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ESTABLEZCA LAS RELACIONES NECESARIAS ENTRE VOLUNTAD GENERAL, SOBERANÍA Y CUERPO POLÍTICO, PARA EL PENSAMIENTO DE ROUSSEA

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ESTABLEZCA LAS RELACIONES NECESARIAS ENTRE VOLUNTAD GENERAL, SOBERANÍA Y CUERPO POLÍTICO, PARA EL PENSAMIENTO DE ROUSSEAU.

Antes de proceder con el estudio de la relación necesaria entre los conceptos planteados por Rousseau en su obra El Contrato Social, me permitiré precisar brevemente algunos conceptos básicos que facilitarán la comprensión de lo que él define como voluntad general, soberanía y cuerpo político. Para empezar, Rousseau considera que toda organización de personas, que desean vivir en sociedad, tiene inicio en una asociación que buscará alcanzar un acuerdo común – una convención, que “proteja a la persona y lo que le pertenece, con la unión de sus asociados para formar un todo, sin dejar de ser libres como antes”1, o lo que él llama el pacto o contrato social. Llega a este planteamiento después de varias críticas a lo que, erróneamente, se podría considerar como “pueblo” o algún tipo de organización de carácter social al derecho del más fuerte y a la esclavitud; manifestando que ninguna agrupación que se vea forzada a servir bajo la presión del miedo o el castigo, en realidad no manifiesta su voluntad de pertenecer a determinado grupo y por lo tanto no nace ningún derecho para aquel que ejerce ese poder de la fuerza. Se obedecerá solamente a aquellos poderes legítimos. A partir de lo expuesto, nace lo que Rousseau plantea como cuerpo político, al que describe como: “…un cuerpo moral y colectivo compuesto de tantos miembros como votos tiene la asamblea… una unidad, su yo común, su vida y su voluntad…” Con estos elementos, tenemos que el cuerpo político, es la base primigenia del modelo de organización social que plantea el autor. Sin este cuerpo colectivo formado a partir de una convención inicial, en la que todos se dan sin reserva, sin que nadie pierda y donde todos ganan la fuerza necesaria para conservar lo que es de todos; sería imposible tan solo pensar en una pequeña muestra de sociedad. Instituido el cuerpo político, surge el término del soberano, que vendría a ser el mismo cuerpo político, formado por los particulares con intereses comunes, que buscan el beneficio del todo el cuerpo y que es imposible que se perjudique a sí mismo; pero que tiene una calidad especial: la capacidad de poder ejercer Soberanía a través de la manifestación de la Voluntad General. 1

ROUSSEAU, EL CONTRATO SOCIAL, Aguilar S.A. Madrid – España. 1970. Pág. 16

Ahora bien, qué se entiende por Soberanía y voluntad general? Para atender al primero de los cuestionamientos, se sustrae de la obra que es aquel derecho del Soberano, como institución política, de ejercer su poder, mismo que nace como elemento necesario del pacto social que los particulares voluntariamente constituyeron. Aquí, es importante hacer mención que Rousseau le da a la soberanía los caracteres de Inalienable e Indivisible, como esenciales. Al decir que es Inalienable, el autor manifiesta la imposibilidad de enajenarla, por el simple hecho de que el soberado al ser por naturaleza colectivo, no puede estar representado más que por sí mismo, para ello cito: “…el poder puede transmitirse, pero no la voluntad.” La voluntad general que solo y únicamente nace del soberado en ejercicio de la soberanía, no puede ser encargada a ninguna otra persona o institución, porque se destruiría la base de todo el modelo de organización social que plantea Rousseau: el pacto social. A la vez, la soberanía es Indivisible y se explica de la manera más sencilla: “…la voluntad es general o no lo es…” Seguidamente, la voluntad general vendría a definirse como la consecuencia del ejercicio de ese poder del cual está revestido el soberano, voluntad cuyo objetivo es la consecución del bien común; satisfacer los intereses de todos aquellos particulares que en conjunto dan forma al cuerpo político, intereses que estén destinados al bienestar de todo el colectivo mas no los individuales que se verán satisfechos una vez alcanzado el fin de la voluntad general. Una de las consecuencias de estos principios es que la voluntad general es la única que puede dirigir un Estado porque es la única que se enfoca en el bien común, tomando en cuenta que la soberanía es el ejercicio de la voluntad general, no puede ser enajenada ni tampoco es inalienable porque la voluntad es general o no lo es y unos pocos no pueden tomar la decisión del todo. Finalmente plantearemos la relación entre voluntad general, cuerpo político y soberanía; tomando en cuenta que todos estos factores forman parte de la organización social de acuerdo a Rousseau. El pacto social nace de la transición del estado natural al estado civil en la que se enajena a los miembros y sus derechos a la comunidad, es decir que pierden la libertad natural y un derecho ilimitado a obtener todo lo que les tienta y ganan el equivalente a todo lo que pierden y fuerza para conservar lo que tienen2.

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ROUSSEAU, EL CONTRATO SOCIAL, Aguilar S.A. Madrid – España. 1970. Pág 21

A su vez la voluntad general es la voluntad mayoritaria que piensa en el bien de la comunidad y pone de lado el bien particular, por otro lado el soberano es el cuerpo del pueblo, el cuerpo político mismo con la facultad de ejercer soberanía. La cual es un convenio legitimo porque esta basado en el contrato social, siendo el ejercicio de la voluntad general y priorizando siempre la igualdad de todos sus miembros. También podemos plantear que todos los conceptos se relacionan en cuanto a su origen ya que Rousseau plantea que del nacimiento del contrato social nacen los tres conceptos, y mas allá cada concepto esta entrelazado del nacimiento del soberano nace la soberanía la cual es el ejercicio de la voluntad general.