimidad de la persona. La confianza y la lealtad son valores que signan y presiden dichas relaciones interpersonales. En el lecho de muerte de una persona se suele imaginar la presencia del sacerdote, a quien se le confía los pecados, del médico, que posee toda la información de los problemas relativos a su enfermedad, y la del abogado que conoce el destino de sus bienes al haber participado en la redacción de su testamento y de haberlo tal vez asesorado en algún tramo de su vida. Los códigos de ética profesional, sobre todo los relacionados con la actividad de los abogados y de los médicos, contienen dispositivos de protección de la intimidad de la persona así como aquellos relacionados con el deber de estos profesionales de guardar el correspondiente secreto de las confidencias e informaciones que reciben concernientes a la intimidad de la vida privada de sus clientes. De otro lado, como es sabido, ciertas constituciones y códigos civiles y penales, actualmente vigentes, protegen la intimidad de las personas 7 MERCY GLORIA PARI MAMANI – XII SEMESTRE

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA prescribiendo como ilícitos todas aquellas conductas que conozcan indebidamente y divulguen secretos o confidencias relativos al ámbito de la privacidad personal y ordenamientos jurídicos normas protectoras de la intimidad, este interés existencial es tutelado por la jurisprudencia. El autor en su ejercicio profesional ya largo a la fecha ha conocido en carne propia este derecho y deber principista. El joven abogado toma debida nota a este a este deber, derecho y responsabilidad. LA DEONTOLOGÍA JURÍDICA COMO HUMANIZADORA DEL DERECHO ANTE LA GLOBALIZACIÓN Aunque se admitiera, siguiendo la posición a ultranza de Kant y Kelsen, que el Derecho fuese totalmente independiente de la ética, la Deontología Jurídica abriría, de par en par, una puerta de acceso de la ética a la práctica jurídica. La ética exigiría a legisladores, jueces y abogados una actuación responsable, de acuerdo a los valores jurídicos fundamentales. De este modo la ética accedería al Derecho, no por una puerta falsa, sino más que por la vía de la teoría, por el camino de la práctica. La ética constituye el ámbito que inspira y cobija los más nobles sentimientos del ser humano. Sin ética el hombre estaría sin "hogar", a la intemperie, desamparado en un mundo en el que sólo imperaría la ley de la selva y la de los más bajos instintos. Así pues, urge una renovación de la moral, que en diálogo con la postmodernidad genere una moral de la persona, una moral concreta, una moral de actitudes y de opciones fundamentales. Urge promover, no una moral minimalista, sino una moral de aspiraciones. Las recientes aventuras bélicas de los últimos años con las secuelas de hambre, destrucción y muerte nos están revelando la importancia y necesidad de la ética, no sólo a nivel individual y nacional, sino a un nivel planetario. Los esfuerzos humanos para construir un mundo más justo, más humano y más fraterno, van mucho más allá de los progresos técnicos, que sin la guía de la ética pueden convertirse en una amenaza para la paz y la justicia. Ahora bien, la orientación del progreso a nivel técnico y político debe pasar por la ética y especialmente por la ética de las profesiones, y entre ellas, por la ética de la profesión jurídica. Quizá ninguna profesión, como la jurídica, esté sometida a una tan fuerte tensión: la de guiarse por los altos ideales de la justicia y la equidad, y la de dejarse arrastrar por las más bajas inclinaciones hacia la corrupción y la injusticia. Lamentablemente el problema no es nuevo, ni se circunscribe a una sola nación.

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FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA En efecto, la mala fama de la profesión jurídica ya existía desde la época de Platón. El filósofo de la Academia escribió en su diálogo Las leyes: "Hay muchas cosas nobles en la vida humana, pero en la mayoría se fijan males que fatalmente los corrompen y dañan... sin embargo, a esta profesión que se nos presenta bajo el bello nombre de arte se le asigna una mala reputación... Ahora bien, en nuestro Estado este llamado arte... no debería existir jamás". No sólo Platón, empero, los eliminó de su Estado, también Tomás Moro, un gran abogado, los desterró de su Utopía: "Ellos no tienen abogados entre sí, porque los consideran la clase de personas cuya profesión es desvirtuar las cosas". Más radical es la proclama de los revolucionarios del drama Enrique VI de Shakespeare: "Lo primero que debemos hacer es matar a todos los abogados". Siendo una profesión tan noble, las recriminaciones contra los abogados son un hecho casi universal. Después del descubrimiento de América, los monarcas españoles, queriendo preservar a las nuevas colonias de las lacras que sufría la sociedad española, prohibieron la emigración de los abogados debido a "su afición a los pleitos, su pasión por la trácala y su capacidad de engullir bienes y fortunas en procesos interminables". Se aducen varias razones para explicar esta mala reputación. las relaciones humanas surjan conflictos. Ahora bien, muchos de estos conflictos tienen repercusiones jurídicas. Además, hay que considerar que es muy difícil que las partes en conflicto busquen la conciliación razonable y lleguen a valores compartidos. A lo anterior hay que añadir que, precisamente por motivos éticos, en algunas ocasiones el abogado no puede declinar asumir causas impopulares y desagradables. La sociedad en cambio, muchas veces lo atribuye a la falta de ética, y en ocasiones llega a identificar al abogado con su cliente. LA FUNCIÓN HUMANIZADORA DE LA ÉTICA Al actuar éticamente, no se trata sólo de evitar caer en su comportamiento gregario, sino que el prescindir de la ética sería abdicar de algo que es íntimo y propio del hombre. En efecto, en el capítulo primero del libro primero de la Política, Aristóteles afirma que "lo propio del hombre con respecto a los demás animales es que él sólo tiene la percepción de lo bueno y de lo malo, de lo justo y de lo injusto, y de otras cualidades semejantes, y la participación común de estas percepciones es lo que constituye la familia y la ciudad." De este modo, la ética distingue al hombre del animal, y su ser social está también estrechamente ligado a su comportamiento.

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FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA Un poco antes, Sócrates proclamaba que una vida que no se examina no vale la pena vivirse. Para el sabio griego el auto examen es un medio importante para lograr el dominio de sí mismo. Muchos años después, Benjamín Franklin, el inventor del pararrayo, descubrió no sólo que era importante el dominio de las fuerzas de la naturaleza, sino también y sobre todo el dominio sobre sí mismo, el dominio de las propias pasiones. El auto-examen nos exige preguntarnos también por el progreso técnico y su impacto en nuestras vidas. Precisamente el progreso técnico desorbitado, en los países del primer mundo, está generando las "enfermedades de la abundancia", y haciendo surgir de nuevo las preguntas éticas fundamentales: ¿cuál es mi función en el mundo? ¿cuáles son las condiciones del auténtico progreso humano? ¿cuáles son las orientaciones que brotan de la vocación y destino del hombre? ¿cuál es el sentido de la vida? Se pueden multiplicar las leyes y los reglamentos, pero si no existe conciencia ética, no serán acatados. Para reforzar la ética es imprescindible la religión. Pretender excluir el fenómeno religioso es dar la espalda a un aspecto esencial de la historia y la vida humana.

LA FUNCIÓN HUMANIZADORA DE LA DEONTOLOGÍA JURÍDICA SOBRE EL DERECHO A lo largo de la historia de la humanidad se ha manifestado claramente la influencia benéfica y humanizadora de la Deontología sobre el Derecho. El hombre debe respetar la justicia y evitar la violencia y la desmesura, a fin de disfrutar los bienes del derecho. Desde la antigüedad vemos que la necesidad de la ética en casi todos los ámbitos de la vida humana, pero de modo especial en el ámbito jurídico: corrupción, robos, violaciones, homicidios, delitos de cuello blanco, fraudes, impunidad... El derecho, que alguien ha descrito con acierto, como el mínimo de ética exigible, estaría destinado a, de algún modo, restaurar el orden y la armonía en la sociedad. Pero si el derecho en su aplicación se corrompe, el caos es mayor, y se hace más urgente recurrir de nuevo a la ética para romper el circulo vicioso y que se propicie, al menos, la aplicación justa y equitativa del derecho. Von Ihering nos recuerda que en los primeros tiempos de Roma el juez que se dejaba corromper era castigado con la pena de muerte. No existe reproche más grave contra la autoridad judicial que la figura sombría de los que víctimas de una

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FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA flagrante injusticia se hacen, en su frustración, criminales o ejecutan la justicia por sus propias manos. Cuando las instituciones legales no están a la altura de su misión la "justicia popular" entra en acción, y con sed de venganza, aplica a los criminales lo que en los Estados Unidos se conoce como la ley de Lynch. Por consiguiente, la importancia de la ética en el mundo jurídico es algo urgente e imprescindible. Es cierto que el derecho no lo es todo, pero si lo jurídico estuviera impregnado de valores éticos, se daría un paso decisivo hacia un mundo más humano y más justo. La Deontología, por lo demás, es más necesaria en aquellas profesiones que como la jurídica, han caído en gran desprestigio.

LA DEONTOLOGÍA COMO INSTANCIA CRÍTICA DE LAS LEYES El gran iusfilósofo Rudolf Stammler sitúa la ciencia del derecho en el reino de los fines. Así, la normatividad jurídico-positiva es únicamente un medio, y la justicia el fin, ya que toda legislación está llamada a constituirse en derecho justo. De ese modo, afirma el iusfilósofo alemán, la justicia como pauta para juzgar las leyes, asume un puesto relevante y valioso en la crítica de todo derecho histórico, necesitado siempre de valoración. Ante una ley gravemente injusta y repudiada por muchos sectores de la población se puede incluso justificar el uso de medios violentos, siempre que antes se hayan agotado los medios pacíficos y que existan probabilidades de éxito de la oposición violenta, o bien que de los medios violentos no se sigan mayores daños de los que se quieren corregir. La objeción de conciencia y la desobediencia civil ya están siendo aceptadas en algunos casos por varias legislaciones del mundo. Ahora bien, aunque las leyes fueran justas siempre quedará como un reto el garantizar para toda la igualdad ante la ley. La Deontología es una instancia critica del Derecho, la Deontología también acude al auxilio del derecho reforzando la obligación jurídica y elevando el acatamiento de las leyes al nivel de la conciencia moral. En efecto, Santo Tomás (I-II, q. 96, a 4,c) sostiene que "las leyes justas obligan en conciencia". El Aquinate señala cinco condiciones para que se dé esta obligación en conciencia:

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FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA 1) que las leyes emanen de la autoridad legítima 2) que sean convenientemente promulgadas 3) que no sobrepasen la esfera de la competencia de la autoridad 4) que no contradigan la ley natural 5) que sean conformes al bien común.

De aquí, que la existencia de las leyes llamadas "meramente penales" como pretendían sostener algunos moralistas, era una contradicción, ya que no tendría sentido no obligar a cumplir la ley y, en cambio, sostener la obligación moral de aceptar el castigo por el incumplimiento de la ley.

LA IMPORTANCIA DE LA DEONTOLOGÍA ANTE UN MUNDO GLOBALIZADO Es obvio que los aspectos deontológico-jurídicos influyen en muchos aspectos positivos de la globalización. Los temas deontológico-jurídicos influyen en diversos aspectos del Comercio Internacional. Así, antes de firmar el Tratado de Libre Comercio, Estados Unidos exigió a México que modificara los artículos de la Constitución que atentaban contra la libertad religiosa. Asimismo el Tratado con la Unión Europea difícilmente se hubiera firmado en el "Antiguo régimen", ya que la Comunidad europea exigía un avance en el rubro de la democracia y de los derechos humanos. También es muy conocido que muchas naciones exigen como condiciones para realizar inversiones, seguridad jurídica y efectivo combate a la corrupción y al crimen organizado. Finalmente, la Deontología podría contribuir a superar los efectos negativos de la globalización.

DEONTOLOGÍA Y EL CONSECUENCIALISMO

La deontología y el consecuencialismo son tipos de teorías éticas. Ambos modelos éticos suponen concepciones distintas sobre lo "bueno" o el valor moral. La 12 MERCY GLORIA PARI MAMANI – XII SEMESTRE

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA deontología está basada en principios para la acción, en las obligaciones que caen sobre un agente moral (por ejemplo, decir la verdad), mientras que el consecuencialismo busca dar respuesta al valor moral en las consecuencias de una acción moral (por ejemplo, un mayor beneficio o placer para muchos). Durante los últimos cuarenta años el consecuencialismo ha evolucionado a tal grado que hoy comparte rasgos importantes con teorías deontológicas; sin embargo, existe una divergencia inevitable entre los dos. Esta disparidad se observa en las dimensiones genuinas de la razón práctica humana.

DEONTOLOGÍA MÉDICA

La Deontología Médica es el conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar y guiar la conducta profesional del médico o la médica. Su conocimiento debe ser básico para todos los y las profesionales que ejercen la medicina. Son normas de autorregulación que todos y todas han aceptado y, por ello, el deber de acatarlo y cumplirlo está por encima de opiniones y visiones particulares. La Deontología Médica es el conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar y guiar la conducta profesional del médico. "A lo largo de la Historia, en todas la civilizaciones, "ser médico" ha tenido un significado especial. El enfermo acude al médico para recibir atención en sus necesidades de salud, aliviar el dolor y el sufrimiento, disminuir la ansiedad, responder al miedo... Por ello quien se siente enfermo descubre ante el médico lo más íntimo de su existencia, con la confianza y la seguridad de que recibirá ayuda y nunca será traicionado". (Juan José Rodriguez Sendín, Presidente de la Organización Médica Colegial). El médico no puede perder el enfoque fundamental de su ejercicio cual es el bien del paciente y sus necesidades en relación con la salud. Debiendo primar siempre en su trabajo criterios de eficacia, calidad y justicia, con un uso en equidad de los recursos puestos a su disposición. La Deontología es el conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar y guiar la conducta profesional del médico, como dice, en su artículo 1º, el Código de Deontología Médica (CDM), dando una normativa de obligado cumplimiento y de recomendaciones para un comportamiento orientado a la excelencia. En consecuencia existe también capacidad disciplinaria en el orden profesional y colegial. 13 MERCY GLORIA PARI MAMANI – XII SEMESTRE

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA El propio colectivo profesional determina dichas normas, y a su vez, se encarga de recogerlas en su Código de Deontología. Estas normas se aplican fundamentalmente al ámbito de aquellas acciones que no están sometidas al control de la legislación pública. Todo profesional debe estar sometido a controles sociales, con responsabilidades de muy diversa índole. Además de la propia conciencia, los colegios profesionales están para mantener, defender y promover la deontología. El Estado hace a los Colegios entidades de Derecho Público para poder mantener la deontología profesional. Los Colegios ejercen en consecuencia funciones públicas y una determinada capacidad disciplinaria. Así mismo es importante conocer que son condiciones fundamentales para pedir responsabilidad profesional, la libertad y la independencia en el ejercicio de la profesión. La Deontología Médica La medicina exige para su ejercicio como profesión una formación reglada. Conforme a un programa oficial aprobado y supervisado en su cumplimiento por el Estado. Cumplida la formación, se tiene y ofrece a la sociedad: -Un profesional con titulación oficial que certifica la capacidad para prestar los servicios a los ciudadanos. Y al mismo tiempo se garantiza a los ciudadanos que recibirán del profesional unos servicios de calidad dados por profesionales acreditados. Como hemos indicado el Estado reconoce a los profesionales la capacidad de auto-regulación a través de los Colegios Profesionales. Este control busca asegurar una asistencia cualificada y de calidad, y además con él los profesionales aseguran el cumplimiento de una serie de normas auto-impuestas por los propios médicos, vigiladas y tuteladas por los propios Colegios Profesionales. Sería lógico pensar que los propios Colegios Profesionales deben tener vía directa y fácil de comunicación con el Gobierno del Estado para hacerle saber y valer sus ideas, opiniones, preocupaciones y las normas deontológicas que son exigibles en su comportamiento profesional, lo que ayudaría a marcar sus líneas legales en evitación de dilemas en su actuación.

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FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS - LA DEONTOLOGÍA A lo largo del tiempo se han tenido en cuenta una serie de valores y principios en defensa de la dignidad del enfermo, pasando el médico de ser protector del paciente a ser garante y participar en la defensa y tutela de los derechos del paciente. Pero, además, los deberes del médico van más allá de la exigencia legal. Los valores y principios ético-deontológicos tienen hoy día más vigencia que nunca, ya que la ciencia gana día a día en omnipotencia respecto a la vida humana y la salud. Es preciso preguntarse si un acto, posible científica y técnicamente, es éticamente aceptable. El médico debe defender una asistencia con justicia y equidad para todos. La OMC y los Colegios de Médicos colaboran como: -Una garantía de funcionamiento del Sistema de Salud. -Una garantía de la profesión. -Una garantía para el ciudadano. La auto-regulación de los Colegios de Médicos mediante la defensa y puesta en valor de su Código de Deontología Médica es una garantía de que los Médicos no nos limitaremos a cumplir la Ley, sino que nos comprometemos a un mayor nivel de exigencia de acuerdo con la Deontología Médica. En el vigente Código de Deontología siguen siendo fundamentales, y considerados más importantes: -Sus principios generales. -La relación médico - paciente. -La relación de los médicos entre sí y con otros profesionales. -El secreto profesional. -La calidad de la atención. Respetando siempre la autonomía del paciente y la libertad del médico. Seguiremos hablando puntualmente de cada uno de estos temas y los recogidos en nuestro Código de Deontología Médica

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