Constitucion de Empresas

DOCENTE: TEMA: ASPECTOS GENERALES DE LA LEY DE SOCIEDADES PRESENTADO POR:  ANCCO CHOQUE , ERICK TACNA-PERU 2015 ASP

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DOCENTE: TEMA: ASPECTOS GENERALES DE LA LEY DE SOCIEDADES PRESENTADO POR: 

ANCCO CHOQUE , ERICK

TACNA-PERU 2015

ASPECTOS GENERALES DE LA LEY DE SOCIEDADES ACTIVIDADES: 1. ¿Que debe tener el pacto social y los estatutos? EL PACTO SOCIAL: Es un pacto jurídico, virtud del cual, los socios deciden la constitución de la sociedad y una serie de disposiciones generales sobre la misma. Monto de capital, acciones en la que se divide, forma de suscribirlas y el texto del estatuto. DEBE CONTENER:      

Datos de identificación de los fundadores. Manifestación expresa en la voluntad de los accionistas de constituir una sociedad. El monto de capital y las acciones en la que se divide. La forma como se apaga el capital suscrito. Nombramiento de identificación de los prm. El estatuto que regirá el funcionamiento de la sociedad.

ESTATUTOS Los estatutos rigen el funcionamiento de la sociedad y debe expresarse en la escritura de la constitución de la sociedad en ellos tienen que aparecer:  Denominación de la sociedad.  El objeto social, determinando las actividades que lo integro.  La duración de la sociedad.  La fecha en que se dará comienzo a sus operaciones.  El domicilio social, capital social.  El número de acciones en el que está dividido el capital social.  La estructura, el órgano administrativo de la sociedad.  El régimen de las prestaciones y asesorías.  Modo de deliberar y adoptar los acuerdos los órganos colegiados de la sociedad.  La fecha del cierre del ejercicio social.  Las restricciones en la libre transmisibilidad de las acciones. 2. ¿Cómo se constituye una empresa? (P.N. y P.J.) La forma de constitución de un negocio o una empresa la elige la persona o personas que van a desarrollar la actividad y son los que deciden si la empresa la conduce un solo propietario o el representante de una sociedad en caso varias personas la conformen. Es decir: Juana Ramírez, se dedica a la compra y venta de cosméticos. Juana, acude a un mayorista y adquiere los cosméticos y los vende entre sus amistades, ella está

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conformando una empresa unipersonal que conduce ella misma y será responsable de las obligaciones derivadas de su actividad. Pero si Juana Ramírez y su amiga Beatriz Rosas deciden unir sus fuerzas para vender los mismos cosméticos, para lo cual cada una aporta un capital, conformaran una Persona Jurídica. Con el Servicio de Constitución de Empresas en Línea el Estado Peruano te permite constituir una empresa en 72 horas, solo debes seguir los siguientes pasos: 1. Regístrate en línea en SUNARP. Luego ingresa tu usuario y contraseña en la opción “Usuarios Registrados”. Para ello deberás hacer un pago por Internet (Solo se acepta tarjeta de crédito Visa). También puedes realizar el trámite de manera presencial en las oficinas de la SUNARP. 2. Para respaldar tu trámite deberás elegir alguna notaría. La página cuenta con buscadores donde podrás hallar la notaría más cercana a ti según tu departamento, provincia y distrito. 3. Debes seleccionar el tipo de persona jurídica (tipo de empresa) que vas a constituir. Para conocer más sobre las opciones y el tipo de persona jurídica que le corresponde a tu empresa. 4. Llenar cuidadosamente los datos de la empresa a constituir. Además de tus datos personales, se te pedirá el Número del Título de Reserva de Nombre que hiciste en el primer paso. También el Objeto Social de tu empresa (el rubro de actividades a las que se va a dedicar), debes ser lo más claro posible. 5. Al terminar de llenar el Paso 4 se generará un documento denominado Acto Constitutivo, debes completar los datos que faltan y guardar el documento en tu computadora. 6. Aquí debes adjuntar el modelo de Acto Constitutivo que descargaste y completaste en tu computadora. Evita ponerle tildes al nombre del archivo. 7. Debes legalizar tus libros societarios y contables en la notaría que habías elegido antes o en una nueva. El tipo de libros que necesite tu empresa corresponde al tipo de persona jurídica que has constituido.

PERSONA NATURAL Y PERSONA JURÍDICA Una empresa puede estar constituida legalmente como Persona Natural o Persona Jurídica, por lo que una decisión que debemos tomar al momento de constituir legalmente nuestra empresa es la de elegir si la constituiremos bajo la forma de Persona Natural o bajo la forma de Persona Jurídica. Veamos a continuación la definición de cada una de estas personerías, sus diferencias, y las ventajas y desventajas que presenta cada una de ellas: PERSONA NATURAL Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todas obligaciones de la empresa. U.D. CONTABILIDAD DE SOCIEDADES

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Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa. Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, la persona deberá hacerse responsable por ella a título personal y, en caso de no pagarla, sus bienes personales podrían ser embargados. VENTAJAS PERSONA NATURAL        

La constitución de la empresa es sencilla y rápida, no presenta mayores trámites, la documentación requerida es mínima. La constitución de la empresa no requiere de mucha inversión, no hay necesidad de hacer mayores pagos legales. No se les exige llevar y presentar tantos documentos contables. Si la empresa no obtiene los resultados esperados, el giro del negocio puede ser replanteado sin ningún inconveniente. Las empresas constituidas bajo la forma de persona natural pueden ser liquidadas o vendidas fácilmente. La propiedad, el control y la administración recae en una sola persona. Se puede ampliar o reducir el patrimonio de la empresa sin ninguna restricción. Pueden acogerse a regímenes más favorables para el pago de impuestos.

DESVENTAJAS PERSONA NATURAL 

  

Tiene responsabilidad ilimitada, es decir, el dueño asume de forma ilimitada toda la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, lo que significa que deberá garantizar dichas deudas u obligaciones con su patrimonio o bienes personales. Capital limitado solo a lo que pueda aportar el dueño. Presenta menos posibilidades de acceder a créditos financieros (los bancos o entidades financieras suelen mostrar poca disposición a conceder préstamos a Personas Naturales). Falta de continuidad en caso de incapacidad del dueño.

PERSONA JURÍDICA Persona Jurídica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de ésta. Al constituir una empresa como Persona Jurídica, es la empresa (y no el dueño) quien asume todas las obligaciones de ésta. Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan solo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre (tanto capital como patrimonio). Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, ésta se pagará solo con los bienes que pueda tener la empresa a su nombre, sin poder obligar al

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dueño o a los dueños a tener que hacerse responsable por ella con sus bienes personales. VENTAJAS PERSONA JURÍDICA 

   

Tiene responsabilidad limitada, es decir, el dueño o los dueños de la empresa asumen solo de forma limitada la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, las cuales solo se garantizan con los bienes, capital o patrimonio que pueda tener la empresa. Mayor disponibilidad de capital, ya que éste pude ser aportado por varios socios. Mayores posibilidades de acceder a créditos financieros (los bancos o entidades financieras suelen mostrar mayor disposición a conceder préstamos a Personas Jurídicas antes que a Personas Naturales). Posibilidad de acceder a concursos públicos sin mayores restricciones. El propietario y los socios trabajadores de la empresa pueden acceder a beneficios sociales y seguros.

DESVENTAJAS PERSONA JURÍDICA      

Mayor dificultad al momento de constituirla, presenta una mayor cantidad de trámites y requisitos. Requiere de una mayor inversión para su constitución. Se les exige llevar y presentar una mayor cantidad de documentos contables. La propiedad, el control y la administración pueden recaer en varias personas (socios). Presenta una mayor cantidad de restricciones al momento de querer ampliar o reducir el patrimonio de la empresa. Presenta una mayor dificultad para liquidarse o disolverse.

3. Esquematice la constitución de micro y pequeña empresa.

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CONSTITUCIÓN DE MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA Se define a los micros y pequeñas empresas de la unidad económica, que operan como persona natural o jurídica, cualquiera sea su forma de organización o gestión empresarial, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes y/o prestación de servicios, complementada en la legislación vigente. CARACTERÍSTICAS DE LA MYPE Son las siguientes: a) El número total de trabajadores: b) Niveles de ventas anuales

LA PEQUEÑA EMPRESA: A partir del monto máximo señalado para las microempresas y hasta 850 (UIT).además las microempresas se dedican principalmente a actividades comerciales o de servicios y la mayoría de ellas se encuentran en lima. Cualitativamente la mype es un sector principalmente joven ya que casi el 50% de empresarios tienen menos de 24 años y están dispuestos a asumir distintos riesgos para obtener el crecimiento. La informalidad también es una característica de este sector ya que aproximadamente el 70 % de la mype es informal, esto debido a la falta de capacitación a los empresarios sobre los beneficios de la formalidad. También se a percibido una gran capacidad de gestión y desarrollo de recursos ya que al no tener acceso a créditos bancarios los empresarios han tenido que iniciar su negocios con capital propio dando buenos resultados en el 50% de la población empresarial además la mype es flexible al cambio se basa en la experiencia, y se adapta a la realidad teniendo como único inconveniente la falta de promoción en los mercados.

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IMPORTANCIA DE LA MYPE EN LA ECONOMÍA: Las Mype san adquirido un papel preponderante en la economía peruana ya que aquí encontramos al 98% de las empresas del Perú. Estas aportan el 42% del PBI y emplean a casi el 80% de la población económicamente activa. Esto lo comprobamos fácilmente ya que actualmente nos topamos cada 5 minutos con un negocio o una persona ofreciendo diversos servicios. Este es el sector más importante ya que además genera ingresos para la población. ora también se le considera como motor generador de descentralización ya que gracias a su flexibilidad puede adaptarse a todo tipo de mercado es por eso que está presente en todas las regiones del Perú aunque la gran mayoría esta aun centrada en lima. Además la mype ha aportado a la elevación del índice de emprendedores en el Perú, llegando a ser el país más emprendedor ya que de cada 100 peruanos, el 40% es emprendedor, mientras que en otros países el índice promedio es del 9%.

CLASIFICACIÓN DE LA MICROEMPRESA: Se consideran tres tipos: 1) Microempresa de sobre vivencia.- Tiene la urgencia de conseguir ingresos y su estrategia de competencia es ofrecer su mercadería a precios que apenas cubren sus costos. Cómo no llevan ningún tipo de contabilidad a menudo confunden sus ingresos con el capital. El dueño hace uso indistinto del dinero y hasta de la mercadería. 2) Microempresa de subsistencia.- Son aquellas que logran recuperar la inversión y obtienen ingresos para remunerar el trabajo. 3) Microempresa en crecimiento.- Tienen la capacidad de retener ingreso y reinvertirlos con la finalidad de aumentar el capital y expandirse, son generadoras de empleo. Aquí microempresa se convierte en empresa.  

Formación, crecimiento y proyección de las Mype Formación de la Mype: el proceso de formación legal de la mype en el Perú es realmente muy engorroso ya que en promedio todo el trámite demora unos 120 días.

COMO PERSONA JURIDICA 1. Constituir una empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL), asignándole un patrimonio mediante un aporte de efectivo o de bienes. A partir de su inscripción en los Registros Públicos esta EIRL adquiere una personalidad jurídica independiente de su fundador y titular, actuará con su propio nombre, tendrá un patrimonio independiente del de aquél y será responsable por sus propias deudas hasta el límite del mencionado patrimonio. Pasos para constituir una sociedad o una EIRL 1. Elaboración de la minuta de constitución por un abogado, quien la debe firmar. También deben firmarla los socios o titulares. 2. Verificar en los Registros Públicos que el nombre que se haya adoptado para la entidad en constitución no haya sido adoptado previamente por otra. Esta gestión también puede ser realizada por las Notarías. Asimismo, se puede efectuar en Internet en la página de Registros Públicos. U.D. CONTABILIDAD DE SOCIEDADES

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3. Ingresar la Minuta a una Notaría para su elevación a Escritura Pública. 4. Depositar el aporte en efectivo en una entidad bancaria (de ser el caso). Esta gestión la debe hacer la persona que aparece como gerente en la Minuta. Debe contar con el cargo de la Minuta de Constitución y su documento de identidad. 5. Presentar a la Notaría la constancia de depósito del aporte. 6. Elaboración de la Escritura Pública de Constitución por la Notaría. 7. Suscripción de la Escritura Pública de Constitución por los titulares o socios. 8. Remisión por la Notaría de los partes para la inscripción de la entidad en los Registros Públicos. Se recomienda solicitar en la Notaría el Nº del título de presentación a los Registros Públicos para hacerle un seguimiento en Internet. 9. Inscripción de la entidad en los Registros Públicos, fecha a partir de la cual tiene existencia legal. 10. Solicitar al Notario el Testimonio de Constitución con la constancia de inscripción en los Registros Públicos, los que serán exigidos por la SUNAT para gestionar el RUC. 11. Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes, que debe ser realizada por el gerente o un representante del mismo. Para los documentos que se debe presentar a la SUNAT para solicitar la inscripción en el RUC ver en el TUPA . 12. Legalizar ante Notario Público los libros y registros contables que corresponden a su régimen empresarial y tributario. No olvidar la legalización del libro de actas. Las sociedades anónimas también deben contar con un Libro o Registro de Matrícula de Acciones, salvo que la ley le autorice a utilizar otra forma de matrícula de acciones. En caso de contar con empleados dependientes o de contratar a independientes, debe llevar Planilla Electrónica. 13. Solicitar Licencia de Funcionamiento en la Municipalidad en la cual va a operar su establecimiento. 14. Inscribirse en los Registros Especiales que se exigen para el ejercicio de determinadas actividades tales como las relacionadas con explosivos, turismo, transporte de pasajeros alimentos, comercialización de insumos químicos controlados, grifos, centros educativos, entre otros. II. No constituir EIRL, y ejercer la actividad empresarial a nombre propio. En este caso, tanto los bienes destinados a su actividad empresarial pertenecen a su patrimonio, conjuntamente con los bienes propios del hogar, lo que genera el riesgo que se pretenda cobrar las deudas generadas en dicha actividad con los bienes del hogar o que se exija que los bienes de la empresa respondan de las deudas propias del sostenimiento del hogar. De adoptar esta última opción, la persona deberá seguir los siguientes pasos: COMO PERSONA NATURAL: Pasos a seguir: 1. Obtener el Registro Único de Contribuyentes (RUC): Presentarse en el Centro de Servicios de la SUNAT de la localidad con su documento de identidad y partida de matrimonio de ser el caso. 2. Legalizar ante Notario Público los libros y registros contables que corresponden a su régimen empresarial y tributario (Libros y Registros Contables). En caso de contar con empleados dependientes o de contratar a independientes, debe llevar Planilla Electrónica.

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3. Solicitar Licencia de Funcionamiento en la Municipalidad en la cual va a operar su establecimiento. 4. Inscribirse en los Registros Especiales que se exigen para el ejercicio de determinadas actividades tales como las relacionadas con explosivos, turismo, transporte de pasajeros alimentos, comercialización de insumos químicos controlados, grifos, centros educativos, entre otros.

4. Diferencia entre objeto social y giro. OBJETO SOCIAL: El objeto social, es decir, la expresión de la actividad o actividades a las que se va a dedicar la sociedad constituye uno de los puntos que, como contenido mínimo, deben recoger los estatutos sociales. resulta de suma importancia puesto que incluso puede llegar a determinar el tipo de sociedad que debe constituirse. por ejemplo, las entidades gestoras de fondos de pensiones deben revestir necesariamente la forma de sociedad anónima. La redacción del objeto social debe ser clara y fiel a lo que va a ser el proyecto. resulta conveniente tener en cuenta si existe legislación especial que regule la actividad a desarrollar porque a partir de su análisis podremos fijar el objeto social reduciendo el riesgo de que por parte del sr. registrador no se admita la inscripción. igualmente y además de las normas que regulan los diferentes tipos de sociedades, deberemos tener en cuenta las resoluciones emitidas al respecto por la dirección general de los registros y del notariado que han ido aclarando las numerosas cuestiones surgidas en torno al objeto social. Algunas reglas que conviene tener en cuenta son :  Es necesario comprobar si la actividad está sujeta a algún tipo de incompatibilidad. por ejemplo, el funcionamiento como agencia de viajes es incompatible con cualquier otra actividad, por lo que el objeto social deberá estar limitado a esta actividad con exclusión de cualquier otra.  Conviene verificar si la realización de la actividad está reservada a determinados profesionales. la prestación de servicios sanitarios unicamente puede ser desarrollada a través de profesionales debidamente capacitados y habilitados al efecto por lo que si ese va a ser nuestro objeto social deberemos realizar esta última indicación.  La actividad debe ser lícita, concreta y precisa (no se admiten actividades genéricas y omnicomprensivas) y no puede referirse a los actos juridicos necesarios para la realización o desarrollo de otras actividades. así, no es admisible como actividad integrante del objeto social la consistente en constitución de sociedades para su venta posterior por considerarse que las sociedades tienen la consideración de sujetos y no objeto de contratos.  También deberemos tener presente si el ejercicio de la actividad está supeditado a licencias o autorizaciones administrativas. este es el caso de las entidades aseguradoras o de las empresas de prevención de riesgos laborales. 

Por otra parte, el objeto social define el ámbito de representación de los administradores que se extiende a todos los actos comprendidos en el mismo. la actuación fuera de dicho ámbito será responsabilidad de los

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administradores si bien es cierto que la sociedad queda obligada frente a terceros que hayan obrado de buena fe y sin culpa grave aun cuando resulte de los estatutos inscritos en el registro que el acto no está comprendido en el objeto social. En cualquier caso, si nos encontramos con que el registrador deniega la inscripción de nuestra objeto social siempre podremos interponer el recurso correspondiente o bien, proceder a la subsanación o solicitar, en su caso, la inscripción parcial. En el caso de las sociedades cooperativas con carácter previo al otorgamiento de la escritura puede solicitarse una calificación sobre el proyecto de estatutos lo que nos permitirá conocer las posibles objeciones y rectificarlas.

GIRO DE LA EMPRESA: Giro significa a lo que se dedica la empresa por ejemplo... un despacho de contadores... dada de alta como sociedad civil y tiene el giro de prestar servicios profesionales... existen otros giros tambien pueden ser... industriales, comerciales... osea lo que va a hacer o vender u ofecer tu negocio o empresa De acuerdo a la Secretaría de Economía (antes SECOFI), la función o giro de una empresa se puede clasificar en 3 grupos, que son las empresas de Giro Industrial, las de Giro Comercial y las de Servicios. Algunos autores toman en cuenta una cuarta categoría: las empresas de Giro Agrícola. EMPRESAS DE GIRO INDUSTRIAL.- Son las que realizan actividades de transformación reciben insumos o materias primas y les agregan valor, al incorporarles procesos.  La industria tiene numerosas actividades de acuerdo con sus procesos de transformación. Las empresas industriales se subdividen en dos categorías:  Las extractivas se dedican exclusivamente a la explotación de recursos naturales.  Las manufactureras transforman esa materia prima en productos terminados, los cuales pueden ser bienes de consumo final, o bienes de producción. Algunos ejemplos de empresas industriales son:  • • • • • • • • • •

Textil Eléctrica Cinematográfica Azucarera Minera Metalúrgica Siderúrgica Hidrocarburos Petroquímica Cementera Calera

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• • • • • • • • • • •

Automotriz Química De celulosa y papel Aceites vegetales Productora de alimentos Producción de bebidas Ferrocarrilera Maderera básica Vidriera Tabacalera Etc

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EMPRESAS DE GIRO COMERCIAL.- Compra bienes o mercancías para la venta posterior. Sólo realizan procesos de intercambio, son establecimientos que se dedican a comprar y vender satisfactores. Agregan el valor de distribución o la disponibilidad. Las empresas comerciales pueden ser mayoristas, minoristas o comisionistas: • •



Las mayoristas se dedican a la compra o venta de productos a gran escala, comúnmente a distribuidores minoristas. Las minoristas venden productos en una escala mucho menor , ya sea directamente a consumidores, o a otras empresas minoristas o comisionistas. Las comisionistas, como su nombre lo dice, se encargan de vender productos, recibiendo una comisión, la cual puede depender del precio previamente fijado por el proveedor, o por el precio final dado por el comisionista.

EMPRESAS DE SERVICIOS.- Comercializan servicios profesionales o de cualquier tipo. Se caracterizan por llevar a cabo relaciones e interacciones sin importar los atributos físicos. Los servicios son relación, negociación, comunicación. Un servicio es una idea, es una información o una asesoría. Estos a su vez se pueden subdividir en sectores, como el Sector Educación, Sector Turismo, Sector Bancario, etc. Los servicios tienen tres características: • Intangibles: No se pueden tocar. • Heterogéneos: Varían porque se llevan acabo por persona. • Caducan: Se tienen que usar cuando están disponibles. EMPRESAS DE GIRO AGRÍCOLA.- Ganaderas, de pesca o silvícolas. Son las dedicadas a cualquiera de las actividades de ganadería, pesca o silvicultura, todas ellas actividades primarias. Algunos autores consideran esta función dentro de la categoría de las empresas industriales.

5. “la empresa se cera aprovechando una oportunidad”, presente algunos alcances donde buscar oportunidades para la creación de empresas. CONSIDERACINES PARA LA CREACIÓN DE UN EMPRESA        

La empresa se crea aprovechando una oportunidad de negocio. Lo fundamental a la hora de crear empresa es tener bien claro que producto o servicio vamos a ofrecer. Para que publico objetivo se va desarrollar. La forma de financiación óptima para llevar a cabo la idea. La figura fiscal más apropiada para la empresa. Analizar las competencias existentes. Capacidad de adaptación frente a posibles cambios del sector. Realizar un minucioso estadio de mercado.

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6. ¿Cómo puede ser la responsabilidad de los socios? Explique. A continuación explico estos casos concretos: 



SOCIEDAD IRREGULAR: Si la sociedad no ha llegado a ser inscrita en el Registro Mercantil, y aun así ha comenzado las actividades mercantiles recae en ella el régimen de Sociedad Civil o Colectiva, en cuyo caso los socios responden solidariamente de las deudas. Esto es muy fácil de evitar; basta con no empezar la actividad hasta no estar inscrita, o en caso de urgencia acudir a nuestro servicio y adquirir una sociedad ya constituida y por lo tanto inscrita en el Registro Mercantil. En ningún caso podrá ser calificada como irregular. REALIDAD DE LAS APORTACIONES REALIZADAS: Si el capital desembolsado no ha sido dinerario sino que se ha desembolsado mediante la aportación de bienes, será responsabilidad del socio que los aporte la correcta valoración de dichos bienes. Si se demostrase que han sido sobrevalorados, el socio tendrá responsabilidad solidaria junto con la sociedad por la cantidad falsamente desembolsada.



REDUCCION DE CAPITAL: Si hay una reducción del capital y el socio recupera su aportación o parte de la misma, durante cinco años será responsable de las deudas por el importe percibido a causa de la reducción.



SEPARACION DEL SOCIO: En el caso de dejar de ser socio y haber recuperado el capital, nos encontraríamos en el mismo caso que el anterior, con una responsabilidad de cinco años desde la recuperación del capital.



LIQUIDACIÓN: Si la sociedad se liquida y se reembolsan cantidades a los socios, estos seguirán siendo responsables en el caso de aparición de nuevas deudas, hasta el importe de la cifra de la liquidación.



SOCIEDAD UNIPERSONAL DE CARACTER IRREGULAR: El socio único responde de las deudas sociales si después de seis meses de ser unipersonal la sociedad, esta circunstancia no ha sido inscrita en el Registro Mercantil

7. Desarrolle el siguiente caso práctico. CASO PRACTICO: CONSTITUCION DE UN EMPRESA El 02.01.16 ,se constituye la empresa ARIES SA ante la notaria la junta general de accionistas aprobó por unanimidad la creación de una empresa anónima abierta cuyo capital suscrito y autorizado por el monto de s/.500,000.00 .el valor nominal de las acciones es de s/. 1.00 c/u. ACCIONISTAS

ACCIONES

JUAN ALVARES CARLOS UBINAS RICARDO DURAN JUAN LAGOS MARCOS MATOS TOTALES

EFECTIVO EFECTIVO EFECTIVO MERCADERIA MAQUINARIA

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ACCIONES SUCRITAS 125,000 100,000 100,000 100,000 75,000 500,000

ACCIONES PAGADAS 100,000 80,000 80,000 100,000 75,000 435,000

% DE PARTICIPACION 25% 20% 20% 20% 15% 100%

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SE REALIZAN LOS SIGUIENTES ASIENTOS:

CTA SCTA. GLOSA 1 14 Ctas. por cobrar al personal, accionistas, directores y gerentes 14.2 Accionistas o socios 14.21 Suscripciones por cobrar a accionistas o socios JUAN ALVARES s/.125.000 CARLOS UBINAS s/.100,000 RICARDO DURAN s/.100,000 JUAN LAGOS s/.100,000 MARCOS MATOS s/.75,000 50 Capital 50.1 Capital social X/x Por la suscripción de las acciones. 2 10 Efectivo y equivalente de efectivo 10.1 caja 14 Ctas. por cobrar al personal, accionistas, directores y gerentes 14.2 Accionistas o socios 14.21 Suscripciones por cobrar a accionistas o socios JUAN ALVARES s/.100.000 CARLOS UBINAS s/.80,000 RICARDO DURAN s/.80,000 X/x Por el ingreso del efectivo a caja. 3 10 Efectivo y equivalente de efectivo 10.4 Cuenta Corriente en instituciones financieras 10.41 Cuenta Corriente operativa 10 Efectivo y equivalente de efectivo 10.1 caja X/x Por el depósito del efectivo a Cta. Cte. de la empresa. 4 20 Mercaderías 20.1 Mercaderías manufacturadas 20.11 Mercaderías manufacturadas JUAN LAGOS s/.100,000 33 Inmueble, maquinaria y equipo 33.3 Maquinaria y equipos diversos 33.31 Maquinaria y equipo de explotación MARCOS MATOS s/.75,000 14 Ctas. por cobrar al personal, accionistas, directores y gerentes 14.2 Accionistas o socios 14.21 Suscripciones por cobrar a accionistas o socios X/x Por la cancelación de las acciones suscritas.

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DEBE

HABER

500,000

500,000

260,000 260,000

260,000

260,000

100,000

75,000

175,000

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