Demanda de Prueba Anticipada Juzgado Civil

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Expediente: Especialista: Cuaderno: Principal Casilla: 95620 SINOE Sumilla: Solicita Actuación de Prueba Anticipada. SEÑOR MAGISTRADO DEL JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA TERESA DEVORAH GONZALES URDAY, identificada con DNI N° 07860879, con domicilio real sito en Urbanización San Pedro Mz “D”, Lote 25, del distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima; señalando domicilio procesal en la Casilla Física N° 239 de la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura, con casilla electrónica N° 95620 SINOE, ante usted atentamente me presento y digo: I.- PETITORIO: Que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 896° del Código Civil, así mismo teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 284°, 287°, 290° y 295° del Código Procesal Civil, y por convenir a mi derecho, teniendo legítimo interés moral y económico, por el presente escrito solicito al juzgado se ordene la actuación de inspección judicial en calidad de prueba anticipada, para efectos de constatar la posesión efectiva y real de la recurrente, la cual mantiene sobre el segundo piso del bien inmueble, ubicado en Urbanización San Pedro, del sublote Manzana “B” ( sobre el cual se ha edificado dos departamentos), de un área de 124.70 m2 que corre inscrito en el asiento 2 del Tomo 102 Fojas 44, en la partida electrónica N° 08011938, del registro de predios de

Huacho, conforme a los

siguientes fundamentos de hecho y de derecho:

II.- PRETENSIÓN GENÉRICA QUE SE VA RECLAMAR Y LA RAZÓN QUE JUSTIFICA SU ACTUACIÓN ANTICIPADA Que, a fin de dar cumplimiento estricto a lo dispuesto por el artículo 284° del Código Procesal Civil, señalo al Juzgado con respecto a la Pretensión Genérica que se va a reclamar la justificación de su actuación anticipada, que la presente solicitud se hace con el objeto de acreditar judicialmente mi posesión inmediata, legítima y de buena fe con exclusión de terceros, con respecto al área de terreno referida en el petitorio de este escrito, de forma tal que pueda salvaguardar mi derecho real de la mejor manera posible para cualquier efecto; y, ejercitar en su oportunidad la Prescripción Adquisitiva de Dominio, lo cual está establecida por los artículos 950°, 951° y 952° del Código Civil, y artículos 504° numeral 2 y 505° del Código Procesal Civil . III.-FUNDAMENTOS DE HECHO: 1.-Que, de la sociedad conyugal formada por Manuel Antonio Gonzales Chávez y Victoria Elizabeth Urday Morales, adquirieron el inmueble ubicado en Urbanización San Pedro D25; inscrito en la partida electrónica N° 08011938 de los Registros Publicos De Huacho, adquirieron dicha propiedad con todos su derechos, aires, uso, costumbre y servidumbre como corresponde. 2.-Que, por medio de contrato privado de venta de derechos y acciones de fecha el 28 de setiembre del 2009, efectuado con quien en vida fue mi madre doña Victoria Elizabeth Urday de Gonzales, me cedió en posesión los aires que corresponden a la propiedad, con animus de que lo posea de forma pacífica, continua y publica en calidad de propietaria, fecha desde el cual se procedió a efectuar el refuerzo de los cimientos del primer piso para efectuar la construcción

del

segundo

piso,

la

cual

se

construyó

dos

departamentos, los cuales inicialmente habitaban y en la actualidad se arriendan a favor de la solicitante, en calidad de propietaria dado

que dicha construcción ha sido efectuada por su cuenta y costo, habiéndose cedido la posesión por parte de los propietarios. 3.- Es el caso señor Juez, que desde la fecha la recurrente viene poseyendo de manera inmediata, legítima, de buena fe, excluyente y exclusiva, el bien inmueble referido en el primer párrafo del numeral precedente, esto es los 114 m2, así como el área y construcción del inmueble antes referido y sus aires utilizándolo como tendedero y almacén. IV. NECESIDAD DE LA ACTUACION DE LA PRUEBA ANTICIPADA 4.- Que, como se ha expresado la posesión real y efectiva que viene ejercitando la solicitante es con animus de propietaria y existiendo formas originarias de adquirir la propiedad, como es la prescripción adquisitiva de dominio (usucapión), la cual se encuentra habilitado para demandar en un futuro pues como la jurisprudencia lo ha determinado, se va efectuar una prescripción adquisitiva de dominio a quien alegue una posesión mediata o inmediata de un bien inmueble, pues el ordenamiento legal vigente no distingue si la posesión para adquirir vía prescripción adquisitiva la propiedad deba tener algunas de las características mencionadas, sino que solo exige que aquella sea continua, pacífica y pública (CAS. Nº 1126-01-La Libertad. 10/10/2002). Razón por la cual el accionante al ejercer la posesión de hecho bajo estas características está habilitado para solicitar vía acción sea declarado propietario del inmueble, por lo que es necesario que se efectué una inspección judicial de reconocimiento como posesionaria del segundo piso del bien inmueble antes descrito por la solicitante, sobre el cual se ejerce derechos posesorias, con la citación de los respectivos testigos y colindantes, así como la sucesión intestada correspondiente.

V.- FUNDAMENTOS DE DERECHO: Fundo mi solicitud en lo expresamente establecido por los artículos 284° sobre concepto de prueba anticipada, 285° sobre admisibilidad y procedencia, 287° sobre emplazamiento y actuación sin citación concordada con los artículos 290° y 295° sobre prueba anticipada de inspección judicial, todos del Código Procesal Civil. De la misma manera, en lo dispuesto en los artículos 896°, 920° y 921° del Código Civil. VI.- VÍA PROCESAL Y COMPETENCIA: Estando a lo expresamente normado en los artículos 297° y 33° del Código Procesal Civil, la vía procesal aplicable a la presente solicitud de actuación de Prueba Anticipada es la del PROCESO NO CONTENCIOSO,

siendo

competente

para

conocer

el

JUEZ(A)

ESPECIALIZADO CIVIL DE HUAURA. VII.- MEDIOS PROBATORIOS: Ofrezco en calidad de medios probatorios los siguientes: 01.- La testimonial de MARIA ISABEL PADILLA TRUJILLO, con domicilio en Urb. San Pedro F-08, de ocupación Ama de casa, con numero de D.N.I. 15737678, en calidad de Testigo los cuales declara sobre la posesión, pacifica, continua y publica, la cuales declara sobre el tiempo y sobre que parte del inmueble ejercer la posesión la solicitante. 02.- La Testimonial de PATRICIA DEL ROSARIO RUEDA LAOS, con domicilio en Urb. San Pedro F-05,de ocupación comerciante, con numero de D.N.I. 15723218, en calidad de Testigo lo cuales declara sobre la posesión, pacifica, continua y publica, la cuales declara sobre el tiempo y sobre que parte del inmueble ejercer la posesión la solicitante. 03.- La Testimonial de ELENA MIRIAN CASTILLO FUENTES RIVERA, con domicilio en Urb. San Pedro D-21, de

ocupación Ama de casa, con numero e DNI 15590334, en calidad de Testigo lo cuales declara sobre la posesión, pacifica, continua y publica, la cuales declara sobre el tiempo y sobre que parte del inmueble ejercer la posesión la solicitante. 04.- Copia Contrato Privado de venta de derechos y acciones de fecha 28 de septiembre del 2009 efectuado por la solicitante y con quien en vida fue Victoria Elizabeth Urday Morales de Gonzales, el cual acredita la plena posesión, pacifica, continúa y publica que mantiene actualmente la solicitante. 05.-Declaracion Jurada de Tenencia de Inmueble efectuado por la solicitante el cual acredita la posesión del segundo piso del inmueble ubicado en Urbanización San Pedro Mz “D” lote 25 el cual ha edificado dos departamentos. 06.- Memoria descriptiva y su plano perimétrico el cual acredita los linderos y medidas perimétricas del terreno en cuestión. 07.-Comprobante

de

pago

y

contrato

del

suministro de energía eléctrica el cual está a nombre de la solicitante y el cual acredita los pagos del servicio de energía. 08.- El Proveido N° 44446-2018, emitido por la Municipalidad Provincial de Huaura con su respectivo declaración jurada de Autovaluó el cual acredita la posesión que mantiene la solicitante sobre el inmueble ya antes mencionado. VIII.- ANEXOS: 1-A.- Copia de DNI de la solicitante 1-B.- Arancel Judicial por Ofrecimiento de Pruebas 1-C.- Cedulas por Derecho de Notificación 1-D.- Copia del Contrato Privado de Derecho y acciones 1-E.- Declaración Jurada de Tenencia de Bien Inmueble 1-F.- Memoria Descriptiva con su Plano Perimétrico 1-G.-Comprobantes de pago de suministro de energía eléctrica 1-H.- Proveido N° 4446-2018 y sus respectiva declaración Jurada 1-I.- Copia de Papeleta de Habilitación del letrado que Suscribe

OTROSÍ DIGO: Que, delego las facultades generales de representación al letrado Randu Caycho Mendoza, con Registro del Colegio de Abogado de Huaura N° 1583, que estable el art. 80° concordante con el art. 74° del C.P.C., asimismo declaro expresamente estar instruido de la representación sus alcances, precisando que mi domicilio es el mismo que obra en el introductorio del presente, solicitando se presente la designación. POR TANTO: Sírvase Ud., Señor Juez(a) tener por presentada mi solicitud de Actuación de Prueba Anticipada, calificarla positivamente y tramitarla conforme a su naturaleza; y, en consecuencia, ORDENE LA ACTUACIÓN DE INSPECCIÓN JUDICIAL PARA EFECTOS DE CONSTATAR

LA

POSESIÓN

EFECTIVA

Y

REAL

DE

LA

SOLICITANTE. Huacho, noviembre del 2019

TERESA DEVORAH GONZALES URDAY DNI N° 07860879