Contrato Deportivo Jugador

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Registro No.________________ (Para uso exclusivo de la FMF) CONTRATO DE TRABAJO DEPORTIVO Denominación de las partes. Club (Nombre Deportivo) ____________________________________________________________________________________________________ Nombre del Jugador ________________________________________________________________________________________________________ Datos de Constitución del Club: Asociación Civil ( ) Sociedad Anónima ( ) Otra (Especificar) ( ) ________________________________________________________________ Escritura Pública No. __________________ Inscripción en el Registro Público de Comercio _______________________________________________ R. F. C. ____________ Razón Social ____________________________________________________________________________________ Domicilio Social: ___________________________________________________________________________________________________________ Personalidad de Representante Legal del club: Nombre: _______________________________ Cargo: ___________________________________________________________________________ Escritura Pública No: _______________ Fecha: ___________________ Notario Público No. ______________________________________________ Nombre del Notario: ________________________________________________________________________________________________________ Datos Generales del Jugador: Nombre: ________________________________________ Nacionalidad: _____________________________________________________________ Fecha de Nacimiento: ____________________ Estado Civil: ________________________________________________________________________ Domicilio: ________________________________________________________________________________________________________________ Quienes celebran el presente contrato de conformidad con lo dispuesto por el artículo 293 de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de las declaraciones y clausulas siguientes: DECLARACIONES I.

II.

III.

En lo sucesivo para mejor comprensión de este documento, las partes declaran estar de acuerdo en denominarse respectivamente “EL CLUB” Y “EL JUGADOR”, y al referirse a la Ley Federal del Trabajo se mencione “LA LEY”. El club declara ser una sociedad constituida conforme a las leyes de la República Mexicana de la Materia y que entre su objeto social se encuentra la de iniciar, promover, fomentar, estimular, patrocinar o dirigir toda clase de actividades encaminadas al desarrollo del fútbol soccer y del deporte en general, constituir, organizar, administrar, manejar, dirigir y reglamentar el funcionamiento operacional de equipos de fútbol, para lo cual tiene afiliado ante la FMF un equipo de fútbol profesional que participa con el nombre de ____________________________________en los diversos Torneos y Competencias que organiza y regula la Federación ya sea a nivel Nacional o Internacional. Por su parte el “JUGADOR” declara estar capacitado legal, física y mentalmente para prestar sus servicios al “CLUB” como profesional de futbol asociación (Soccer), manifestando además que conoce y acepta los requisitos que estipulan las Reglamentaciones de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., FIFA, Reglas de Juego y el Reglamento Interno del “CLUB”.

Por las anteriores declaraciones, las partes suscriben el presente contrato de conformidad con las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA.- La Relación de Trabajo Deportivo que consta en este Contrato, se rige por las disposiciones del capítulo de “LA LEY” relativo a los Deportistas Profesionales, así como a las demás disposiciones aplicables. SEGUNDA.- Las partes convienen en que el objeto de esta relación de trabajo consiste en que “EL JUGADOR” se obliga prestar al “CLUB” sus servicios como JUGADOR Profesional de Fútbol, en forma exclusiva en todas las competencias oficiales, amistosas, nacionales e internacionales, en las que el “CLUB” participe durante el término que se expresa en el presente documento, actividades que pueden desarrollarse bien en la República Mexicana o en el Extranjero. El “JUGADOR” está de acuerdo de que el “CLUB” es el Titular de todos los derechos exclusivos para la grabación, transmisión, retransmisión o cualquier otro uso de los partidos en que el Jugador participe, y podrá utilizarlos por cualquier forma o medio en los términos de la Ley Federal de Derechos de Autor Vigente. Así mismo el “JUGADOR” cede en forma expresa los derechos que le pudieran corresponder en términos de dicha Ley, a la Federación Mexicana de Fútbol por su participación en la Selección Nacional.

TERCERA.- Vigencia de la Contratación: Por tiempo determinado que comprenderá la vigencia del o los siguientes Torneos: (señalar el tiempo de vigencia por campeonato). APERTURA 2011 APERTURA 2012

( ) ( )

CLAUSURA 2012 ( ) CLAUSURA 2013 ( )

AMBOS ( ) 2011-2012 AMBOS ( ) 2012-2013

Del Campeonato Nacional de Fútbol, de la Segunda División Profesional, incluyendo internacionales durante este periodo.

los

partidos oficiales

o

amistosos, nacionales e

Por lo tanto este Contrato quedara concluido, sin necesidad de declaración judicial al efecto, en el momento que “EL CLUB” quede sin haber calificado a la fase final ó participando en ésta, sea eliminado en cualquiera de las etapas determinadas en el Reglamento de Competencia Oficial.

CUARTA.- El “CLUB” conviene con el “JUGADOR”, que por la prestación de los servicios deportivos, se le cubrirá la cantidad de: (Salario Mínimo Vigente en el Distrito Federal, Marcar con una X si el pago lo harán mensual o quincenal) $

M.N.

Forma de Pago :

Mensual

Quincenal

El importe se deberá entender como un salario integrado, es decir, ya están incluidas las partes proporcionales que correspondan por prima vacacional, aguinaldo, séptimo día, y demás análogos. QUINTA.- El “JUGADOR” se obliga a cumplir con todas y cada una de las disposiciones que el “CLUB” por conducto de su Directiva, Directores Técnicos, Auxiliares y demás Personal Técnico, en lo que se refieren a entrenamientos, concentraciones previas a los partidos, viajes del equipo y en forma particular con las órdenes que reciba de sus Técnicos para el desempeño de su actividad en los partidos de cualquier naturaleza que éstos sean. Los gastos que originen los viajes del Equipo, serán por cuenta exclusiva del “CLUB”, según lo dispone el artículo 298 de la “LEY”. SEXTA.- El “JUGADOR” se obliga a utilizar exclusivamente los uniformes de juego y de viaje que le proporcione el “CLUB”, los uniformes que usen los jugadores de las ramas profesionales de la Federación Mexicana de Fútbol, podrán llevar identificación de la marca del fabricante del equipo deportivo, siempre cuando ésta no supere una superficie de 16 cm 2, según disposición de la FIFA, y esta sigla o emblema podrá ser aplicada en la camiseta o en el pantalón, no en ambas. Las camisetas de los uniformes que porten los jugadores podrán llevar anuncio comercial, cumpliendo siempre con los requisitos que para el efecto señale la Federación Mexicana de Fútbol Asociación y autorización expresa del “CLUB” quien es titular de este derecho en términos del presente Contrato. SEPTIMA.- El “CLUB”, ésta obligada a otorgar al “JUGADOR” por cada año de servicio, un período de vacaciones pagadas en los términos que señala la “LEY”. OCTAVA.- El “JUGADOR”, disfrutará invariablemente de un día de descanso semanal que por lo general podrá ser el día lunes pero el “CLUB” podrá cambiar el día de descanso a otro día de la semana, cuando por razón del Calendario de Juegos o de compromisos que el “CLUB” contrajera, deba utilizarse el día lunes, esto sin que el “CLUB” pueda suprimir el descanso semanal.

1

NOVENA.- El “JUGADOR”, reconoce la facultad legal de el “CLUB”, para transferir a otro “CLUB”, los derechos que haya adquirido sobre sus servicios profesionales como “JUGADOR”, de fútbol, de acuerdo a las normas que establece al respecto la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A.C., y lo previsto en el artículo 296 de la “LEY”, se establece para el caso, de común acuerdo los lineamientos siguientes: a).- La terminación del Contrato de Trabajo y en caso de que el “CLUB”, estime poner transferible al “JUGADOR”, se lo comunicará inmediatamente. b).- Los pagos que reciban los jugadores por la firma de sus contratos, durante su permanencia en el “CLUB”, serán a cuenta de la participación porcentual que les corresponda por su transferencia a otro “CLUB”, si la hubiera. DECIMA.- El “CLUB”, está obligado a practicar reconocimiento médico general al “JUGADOR”, cuando inicie sus servicios y en forma periódica para determinar científicamente la condición físico-atlética y mental del “JUGADOR”, lo cual garantizará la prestación de sus servicios deportivos. Para este efecto, el “CLUB”, dispondrá de médico o médicos especializados en Medicina Deportiva para que se practiquen estos reconocimientos y dada la naturaleza de estos servicios deportivos que le presta su “JUGADOR”, el “CLUB”, se obliga a atenderlo médicamente para que nunca esté en riesgo su salud, por la ejecución de su trabajo deportivo. DECIMA PRIMERA.- El “CLUB”, fijará la jornada de trabajo de acuerdo con las disposiciones generales de la “LEY”, pero a la vez, el “JUGADOR”, reconoce expresamente que la prestación de sus servicios deportivos son trabajos especiales y manifiesta su conformidad para prestar éstos en forma, día y horario de entrenamiento, convivencias y competencias que determine el “CLUB”. Por lo tanto los horarios o días fijos de trabajo dado la naturaleza de este Contrato serán variables. DECIMA SEGUNDA.- El “JUGADOR”, se obliga a cumplir estrictamente con los Reglamentos Deportivos vigentes que rija la práctica del Fútbol Asociación, asimismo con el Estatuto y Reglamentos vigentes de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, particularmente con el Reglamento del “JUGADOR”, así como con todas las disposiciones y el Reglamento Interior del “CLUB”, teniendo en cuenta lo señalado en la fracción IV del artículo 298 de la “LEY”. “EL JUGADOR” manifiesta que conoce plenamente el contenido de el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA y a actar las sanciones previstas en el, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 298 Fracción IV y 302 de la Ley Federal del Trabajo. DECIMA TERCERA.- Las faltas cometidas por el “JUGADOR”, que no impliquen rescisión de la relación de trabajo, se podrán sancionar de acuerdo con las disposiciones mencionadas en la cláusula anterior. DECIMA CUARTA.- La relación de trabajo puede rescindirse por cometerse cualquiera de las faltas de carácter general que establece la “LEY”, en el capítulo respectivo, así como por la especiales de rescisión que se consignan en el artículo 303 de la propia “LEY” y las cuales son: I.- La indisciplina o las faltas repetidas de indisciplina II.- La pérdida de facultades. Para los efectos a lo dispuesto en el punto II, se entiende por pérdida de facultades, la disminución de la capacidad física-atlética o psíquica del “JUGADOR”, para desempeñar la prestación normal de sus servicios, estimados éstos de acuerdo con su categoría dentro del medio deportivo y en relación con el salario que devengue, siempre que dicha disminución de su capacidad y consecuentemente de su rendimiento no sea atribuible a riesgos del trabajo sufridos durante la vigencia de este contrato. “EL JUGADOR” esta consiente en que el incumplimiento a este contrato de trabajo sin causa justificada trae como consecuencia que incurra en responsabilidad civil por el daño que ocasione al “CLUB”, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el articulo 5° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 17 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de jugadores FIFA, se hará acreedor al pago de una indemnización al club por la cantidad de $______________, que en términos del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de jugadores de FIFA, deberá estar cubierta cuando el jugador reinicie sus labores con otro club afiliado o no a la Federación Mexicana de Fútbol Asociación A. C. además de la indemnización, se hará acreedor a las sanciones deportivas que por su actuar merezca. Para el caso de que “EL CLUB” de incumplimiento a este contrato se hará acreedor a las sanciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo y en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA. DECIMA QUINTA.- El “JUGADOR”, tendrá la obligación de tener toda la documentación que como ciudadano exigen las Leyes Mexicanas tales como acta de nacimiento, cartilla del servicio militar, pasaporte, etc. El “JUGADOR”, que no lo haga estará obligado a pagar al “CLUB” todos los gastos que éste erogue para obtener tal documentación. El “JUGADOR”, será el único responsable de la autenticidad de los documentos que presente para su registro ante la Federación Mexicana de Fútbol Asociación. DECIMA SEXTA.- El “JUGADOR”, y el “CLUB”, deberán ocurrir en caso de conflicto o desavenencia ante las Autoridades Deportivas de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación A.C. DECIMA SEPTIMA.- Serán obligaciones de ambas partes contratantes: I.- Registrar el presente contrato en la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A.C., para que produzca todos sus efectos legales. II.- Este contrato tiene vigencia por la Temporada Oficial señalada en la clausula Tercera de este Contrato. Este Contrato se extiende por cuadriplicado y una vez registrado se entregara un ejemplar al “CLUB” otro al “JUGADOR”, una copia para el archivo de la Federación y el cuarto ejemplar para la Rama Profesional, correspondiente. Fecha: __________________________________ a __________ de ________________ de___________.

_______________________________________

_______________________________________________

CLUB

JUGADOR

PRESENTADO A LA FEDERACION MEXICANA DE FÚTBOL ASOCIACION, A.C. PARA SU REGISTRO CON FECHA: _______________________ A _______ DE _____________________ DE _____________.

FEDERACION MEXICANA DE FUTBOL ASOCIACION, A. C.

___________________________________________________________________

CLAUSULAS ADICIONALES: _________________________________________________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________________________________________________________

_______________________________________

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CLUB

JUGADOR 2