Contrato de Locacion

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES Conste por el presente documento, el CONTRATO DE LOCACION de Servicios P

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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES Conste por el presente documento, el CONTRATO DE LOCACION de Servicios Profesionales, que celebran de una parte, la sociedad conyugal conformada por LUIS ALBERTO GARIBAY SAMANEZ , identificado con DNI. N° 06555681 y CLARA MARIA QUISPE PURILLA, identificada con DNI. N° 09484117 , ambos con domicilio común en el Jr. Felipe Pinglo Alva N° 979, P. Joven Collique 4ta. Zona, Distrito de Comas, Provincia y Departamento de Lima, a quienes en adelante se les denominara EL COMITENTE y de la otra parte LA CONSTRUCTORA CONTRATISTA ARMAS & ARBAL SAC., debidamente representada por su titular Gerente Don SANTIAGO ARMAS YZAGUIRRE, identificado con DNI.N° 09152666, con domicilio legal en la MZ. “C” – Lote 07, segundo piso, Of. 201 Km. 6.00 de la Carretera Central, Urb. Virgen del Carmen, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; e inscrita en la Partida Electrónica N°12400176, del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, a quien para efectos del presente instrumento se le denominara EL LOCADOR: bajo los términos y condiciones siguientes: ANTECEDENTES. PRIMERA.- EL COMITENTE es una persona natural que tiene en posesión un terreno con un Área de 2,343.31 M2 ubicado en el predio La Gloria Alta, a la altura del Km 14,500 La Carretera Central, conforme consta en la inscripción preventiva en los RR.PP de Lima terreno que es materia del presente contrato. SEGUNDA .-EL LOCADOR: es una persona jurídica dedicada al giro de elaboración y ejecución de proyectos de Habilitación Urbana y Saneamiento de Propiedad de Inmueble en el giro de Ingeniería Civil, Supervisión de Obras, Asesoría y Consultoría, Elaboración de Documentos, Conducción de Obras y Gestión Administrativa entre otros afines inherentes a las labores de Ingeniería, con participación directa e indirecta de profesionales de la industria de la construcción. OBJETO DEL CONTRATO TERCERA.-Por el presente contrato, EL LOCADOR se obliga a prestar sus servicios Profesionales que consiste en culminar la Prescripción Adquisitiva de dominio del terreno descrita en la Clausula Primera inscribiendo la independización a favor del comitente en los Registros Públicos de Lima. Así mismo también se compromete a culminar la Prescripción Adquisitiva de Dominio de un terreno 7,663.70 M2 que está en posesión de su Mama, inscribiendo la Independización en los Registros Públicos de Lima a favor de la Sra. ADELA SAMANEZ CUBA. CARACTERES Y FORMA DE PRESTAR EL SERVICIO. CUARTA.- El servicio objeto de la presentación a cargo de EL LOCADOR, comprende la inscripción Registral de los terrenos descritos en la Clausula precedentes, culminando el servicio con la obtención de la 2 Partidas Electrónicas que contengan a inscripción en los Registros Públicos de Lima.

QUINTA.-Queda establecida que la prestación de servicios a cargo de EL LOCADOR comprenderá el patrocinado de procesos administrativos sobre la materia relación dada con el contrato que se suscribe. SEXTA.-El servicio objeto de la prestación a cargo de EL LOCADOR, tiene carácter personal, encontrándose facultado para contratar bajo su responsabilidad y su propia dirección al personal requerido para cumplir con el objeto materia del presente contrato. HONORARIOS: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO: SEPTIMA.- Las partes acuerdan que los Honorarios que pagara EL COMITENTE en calidad de contraprestación por la integridad y totalidad de los servicios prestados por EL LOCADOR será de un área de terreno de 224.48 M2. Ubicado en el Lote N°3 del Plano Aprobado por las partes desarrollado en el terreno de 2,343.31M2 terreno que es materia de este contrato. NATURALEZA DEL CONTRATO. OCTAVA.- El presente contrato es de naturaleza civil por lo tanto queda establecido que EL LOCADOR no está sujeto a relación de dependencia frente a EL COMITENTE y en tal sentido, aquel tiene plena libertad en el ejercicio de sus servicios profesionales, procurando tener el mejor resultado a favor del COMITENTE en función a los intereses de este. OBLIGACION DE LAS PARTES: NOVENA.- EL COMITENTE está obligada a pagar los honorarios profesionales a EL LOCADOR entregando el terreno a la inscripción Registral de cualquiera de los 2 terrenos materia de este contrato y suscribir la Escritura Pública de Transferencia culminado cuando se haya culminado con la inscripción Registral de los 2 Terrenos. Así mismo ambas partes de mutuo acuerdo dejan constancia, que todo documento que hayan suscrito anteriormente relacionado a los terrenos en mención relación quedan anulados con la suscripción del presente contrato. DECIMA.-EL COMITENTE se compromete a entregar oportunamente a EL LOCADOR los documentos e información que esta necesite para la prestación de sus servicios profesionales y, a prestar su colaboración y participación cada vez que EL LOCADOR lo requiera, siempre y cuando se considere necesaria la misma. DECIMO PRIMERA.- EL LOCADOR, por su parte, se obliga a prestar los servicios profesionales contratado por EL COMITENTE en la forma diligente y responsable procurando eficiencia en la ejecución de su obligación hasta la culminación de la misma y logro de los objetivos contenidos en el presente contrato. COMPETENCIA TERRITORIAL. DECIMO TERCERA.- Para efectos de cualquier controversia o conflicto de interés intersubjetivos o incertidumbres jurídicas que se genere en torno al presente contrato las partes se someten a la jurisdicción de los Jueces y Salas de Lima.

En señal de conformidad con lo estipulado en el presente contrato firman las partes el 09 de Junio del 2013 legalizando sus firmas ante Notario Público de Lima.

_____________________________ COMITENTE LUIS ALBERTO GARIBAY SAMANEZ

____________________________ LOCADOR SANTIAGO ARMAS YZAGUIRRE GERENTE

______________________________ COMITENTE CLARA MARIA QUISPE PURILLA