Cuestionario de Derecho Civil

Cuestionario de derecho Civil. 1. Como se le denomina en el derecho sustantivo a la forma de adquisición de la propiedad

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Cuestionario de derecho Civil. 1. Como se le denomina en el derecho sustantivo a la forma de adquisición de la propiedad que no sea de forma universal. 2. Para los efectos de sucesiones que se puede legar. Pueden legarse todas las cosas y derechos que están en el comercio, aun las que no existen todavía, pero que existirán después. (arto.1115 C)

3. Es correcto repudiar un legado una vez aceptada esta figura. Después de aceptado el legado, no puede repudiarse por las cargas que lo hicieron oneroso. (Arto. 1161 C.)

4. Cuál es la circunstancia o hecho jurídico que se deriva, cuando el legado se sujeta a una condición suspensiva. El legatario no podrá adquirir los legados, hasta que se cumpla la condición establecida (Arto. 1131 C)

5. Cuál es el efecto jurídico, del bien legado, cuando el testador da a escoger al heredero o legatario a tomar el bien legado a su arbitrio. Cuando el testador deje expresamente la elección al heredero o al legatario, el heredero podrá dar lo peor y si la elección le corresponde al legatario podrá este escoger lo mejor.

6. Tiene responsabilidad económica los legatarios, cuando las sucesiones están libres de deudas, aunque sea para mejora y conservación de la cosa legada, que sucede cuando la sucesión es insolvente. Los legatarios no son responsables por las deudas y cargas de la sucesión, aunque hubieren sido contraídos para la adquisición, conservación y mejora de la cosa legada (Arto. 1152 C)

7. Diga; El que recibe un legado a quien corresponde autorizar para que lo tome aquel. El legatario no puede tomar la cosa legada sin pedirla al heredero o albacea encargado de cumplir los legados. (Arto. 1128 C)

8. Cuál es el efecto jurídico para el testador; cuando el legado se encuentra mancomunado. El legado vale solo por la parte que es propiedad del testador. (Arto. 1117 C)

9. Cuál es el efecto jurídico de bienes legados cuando estos tienen el carácter de fungibles o de consumibles.

Si no se establece la cantidad de la cosa fungible o consumible, este legado no tendrá valor, si se establece el lugar en donde se encuentra se entregara lo que se encuentre de la cosa al momento de la muerte del causante, aun cuando se designe la cantidad.

10.Juan Pérez es acreedor de chico lospalotes, de una cantidad de C$ 5,000.00 deuda que consta en escritura pública No. 120, resulta que chico, otorga su testamento el 15 de mayo del año 2008, dejando como heredero a Kaliman y Solin y deja un legado a Juan Pérez equivalente a C$ 5,000.00 y un poco más, muere el testador; se abre la sucesión; concurren todos los acreedores, incluyendo a Juan Pérez y demanda que se le cancele su deuda, los herederos se niegan pues recibió un legado y que se lo tome como pago. El juez de primera instancian confirma la postura de los herederos. Juan Pérez apela la sentencia. Que resuelve usted como magistrado del TA. Declararía ha lugar a la apelación por cuanto establece el arto. 1143 lo que el testador legare a su acreedor no puede compensarse con la deuda.

11.En que consiste la institución del albaceazgo y cuáles son las formalidades de ley. El albacea es la persona a quien el testador le encarga la ejecución de su voluntad expresada en su testamento, tiene todas las funciones y poderes necesarios para la ejecución de la voluntad del causante, (Arto. 1303 C y 1310 C) - Deberá ser otorgado ante notario público y tres testigos idóneos que vean, oigan y entiendan al testador de ellos al menos dos deben saber leer y escribir. (Arto 1053 C)

12.Juan Pérez deja en su testamento como heredero a x,y,z y nombra como ejecutor de su sucesión al señor CC; pero en consideración que este le ha servido de mayordomo por más de 30 años le lega un bien inmueble y además se le exige no encargarse del inventario, delegando al señor JJ. En materia de sucesiones lo dispuesto por el de Cujus es de ley. El señor CC al momento de abrirse la sucesión se niega a cumplir con su obligación de ejecutar el inventario puesto que es papel de JJ. Es correcta la actitud del causante y del señor CC. Juan Pérez, nombra a CC como ejecutor o Albacea de su testamento, dentro de sus obligaciones está la de promover el inventario, pero en este caso el causante no le confirió facultades para promover el inventario, (Artos 1257 y 1258 C) ya que se la asigno a JJ. Por tanto es JJ quien está obligado a promover el inventario. Así que la actitud de CC es correcta.

13.En materia de derecho hereditario. En qué caso y quienes tienen facultad jurídica el ejecutor testamentario para pedir el pago por el cargo designado por el causante y en cuanto a sus honorarios, cuanto le toca , si existe o no cuantía establecida.

El testador o causante señalara la remuneración del albacea. Si el testador o causante no lo señala será el juez quien regulara los honorarios del ejecutor de conformidad a los aranceles establecidos en la ley de aranceles judiciales. (Arto. 1334 C)

14.Señale las circunstancias legales en virtud de la cual se da por fenecida la institución del albaceazgo. -

Por la ejecución completa de su encargo. Por incapacidad sobreviniente. Por la muerte del albacea. Por orden del juez. Por dimisión voluntaria. Arto. 1341 C.

15.En materia de sucesiones en que consiste la figura de dimitir o dimisión. 16.Explique en qué consiste el espíritu del arto. 1141 C. Si el testador o causante es acreedor de una persona y en el testamento le deja legado al deudor principal, esto libra de obligación al fiador del deudor.

17.Para efectos de sucesiones en que consiste los legados. Los legados son asignaciones a titulo singular, quiere decir que de forma particular se le deja a una determinada persona parte del universo de los bienes y cosas del legatario. Aun los herederos son legatarios en cuanto se le asigna o deja bienes en particular. Sin embargo tienen la particularidad de no representar al causante ante terceros o acreedores (Arto. 1114 C)

18.Cuál es la trascendencia jurídica de las cosas legadas ajena adquirida por el legatario antes del testamento. Ninguna trascendencia jurídica ya que el legado de una cosa o bien que no es propiedad del testador, no tiene ningún valor aunque después adquiera la propiedad de la cosa o bien en mención. (Arto. 1116 C) en otras palabras jamás existió dicho legado.

19.Cuál es la trascendencia jurídica de los legados enajenados que no trastocan derechos de terceros y no deben enajenarse. No existe ninguna trascendencia jurídica, ya que la cláusula de no enajenar bienes se tendrá como no puesta siempre que los legados enajenados no compromete derechos de terceros. (Arto. 1139 C)

20.Cuál es el efecto jurídico cuando existen dos legados a favor de una misma persona y un legado pesa una carga determinada. El legatario está obligado a recibir los dos legados, no puede aceptar uno y rechazar o repudiar el otro (Arto. 1163 C)